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Ley 1010 de 2006 Acoso
Laboral

   DAVID H. BARBOSA
       RAMÍREZ
Introducción


Felicidad - Infelicidad.
Acoso / violencia / miedo – amor

Por que se está hablando en el mundo y
en Colombia del tema.
Estado Social de Derecho. Dignidad
Humana.
Introducción

Con la aprobación de la Ley 1010, enero 23 de 2006, se da un
avance importante en la Ley Colombiana, pues con esta se
enfrenta el Acoso Laboral como práctica que se mantiene
oculta, ignorada o silenciada por quienes la sufren por temor a
se despedidos de su trabajo o por no encontrar mecanismos
que ayuden a proteger su identidad.

Con esta ley se pretende adoptar medidas para prevenir,
corregir y sancionar el acoso laboral y otros eventos que se
presentan en el marco de las relaciones de trabajo.
Contenido de la Ley de Acoso
Laboral.
Objeto y Bienes Protegidos.
Definición y Modalidades
Conductas que Constituyen y no
Constituyen Acoso Laboral
Circunstancias Agravantes y
Atenuantes
Sujeto y Ámbito de Aplicación
Medidas Preventivas y Correctivas.
Cual es el Objeto de la Ley de Acoso
  Laboral?
Definir, prevenir, corregir y
sancionar las diversas formas de
agresión,     maltrato,       trato
desconsiderado y ofensivo, en
general todo ultraje a la dignidad
humana que se ejercen sobre
quienes realizan sus actividades
económicas en el contexto de una
relación laboral privado o
publica.
Dignidad Humana

        La dignidad humana no es otra cosa que
        el respeto que cada ser humano merece,
        tanto de los demás como de él mismo,
        por el solo hecho de pertenecer a nuestra
        especie, independientemente de su
        raza, sexo, edad, afiliación política o
        religiosa, profesión, utilidad como
        persona a la sociedad, calidad de vida o
        cualquier otro elemento cuantificable
        que pueda dar lugar a clasificación y
        diferenciación entre las personas .
Dignidad Humana
Consiste
esencialmente en
el       profundo
respeto hacia sí
mismo y hacia los
demás.
Dignidad Humana

       Es la condición con la
       que nacemos, en la
       cual se nos debe
       respetar        nuestra
       individualidad.
Dignidad Humana
    (Sentencia T – 211 de 2004)

Nuestro Estado Social de derecho se funda en el respeto a la dignidad
humana (art. 1 C.P). Principio que debe garantizarse de manera efectiva por
el Estado. La dignidad es el “merecimiento de un trato especial que tiene
toda persona por el hecho de ser tal. Equivale, sin más, la facultad que
tiene toda persona de exigir de los demás un trato acorde con su
condición humana. De esta manera, la dignidad se erige como un derecho
fundamental, de eficacia directa, cuyo reconocimiento general compromete
el fundamento político del Estado colombiano. Desarrollando los
conceptos anteriores, la jurisprudencia constitucional en torno del derecho
a la vida ha hecho énfasis en que éste no hace relación exclusivamente a la
vida biológica, sino que abarca también las condiciones de vida
correspondientes a la dignidad intrínseca del ser humano. Ha tratado
entonces del derecho a la vida digna, y se ha referido al sustrato mínimo
de condiciones materiales de existencia, acordes con el merecimiento
humano, llamándolo mínimo vital de subsistencia.
Dignidad Humana
(Sentencia T – 075 de 2001)

          El concepto de dignidad
          humana no constituye hoy, en el
          sistema colombiano, un recurso
          literario u oratorio, ni un adorno
          para la exposición jurídica, sino
          un principio constitucional,
          elevado al nivel de fundamento
          del Estado y base del
          ordenamiento y de la actividad
          de las autoridades públicas
Dignidad Humana
     (Sentencia T – 645 de 2004)

“Por otra parte, el derecho a la vida debe ser
interpretado de conformidad con el artículo 1 de la
Constitución Política, según el cual “Colombia es un
estado social de derecho organizado en forma de
República unitaria, descentralizada, con autonomía
de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto de la
dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de
las personas que la integran y la prevalecía del
interés general”
Definición de Acoso Laboral

