2. La industria de las tecnologías
de la información (TI) es uno
de los grandes motores del
desarrollo tecnológico
moderno. Desde funciones de
cálculo hasta el modelamiento
industrial de una cadena
productiva, pasando por
aplicaciones en el diseño,
comunicaciones, medicina,
entretención y gestión de la
información, entre otros, la
computación ocupa un papel
sumamente relevante en la vida
diaria de nuestra sociedad.
3. Frente a esa situación, muchos emprendedores tecnológicos
estiman que el “patentamiento” del código fuente del
software puede ser la solución, al entregar un derecho
exclusivo de monopolio para la explotación y utilización de
esa particular creación intelectual.
4. Nuestra legislación, el software
es protegido jurídicamente a
través de leyes especiales como
en el código civil, el cuál protege
los derechos de autor, y el
software ha sido considerado
como una obra literaria en nuestra
legislación. .
5. Así mismo se la protege a
través del Decreto
Legislativo 822, La decisión
Andina N° 351, Decreto de Ley
25868, así como en el Código
Penal, sí se violase algún
derecho contra el creador del
software. El INDECOPI es el
encargado de velar por los
derechos de autor a través de
su dirección de Propiedad
Intelectual, la cual protege
estos programas informáticos
6. Así mismo se la protege a
través del Decreto
Legislativo 822, La decisión
Andina N° 351, Decreto de Ley
25868, así como en el Código
Penal, sí se violase algún
derecho contra el creador del
software. El INDECOPI es el
encargado de velar por los
derechos de autor a través de
su dirección de Propiedad
Intelectual, la cual protege
estos programas informáticos