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LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE
ESPAÑA
ES UNA MONARQUÍA PARLAMETARIA:
LA CORONA
DIVISIÓN DE PODERES
DOS CÁMARAS
CONGRESO
SENADO
EL GOBIERNO
PODER JUDICIAL
LOS PARTIDOS POLÍTICOS
MONARQUÍA PARLAMENTARIA
EL REY REINA, PERO NO GOBIERNA
REFRENDA LEYES
INVISTE A LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO
REPRESENTA A ESPAÑA EN EL EXTERIOR
SU CARGO ES HEREDITARIO, VITALICIO Y SU FIGURA ES

INVIOLABLE Y NO ES RESPONSABLE ANTE LA LEY.
LA DIVISIÓN DE PODERES
LAS CORTES GENERALES
EL GOBIERNO
LAS FUNCIONES DEL GOBIERNO
COMPUESTO POR EL PRESIDENTE Y SUS MINISTROS
ELEGIDOS POR EL PARLAMENTO
MARCA LAS ESTRATEGIAS A SEGUIR EN LOS

DIVERSOS ÁMBITOS DEL ESTADO
EJECUTA LOS PRESUPUESTOS QUE EMANAN DEL

PARLAMNETÓ ASÍ COMO LAS LEYES QUE ELABORAN
EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
PODER JUDICIAL
EL PODER JUDICIAL
COMPUESTO POR LOS JUECES Y LOS TRIBUNALES
TRIBUNAL DE 1º INSTANCIA
TRIBUNAL LOCAL
TRIBUNAL PROVINCIAL
TRIBUNAL AUNTONÓMICO
AUDIENCIA NACIONAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SON FUNDAMENTALES EN EL SISTEMA

DEMOCRÁTICO
PARTICIPAN EN LAS ELECIONES QUE SON ELEGIDOS
POR LOS CIUDADANOS CADA 4 AÑOS EN LAS
ELECCIONES
¿QUÉ PARTIDOS POLÍTICOS CONOCES?
ACTIVIDADES
PÁGINA 69: todas
2. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
2. 1. DIVISIONES POLÍTICO ADMINISTRATIVAS:
La organización político-administrativa actual es propia de un Estado descentralizado, que
reparte sus competencias entre diferentes divisiones territoriales:
• MUNICIPIOS: constituyen la entidad territorial básica. Su función es prestar servicios a los

vecinos, más variado cuanto mayor es la población. El gobierno y la administración municipal
corresponden al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se
eligen por los vecinos del municipio por sufragio universal, y el alcalde es elegido por los
concejales.
• LA PROVINCIA: es una entidad territorial local

formada por una agrupación de municipios. Su
función es fomentar los intereses provinciales,
prestar servicios de ámbito provincial,
coordinar los servicios de los municipios y
cooperar con ellos. El gobierno y la
administración provinciales corresponden a la
Diputación, integrada por un presidente y
diputados. Los diputados se escogen entre los
concejales electos y estos, a su vez, eligen al
presidente.

• LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: entidad territorial

formada por provincias limítrofes, territorios insulares,
o provincias con entidad regional histórica, dotadas de
autonomía legislativa y capacidad de autogobierno
sobre los asuntos de su competencia.
Mientras municipios y provincias ya estaban creados a
la muerte de Franco, las comunidades autónomas
tuvieron que constituirse, a lo largo de un complicado
proceso.
3._ EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS
Este proceso incluye un período preautonómico, anterior a la aprobación de la Constitución
de 1978, y un período de creación de las comunidades autónomas tras la promulgación
de la misma.
a) Período preautonómico: tras morir Franco, el presidente del Gobierno Adolfo Suárez

concedió un régimen de preautonomía a Cataluña que luego se extendió a otras trece
regiones. Mientras se elaboraba la Constitución se formó un mapa con catorce
preautonomías que casi coincidía con el actual, salvo porque La Rioja y Cantabria se
incluían en Castilla y León, y Madrid en Castilla-la Mancha. Las preautonomías contaban
con organismos representativos que recibieron ciertas competencias, pero carecían de
capacidad legislativa.

b) Período autonómico: iniciado tras la promulgación de la Constitución de 1978, que

establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho a
la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, así como la solidaridad
entre ellas. La Constitución no crearía un mapa de comunidades autónomas, sino que
dejó a las preautonomías el derecho a constituirse en comunidades autónomas,
indicando solo las condiciones y proceso que debían seguir. En cuanto a las condiciones,
estas permitían constituirse en comunidad autónoma a las provincias limítrofes con
características históricas, culturales o económicas comunes; a los territorios insulares, y a
las provincias con entidad regional histórica.
El proceso para el acceso a la autonomía incluyó dos vías. La vía del artículo 151 permitía adquirir de
forma inmediata el mayor techo de competencias. La vía del artículo 143 solo traspasaba de forma
inmediata ciertas competencias y exigía un período de cinco años para poder ampliarlas
progresivamente. De esta manera, el actual mapa autonómico se desarrolló de la siguiente manera:

• Cataluña, el País Vasco y Galicia: fueron

favorecidas como regiones de demostrada
tradición autonómica, es decir, aquellas que
en el pasado hubieran plebiscitado
afirmativamente proyectos de estatuto de
autonomía (su caso durante la II República).
Recibieron la denominación de
“nacionalidades históricas” y accedieron a
la autonomía por la vía del artículo 151,
pudiendo alcanzar de inmediato el máximo
techo de competencias, incluidas las
materias estatales transferibles a las
comunidades autónomas.
• Andalucía: accedió por la vía especial el

artículo 151, que exigía que la iniciativa
autonómica partiera del acuerdo de todas las
diputaciones provinciales y de las tres cuartas
partes de los ayuntamientos representativos de
más del 50% de la población. Además se
requería que el acuerdo fuera ratificado en
referéndum.

• Navarra: por ser el último territorio en

incorporarse al reino de España y haber conservado
una amplia autonomía administrativa durante el
régimen franquista, optó por el “Amejoramiento del
Fuero”, por el que, aparte de las atribuciones únicas
que ya poseía, asumió las de las comunidades
autónomas creadas por la vía del artículo 151.
• Resto de comunidades: se requería el

pronunciamiento favorable de las diputaciones y
de los dos tercios de los ayuntamientos
representativos de más del 50% de la población
(artículo 143). Estas comunidades solo podrían
asumir de forma inmediata ciertas competencias y
deberían espera cinco años para acceder a las
materias estatales transferibles.

• Ceuta y Melilla: recibieron el rango de municipios autónomos y, a diferencia de

las comunidades, carecen de capacidad legislativa.
2. 3. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICO:
a) Cada comunidad autónoma se halla
regida por su Estatuto de Autonomía,
aprobado por las Cortes. Contiene la
denominación de la comunidad; su
delimitación territorial; los nombres,
organización y sede de sus organismos
autónomos; las competencias asumidas
y las bases para el traspaso de otras.
b) Las comunidades pueden asumir

competencias o funciones en diversas
materias establecidas en la
Constitución (art. 148). Son
traspasadas por el Estado y pueden
ejercerse de forma exclusiva o
compartida.
Existen también competencias
exclusivas del Estado (art. 149) y no
transferibles por considerarse
esenciales para la nación: relaciones
internacionales, defensa, comercio
exterior, deuda pública, correos y
telégrafos…
Las competencias asumibles por las
comunidades son muy amplias:
políticas, económicas, transportes e
infraestructuras, ordenación del
territorio, sociales y sanitarias…
c) Las instituciones de una comunidad autónoma son las siguientes:
• Asamblea legislativa o Parlamento autonómico: elabora la

legislación en las materias de competencia autonómica, aprueba
el presupuesto, y controla al ejecutivo regional. Sus miembros se
eligen por sufragio universal cada cuatro años entre los habitantes
de la comunidad autónoma.
• El Consejo de Gobierno o Gobierno autonómico: ejerce el poder

ejecutivo. Integrado por el presidente de la comunidad, elegido
por el Parlamento autonómico y nombrado por el rey; y por
consejeros, elegidos por el presidente, que se encargan de las
diferentes áreas de gobierno (consejerías).

• Tribunal Superior de Justicia: máxima representación del poder

judicial de una comunidad autónoma. Sus sentencias solo pueden
recurrirse a los tribunales Supremo y Constitucional.
• Delegado del Gobierno: es el encargado de dirigir la

administración general del Estado en la comunidad y de
coordinarse con ella.
d) El Estado de las autonomías
se basa en la igualdad
territorial y en la solidaridad.
Este hecho implica que los
Estatutos de las comunidades
no pueden contener
privilegios o discriminaciones
en cuestiones fiscales,
salariales o de seguridad
social, y que no pueden
ahondarse los desequilibrios
entre comunidades.
III. DESEQUILIBRIOS TERRITORIALES:
DISPARIDADES DEMOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS
3. 1. CAUSAS E INDICADORES DE LAS DIFERENCIAS ESPACIALES:
A pesar del principio de solidaridad, existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos
entre las comunidades autónomas y en el interior de cada una de ellas.
Las causas de los desequilibrios son las diferentes condiciones naturales y la desigual
distribución de los recursos, la localización de las actividades económicas más dinámicas en
cada momento histórico y las actuaciones humanas, que los han acentuado hasta épocas
recientes.

ECONÓMICOS: se observan en la capacidad productiva y se miden por
ECONÓMICOS
el PIB y por el PIB per cápita.

INDICADORES DE
DESEQUILIBRIO

DEMOGRÁFICOS: se manifiestan por la densidad de población,
DEMOGRÁFICOS
Medida por la densidad de población.

DESEQUILIBRIOS SOCIALES: se reflejan en la renta bruta disponible
SOCIALES
en los hogares y en nivel de bienestar (infraestructuras, servicios…)
3. 2. LA EVOLUCIÓN DE LAS DIFERENCIAS:
a) El origen de los desequilibrios actuales:

Entre mediados del XIX y la crisis económica de 1975, el factor fundamental de
desequilibrio territorial fue la localización de la industria moderna.
•

Áreas más desarrolladas: periferia cantábrica y mediterránea, Madrid, eje del Ebro,
Baleares y Canarias.
TERRENO
ECONÓMICO

TERRENO
DEMOGRÁFICO

TERRENO
SOCIAL

Mayor crecimiento
del PIB y del PIB
per cápita – atraen
materias primas,
fuentes de energía
y capitales.

Aumenta densidad de población.
Reciben gentes
del interior peninsular.

Incremento de la
renta.
Mejora del nivel
de vida.
•

Áreas menos desarrolladas: interior peninsular – excesivo peso del sector
primario, escasa industrialización.

TERRENO
ECONÓMICO
Crecimiento del
PIB y del PIB
per cápita a un
ritmo menor.

TERRENO
DEMOGRÁFICO

TERRENO
SOCIAL

Despoblamiento
y envejecimiento.

Pocas infraesTructuras y servicios.
b) Cambios producidos por la crisis económica de 1975:

La crisis económica de 1975 acabó con la primacía de la industria como factor
explicativo de los desequilibrios territoriales.
•

Las regiones industriales sufrieron una aguda crisis: sobre todo aquellas
especializadas en sectores maduros.

TERRENO
ECONÓMICO

Descenso del crecimiento
de su PIB.

TERRENO
DEMOGRÁFICO

Dejaron de atraer
inmigrantes.
• La crisis

afectó menos a las regiones con menor peso industrial: por tener
mayor participación en su economía los sectores primario (Galicia, Murcia) o
terciario (Madrid, Baleares, Canarias), o por poseer un reparto más equilibrado
de los tres sectores.
Como consecuencia de la crisis, se frenó el anterior proceso de concentración
espacial de la producción y de la población en las áreas más industrializadas,
dando lugar a un nuevo modelo de desequilibrios territoriales.
c)

Los desequilibrios territoriales actuales:
•

La industria pierde peso como factor de desarrollo: reestructuración de sectores
tradicionales, tendencia a la descentralización.

•

Los servicios avanzados, la innovación y la alta tecnología se convierten en
principales factores de desarrollo: especialización del sector terciario, existencia de
actividades innovadoras y de alta tecnología, mano de obra de alta cualificación,
inversiones en tecnología y formación…

La existencia de estos nuevos factores llevan a la formación de tres tipos de territorios:
EJES DE
DESARROLLO
Madrid, País Vasco,
litoral mediterráneo
norte y Valle del Ebro.
Crecimiento del PIB.
Difusión de la población.
Renta bruta en los hogares
por encima de la media.

EJES EN
DECLIVE
Cornisa cantábrica.
Crecimiento del PIB
Por debajo de la media.
Población estancada
o en retroceso.
Disparidad de la renta
disponible.

ESPACIOS MENOS
DESARROLLADOS
Extremadura, ambas
Castillas, Galicia, Andalucía
y Murcia.
PIB por debajo de la
media salvo en Murcia
y Andalucía.
Disparidad en el terreno
demográfico.
Carencias sociales.
4. MECANISMOS DE COHESIÓN
Los desequilibrios territoriales constituyen un grave problema en España, por lo que,
desde hace décadas, se ha pretendido desarrollar políticas correctoras, tendentes a lograr
un desarrollo regional más equilibrado.
En la actualidad, la consolidación del Estado de las Autonomías y la adhesión a la Unión
Europea ha traído consigo la distribución de competencias en materia de desarrollo
regional entre:

UNIÓN EUROPEA

ESTADO

AUTONOMÍAS
4. 1. NIVEL EUROPEO: LAS POLÍTICAS REGIONALES COMUNITARIAS:
El ingreso de España en la UE supone su integración en la política regional comunitaria, que pretende
coordinar las políticas regionales de los estados miembros y reducir las diferencias entre sus regiones
apoyando a las más desfavorecidas con diferentes instrumentos financieros:
a)

LOS FONDOS ESTRUCTURALES: se destinan a promover el
desarrollo regional mediante mejoras estructurales. Para el
periodo 2007-2013, se prevé que contribuyan a la realización de
tres objetivos.