             Toda conducta persistente y
             demostrable ejercida sobre un
             empleado        encaminada    en
             infundir miedo, intimidación,
             terror y angustia, a causar
             perjuicio      laboral,  generar
             desmotivación en el trabajo o
             inducir     la    renuncia   del
             trabajador.
Ejemplo
Un estado de gran activación
emocional      que    contiene   un
sentimiento de miedo o aprehensión.
Clínicamente se define como una
reacción de miedo ante un peligro
inconcreto y desconocido. Se emplea
también como sinónimo de ansiedad
o para referirse a la expresión más
extrema de ésta.
Ejemplo donde se encuentran varias
 de las conductas anteriores.
"Mi jefa me tenía entre ojos desde 2001
asegura Piedad Gallego, secretaria del Juzgado
–. Comenzó a echarme la culpa por la pérdida
de oficios, me acusó de pertenecer a grupos
armados, me obligó a realizar funciones
inferiores a mi cargo, e incluso llegó a
humillarme frente a otros con frases como
‘mejor no hablen con ella, que más sabe la
Cartilla de Coquito”.
Mobbing o Acoso Laboral
(Derecho Comparado)


Es la acción de una o varias
personas de una empresa, sociedad
o institución dirigida contra un
compañero de trabajo con objeto
de conseguir que abandone su
puesto, socavar su autoestima o
elevar la de los acosadores.
Podemos resumirlo como el
maltrato psicológico en el trabajo,
reiterado y con un objetivo
determinado.
Cuales son las modalidades del
     Acoso Laboral?
1.   Maltrato laboral
2.   Persecución laboral
3.   Discriminación laboral
4.   Entorpecimiento
     laboral
5.   Inequidad laboral
6.   Desprotección laboral
Elementos del acoso
              Asimetría de las partes:
              La parte hostigadora
              tiene más recursos al
              tener    más     apoyos
              (Mobbing)      o    una
              posición        superior
              (Bossing) a la del
              trabajador acosado.
Elementos del acoso
              Intención de dañar: Es una situación
              provocada con intención y premeditada.
              El autor quiere dañar y la víctima lo sabe
              y esto se convierte en una situación
              estresante.
              En ocasiones puede ser sutil, pero no por
              ello menos intenso o dañino para la
              víctima.
              Algunas veces es un instrumental y la
              intención última es de índole laboral:
              conseguir una dimisión voluntaria,
              lesionando los derechos personales de la
              víctima.
Elementos del acoso
           El carácter deliberado, complejo,
           continuado, predeterminado y
           sistemático: Es una sucesión de
           actos encaminados a un fin, la
           intencionalidad no se evidencia
           en ninguno de los actos
           integrantes de la conducta y sólo
           es detectable mediante el análisis
           global de la misma.
Cuales son algunos de los Motivos que
llevan a las personas a ejercer el acoso?
 Uno de los principales motivos es la
 envidia entendida como celos del éxito
 de la futura víctima.
 Los incumplimientos contractuales o
 legales.
 Enemistad personal o inquina de uno o
 varios compañeros.
 Se desencadena el ataque por las
 diferencias que se tienen con respecto
 a la víctima (extranjeros, sexo opuesto,
 otra raza, apariencia física distinta).
El acoso como síndrome de estrés

          Los síndromes específicos de
          estrés son aquellos síndromes en
          los que la adaptación a las
          exigencias externas desempeña
          un papel determinante en la
          aparición de la enfermedad. El
          acoso laboral queda incluido en
          esta categoría, pues provoca
          reacciones psicopatológicas ante
          la influencia externa.
Estrategias para infundir miedo,
   desmotivar o inducir a la renuncia

Desprestigiar a la víctima a sus
espaldas, diciendo a sus superiores
que "no cumple con las expectativas”.
Asignarle tareas inútiles, irrelevantes o
absurdas.
Se le priva de cualquier ocupación, y
se vela por que el trabajador no pueda
cumplir con su tarea.
Estrategias para infundir miedo,
desmotivar o inducir a la renuncia

                Se asignan tareas muy inferiores a
                su capacidad o competencias
                profesionales.
                Se le asignan sin cesar tareas
                nuevas.
                Se le obliga a ejecutar tareas
                humillantes.
                Se le asignan tareas que exigen
                una experiencia superior a las
                competencias que posee, con la
                intención de desacreditarla.
Estrategias para infundir miedo,
desmotivar o inducir a la renuncia



          De este modo consiguen
          minusvalorar las capacidades
          del trabajador, ridiculizarlo y
          evitar un reconocimiento si
          consigue concluir la tarea
          con éxito.
Ejemplo.

