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Manual de convivencia
2014
PEI
“Niños, niñas y jóvenes con formación de vida
integral desde los cimientos de la educación de
calidad para construir un tejido social”
Manualdeconvivencia201310
Capítulo uno:
Filosofía del Movimiento de Fe y Alegría.
1.1 MISIÓN:
Fe y Alegría es un Movimiento Internacional de Educación Popular Integral y Promoción
Social, basado en los valores de justicia, libertad, participación, fraternidad,
respeto a la diversidad y solidaridad, dirigido a la población empo-
brecida y excluida, para contribuir a la transformación de las sociedades.
1.2 VISIÓN:
Un mundo donde todas las personas tengan la posibilidad de educarse, desarrollar
plenamente sus capacidades y vivir con dignidad, construyendo una sociedad en las
que todas las estructuras estén al servicio del ser humano y la transforma-
ción de las situaciones que generan la inequidad, la pobreza y la exclusión.
Principios y valores. Misión y visión
1
Manualdeconvivencia
1.3 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES:
Los principios y valores representan el motor del proceso educativo en el
Centro; ellos están permeados desde nuestra concepción de educación popular.
Estos principios y valores son justicia, libertad, participación, fraternidad,
respeto a la diversidad y solidaridad fundamentados en cuatro opciones
esenciales para la construcción de una democracia integral, cimentada sobre la
vivencia de los derechos y el cumplimiento responsable de los deberes y obliga-
ciones; estas opciones son:
• Opción Ética: Se centra en la voluntad de trabajo individual y colectivo
conscientemente asumida, lo que implica una doble construcción: en pri-
mer lugar, al interior del ser humano como educador popular y gestor de
una nueva propuesta de vida, y sujeto en permanente construcción; y en
segundo lugar, una acción transformadora del contexto.
• Opción Política: Asumida coherentemente desde la concepción de la cons-
trucción de lo público como bien común y el fortalecimiento de la equidad.
Desde esta opción los individuos tienen la garantía de aportar desde sus
diferencias a la construcción de una escuela y sociedad democráticas y par-
ticipativas.
• Opción Pedagógica: Optamos por una pedagogía y una metodología para la
transformación y no para la adaptación, que parte del saber y la cultura de los
educandos y se orienta a la conversión del sujeto para convertirlo en prota-
gonista de su propio desarrollo. Esta opción pedagógica permite a los su-
jetos descubrirse a sí mismos y tomar conciencia del mundo que les rodea.
• Opción Espiritual: Fundamentada en la globalización de la solidaridad y la
capacidad de relacionarse de manera creativa con quien más lo necesita.
2014
Manualdeconvivencia201312
Propósito del manual de convivencia
Capítulo dos:
Definición de los acuerdos de convivencia
El manual de convivencia es un componente del PEI que contiene el conjunto
de principios, acuerdos, procedimientos, ruta de atención integral,
protocolos y demás aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de
los miembros de una institución educativa, dando así cumplimiento a la norma
presentada en el Código del Menor, La Ley General de Educación, Ley 1620 y sus
decretos reglamentarios.
En los Centros Educativos de Fe y Alegría, el proceso de convivencia y construcción
de ciudadanía está contenido en el sistema de Mejora de la Calidad de Fe y Alegría
abarcando los aspectos de convivencia y formas de participación internas de los Centros
Educativos. Se ocupa del desarrollo de las relaciones de amor y cuidado, pasa por la
formación del pensamiento crítico y el empoderamiento de sus distintos miembros y llega
hasta la interrelación e impacto que sostienen con lo público, ya sea comunidad o en un
plano político más amplio, en este marco se da cumplimiento a los componentes y
protocolos señalados por la ley 1620.
2
Manualdeconvivencia2013
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Capítulo tres:
Referentes legales
Todas las disposiciones emanadas de este Manual de Convivencia tienen su funda-
mento legal y jurídico en las siguientes normas:
• CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Este Manual atiende lo dispuesto en la
carta constitucional, respecto a la vida en comunidad en las instituciones educativas.
• LEY 115 - GENERAL DE EDUCACIÓN: Que establece los fines y los objetivos de
la educación colombiana y ordena en su artículo 87 la estructuración de un
Manual de Convivencia.
3
• LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (1098 de 2006): Que establece normas
sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, niñas y ado-
lescentes. (Art. 45 decreto 1860 Art. 14,17, 28).
 LEY 1620 del 15 de Marzo de 2013: “Por la cual se crea el Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar”.
 LEY 1581 de 2012: Por la cual se reglamenta la protección de datos personales.
 LEY 1453 DE JUNIO 2011 ARTICULO 44: Que establece las sanciones para quienes
inciten, dirijan, constriñan o proporcionen los medios para la obstrucción de las vías
públicas.
• DECRETO 1108 DE 1994: Que en su capítulo 3 prohíbe en todos los estable-
cimientos educativos del país, independientemente de su naturaleza estatal o
privada, el porte, consumo y/o tráfico de estupefacientes y de sustancias
psicoactivas.
 DECRETO 1860 DE 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115
del 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.
 DECRETO 1286 DE ABRIL DE 2005: Establece normas acerca de la
participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos
educativos de los establecimientos oficiales y privados.
• DECRETO 1290 DE ABRIL 2009: Sistema general por el cual se reglamenta
el proceso de evaluación y promoción de los y las estudiantes en los
Establecimientos Educativos.
• DECRETO 289 DEL 10 DE JULIO DE 2009: Tiene como objeto establecer
criterios administrativos para garantizar el acceso y la permanencia en el
Sistema Educativo de los niños, las niñas y los y las adolescentes de Bogotá, con la
participación de la familia, la sociedad, y de las instituciones educativas.
2014Manualdeconvivencia
 DECRETO 120 DE 2010: Prohibición de consumo de alcohol para menores de
edad.
 DECRETO 1965 del 11 de septiembre del 2013: Por el cual se reglamenta la ley 1620
del 2013.
 DECRETO 1377 DE 2013: Reglamentaria de la ley 1581 de 2012.
• RESOLUCIÓN 1740 DEL 15 DE JULIO DE 2009: mediante la cual se estable-
cen las medidas y procedimientos para el acceso y permanencia en el sistema
educativo y se defnieron las acciones que deberán ser
realizadas de forma coordinada y conjunta por el nivel central de la SED, las
direcciones locales de educación y las instituciones educativas.
 RESOLUCION 961 ABRIL 22 DE 2009: En donde se establecen los deberes y
derecho de los padres y madres de familia, acudientes y benefciarios del
proyecto educativo.
 RESOLUCIÓN 4210 DE 1996: Describe como desarrollan el servicio social los
y las estudiantes en la Institución.
SENTENCIAS Y FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE ASPECTOS
RELACIONADOS CON EDUCACIÓN:
CC 519 DE 1992: Establece que aunque la educación es un
derecho fundamental y el o la estudiante debe tener la posibilidad de perma-
necer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, no
debe colegirse que el Centro Educativo este obligado a mantener indefinida-
mente entre sus discípulos, a quien de manera constante y reiterada, des-
conoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el
reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir
incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación
que el o la estudiante establece con la institución donde se forma; representa
un abuso del derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa
e impide a la institución alcanzar los fines que le son propios.
• SENTENCIA CC 492 DE 1992: Que afirma con respecto a la educación, que
“es un derecho-deber”, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del
individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende
buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las
condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende
con sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario
que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias
de tales conductas.
• FALLO 439 DEL 2 DE OCTUBRE DE 1994: Los Centros Educativos no están
obligados a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada
desconocen las directrices disciplinarias. Señala que el deber de las y los
estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el
reglamento y las buenas costumbres. Destaca a la vez que los y las
estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en
los colegios así como los horarios de entrada y salida de clase, descansos,
salidas pedagógicas, y las diferentes actividades realizadas en la Institución;
igualmente el o la estudiante deberá conservar el debido comportamiento y
respeto por sus profesores(as) y compañeros(as).
Este fallo de la corte, permite la exclusión de la Institución por bajo rendimiento
y por mala disciplina bajo el cumplimiento de dos condiciones: que dicha san-
ción esté contemplada en el Manual de Convivencia y que se lleve el debido
proceso.
No se vulnera el Derecho a la Educación por expulsión debido al mal rendimiento
o faltas de disciplina. El derecho a la educación lo vulnera él o la estudiante que no
estudia. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la
Institución.
Parágrafo: A este marco legal se anexan todas las disposiciones expedidas por
autoridad competente y que tengan que ver con el sistema educativo.
SENTENCIA T- 341 DE 2003: Las conductas susceptibles de sanción deben
estar tipificadas en el respectivo Manual de Convivencia, así como los procesos
formativos y los actos disuasivos.
2014Manualdeconvivencia
2014Manualdeconvivencia
SENTENCIA T - 037 de 1995: “La disciplina que es indispensable en toda la
organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo,
resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación
del individuo. Pretender que por una errónea concepción del derecho al libre
desarrollo de la personalidad las instituciones educativas renuncien a exigir de sus
alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados
desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa
que cumple la educación”.
SENTENCIA T - 569 DE 1994: “La Educación como derecho fundamental conlleva
deberes de los y las estudiantes, uno de los cuales es someterse y cumplir el
reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel
educativo al que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades
escolares tomar las decisiones que corresponda, siempre que se observe y respete
el debido proceso del estudiante”
Manualdeconvivencia2013
17
Capítulo cuatro:
Comunidad Educativa
Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de Educación la comunidad
Educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades sobre el
Proyecto Educativo Institucional que se implementa en un determinado
establecimiento o Institución Educativa.
La Comunidad Educativa la componen los siguientes estamentos:
Estudiantes que se han matriculado.
Padres, madres, acudientes o en su defecto los responsables de la educación de
de los estudiantes matriculados.
Docentes vinculados que laboren en la Institución.
Directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones
directas en la prestación del servicio educativo.
Egresados(as) organizados(as) para participar.
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4.1 PERFIL DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
En Fe y Alegría se busca formar hombre y mujeres:
 Abiertos(as) a la fe y al compromiso con la justicia, la paz y la vida.
 Críticos(as), autocríticos(as), creativos(as), conscientes, responsables y
honestos(as) frente a su proceso formativo y su crecimiento integral.
 Capaz de decidir y actuar frente a los retos que se le presenten en
su comunidad generando cambios positivos.
 Con un alto nivel de autoestima, con deseos de superación, espíritu
emprendedor y con capacidad de decisión.
 Poseedor(a) de un espíritu investigativo que le permita descubrir y
construir su propio conocimiento.
 Gestor(a) de proyectos comunitarios que promuevan la transformación
social.
 Capacitado(a) en la búsqueda y aplicación de estrategias de mediación y
conciliación de confictos basados en principios éticos.
 Con consciencia del cuidado y conservación de los recursos naturales y del
medio ambiente como alternativa para el mejoramiento de la calidad de
vida.
 Respetuoso(a) de todas las personas de la Comunidad Educativa sin importar
su ocupación dentro de la institución.
 Abierto(a) al aprendizaje y uso responsable de las nuevas tecnologías de la
información y la comunicación.
 Motivado(a) frente al desarrollo de competencias laborales que le permitan
la inserción en el mundo del trabajo.
4.2 PERFIL DEL PADRE, MADRE O ACUDIENTE
 Persona consciente y responsable que apoya activamente el proceso
educativo de sus hijos e hijas.
 Persona que genera espacios para el diálogo y la sana convivencia de
los y las estudiantes, los y las docentes y demás familiares
pertenecientes a la institución educativa.
 Persona que respeta los derechos, valores, identidad y la libre expresión
de sus hijos e hijas.
 Persona crítica y propositiva con sentido de pertenencia hacia la
Institución refejado en el respeto, el diálogo y la defensa del Centro
Educativo.
2014Manualdeconvivencia
 Persona que asume el estilo educativo de Fe y Alegría con la
responsabilidad de continuarlo en el hogar.
 Persona comprometida, cumplida y atenta frente a los canales de
comunicación que se establecen con la institución y que son necesarios para
la formación, el desarrollo y el seguimiento de los procesos que se llevan a
cabo con sus hijos e hijas.
4.3 PERFIL DE LOS Y LAS DOCENTES
 Personas comprometidas con la Filosofía del Movimiento Fe y Alegría,
que busca formar estudiantes autónomos, capaces de propiciar
cambios signifcativos en su vida y en su entorno.
 Personas dinamizadoras del Proyecto Educativo Institucional.
 Personas que promueven estrategias hacia el aprendizaje signifcativo y
la sana convivencia.
 Personas constructoras de conocimiento permanente alrededor de su
labor pedagógica.
 Preocupadas por el desarrollo integral de los y las estudiantes.
 Asertivas en el manejo de la comunicación la resolución de conflictos y
la resolución de conflictos con la comunidad educativa.
4.4 PERFIL DEL DIRECTOR - DIRECTORA DE GRUPO
 Seres humanos con un proyecto de vida claro fundamentado en la misión de Fe y
Alegría, con la intención de transformar la sociedad en una más justa y con
oportunidades.
 Responsables al asumir compromisos y riesgos que implica la tarea.
 Maduros, con la capacidad de asimilar ideas, querer y decidir según los intereses
del grupo, de manera justa y democrática.
 Con capacidad de liderazgo, aceptación y transformación.
2014Manualdeconvivencia
Manualdeconvivencia201420
4.5 PERFIL DEL DIRECTIVO O DIRECTIVA DOCENTE
 Persona integral con verdadero liderazgo, solidaridad, tolerancia e
imparcialidad, que respeta la individualidad y facilita el crecimiento
personal y grupal.
 Abierto(a) al cambio, a la negociación y al diálogo con el fin de crear
un ambiente propicio para el desarrollo armónico de las diferentes
actividades institucionales.
 Responsable, coherente, firme y consciente frente al desempeño de su
acción educativa.
 Crítico(a) y refexivo(a) frente a la realidad.
 Comprometido(a) en la construcción de una nueva sociedad.
4.6 PERFIL DEL EGRESADO Y EGRESADA
Esperamos que sean agentes de cambio y dinamizadores(as) de acciones de
incidencia social, sensibles a las necesidades de su entorno, con sentido
crítico y de superación, con alto nivel de autoestima, espíritu emprendedor y
capacidad de decisión, personas con altas cualidades personales, laborales y
profesionales que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico de
su entorno.
Capítulo cinco:
Derechos y Deberes de los y las integrantes de la Comunidad Educativa
5.1. DERECHOS
5.1.1 DERECHOS DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
 Ser tratados(as) con respeto y justicia sin ningún tipo de discriminación
de raza, credo, ideología y sexo.
 A tener una identidad personal, a la honra y al libre desarrollo
de su personalidad, siempre y cuando no atente contra la ley y las buenas
costumbres.
 Participar del proceso de aprendizaje y del desarrollo de programas que
favorezcan su formación integral.
 Ser escuchados(as), orientados(as) y asistidos(as) por quienes tienen la
responsabilidad y competencia directa de hacerlo.
 Presentar solicitudes, siguiendo el conducto regular y a obtener
respuesta oportuna.
 Tener acceso a los recursos institucionales, previo cumplimiento de los re-
quisitos establecidos para tal fin.
5
Manualdeconvivencia
Exigir el cumplimiento del cronograma institucional.
Recibir por parte del equipo docente el informe del proceso y resultados
académicos y convivenciales.
Solicitar revisión de resultados de evaluaciones, cuando considere que no ha sido
evaluado(a) objetivamente, teniendo en cuenta el protocolo para tal fin.
Recibir planes de mejora y actividades complementarias por parte del equipo
docente.
Representar al Centro Educativo en todo tipo de eventos, cumpliendo las
bases reglamentarias establecidas.
Participar en la construcción y divulgación del PEI y del Manual de Conviven-
cia.
Ser estimulado(a) para desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y
habilidades individuales.
Al descanso, al esparcimiento, al juego, al deporte y la participación en las
actividades culturales y deportivas planeadas por la institución, dentro de
las normas de sana convivencia y respeto.
A los debidos procesos señalados en la ruta de atención integral y sus protocolos
establecidos en este Manual.
A los procesos de mediación que ofrece la institución según el caso.
Tener espacios de socialización y recreación como convivencias y celebra-
ciones que fortalezcan la convivencia sana y el desarrollo de los valores
humanos.
Participar activa y democráticamente en el proceso educativo a través de
opiniones y desempeños de funciones al servicio o benefcio de la comunidad
educativa por medio del consejo estudiantil, mesas de conciliación y otros
organismos de participación.
Elegir y ser elegidos(as) para ocupar cargos del gobierno escolar y participar en
todas las actividades programadas y organizadas por el Centro Educativo.
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5.1.2 DERECHOS DE LOS PADRES Y MADES
Lo indicado en la resolución 961 de 2009, capítulo 3, artículo 8 en cuanto a:
 Recibir en igualdad de condiciones el derecho a la educación de sus hijos
e hijas, así como el acceso a los espacios pedagógicos, lúdicos y recreativos
y a participar en las diferentes actividades del Centro Educativo.
Ser atendidos en los horarios establecidos para tal fn.
 Ser escuchados en sus reclamos siempre y cuando se realicen dentro de las
normas de la cultura y el respeto siguiendo el conducto regular.
 Recibir información veraz, sobre el rendimiento académico y convivencial
de sus hijos e hijas, de los métodos de enseñanza que se aplican en el
centro educativo y de las actividades extraescolares.
 Aclarar dudas, presentar inquietudes y hacer sugerencias que consideren per-
tinentes sobre los procesos que se abordan dentro del Centro Educativo.
 Benefciarse de los servicios de orientación ofrecidos por el Centro Educativo.
 Ser valorados y respetados, sin ningún tipo de discriminación.
 Elegir y ser elegidos para formar parte del gobierno escolar.
 Ser convocados y participar en las actividades programadas para padres y
madres de familia.
 Participar en la elaboración y evaluación del PEI, Plan de Mejora y
Manual de Convivencia.
 Representar a su hijo, hijas o acudido-a en todas las actuaciones en las
que sea necesario o conveniente, especialmente en situaciones graves.
5.1.3 DERECHOS DEL EQUIPO DOCENTE Y DIRECTIVAS
 Recibir un trato respetuoso y amable por parte de todas las personas
integrantes de la
Comunidad Educativa.
 Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar de manera
verbal, virtual, en cartelera o por escrito.
 Ser escuchados(as) al expresar sus ideas, sugerencias y descargos
cuando sea conveniente y redunde en el mejoramiento de la Comunidad
Educativa.
2014Manualdeconvivencia
 Recibir información y asesoría individual y grupal para superar las difcul-
tades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.
 Ser informados(as) sobre el desempeño laboral de manera individual en forma
oportuna destacando sus fortalezas y aspectos por mejorar.
 Recibir una capacitación permanente y de calidad acorde a la Filosofía de Fe y
Alegría.
 Obtener las licencias y permisos a las que tiene derecho todo empleado según
el código sustantivo de trabajo.
 Ser atendidos(as) oportunamente por directivos y personal administrativo,
teniendo en cuenta el conducto regular.
 Ser estimulados(as) a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y
habilidades individuales empleándolas al servicio de la Comunidad Educativa.
 Elegir y ser elegidos(as) para conformar las diferentes instancias institucionales.
 Presentar solicitudes respetuosas, siguiendo el conducto regular y a obtener
respuesta oportuna.
 Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los re-
quisitos establecidos para tal fin.
 Representar al Centro Educativo en todo tipo de eventos cumpliendo las
bases reglamentarias establecidas.
 Ser evaluados(as) de manera objetiva de acuerdo con las exigencias del
Centro Educativo y recibir la respectiva retroalimentación.
 Recibir reconocimiento público cuando su permanencia y fidelidad al Centro
Educativo haya sido acorde con los Principios y Filosofía de la misma.
 Disponer espacios para planear, evaluar, proyectar su trabajo y compartir
experiencias pedagógicas.
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5.2 DEBERES
5.2.1 DEBERES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
 Identifcarse como estudiante del Centro Educativo, respetarlo y
dar un trato cortés a todas las personas que integran la Comunidad
Educativa, teniendo en cuenta las normas establecidas en este Manual
de Convivencia.
 Preservar, cuidar y mantener en buen estado el Centro Educativo, así como
el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general, e
invitar a las demás personas integrantes de la Comunidad Educativa a que
actúen en tal sentido.
 Mantener un buen rendimiento académico.
 Cumplir con las responsabilidades asignadas en las fechas establecidas.
 Acatar la Constitución Política y las Leyes de Colombia, las
disposiciones previstas en este Manual de Convivencia, las circulares y
orientaciones dadas por las distintas instancias del Centro Educativo.
 Usar y portar adecuadamente, con respeto, responsabilidad y aseo el
uniforme del Centro Educativo sin ningún tipo de accesorios y sin
maquillaje.
 Abstenerse de consumir alimentos en horas de clase.
 Asumir llamados de atención.
 Respetar y valorar los diferentes espacios colaborando con el aseo de
los salones y del Centro Educativo.
 Cuidar y respetar las pertenencias de las demás personas, y si
llegase a ocasionar algún daño repararlo y/o pagarlo.
 Rechazar cualquier comportamiento que denigre la condición humana
como la formación de pandillas, barristas, sectas satánicas,
drogadicción, alcoholismo, divulgación pornográfica.
2014Manualdeconvivencia
 Mantener la identidad institucional respetando los símbolos patrios y los
del Centro Educativo.
 Conocer, hacer uso y asumir los protocolos y rutas establecidas en este
Manual.
 Solicitar o presentar oportunamente los permisos, las excusas por
inasistencia, retardos y porte del uniforme, por escrito con la debida
firma del acudiente, cédula y teléfono a una persona del equipo de
dirección. T o d a i n a s i s t e n c i a d e b e e s t a r d e b i d a m e n t e
s o p o r t a d a .
 Traer los materiales y útiles escolares necesarios para el proceso de
formación al Centro Educativo,.
 Manejar los confictos de manera pacífica.
 Abstenerse de portar elementos que puedan generar distracción en las
clases como grabadoras, MP3, MP5, IPOD, celulares, cámaras, joyas,
juguetes, entre otros.
P a r á g r a f o : El Centro Educativo no se hace responsable por hurto o pérdi-
da de los elementos descritos anteriormente.
 Cumplir con el horario establecido de llegada y de salida del Centro
Educativo y el de cambio de clases.
 Llevar y entregar a padres, madres y acudientes oportunamente las
citaciones e información que se envíen desde el Centro Educativo.
 No consumir, distribuir ni vender sustancias adictivas (cigarrillo,
alcohol, drogas, etc.), dentro, ni fuera del Centro Educativo.
 Comportarse adecuadamente dentro y fuera del Centro Educativo.
 Representar dignamente al Centro Educativo en cualquier evento para
el que haya sido elegido-a.
 Llevar a la práctica los Objetivos y Filosofía del Centro Educativo
descritos en el PEI y en el Manual de Convivencia.
 Cuidar el entorno del Centro Educativo haciendo buen uso de las
instalaciones y sus recursos.
 Hacer uso de la tecnología, sin emplearla para atentar contra la propia
dignidad n i l a de algún otro miembro de la Comunidad Educativa, o
para provocar agresiones verbales o psicológicas.
 Evitar en el Centro Educativo expresiones afectivas excesivas (abrazos,
besos, caricias) que vayan en contra de los principios y valores
expresados en este Manual.
 Si es elegido-a como personero-a estudiantil o representante de curso,
informar a la Comunidad Educativa, las decisiones que se adoptan en las
reuniones de Consejo Estudiantil o de cualquier instancia de participación.
 Permanecer en el aula de clase y en los espacios formativos
durante la jornada escolar y cuando se le requiera (salidas pedagógicas).
 Los demás deberes que para los y las estudiantes determine el Ministerio
de Educación Nacional, la Secretaria de Educación, la Ley de Infancia y
Adolescencia, o cualquier otra autoridad o legislación competente.
5.2.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES:
La familia, como parte de la Comunidad Educativa, en el marco del Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos
Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar (Ley 1620 del 2013), además de las obligaciones consagradas en el
artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de
2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:
 Proveer a sus hijos-as espacios y ambientes en el hogar, que
generen confianza, ternura, cuidado, protección de sí y de su
entorno físico, social y ambiental.
 Participar en la formulación, planeación y desarrollo de
estrategias que promuevan la convivencia escolar, los
Derechos Humanos, los derechos sexuales y reproductivos, la
participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida
saludable.
 Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos-as en el
proceso pedagógico que adelante el establecimiento
educativo para la convivencia y la sexualidad.
 Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a
través de las instancias de participación definidas en el
proyecto educativo institucional del establecimiento
educativo.
 Asumir responsabilidades en actividades para el
aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos-as, para el
desarrollo de capacidades y competencias ciudadanas.
 Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el
Manual de Convivencia y responder cuando su hijo-a incumpla
alguna de las normas allí estipuladas.
 Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se
presente un caso de violencia escolar, de vulneración de
derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo
amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el
Manual de Convivencia del Centro.
 Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en
la Ruta de Atención Integral a que se refiere la ley (1620), para
restituir los derechos de sus hijos-as, cuando estos sean
vulnerados.
 Matricular al o la estudiante en las fechas indicadas por la ley en
el Centro Educativo.
 Asumir el costo de uniformes y útiles escolares básicos del o la
estudiante.
 Garantizar la permanencia y continuidad de los y las
estudiantes en el Sistema Educativo Oficial, enviando
puntualmente a los y las estudiantes al Centro Educativo
evitando el ausentismo.
 Informar oportunamente al Centro Educativo en caso de
enfermedad o cualquier otro impedimento para la asistencia
a clases, en un lapso de tres (3) días calendario, anexar la
excusa médica o aquellas que se requieran para justifcar la
ausencia del niño, niña o joven.
 Firmar la aceptación de este Manual y cumplir a cabalidad el
Manual de Convivencia del Centro Educativo.
 Acudir a las reuniones de padres, madres de familia y asistir
a todas las citaciones que programe el Centro Educativo, en
bien de la educación de los y las estudiantes beneficiarios
del Proyecto Educativo Institucional.
 Informar al Centro Educativo cualquier cambio en la
información de los y las estudiantes, en especial en lo
referente al número de identifcación, nombres, apellidos,
dirección y teléfono.
 Permitir la asistencia de los y las estudiantes a las diversas
actividades programadas para la formación integral de los
mismos.
 Acompañar y orientar las tareas y trabajos asignados por los
docentes, estableciendo comunicación permanente con ellos y
ellas, sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
 Buscar las asesorías y respuestas necesarias para ayudar
efectivamente sus hijos e hijas cuando surgen dificultades en
los procesos de aprendizaje.
 Acatar las recomendaciones, sugerencias y remisiones dadas
por el Centro Educativo para ayudar a los y las estudiantes a
superar posibles dificultades en sus procesos.
PARÁGRAFO: La inasistencia persistente a las convocatorias de padres y madres,
sin la correspondiente excusa, se considerará como abandono, como reza el
Artículo 20, numeral 1 de la Ley 1098 de infancia y adolescencia, además que
constituye un incumplimiento del contrato educativo (matrícula) y se constituye en
una falta a la ley que será reportada a las autoridades competentes.
5.2.3 DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES
Son deberes de los y las docentes los establecidos en la Ley 1620 del 15 de Marzo,
además, de las que establece la normatividad vigente y que le son propias las
siguientes:
 Asumir el rol de primer orientador-a y mediador-a en situaciones que
atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos
Humanos Sexuales y Reproductivos, así como detectar de forma temprana
estas mismas situaciones.
 Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar,
violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que
afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los
artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con
el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de
Atención Integral para la Convivencia Escolar.
Si tienen conocimiento de alguna intimidación ejercida sobre algún
estudiante manejada a través de medios electrónicos igualmente deberá
reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
 Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de
ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la
participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución
de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad
física y moral de los y las estudiantes.
 Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de
evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
 Contribuir en la construcción y aplicación del Manual de Convivencia
 Responsabilizarse del grupo de estudiantes durante la jornada escolar.
 Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas
con quien tenga relación en el ejercicio del cargo.
 Organizar las actividades de tal forma que no alteren los horarios de
las demás áreas.
 Hacer uso adecuado de los recursos existentes en el Centro Educativo y
ser cuidadosos-as con los objetos personales y de las demás personas.
 Respetar la intimidad y la vida privada de los y las estudiantes, docentes y
demás miembros de la Comunidad Educativa.
 Informar oportunamente a los y las estudiantes sobre su proceso
académico y hacer devolución de trabajos y evaluaciones, con su
respectiva retroalimentación.
 Entregar oportunamente los trabajos solicitados por el equipo de dirección.
 Solicitar los permisos oportunamente, dejando reemplazos y actividades
específicas y adecuadas para cada curso.
 Justifcar oportunamente las ausencias a la jornada escolar, a la directora
o director del Centro.
 Mantener su lugar de trabajo ordenado y aseado.
 Atender todas las dimensiones del estudiante como el primer orientador.
 Hacer acompañamientos a la hora de llegada, descanso y salida de los y
las estudiantes.
 Programar con anterioridad las clases y actividades complementarias de
manera secuencial y lógica.
 Atender a los acudientes de los y las estudiantes en el horario establecido,
exceptuando los casos que ameriten su inmediata atención.
 Seguir el protocolo y las rutas de atención establecidas en el manejo de
situaciones académicas y convivenciales.
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Manualdeconvivencia
 Cumplir a cabalidad sus funciones como director-a de grupo o co-director-a.
 Respetar los derechos de los otras personas integrantes de la comunidad
educativa.
 Abstenerse de consumir bebidas embriagantes y sustancias psicoactivas dentro
del centro educativo y en sus alrededores.
Otras obligaciones y deberes de los y las docentes establecidas en el contrato
laboral y en las disposiciones legales señaladas en los artículos 56, 58 y 60 del
código sustantivo de trabajo.
5.2.4. DEBERES DEL DIRECTOR O DIRECTORA DE CURSO.
Además de las anteriores:
Con los y las estudiantes
 Estimular la vida en grupo, propiciar oportunidades para que el grupo se
reúna, discuta y se organice, siempre dentro de un clima de confianza.
 Conocer las dificultades académicas - convivenciales de cada estudiante y
en la medida de lo posible asesorarlo-a para que pueda superarlas.
 Promover e implementar actividades culturales, salidas, visitas,
convivencias, entre otras, siempre que sea factible y que tengan en cuenta
los intereses de los-as estudiantes y promuevan su desarrollo humano
integral.
 Diligenciar correctamente el observador del estudiante, realizar un
concepto global en el transcurso del año y al finalizar.
 Hacer el seguimiento integral de los-as estudiantes de su grupo en la
página institucional de Colweb teniendo como referente el Manual de
Convivencia.
 Remitir a orientación escolar los casos que requieren intervención y
atención interinstitucional.
 Remitir a coordinación pedagógica los casos que requieran seguimiento
desde esta instancia.
 Recuperar la memoria de los procesos de crecimiento humano a través del
cuaderno o carpeta de dirección de grupo, y entregar en las fechas
establecidas los informes sobre el avance del proyecto, con las actas
diligenciadas de forma sistemática y organizada.
 Respetar los acuerdos y disposiciones que se generen al interior del Equipo
de Orientación de Centro o del Equipo Pedagógico Regional, y acatar los
correctivos que considere pertinentes en caso de dificultades.
En relación con el equipo docente:
 Participar aportando en las reuniones de dirección de curso, de ciclo, o
nivel, propiciando estrategias para el análisis y abordaje de los temas
tratados.
 Liderar la propuesta de dirección de curso o las actividades relacionadas
con esta función.
 Socializar información “específica” al colectivo docente y directivas acerca
de las características o situaciones particulares de sus estudiantes,
teniendo en cuenta la confidencialidad de la información.
En relación con los estamentos de dirección del centro:
 Transmitir las sugerencias que hacen los acudientes, los-as estudiantes, o
los mismos docentes, en las reuniones con la persona responsable de la
orientación escolar.
 Comunicar y hacer seguimiento a los casos especiales que corresponda
remitir al equipo de dirección o al Comité de Convivencia Escolar.
En relación con las familias:
 Informar a los-as acudientes sobre los aspectos de comportamiento de los-
as estudiantes; especialmente sobre su convivencia y rendimiento
académico.
 Apoyar, facilitar y participar en los encuentros de acudientes o talleres
para familias.
 Convocar a los-as acudientes a las reuniones previstas por la institución y
dirigirlas cuando sea necesario.
 Informar a las familias de su grupo sobre las metas y proyecciones que
tienen como grupo, las responsabilidades de cada estudiante y el
compromiso de ellos y ellas como acudientes.
Además respetar los acuerdos y disposiciones que se generen al interior del Equipo
de Orientación del Centro, y del Equipo Pedagógico Regional, y acatar los
correctivos que considere pertinentes en caso de dificultades.
5.2.5. DEBERES DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN.
El Equipo de Dirección en los Centros Educativos de Fe y Alegría está conformado
por: Rector-a, Coordinador-a Pedagógico-a, Coordinador-a de Pastoral y Orientador-
a Escolar.
Rector-a
Además de las disposiciones legales, del contrato laboral, las funciones del rol de
acuerdo a los parámetros de Fe y Alegría, el código sustantivo del trabajo y el
Decreto 1860 en el artículo 25; la ley 1620 de marzo/2013 en el artículo 19 dispone:
 Liderar el Comité Escolar de Convivencia conforme a lo estipulado en los
artículos 11, 12, 13 de la ley 1620.
 Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los
componentes de prevención y de promoción, y los protocolos y
procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención
integral para la convivencia escolar.
 Liderar la revisión y ajuste del PEI, el Plan Operativo, el Manual de
Convivencia y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un
proceso participativo que involucre a estudiantes y en general a la
comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
 Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de
derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del
establecimiento educativo, en su calidad de Presidente-a del Comité
Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad vigente y los
protocolos definidos en la ruta de atención integral y hacer seguimiento a
dichos casos.
Coordinador-a Pedagógico-a
Los deberes de las personas que asumen este cargo en Fe y Alegría están descritos
en las disposiciones legales del contrato laboral y en las funciones que guardan
coherencia con el código sustantivo del trabajo.
Además de lo anterior, su principal responsabilidad es liderar la propuesta
curricular del centro educativo y garantizar las condiciones para que niñas, niños y
adolescentes reciban una educación de calidad.
Coordinador-a de Pastoral
Los deberes de las personas que asumen este cargo en Fe y Alegría están descritos
en las disposiciones legales del contrato laboral y en las funciones que guardan
coherencia con el código sustantivo del trabajo.
Además de lo anterior, su principal responsabilidad es liderar la propuesta de
Pastoral, de manera tal que se concrete en compromisos de transformación
personal y social, a partir de la vivencia de los valores cristianos.
Orientadores-as Escolares
Además de las disposiciones legales del contrato laboral, las funciones del rol de
acuerdo a Fe y Alegría y el código sustantivo del trabajo; la ley 1620 de marzo/2013
en el artículo treinta y dos (32) dispone:
 Contribuir con la dirección del establecimiento educativo, en el proceso de
identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de
los y las estudiantes.
 Documentar y registrar en el sistema de información unificado de
convivencia escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de
derechos sexuales y reproductivos.
 Participar en el proceso de acompañamiento, así como de la evaluación de
los resultados del proceso de acompañamiento y orientación.
 Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los
casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y
reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la
ruta de atención integral.
 Participar en la definición de planes individuales y grupales de
intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la ruta de
atención integral.
 Apoyar al Comité Escolar de Convivencia en el desarrollo de estrategias e
instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la
promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar
los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.
 Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación
del Manual de Convivencia y de los Proyectos Pedagógicos de que trata el
artículo 20 de la ley 1620.
 Involucrar a las familias a través de la escuela para padres y madres, en los
componentes y protocolos de la ruta de atención integral.
 El mismo artículo 32 señala: que la Orientación escolar para la convivencia
podrá implementarse mediante alianzas estratégicas con las instituciones
de educación superior, a través de los espacios de práctica de los
estudiantes de últimos semestres de las carreras de Psicología, Psiquiatría
y programas afines.
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Manualdeconvivencia
Manualdeconvivencia2013
29
Capítulo seis:
Gobierno escolar y otros órganos de participación
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 142 de la Ley 115 de 1994 y en el
capítulo IV del decreto 1860 de 1994, se conforma el gobierno escolar de los Cen-
tro Educativos de Fe y Alegría, con la participación de todos los estamentos de
la Comunidad Educativa como representantes elegidos para ejercer funciones
específcas en el período correspondiente.
Este gobierno se encuentra constituido por los siguientes estamentos:
6.1. CONSEJO DIRECTIVO
Como instancia de gobierno escolar está conformado por la directora o el director
del Centro Educativo, dos representantes del personal docente, dos representantes
de las familias elegidos por el Consejo de familias, un representante del conjunto de
estudiantes, elegido por el Consejo de Estudiantes entre los alumnos-as del último
grado de la Institución, un representante de los
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Exalumnos-as, elegido por el Consejo Directivo y un representante del sector
productivo o acompañante de la oficina regional de Fe y Alegría. Sus funciones se
encuentran estipuladas en la Ley 115 de 1994, artículos 142, inciso 3 y 144, el
capítulo V del artículo 23 del Decreto 1860 de 1994.
6.1.1 Funciones desde el artículo 144 de la Ley 115:
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Centro Educativo y
que no sean competencia de otra autoridad.
Servir de instancia para manejar los confictos que se presenten entre do-
centes y administrativos con los y las estudiantes del Centro Educativo.
Adoptar el reglamento del Centro Educativo de conformidad con las normas
vigentes.
Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educati-
va, cuando alguno-a de sus integrantes se sienta lesionado-a.
Aprobar el plan anual de actualización del personal del Centro Educativo
presentado por el director.
Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucio-
nal, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de
la Secretaría de Educación respectiva, o del organismo que haga sus veces,
para que verifque el cumplimiento de los requisitos.
Estimular y controlar el buen funcionamiento del Centro Educativo.
Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social
del o la estudiante.
Recomendar criterios de participación del Centro Educativo en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
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Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
comunidad educativa.
Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas.
Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la for-
ma de recolectarlos.
Darse su propio reglamento.
6.2 CONSEJO ACADÉMICO O EQUIPO PEDAGÓGICO
Es la instancia superior en la orientación pedagógica del establecimiento educativo.
Está conformado por el director o directora, la coordinación pedagógica del centro, el
o la docente representante de cada área, y un-a docente representante de los
grados transición, 1º, 2º y 3º.
Sus funciones se hallan consagradas en la Ley 115 de 1994, artículo 145 y el artículo 24
del Decreto 1860 de 1994.
6.3 DIRECTOR-A
Es el Representante del Centro Educativo ante las autoridades educativas y el Eje-
cutor de las decisiones del Gobierno Escolar. Asume las funciones signadas en el artí
culo 25, capítulo IV del Decreto 1860; además de las disposiciones legales del contrato
laboral, las funciones del rol de acuerdo al Movimiento Fe y Alegría, del código sustantivo
del trabajo y del artículo 19 de la ley 1620 de marzo/2013, señaladas en el capítulo 5
del presente manual de convivencia
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6.4 OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
6.4.1 CONSEJO ESTUDIANTIL
De conformidad con el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994, el Centro Educativo
tiene un Consejo Estudiantil que es el máximo organismo encargado de asegurar y
garantizar el continuo ejercicio de la participación estudiantil. Está integrado
por un vocero de cada uno de los grados que ofrece el Centro Educativo.
 El consejo directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro
primeras semanas de calendario académico, sendas asambleas integradas por
los alumnos-as que cursen cada grado, con el fin de que elijan mediante
votación secreta, un vocero-a estudiantil para el año lectivo en curso.
 Los alumnos-as del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de
primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero
entre los y las estudiantes que cursen el tercer grado.
 Corresponde al consejo de estudiantes:
 Darse su propia organización interna.
 Elegir el representante de los-as estudiantes ante el consejo directivo
del Centro Educativo y asesorarlo-a en el cumplimiento de su
representación.
 Invitar a sus deliberaciones a aquellos-as estudiantes que presenten
iniciativas sobre el desarrollo de vida estudiantil.
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 Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores
que le atribuya el Manual de Convivencia.
6.4.2 PERSONERÍA ESCOLAR (art. 28 Decreto 1860 agosto 3 de 1994)
En todos los Centros Educativos personería estudiantil, es asumida por un
representante del último grado que ofrece la Institución, quien es elegido-a por sus
compañeros-as, con el fin de que promueva y defienda el ejercicio de los derechos y
deberes del estudiantado consagrados en la Constitución Política, las leyes, los
reglamentos y el Manual de Convivencia de la Institución.
