1. ACTIVIDAD FINANCIERA DEL
ESTADO
Universidad Fermín Toro
Vice rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Daniela Legón
Cedula: 21.049.084
Docente: Abg. Emily Ramírez
SAIA – A
2. CONCEPTO
Actividad
Financiera
del
Estado
Es la actividad de carácter económico, encaminada a la obtención de medios que le
permitan satisfacer las necesidades colectivas mediante la realización de
los servicios públicos.
Se apropia de las riquezas o bienes producidos por las demás economías, y las
convierte en ingresos para atender los gastos que le causará cumplir su deber de
satisfacción de las necesidades públicas.
Su único fin es obtener recursos o ingresos que luego debe destinar para satisfacer las
necesidades del país.
3. DISCIPLINAS QUE ESTUDIAN LA
ACTIVIDAD FINANCIERA
La ciencia de las finanzas
públicas
• Se encarga de cancelar las deudas del
Estado, aunque también obtiene
recursos los cuales debe saber
administrar, y rendir cuenta de cómo
obtuvo esos recursos.
El derecho financiero
• Es el órgano regulador de las
actividades financieras
La política fiscal
• Se va a encargar de administrar
recursos para saber en que gastar, al
mismo tiempo debe rendir cuentas en
lo que gasto y de esta manera
satisfacer las necesidades colectivas.
4. RELACIÓN DEL DERECHO FINANCIERO
CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
Con las ciencias de las finanzas:
Se relaciona ya que el derecho
financiero se va a encargar de
regular todo lo relacionado a esa
actividad.
Con la ciencia económica:
Igualmente por ser un ente
regulador de las finanzas y la misma
mantiene relaciones con la
economía, entonces se convierte
también en un regulador de la
economía
Con las ciencias sociales:
Por ser el derecho financiero una
actividad social entonces se puede
concluir que mantiene estrechas
relaciones en el ámbito social
Con el derecho constitucional:
Por ser la constitución de ente
regulador del país entonces el
derecho financiero va a estar ligado
al mismo ya que sin estado no se
realiza ninguna actividad financiera.
5. DERECHO TRIBUTARIO
•Son fuentes materiales del Derecho aquellas
instituciones o grupos sociales con capacidad
para crear normas jurídicas, que son como
veremos: el poder legislativo, el poder
ejecutivo, e incluso el propio pueblo, a través
de la creación de costumbres y usos
obligatorios.
Fuentes
materiales:
• Se originan a través de un órgano determinado. El
COT en su Art 2 establece cuales son las fuentes
formales del derecho tributario:
•Las disposiciones constitucionales.
•Los tratados, convenios o acuerdos internacionales
celebrados por la Republica.
•Las leyes y los actos con fuerza de ley.
•Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de
regímenes de tributos nacionales, estadales y
municipales.
•Las reglamentaciones y demás disposiciones de
carácter general establecidas por los órganos
Fuentes
formales:
Definición
Rama del Derecho Público Interno
que estudia lo concerniente a la
creación, supresión, características,
elementos, procedimientos y
aspectos relacionados con la
existencia de los tributos
(impuestos, tasas y contribuciones
especiales).
6. TEORÍA SOBRE LA ACTIVIDAD
FINANCIERA
Económica
Pretende que lo mismo que
en la economía privada, se
procura la máxima utilidad
posible donde primero se
satisface en primer término
las necesidades públicas y
privadas de mayor
importancia y luego las de
menor trascendencia o
importancia.
Sociológica
La necesidad pública no es
aquella que, experimentada
por la generalidad de los
habitantes, es satisfecha en
la forma más económica por
la acción del Estado, sino la
que es satisfecha con el
gasto público, aunque no lo
adviertan muchos de los
llamados a contribuir.
Política
La actividad económica del
Estado tiene naturaleza
política, pero calificada por
principios sociales que
predominan en todo Estado
y en toda época.
7. PRESUPUESTO PUBLICO. PRINCIPIOS
a) Anualidad:
Puesto que el
presupuesto rige
para un año fiscal
o ejercicio
económico.
b) Anticipación:
Todo lo que
realice la
administración
publica debe
anticiparse y
elaborar un
cronograma de
gastos.
c) Sinceridad:
Implica que se
debe tender a la
fijación de
objetivos posibles
de alcanzar.
d) Unidad: Se
refiere a todas las
instituciones del
sector publico,
sus presupuestos
sean elaborados,
aprobados,
ejecutados.
e) Programación
Presupuestaria: El
presupuesto debe
incluir el contenido y
la forma de la
programación,
siguiendo con el
Plan de Desarrollo
Económico y Social
de la Nación
f) Publicidad:
Debe ser
publicado para
que el pueblo se
entere de su
contenido
g) Universalidad:
Dentro de este
postulado se
incluye la
necesidad de que
todo aquello que
constituya materia
del presupuesto
debe ser
incorporado en él.