Sucedió en un Laboratorio Farmacéutico,
donde le asignaron a un consultor
experimentado ordenar en carpetas virtuales
los correos electrónicos recibidos durante el
último año (más de mil), lo que constituía un
ejercicio inútil, responsabilidad de una de las
acosadoras y que además restaba tiempo a
las tareas realmente urgentes del trabajador.
Paralelo entre las conductas
     atenuantes y agravantes.
            Atenuantes                             Agravantes

1. Bueno conducta anterior.           1. Reiteración de la conducta.
2. Obrar en estado de emoción o 2. Concurrencia de causales.
pasión excusable o estado de ira e
intenso dolor.
3. Procurar luego de realizada la 3. Realizar la conducta por motivo
conducta, disminuir o anular sus abyecto,     o    mediante   precio,
consecuencias.                    recompensa o promesa remuneratoria.
4. Reparar discriminadamente el daño 4.       Mediante         ocultamiento,
ocasionado, aun no en forma total.   aprovechando las condiciones de
                                     tiempo, modo y lugar que dificulten la
                                     defensa     del     ofendido     o   la
                                     identificación del autor participe.
5. Las condiciones de inferioridad 5.        Aumentar    deliberada    e
síquica determinadas por la edad o por inhumanamente el daño psíquico y
circunstancias orgánicas que hayan biológico causado al sujeto pasivo.
influido en la conducta.
6. Los vínculos familiares y afectivos. 6. Posición predominante que el autor
                                        ocupe en la sociedad, por su cargo,
                                        rango económico, poder, oficio o
                                        dignidad.
7. Si existe manifiesta o velada 7. Ejecutar la conducta por medio de
provocación o desafió por parte del un tercero o un inimputable.
superior, compañero o subalterno.


8. Circunstancias análogas a las 8. En la conducta desplegada por el
anteriores                       sujeto activo se causa un daño en la
                                 salud física o psíquica al sujeto
                                 pasivo.
Como se sanciona el Acoso
     Laboral?
3.    Con multa entre 2 y 10 SMLMV
      para la persona que lo realice y para
      el empleador que lo tolere.
4.    Con la obligación de pagar a las
      EPS y las ARP el 50% del costo del
      tratamiento, alteraciones de salud y
      demás secuelas. Esta obligación
      corre por cuenta del empleador que
      haya ocasionado el acoso o lo haya
      tolerado
Conclusión.
       La función principal de la ley de
       acoso laboral es recordar a los
       sujetos que participan en las
       relaciones de trabajo el alcance
       del concepto de seres humanos.