•

El objetivo de Convergencia: pretende promover unas condiciones
y unos factores que mejoren el crecimiento y conduzcan a una
verdadera convergencia de los Estados miembros y las regiones
menos desarrolladas. Incluye a todas las regiones de la UE con un
PIB per cápita inferior al 75% de la media de la Comunidad.
A las regiones que serían elegibles en el marco del objetivo
“Convergencia”, en caso de que se conservara como umbral el 75%
del PIB medio de la UE de 15 y no de 25 Estados miembros, se les
concede un régimen transitorio regresivo (una fase denominada
phasing-out o salida gradual).
A las regiones que antes entraban en el marco del antiguo Objetivo
1, pero cuyo PIB es superior a la media del 75% del PIB de la UE de
15 Estados miembros, se les concede hasta 2013 una ayuda
transitoria progresiva (una fase denominada phasing-in o aumento
progresivo).
•

El objetivo de Competitividad regional y empleo:
comprende a todas las regiones excluidas del objetivo de
convergencia, y tiene como finalidad incrementar su
competitividad, su atractivo y el empleo.

•

Objetivo de cooperación territorial europea: intensificará
la cooperación transfronteriza mediante iniciativas locales
y regionales conjuntas.
Para alcanzar estos objetivos, la UE se sirve de cuatro tipos de
fondos:
• FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) destinado a las

regiones más atrasadas.

• FEOGA (Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrarias) que

financia las ayudas agrarias, tanto para asegurar una renta mínima
a los agricultores, como para reformar las estructuras productivas.
• FSE (Fondo Social Europeo) dedicado al fomento de la formación

profesional y del empleo.

• IFOP (Instrumento Financiero de Orientación Pesquera) que

financia al sector pesquero.
b) El Fondo de Cohesión: nació para promover la

convergencia económica y monetaria de los países
más atrasados. Hasta el 2006 España fue el mayor
receptor de este fondo, con el desarrollo del país y
la ampliación, sus fondos se han visto reducidos en
beneficio de los nuevos países.

c)

Las Iniciativas Comunitarias: son programas
especiales dependientes directamente de la
Comisión Europea y encaminados a resolver
problemas que conciernen a toda la Unión:

• INTERREG:

para incrementar la cooperación entre
territorios de la UE.
• LEADER: fomenta la reconversión y el desarrollo rural.
• URBAN: pretende la regeneración económica y social de

los barrios urbanos en crisis.

• EQUAL: se destina a combatir la discriminación y la

desigualdad en el trabajo.
4. 2. NIVEL ESTATAL Y AUTONÓMICO: LOS PLANES DE DESARROLLO REGIONAL.
-

INTERVENCIÓN DEL ESTADO:

a) Política de Incentivos Regionales:

modificada con el ingreso en la
UE para evitar medidas
proteccionistas. Existen tres
modalidades de incentivos.

- Las ZPE (Zonas de Promoción
Económica), son las zonas de
menor desarrollo del país según
la renta per cápita y la tasa de
paro.
- Las ZID (Zonas Industrializadas
en Declive), afectadas por la
reconversión industrial, con altas
tasas de desempleo, para paliar
el ajuste industrial.
- Las ZE (Zonas Especiales), para
atender problemas concretos.

b) Fondo de Compensación Interregional: es un

medio de combatir los desequilibrios
regionales y de llevar a la práctica el principio
de solidaridad interregional. Los ingresos del
fondo se fijan en los presupuestos generales
del Estado. Sólo se reciben en aquellas
comunidades autónomas con rentas per
cápita inferiores a la media nacional, lo que
ha incrementado la cuantía recibida.
1.
2.

3.
4.

DEFINE LAS DIFERENTES DIVISIONES POLÍTICO-ADMINISTRATIVAS,
VIGENTES EN EL TERRITORIO ESPAÑOL
INDICA la DIFERENCIA EN LAS FORMAS DE ACCESO DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS,DIFERENCIANDO e INDICANDO, LAS QUE
ACCEDIERON POR LA VÍA DEL ARTÍCULO 151 y las que lo HICIERON POR
EL ARTÍCULO 143
SEÑALA la DIFERENCIA entre los FONDOS FEDER y del FSE del Fondo de
Cohesión
INDICA en cada una de las siguientes ETAPAS, COMO ERA la
ORGANIZACIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA, de ESPAÑA:
a)
b)
c)
d)

5.

ANTIGÜEDAD
EDAD MEDIA
EDAD MODERNA
EDAD CONTEMPORÁNEA

SEÑALA, de los siguientes aspectos sus OBJETIVOS y los INSTRUMENTOS
que utilizan para conseguirlos:
1)
2)
3)

POLÍTICA REGIONAL DE LA UNIÓN EUROPEA
POLÍTICA REGIONAL DEL ESTADO
LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
6.

DEFINE DE FORMA BREVE y PRECISA LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
a)
b)
c)
d)
e)

6.

REGIONES DE CONVERGENCIA
EJES DE DESARROLLO
FONDOS DE COMPENSACIÓN
POLÍTICA REGIONAL
FEDER

EFECTUA UN MAPA CON LAS DIFERENTES COMUNIDADES AUTÓNOMAS
DE ESPAÑA, INDICANDO EN EL MISMO:



6.

EL NOMBRE DE CADA COMUNIDAD Y EL DE SU CAPITAL AUTONÓMICA
INDICA CON COLORES DIFERENTES, LA VÍA DE ACCESO, POR LA QUE
ACCEDIÓ CADA UNA DE ELLAS ( VÍAS DE LOS ARTÍCULOS 151 y 143 )

REALIZA UN MAPA, POR COLORES o TRAMAS, de las COMUNIDADES
AUTÓNOMAS, DIFERENCIANDO su JERARQUÍA ESPACIAL, con las
Comunidades pertenecientes a:


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La organizacion del estado esp

  • 1.
  • 2.
  • 3. LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE ESPAÑA ES UNA MONARQUÍA PARLAMETARIA: LA CORONA DIVISIÓN DE PODERES DOS CÁMARAS CONGRESO SENADO EL GOBIERNO PODER JUDICIAL LOS PARTIDOS POLÍTICOS
  • 4. MONARQUÍA PARLAMENTARIA EL REY REINA, PERO NO GOBIERNA REFRENDA LEYES INVISTE A LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO REPRESENTA A ESPAÑA EN EL EXTERIOR SU CARGO ES HEREDITARIO, VITALICIO Y SU FIGURA ES INVIOLABLE Y NO ES RESPONSABLE ANTE LA LEY.
  • 5. LA DIVISIÓN DE PODERES
  • 7.
  • 9. LAS FUNCIONES DEL GOBIERNO COMPUESTO POR EL PRESIDENTE Y SUS MINISTROS ELEGIDOS POR EL PARLAMENTO MARCA LAS ESTRATEGIAS A SEGUIR EN LOS DIVERSOS ÁMBITOS DEL ESTADO EJECUTA LOS PRESUPUESTOS QUE EMANAN DEL PARLAMNETÓ ASÍ COMO LAS LEYES QUE ELABORAN EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
  • 11. EL PODER JUDICIAL COMPUESTO POR LOS JUECES Y LOS TRIBUNALES TRIBUNAL DE 1º INSTANCIA TRIBUNAL LOCAL TRIBUNAL PROVINCIAL TRIBUNAL AUNTONÓMICO AUDIENCIA NACIONAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
  • 12. LOS PARTIDOS POLÍTICOS SON FUNDAMENTALES EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO PARTICIPAN EN LAS ELECIONES QUE SON ELEGIDOS POR LOS CIUDADANOS CADA 4 AÑOS EN LAS ELECCIONES ¿QUÉ PARTIDOS POLÍTICOS CONOCES?
  • 14. 2. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL 2. 1. DIVISIONES POLÍTICO ADMINISTRATIVAS: La organización político-administrativa actual es propia de un Estado descentralizado, que reparte sus competencias entre diferentes divisiones territoriales: • MUNICIPIOS: constituyen la entidad territorial básica. Su función es prestar servicios a los vecinos, más variado cuanto mayor es la población. El gobierno y la administración municipal corresponden al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se eligen por los vecinos del municipio por sufragio universal, y el alcalde es elegido por los concejales.
  • 15. • LA PROVINCIA: es una entidad territorial local formada por una agrupación de municipios. Su función es fomentar los intereses provinciales, prestar servicios de ámbito provincial, coordinar los servicios de los municipios y cooperar con ellos. El gobierno y la administración provinciales corresponden a la Diputación, integrada por un presidente y diputados. Los diputados se escogen entre los concejales electos y estos, a su vez, eligen al presidente. • LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: entidad territorial formada por provincias limítrofes, territorios insulares, o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia. Mientras municipios y provincias ya estaban creados a la muerte de Franco, las comunidades autónomas tuvieron que constituirse, a lo largo de un complicado proceso.
  • 16. 3._ EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS Este proceso incluye un período preautonómico, anterior a la aprobación de la Constitución de 1978, y un período de creación de las comunidades autónomas tras la promulgación de la misma. a) Período preautonómico: tras morir Franco, el presidente del Gobierno Adolfo Suárez concedió un régimen de preautonomía a Cataluña que luego se extendió a otras trece regiones. Mientras se elaboraba la Constitución se formó un mapa con catorce preautonomías que casi coincidía con el actual, salvo porque La Rioja y Cantabria se incluían en Castilla y León, y Madrid en Castilla-la Mancha. Las preautonomías contaban con organismos representativos que recibieron ciertas competencias, pero carecían de capacidad legislativa. b) Período autonómico: iniciado tras la promulgación de la Constitución de 1978, que establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, así como la solidaridad entre ellas. La Constitución no crearía un mapa de comunidades autónomas, sino que dejó a las preautonomías el derecho a constituirse en comunidades autónomas, indicando solo las condiciones y proceso que debían seguir. En cuanto a las condiciones, estas permitían constituirse en comunidad autónoma a las provincias limítrofes con características históricas, culturales o económicas comunes; a los territorios insulares, y a las provincias con entidad regional histórica.
  • 17. El proceso para el acceso a la autonomía incluyó dos vías. La vía del artículo 151 permitía adquirir de forma inmediata el mayor techo de competencias. La vía del artículo 143 solo traspasaba de forma inmediata ciertas competencias y exigía un período de cinco años para poder ampliarlas progresivamente. De esta manera, el actual mapa autonómico se desarrolló de la siguiente manera: • Cataluña, el País Vasco y Galicia: fueron favorecidas como regiones de demostrada tradición autonómica, es decir, aquellas que en el pasado hubieran plebiscitado afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía (su caso durante la II República). Recibieron la denominación de “nacionalidades históricas” y accedieron a la autonomía por la vía del artículo 151, pudiendo alcanzar de inmediato el máximo techo de competencias, incluidas las materias estatales transferibles a las comunidades autónomas.
  • 18. • Andalucía: accedió por la vía especial el artículo 151, que exigía que la iniciativa autonómica partiera del acuerdo de todas las diputaciones provinciales y de las tres cuartas partes de los ayuntamientos representativos de más del 50% de la población. Además se requería que el acuerdo fuera ratificado en referéndum. • Navarra: por ser el último territorio en incorporarse al reino de España y haber conservado una amplia autonomía administrativa durante el régimen franquista, optó por el “Amejoramiento del Fuero”, por el que, aparte de las atribuciones únicas que ya poseía, asumió las de las comunidades autónomas creadas por la vía del artículo 151.
  • 19. • Resto de comunidades: se requería el pronunciamiento favorable de las diputaciones y de los dos tercios de los ayuntamientos representativos de más del 50% de la población (artículo 143). Estas comunidades solo podrían asumir de forma inmediata ciertas competencias y deberían espera cinco años para acceder a las materias estatales transferibles. • Ceuta y Melilla: recibieron el rango de municipios autónomos y, a diferencia de las comunidades, carecen de capacidad legislativa.
  • 20. 2. 3. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICO: a) Cada comunidad autónoma se halla regida por su Estatuto de Autonomía, aprobado por las Cortes. Contiene la denominación de la comunidad; su delimitación territorial; los nombres, organización y sede de sus organismos autónomos; las competencias asumidas y las bases para el traspaso de otras.
  • 21. b) Las comunidades pueden asumir competencias o funciones en diversas materias establecidas en la Constitución (art. 148). Son traspasadas por el Estado y pueden ejercerse de forma exclusiva o compartida. Existen también competencias exclusivas del Estado (art. 149) y no transferibles por considerarse esenciales para la nación: relaciones internacionales, defensa, comercio exterior, deuda pública, correos y telégrafos… Las competencias asumibles por las comunidades son muy amplias: políticas, económicas, transportes e infraestructuras, ordenación del territorio, sociales y sanitarias…
  • 22. c) Las instituciones de una comunidad autónoma son las siguientes: • Asamblea legislativa o Parlamento autonómico: elabora la legislación en las materias de competencia autonómica, aprueba el presupuesto, y controla al ejecutivo regional. Sus miembros se eligen por sufragio universal cada cuatro años entre los habitantes de la comunidad autónoma. • El Consejo de Gobierno o Gobierno autonómico: ejerce el poder ejecutivo. Integrado por el presidente de la comunidad, elegido por el Parlamento autonómico y nombrado por el rey; y por consejeros, elegidos por el presidente, que se encargan de las diferentes áreas de gobierno (consejerías). • Tribunal Superior de Justicia: máxima representación del poder judicial de una comunidad autónoma. Sus sentencias solo pueden recurrirse a los tribunales Supremo y Constitucional. • Delegado del Gobierno: es el encargado de dirigir la administración general del Estado en la comunidad y de coordinarse con ella.
  • 23. d) El Estado de las autonomías se basa en la igualdad territorial y en la solidaridad. Este hecho implica que los Estatutos de las comunidades no pueden contener privilegios o discriminaciones en cuestiones fiscales, salariales o de seguridad social, y que no pueden ahondarse los desequilibrios entre comunidades.
  • 24. III. DESEQUILIBRIOS TERRITORIALES: DISPARIDADES DEMOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS 3. 1. CAUSAS E INDICADORES DE LAS DIFERENCIAS ESPACIALES: A pesar del principio de solidaridad, existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos entre las comunidades autónomas y en el interior de cada una de ellas. Las causas de los desequilibrios son las diferentes condiciones naturales y la desigual distribución de los recursos, la localización de las actividades económicas más dinámicas en cada momento histórico y las actuaciones humanas, que los han acentuado hasta épocas recientes. ECONÓMICOS: se observan en la capacidad productiva y se miden por ECONÓMICOS el PIB y por el PIB per cápita. INDICADORES DE DESEQUILIBRIO DEMOGRÁFICOS: se manifiestan por la densidad de población, DEMOGRÁFICOS Medida por la densidad de población. DESEQUILIBRIOS SOCIALES: se reflejan en la renta bruta disponible SOCIALES en los hogares y en nivel de bienestar (infraestructuras, servicios…)
  • 25. 3. 2. LA EVOLUCIÓN DE LAS DIFERENCIAS: a) El origen de los desequilibrios actuales: Entre mediados del XIX y la crisis económica de 1975, el factor fundamental de desequilibrio territorial fue la localización de la industria moderna. • Áreas más desarrolladas: periferia cantábrica y mediterránea, Madrid, eje del Ebro, Baleares y Canarias. TERRENO ECONÓMICO TERRENO DEMOGRÁFICO TERRENO SOCIAL Mayor crecimiento del PIB y del PIB per cápita – atraen materias primas, fuentes de energía y capitales. Aumenta densidad de población. Reciben gentes del interior peninsular. Incremento de la renta. Mejora del nivel de vida.
  • 26. • Áreas menos desarrolladas: interior peninsular – excesivo peso del sector primario, escasa industrialización. TERRENO ECONÓMICO Crecimiento del PIB y del PIB per cápita a un ritmo menor. TERRENO DEMOGRÁFICO TERRENO SOCIAL Despoblamiento y envejecimiento. Pocas infraesTructuras y servicios.
  • 27. b) Cambios producidos por la crisis económica de 1975: La crisis económica de 1975 acabó con la primacía de la industria como factor explicativo de los desequilibrios territoriales. • Las regiones industriales sufrieron una aguda crisis: sobre todo aquellas especializadas en sectores maduros. TERRENO ECONÓMICO Descenso del crecimiento de su PIB. TERRENO DEMOGRÁFICO Dejaron de atraer inmigrantes.
  • 28. • La crisis afectó menos a las regiones con menor peso industrial: por tener mayor participación en su economía los sectores primario (Galicia, Murcia) o terciario (Madrid, Baleares, Canarias), o por poseer un reparto más equilibrado de los tres sectores. Como consecuencia de la crisis, se frenó el anterior proceso de concentración espacial de la producción y de la población en las áreas más industrializadas, dando lugar a un nuevo modelo de desequilibrios territoriales.
  • 29. c) Los desequilibrios territoriales actuales: • La industria pierde peso como factor de desarrollo: reestructuración de sectores tradicionales, tendencia a la descentralización. • Los servicios avanzados, la innovación y la alta tecnología se convierten en principales factores de desarrollo: especialización del sector terciario, existencia de actividades innovadoras y de alta tecnología, mano de obra de alta cualificación, inversiones en tecnología y formación… La existencia de estos nuevos factores llevan a la formación de tres tipos de territorios: EJES DE DESARROLLO Madrid, País Vasco, litoral mediterráneo norte y Valle del Ebro. Crecimiento del PIB. Difusión de la población. Renta bruta en los hogares por encima de la media. EJES EN DECLIVE Cornisa cantábrica. Crecimiento del PIB Por debajo de la media. Población estancada o en retroceso. Disparidad de la renta disponible. ESPACIOS MENOS DESARROLLADOS Extremadura, ambas Castillas, Galicia, Andalucía y Murcia. PIB por debajo de la media salvo en Murcia y Andalucía. Disparidad en el terreno demográfico. Carencias sociales.
  • 30. 4. MECANISMOS DE COHESIÓN Los desequilibrios territoriales constituyen un grave problema en España, por lo que, desde hace décadas, se ha pretendido desarrollar políticas correctoras, tendentes a lograr un desarrollo regional más equilibrado. En la actualidad, la consolidación del Estado de las Autonomías y la adhesión a la Unión Europea ha traído consigo la distribución de competencias en materia de desarrollo regional entre: UNIÓN EUROPEA ESTADO AUTONOMÍAS
  • 31. 4. 1. NIVEL EUROPEO: LAS POLÍTICAS REGIONALES COMUNITARIAS: El ingreso de España en la UE supone su integración en la política regional comunitaria, que pretende coordinar las políticas regionales de los estados miembros y reducir las diferencias entre sus regiones apoyando a las más desfavorecidas con diferentes instrumentos financieros: a) LOS FONDOS ESTRUCTURALES: se destinan a promover el desarrollo regional mediante mejoras estructurales. Para el periodo 2007-2013, se prevé que contribuyan a la realización de tres objetivos. • El objetivo de Convergencia: pretende promover unas condiciones y unos factores que mejoren el crecimiento y conduzcan a una verdadera convergencia de los Estados miembros y las regiones menos desarrolladas. Incluye a todas las regiones de la UE con un PIB per cápita inferior al 75% de la media de la Comunidad. A las regiones que serían elegibles en el marco del objetivo “Convergencia”, en caso de que se conservara como umbral el 75% del PIB medio de la UE de 15 y no de 25 Estados miembros, se les concede un régimen transitorio regresivo (una fase denominada phasing-out o salida gradual). A las regiones que antes entraban en el marco del antiguo Objetivo 1, pero cuyo PIB es superior a la media del 75% del PIB de la UE de 15 Estados miembros, se les concede hasta 2013 una ayuda transitoria progresiva (una fase denominada phasing-in o aumento progresivo).