Es un instrumento para cumplir con las metas de desarrollo económico, social del país contenidas en el
Plan de la Nación, que sirve de soporte para la asignación de recursos y provee la base legal para la
realización del gastos público, delimitando claras las responsabilidades de las unidad o funcionario en la
ejecución de los programas y proyectos.
8. GASTO PÚBLICO. DEFINICIÓN, EFECTOS
ECONÓMICOS DEL GASTO PÚBLICO.
Producen efectos en el volumen de las rentas
individuales y en su nivel
relativo. El incremento de los gastos influye
rápidamente en el ingreso nacional, el producto
nacional bruto, el ahorro y la inversión.
1.- la estructura económica ( es decir, si se trata de
una economía desarrollada o en vías de
desarrollo).
2.- su estado o coyuntura ( es decir, si está en
expansión o en recesión)
3.- los medios o recursos con los cuales se habrán de
financiar tales gastos públicos.
Son las inversiones o erogaciones de
riquezas que las entidades públicas hacen
para la producción de los servicios
necesarios para la satisfacción de las
necesidades públicas, y para enfrentar a
otras exigencias de la vida pública, que
son llamadas propiamente servicios.
Efectos
9. CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO
Criterio Administrativo
• Según este criterio de clasificación, los gastos se agrupan según los órganos que realizan las erogaciones y las funciones a las que
esas erogaciones se destinan, basándose en la estructura administrativa del Estado y la regulación jurídica de su accionar.
Criterio Económico
• Desde este punto de vista se establece la diferencia entre gastos de
funcionamiento (u operativos) y gastos de inversión (o de capital)
• Los gastos de funcionamiento son los pagos que el ente público debe realizar en forma
indispensable para el correcto y normal desenvolvimiento de los servicios públicos y de la administración en general.
• Los gastos de inversión son todas aquellas erogaciones del Estado que significan un incremento directo del patrimonio público.
10. INGRESO PÚBLICO
• Es la parte mas importante de todo
estudio de la hacienda publica, pues
desempeña el papel de productor de
bienes y servicios, puesto que los
medios o recursos que el Estado
obtiene con el objeto de cubrir los
gastos que ocasionan el desarrollo de
las necesidades colectivas.
11. PRINCIPIOS LEGALES DE LOS
INGRESOS PÚBLICOS.
• Previsto en el artículo 133 del texto fundamental, es del tenor siguiente:“ Toda
persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de
impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.”
• El principio de la generalidad, impone una obligación jurídica general a todos los
habitantes del país, a concurrir con el levantamiento de las cargas públicas, no se
puede eximir a nadie de contribuir por razones que no sean la carencia de
capacidad contributiva, ya que la ordenación de los tributos ha de basarse en la
capacidad económica de las personas llamadas a satisfacerlos y en los principios de
generalidad y equitativa distribución de la carga tributaria. Este principio lo que
prohíbe es la existencia de privilegios fiscales.
12. CLASIFICACIÓN DE LOS INGRESOS
PÚBLICOS:
De acuerdo a su periodicidad
Ordinarios
De economía privada (originarios)
son los que las entidades públicas
obtienen de fuentes propias de
riqueza, sea de un patrimonio
fructífero, o sea que ejerzan una
industria o un comercio
Territorial
Industrial
Comercial
De economía publica (derivados)
son los que las entidades públicas se
procuran mediante contribuciones
provenientes de las economías de los
individuos pertenecientes a la
comunidad.
Generales (Impuestos)
Especiales (Tasas, contribuciones
especiales)
Extraordinarios Crédito Publico
Venta de inmuebles
Herencia yacente
Donaciones
Impuestos Extraordinarios
13. CLASIFICACIÓN DE LOS INGRESOS
PÚBLICOS:
De acuerdo a la economía
Ingresos corrientes
Impuestos directos e indirectos
Tasas
Ingresos patrimoniales
Contribuciones especiales
De economía publica (derivados)
Ingresos de Capital
Venta de títulos valores
Utilización de crédito publico
Aportes de capital
Incrementos de capital