Los y las postulantes deben tener una hoja de vida íntegra, académica y
disciplinaria. Debe presentar ante el consejo electoral su hoja de vida a la que
debe anexar su plan de trabajo.
Se elige mediante:
 Convocatoria del director-a al estudiantado matriculado para que con su
voto secreto elijan a su personero-a dentro de los treinta días
calendarios siguientes a la iniciación de clase.
 Inscripción de los-as estudiantes interesados-as en ser elegidos
personeros-as del Centro Educativo.
 Presentación de las propuestas o proyectos ante la Comunidad Educativa
por los-as candidatos-as que se postulen. Se podrá hacer hasta los dos
días antes de la elección.
 Jornada electoral.
 Presentación de la persona elegida ante la comunidad educativa.
El o la personero-a tendrá las siguientes funciones:
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 Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de
los-as estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de
comunicación internos del establecimiento, pedir la
colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u
otras formas de deliberación.
 Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los y
las estudiantes, sobre lesiones a sus derechos y las que
formule cualquier persona de la Comunidad Educativa sobre
el incumplimiento de las obligaciones de los y las
estudiantes.
 P r e s e n t a r ante el director-a, - según sus competencias -
las solicitudes de oficio que considere necesarias para
proteger los derechos de los y las estudiantes, y que son
peticiones de ellos y ellas.
 Integrar el Comité Escolar de Convivencia y participar en
las decisiones que se tomen en esta instancia.
 Dar a conocer la figura de la personería estudiantil a todos
los estamentos de la comunidad.
 Buscar mediante el diálogo cordial el conocimiento y el
cumplimiento de las normas vigentes en el Manual de
Convivencia.
 Exhortar a los y las estudiantes al cumplimiento de sus
deberes.
 Fomentar su autonomía y sano criterio, buscando que sus
compañeros-as sigan una actitud similar.
 Colaborar en la búsqueda del equilibrio, la armonía y la
sinceridad ante los diferentes estamentos, buscando lograr
los objetivos propuestos para cada uno de ellos.
 Escuchar, analizar y actuar con criterio, buscando asesoría
si la situación lo amerita.
 Adelantar acciones que conlleven a una mejor relación de convivencia
entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
 Fomentar actividades extraescolares como elemento educativo para una
mejor formación de los y las estudiantes.
Parágrafo uno: Quien asuma el cargo de personería estudiantil, será elegido-a
dentro de los treinta días calendario siguientes a la fecha de iniciación de
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clases, por un período lectivo anual. Para tal efecto, el o la directora-a
convocará a todos y todas las estudiantes matriculados-as con el fin de elegir
por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
Parágrafo dos: Será electo-a personero-a el candidato o la candidata que
obtenga el mayor número de votos; el mandato termina antes del período
establecido, si el consejo estudiantil así lo decide. De quedar candidatos con
la misma cantidad de votos se
convocará la segunda vuelta.
El o la personero-a elegido-a se posesionará ante la totalidad del estudiantado,
el colectivo docente y el Equipo de Dirección.
Parágrafo tres: El ejercicio del cargo de personero-a es incompatible con el
de representante del estudiantado ante el consejo directivo.
Parágrafo cuatro: Es deber del equipo de área de ciencias sociales y de las
personas vinculadas al proyecto de democracia, colaborarle a los y las estudiantes
en el proceso de elección.
Parágrafo cinco: El consejo electoral estará conformado por docentes del
Proyecto de Democracia y un representante de cada curso.
Parágrafo seis: La programación para la realización de las propuestas
estará organizada por el consejo electoral y la asesoría del profesorado
encargado.
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6.4.3 CONSEJO DE FAMILIA SS
El consejo de familias es un órgano de participación de los Centros Edu-
cativos destinado a asegurar la continua participación de padres, madres y
acudientes en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) representantes de las familias
por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo de conformidad
con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Estructura y funcionamiento del Consejo de familias. Este con-
sejo deberá conformarse en todos los Centros Educativos. Podrá organizar los
comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional
y con el Plan de Mejoramiento del Centro Educativo, de conformidad con los
planes de trabajo que acuerden con la dirección del centro. Los comités podrán contar
con la participación de un directivo o docente designado-a por la dirección para tal
fn.
El Consejo de familias es un órgano de participación educativo que no requiere
registro ante ninguna autoridad; para pertenecer a él no se podrán establecer
cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá
como mínimo tres veces al año por convocatoria de la dirección o por derecho propio.
Las sesiones del consejo serán presididas por un padre o madre de familia, elegido-a
por esta misma instancia.
Funciones del consejo de familias.
Contribuir con la dirección en el análisis, difusión y uso de los resultados de
las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de Estado.
Exigir que el Centro Educativo con todos-as sus estudiantes, partícipe en las
pruebas de competencias de Estado, realizadas por el Instituto Colombiano para
el Fomento de la Educación Superior (ICFES).
Apoyar las actividades artísticas, científcas, técnicas y deportivas que or-
ganice el Centro Educativo, orientadas a mejorar las competencias de los y las
estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la
cultura de la legalidad.
Participar en la elaboración de planes de mejora y en el logro de los resultados
planteados en el Sistema de Mejora de la Calidad de Fe y Alegría.
Promover actividades de formación para las familias, encaminadas a
desarrollar estrategias de acompañamiento a los y las estudiantes para facilitar
el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de
estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y
especialmente, aquellas destinadas a promover los derechos del niño y la niña.
Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y
concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
Presentar propuestas de mejoramiento al Manual de Convivencia en el marco de
la Constitución y la Ley.
Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y
mental de los-as educandos, la solución de las difcultades de aprendizaje, la
detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio
ambiente.
Presentar las propuestas de modifcación del Proyecto Educativo Institucio-
nal que surjan de los padres y madres de familia, de conformidad con lo
previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
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Elegir los dos representantes de los padres y madres de familia ante el Consejo
Directivo del Centro Educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º
del artículo 9º del presente Decreto.
Parágrafo uno. El director o directora del Centro Educativo proporcionará toda
la información necesaria para que el consejo de familias pueda cumplir con sus
fun-
ciones.
Parágrafo dos. El consejo de familias de cada Centro Educativo ejercerá
estas funciones en directa coordinación con la dirección del centro y requerirá
de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al
Centro Educativo ante otras instancias o autoridades.
Parágrafo tres. El o la presidente del Consejo de familias, participará en el
Comité Escolar de Convivencia con voz y voto, según lo estipulado en la ley 1620
del 15 de Marzo del 2013.
Elección de los representantes de las familias para el consejo directivo:
El consejo de familias, en una reunión convocada para tal fin por la dirección del
Centro Educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días del año
lectivo a los-as dos representantes. Dichos representantes, solo podrán
ser reelegidos por un período adicional.
En todo caso, los representantes de los padres y madres ante el consejo directivo
deben ser padres o madres de alumnos-as matriculados en el establecimiento
educativo.
Los y las docentes, directivos o administrativos del Centro Educativo no podrán ser
representantes de las familias en el consejo directivo del mismo esta-
blecimiento en que laboran.
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6.4.4 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
De conformidad con la ley 1620 del 15 de Marzo del 2013; los Centros Educativos
tienen un Comité Escolar de convivencia, cuyo objetivo es promover la sana
convivencia, proyectándola a la Comunidad Educativa.
Las funciones que tiene este comité son:
 Apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la
educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos,
así como al desarrollo del Manual de Convivencia y a la Prevención y Mitigación de
la Violencia Escolar.
 Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten
entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y
entre docentes.
 Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la
violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
 Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias,
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad
educativa.
 Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de
los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime
conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de
la comunidad educativa. Para tal efecto, el o la estudiante estará
acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o compañero-a del
establecimiento educativo.
 Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el
artículo 29 de Ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de
acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos
por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia,
porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la
comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por
otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y
de la Ruta.(
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Este comité se reunirá cada dos meses o extraordinariamente según necesida-
des, para la programación de actividades o para la realización de las mismas.
Los integrantes del Comité Escolar de Convivencia son:
 Director-a
 Personero-a estudiantil.
 Presidente-a del Consejo de familias.
 Presidente-a del consejo de estudiantes.
 Un-a (1) docente que pertenezca al equipo de orientación de centro.
 Orientadoras-es, trabajadora social, o docente con función de orientación.
6 . 4 . 5. E QU I PO D E O RIE N T AC IÓ N DE L C O LE G IO
P a r a F e y A l eg r í a, e s te eq u ip o , e s e l r e sp on s a b l e de g en e r ar
e s t r at eg i a s d e sd e l o s c o n te x t o s p a rt i c ul a r e s d e c a d a c o le g io
p a r a e l f or t a le c i m i en to d e l a c on v iv en c i a y la f o r m a c i ón de la
d i m e n s i ón p e r s on a l y s o c i o a f e c t iv a d e l a c o m u n id ad
e d uc a t iv a .
S o n p er s o n a s i nt eg r a nte s d e e st e eq u ip o :
 Orientadores-as escolares.
 Docentes representantes de primaria, secundaria y media, organizados
de la siguiente manera: Tr - 3º; 4º - 5º; 6º - 7º; 8º - 9º y 10º - 11º.
 Trabajadora social.
 Coordinador-a de pastoral.
S o n f un c i o ne s d e e s te e q u ip o :
 S o c i a l i z a r ex p e r ie n c i as , i n qu i e tu de s y n e ce si d a d es
d e l o s g r up o s d e e s tud i a n te s c o n el p r op ó si t o de
c r e a r e st r a te g i a s d e ac c i ó n .
 L l ev a r re g i st r o m ed i an t e a c t a d e l o s c om p ro m i s o s
y m et a s qu e se p ro p o n en y a d op t an d e l os
p r o t oc o l o s de l a s s i t ua c i o n e s t ip o 1 , t i p o 2 y o t r as
s i t u a c i o ne s .
 D i n a m i z a r e l c l i ma r e l a c i on a l d e l C en tro
E d u c at i v o.
 I n fo r m a r y m a n te ne r c o m u n i c a c i ón pe r ma n e nte
c o n e l c ol e ct i v o de d o ce nt e s f r e nt e a l a s
e s t r at eg i a s d e t r ab a j o d e l o s d i fe r en te s p r oy e ct os
d e l a p r op ue s t a de O r ie n t a c ió n E s c o l a r y P a st o r a l .
 A t e nd er a l a s p r o pu e s t a s e i nq u i et ud es de l
c o l e ct i v o d oc e nt e , r es p e ct o a l o s - a s e st udi a n t es
q u e s e a n re i n c id e nt e s e n s it u a c i on e s t ip o 1, t i p o 2
y o t r a s s i tu a c i o ne s p ar a c o m u n i c a r l a s e n e l e q u ipo
y d a r s o l u c i o ne s v i ab l e s a e l l a s. ( Pr o t oco l o d e
s i t u a c i o ne s t ip o 1, t i po 2 y o t r a s s it u a c i o ne s) .
 E s t a b le c er u n p l a n d e t r a b aj o c on t i nu o en
a r t i c u l ac i ó n c on l a pl a n e a c i ó n i n s t it uc i o n al y el
S i s t e m a de M ej o r a de l a C a l id a d.
 A p o y a r c on s t an te m en t e e l de s a r r o ll o s o c i o
a f e ct i v o y b i e ne s t ar co m u n i t ar i o .
 R e nd i r in f or m e s d e m a n e r a op o rt u n a y cl a r a a l
c o l e ct i v o do c e nt e y a l C o m i t é E s c o la r de
C o nv i v en c i a d e l o t ra b a j ad o e n l a s r eu n i on e s del
e q u ip o, y p or t a n t o, de l a s t a r e a s y c o m p rom i s o s a
d e s a r r ol l a r.
 P r o p on e r y r e a l iz a r p r o y ec t o s y a c t ivi d a d es
a c o r d e s c o n e l f o rt a le c i m i e nt o d e l a c o nv iv e nc i a
e s c o l a r.
6.4.5 COMITÉ AMBIENTAL ESCOLAR
Con base en el acuerdo 166 de 2005 se establecen los comités de gestión ambiental
en cada institución educativa pública y privada del Distrito Capital, como órgano
asesor en materia ambiental del Gobierno Escolar.
Constitución: El comité ambiental escolar será organizado por el consejo direc-
tivo en cada Centro Educativo, a través de sistemas de selección democráticos,
participativos y equitativos garantizando el acceso voluntario de estudiantes,
docentes y familias.
Tendrán calidad de vigías ambientales escolares, un-a estudiante designado-a por
cadacurso. Hará parte del comité ambiental escolar el o la estudiante delegado-a por
grado, yescogido entre los-as vigías ambientales escolares. Los-as vigías ambientales,
actuarán como veedores ambientales al interior del Centro Educativo y como
dinamizadores de la Política Nacional, Distrital y Local de Educación Ambiental de
acuerdo con las funciones asignadas al Comité Ambiental.
Funciones del comité ambiental escolar:
Asesorar al gobierno escolar con el fin de fortalecer la dimensión ambiental
al interior del Centro Educativo.
Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Pro-
yecto Ambiental Escolar (PRAE) y realizar la gestión necesaria para el desarrollo
del mismo.
Adelantar proyectos y programas que apunten a la preservación y mejora-
miento ambiental en el marco del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE).
Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obli-
gatorio en materia ambiental de los estudiantes de educación media vocacional
(grados 10 y 11).
Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores
ambientales, sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del
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Manualdeconvivencia
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•
•
cuidado y mejoramiento del ambiente de acuerdo con el calendario am-
biental.
Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la
Cátedra de Derechos Humanos.
Promover la formulación e implementación de los Planes Integrales de Ges-
tión Ambiental (PIGA) en las Instituciones Educativas.
Parágrafo uno: Las funciones del comité ambiental escolar se desarrollarán de
acuerdo con las directrices del CIDEA DISTRITAL (Comité Interinstitucional de
Educación Ambiental) y los comités locales creados en el Acuerdo 23 de 1993, a
través del gobierno escolar de cada Centro Educativo.
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Manualdeconvivencia
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41
Capítulo siete:
Estímulos y situaciones que afectan la convivencia
escolar, los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
7.1. ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES
La comunidad educativa otorgará incentivos a los y las estudiantes que se distingan
por su rendimiento académico, convivencial, integralidad, espíritu de cooperación o
que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales y científcos y por
antigüedad (hijos-as de Fe y Alegría). Estos estímulos son:
 Inclusión en el Cuadro de Honor.
 Publicación o difusión de trabajos en el periódico,
carteleras, feria de eco- tecnología, semana por la sana
convivencia, semana de CCPV, etc.
 Ser elegido-a para los distintos cargos de representación
de los y las estudiantes dentro del Centro Educativo como
representante de curso, de estudiantes, personero-a,
mediadores-as, monitores-as, entre otras.
7
 Derecho a condecoraciones, trofeos, menciones especiales,
izadas de bandera, representar al curso y al Centro Educativo en
eventos interinstitucionales, con notifcación al padre o madre de
familia y anotación en el observador del estudiante.
 Derecho a ser elegido-a de acuerdo con los criterios establecidos
como mejor estudiante integral.
7.2 Situaciones que afectan la convivencia escolar y la formación para los derechos
humanos, sexuales y reproductivos.
Se consideran como situaciones que alteran o atentan contra la convivencia escolar
los derechos humanos sexuales y reproductivos, las violaciones, las prohibiciones a
los deberes consagrados en este Manual de Convivencia. Todo aquello que no
responde al perfl del estudiante especifcado en el Proyecto Educativo Institucional,
todas aquellas conductas incompatibles con la formación integral y con lo aceptado
en el momento de firmar la matricula. Para su clasificación, las situaciones que afectan
la convivencia escolar se consideran de tipo 1, tipo 2, tipo 3, otras situaciones de
carácter leve y otras situaciones de carácter grave.
Las situaciones más comunes son las siguientes:
1. Faltas de cortesía como chiflar, comer o jugar dentro del salón ó en
las actividades institucionales.
2. No prestar atención cuando un-a docente, directivo-a, representante
o compañero-a se dirija al estudiantado o esté realizando algún tipo
de explicación y exposición, presentando actitudes y
comportamientos que alteren el ambiente de aprendizaje.
3. Sostener cualquier tipo de vínculo para obtener algún beneficio
a través de las rejas o mallas de la institución
4. Permanecer en la Institución después de la hora de salida sin
justificación o autorización.
5. La venta de comestibles o de cualquier artículo en el Centro Educativo.
6. Uso de celulares, ipod, mp3, mp4, y toda clase de reproductores de
música o video; parlantes, juegos electrónicos,o cualquier elemento
tecnológico; en clase o en eventos institucionales.
7. Dirigirse o referirse a otra persona con palabras inapropiadas y
despectivas o utilizando un lenguaje soez; i n c l u i d o e l l e n g u a j e
c o r p o r a l o g e s t u a l .
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Manualdeconvivencia
8. Responder a los conflictos mediante cualquier tipo de agresión física,
verbal y/o escrita.
9. Amenazar o atentar contra la integridad física, psicológica o moral de
cualquiera de las personas pertenecientes a la comunidad educativa,
frecuentemente.
10. Apropiarse de las pertenencias ajenas.
11. Faltarle el respeto a los símbolos patrios y del Centro Educativo.
12. Callar o hacerse cómplice de cualquier hecho que atenta contra la
integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
13. Participar en peleas o disputas dentro o fuera del Centro Educativo.
14. Manifestaciones de amor apasionadas o indecorosas tanto al interior
del colegio, como fuera de él.
15. Falsificar las firmas del acudiente, docentes, administrativas o
integrantes del equipo de dirección.
16. Adulterar o sustraer documentos oficiales del Movimiento Fe y Alegría
o del colegio.
17. Portar, comercializar o distribuir material pornográfico. Al igual que la
incitación hacia la prostitución o pornografía infantil.
18. La mentira o comentarios mal intencionados, cuando estos afecten la
integridad física, psicológica y/o moral, de algún integrante de la
comunidad educativa.
19. La realización de actividades relacionadas con el estudio, práctica y
experimentación de los fenómenos psíquicos o parapsicológicos, u otras
análogas.
20. Pertenecer o promover grupos que atenten contra el buen nombre y
funcionamiento de la institución o contra los valores promovidos por el
colegio.
21. Incurrir en actos vandálicos que atentan contra la persona o contra el
patrimonio institucional y el de los vecinos-as del Centro.
22. Portar, comercializar y consumir sustancias psicoactivas (marihuana,
popper, cacao sabanero, coca, alcohol o cualquier sustancia que altere
la conciencia), dentro del Centro Educativo o fuera de éste, aun
cuando sea la dosis personal.
23. Portar, comercializar y consumir cigarrillo dentro o en los
alrededores de las instalaciones del colegio.
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Manualdeconvivencia
24. Portar y consumir bebidas alcohólicas dentro del Centro Educativo
o en sus alrededores.
25. Participar en apuestas o juegos de azar dentro del Centro
Educativo.
26. Emplear el Internet como medio para amenazar o ir en contra de la
dignidad como persona de alguno de los integrantes del Centro
Educativo o de la comunidad en general (ciberbullyng).
27. Promover rifas, ventas, fiestas, reuniones; sin la debida autorización.
28. Utilizar la fuerza o el engaño para acceder a cualquier tipo de contacto
sexual dentro o fuera de la Institución.
29. Realizar manifestaciones grotescas para celebrar hechos especiales de sus
compañeros-as con harinas, talcos, huevos, líquidos, agua, etc., dentro o
fuera de la Institución.
30. Utilizar el nombre del colegio con la intención de afectar su buen nombre.
31. No entregar a tiempo las circulares o citaciones enviadas por la
institución a los padres y madres de familia o acudientes.
32. Portar elementos que alteren el clima escolar (accesorios que
identifican equipos deportivos, sectas satánicas y sub culturas urbanas).
33. Hacer caso omiso a los llamados de atención que reciben por parte de algún
miembro de la comunidad educativa y/o responder airadamente.
7.3 PAUTAS Y ACUERDOS PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO
DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.
7.3.1 PAUTAS: Una vez ocurrida la situación, se tendrán en cuenta las siguientes
circunstancias, para dar curso al protocolo y ruta de atención.