  • 32. • El objetivo de Competitividad regional y empleo: comprende a todas las regiones excluidas del objetivo de convergencia, y tiene como finalidad incrementar su competitividad, su atractivo y el empleo. • Objetivo de cooperación territorial europea: intensificará la cooperación transfronteriza mediante iniciativas locales y regionales conjuntas. Para alcanzar estos objetivos, la UE se sirve de cuatro tipos de fondos: • FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) destinado a las regiones más atrasadas. • FEOGA (Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrarias) que financia las ayudas agrarias, tanto para asegurar una renta mínima a los agricultores, como para reformar las estructuras productivas. • FSE (Fondo Social Europeo) dedicado al fomento de la formación profesional y del empleo. • IFOP (Instrumento Financiero de Orientación Pesquera) que financia al sector pesquero.
  • 33. b) El Fondo de Cohesión: nació para promover la convergencia económica y monetaria de los países más atrasados. Hasta el 2006 España fue el mayor receptor de este fondo, con el desarrollo del país y la ampliación, sus fondos se han visto reducidos en beneficio de los nuevos países. c) Las Iniciativas Comunitarias: son programas especiales dependientes directamente de la Comisión Europea y encaminados a resolver problemas que conciernen a toda la Unión: • INTERREG: para incrementar la cooperación entre territorios de la UE. • LEADER: fomenta la reconversión y el desarrollo rural. • URBAN: pretende la regeneración económica y social de los barrios urbanos en crisis. • EQUAL: se destina a combatir la discriminación y la desigualdad en el trabajo.
  • 34. 4. 2. NIVEL ESTATAL Y AUTONÓMICO: LOS PLANES DE DESARROLLO REGIONAL. - INTERVENCIÓN DEL ESTADO: a) Política de Incentivos Regionales: modificada con el ingreso en la UE para evitar medidas proteccionistas. Existen tres modalidades de incentivos. - Las ZPE (Zonas de Promoción Económica), son las zonas de menor desarrollo del país según la renta per cápita y la tasa de paro. - Las ZID (Zonas Industrializadas en Declive), afectadas por la reconversión industrial, con altas tasas de desempleo, para paliar el ajuste industrial. - Las ZE (Zonas Especiales), para atender problemas concretos. b) Fondo de Compensación Interregional: es un medio de combatir los desequilibrios regionales y de llevar a la práctica el principio de solidaridad interregional. Los ingresos del fondo se fijan en los presupuestos generales del Estado. Sólo se reciben en aquellas comunidades autónomas con rentas per cápita inferiores a la media nacional, lo que ha incrementado la cuantía recibida.
  • 35. 1. 2. 3. 4. DEFINE LAS DIFERENTES DIVISIONES POLÍTICO-ADMINISTRATIVAS, VIGENTES EN EL TERRITORIO ESPAÑOL INDICA la DIFERENCIA EN LAS FORMAS DE ACCESO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS,DIFERENCIANDO e INDICANDO, LAS QUE ACCEDIERON POR LA VÍA DEL ARTÍCULO 151 y las que lo HICIERON POR EL ARTÍCULO 143 SEÑALA la DIFERENCIA entre los FONDOS FEDER y del FSE del Fondo de Cohesión INDICA en cada una de las siguientes ETAPAS, COMO ERA la ORGANIZACIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA, de ESPAÑA: a) b) c) d) 5. ANTIGÜEDAD EDAD MEDIA EDAD MODERNA EDAD CONTEMPORÁNEA SEÑALA, de los siguientes aspectos sus OBJETIVOS y los INSTRUMENTOS que utilizan para conseguirlos: 1) 2) 3) POLÍTICA REGIONAL DE LA UNIÓN EUROPEA POLÍTICA REGIONAL DEL ESTADO LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • 36. 6. DEFINE DE FORMA BREVE y PRECISA LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: a) b) c) d) e) 6. REGIONES DE CONVERGENCIA EJES DE DESARROLLO FONDOS DE COMPENSACIÓN POLÍTICA REGIONAL FEDER EFECTUA UN MAPA CON LAS DIFERENTES COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE ESPAÑA, INDICANDO EN EL MISMO:   6. EL NOMBRE DE CADA COMUNIDAD Y EL DE SU CAPITAL AUTONÓMICA INDICA CON COLORES DIFERENTES, LA VÍA DE ACCESO, POR LA QUE ACCEDIÓ CADA UNA DE ELLAS ( VÍAS DE LOS ARTÍCULOS 151 y 143 ) REALIZA UN MAPA, POR COLORES o TRAMAS, de las COMUNIDADES AUTÓNOMAS, DIFERENCIANDO su JERARQUÍA ESPACIAL, con las Comunidades pertenecientes a:    LOS EJES DE DINAMISMO LOS EJES EN DECLIVE LOS ESPACIOS MENOS DINÁMICOS