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INFORME DE PRENSA
                  Incremento Salarial para los Agentes Judiciales
Lo decidió el Superior Tribunal por Acuerdo 112 suscripto por los Ministros Novillo, Rubio,
       Gatica, Uría (con sus fundamentos) y en disidencia por el Dr. Zavala Rodríguez.


En el día de la fecha se conoció el Acuerdo 112 del Superior Tribunal de Justicia por el cual el
Poder Judicial otorgó un incremento salarial remunerativo y bonificable neto para todos los
agentes del Poder Judicial de la provincia del 19% a partir del 1 de marzo de 2011 y del 6% a
partir del 1 de junio de 2011.
El incremento salarial dispuesto se calculará aumentando los porcentajes establecidos en el
Sueldo Básico, Compensación Jerárquica, incluidos los complementos remunerativos
liquidados al mes de febrero de 2011. En el Acuerdo referido se aclara que en el caso de
existir agentes que aun aplicándose el aumento al 1 de marzo perciban un salario inferior a
$2500 y al 1 de junio inferior a $2.625, -excluidas las asignaciones familiares-, en ambos
casos recibirán con carácter suplementario, una suma no remunerativa hasta alcanzar esos
montos.
El decisorio del Alto Cuerpo fue avalado por los Ministros Eduardo Gatica (Presidente), Lilia
Ana Novillo y Florencio Damián Rubio, el Dr. Omar Esteban Uría -con sus fundamentos- y
en disidencia por parte del Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez.
El Ministro Zavala Rodríguez adhirió en general al voto original de los Dres. Novillo y Rubio
pero que con la salvedad de que el Acuerdo se deberá efectivo una vez que sea ratificado por
ley.
En los fundamentos de su disidencia, el Dr. Zavala Rodríguez en primer lugar reconoció la
razonabilidad del incremento dispuesto “tal vez exiguo-frente a la pérdida del poder
adquisitivo de los salarios…”pero consideró que para acordar aumentos al personal judicial
debe cumplirse con la cláusula constitucional de que los mismos sean dispuestos por ley de la
provincia” y propuso solicitar al Sr. Gobernador de la Provincia que convoque a la
Legislatura Provincial a sesiones extraordinarias para la ratificación legislativa del Acuerdo
de incremento salarial. Asimismo, sin perjuicio de lo anterior, también sugirió pedir la
sanción correspondiente a la Honorable Cámara de Diputados y al Honorable Senado
provinciales, al abrirse el período de sesiones ordinarias de una ley que ratifique el Acuerdo
pertinente.
En el voto del Dr. Uría, el Ministro adhirió en general a la primera redacción de los Dres.
Novillo y Rubio, entendiendo que debe dictarse el pertinente acuerdo y remitirse copia del
mismo al Poder Legislativo para su ratificación por ley. Fundamentó su opinión en criterios
doctrinarios donde se exige como requisito de validez de los decretos de necesidad y urgencia,
la expresa convalidación de los mismos por parte del Poder Legislativo.
Texto completo del Acuerdo 112 en www.justiciasanluis.gov.ar


Informe de Prensa Nº 100                                      San Luis, 11 de marzo 2011

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  • 2. Legislatura Provincial a sesiones extraordinarias para la ratificación legislativa del Acuerdo de incremento salarial. Asimismo, sin perjuicio de lo anterior, también sugirió pedir la sanción correspondiente a la Honorable Cámara de Diputados y al Honorable Senado provinciales, al abrirse el período de sesiones ordinarias de una ley que ratifique el Acuerdo pertinente. En el voto del Dr. Uría, el Ministro adhirió en general a la primera redacción de los Dres. Novillo y Rubio, entendiendo que debe dictarse el pertinente acuerdo y remitirse copia del mismo al Poder Legislativo para su ratificación por ley. Fundamentó su opinión en criterios doctrinarios donde se exige como requisito de validez de los decretos de necesidad y urgencia, la expresa convalidación de los mismos por parte del Poder Legislativo. Texto completo del Acuerdo 112 en www.justiciasanluis.gov.ar Informe de Prensa Nº 100 San Luis, 11 de marzo 2011