1. ESTRUCTURA Y NATURALEZA DEL
POLICIA
Unidad 1
1.3 Instituciones federales encargadas de hacer cumplir la ley
MATERIA: METODOS DE INVESTIGACION EN CIENCIAS POLICIALES
MAESTRO: MTRO. JESUS MANUEL LINARES ZAPATA
ALUMN@S: MAYRA ALICIA SALAS SOLÍS
ROCIÓ ABIGAIL QUINTANILLA PUGA
2. INSTITUCIONES FEDERALES
ENCARGADAS DE HACER CUMPLIR LA
LEY
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION
CIUDADANA
FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
CENTROS FEDERALES DE REINSERCION SOCIAL
LA GUARDIA NACIONAL
MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION
SERVICIOS PERICIALES
AGENTES DE LA POLICÍA FEDERAL MINISTERIAL
SISTEMA PENITENCIARIO (CUSTODIOS PENITENCIARIOS)
3. •SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL (SEDENA).
- EJERCITO MEXICANO.
•SECRETARIA DE MARINA (SEMAR).
- MARINA ARMADA DE MEXICO
•FUERZA AEREA MEXICANA (FAM).
INSTITUCIONES EN APOYO A LA
SEGURIDAD PUBLICA
4. MARCO LEGAL
CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD PUBLICA
LEY DE LA FISCALIA GENERAL DE LA
REPUBLICA
LEY NACIONAL DE EJECUCION PENAL
.... salvaguardar la integridad y derechos de las
personas, así como preservar las libertades, el
orden y la paz públicos y comprende la
prevención especial y general de los delitos, la
investigación para hacerla efectiva ....
LEY DE LA GUARDIA NACIONAL
Articulo 21
Artículo 2
Artículo 3, Articulo 5.
La seguridad pública es una función a cargo
de la Federación, los Estados y los
Municipios ...
La función de seguridad publica se realizara
en los ámbitos de competencia por
conducto de las instituciones Policiales...
... encargadas de aplicar las infracciones
administrativas, de la supervisión de
medidas cautelares, de suspensión
condicional del procedimiento de los
responsables de la prisión preventiva y
ejecución de penas ...
Instituciones de
Seguridad Pública
Instituciones de
Procuración de Justicia
Instituciones
Policiales
Artículo 18, Articulo 21.
Articulo 21.
... la sanción de las infracciones
administrativas, así como la investigación y
la persecución de los delitos y la reinserción
social del individuo.
6. SECRETARIA DE SEGURIDAD Y
PROTECCIÓN CIUDADANA
Recibir denuncias
REGISTRO DE LA
ACTUACION
05
04
03
02
01
INVESTIGACIÓN
PERSERVACION Y
RESGUARDO DE
INDICIOS
DETENCIONES
LLAMADAS DE
EMERGENCIA
Realizar detenciones y poner a disposición de las
autoridades competentes personas y bienes; y Cumplir
ordenes de aprehensión y mandatos ministeriales.
Preservar el lugar de los hecho o del hallazgo y en su caso recolectar y
resguardar objetos relacionados con la investigación de los delitos.
Realizar tareas de verificación e investigación.
Elaborar el informe policial homologado y demás que
requieran las autoridades competentes.
GUARDIA NACIONAL
7. I. Secretario;
II. Comandante; (jefatura general)
III. Coordinador Territorial; (comisario general)
IV. Coordinador Estatal, y ( comisario jefe).
V. Coordinador de Unidad.
Estructura en niveles de mando
8. Coordinador de unidad LOS GRADOS DE LA GUARDIA
NACIONAL.
Artículo 19. Las Coordinaciones de Unidad serán :
I. El Batallón estará a cargo de un Comisario o Inspector General, tendrá
bajo su mando a dos o más Compañías, contará con una Jefatura de
Coordinación Policial y dispondrá de los organismos necesarios para
realizar sus funciones;
II. La Compañía estará a cargo de un Subinspector y tendrá bajo su
mando a dos o más Secciones. La Compañía, en el cumplimiento de sus
funciones de seguridad pública, se desplegará en Secciones, Pelotones y
Escuadras;
III. La Sección estará a cargo de un Oficial o Suboficial y tendrá bajo su
mando a dos o más Pelotones;
IV. El Pelotón estará a cargo de un Agente y tendrá bajo su mando a dos o
más Escuadras, y
V. La Escuadra estará a cargo de un Subagente y tendrá bajo su mando a
dos o más Guardias.
I. Comisarios:
a)Comisario General;
b) Comisario Jefe, y
c) Comisario.
II. Inspectores:
a) Inspector General;
b) Inspector Jefe,
c) Inspector.
Artículo 30. Los grados de la Guardia Nacional, en orden
decreciente, son:
III. Oficiales:
a)Primer Subinspector;
b) Segundo Subinspector;
c) Oficial, y
d) Suboficial.
IV. Escala Básica:
a)Agente Mayor;
b) Agente;
c) Subagente, y
d) Guardia.
9. x
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Subagente
Guardia x
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Oficial
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Suboficial
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Subinspector
Comisario o Inspector General
PELOTON SECCION
COMPAÑIA BATALLON
ESCUADRA
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Agente
LAS COORDINACIONES DE UNIDAD
10. INSIGNIAS DE LOS GRADOS DE LA GUARDIA
NACIONAL
Artículo 30. Los grados de la Guardia Nacional, en orden decreciente, son:
12. COORDINACIONES DE LA GUARDIA NACIONAL
Existen 150 coordinaciones regionales en el país hay un despliegue de 56 mil 191 integrantes de las policías militar y naval, y
de la Sedena con funciones específicas en apoyo al nuevo cuerpo policial. Adicionalmente se encuentran en despliegue
permanente 123 mil 465 elementos de la Sedena y 13 mil 461 de la Marina.
la Guardia Nacional depende de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y consta de un Comandante,
12 coordinadores territoriales, 32 coordinadores estatales y en este momento 150 coordinadores de unidad, de
un total de 266.
