La modernidad de los Registros Públicos de la Propiedad
1. LA MODERNIDAD DE LOS
REGISTROS PÚBLICOS DE LA PROPIEDAD
HERIBERTO CASTILLO VILLANUEVA
2. Reto de la modernidad:
• Que todo el funcionamiento de los Registro Públicos de la
Propiedad del país, así como los trámites ante el mismo, sea
utilizando medios electrónicos.
Beneficios:
• 1.- La prestación de un mejor servicio.
• 2.- Optimización de los tiempos.
• 3.- Un mayor desarrollo económico.
3. ¿Como lograr la modernidad?
• 1.- Requiere de una visión integral.
• 2.- Requiere de una adecuación legislativa.
• 3.- Requiere de voluntad política.
• 4.- Requiere de recursos económicos.
4. Elementos actuales con los que se cuenta:
• 1.- Programa de Modernización de los Registros Públicos de la
Propiedad en los Estados.
• 2.- Modelo Integral del Registro Público de la Propiedad.
• 3.- Lineamientos para la aplicación de los recursos del Programa
de Modernización de Registros Públicos de la Propiedad en los
Estados, para el ejercicio fiscal de 2010.
5. • Es un PROGRAMA que fue elaborado con la participación de la
SHF, la CONAVI (antes CONAFOVI), la ANNM, el IMDERAC y otras
instituciones estrechamente vinculadas, adoptando las mejores
experiencias tanto nacionales como extranjeras en materia
registral, elaborándose el Modelo Integral del Registro Público de
la Propiedad.
• El programa está orientado a la modernización de los RPP’s de las
Entidades Federativas, a estandarizar procesos e iniciar la
homologación de la función registral a nivel nacional.
Programa de Modernización de los
Registros Públicos de la Propiedad en los Estados.
6. Los objetivos del PROGRAMA son los siguientes:
• A.- Promover que las instituciones registrales sean organismos
eficientes y eficaces que garanticen plenamente la certeza jurídica
de los derechos sobre inmuebles y los relacionados con personas
morales civiles.
• B.- Continuar con los esfuerzos de modernización de los RPP’s,
mediante la aplicación ordenada y transparente de los recursos
de que dispongan de la Federación y de las Entidades
Federativas.
• C.- Generar una plataforma jurídica, operativa y tecnológica,
estandarizada y homologada para los Registro Públicos de la
Propiedad del país y las instituciones catastrales.
7. Modelo Integral del Registro Público de la Propiedad
Los objetivos del Modelo son, entre otros, los siguientes:
• 1.- Garantizar la seguridad jurídica.
• 2.- Cumplir con los Principios Registrales.
• 3.- Minimizar el riesgo de las operaciones inmobiliarias.
• 4.- Proporcionar servicios oportunos y de calidad.
• 5.- Uniformar las normas y las formas de operar de los registros a
nivel nacional.
8. Componentes del Modelo Integral de Registro Público
El Modelo incluye los Componentes a los que corresponden las
principales causas de las debilidades institucionales.
• 1.- Marco jurídico (naturaleza jurídica del RPP y sistema registral –
firma y folio real electrónicos).
• Ley Orgánica de la Administración Pública Paraestatal.
• Código Civil, o en su caso, Ley Estatal del RPP (debe contener
los principios registrales).
• Ley de Hacienda Estatal.
• Ley Estatal de Procedimiento Administrativo.
• Ley Estatal de Catastro.
• Ley Estatal del Servicio Profesional de la Carrera Registral
• Manual de Organización.
• Manual de Procedimientos.
• Manuales del Sistema Informático.
9. • 2.- Procesos registrales (reingeniería de procesos: solicitud,
calificación, inscripción, entrega, conservación del acervo,
certificación y consulta).
• 3.- Tecnologías de la información:
• Tecnología vigente y adecuada.
• Infraestructura informática.
• Procesos de gestión automatizados.
• Deben existir mecanismos de seguridad y control.
• 4.- Gestión de calidad (certificaciones ISO-9000):
• Sistema de Gestión de Calidad
• Calidad e integridad de información.
• 5.- Profesionalización de la función registral (competencias,
perfiles, capacitación, certificación y evaluación del desempeño).
10. • 6.- Políticas institucionales (RPP’s con autonomía técnica para la
toma de decisiones sin depender de un órgano superior, y
patrimonio propio).
• 7.- Gestión y acervo documental (captura y digitalización del
acervo para su manejo y consulta en medios electrónicos).
• 8.- Participación y vinculación con otros sectores (principalmente
la vinculación con Catastro).
• 9.- Indicadores de desempeño (calidad en el servicio y
estadísticas de operación).
11. Lineamientos para la aplicación de los recursos del Programa de
Modernización de Registros Públicos de la Propiedad en los Estados,
para el ejercicio fiscal de 2010.
• Publicados en el D.O.F., el día 17 de marzo del año 2010.
• En dichos lineamientos se dispone que se asignaron recursos por
la cantidad de $337’813,554.00 dentro del presupuesto de la
SEDESOL.
• Estructura de los lineamientos:
I.- Antecedentes.- Se menciona el PROGRAMA de modernización y
el Modelo Integral.
II.- Objetivos. Se mencionan los objetivos del PROGRAMA y de los
lineamientos (conjunción de acciones y recursos entre la
Federación y las Entidades Federativas).
12. III.- Cobertura (a todas las Entidades Federativas que se sujeten a
los requisitos y procedimientos de los lineamientos).
IV.- Del Comité de Evaluación.- Integrado por la SEDESOL, la
Consejería Jurídica, la CONAVI y la SHF.
V.- Requisitos y procedimientos para acceder a los recursos y
beneficios del Programa.
VI.- Derechos y obligaciones de las Entidades Federativas.
VII.- Disposiciones complementarias.
VIII.- Características de los apoyos financieros.- Son recursos
federales que se otorgan a las Entidades Federativas con carácter
de subsidios.
13. IX.- Ejecución del programa.
X.- Control y seguimiento.
XI.- Evaluación.
XII.- Transparencia.
14. Principios Registrales.
(Anexo del Modelo Integral del RPP)
• 1.- Inscripción.- Todo asiento registral debe ser materializado.
• 2.- Rogación.- La inscripción debe ser solicitada. El Registro
Público no puede actuar de oficio.
• 3.- Legitimación (consentimiento).- Otorga certeza y seguridad
sobre la titularidad de los bienes y su transmisión. Para cualquier
modificación o cancelación de los asientos, se requiere el
consentimiento del titular registral o sus causahabientes, con
excepción del mandamiento judicial que suple dicho
consentimiento.
• 4.- Calificación (legalidad).- El registrador tiene que hacer un
estudio del documento a inscribir.
• 5.- Prelación.- Primero en inscripción es primero en derecho.
15. • 6.- Especialidad o determinación.- Tiene como finalidad
determinar perfectamente los bienes objeto de inscripción, sus
titulares, así como el alcance y contenido de los derechos.
• 7.- Tracto sucesivo.- No puede inscribirse un acto, si no está
inscrito antes el acto que le da origen.
• 8.- Fe pública registral.- Presunción de existencia y validez de los
actos expedidos por el titular de la fe pública registral
(documentos públicos que hacen prueba plena).
• 9.- Publicidad.- Permitir al público la consulta de las
inscripciones.