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Acoso laboral

  • 1. Ley 1010 de 2006 Acoso Laboral DAVID H. BARBOSA RAMÍREZ
  • 2. Introducción Felicidad - Infelicidad. Acoso / violencia / miedo – amor Por que se está hablando en el mundo y en Colombia del tema. Estado Social de Derecho. Dignidad Humana.
  • 3. Introducción Con la aprobación de la Ley 1010, enero 23 de 2006, se da un avance importante en la Ley Colombiana, pues con esta se enfrenta el Acoso Laboral como práctica que se mantiene oculta, ignorada o silenciada por quienes la sufren por temor a se despedidos de su trabajo o por no encontrar mecanismos que ayuden a proteger su identidad. Con esta ley se pretende adoptar medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros eventos que se presentan en el marco de las relaciones de trabajo.
  • 4. Contenido de la Ley de Acoso Laboral. Objeto y Bienes Protegidos. Definición y Modalidades Conductas que Constituyen y no Constituyen Acoso Laboral Circunstancias Agravantes y Atenuantes Sujeto y Ámbito de Aplicación Medidas Preventivas y Correctivas.
  • 5. Cual es el Objeto de la Ley de Acoso Laboral? Definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, trato desconsiderado y ofensivo, en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privado o publica.
  • 6. Dignidad Humana La dignidad humana no es otra cosa que el respeto que cada ser humano merece, tanto de los demás como de él mismo, por el solo hecho de pertenecer a nuestra especie, independientemente de su raza, sexo, edad, afiliación política o religiosa, profesión, utilidad como persona a la sociedad, calidad de vida o cualquier otro elemento cuantificable que pueda dar lugar a clasificación y diferenciación entre las personas .
  • 7. Dignidad Humana Consiste esencialmente en el profundo respeto hacia sí mismo y hacia los demás.
  • 8. Dignidad Humana Es la condición con la que nacemos, en la cual se nos debe respetar nuestra individualidad.
  • 9. Dignidad Humana (Sentencia T – 211 de 2004) Nuestro Estado Social de derecho se funda en el respeto a la dignidad humana (art. 1 C.P). Principio que debe garantizarse de manera efectiva por el Estado. La dignidad es el “merecimiento de un trato especial que tiene toda persona por el hecho de ser tal. Equivale, sin más, la facultad que tiene toda persona de exigir de los demás un trato acorde con su condición humana. De esta manera, la dignidad se erige como un derecho fundamental, de eficacia directa, cuyo reconocimiento general compromete el fundamento político del Estado colombiano. Desarrollando los conceptos anteriores, la jurisprudencia constitucional en torno del derecho a la vida ha hecho énfasis en que éste no hace relación exclusivamente a la vida biológica, sino que abarca también las condiciones de vida correspondientes a la dignidad intrínseca del ser humano. Ha tratado entonces del derecho a la vida digna, y se ha referido al sustrato mínimo de condiciones materiales de existencia, acordes con el merecimiento humano, llamándolo mínimo vital de subsistencia.
  • 10. Dignidad Humana (Sentencia T – 075 de 2001) El concepto de dignidad humana no constituye hoy, en el sistema colombiano, un recurso literario u oratorio, ni un adorno para la exposición jurídica, sino un principio constitucional, elevado al nivel de fundamento del Estado y base del ordenamiento y de la actividad de las autoridades públicas
  • 11. Dignidad Humana (Sentencia T – 645 de 2004) “Por otra parte, el derecho a la vida debe ser interpretado de conformidad con el artículo 1 de la Constitución Política, según el cual “Colombia es un estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y la prevalecía del interés general”
  • 12. Definición de Acoso Laboral Toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un empleado encaminada en infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del trabajador.
  • 13. Ejemplo Un estado de gran activación emocional que contiene un sentimiento de miedo o aprehensión. Clínicamente se define como una reacción de miedo ante un peligro inconcreto y desconocido. Se emplea también como sinónimo de ansiedad o para referirse a la expresión más extrema de ésta.
  • 14. Ejemplo donde se encuentran varias de las conductas anteriores. "Mi jefa me tenía entre ojos desde 2001 asegura Piedad Gallego, secretaria del Juzgado –. Comenzó a echarme la culpa por la pérdida de oficios, me acusó de pertenecer a grupos armados, me obligó a realizar funciones inferiores a mi cargo, e incluso llegó a humillarme frente a otros con frases como ‘mejor no hablen con ella, que más sabe la Cartilla de Coquito”.
  • 15. Mobbing o Acoso Laboral (Derecho Comparado) Es la acción de una o varias personas de una empresa, sociedad o institución dirigida contra un compañero de trabajo con objeto de conseguir que abandone su puesto, socavar su autoestima o elevar la de los acosadores. Podemos resumirlo como el maltrato psicológico en el trabajo, reiterado y con un objetivo determinado.
  • 16. Cuales son las modalidades del Acoso Laboral? 1. Maltrato laboral 2. Persecución laboral 3. Discriminación laboral 4. Entorpecimiento laboral 5. Inequidad laboral 6. Desprotección laboral
  • 17. Elementos del acoso Asimetría de las partes: La parte hostigadora tiene más recursos al tener más apoyos (Mobbing) o una posición superior (Bossing) a la del trabajador acosado.
  • 18. Elementos del acoso Intención de dañar: Es una situación provocada con intención y premeditada. El autor quiere dañar y la víctima lo sabe y esto se convierte en una situación estresante. En ocasiones puede ser sutil, pero no por ello menos intenso o dañino para la víctima. Algunas veces es un instrumental y la intención última es de índole laboral: conseguir una dimisión voluntaria, lesionando los derechos personales de la víctima.
  • 19. Elementos del acoso El carácter deliberado, complejo, continuado, predeterminado y sistemático: Es una sucesión de actos encaminados a un fin, la intencionalidad no se evidencia en ninguno de los actos integrantes de la conducta y sólo es detectable mediante el análisis global de la misma.
  • 20. Cuales son algunos de los Motivos que llevan a las personas a ejercer el acoso? Uno de los principales motivos es la envidia entendida como celos del éxito de la futura víctima. Los incumplimientos contractuales o legales. Enemistad personal o inquina de uno o varios compañeros. Se desencadena el ataque por las diferencias que se tienen con respecto a la víctima (extranjeros, sexo opuesto, otra raza, apariencia física distinta).
  • 21. El acoso como síndrome de estrés Los síndromes específicos de estrés son aquellos síndromes en los que la adaptación a las exigencias externas desempeña un papel determinante en la aparición de la enfermedad. El acoso laboral queda incluido en esta categoría, pues provoca reacciones psicopatológicas ante la influencia externa.
  • 22. Estrategias para infundir miedo, desmotivar o inducir a la renuncia Desprestigiar a la víctima a sus espaldas, diciendo a sus superiores que "no cumple con las expectativas”. Asignarle tareas inútiles, irrelevantes o absurdas. Se le priva de cualquier ocupación, y se vela por que el trabajador no pueda cumplir con su tarea.
  • 23. Estrategias para infundir miedo, desmotivar o inducir a la renuncia Se asignan tareas muy inferiores a su capacidad o competencias profesionales. Se le asignan sin cesar tareas nuevas. Se le obliga a ejecutar tareas humillantes. Se le asignan tareas que exigen una experiencia superior a las competencias que posee, con la intención de desacreditarla.
  • 24. Estrategias para infundir miedo, desmotivar o inducir a la renuncia De este modo consiguen minusvalorar las capacidades del trabajador, ridiculizarlo y evitar un reconocimiento si consigue concluir la tarea con éxito.
  • 25. Ejemplo. Sucedió en un Laboratorio Farmacéutico, donde le asignaron a un consultor experimentado ordenar en carpetas virtuales los correos electrónicos recibidos durante el último año (más de mil), lo que constituía un ejercicio inútil, responsabilidad de una de las acosadoras y que además restaba tiempo a las tareas realmente urgentes del trabajador.
  • 26. Paralelo entre las conductas atenuantes y agravantes. Atenuantes Agravantes 1. Bueno conducta anterior. 1. Reiteración de la conducta. 2. Obrar en estado de emoción o 2. Concurrencia de causales. pasión excusable o estado de ira e intenso dolor. 3. Procurar luego de realizada la 3. Realizar la conducta por motivo conducta, disminuir o anular sus abyecto, o mediante precio, consecuencias. recompensa o promesa remuneratoria. 4. Reparar discriminadamente el daño 4. Mediante ocultamiento, ocasionado, aun no en forma total. aprovechando las condiciones de tiempo, modo y lugar que dificulten la defensa del ofendido o la identificación del autor participe.
  • 27. 5. Las condiciones de inferioridad 5. Aumentar deliberada e síquica determinadas por la edad o por inhumanamente el daño psíquico y circunstancias orgánicas que hayan biológico causado al sujeto pasivo. influido en la conducta. 6. Los vínculos familiares y afectivos. 6. Posición predominante que el autor ocupe en la sociedad, por su cargo, rango económico, poder, oficio o dignidad. 7. Si existe manifiesta o velada 7. Ejecutar la conducta por medio de provocación o desafió por parte del un tercero o un inimputable. superior, compañero o subalterno. 8. Circunstancias análogas a las 8. En la conducta desplegada por el anteriores sujeto activo se causa un daño en la salud física o psíquica al sujeto pasivo.
  • 28. Como se sanciona el Acoso Laboral? 3. Con multa entre 2 y 10 SMLMV para la persona que lo realice y para el empleador que lo tolere. 4. Con la obligación de pagar a las EPS y las ARP el 50% del costo del tratamiento, alteraciones de salud y demás secuelas. Esta obligación corre por cuenta del empleador que haya ocasionado el acoso o lo haya tolerado
  • 29. Conclusión. La función principal de la ley de acoso laboral es recordar a los sujetos que participan en las relaciones de trabajo el alcance del concepto de seres humanos.