Contabilidad gubernamental y el Sistema de Administración Financiera Pública (SAF
1. ART. 82 COMPONENTES DEL SINFIP
INGRESOS PRESUPUESTO
CONTABILIDAD
REVISA
ANALIZA
CONSOLIDA TESORERIA
ENDEUDAMIENTO REPORTA
PUBLICO
POLITICA Y
PROGRAMACION
FISCAL
2. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
ARTICULOS DE CÓDIGO ORGANICO REGLAMENTO
Art. 148.- Contenido y finalidad.- Constituye el proceso de registro
sistemático, cronológico y secuencial de las operaciones patrimoniales y Artículo.- El Sector Público no Financiero está conformado por
presupuestarias de las entidades y organismos del Sector Público no
las entidades y organismos contemplados en el artículo 225,
Financiero, expresadas en términos monetarios, desde la entrada original a
los registros contables hasta la presentación de los estados financieros; la de la Constitución de la República del Ecuador, excepto las
centralización, consolidación y la interpretación de la información; entidades financieras públicas, las cuales comprenden el sector
comprende además los principios, normas, métodos y procedimientos público financiero”.
correspondientes a la materia.
El Sistema de Contabilidad Gubernamental para las entidades
La finalidad del componente de Contabilidad Gubernamental es establecer, del Presupuesto General del Estado es en línea e integrado
poner en funcionamiento y mantener en cada entidad del Sector Público no entre los componentes de: Presupuesto, Tesorería, Personal y
Financiero un sistema único de contabilidad, que integre las operaciones,
Contabilidad, permitiéndoles a las direcciones financiera
patrimoniales, presupuestarias y de costos, para asegurar la producción de
información financiera completa, confiable y oportuna, que permita la
contables, de cada entidad obtener sus propios reportes
rendición de cuentas, la toma de decisiones, el control, la adopción de financieros para analizarlos y determinar las acciones a seguir
medidas correctivas y la elaboración de estadísticas. para que la información financiera sea confiable, relevante y
oportuna de acuerdo a las Normas Técnicas vigentes en cada
componente del Ministerio rector de las finanzas públicas.
Las Empresas Públicas remitirán al organismo rector de las
Las empresas públicas podrán tener sus propios sistemas de contabilidad de
finanzas públicas, dentro de los treinta días del mes siguiente
conformidad a la ley y el reglamento del presente Código. Para fines de
consolidación de la contabilidad y demás información fiscal del Sector
posterior al cierre, los estados financieros: Balance General,
Público no Financiero estarán obligadas a realizar y enviar reportes Estado de Resultado, Estado de Evolución del Patrimonio, Flujo
contables en los plazos y formatos que emita el ente rector de las finanzas de Efectivo y de Ejecución Presupuestaria, con las notas
públicas para el efecto. aclaratorias respectivas en el caso de cierre del ejercicio, de
acuerdo con las Normas Internacionales de Información
Financiera NIIF.
3. OBLIGATORIEDAD DEL SAFI
APLICACIÓN DEL SAFI SECTOR PÚBLICO
OBLIGATORIA NO FINANCIERO
LEGISLATIVO
EJECUTIVO
JUDICIAL
ESTADO CENTRAL TRANS. CONTROL SOC.
ELECTORAL
ADMIN. PUBLICA
GOB. PROVINCIALES
NO FINANCIERO GADS GOB. MUNICIPALES
JUNTAS PARROQ.
AUTONOMAS
DESCENTRALIZADAS
SECTOR
PUBLICO
GOB. NACIONAL
EMPRESAS
GOB. SECCIONAL
- BANCO DEL ESTADO
- C.F.N.
FINANCIERO - B.C.E.
- IECE
4. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Art. 149.- Registro de recursos financieros Artículo.- Las entidades del Sector Público
y materiales.- El componente de no Financiero sustentaran el registro de
contabilidad incluirá el registro de todos sus transacciones en los comprobantes
los recursos financieros y materiales aprobados por el Servicio de Rentas
administrados por los entes públicos aún Internas, en los documentos legales
cuando pertenezcan a terceros, de forma habilitantes de cada compromiso, y en la
que ningún recurso quede excluido del documentación fuente que de validez al
proceso de registro e informes registro de cada evento o actividad
financieros. relacionada con el objetivo principal de la
actividad a la que se dedique la entidad y
que sea de carácter presupuestario o no
presupuestario.
5. PROCESO CONTABLE
INGRESOS FACTURACION
RECAUDACIONES/ CURs
SUSTENTOS
CONTRATOS – ORDENES CURs
DOCUMENTO GASTOS FACTURAS – ACTAS E/R - ROLES
FUENTE
RECAUDACION
COMPROBANTES PAGO
DIARIO
MOVIM. APERTURA
LIBROS ENTRADA ORIGINAL DERECHOS
MOVIM. FINANC. OBLIGACIONES
- DIARIO GENERAL INTEGRADO HECHOS ECONOMICOS
- COMPROBANTES OTROS
MOVIM. AJUSTES
CUENTAS DE CONTROL MOVIM. CIERRE
PATRIMONIALES PRESUPUESTARIOS
- NIVEL 1
- PARTIDAS DE INGRESOS
- NIVEL 2
- PARTIDAS DE GASTOS
- NIVEL 3
- NIVEL 4
- AUXILIARES
ESTADOS FINANC. ESTADOS FINANC. SUMINISTRAN DATOS FUNDAMENTALES PARA
NOTAS EXPLICATI. NOTAS EXPLICATI. PROCEDER AL ANALISIS FINANCIERO
E.R. E.S.F. E.F.E. E.E.P.
CEDULA INGRESOS CEDULA GASTOS
(NIVEL ITEM) (NIVEL ITEM)
6. ART. 13 LOCGE
MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL ACUERDO 320
CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS R.O.306 OCT 22-10
NORMATIVA DEL SAF ACUERDO 447
NORMAS DE CONTROL INTERNO ACUERDO 039-CG
(1) ACTIVOS
PATRIMONIALES GESTION (2) PASIVOS (6.1) PATRIMONIO
(6) PATRIMONIO (6.2) INGRESOS GESTION
(9) ORDEN
(6.3) GASTOS GESTION
REGISTRO DE
HECHOS PRESUPUESTARIAS INGRESOS - DERECHOS MONET. CxC
ECONOMICOS (EJECUCION) GASTOS - OBLIGACIONES MONET. CxP
PRODUC. EN PROCESO
PRODUC. BIENES Y SERV.
PRODUC. TERMINADA
COSTOS PROYECTOS INSTITUCIONALES
OBRAS
(INVERSION) PROGRAMAS COMUNITARIOS
DECISIONES CONTROL
7. APLICACIÓN DE PRINCIPIOS Y NORMAS
REGISTRO PRINCIPIOS GENERALES
EMITIDOS:
NORMAS TECNICAS, MF
SE CONTROLES INTERNOS CGE
BASAN , NICSP, Y SC
REPORTES EN NIIF IASB
IFAC
EE.FF.
8. CATALOGO DE CUENTAS
M.F. ENTIDAD
0 0 0 00 00 000 00 000000
1 ACTIVO
2 PASIVO
TITULO
6 PATRIMONIO
9 ORDEN
GRUPO
SUBGRUPO
NIVEL 1
NIVEL 2 Afectan al Presupuesto
NIVEL 3 (Requerimientos de Información)
NIVEL 4 (Requerimientos de Información)
Módulo
AUXILIARES
Parte Integrante
9. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo.- La estructura organizativa de
Art. 150.- Organización contable.- En
la unidad contable de cada entidad será
cada entidad se establecerá la unidad
liderada por un profesional con título de
encargada de la ejecución del
Contador Público Autorizado y el
Componente de Contabilidad
personal de apoyo deberá tener una
Gubernamental.
formación académica acorde con los
requerimientos de esta área, haber
aprobado los cursos de contabilidad
gubernamental y tener experiencia en el
manejo de los sistemas implantados.
10. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo- Cada ente financiero UDAF y unidad
Art. 151.- Entes financieros y unidades
ejecutora deberá generar los estados
ejecutoras responsables.- Los entes financieros
financieros básicos: Balance General, Estado
y unidades ejecutoras responsables de la
de Resultado, Estado de Evolución del
administración de sus presupuestos, dispondrán
Patrimonio, Flujo de Efectivo y de Ejecución
de datos e información contable y
Presupuestaria, con las notas aclaratorias
presupuestaria individualizada, con los detalles
respectivas en el caso de cierre del ejercicio, de
que establecerá para el efecto el ente rector de
acuerdo con las Normas Técnicas de
las finanzas públicas.
Contabilidad Gubernamental, así como los
análisis y reportes adicionales que le sean
solicitados por el ente rector de las finanzas
públicas
El Ministerio de Finanzas implementará los
mecanismos técnicos que aseguren su
cumplimiento”.
11. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo.- las máximas autoridades deberán implementar
Art. 152.- Obligaciones de los servidores de las entidades.-
procedimientos administrativos, de gobierno corporativo, un
Las máximas autoridades de cada entidad u organismo público,
adecuado sistema de control interno, políticas, aplicación de
serán los responsables de velar por el debido funcionamiento
la normas técnicas de contabilidad, presupuesto y tesorería,
del componente de contabilidad gubernamental y los
que permitan la salvaguarda adecuada de los activos de las
servidores de las unidades financieras, de observar la
entidades del Sector Público no Financiero, la ágil
normativa contable.
administración de los riesgos de la actividad a la que se
El titular de la unidad financiera de la entidad legalizará con su dedica la entidad; todo esto con el objetivo de obtener
firma y/o su clave, la información financiera y/o estados estados financieros mensuales que reflejen la real situación
financieros de sus respectivas entidades. financiera – presupuestaria de la entidad en cada uno de los
procesos.
Adicionalmente, las máximas autoridades de las entidades y La información financiera y/o los estados financieros básicos:
organismos del sector público enviarán la información Balance General, Estado de Resultado, Estado de Evolución
financiera y presupuestaria, señalada en este código o en las del Patrimonio, Flujo de Efectivo y de Ejecución
normas técnicas y en conformidad con éstas, dentro de los Presupuestaria, con las notas aclaratorias respectivas, en el
plazos previstos en dichos instrumentos. En caso de caso de cierre del ejercicio, se emitirán de acuerdo con las
incumplimiento, el ente rector de las finanzas públicas Normas Técnicas vigentes en el sector público no financiero, y
suspenderá la asignación de recursos y/o transferencias desde serán debidamente suscritos para su legalización por el
el Presupuesto General del Estado, luego de 60 días de Contador, Director financiero y Máxima autoridad de la
finalizado el mes en el cual no se ha enviado la información. entidad, y serán remitidos al organismo rector de las finanzas
públicas, dentro de los treinta días del mes siguiente
Las normas técnicas a las que hace referencia el inciso
posterior al cierre, los estados financieros:
anterior abarcan exclusivamente detalle, metodología y
contenidos de la información.
12. ART.152 – 156 COPYFP - OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES DE LAS
ENTIDADES.
D
PLANIFICAR ENVIAR AL MF: E
ADM. RIESGOS C
CADA ES INFORMACION
I
ENTIDAD RESPONSABLE PROCEDIMIENTOS
FINANCIERA Y S
PUBLICA DE CUMPLIR CON NORMAS I
PRESUPUESTARIA
ARCHIVO O
N
E
S
Las Entidades hasta el año 2007 tenían control total sobre los estados financieros de
cada una de ellas, a partir de la implementación del e-SIGEF, todas las UDAF junto con
sus entidades, que forman parte del Estado Central, se consolidaron bajo el código 999
Gobierno Central, obteniéndose a partir de esa fecha un solo juego de estados
financieros, es decir actualmente no se puede obtener estados financieros por entidad
y UDAF. Como CG, estamos solicitando que se hagan los arreglos necesarios en el
sistema para lograr que cada entidad tenga acceso a conocer su estructura financiera,
la analice y prepare sus informes respectivos, y pueda conciliar todas sus cuentas
incluyendo las cuentas de disponibilidades.
13. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Art. 155.- Obligaciones pendientes de pago.- Artículo.- Al cierre de cada ejercicio fiscal, los
Son aquellas que quedaren pendientes de responsables de la contabilidad
pago al 31 de diciembre de cada año. gubernamental de cada entidad, deberán
presentar cada una de las cuentas de sus
estados financieros debidamente conciliadas.
Las obligaciones por pagar de años anteriores,
en caso de haberlas, como las del año
corriente precedente, deberán estar
soportados en documentación de origen legal
y técnica.
La Contraloría General del Estado anteriormente en las Normas de Control Interno
240.03 y 260.04, permitía que las cuentas por cobrar y por pagar se den de baja
luego de cumplido determinados requisitos. En las nuevas Normas de Control
Interno, se eliminaron estas transacciones. RECOMENDAMOS SE VUELVA A
NORMAR ESTE TEMA
14. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo. - Cada UDAF y unidad ejecutora
Art. 156.- Retención de documentos y
establecerá e implantará un sistema de
registros.- Las unidades de contabilidad de
archivo computarizado de los
las entidades del sector público
documentos contables que asegure la
conservarán durante siete años los
salvaguarda, ubicación e identificación de
registros financieros junto con los
los mismos durante el tiempo establecido
documentos de sustento
en la ley”.
correspondientes, en medios digitales con
firma electrónica de responsabilidad, y de
ser del caso los soportes físicos.
15. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Art. 157.- Agregación y consolidación de la Articulo.- El ente rector de las finanzas
información financiera.- El ente rector de laspúblicas, es responsable de la preparación de
finanzas públicas recibirá, validará, analizará,
los estados financieros agregados y
clasificará y procesará los datos contenidos en
consolidados del Sector Público, así como de
la información financiera elaborada por cada preparar las notas aclaratorias para cada uno
ente financiero del Sector Público no de los rubros que integran los estados
Financiero, con la finalidad de obtener estados
financieros, identificando los hechos
financieros agregados y consolidados, relativos
relevantes que haya que informar que
a agrupaciones predefinidas y según permitan tomar correctivos a tiempo o tomar
requerimientos de la administración del Estado.
decisiones a las máximas autoridades en
cuanto a la administración de los recursos del
Las políticas, normas técnicas y manuales de
Estado
contabilidad establecerán la naturaleza de la
información financiera, así como su
clasificación y la forma en que deberá ser
presentada.
16. REPORTES FINANCIEROS
PARTIDA DOBLE
LO QUE OCURRE
REGISTRO A = P + Pt
PORQUE OCURRE
1.- ESTADO DE RESULTADOS
2.- ESTADO DE SITUACION FINACIERA
ESTADOS FINANCIEROS 3- ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO
4- ESTADO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
NOTAS EXPLICATIVAS
Sistema de Información Gerencial
ANALISIS E INTERPRETACION
EF por UDAF y U/E
EF por Región/Sectores
Análisis Financiero de Grupos: Ejm.
INFORMACION GERENCIAL Patrimonio, Activos Fijos, Anticipos,
Inversiones por Sectores, Análisis
Por tipo de Ingresos y Gastos, etc.
DECISIONES CONTROL
17. CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACION Y FINANZAS PÚBLICAS
CAPITULO V
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo…- En la formulación de la normativa contable
Art. 158.- Normativa aplicable.- El ente rector de las
gubernamental el ente rector de las finanzas públicas
finanzas públicas tiene la facultad privativa para
considerará las Normas Internacionales de
expedir, actualizar y difundir los principios, normas
Contabilidad para el Sector Público.
técnicas, manuales, procedimientos, instructivos y más
disposiciones contables, que serán de cumplimiento
obligatorio por parte de las entidades y organismos del
Sector Público no Financiero
Artículo…- El Ministro de Finanzas presentará a las
Art. 159.- Difusión de la información financiera
máximas autoridades de las Funciones Ejecutiva,
consolidada.- El ente rector de las finanzas públicas
Legislativa y de Transparencia y Control Social, así
publicará semestralmente la información consolidada
como al Contralor General del Estado, la información
del Sector Público no Financiero, a través de su página
financiera consolidada del sector público.
web u otros medios.
18. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
SUBSISTEMA DE
CONTABILIDAD
• Catálogos y Parametrizaciones
• Asientos Contables de Devengado
• Asientos Contables de Pago
• Asientos de Ajuste
• Movimientos de Caja
19. PROCESOS CONTABLES
PROCESOS CONTABLES
• Conciliación Bancaria
• Procesos de Consolidación
• Cierre Contable
• Generación de Estados Financieros y Reportes Contables
20. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
SUBSISTEMA DE CONTABILIDAD
eSIPREN PRESUPUESTO TESORERÍA
eSIGE
PRESUPUESTO APROBADO PROGRAMACIÓN DE CAJA F
RECEPCION
DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA ADMINISTRACIÓN DE
GESTIÓN DE GIROS
NOMINAS DE GASTOS DE INGRESOS CUENTAS
PROCESADAS
CONTABILIDAD
GENERACION CONCILIACIÓN BANCARIA
DE CUR
DE GASTOS
APERTURA CIERRES AJUSTES REGULACIONES
REFORMAS OTROS MOVIMIENTOS MONETARIOS
AL
DISTRIBUTIVO
ASIENTOS CONTABLES
ESTADOS FINANCIEROS GOBIERNO CENTRAL
ESTADOS FINANCIEROS ENTIDADES DEL RESTO DEL CONSOLIDAR ESTADOS FINANCIEROS
SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO
21. CONSOLIDACION CONTABLE
eSIGEF
ESTADOS FINANCIROS DE EF EF EF EF
GOBIERNO CENTRAL
DESC 1 DESC 2 … DESC n
AGREGADOS
SPNF
CONSOLIDACIÓN DEL SPNF
SISTEMAS PROPIOS SISTEMAS PROPIOS SISTEMAS PROPIOS
INSTITUCIONES INSTITUCIONES GOBIERNOS
DE SEGURIDAD DESCENTRALIZADAS SECCIONALES y
SOCIAL FUERA DEL eSIGEF EMPRESAS
22. CONSOLIDACION CONTABLE
HERRAMIENTAS PARA CONSOLIDACION
• Servicio web para carga de Informes Financieros Obligatorios:
Asiento de Apertura
Balance de Comprobación
Detalle de transferencias recibidas y entregadas
• Procesos de Agregación
• Procesos de Eliminación
• Procesos de Consolidación
• Informes Consolidados
23. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSOLIDACION SPNF
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Inicio
MEF eSIGEF
Estados financieros
Sub. de consolidados SPNF Fin
Estados Finanieros
Contabilidad Agregados de
Normativa 3.1.7 GOBIERNO CENTRAL
Gubernamental
de Consolidación
Estados Finanieros
Agregados
Agregar
DESCENTRALIZADAS
Consolidar SPNF reportes
financieros
INSTITUCIONES Información de
Enviar reportes
DESCENTRALIZADAS administración
financieros
Y AUTÓNOMAS financiera
INSTITUCIONES Información de
Enviar reportes
SEGURIDAD SOCIAL administración
financieros
financiera
GOBIERNOS
SECCIONALES Y Información de
Enviar reportes
EMPRESAS administración
financieros
financiera
24.
25. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONCILIACIÓN BANCARIA
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
PROCESO DE CONCILIACION
• Identificar cada Cuenta a Conciliar
• Carga de Estados de Cuenta Bancaria
• Proceso de Conciliación Automática
• Proceso de Conciliación Manual
• Reportes de Conciliación
26. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONCILIACIÓN BANCARIA
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Inicio
Fin
Emitir estado de
BANCO CENTRAL cuenta SI
DEL ECUADOR
Movimientos NO Conciliar manualmente
conciliados ? movimientos
MEF
Conciliación
Carga estado de automática de
cuenta movimientos
SI
SUBSECRETARÍA DE
CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
Es contable ?
Generar y
Asientos contables NO aprobar CUR
Contable
Registros
de Regularización
SUBSECRETARÍA Libro bancos Ingresos de
TESORERÍA DE LA
NACIÓN
y Obligaciones Ingresos
y Obligaciones
UNIDAD EJECUTORA
27. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CIERRE DEL EJERCICIO
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
PROCESO DE CIERRE DE CUENTAS
• Cierre de cuentas de Ingresos y Gastos de Gestión
• Cartera de Anticipos de Fondos
• Cartera de CxC, CxP, Depósitos y Fondos de
Terceros
• Cuentas de Inversiones en Proyectos Y Programas
• Donaciones Entregadas y Recibidas
28. REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CIERRE DEL EJERCICIO
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Fin Libro Mayor Asientos de Apertura
MEF
Generación de
Estado de Situación Asiento de
Financiera Final Apertura Contable
por UE
SUBSECRETARÍA DE
CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
Asientos contables
Asientos de Cierre
Transacciones de
Regularización y
ejecución Clausura del
UNIDAD EJECUTORA Ajustes para Cierre de Cuentas
Presupuestaria y Presupuesto
Cierre
no Presupuestaria
Inicio
29. En el siguiente cuadro se presenta un resumen demostrativo del saldo negativo del
patrimonio del Gobierno Central al cierre del ejercicio fiscal 2010 por valor de
(-) $ 493´034,184
Patrimonio Patrimonio
Patrimonio Neto
Negativo Positivo
Entidades que conforman el patrimonio del GC -8.540.397.978 3.242.995.675 -5.297.402.302
Entidad 996 Tesorería -Ingresos y Transferencias 16.261.111.515 16.261.111.515
Entidad 997 Crédito Público - Deuda Pública -11.456.743.397 -11.456.743.397
Patrimonio neto según Estado de Situación -19.997.141.375 19.504.107.190 -493.034.184
30. En el Anexo 2 se presenta un detalle de las Instituciones que al 31 de diciembre de 2010 presentan un
patrimonio positivo por valor de $ 3,242´995,675.
Las entidades que presentan un capital positivo de más de ocho cifras son:
O34 CUERPO DE BOMBEROS 211.473.113
O37 SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA 1.790.885.721
O40 MINISTERIO DEL AMBIENTE 26.096.664
04399990000 SECRETARIA NACIONAL DEL MIGRANTE, SENAMI 24.386.241
04500000000 CONSEJO DE GOBIERNO DEL REGIMEN ESPECIAL DE GALAPAGOS 18.715.221
05700000000 DIRECCION NACIONAL DE LA POLICIA JUDICIAL 25.491.472
O58 DIRECCION NACIONAL DE SALUD DE LA POLICIA NACIONAL 34.496.883
05900000000 COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL 224.604.861
07200000000 INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR 15.175.132
07899990000 CUERPO DE INGENIEROS DEL EJERCITO 138.782.841
14100000000 INSTITUTO NACIONAL DE PATRIMONIO CULTURAL 23.222.692
31199990000 SERVICIO ECUATORIANO DE CAPACITACION PROFESIONAL -SECAP 64.765.937
315 MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES 24.925.824
36800000000 SUBCOMISION ECUATORIANA PARA EL DESARROLLO DE LAS CUENCAS DE LOS RIOS PUYANGO, TUMBEZ -PREDESUR 14.020.830
41900000000 MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES 29.020.169
522 DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL 375.236.432
54000000000 MINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION 285.347.858
31. Las entidades que presentan un capital negativo de más de ocho cifras son:
00100000000 ASAMBLEA NACIONAL -13.250.015
O10 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA TRIBUNALES Y JUZGADOS -179.940.105
O20 PRESIDENCIA Y SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA -140.296.992
O50 MINISTERIO DEL INTERIOR -51.040.796
O52 COMANDANCIA GENERAL DE POLICIA -1.066.299.973
O61 MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS -27.519.548
O70 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL -219.289.577
12099990000 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACION - PLANTA CENTRAL -65.975.710
130 MINISTERIO DE FINANZAS -48.918.328
140 MINISTERIO DE EDUCACION -2.822.413.219
14800000000 MINISTERIO DEL DEPORTE -97.329.431
15000000000 MINISTERIO DE CULTURA -19.505.745
280 MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL -906.867.519
281 INSTITUTO DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA -90.096.830
28200000000 CONSEJO DE DESARROLLO DE LAS NACIONALIDADES Y PUEBLOS INDIGENAS DEL ECUADOR -12.288.007
310 REGIONAL 1: MATRIZ Y NORTE DE LA SIERRA Y AMAZONIA -40.107.714
320 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA -773.768.804
360 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA. -174.136.856
42100000000 MINISTERIO DE ELECTRICIDAD Y ENERGIA RENOVABLE -89.822.761
47099990000 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD -51.195.682
510 MINISTERIO DE TURISMO - PLANTA CENTRAL -16.511.218
520 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS -806.431.659
550 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA -594.815.387
580 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL -131.977.530
32. NORMAS DE CONTROL INTERNO
100.00 NORMAS GENERALES
200.00 AMBIENTE DE CONTROL
300.00 EVALUACION DE RIESGO
400.00 ACTIVIDADES DE CONTROL
401 GENERALES
402 PRESUPUESTO
403 TESORERIA
404 DEUDA PULICA
405 CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
406 ADMINISTRACION DE BIENES
407 TALENTO HUMANO
408 ADMINISTRACION DE PROYECTOS
409 GESTION AMBIENTAL
410 TECNOLOGIA DE LA INFORMACIÓN
500.00 INFORMACION Y COMUNICACION
600.00 SEGUIMIENTO
33. DISPOSICIONES GENERALES
QUINTA: SISTEMA CONTABLE Y DE ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS DE
RECURSOS FINANCIEROS.- Las Empresas públicas, sus subsidiarias y filiales no
están obligadas a llevar su contabilidad aplicando normas de contabilidad
gubernamental, tampoco están obligadas a gestionar sus recursos financieros
a través de la Cuenta Única del Tesoro Nacional ni a través del ESIGEF. La
contabilidad que lleven las empresas públicas estará basada en los principios
de contabilidad de general aceptación y normas internacionales de
contabilidad, generando toda la información financiera necesaria para medir
su gestión tanto administrativa y financiera.