7.3.1.1 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES. Se consideran circunstancias atenuantes:
 Edad, desarrollo psicoafectivo, mental y circunstancias personales,
familiares o sociales.
 El obrar por motivos nobles o altruistas; habiendo observado buena conducta
anterior.
 El haber sido inducido por alguien mayor en edad.
 Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que
le causen dolor físico o psicológico.
 Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir
sus consecuencias.
7.3.1.2 CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES. Se consideran circunstancias agravantes:
 La reincidencia en la ejecución de situaciones que alteren la convivencia
escolar.
 Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.
 El efecto perturbador que la situación produzca en la organización y
funcionamiento de la Institución.
 Cometer la falta aprovechando situación de desventaja (por edad, condición
física, cognitiva o de otra índole) con otra persona.
 El haber preparado con antelación (premeditación) la ejecución de la falta o
con complicidad de otras personas.
7.3.2 ACUERDOS
 Los-as estudiantes que ocasionen daños psicológicos o físicos a los integrantes
de la comunidad educativa, responderán por los gastos médicos y clínicos que
tenga el afectado-a y además por las indemnizaciones que pueda establecer el
perjudicado ante la autoridad competente.
 Los-as estudiantes que efectúen daños a la planta física y los bienes que estén
insertos en ella responderán por el valor de estos, o los restituirán con otros
elementos que requiera la planta física, además asumirán otras sanciones que
ello ocasione.
 Los-as estudiantes que ocasionen hurto a personas o bienes del colegio
restituirán el valor comercial de lo hurtado, además de las sanciones que ello
ocasione.
 La Institución Educativa no se hace responsable por el daño y pérdida de objetos
personales y máxime cuando son elementos prohibidos en el Centro.
 El uso de elementos que interfieran en la actividad académica y en eventos
institucionales no es permitido. Si incumple la norma, el elemento será
decomisado por el o la docente que esté presente y se devolverá al padre,
madre de familia o acudientes en los horarios de atención establecidos por el
Centro Educativo.
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7.4. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES
Según el artículo 40 del decreto 1965, las situaciones que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, se clasifican en tres tipos:
7.4.1 Situaciones Tipo 1. Corresponden a este tipo los conflictos
manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que
inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso
generan daños al cuerpo o a la salud.
En éste tipo de situaciones, aquellas más frecuentes que se presentan en la
Institución son:
1. Faltas de cortesía como chiflar, comer o jugar dentro del salón ó en las
actividades institucionales.
2. No prestar atención cuando un profesor-a, directivo-a, representante o
compañero-a se dirija al estudiantado o esté realizando algún tipo de
explicación y exposición, presentando actitudes y comportamientos que
alteren la situación.
3. Sostener cualquier tipo de vínculo para obtener algún beneficio a
través de las rejas o mallas de la institución.
4. Permanecer en la Institución después de la hora de salida sin
justificación o autorización.
5. Uso de celulares, ipod, mp3, mp4, y toda clase de reproductores de música
o video; parlantes, juegos electrónicos,o cualquier elemento tecnológico; en
clase o en eventos institucionales.
6. Dirigirse o referirse a otro-a con palabras inapropiadas y despectivas o
utilizando un lenguaje soez. I n c l u i d o e l l e n g u a j e c o r p o r a l o
g e s t u a l .
7. No entregar a tiempo las circulares o citaciones enviadas por la institución a
los padres, madres de familia o acudientes.
8. Faltarle el respeto a los símbolos patrios y del Centro Educativo.
9. Portar material pornográfico.
10. La realización de actividades relacionadas con el estudio, práctica y
experimentación de los fenómenos psíquicos o parapsicológicos, u otras
análogas.
11. Promover y participar en apuestas o juegos de azar dentro del Centro
Educativo.
12. Promover rifas, ventas, fiestas, reuniones; sin la debida autorización.
13. Realizar manifestaciones grotescas para celebrar eventos especiales de sus
compañeros y compañeras con harinas, talcos, huevos, líquidos, agua, etc.,
dentro o fuera de la Institución.
14. Portar elementos que alteren el clima escolar (accesorios que identifican
equipos deportivos, sectas satánicas y sub culturas urbanas).
7.4.2. Situaciones Tipo 2. Corresponden a este tipo las situaciones
relacionadas con la agresión escolar, el acoso escolar (bullying) y
ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la
comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes
características:
a. Qué se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapaci dad alguna
para cualquiera de las personas involucradas.
Dichas situaciones son:
1. Responder a los conflictos mediante cualquier tipo de agresión física y/o
verbal.
2. Amenazar o atentar contra la integridad física, psicológica o moral de
cualquiera de las personas pertenecientes a la comunidad educativa.
3. Participar en peleas o disputas dentro o fuera del Centro Educativo,
ocasionando lesiones físicas y/o psicológicas
4. Callar o hacerse cómplice de cualquier hecho que atente contra la
integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
5. Emplear el Internet como medio para amenazar o ir en contra de la
dignidad como persona de alguno de los integrantes del Centro
Educativo o de la comunidad en general (ciberbullyng).
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Manualdeconvivencia
7.4.3. Situaciones Tipo 3. Corresponden a este tipo las situaciones de
agresión escolar las que sean constitutivas de presuntos delitos
contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el
Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen
cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana
vigente.
1. Atentar contra la integridad física, psicológica o moral de cualquiera de las
personas pertenecientes a la comunidad educativa, más aun si es de forma
reiterada.
2. Apropiarse de las pertenencias ajenas.
3. Callar o hacerse cómplice de cualquier hecho que atente contra la
integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa.
4. Participar en peleas o disputas dentro o fuera del Centro Educativo,
ocasionando lesiones físicas y/o psicológicas.
5. Falsificar las firmas del acudiente, docentes, administrativas o integrantes
del equipo de dirección.
6. Alterar o sustraer documentos oficiales del movimiento Fe y Alegría o del
colegio.
7. Portar, comercializar o distribuir material pornográfico. Al igual que la
incitación hacia la prostitución o pornografía infantil
8. Portar armas de fuego dentro del Centro Educativo o fuera de éste.
9. Incurrir en actos vandálicos que atenten contra la personas o contra el
patrimonio institucional y/o daño a terceros.
10. Comercializar sustancias psicoactivas dentro del Centro Educativo o fuera
de éste (marihuana, popper, cacao sabanero, coca, alcohol o cualquier
sustancia que altere la conciencia) incluida la dosis personal.
11. Utilizar la fuerza para acceder a cualquier tipo de contacto sexual dentro o
fuera de la Institución.
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7.4.4. OTRAS SITUACIONES
En este apartado se incluyen las situaciones que no corresponden a las
tipificadas anteriormente, pero se constituyen en el no acato de los
deberes consignados en este manual.
7.4.4.1. OTRAS SITUACIONES DE CARÁCTER LEVE
1. Dejar de asistir a una o varias clases al día.
2. Faltar a clase en forma constante y sin ninguna justificación. La
justificación es aceptada por la Secretaria de Educación dentro de
los tres días siguientes a la ausencia.
3. Retirarse o no estar presente en el aula de clase sin la debida
autorización del profesor.
4. La llegada tarde a la iniciación de la jornada escolar, o a cualquiera
de las clases o actividades pedagógicas.
5. Incumplir con las actividades propuestas según la fecha señalada.
6. No portar adecuadamente el uniforme de la institución.
7. Utilizar accesorios que no hacen parte del uniforme, como maquillaje,
gorras, bufandas, chaquetas, busos, moñas de colores, manillas, collares,
o pañoletas, expansiones y piercing. Al igual que cualquier accesorio que
atente contra la salud o el bienestar.
8. Hacer uso inadecuado de los materiales e instalaciones del Centro
Educativo.
9. La venta de comestibles o de cualquier artículo.
10. Hacer caso omiso a los llamados de atención que recibe por parte de algún
miembro de la comunidad educativa y responder airadamente.
11. Correr, jugar con balón, botellas y objetos que sustituyan al balón en
cualquier espacio diferente a la cancha.
7.4.4.2. OTRAS SITUACIONES DE CARÁCTER GRAVE
1. Causar daño a los materiales e instalaciones del Centro Educativo.
2. Ausentarse del plantel en horas de estudio sin la debida autorización o
ingresar al plantel, aulas u otros espacios del colegio por lugares no
autorizados.
3. Intentar o hacer fraude en los procesos académicos conducentes a la
evaluación.
4. Manifestaciones de amor apasionadas o indecorosas tanto al interior del
colegio, como fuera de él.
5. Portar objetos corto punzantes, dentro o fuera del Centro Educativo.
6. Pertenecer o promover grupos que atenten contra el buen nombre y
funcionamiento de la institución o contra los valores promovidos por el
colegio.
7. Consumir y portar sustancias psicoactivas dentro del Centro Educativo o
fuera de éste (marihuana, popper, cacao sabanero, cocaína, alcohol o
cualquier sustancia que altere la conciencia), aun cuando sea la dosis
personal.
8. Portar y consumir cigarrillo dentro o en los alrededores de las
instalaciones del colegio.
9. Utilizar el nombre del colegio en cualquier medio de comunicación con
intención de denigrarlo.
10. Utilizar el nombre del colegio para generar situaciones que afectan el orden
público.
11. Sostener cualquier tipo de vínculo para obtener algún beneficio a
través de las rejas o mallas de la institución.
12. Utilizar el engaño para acceder a cualquier tipo de contacto sexual dentro o
fuera de la Institución.
13. Correr, jugar con balón, botellas y objetos que sustituyan al balón en cualquier
espacio diferente a las canchas y que generen daño al cuerpo.
7.4.4.3 SITUACIONES QUE AFECTAN EL APRENDIZAJE
1. No portar los elementos necesarios para el cumplimiento de las
labores escolares.
2. Incumplir con las actividades propuestas según la fecha señalada.
3. No prestar atención cuando un profesor-a, directivo-a,
representante o compañero-a se dirija al estudiantado o esté
realizando algún tipo de explicación y exposición.
7.5 RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
7.5.1. PROMOCIÓN
Fe y Alegría como movimiento ha mostrado interés en ir más allá de una
formación académica y competente; se ha interesado en formar a la persona
fomentando toda la riqueza y complejidad de sus múltiples dimensiones,
apuntando a que en un futuro sean personas encaminadas a construir junto
con los demás, una sociedad equitativa, justa y fraterna. 1
Fe y Alegría establece políticas para promover la sana convivencia mediante
la implementación del Programa De Orientación Escolar Cree-Siendo, el
programa de Capacidades y Competencias para la Vida y el Proyecto
Regional de Pastoral. De ésta manera la Orientación y la Pastoral en nuestros
centros impulsa una auténtica formación humana Integral que tiene en cuenta el
desarrollo de cada una de las dimensiones del ser humano a través de proyectos
transversales específicos liderados por estas instancias, los cuales se implementan con
estudiantes de grado Transición - Once por parte del colectivo docente.
1
Fe y Alegría. Propuesta de orientación escolar: Cree-siendo”. Bogotá. 2008
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Manualdeconvivencia
1. •
Los proyectos transversales específicos son:
 Proyecto de Dirección de curso: El objetivo de este proyecto es favorecer el
proceso socio afectivo individual y grupal del estudiantado, contribuyendo a su
desarrollo integral. El proyecto cuenta con un espacio curricularmente
determinado que es el que corresponde a la dirección de curso como instancia
organizativa, mediante la implementación de talleres formativos y espacios de
asambleas de curso con la metodología de revisión de vida como insumo para
formar a los estudiantes en la democracia participativa.
 CARA Construyendo amor en la responsabilidad y la alegría (Proyecto pedagógico
para la sexualidad): El objetivo de este proyecto es promover en estudiantes y
docentes un conocimiento profundo de sí mismos, en todas sus dimensiones, de
tal manera que contribuya a potenciar sus amor propio, su auto concepto y en
general su desarrollo integral; estableciendo de ésta manera relaciones de
respeto y amor con las demás personas. Se desarrolla mediante una ruta
metodológica a partir de la etapa desarrollo del niño, niña y adolescente
implementado dos jornadas de formación al año en las que participa la
comunidad educativa.
 HORIZONTES (Orientación profesional): El objetivo del proyecto es favorecer un
proceso de reflexión personal, académico y socio laboral que permita a los
estudiantes de Fe y Alegría diseñar y asumir un proyecto de formación profesional
u ocupacional, se desarrolla mediante la implementación de talleres sobre este
componente con estudiantes de Noveno, Décimo y Undécimo, estos encuentros
son liderados y acompañados por la persona responsable de la orientación
escolar.
 CAI (Acompañamiento individual y grupal): El objetivo de este proyecto es
atender los casos remitidos a Orientación Escolar que presentan dificultades socio
afectivas y pedagógicas que permitan al equipo docente y familias la
implementación de estrategias para el manejo de la situación que se presente. La
atención grupal, se realiza cuando grupos o cursos de estudiantes presentan
dificultades en el ámbito socio afectivo o pedagógico.
 FOR-FAM (Formación a familias). El objetivo de este proyecto es proporcionar a
las familias y/o cuidadores herramientas que les permitan comprender las
dinámicas personales y familiares para que así puedan crear alternativas ante las
situaciones propias de los niños, niñas y adolescentes, mejoren su calidad de vida
y favorezcan el desarrollo integral del estudiantado. Se desarrolla mediante
talleres de formación, se ha previsto realizar la menos dos por año para la
totalidad de las familias.
 CCPV (Competencias y capacidades para la vida). El objetivo es promover la
formación de hombres y mujeres nuevos, conscientes de sus potencialidades y de
la realidad los-as rodea, abiertos a la trascendencia, agentes de cambio y
protagonistas de su propio desarrollo desde las competencias psicosociales,
competencias ciudadanas y competencias socio laborales. Se desarrolla mediante
una ruta metodológica de tres módulos anuales para los grados transición a grado
once. Dicha formación es facilitada por el colectivo docente quienes se forman
para ello y liderado por los-as Orientadores-as de cada centro.
 PASTORAL EDUCATIVA: Espacio de formación en el cual niños, niñas y
adolescentes se reconocen como una persona humana, que hace parte de una
cultura, que vive en comunidad y comprende que tiene una fuerza
Psicoafectivaespiritual, apoyada por sus dimensiones, intelectual y relacional
(social y comunicativa)que aportan a su desarrollo integral como ser humano
capaz de construir una convivencia sana. Se desarrolla mediante una propuesta
curricularizada desde grado Transición hasta once, en jornadas quincenales de
tres horas que son facilitadas por los-as docentes de Pastoral.
 PASTORAL LITURGICA: Esta propuesta busca que los niños, niñas y adolescentes
se reconozcan como una persona espiritual, trascendente y reflexiva, que siente
la necesidad de SER con otros, en fraternidad y hermandad, celebrando su vida
en común unión. Se desarrolla mediante celebraciones litúrgicas y vivencias de
reflexión y compromiso de vida.
 PASTORAL SOCIAL: Con la implementación de esta propuesta se pretende que
los niños, niñas y adolescentes se reconozcan como personas sociables, que se
proyectan desde la solidaridad, el amor y el servicio, buscando una
transformación social en su comunidad. Se desarrolla mediante actividades de
promoción de la solidaridad como el “pan compartido”, “apoyo a útiles de
estudio” y “jornadas de sensibilización”.
 PASTORAL JUVENIL: Busca que los niños, niñas y adolescentes se reconozcan
como personas en crecimiento y desarrollo integral; que comparten y conviven
con sus semejantes. Experiencia que les lleva a su autoconocimento, dándole
herramientas para fortalecer su carácter y tener una convivencia adecuada en
comunidad. Se desarrolla mediante convivencias, encuentros con cristo, retiros
espirituales, grupos infantiles y juveniles.
7.5.2. PREVENCIÓN
Acciones de prevención
 Identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más
comunes que afectan o podrían afectar la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Además
de los enunciados en el numeral 7.2 Situaciones que afectan la convivencia
escolar y la formación para los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, se estima
como riesgo: Violencia intrafamiliar (maltrato infantil físico,
psicológico y negligencia; y abuso sexual)
 Fortalecimiento de las acciones que contribuyen a la mitigación de
las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de
los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Fe y Alegría
desarrolla iniciativas de formación de la comunidad educ ativa a
través del proyecto de acompañamiento individual y grupal “CAI”.
Protocolo para la atención de situaciones que afectan el aprendizaje.
1. Identificación de la dificultad presentada por el o la estudiante
a nivel académico, por parte del o la docente de área.
2. Citación por parte del o la docente que identifica la situación
al padre, madre o acudiente, para indagar sobre las causas de
la dificultad.
3. En caso de no superar la dificultad, el estudiante será remitido
a Coordinación pedagógica y si se requiere a Orientación
Escolar, para establecer el trabajo interdisciplinario que se
necesite implementar.
Protocolo de intervención para situaciones de inasistencia y deserción escolar.
Atendiendo la Resolución 1740 del 15 de Julio 2009, por la cual se establecen las medidas
para garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo de los niños, niñas y
adolescentes en los centros de Fe y Alegría, se manejará el siguiente protocolo:
1. El docente director-a de grupo verificará la asistencia al iniciar la jornada
escolar.
2. En caso de inasistencia, la secretaria-o, trabajo social (o estudiante en
formación de trabajo social) consultará por vía telefónica con las familias, las
causas de la ausencia.
3. De continuar con la inasistencia al centro educativo, la trabajadora social o una
persona del equipo de dirección, citará al padre, madre o acudiente, para
indagar el por qué del ausentismo y establecerán compromisos y acuerdos de
asistencia.
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4. En el caso en el que el padre, madre o acudiente no se presente al colegio o
incumpla con los acuerdos establecidos, se procederá a realizar visita
domiciliaria.
5. De no lograr la inserción del o la estudiante, se remitirá a las entidades
competentes, como lo determina la resolución 1740, frente al incumplimiento
de compromisos; siendo este el último paso para garantizar la permanencia en
el sistema educativo.
6. Para los y las estudiantes que se retiran por cambio de localidad o ciudad, se
exige a sus acudientes certificar por escrito, donde serán matriculados.
7.5.3. ATENCIÓN
En este aspecto, los colegios de Fe y Alegría activan e implementan los
protocolos internos en caso de ocurrir situaciones que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos. Se desarrollan acciones propias y con otras entidades que
asisten a la comunidad educativa frente a situaciones que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, mediante la implementación de proyectos como: Centros de
Atención Integral (CAI), Trabajo Social y vínculos interinstitucionales con
hospitales de las localidades, Secretarias de Integración Social de las
localidades, ICBF, Comisarías de familia, Profesionales en formación de
Psicología de la Universidad Javeriana y Profesionales en formación de
Trabajo social de la Fundación Universitaria Monserrate.
7.5.4. SEGUIMIENTO
Seguimiento al componente de Promoción: El Sistema de Mejora de la
Calidad de Fe y Alegría tiene dentro de sus condiciones el seguimiento y
acompañamiento que se lleva a cabo desde la instancia de la Oficina
Regional hacia el Equipo Directivo y desde la instancia del Equipo Directivo
de los colegios (Orientador-a y Coordinador-a de Pastoral) hacia el colectivo
docente.
Seguimiento al componente de Prevención: Desde el proyecto de atención
individual y grupal el cual es responsabilidad de Orientación Escolar, se
lleva registro de cada encuentro con familias, estudiantes y docentes; a
través de estas actas se hace seguimiento a los procesos requeridos.
Cada uno de los protocolos tiene consignado el seguimiento en cada una de
las instancias.
Seguimiento al componente de Atención: En caso de ocurrir situaciones que
afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos se activa el protocolo respectivo y el seguimiento
se encuentra detallado en la instancia correspondiente. En el caso de
realizar encuentros y atención desde instancias externas, se realiza registro
en acta quedando constancia del proceso desarrollado.
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Manualdeconvivencia2013
51
Capítulo ocho:
Sistema de evaluación de los aprendizajes
8.1 SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES FE Y ALEGRíA
El sistema de evaluación se rige de acuerdo con la normatividad del De-
creto 1290 de 2010 y la Ley General de Educación.
Fe y Alegría al definirse como Movimiento de Educación Popular implica para
nuestros Centros Educativos una revisión permanente de la realidad de sus educandos
y adecuar sus prácticas a las exigencias tanto de ellos y ellas como de la socie-
dad en general.