13. FISCALIA GENERAL DE LA
REPUBLICA
MINISTERIO PUBLICO DE LA
FEDERACION
Es uno de los órganos constitucionales autónomos con
funciones de ministerio público de México encargada de
investigar y perseguir los delitos del orden federal, ante
los tribunales del Poder Judicial de la Federación.
Es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y
coordinar las políticas públicas en materia de
investigación criminal de los hechos que revisten los
caracteres de delito;
SERVICIOS PERICIALES
POLICIA MINISTERIAL FEDERAL
14. 1
2
3
La investigación y la persecución de los delitos del orden
federal y los de su competencia ante los tribunales.
La preparación y el ejercicio de la acción de extinción de
dominio,
Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos
de la persona imputada, de la víctima o de la persona ofendida
durante el desarrollo del procedimiento penal.
Artículo 5. Al Ministerio Público de la Federación
le corresponde, en representación de los intereses
de la sociedad:
MINISTERIO PUBLICO DE LA
FEDERACION
Ley de la Fiscalía General de
la Republica
15. De acuerdo a la Ley de la Fiscalía General de la
Republica en su Artículo 7.
En la investigación de los hechos que puedan ser
constitutivos de delitos de su competencia, el
Ministerio Público de la Federación se auxiliará de las
policías, incluyendo la Guardia Nacional y las
instituciones de seguridad pública del fuero federal o
común, así como de las personas investigadoras,
personas peritas, personas analistas, y personas
facilitadoras, quienes actuarán bajo su mando y
conducción.
MINISTERIO PUBLICO DE LA
FEDERACION
16. III. Practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los
hechos y la identidad de las personas autores o de las personas partícipes en la
comisión del delito.
IV. Preservar y procesar el lugar de los hechos o del hallazgo y en general,
realizar todos los actos necesarios para garantizar la integridad de los indicios
o datos de prueba;
V. Requerir a las autoridades competentes y solicitar a las personas físicas o
morales, informes y documentos para fines de la investigación;
VI. Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados.
Las personas agentes de la Policía Federal Ministerial deberán actuar
durante la investigación bajo la conducción y mando de la persona agente
del Ministerio Público de la Federación, en ejercicio de las siguientes
facultades:
I. Investigar hechos que puedan ser constitutivos de delito y los bienes
relacionados o producto del mismo, llevando a cabo las técnicas de
investigación autorizadas al efecto y que resulten necesarias.
II. Constatar la veracidad de los datos aportados en informaciones
anónimas, mediante los actos de investigación que resulten necesarios.
POLICIAS FEDERAL MINISTERIAL
17. Emitir los dictámenes, documentos, opiniones o informes
derivados de la solicitud de las personas agentes del
Ministerio Público de la Federación;
Al Ministerio Público de la Federación y a la Policía Federal
Ministerial en la búsqueda, preservación y obtención de indicios o
datos de prueba, así como el esclarecimiento de los hechos a efecto
de lograr la identificación de las personas autores o las personas
partícipes, a través de los informes o productos que emitan las
personas peritas en su rama de especialidad;
02 Auxiliar
Acudir al lugar a fin de apoyar en el procesamiento del
lugar de los hechos, del hallazgo o cualquier sitio en el que
se requiera de su pericia;
03 Procesamiento
Aportar información que permita la actualización de los
bancos de datos criminalísticos de la Institución;
04 Base de Datos
05 Analisis
Dictámenes
01
Realizar los análisis, pruebas de laboratorio,
operaciones o estudios que su ciencia, técnica o arte
requiera a los elementos de estudio recabados en el
lugar de investigación .
Actuarán bajo la autoridad, conducción y
mando del Ministerio Público de la Federación,
y contarán con las siguientes facultades:
PERSONAL DE LOS SERVICIOS PERICIALES
18. SISTEMA PENITENCIARIO
FEDERAL
Sistema Penitenciario: Al conjunto de normas jurídicas y de
instituciones del Estado que tiene por objeto la supervisión de
la prisión preventiva y la ejecución de sanciones penales, así
como de las medidas de seguridad derivadas de una
sentencia, el cual está organizado sobre la base del respeto
de los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el
mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para
lograr la reinserción de la persona sentenciada a la sociedad
y procurar que no vuelva a delinquir.
19. AUTORIDADES EN LA EJECUCIÓN
PENAL
3.- Policía Procesal.
2.- Custodia
Penitenciaria.
1.- De la Autoridad
Penitenciaria.
20. CEFERESO No.3
Noreste
CEFERESO No.16 CPS
(Femenil)
CEFERESO No.2
"OCCIDENTE"
CEFERESO No.8
Nor-Poniente
Sinaloa
CENTROS PENITENCIARIOS
Veracruz
CENTRO PENITENCIARIO
FEDERAL NO.10
NOR-NORESTE
CEFERESO No.9
Norte
21. INSTITUCIONES EN APOYO A LA SEGURIDAD
PUBLICA PARA LA PREVENCION DEL DELITO
Instituciones en apoyo a la Seguridad Publica en la Prevención del Delito;
Secretaria de Educación, Cultura y Deporte.
Secretaria de Salud
Secretaria de Desarrollo Social
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia