1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACIÓN
ALFONSO URDANETA
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2. Síntesis Sobre el contenido a tratar
• La actividad del ser humano ha cambiado la superficie terrestre con el fin de dominar
la naturaleza. Estos cambios en la superficie son parte de nuestro avance y progreso ,
pero son críticos para los que se ven afectados en ellos como el ser humano o el medio
ambiente
• Las grandes obras de ingeniería como carreteras, puentes , túneles , hasta ríos
artificiales provocan gran desequilibrio en el medio ambiente , algunas veces
destruyendo especies vegetales y animales , modifican el drenaje de alguna superficie,
cambian el movimiento de las corrientes de agua , contaminan el aire …
• La primera ley para protegen el medio ambiente fue redactada en Estados Unidos en
el ano 1969 donde exigían la consideración legal de el impacto ambiental al diseñar
proyectos constructivos
3. Leyes
• La primera ley para protegen el medio ambiente fue
redactada en Estados Unidos en el ano 1969 donde exigían la
consideración legal de el impacto ambiental al diseñar proyectos
constructivos .
• En Venezuela actualmente hay una seria de artículos que
amparan a los derechos ambientales, entre estos tenemos :
• Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar
daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de
estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado
impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así
como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y
biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y
almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
4. Ing, Mantenimiento Mecanico
• En mi caso soy estudiante de Ingeneria
en mantenimiento mecánico, la cual
engloba gran parte de opciones de
trabajo en las cuales puedo desempeñar
, Estando capacitado para la supervisión
y ejecución de actividades de campo y de
taller relacionadas con el mantenimiento
de equipos o instalaciones industriales,
así como las actividades administrativas
relacionadas con dicho mantenimiento.
5. EMPRESA HERMO
El conflicto ambiental al cual me voy a referir, se
trata de la empresa Hermo en Venezuela la cual
fue clausurada por contaminación ambiental ,
debido a la emisión de gases de acido sulfhídrico
Convirtiéndose esta situación como está
planteada actualmente, en un problema de salud
pública, ya que las emanaciones del gas ácido
sulfhídrico que se encontró superaban a lo
establecido en la norma nacional e internacional,
superior a 10 partes por millón , cuando lo que se
recomienda, como un límite máximo de
exposición, es de diez partes por millón , durante
un periodo de diez minutos, ya que como lo es
en el caso particular de personas que estén
expuestas a este acido, puede perjudicar la salud
de dichas personas, por contacto, por inhalación,
o por la piel, el ácido sulfhídrico, permanece en el
aire durante un periodo de dieciocho horas
6. Artículos 3, 26 y 77 de la Ley Orgánica del Ambiente
Artículo 3.
Cumplir con el mejoramiento y conservación del ambiente significa:
Que la población, urbanizaciones o procesos de industrialización deben estar dispuestos
pensando en los valores ambientales, tomando en cuenta la vegetación, los climas, entre
otros; y de esta manera respetarlos
Por estas razones es importante la divulgación y enseñanza de trabajos de
investigaciones ambientales que hagan conciencia de las persona para que no maltraten
ni desmejoren el ambiente. También ayudaría llevar orientaciones a escuelas que
estimulen a los niños a la participación de la protección ambiental mediante procesos
educativos y culturales.
Para el mejoramiento del ambiente seria de gran ayuda la participación de todos, crear
grupos que fomenten el interés de las personas a ayudar con este medio
7. Artículo 26.
En el caso de que una industria o fabrica tenga actividades contaminantes con el
ambiente, antes de cumplir lo que dicta el artículo anterior, el organismo competente y
encargado de tomar las decisiones en cuanto a dictar sanciones deberá tomar ciertas
medidas primero; como lo son, ocupar o mantener en vigilancia las fuentes de
contaminación hasta que esta sea corregida o eliminada. El órgano competente
es capaz de clausurar, prohibir y modificar cualquier industria o fabrica que haga
actividades que perjudiquen al ambiente.
Artículo 77
El Estado, a través de la Autoridad Nacional Ambiental, ejercerá el control ambiental
sobre las actividades y sus efectos capaces de degradar el ambiente, sin menoscabo de
las competencias de los estados, municipios, pueblos y comunidades indígenas, en
aquellas materias ambientales expresamente asignadas por la Constitución y las leyes,
garantizando así la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.
Notas del editor
* Si alguno de estos problema causaron una demora en el programa o se deben analizar en profundidad, coloque los detalles en la siguiente diapositiva.