Este apartado pretende explicar la manera como Fe y Alegría entiende la eva-
luación enmarcada dentro de la educación popular; busca averiguar qué sabe
realmente el educando a través de estrategias distintas a las tradicionales, prue-
bas o exámenes y busca centrarla en el proceso pero sin descuidar los resulta-
dos.
8
Fe y Alegría asume la defnición que propone Santos Guerra sobre evaluación
como “un proceso de diálogo, comprensión y mejora”. De diálogo entendida
como discusión y refexión compartida de todos los que están implicados en los
procesos de evaluación. La evaluación como comprensión pretende alcanzar un
nivel de conocimiento sobre el funcionamiento del sistema de evaluación en su
contexto, su coherencia, las intenciones educativas que lo han puesto en marcha
y sobre los efectos que está generando. Y la evaluación como mejora no sólo de
los resultados, sino de la coherencia y de la justicia de las prácticas educativas.
“Si la evaluación educativa es una refexión sistemática sobre la acción docente/
discente y organizativo/funcional tiene que ser la base de las innovaciones que s e
introduzcan”.
La evaluación tiene como propósito aumentar la posibilidad de que todos los
educandos aprendan; busca asociar conocimiento previo a los nuevos aprendiza-
jes, recogiendo y analizando evidencias del proceso, utilizando la retroalimenta-
ción para ver el progreso y orientar los errores que, también, son aprovechados
como una oportunidad en el aprendizaje.
Evaluar consiste en emitir juicios de valor y tomar decisiones; requiere obje-
tividad y sistematización, lo que exige algunas escalas o criterios que sirvan
de referencia. La evaluación es un proceso investigador por el que se obtienen
explicaciones sobre el funcionamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje,
con el fn de introducir consecuentemente los cambios oportunos para mejo-
rarlo.
La evaluación le permite al docente procesar la evidencia necesaria acerca del
aprendizaje de los educandos y de la enseñanza misma. Le exige tener un co-
nocimiento inicial de las capacidades de sus educandos lo más exacto posible al
estar apoyado en instrumentos de diagnóstico; asigna califcaciones de forma
52
2014
3
Manualdeconvivencia
objetiva a través de diferentes actividades de evaluación; le permite conocer los
procesos individuales de aprendizaje para reformular logros y estrategias.
La evaluación, además, hace posible la acción educadora porque permite el se-
guimiento de los procesos de enseñanza-aprendizaje ajustando los caminos a
recorrer en función de los objetivos previstos.
8.2 EVALUACIÓN
Se entiende por evaluación el conjunto de juicios sobre el avance de la adquisi-
ción de los conocimientos y el desarrollo de las capacidades de los estudiantes
atribuible al proceso pedagógico.
¿QUÉ SE EVALÚA?
El estado de desarrollo formativo y cognitivo del estudiante con
relación a los indicadores de los logros propuestos en el SIEE.
¿CÓMO SE EVALÚA?
Mediante actividades verbales y escritas en donde se potencie y se desarro-
lle las competencias interpretativa, argumentativa y propositiva.
Por apreciaciones cualitativas de los procesos utilizando las diferentes for-
mas de evaluación (autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación).
Durante todo el año los-as estudiantes que no alcancen los niveles de logro espe
rados en cada área se le asignará actividades complementarias para tal fin.
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Manualdeconvivencia
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Manual de convivencia

  • 1. Manual de convivencia 2014 PEI “Niños, niñas y jóvenes con formación de vida integral desde los cimientos de la educación de calidad para construir un tejido social”
  • 2. Manualdeconvivencia201310 Capítulo uno: Filosofía del Movimiento de Fe y Alegría. 1.1 MISIÓN: Fe y Alegría es un Movimiento Internacional de Educación Popular Integral y Promoción Social, basado en los valores de justicia, libertad, participación, fraternidad, respeto a la diversidad y solidaridad, dirigido a la población empo- brecida y excluida, para contribuir a la transformación de las sociedades. 1.2 VISIÓN: Un mundo donde todas las personas tengan la posibilidad de educarse, desarrollar plenamente sus capacidades y vivir con dignidad, construyendo una sociedad en las que todas las estructuras estén al servicio del ser humano y la transforma- ción de las situaciones que generan la inequidad, la pobreza y la exclusión. Principios y valores. Misión y visión 1
  • 3. Manualdeconvivencia 1.3 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES: Los principios y valores representan el motor del proceso educativo en el Centro; ellos están permeados desde nuestra concepción de educación popular. Estos principios y valores son justicia, libertad, participación, fraternidad, respeto a la diversidad y solidaridad fundamentados en cuatro opciones esenciales para la construcción de una democracia integral, cimentada sobre la vivencia de los derechos y el cumplimiento responsable de los deberes y obliga- ciones; estas opciones son: • Opción Ética: Se centra en la voluntad de trabajo individual y colectivo conscientemente asumida, lo que implica una doble construcción: en pri- mer lugar, al interior del ser humano como educador popular y gestor de una nueva propuesta de vida, y sujeto en permanente construcción; y en segundo lugar, una acción transformadora del contexto. • Opción Política: Asumida coherentemente desde la concepción de la cons- trucción de lo público como bien común y el fortalecimiento de la equidad. Desde esta opción los individuos tienen la garantía de aportar desde sus diferencias a la construcción de una escuela y sociedad democráticas y par- ticipativas. • Opción Pedagógica: Optamos por una pedagogía y una metodología para la transformación y no para la adaptación, que parte del saber y la cultura de los educandos y se orienta a la conversión del sujeto para convertirlo en prota- gonista de su propio desarrollo. Esta opción pedagógica permite a los su- jetos descubrirse a sí mismos y tomar conciencia del mundo que les rodea. • Opción Espiritual: Fundamentada en la globalización de la solidaridad y la capacidad de relacionarse de manera creativa con quien más lo necesita. 2014
  • 4. Manualdeconvivencia201312 Propósito del manual de convivencia Capítulo dos: Definición de los acuerdos de convivencia El manual de convivencia es un componente del PEI que contiene el conjunto de principios, acuerdos, procedimientos, ruta de atención integral, protocolos y demás aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de los miembros de una institución educativa, dando así cumplimiento a la norma presentada en el Código del Menor, La Ley General de Educación, Ley 1620 y sus decretos reglamentarios. En los Centros Educativos de Fe y Alegría, el proceso de convivencia y construcción de ciudadanía está contenido en el sistema de Mejora de la Calidad de Fe y Alegría abarcando los aspectos de convivencia y formas de participación internas de los Centros Educativos. Se ocupa del desarrollo de las relaciones de amor y cuidado, pasa por la formación del pensamiento crítico y el empoderamiento de sus distintos miembros y llega hasta la interrelación e impacto que sostienen con lo público, ya sea comunidad o en un plano político más amplio, en este marco se da cumplimiento a los componentes y protocolos señalados por la ley 1620. 2
  • 5. Manualdeconvivencia2013 13 Capítulo tres: Referentes legales Todas las disposiciones emanadas de este Manual de Convivencia tienen su funda- mento legal y jurídico en las siguientes normas: • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Este Manual atiende lo dispuesto en la carta constitucional, respecto a la vida en comunidad en las instituciones educativas. • LEY 115 - GENERAL DE EDUCACIÓN: Que establece los fines y los objetivos de la educación colombiana y ordena en su artículo 87 la estructuración de un Manual de Convivencia. 3
  • 6. • LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (1098 de 2006): Que establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, niñas y ado- lescentes. (Art. 45 decreto 1860 Art. 14,17, 28).  LEY 1620 del 15 de Marzo de 2013: “Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar”.  LEY 1581 de 2012: Por la cual se reglamenta la protección de datos personales.  LEY 1453 DE JUNIO 2011 ARTICULO 44: Que establece las sanciones para quienes inciten, dirijan, constriñan o proporcionen los medios para la obstrucción de las vías públicas. • DECRETO 1108 DE 1994: Que en su capítulo 3 prohíbe en todos los estable- cimientos educativos del país, independientemente de su naturaleza estatal o privada, el porte, consumo y/o tráfico de estupefacientes y de sustancias psicoactivas.  DECRETO 1860 DE 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 del 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.  DECRETO 1286 DE ABRIL DE 2005: Establece normas acerca de la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados. • DECRETO 1290 DE ABRIL 2009: Sistema general por el cual se reglamenta el proceso de evaluación y promoción de los y las estudiantes en los Establecimientos Educativos. • DECRETO 289 DEL 10 DE JULIO DE 2009: Tiene como objeto establecer criterios administrativos para garantizar el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo de los niños, las niñas y los y las adolescentes de Bogotá, con la participación de la familia, la sociedad, y de las instituciones educativas. 2014Manualdeconvivencia
  • 7.  DECRETO 120 DE 2010: Prohibición de consumo de alcohol para menores de edad.  DECRETO 1965 del 11 de septiembre del 2013: Por el cual se reglamenta la ley 1620 del 2013.  DECRETO 1377 DE 2013: Reglamentaria de la ley 1581 de 2012. • RESOLUCIÓN 1740 DEL 15 DE JULIO DE 2009: mediante la cual se estable- cen las medidas y procedimientos para el acceso y permanencia en el sistema educativo y se defnieron las acciones que deberán ser realizadas de forma coordinada y conjunta por el nivel central de la SED, las direcciones locales de educación y las instituciones educativas.  RESOLUCION 961 ABRIL 22 DE 2009: En donde se establecen los deberes y derecho de los padres y madres de familia, acudientes y benefciarios del proyecto educativo.  RESOLUCIÓN 4210 DE 1996: Describe como desarrollan el servicio social los y las estudiantes en la Institución. SENTENCIAS Y FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE ASPECTOS RELACIONADOS CON EDUCACIÓN: CC 519 DE 1992: Establece que aunque la educación es un derecho fundamental y el o la estudiante debe tener la posibilidad de perma- necer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, no debe colegirse que el Centro Educativo este obligado a mantener indefinida- mente entre sus discípulos, a quien de manera constante y reiterada, des- conoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el o la estudiante establece con la institución donde se forma; representa un abuso del derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide a la institución alcanzar los fines que le son propios.
  • 8. • SENTENCIA CC 492 DE 1992: Que afirma con respecto a la educación, que “es un derecho-deber”, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende con sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas. • FALLO 439 DEL 2 DE OCTUBRE DE 1994: Los Centros Educativos no están obligados a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias. Señala que el deber de las y los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres. Destaca a la vez que los y las estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios así como los horarios de entrada y salida de clase, descansos, salidas pedagógicas, y las diferentes actividades realizadas en la Institución; igualmente el o la estudiante deberá conservar el debido comportamiento y respeto por sus profesores(as) y compañeros(as). Este fallo de la corte, permite la exclusión de la Institución por bajo rendimiento y por mala disciplina bajo el cumplimiento de dos condiciones: que dicha san- ción esté contemplada en el Manual de Convivencia y que se lleve el debido proceso. No se vulnera el Derecho a la Educación por expulsión debido al mal rendimiento o faltas de disciplina. El derecho a la educación lo vulnera él o la estudiante que no estudia. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la Institución. Parágrafo: A este marco legal se anexan todas las disposiciones expedidas por autoridad competente y que tengan que ver con el sistema educativo. SENTENCIA T- 341 DE 2003: Las conductas susceptibles de sanción deben estar tipificadas en el respectivo Manual de Convivencia, así como los procesos formativos y los actos disuasivos. 2014Manualdeconvivencia 2014Manualdeconvivencia
  • 9. SENTENCIA T - 037 de 1995: “La disciplina que es indispensable en toda la organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación”. SENTENCIA T - 569 DE 1994: “La Educación como derecho fundamental conlleva deberes de los y las estudiantes, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo al que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que corresponda, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante”
  • 10. Manualdeconvivencia2013 17 Capítulo cuatro: Comunidad Educativa Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de Educación la comunidad Educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades sobre el Proyecto Educativo Institucional que se implementa en un determinado establecimiento o Institución Educativa. La Comunidad Educativa la componen los siguientes estamentos: Estudiantes que se han matriculado. Padres, madres, acudientes o en su defecto los responsables de la educación de de los estudiantes matriculados. Docentes vinculados que laboren en la Institución. Directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. Egresados(as) organizados(as) para participar. • • • • • 4
  • 11. 4.1 PERFIL DE LOS Y LAS ESTUDIANTES En Fe y Alegría se busca formar hombre y mujeres:  Abiertos(as) a la fe y al compromiso con la justicia, la paz y la vida.  Críticos(as), autocríticos(as), creativos(as), conscientes, responsables y honestos(as) frente a su proceso formativo y su crecimiento integral.  Capaz de decidir y actuar frente a los retos que se le presenten en su comunidad generando cambios positivos.  Con un alto nivel de autoestima, con deseos de superación, espíritu emprendedor y con capacidad de decisión.  Poseedor(a) de un espíritu investigativo que le permita descubrir y construir su propio conocimiento.  Gestor(a) de proyectos comunitarios que promuevan la transformación social.  Capacitado(a) en la búsqueda y aplicación de estrategias de mediación y conciliación de confictos basados en principios éticos.  Con consciencia del cuidado y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente como alternativa para el mejoramiento de la calidad de vida.  Respetuoso(a) de todas las personas de la Comunidad Educativa sin importar su ocupación dentro de la institución.  Abierto(a) al aprendizaje y uso responsable de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.  Motivado(a) frente al desarrollo de competencias laborales que le permitan la inserción en el mundo del trabajo. 4.2 PERFIL DEL PADRE, MADRE O ACUDIENTE  Persona consciente y responsable que apoya activamente el proceso educativo de sus hijos e hijas.  Persona que genera espacios para el diálogo y la sana convivencia de los y las estudiantes, los y las docentes y demás familiares pertenecientes a la institución educativa.  Persona que respeta los derechos, valores, identidad y la libre expresión de sus hijos e hijas.  Persona crítica y propositiva con sentido de pertenencia hacia la Institución refejado en el respeto, el diálogo y la defensa del Centro Educativo. 2014Manualdeconvivencia
  • 12.  Persona que asume el estilo educativo de Fe y Alegría con la responsabilidad de continuarlo en el hogar.  Persona comprometida, cumplida y atenta frente a los canales de comunicación que se establecen con la institución y que son necesarios para la formación, el desarrollo y el seguimiento de los procesos que se llevan a cabo con sus hijos e hijas. 4.3 PERFIL DE LOS Y LAS DOCENTES  Personas comprometidas con la Filosofía del Movimiento Fe y Alegría, que busca formar estudiantes autónomos, capaces de propiciar cambios signifcativos en su vida y en su entorno.  Personas dinamizadoras del Proyecto Educativo Institucional.  Personas que promueven estrategias hacia el aprendizaje signifcativo y la sana convivencia.  Personas constructoras de conocimiento permanente alrededor de su labor pedagógica.  Preocupadas por el desarrollo integral de los y las estudiantes.  Asertivas en el manejo de la comunicación la resolución de conflictos y la resolución de conflictos con la comunidad educativa. 4.4 PERFIL DEL DIRECTOR - DIRECTORA DE GRUPO  Seres humanos con un proyecto de vida claro fundamentado en la misión de Fe y Alegría, con la intención de transformar la sociedad en una más justa y con oportunidades.  Responsables al asumir compromisos y riesgos que implica la tarea.  Maduros, con la capacidad de asimilar ideas, querer y decidir según los intereses del grupo, de manera justa y democrática.  Con capacidad de liderazgo, aceptación y transformación. 2014Manualdeconvivencia
  • 13. Manualdeconvivencia201420 4.5 PERFIL DEL DIRECTIVO O DIRECTIVA DOCENTE  Persona integral con verdadero liderazgo, solidaridad, tolerancia e imparcialidad, que respeta la individualidad y facilita el crecimiento personal y grupal.  Abierto(a) al cambio, a la negociación y al diálogo con el fin de crear un ambiente propicio para el desarrollo armónico de las diferentes actividades institucionales.  Responsable, coherente, firme y consciente frente al desempeño de su acción educativa.  Crítico(a) y refexivo(a) frente a la realidad.  Comprometido(a) en la construcción de una nueva sociedad. 4.6 PERFIL DEL EGRESADO Y EGRESADA Esperamos que sean agentes de cambio y dinamizadores(as) de acciones de incidencia social, sensibles a las necesidades de su entorno, con sentido crítico y de superación, con alto nivel de autoestima, espíritu emprendedor y capacidad de decisión, personas con altas cualidades personales, laborales y profesionales que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico de su entorno.
  • 14. Capítulo cinco: Derechos y Deberes de los y las integrantes de la Comunidad Educativa 5.1. DERECHOS 5.1.1 DERECHOS DE LOS Y LAS ESTUDIANTES  Ser tratados(as) con respeto y justicia sin ningún tipo de discriminación de raza, credo, ideología y sexo.  A tener una identidad personal, a la honra y al libre desarrollo de su personalidad, siempre y cuando no atente contra la ley y las buenas costumbres.  Participar del proceso de aprendizaje y del desarrollo de programas que favorezcan su formación integral.  Ser escuchados(as), orientados(as) y asistidos(as) por quienes tienen la responsabilidad y competencia directa de hacerlo.  Presentar solicitudes, siguiendo el conducto regular y a obtener respuesta oportuna.  Tener acceso a los recursos institucionales, previo cumplimiento de los re- quisitos establecidos para tal fin. 5
  • 15. Manualdeconvivencia Exigir el cumplimiento del cronograma institucional. Recibir por parte del equipo docente el informe del proceso y resultados académicos y convivenciales. Solicitar revisión de resultados de evaluaciones, cuando considere que no ha sido evaluado(a) objetivamente, teniendo en cuenta el protocolo para tal fin. Recibir planes de mejora y actividades complementarias por parte del equipo docente. Representar al Centro Educativo en todo tipo de eventos, cumpliendo las bases reglamentarias establecidas. Participar en la construcción y divulgación del PEI y del Manual de Conviven- cia. Ser estimulado(a) para desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y habilidades individuales. Al descanso, al esparcimiento, al juego, al deporte y la participación en las actividades culturales y deportivas planeadas por la institución, dentro de las normas de sana convivencia y respeto. A los debidos procesos señalados en la ruta de atención integral y sus protocolos establecidos en este Manual. A los procesos de mediación que ofrece la institución según el caso. Tener espacios de socialización y recreación como convivencias y celebra- ciones que fortalezcan la convivencia sana y el desarrollo de los valores humanos. Participar activa y democráticamente en el proceso educativo a través de opiniones y desempeños de funciones al servicio o benefcio de la comunidad educativa por medio del consejo estudiantil, mesas de conciliación y otros organismos de participación. Elegir y ser elegidos(as) para ocupar cargos del gobierno escolar y participar en todas las actividades programadas y organizadas por el Centro Educativo. 2014 • • • • • • • • • • • • •
  • 16. 5.1.2 DERECHOS DE LOS PADRES Y MADES Lo indicado en la resolución 961 de 2009, capítulo 3, artículo 8 en cuanto a:  Recibir en igualdad de condiciones el derecho a la educación de sus hijos e hijas, así como el acceso a los espacios pedagógicos, lúdicos y recreativos y a participar en las diferentes actividades del Centro Educativo. Ser atendidos en los horarios establecidos para tal fn.  Ser escuchados en sus reclamos siempre y cuando se realicen dentro de las normas de la cultura y el respeto siguiendo el conducto regular.  Recibir información veraz, sobre el rendimiento académico y convivencial de sus hijos e hijas, de los métodos de enseñanza que se aplican en el centro educativo y de las actividades extraescolares.  Aclarar dudas, presentar inquietudes y hacer sugerencias que consideren per- tinentes sobre los procesos que se abordan dentro del Centro Educativo.  Benefciarse de los servicios de orientación ofrecidos por el Centro Educativo.  Ser valorados y respetados, sin ningún tipo de discriminación.  Elegir y ser elegidos para formar parte del gobierno escolar.  Ser convocados y participar en las actividades programadas para padres y madres de familia.  Participar en la elaboración y evaluación del PEI, Plan de Mejora y Manual de Convivencia.  Representar a su hijo, hijas o acudido-a en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente, especialmente en situaciones graves. 5.1.3 DERECHOS DEL EQUIPO DOCENTE Y DIRECTIVAS  Recibir un trato respetuoso y amable por parte de todas las personas integrantes de la Comunidad Educativa.  Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar de manera verbal, virtual, en cartelera o por escrito.  Ser escuchados(as) al expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente y redunde en el mejoramiento de la Comunidad Educativa. 2014Manualdeconvivencia
  • 17.  Recibir información y asesoría individual y grupal para superar las difcul- tades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.  Ser informados(as) sobre el desempeño laboral de manera individual en forma oportuna destacando sus fortalezas y aspectos por mejorar.  Recibir una capacitación permanente y de calidad acorde a la Filosofía de Fe y Alegría.  Obtener las licencias y permisos a las que tiene derecho todo empleado según el código sustantivo de trabajo.  Ser atendidos(as) oportunamente por directivos y personal administrativo, teniendo en cuenta el conducto regular.  Ser estimulados(as) a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y habilidades individuales empleándolas al servicio de la Comunidad Educativa.  Elegir y ser elegidos(as) para conformar las diferentes instancias institucionales.  Presentar solicitudes respetuosas, siguiendo el conducto regular y a obtener respuesta oportuna.  Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los re- quisitos establecidos para tal fin.  Representar al Centro Educativo en todo tipo de eventos cumpliendo las bases reglamentarias establecidas.  Ser evaluados(as) de manera objetiva de acuerdo con las exigencias del Centro Educativo y recibir la respectiva retroalimentación.  Recibir reconocimiento público cuando su permanencia y fidelidad al Centro Educativo haya sido acorde con los Principios y Filosofía de la misma.  Disponer espacios para planear, evaluar, proyectar su trabajo y compartir experiencias pedagógicas. Manualdeconvivencia 2014 •
  • 18. 5.2 DEBERES 5.2.1 DEBERES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES  Identifcarse como estudiante del Centro Educativo, respetarlo y dar un trato cortés a todas las personas que integran la Comunidad Educativa, teniendo en cuenta las normas establecidas en este Manual de Convivencia.  Preservar, cuidar y mantener en buen estado el Centro Educativo, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general, e invitar a las demás personas integrantes de la Comunidad Educativa a que actúen en tal sentido.  Mantener un buen rendimiento académico.  Cumplir con las responsabilidades asignadas en las fechas establecidas.  Acatar la Constitución Política y las Leyes de Colombia, las disposiciones previstas en este Manual de Convivencia, las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del Centro Educativo.  Usar y portar adecuadamente, con respeto, responsabilidad y aseo el uniforme del Centro Educativo sin ningún tipo de accesorios y sin maquillaje.  Abstenerse de consumir alimentos en horas de clase.  Asumir llamados de atención.  Respetar y valorar los diferentes espacios colaborando con el aseo de los salones y del Centro Educativo.  Cuidar y respetar las pertenencias de las demás personas, y si llegase a ocasionar algún daño repararlo y/o pagarlo.  Rechazar cualquier comportamiento que denigre la condición humana como la formación de pandillas, barristas, sectas satánicas, drogadicción, alcoholismo, divulgación pornográfica. 2014Manualdeconvivencia
  • 19.  Mantener la identidad institucional respetando los símbolos patrios y los del Centro Educativo.  Conocer, hacer uso y asumir los protocolos y rutas establecidas en este Manual.  Solicitar o presentar oportunamente los permisos, las excusas por inasistencia, retardos y porte del uniforme, por escrito con la debida firma del acudiente, cédula y teléfono a una persona del equipo de dirección. T o d a i n a s i s t e n c i a d e b e e s t a r d e b i d a m e n t e s o p o r t a d a .  Traer los materiales y útiles escolares necesarios para el proceso de formación al Centro Educativo,.  Manejar los confictos de manera pacífica.  Abstenerse de portar elementos que puedan generar distracción en las clases como grabadoras, MP3, MP5, IPOD, celulares, cámaras, joyas, juguetes, entre otros. P a r á g r a f o : El Centro Educativo no se hace responsable por hurto o pérdi- da de los elementos descritos anteriormente.  Cumplir con el horario establecido de llegada y de salida del Centro Educativo y el de cambio de clases.  Llevar y entregar a padres, madres y acudientes oportunamente las citaciones e información que se envíen desde el Centro Educativo.  No consumir, distribuir ni vender sustancias adictivas (cigarrillo, alcohol, drogas, etc.), dentro, ni fuera del Centro Educativo.  Comportarse adecuadamente dentro y fuera del Centro Educativo.  Representar dignamente al Centro Educativo en cualquier evento para el que haya sido elegido-a.  Llevar a la práctica los Objetivos y Filosofía del Centro Educativo descritos en el PEI y en el Manual de Convivencia.  Cuidar el entorno del Centro Educativo haciendo buen uso de las instalaciones y sus recursos.  Hacer uso de la tecnología, sin emplearla para atentar contra la propia dignidad n i l a de algún otro miembro de la Comunidad Educativa, o para provocar agresiones verbales o psicológicas.
  • 20.  Evitar en el Centro Educativo expresiones afectivas excesivas (abrazos, besos, caricias) que vayan en contra de los principios y valores expresados en este Manual.  Si es elegido-a como personero-a estudiantil o representante de curso, informar a la Comunidad Educativa, las decisiones que se adoptan en las reuniones de Consejo Estudiantil o de cualquier instancia de participación.  Permanecer en el aula de clase y en los espacios formativos durante la jornada escolar y cuando se le requiera (salidas pedagógicas).  Los demás deberes que para los y las estudiantes determine el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaria de Educación, la Ley de Infancia y Adolescencia, o cualquier otra autoridad o legislación competente.
  • 21. 5.2.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES: La familia, como parte de la Comunidad Educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar (Ley 1620 del 2013), además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:  Proveer a sus hijos-as espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado, protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.  Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los Derechos Humanos, los derechos sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.  Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos-as en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.  Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.  Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos-as, para el desarrollo de capacidades y competencias ciudadanas.  Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y responder cuando su hijo-a incumpla alguna de las normas allí estipuladas.
  • 22.  Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, de vulneración de derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia del Centro.  Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere la ley (1620), para restituir los derechos de sus hijos-as, cuando estos sean vulnerados.  Matricular al o la estudiante en las fechas indicadas por la ley en el Centro Educativo.  Asumir el costo de uniformes y útiles escolares básicos del o la estudiante.  Garantizar la permanencia y continuidad de los y las estudiantes en el Sistema Educativo Oficial, enviando puntualmente a los y las estudiantes al Centro Educativo evitando el ausentismo.  Informar oportunamente al Centro Educativo en caso de enfermedad o cualquier otro impedimento para la asistencia a clases, en un lapso de tres (3) días calendario, anexar la excusa médica o aquellas que se requieran para justifcar la ausencia del niño, niña o joven.  Firmar la aceptación de este Manual y cumplir a cabalidad el Manual de Convivencia del Centro Educativo.  Acudir a las reuniones de padres, madres de familia y asistir a todas las citaciones que programe el Centro Educativo, en bien de la educación de los y las estudiantes beneficiarios del Proyecto Educativo Institucional.  Informar al Centro Educativo cualquier cambio en la información de los y las estudiantes, en especial en lo referente al número de identifcación, nombres, apellidos, dirección y teléfono.  Permitir la asistencia de los y las estudiantes a las diversas actividades programadas para la formación integral de los mismos.  Acompañar y orientar las tareas y trabajos asignados por los docentes, estableciendo comunicación permanente con ellos y ellas, sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
  • 23.  Buscar las asesorías y respuestas necesarias para ayudar efectivamente sus hijos e hijas cuando surgen dificultades en los procesos de aprendizaje.  Acatar las recomendaciones, sugerencias y remisiones dadas por el Centro Educativo para ayudar a los y las estudiantes a superar posibles dificultades en sus procesos. PARÁGRAFO: La inasistencia persistente a las convocatorias de padres y madres, sin la correspondiente excusa, se considerará como abandono, como reza el Artículo 20, numeral 1 de la Ley 1098 de infancia y adolescencia, además que constituye un incumplimiento del contrato educativo (matrícula) y se constituye en una falta a la ley que será reportada a las autoridades competentes. 5.2.3 DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES Son deberes de los y las docentes los establecidos en la Ley 1620 del 15 de Marzo, además, de las que establece la normatividad vigente y que le son propias las siguientes:  Asumir el rol de primer orientador-a y mediador-a en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos, así como detectar de forma temprana estas mismas situaciones.  Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si tienen conocimiento de alguna intimidación ejercida sobre algún estudiante manejada a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.  Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los y las estudiantes.  Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
  • 24.  Contribuir en la construcción y aplicación del Manual de Convivencia  Responsabilizarse del grupo de estudiantes durante la jornada escolar.  Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con quien tenga relación en el ejercicio del cargo.  Organizar las actividades de tal forma que no alteren los horarios de las demás áreas.  Hacer uso adecuado de los recursos existentes en el Centro Educativo y ser cuidadosos-as con los objetos personales y de las demás personas.  Respetar la intimidad y la vida privada de los y las estudiantes, docentes y demás miembros de la Comunidad Educativa.  Informar oportunamente a los y las estudiantes sobre su proceso académico y hacer devolución de trabajos y evaluaciones, con su respectiva retroalimentación.  Entregar oportunamente los trabajos solicitados por el equipo de dirección.  Solicitar los permisos oportunamente, dejando reemplazos y actividades específicas y adecuadas para cada curso.  Justifcar oportunamente las ausencias a la jornada escolar, a la directora o director del Centro.  Mantener su lugar de trabajo ordenado y aseado.  Atender todas las dimensiones del estudiante como el primer orientador.  Hacer acompañamientos a la hora de llegada, descanso y salida de los y las estudiantes.  Programar con anterioridad las clases y actividades complementarias de manera secuencial y lógica.  Atender a los acudientes de los y las estudiantes en el horario establecido, exceptuando los casos que ameriten su inmediata atención.  Seguir el protocolo y las rutas de atención establecidas en el manejo de situaciones académicas y convivenciales. 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 25.  Cumplir a cabalidad sus funciones como director-a de grupo o co-director-a.  Respetar los derechos de los otras personas integrantes de la comunidad educativa.  Abstenerse de consumir bebidas embriagantes y sustancias psicoactivas dentro del centro educativo y en sus alrededores. Otras obligaciones y deberes de los y las docentes establecidas en el contrato laboral y en las disposiciones legales señaladas en los artículos 56, 58 y 60 del código sustantivo de trabajo. 5.2.4. DEBERES DEL DIRECTOR O DIRECTORA DE CURSO. Además de las anteriores: Con los y las estudiantes  Estimular la vida en grupo, propiciar oportunidades para que el grupo se reúna, discuta y se organice, siempre dentro de un clima de confianza.  Conocer las dificultades académicas - convivenciales de cada estudiante y en la medida de lo posible asesorarlo-a para que pueda superarlas.  Promover e implementar actividades culturales, salidas, visitas, convivencias, entre otras, siempre que sea factible y que tengan en cuenta los intereses de los-as estudiantes y promuevan su desarrollo humano integral.  Diligenciar correctamente el observador del estudiante, realizar un concepto global en el transcurso del año y al finalizar.  Hacer el seguimiento integral de los-as estudiantes de su grupo en la página institucional de Colweb teniendo como referente el Manual de Convivencia.  Remitir a orientación escolar los casos que requieren intervención y atención interinstitucional.  Remitir a coordinación pedagógica los casos que requieran seguimiento desde esta instancia.  Recuperar la memoria de los procesos de crecimiento humano a través del cuaderno o carpeta de dirección de grupo, y entregar en las fechas establecidas los informes sobre el avance del proyecto, con las actas diligenciadas de forma sistemática y organizada.  Respetar los acuerdos y disposiciones que se generen al interior del Equipo de Orientación de Centro o del Equipo Pedagógico Regional, y acatar los correctivos que considere pertinentes en caso de dificultades.
  • 26. En relación con el equipo docente:  Participar aportando en las reuniones de dirección de curso, de ciclo, o nivel, propiciando estrategias para el análisis y abordaje de los temas tratados.  Liderar la propuesta de dirección de curso o las actividades relacionadas con esta función.  Socializar información “específica” al colectivo docente y directivas acerca de las características o situaciones particulares de sus estudiantes, teniendo en cuenta la confidencialidad de la información. En relación con los estamentos de dirección del centro:  Transmitir las sugerencias que hacen los acudientes, los-as estudiantes, o los mismos docentes, en las reuniones con la persona responsable de la orientación escolar.  Comunicar y hacer seguimiento a los casos especiales que corresponda remitir al equipo de dirección o al Comité de Convivencia Escolar. En relación con las familias:  Informar a los-as acudientes sobre los aspectos de comportamiento de los- as estudiantes; especialmente sobre su convivencia y rendimiento académico.  Apoyar, facilitar y participar en los encuentros de acudientes o talleres para familias.  Convocar a los-as acudientes a las reuniones previstas por la institución y dirigirlas cuando sea necesario.  Informar a las familias de su grupo sobre las metas y proyecciones que tienen como grupo, las responsabilidades de cada estudiante y el compromiso de ellos y ellas como acudientes. Además respetar los acuerdos y disposiciones que se generen al interior del Equipo de Orientación del Centro, y del Equipo Pedagógico Regional, y acatar los correctivos que considere pertinentes en caso de dificultades. 5.2.5. DEBERES DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN. El Equipo de Dirección en los Centros Educativos de Fe y Alegría está conformado por: Rector-a, Coordinador-a Pedagógico-a, Coordinador-a de Pastoral y Orientador- a Escolar.
  • 27. Rector-a Además de las disposiciones legales, del contrato laboral, las funciones del rol de acuerdo a los parámetros de Fe y Alegría, el código sustantivo del trabajo y el Decreto 1860 en el artículo 25; la ley 1620 de marzo/2013 en el artículo 19 dispone:  Liderar el Comité Escolar de Convivencia conforme a lo estipulado en los artículos 11, 12, 13 de la ley 1620.  Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos y procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.  Liderar la revisión y ajuste del PEI, el Plan Operativo, el Manual de Convivencia y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.  Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de Presidente-a del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la ruta de atención integral y hacer seguimiento a dichos casos. Coordinador-a Pedagógico-a Los deberes de las personas que asumen este cargo en Fe y Alegría están descritos en las disposiciones legales del contrato laboral y en las funciones que guardan coherencia con el código sustantivo del trabajo. Además de lo anterior, su principal responsabilidad es liderar la propuesta curricular del centro educativo y garantizar las condiciones para que niñas, niños y adolescentes reciban una educación de calidad.
  • 28. Coordinador-a de Pastoral Los deberes de las personas que asumen este cargo en Fe y Alegría están descritos en las disposiciones legales del contrato laboral y en las funciones que guardan coherencia con el código sustantivo del trabajo. Además de lo anterior, su principal responsabilidad es liderar la propuesta de Pastoral, de manera tal que se concrete en compromisos de transformación personal y social, a partir de la vivencia de los valores cristianos. Orientadores-as Escolares Además de las disposiciones legales del contrato laboral, las funciones del rol de acuerdo a Fe y Alegría y el código sustantivo del trabajo; la ley 1620 de marzo/2013 en el artículo treinta y dos (32) dispone:  Contribuir con la dirección del establecimiento educativo, en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los y las estudiantes.  Documentar y registrar en el sistema de información unificado de convivencia escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos.  Participar en el proceso de acompañamiento, así como de la evaluación de los resultados del proceso de acompañamiento y orientación.  Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la ruta de atención integral.  Participar en la definición de planes individuales y grupales de intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la ruta de atención integral.  Apoyar al Comité Escolar de Convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.  Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia y de los Proyectos Pedagógicos de que trata el artículo 20 de la ley 1620.  Involucrar a las familias a través de la escuela para padres y madres, en los componentes y protocolos de la ruta de atención integral.
  • 29.  El mismo artículo 32 señala: que la Orientación escolar para la convivencia podrá implementarse mediante alianzas estratégicas con las instituciones de educación superior, a través de los espacios de práctica de los estudiantes de últimos semestres de las carreras de Psicología, Psiquiatría y programas afines. 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 30. Manualdeconvivencia2013 29 Capítulo seis: Gobierno escolar y otros órganos de participación De acuerdo con lo estipulado en el artículo 142 de la Ley 115 de 1994 y en el capítulo IV del decreto 1860 de 1994, se conforma el gobierno escolar de los Cen- tro Educativos de Fe y Alegría, con la participación de todos los estamentos de la Comunidad Educativa como representantes elegidos para ejercer funciones específcas en el período correspondiente. Este gobierno se encuentra constituido por los siguientes estamentos: 6.1. CONSEJO DIRECTIVO Como instancia de gobierno escolar está conformado por la directora o el director del Centro Educativo, dos representantes del personal docente, dos representantes de las familias elegidos por el Consejo de familias, un representante del conjunto de estudiantes, elegido por el Consejo de Estudiantes entre los alumnos-as del último grado de la Institución, un representante de los 6
  • 31. Exalumnos-as, elegido por el Consejo Directivo y un representante del sector productivo o acompañante de la oficina regional de Fe y Alegría. Sus funciones se encuentran estipuladas en la Ley 115 de 1994, artículos 142, inciso 3 y 144, el capítulo V del artículo 23 del Decreto 1860 de 1994. 6.1.1 Funciones desde el artículo 144 de la Ley 115: Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Centro Educativo y que no sean competencia de otra autoridad. Servir de instancia para manejar los confictos que se presenten entre do- centes y administrativos con los y las estudiantes del Centro Educativo. Adoptar el reglamento del Centro Educativo de conformidad con las normas vigentes. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educati- va, cuando alguno-a de sus integrantes se sienta lesionado-a. Aprobar el plan anual de actualización del personal del Centro Educativo presentado por el director. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucio- nal, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva, o del organismo que haga sus veces, para que verifque el cumplimiento de los requisitos. Estimular y controlar el buen funcionamiento del Centro Educativo. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del o la estudiante. Recomendar criterios de participación del Centro Educativo en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 2014 3 Manualdeconvivencia • • • • • • • • • • •
  • 32. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la for- ma de recolectarlos. Darse su propio reglamento. 6.2 CONSEJO ACADÉMICO O EQUIPO PEDAGÓGICO Es la instancia superior en la orientación pedagógica del establecimiento educativo. Está conformado por el director o directora, la coordinación pedagógica del centro, el o la docente representante de cada área, y un-a docente representante de los grados transición, 1º, 2º y 3º. Sus funciones se hallan consagradas en la Ley 115 de 1994, artículo 145 y el artículo 24 del Decreto 1860 de 1994. 6.3 DIRECTOR-A Es el Representante del Centro Educativo ante las autoridades educativas y el Eje- cutor de las decisiones del Gobierno Escolar. Asume las funciones signadas en el artí culo 25, capítulo IV del Decreto 1860; además de las disposiciones legales del contrato laboral, las funciones del rol de acuerdo al Movimiento Fe y Alegría, del código sustantivo del trabajo y del artículo 19 de la ley 1620 de marzo/2013, señaladas en el capítulo 5 del presente manual de convivencia Manualdeconvivencia • • • •
  • 33. 6.4 OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN 6.4.1 CONSEJO ESTUDIANTIL De conformidad con el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994, el Centro Educativo tiene un Consejo Estudiantil que es el máximo organismo encargado de asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación estudiantil. Está integrado por un vocero de cada uno de los grados que ofrece el Centro Educativo.  El consejo directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas de calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos-as que cursen cada grado, con el fin de que elijan mediante votación secreta, un vocero-a estudiantil para el año lectivo en curso.  Los alumnos-as del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero entre los y las estudiantes que cursen el tercer grado.  Corresponde al consejo de estudiantes:  Darse su propia organización interna.  Elegir el representante de los-as estudiantes ante el consejo directivo del Centro Educativo y asesorarlo-a en el cumplimiento de su representación.  Invitar a sus deliberaciones a aquellos-as estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de vida estudiantil. 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 34.  Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia. 6.4.2 PERSONERÍA ESCOLAR (art. 28 Decreto 1860 agosto 3 de 1994) En todos los Centros Educativos personería estudiantil, es asumida por un representante del último grado que ofrece la Institución, quien es elegido-a por sus compañeros-as, con el fin de que promueva y defienda el ejercicio de los derechos y deberes del estudiantado consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia de la Institución. Los y las postulantes deben tener una hoja de vida íntegra, académica y disciplinaria. Debe presentar ante el consejo electoral su hoja de vida a la que debe anexar su plan de trabajo. Se elige mediante:  Convocatoria del director-a al estudiantado matriculado para que con su voto secreto elijan a su personero-a dentro de los treinta días calendarios siguientes a la iniciación de clase.  Inscripción de los-as estudiantes interesados-as en ser elegidos personeros-as del Centro Educativo.  Presentación de las propuestas o proyectos ante la Comunidad Educativa por los-as candidatos-as que se postulen. Se podrá hacer hasta los dos días antes de la elección.  Jornada electoral.  Presentación de la persona elegida ante la comunidad educativa. El o la personero-a tendrá las siguientes funciones: 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 35.  Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los-as estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación internos del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.  Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los y las estudiantes, sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la Comunidad Educativa sobre el incumplimiento de las obligaciones de los y las estudiantes.  P r e s e n t a r ante el director-a, - según sus competencias - las solicitudes de oficio que considere necesarias para proteger los derechos de los y las estudiantes, y que son peticiones de ellos y ellas.  Integrar el Comité Escolar de Convivencia y participar en las decisiones que se tomen en esta instancia.  Dar a conocer la figura de la personería estudiantil a todos los estamentos de la comunidad.  Buscar mediante el diálogo cordial el conocimiento y el cumplimiento de las normas vigentes en el Manual de Convivencia.  Exhortar a los y las estudiantes al cumplimiento de sus deberes.  Fomentar su autonomía y sano criterio, buscando que sus compañeros-as sigan una actitud similar.  Colaborar en la búsqueda del equilibrio, la armonía y la sinceridad ante los diferentes estamentos, buscando lograr los objetivos propuestos para cada uno de ellos.  Escuchar, analizar y actuar con criterio, buscando asesoría si la situación lo amerita.  Adelantar acciones que conlleven a una mejor relación de convivencia entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.  Fomentar actividades extraescolares como elemento educativo para una mejor formación de los y las estudiantes. Parágrafo uno: Quien asuma el cargo de personería estudiantil, será elegido-a dentro de los treinta días calendario siguientes a la fecha de iniciación de 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 36. clases, por un período lectivo anual. Para tal efecto, el o la directora-a convocará a todos y todas las estudiantes matriculados-as con el fin de elegir por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. Parágrafo dos: Será electo-a personero-a el candidato o la candidata que obtenga el mayor número de votos; el mandato termina antes del período establecido, si el consejo estudiantil así lo decide. De quedar candidatos con la misma cantidad de votos se convocará la segunda vuelta. El o la personero-a elegido-a se posesionará ante la totalidad del estudiantado, el colectivo docente y el Equipo de Dirección. Parágrafo tres: El ejercicio del cargo de personero-a es incompatible con el de representante del estudiantado ante el consejo directivo. Parágrafo cuatro: Es deber del equipo de área de ciencias sociales y de las personas vinculadas al proyecto de democracia, colaborarle a los y las estudiantes en el proceso de elección. Parágrafo cinco: El consejo electoral estará conformado por docentes del Proyecto de Democracia y un representante de cada curso. Parágrafo seis: La programación para la realización de las propuestas estará organizada por el consejo electoral y la asesoría del profesorado encargado. 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 37. 6.4.3 CONSEJO DE FAMILIA SS El consejo de familias es un órgano de participación de los Centros Edu- cativos destinado a asegurar la continua participación de padres, madres y acudientes en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) representantes de las familias por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Estructura y funcionamiento del Consejo de familias. Este con- sejo deberá conformarse en todos los Centros Educativos. Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y con el Plan de Mejoramiento del Centro Educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerden con la dirección del centro. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente designado-a por la dirección para tal fn. El Consejo de familias es un órgano de participación educativo que no requiere registro ante ninguna autoridad; para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria de la dirección o por derecho propio. Las sesiones del consejo serán presididas por un padre o madre de familia, elegido-a por esta misma instancia.
  • 38. Funciones del consejo de familias. Contribuir con la dirección en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de Estado. Exigir que el Centro Educativo con todos-as sus estudiantes, partícipe en las pruebas de competencias de Estado, realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES). Apoyar las actividades artísticas, científcas, técnicas y deportivas que or- ganice el Centro Educativo, orientadas a mejorar las competencias de los y las estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. Participar en la elaboración de planes de mejora y en el logro de los resultados planteados en el Sistema de Mejora de la Calidad de Fe y Alegría. Promover actividades de formación para las familias, encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los y las estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente, aquellas destinadas a promover los derechos del niño y la niña. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. Presentar propuestas de mejoramiento al Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los-as educandos, la solución de las difcultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. Presentar las propuestas de modifcación del Proyecto Educativo Institucio- nal que surjan de los padres y madres de familia, de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 2014 3 Manualdeconvivencia • • • • • • • • •
  • 39. Elegir los dos representantes de los padres y madres de familia ante el Consejo Directivo del Centro Educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente Decreto. Parágrafo uno. El director o directora del Centro Educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de familias pueda cumplir con sus fun- ciones. Parágrafo dos. El consejo de familias de cada Centro Educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con la dirección del centro y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al Centro Educativo ante otras instancias o autoridades. Parágrafo tres. El o la presidente del Consejo de familias, participará en el Comité Escolar de Convivencia con voz y voto, según lo estipulado en la ley 1620 del 15 de Marzo del 2013. Elección de los representantes de las familias para el consejo directivo: El consejo de familias, en una reunión convocada para tal fin por la dirección del Centro Educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los-as dos representantes. Dichos representantes, solo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso, los representantes de los padres y madres ante el consejo directivo deben ser padres o madres de alumnos-as matriculados en el establecimiento educativo. Los y las docentes, directivos o administrativos del Centro Educativo no podrán ser representantes de las familias en el consejo directivo del mismo esta- blecimiento en que laboran. 2014 3 Manualdeconvivencia •
  • 40. 6.4.4 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA De conformidad con la ley 1620 del 15 de Marzo del 2013; los Centros Educativos tienen un Comité Escolar de convivencia, cuyo objetivo es promover la sana convivencia, proyectándola a la Comunidad Educativa. Las funciones que tiene este comité son:  Apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, así como al desarrollo del Manual de Convivencia y a la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.  Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.  Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.  Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.  Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. Para tal efecto, el o la estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o compañero-a del establecimiento educativo.  Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de Ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.( 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 41. Este comité se reunirá cada dos meses o extraordinariamente según necesida- des, para la programación de actividades o para la realización de las mismas. Los integrantes del Comité Escolar de Convivencia son:  Director-a  Personero-a estudiantil.  Presidente-a del Consejo de familias.  Presidente-a del consejo de estudiantes.  Un-a (1) docente que pertenezca al equipo de orientación de centro.  Orientadoras-es, trabajadora social, o docente con función de orientación. 6 . 4 . 5. E QU I PO D E O RIE N T AC IÓ N DE L C O LE G IO P a r a F e y A l eg r í a, e s te eq u ip o , e s e l r e sp on s a b l e de g en e r ar e s t r at eg i a s d e sd e l o s c o n te x t o s p a rt i c ul a r e s d e c a d a c o le g io p a r a e l f or t a le c i m i en to d e l a c on v iv en c i a y la f o r m a c i ón de la d i m e n s i ón p e r s on a l y s o c i o a f e c t iv a d e l a c o m u n id ad e d uc a t iv a . S o n p er s o n a s i nt eg r a nte s d e e st e eq u ip o :  Orientadores-as escolares.  Docentes representantes de primaria, secundaria y media, organizados de la siguiente manera: Tr - 3º; 4º - 5º; 6º - 7º; 8º - 9º y 10º - 11º.  Trabajadora social.  Coordinador-a de pastoral.
  • 42. S o n f un c i o ne s d e e s te e q u ip o :  S o c i a l i z a r ex p e r ie n c i as , i n qu i e tu de s y n e ce si d a d es d e l o s g r up o s d e e s tud i a n te s c o n el p r op ó si t o de c r e a r e st r a te g i a s d e ac c i ó n .  L l ev a r re g i st r o m ed i an t e a c t a d e l o s c om p ro m i s o s y m et a s qu e se p ro p o n en y a d op t an d e l os p r o t oc o l o s de l a s s i t ua c i o n e s t ip o 1 , t i p o 2 y o t r as s i t u a c i o ne s .  D i n a m i z a r e l c l i ma r e l a c i on a l d e l C en tro E d u c at i v o.  I n fo r m a r y m a n te ne r c o m u n i c a c i ón pe r ma n e nte c o n e l c ol e ct i v o de d o ce nt e s f r e nt e a l a s e s t r at eg i a s d e t r ab a j o d e l o s d i fe r en te s p r oy e ct os d e l a p r op ue s t a de O r ie n t a c ió n E s c o l a r y P a st o r a l .  A t e nd er a l a s p r o pu e s t a s e i nq u i et ud es de l c o l e ct i v o d oc e nt e , r es p e ct o a l o s - a s e st udi a n t es q u e s e a n re i n c id e nt e s e n s it u a c i on e s t ip o 1, t i p o 2 y o t r a s s i tu a c i o ne s p ar a c o m u n i c a r l a s e n e l e q u ipo y d a r s o l u c i o ne s v i ab l e s a e l l a s. ( Pr o t oco l o d e s i t u a c i o ne s t ip o 1, t i po 2 y o t r a s s it u a c i o ne s) .  E s t a b le c er u n p l a n d e t r a b aj o c on t i nu o en a r t i c u l ac i ó n c on l a pl a n e a c i ó n i n s t it uc i o n al y el S i s t e m a de M ej o r a de l a C a l id a d.  A p o y a r c on s t an te m en t e e l de s a r r o ll o s o c i o a f e ct i v o y b i e ne s t ar co m u n i t ar i o .  R e nd i r in f or m e s d e m a n e r a op o rt u n a y cl a r a a l c o l e ct i v o do c e nt e y a l C o m i t é E s c o la r de C o nv i v en c i a d e l o t ra b a j ad o e n l a s r eu n i on e s del e q u ip o, y p or t a n t o, de l a s t a r e a s y c o m p rom i s o s a d e s a r r ol l a r.  P r o p on e r y r e a l iz a r p r o y ec t o s y a c t ivi d a d es a c o r d e s c o n e l f o rt a le c i m i e nt o d e l a c o nv iv e nc i a e s c o l a r.
  • 43. 6.4.5 COMITÉ AMBIENTAL ESCOLAR Con base en el acuerdo 166 de 2005 se establecen los comités de gestión ambiental en cada institución educativa pública y privada del Distrito Capital, como órgano asesor en materia ambiental del Gobierno Escolar. Constitución: El comité ambiental escolar será organizado por el consejo direc- tivo en cada Centro Educativo, a través de sistemas de selección democráticos, participativos y equitativos garantizando el acceso voluntario de estudiantes, docentes y familias. Tendrán calidad de vigías ambientales escolares, un-a estudiante designado-a por cadacurso. Hará parte del comité ambiental escolar el o la estudiante delegado-a por grado, yescogido entre los-as vigías ambientales escolares. Los-as vigías ambientales, actuarán como veedores ambientales al interior del Centro Educativo y como dinamizadores de la Política Nacional, Distrital y Local de Educación Ambiental de acuerdo con las funciones asignadas al Comité Ambiental. Funciones del comité ambiental escolar: Asesorar al gobierno escolar con el fin de fortalecer la dimensión ambiental al interior del Centro Educativo. Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Pro- yecto Ambiental Escolar (PRAE) y realizar la gestión necesaria para el desarrollo del mismo. Adelantar proyectos y programas que apunten a la preservación y mejora- miento ambiental en el marco del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE). Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obli- gatorio en materia ambiental de los estudiantes de educación media vocacional (grados 10 y 11). Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales, sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del 2014 3 Manualdeconvivencia • • • • •
  • 44. cuidado y mejoramiento del ambiente de acuerdo con el calendario am- biental. Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la Cátedra de Derechos Humanos. Promover la formulación e implementación de los Planes Integrales de Ges- tión Ambiental (PIGA) en las Instituciones Educativas. Parágrafo uno: Las funciones del comité ambiental escolar se desarrollarán de acuerdo con las directrices del CIDEA DISTRITAL (Comité Interinstitucional de Educación Ambiental) y los comités locales creados en el Acuerdo 23 de 1993, a través del gobierno escolar de cada Centro Educativo. 2014 3 Manualdeconvivencia • •
  • 45. Manualdeconvivencia2013 41 Capítulo siete: Estímulos y situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 7.1. ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES La comunidad educativa otorgará incentivos a los y las estudiantes que se distingan por su rendimiento académico, convivencial, integralidad, espíritu de cooperación o que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales y científcos y por antigüedad (hijos-as de Fe y Alegría). Estos estímulos son:  Inclusión en el Cuadro de Honor.  Publicación o difusión de trabajos en el periódico, carteleras, feria de eco- tecnología, semana por la sana convivencia, semana de CCPV, etc.  Ser elegido-a para los distintos cargos de representación de los y las estudiantes dentro del Centro Educativo como representante de curso, de estudiantes, personero-a, mediadores-as, monitores-as, entre otras. 7
  • 46.  Derecho a condecoraciones, trofeos, menciones especiales, izadas de bandera, representar al curso y al Centro Educativo en eventos interinstitucionales, con notifcación al padre o madre de familia y anotación en el observador del estudiante.  Derecho a ser elegido-a de acuerdo con los criterios establecidos como mejor estudiante integral. 7.2 Situaciones que afectan la convivencia escolar y la formación para los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Se consideran como situaciones que alteran o atentan contra la convivencia escolar los derechos humanos sexuales y reproductivos, las violaciones, las prohibiciones a los deberes consagrados en este Manual de Convivencia. Todo aquello que no responde al perfl del estudiante especifcado en el Proyecto Educativo Institucional, todas aquellas conductas incompatibles con la formación integral y con lo aceptado en el momento de firmar la matricula. Para su clasificación, las situaciones que afectan la convivencia escolar se consideran de tipo 1, tipo 2, tipo 3, otras situaciones de carácter leve y otras situaciones de carácter grave. Las situaciones más comunes son las siguientes: 1. Faltas de cortesía como chiflar, comer o jugar dentro del salón ó en las actividades institucionales. 2. No prestar atención cuando un-a docente, directivo-a, representante o compañero-a se dirija al estudiantado o esté realizando algún tipo de explicación y exposición, presentando actitudes y comportamientos que alteren el ambiente de aprendizaje. 3. Sostener cualquier tipo de vínculo para obtener algún beneficio a través de las rejas o mallas de la institución 4. Permanecer en la Institución después de la hora de salida sin justificación o autorización. 5. La venta de comestibles o de cualquier artículo en el Centro Educativo. 6. Uso de celulares, ipod, mp3, mp4, y toda clase de reproductores de música o video; parlantes, juegos electrónicos,o cualquier elemento tecnológico; en clase o en eventos institucionales. 7. Dirigirse o referirse a otra persona con palabras inapropiadas y despectivas o utilizando un lenguaje soez; i n c l u i d o e l l e n g u a j e c o r p o r a l o g e s t u a l . 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 47. 8. Responder a los conflictos mediante cualquier tipo de agresión física, verbal y/o escrita. 9. Amenazar o atentar contra la integridad física, psicológica o moral de cualquiera de las personas pertenecientes a la comunidad educativa, frecuentemente. 10. Apropiarse de las pertenencias ajenas. 11. Faltarle el respeto a los símbolos patrios y del Centro Educativo. 12. Callar o hacerse cómplice de cualquier hecho que atenta contra la integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa. 13. Participar en peleas o disputas dentro o fuera del Centro Educativo. 14. Manifestaciones de amor apasionadas o indecorosas tanto al interior del colegio, como fuera de él. 15. Falsificar las firmas del acudiente, docentes, administrativas o integrantes del equipo de dirección. 16. Adulterar o sustraer documentos oficiales del Movimiento Fe y Alegría o del colegio. 17. Portar, comercializar o distribuir material pornográfico. Al igual que la incitación hacia la prostitución o pornografía infantil. 18. La mentira o comentarios mal intencionados, cuando estos afecten la integridad física, psicológica y/o moral, de algún integrante de la comunidad educativa. 19. La realización de actividades relacionadas con el estudio, práctica y experimentación de los fenómenos psíquicos o parapsicológicos, u otras análogas. 20. Pertenecer o promover grupos que atenten contra el buen nombre y funcionamiento de la institución o contra los valores promovidos por el colegio. 21. Incurrir en actos vandálicos que atentan contra la persona o contra el patrimonio institucional y el de los vecinos-as del Centro. 22. Portar, comercializar y consumir sustancias psicoactivas (marihuana, popper, cacao sabanero, coca, alcohol o cualquier sustancia que altere la conciencia), dentro del Centro Educativo o fuera de éste, aun cuando sea la dosis personal. 23. Portar, comercializar y consumir cigarrillo dentro o en los alrededores de las instalaciones del colegio. 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 48. 24. Portar y consumir bebidas alcohólicas dentro del Centro Educativo o en sus alrededores. 25. Participar en apuestas o juegos de azar dentro del Centro Educativo. 26. Emplear el Internet como medio para amenazar o ir en contra de la dignidad como persona de alguno de los integrantes del Centro Educativo o de la comunidad en general (ciberbullyng). 27. Promover rifas, ventas, fiestas, reuniones; sin la debida autorización. 28. Utilizar la fuerza o el engaño para acceder a cualquier tipo de contacto sexual dentro o fuera de la Institución. 29. Realizar manifestaciones grotescas para celebrar hechos especiales de sus compañeros-as con harinas, talcos, huevos, líquidos, agua, etc., dentro o fuera de la Institución. 30. Utilizar el nombre del colegio con la intención de afectar su buen nombre. 31. No entregar a tiempo las circulares o citaciones enviadas por la institución a los padres y madres de familia o acudientes. 32. Portar elementos que alteren el clima escolar (accesorios que identifican equipos deportivos, sectas satánicas y sub culturas urbanas). 33. Hacer caso omiso a los llamados de atención que reciben por parte de algún miembro de la comunidad educativa y/o responder airadamente. 7.3 PAUTAS Y ACUERDOS PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS. 7.3.1 PAUTAS: Una vez ocurrida la situación, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias, para dar curso al protocolo y ruta de atención. 7.3.1.1 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES. Se consideran circunstancias atenuantes:  Edad, desarrollo psicoafectivo, mental y circunstancias personales, familiares o sociales.  El obrar por motivos nobles o altruistas; habiendo observado buena conducta anterior.  El haber sido inducido por alguien mayor en edad.  Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causen dolor físico o psicológico.
  • 49.  Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir sus consecuencias. 7.3.1.2 CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES. Se consideran circunstancias agravantes:  La reincidencia en la ejecución de situaciones que alteren la convivencia escolar.  Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.  El efecto perturbador que la situación produzca en la organización y funcionamiento de la Institución.  Cometer la falta aprovechando situación de desventaja (por edad, condición física, cognitiva o de otra índole) con otra persona.  El haber preparado con antelación (premeditación) la ejecución de la falta o con complicidad de otras personas. 7.3.2 ACUERDOS  Los-as estudiantes que ocasionen daños psicológicos o físicos a los integrantes de la comunidad educativa, responderán por los gastos médicos y clínicos que tenga el afectado-a y además por las indemnizaciones que pueda establecer el perjudicado ante la autoridad competente.  Los-as estudiantes que efectúen daños a la planta física y los bienes que estén insertos en ella responderán por el valor de estos, o los restituirán con otros elementos que requiera la planta física, además asumirán otras sanciones que ello ocasione.  Los-as estudiantes que ocasionen hurto a personas o bienes del colegio restituirán el valor comercial de lo hurtado, además de las sanciones que ello ocasione.  La Institución Educativa no se hace responsable por el daño y pérdida de objetos personales y máxime cuando son elementos prohibidos en el Centro.  El uso de elementos que interfieran en la actividad académica y en eventos institucionales no es permitido. Si incumple la norma, el elemento será decomisado por el o la docente que esté presente y se devolverá al padre, madre de familia o acudientes en los horarios de atención establecidos por el Centro Educativo. 2014 3
  • 50. 7.4. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Según el artículo 40 del decreto 1965, las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 7.4.1 Situaciones Tipo 1. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. En éste tipo de situaciones, aquellas más frecuentes que se presentan en la Institución son: 1. Faltas de cortesía como chiflar, comer o jugar dentro del salón ó en las actividades institucionales. 2. No prestar atención cuando un profesor-a, directivo-a, representante o compañero-a se dirija al estudiantado o esté realizando algún tipo de explicación y exposición, presentando actitudes y comportamientos que alteren la situación. 3. Sostener cualquier tipo de vínculo para obtener algún beneficio a través de las rejas o mallas de la institución. 4. Permanecer en la Institución después de la hora de salida sin justificación o autorización. 5. Uso de celulares, ipod, mp3, mp4, y toda clase de reproductores de música o video; parlantes, juegos electrónicos,o cualquier elemento tecnológico; en clase o en eventos institucionales. 6. Dirigirse o referirse a otro-a con palabras inapropiadas y despectivas o utilizando un lenguaje soez. I n c l u i d o e l l e n g u a j e c o r p o r a l o g e s t u a l . 7. No entregar a tiempo las circulares o citaciones enviadas por la institución a los padres, madres de familia o acudientes. 8. Faltarle el respeto a los símbolos patrios y del Centro Educativo. 9. Portar material pornográfico. 10. La realización de actividades relacionadas con el estudio, práctica y experimentación de los fenómenos psíquicos o parapsicológicos, u otras análogas.
  • 51. 11. Promover y participar en apuestas o juegos de azar dentro del Centro Educativo. 12. Promover rifas, ventas, fiestas, reuniones; sin la debida autorización. 13. Realizar manifestaciones grotescas para celebrar eventos especiales de sus compañeros y compañeras con harinas, talcos, huevos, líquidos, agua, etc., dentro o fuera de la Institución. 14. Portar elementos que alteren el clima escolar (accesorios que identifican equipos deportivos, sectas satánicas y sub culturas urbanas). 7.4.2. Situaciones Tipo 2. Corresponden a este tipo las situaciones relacionadas con la agresión escolar, el acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Qué se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapaci dad alguna para cualquiera de las personas involucradas. Dichas situaciones son: 1. Responder a los conflictos mediante cualquier tipo de agresión física y/o verbal. 2. Amenazar o atentar contra la integridad física, psicológica o moral de cualquiera de las personas pertenecientes a la comunidad educativa. 3. Participar en peleas o disputas dentro o fuera del Centro Educativo, ocasionando lesiones físicas y/o psicológicas 4. Callar o hacerse cómplice de cualquier hecho que atente contra la integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Emplear el Internet como medio para amenazar o ir en contra de la dignidad como persona de alguno de los integrantes del Centro Educativo o de la comunidad en general (ciberbullyng). 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 52. 7.4.3. Situaciones Tipo 3. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar las que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. 1. Atentar contra la integridad física, psicológica o moral de cualquiera de las personas pertenecientes a la comunidad educativa, más aun si es de forma reiterada. 2. Apropiarse de las pertenencias ajenas. 3. Callar o hacerse cómplice de cualquier hecho que atente contra la integridad física o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Participar en peleas o disputas dentro o fuera del Centro Educativo, ocasionando lesiones físicas y/o psicológicas. 5. Falsificar las firmas del acudiente, docentes, administrativas o integrantes del equipo de dirección. 6. Alterar o sustraer documentos oficiales del movimiento Fe y Alegría o del colegio. 7. Portar, comercializar o distribuir material pornográfico. Al igual que la incitación hacia la prostitución o pornografía infantil 8. Portar armas de fuego dentro del Centro Educativo o fuera de éste. 9. Incurrir en actos vandálicos que atenten contra la personas o contra el patrimonio institucional y/o daño a terceros. 10. Comercializar sustancias psicoactivas dentro del Centro Educativo o fuera de éste (marihuana, popper, cacao sabanero, coca, alcohol o cualquier sustancia que altere la conciencia) incluida la dosis personal. 11. Utilizar la fuerza para acceder a cualquier tipo de contacto sexual dentro o fuera de la Institución. 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 53. 7.4.4. OTRAS SITUACIONES En este apartado se incluyen las situaciones que no corresponden a las tipificadas anteriormente, pero se constituyen en el no acato de los deberes consignados en este manual. 7.4.4.1. OTRAS SITUACIONES DE CARÁCTER LEVE 1. Dejar de asistir a una o varias clases al día. 2. Faltar a clase en forma constante y sin ninguna justificación. La justificación es aceptada por la Secretaria de Educación dentro de los tres días siguientes a la ausencia. 3. Retirarse o no estar presente en el aula de clase sin la debida autorización del profesor. 4. La llegada tarde a la iniciación de la jornada escolar, o a cualquiera de las clases o actividades pedagógicas. 5. Incumplir con las actividades propuestas según la fecha señalada. 6. No portar adecuadamente el uniforme de la institución. 7. Utilizar accesorios que no hacen parte del uniforme, como maquillaje, gorras, bufandas, chaquetas, busos, moñas de colores, manillas, collares, o pañoletas, expansiones y piercing. Al igual que cualquier accesorio que atente contra la salud o el bienestar. 8. Hacer uso inadecuado de los materiales e instalaciones del Centro Educativo. 9. La venta de comestibles o de cualquier artículo. 10. Hacer caso omiso a los llamados de atención que recibe por parte de algún miembro de la comunidad educativa y responder airadamente. 11. Correr, jugar con balón, botellas y objetos que sustituyan al balón en cualquier espacio diferente a la cancha.
  • 54. 7.4.4.2. OTRAS SITUACIONES DE CARÁCTER GRAVE 1. Causar daño a los materiales e instalaciones del Centro Educativo. 2. Ausentarse del plantel en horas de estudio sin la debida autorización o ingresar al plantel, aulas u otros espacios del colegio por lugares no autorizados. 3. Intentar o hacer fraude en los procesos académicos conducentes a la evaluación. 4. Manifestaciones de amor apasionadas o indecorosas tanto al interior del colegio, como fuera de él. 5. Portar objetos corto punzantes, dentro o fuera del Centro Educativo. 6. Pertenecer o promover grupos que atenten contra el buen nombre y funcionamiento de la institución o contra los valores promovidos por el colegio. 7. Consumir y portar sustancias psicoactivas dentro del Centro Educativo o fuera de éste (marihuana, popper, cacao sabanero, cocaína, alcohol o cualquier sustancia que altere la conciencia), aun cuando sea la dosis personal. 8. Portar y consumir cigarrillo dentro o en los alrededores de las instalaciones del colegio. 9. Utilizar el nombre del colegio en cualquier medio de comunicación con intención de denigrarlo. 10. Utilizar el nombre del colegio para generar situaciones que afectan el orden público. 11. Sostener cualquier tipo de vínculo para obtener algún beneficio a través de las rejas o mallas de la institución. 12. Utilizar el engaño para acceder a cualquier tipo de contacto sexual dentro o fuera de la Institución. 13. Correr, jugar con balón, botellas y objetos que sustituyan al balón en cualquier espacio diferente a las canchas y que generen daño al cuerpo.
  • 55. 7.4.4.3 SITUACIONES QUE AFECTAN EL APRENDIZAJE 1. No portar los elementos necesarios para el cumplimiento de las labores escolares. 2. Incumplir con las actividades propuestas según la fecha señalada. 3. No prestar atención cuando un profesor-a, directivo-a, representante o compañero-a se dirija al estudiantado o esté realizando algún tipo de explicación y exposición. 7.5 RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL 7.5.1. PROMOCIÓN Fe y Alegría como movimiento ha mostrado interés en ir más allá de una formación académica y competente; se ha interesado en formar a la persona fomentando toda la riqueza y complejidad de sus múltiples dimensiones, apuntando a que en un futuro sean personas encaminadas a construir junto con los demás, una sociedad equitativa, justa y fraterna. 1 Fe y Alegría establece políticas para promover la sana convivencia mediante la implementación del Programa De Orientación Escolar Cree-Siendo, el programa de Capacidades y Competencias para la Vida y el Proyecto Regional de Pastoral. De ésta manera la Orientación y la Pastoral en nuestros centros impulsa una auténtica formación humana Integral que tiene en cuenta el desarrollo de cada una de las dimensiones del ser humano a través de proyectos transversales específicos liderados por estas instancias, los cuales se implementan con estudiantes de grado Transición - Once por parte del colectivo docente. 1 Fe y Alegría. Propuesta de orientación escolar: Cree-siendo”. Bogotá. 2008 2014 3 Manualdeconvivencia 1. •
  • 56. Los proyectos transversales específicos son:  Proyecto de Dirección de curso: El objetivo de este proyecto es favorecer el proceso socio afectivo individual y grupal del estudiantado, contribuyendo a su desarrollo integral. El proyecto cuenta con un espacio curricularmente determinado que es el que corresponde a la dirección de curso como instancia organizativa, mediante la implementación de talleres formativos y espacios de asambleas de curso con la metodología de revisión de vida como insumo para formar a los estudiantes en la democracia participativa.  CARA Construyendo amor en la responsabilidad y la alegría (Proyecto pedagógico para la sexualidad): El objetivo de este proyecto es promover en estudiantes y docentes un conocimiento profundo de sí mismos, en todas sus dimensiones, de tal manera que contribuya a potenciar sus amor propio, su auto concepto y en general su desarrollo integral; estableciendo de ésta manera relaciones de respeto y amor con las demás personas. Se desarrolla mediante una ruta metodológica a partir de la etapa desarrollo del niño, niña y adolescente implementado dos jornadas de formación al año en las que participa la comunidad educativa.  HORIZONTES (Orientación profesional): El objetivo del proyecto es favorecer un proceso de reflexión personal, académico y socio laboral que permita a los estudiantes de Fe y Alegría diseñar y asumir un proyecto de formación profesional u ocupacional, se desarrolla mediante la implementación de talleres sobre este componente con estudiantes de Noveno, Décimo y Undécimo, estos encuentros son liderados y acompañados por la persona responsable de la orientación escolar.  CAI (Acompañamiento individual y grupal): El objetivo de este proyecto es atender los casos remitidos a Orientación Escolar que presentan dificultades socio afectivas y pedagógicas que permitan al equipo docente y familias la implementación de estrategias para el manejo de la situación que se presente. La atención grupal, se realiza cuando grupos o cursos de estudiantes presentan dificultades en el ámbito socio afectivo o pedagógico.
  • 57.  FOR-FAM (Formación a familias). El objetivo de este proyecto es proporcionar a las familias y/o cuidadores herramientas que les permitan comprender las dinámicas personales y familiares para que así puedan crear alternativas ante las situaciones propias de los niños, niñas y adolescentes, mejoren su calidad de vida y favorezcan el desarrollo integral del estudiantado. Se desarrolla mediante talleres de formación, se ha previsto realizar la menos dos por año para la totalidad de las familias.  CCPV (Competencias y capacidades para la vida). El objetivo es promover la formación de hombres y mujeres nuevos, conscientes de sus potencialidades y de la realidad los-as rodea, abiertos a la trascendencia, agentes de cambio y protagonistas de su propio desarrollo desde las competencias psicosociales, competencias ciudadanas y competencias socio laborales. Se desarrolla mediante una ruta metodológica de tres módulos anuales para los grados transición a grado once. Dicha formación es facilitada por el colectivo docente quienes se forman para ello y liderado por los-as Orientadores-as de cada centro.  PASTORAL EDUCATIVA: Espacio de formación en el cual niños, niñas y adolescentes se reconocen como una persona humana, que hace parte de una cultura, que vive en comunidad y comprende que tiene una fuerza Psicoafectivaespiritual, apoyada por sus dimensiones, intelectual y relacional (social y comunicativa)que aportan a su desarrollo integral como ser humano capaz de construir una convivencia sana. Se desarrolla mediante una propuesta curricularizada desde grado Transición hasta once, en jornadas quincenales de tres horas que son facilitadas por los-as docentes de Pastoral.  PASTORAL LITURGICA: Esta propuesta busca que los niños, niñas y adolescentes se reconozcan como una persona espiritual, trascendente y reflexiva, que siente la necesidad de SER con otros, en fraternidad y hermandad, celebrando su vida en común unión. Se desarrolla mediante celebraciones litúrgicas y vivencias de reflexión y compromiso de vida.
  • 58.  PASTORAL SOCIAL: Con la implementación de esta propuesta se pretende que los niños, niñas y adolescentes se reconozcan como personas sociables, que se proyectan desde la solidaridad, el amor y el servicio, buscando una transformación social en su comunidad. Se desarrolla mediante actividades de promoción de la solidaridad como el “pan compartido”, “apoyo a útiles de estudio” y “jornadas de sensibilización”.  PASTORAL JUVENIL: Busca que los niños, niñas y adolescentes se reconozcan como personas en crecimiento y desarrollo integral; que comparten y conviven con sus semejantes. Experiencia que les lleva a su autoconocimento, dándole herramientas para fortalecer su carácter y tener una convivencia adecuada en comunidad. Se desarrolla mediante convivencias, encuentros con cristo, retiros espirituales, grupos infantiles y juveniles. 7.5.2. PREVENCIÓN Acciones de prevención  Identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan o podrían afectar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Además de los enunciados en el numeral 7.2 Situaciones que afectan la convivencia escolar y la formación para los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, se estima como riesgo: Violencia intrafamiliar (maltrato infantil físico, psicológico y negligencia; y abuso sexual)  Fortalecimiento de las acciones que contribuyen a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Fe y Alegría desarrolla iniciativas de formación de la comunidad educ ativa a través del proyecto de acompañamiento individual y grupal “CAI”.
  • 59.
  • 60.
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  • 65. Protocolo para la atención de situaciones que afectan el aprendizaje. 1. Identificación de la dificultad presentada por el o la estudiante a nivel académico, por parte del o la docente de área. 2. Citación por parte del o la docente que identifica la situación al padre, madre o acudiente, para indagar sobre las causas de la dificultad. 3. En caso de no superar la dificultad, el estudiante será remitido a Coordinación pedagógica y si se requiere a Orientación Escolar, para establecer el trabajo interdisciplinario que se necesite implementar. Protocolo de intervención para situaciones de inasistencia y deserción escolar. Atendiendo la Resolución 1740 del 15 de Julio 2009, por la cual se establecen las medidas para garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo de los niños, niñas y adolescentes en los centros de Fe y Alegría, se manejará el siguiente protocolo: 1. El docente director-a de grupo verificará la asistencia al iniciar la jornada escolar. 2. En caso de inasistencia, la secretaria-o, trabajo social (o estudiante en formación de trabajo social) consultará por vía telefónica con las familias, las causas de la ausencia. 3. De continuar con la inasistencia al centro educativo, la trabajadora social o una persona del equipo de dirección, citará al padre, madre o acudiente, para indagar el por qué del ausentismo y establecerán compromisos y acuerdos de asistencia. 2014 3 2014 3
  • 66. 4. En el caso en el que el padre, madre o acudiente no se presente al colegio o incumpla con los acuerdos establecidos, se procederá a realizar visita domiciliaria. 5. De no lograr la inserción del o la estudiante, se remitirá a las entidades competentes, como lo determina la resolución 1740, frente al incumplimiento de compromisos; siendo este el último paso para garantizar la permanencia en el sistema educativo. 6. Para los y las estudiantes que se retiran por cambio de localidad o ciudad, se exige a sus acudientes certificar por escrito, donde serán matriculados. 7.5.3. ATENCIÓN En este aspecto, los colegios de Fe y Alegría activan e implementan los protocolos internos en caso de ocurrir situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Se desarrollan acciones propias y con otras entidades que asisten a la comunidad educativa frente a situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación de proyectos como: Centros de Atención Integral (CAI), Trabajo Social y vínculos interinstitucionales con hospitales de las localidades, Secretarias de Integración Social de las localidades, ICBF, Comisarías de familia, Profesionales en formación de Psicología de la Universidad Javeriana y Profesionales en formación de Trabajo social de la Fundación Universitaria Monserrate. 7.5.4. SEGUIMIENTO Seguimiento al componente de Promoción: El Sistema de Mejora de la Calidad de Fe y Alegría tiene dentro de sus condiciones el seguimiento y acompañamiento que se lleva a cabo desde la instancia de la Oficina Regional hacia el Equipo Directivo y desde la instancia del Equipo Directivo de los colegios (Orientador-a y Coordinador-a de Pastoral) hacia el colectivo docente.
  • 67. Seguimiento al componente de Prevención: Desde el proyecto de atención individual y grupal el cual es responsabilidad de Orientación Escolar, se lleva registro de cada encuentro con familias, estudiantes y docentes; a través de estas actas se hace seguimiento a los procesos requeridos. Cada uno de los protocolos tiene consignado el seguimiento en cada una de las instancias. Seguimiento al componente de Atención: En caso de ocurrir situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se activa el protocolo respectivo y el seguimiento se encuentra detallado en la instancia correspondiente. En el caso de realizar encuentros y atención desde instancias externas, se realiza registro en acta quedando constancia del proceso desarrollado. 2014 3
  • 68. Manualdeconvivencia2013 51 Capítulo ocho: Sistema de evaluación de los aprendizajes 8.1 SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES FE Y ALEGRíA El sistema de evaluación se rige de acuerdo con la normatividad del De- creto 1290 de 2010 y la Ley General de Educación. Fe y Alegría al definirse como Movimiento de Educación Popular implica para nuestros Centros Educativos una revisión permanente de la realidad de sus educandos y adecuar sus prácticas a las exigencias tanto de ellos y ellas como de la socie- dad en general. Este apartado pretende explicar la manera como Fe y Alegría entiende la eva- luación enmarcada dentro de la educación popular; busca averiguar qué sabe realmente el educando a través de estrategias distintas a las tradicionales, prue- bas o exámenes y busca centrarla en el proceso pero sin descuidar los resulta- dos. 8
  • 69. Fe y Alegría asume la defnición que propone Santos Guerra sobre evaluación como “un proceso de diálogo, comprensión y mejora”. De diálogo entendida como discusión y refexión compartida de todos los que están implicados en los procesos de evaluación. La evaluación como comprensión pretende alcanzar un nivel de conocimiento sobre el funcionamiento del sistema de evaluación en su contexto, su coherencia, las intenciones educativas que lo han puesto en marcha y sobre los efectos que está generando. Y la evaluación como mejora no sólo de los resultados, sino de la coherencia y de la justicia de las prácticas educativas. “Si la evaluación educativa es una refexión sistemática sobre la acción docente/ discente y organizativo/funcional tiene que ser la base de las innovaciones que s e introduzcan”. La evaluación tiene como propósito aumentar la posibilidad de que todos los educandos aprendan; busca asociar conocimiento previo a los nuevos aprendiza- jes, recogiendo y analizando evidencias del proceso, utilizando la retroalimenta- ción para ver el progreso y orientar los errores que, también, son aprovechados como una oportunidad en el aprendizaje. Evaluar consiste en emitir juicios de valor y tomar decisiones; requiere obje- tividad y sistematización, lo que exige algunas escalas o criterios que sirvan de referencia. La evaluación es un proceso investigador por el que se obtienen explicaciones sobre el funcionamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje, con el fn de introducir consecuentemente los cambios oportunos para mejo- rarlo. La evaluación le permite al docente procesar la evidencia necesaria acerca del aprendizaje de los educandos y de la enseñanza misma. Le exige tener un co- nocimiento inicial de las capacidades de sus educandos lo más exacto posible al estar apoyado en instrumentos de diagnóstico; asigna califcaciones de forma 52 2014 3 Manualdeconvivencia
  • 70. objetiva a través de diferentes actividades de evaluación; le permite conocer los procesos individuales de aprendizaje para reformular logros y estrategias. La evaluación, además, hace posible la acción educadora porque permite el se- guimiento de los procesos de enseñanza-aprendizaje ajustando los caminos a recorrer en función de los objetivos previstos. 8.2 EVALUACIÓN Se entiende por evaluación el conjunto de juicios sobre el avance de la adquisi- ción de los conocimientos y el desarrollo de las capacidades de los estudiantes atribuible al proceso pedagógico. ¿QUÉ SE EVALÚA? El estado de desarrollo formativo y cognitivo del estudiante con relación a los indicadores de los logros propuestos en el SIEE. ¿CÓMO SE EVALÚA? Mediante actividades verbales y escritas en donde se potencie y se desarro- lle las competencias interpretativa, argumentativa y propositiva. Por apreciaciones cualitativas de los procesos utilizando las diferentes for- mas de evaluación (autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación). Durante todo el año los-as estudiantes que no alcancen los niveles de logro espe rados en cada área se le asignará actividades complementarias para tal fin. 53 2014 3 Manualdeconvivencia • • • •