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Consejería de Educación y Cultura




 Colegio Público


C/ Medellín,26.Tfno y Fax: 925.802008
  E.Mail: 45003140.cp@edu.jccm.es
         Talavera de la Reina.
INDICE

1. Introducción
2. Normas de comportamiento.
      a. Normas generales.
3. Derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad
   educativa
      a. Alumnado
      b. Familias
      c. Profesorado.
4. Medidas preventivas y correctoras
      a. Procedimiento para su aplicación.
      b. Criterios de aplicación
      c. Gradación de medidas
5. Tipificación de conductas.
6. Medidas correctoras.
7. Mediación.
8. Normas de organización y funcionamiento.
      a. Normas de aula
      b. Normas durante el recreo.
      c. Normas de las familias.
      d. Otras normas del centro
9. Servicios complementarios: Comedor y Aula Matinal.




                                2
Introducción.
       El presente documento pretende ser un instrumento más al servicio de
nuestro Centro y de su Proyecto Educativo. Se fundamenta en la Ley Orgánica de
Educación (LOE), con el fin de crear pautas o normas de ordenación de la
convivencia.
       Las presentes normas de convivencia, organización y funcionamiento son
dependientes del Real Decreto 3/2008, de 08-01-2.008 de la Convivencia Escolar
en Castilla la Mancha y en la Orden 15-09-2008 de la Consejería de Educación y
Ciencia por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y
funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria en la comunidad
autónoma de Castilla - La Mancha.
       Para la configuración de estas normas se han tenido presentes los
siguientes principios:


    El desarrollo de la educación y la convivencia dentro de un marco de
       tolerancia y respeto a la libertad del individuo, a su personalidad y
       convicciones que no podrán ser perturbadas por ningún tipo de coacción ni
       obligación de ideologías determinadas.

    El derecho de todos los miembros de la Comunidad Escolar a intervenir en
       las decisiones que les afecten mediante sus representantes libremente
       elegidos por los órganos colegiados de control y gestión.

    La Orientación de los alumnos para que puedan asumir progresivamente la
       responsabilidad    de   su   propia    educación   y    de   las   actividades
       complementarias de tipo cultural y asociativo, recreativo o similar que
       aporten un enriquecimiento a su educación y formación.

    Asegurar el Orden interno que permita conseguir con la mayor plenitud los
       objetivos educativos del Centro escolar.


    Para mejorar la convivencia es importante el compromiso de todos: de la
       Administración; del profesorado comprometido a impulsar, en el desarrollo
       de su actividad docente, la formación en valores; de las familias, sin cuya
       colaboración no se puede llevar a cabo una educación coordinada en sus
       principios y acciones; y, por supuesto de los alumnos y alumnas, que deben
       colaborar en la concienciación de todos sus compañeros sobre la necesidad
       de actuar en la prevención y en la solución de conflictos.



                                          3
 Las enseñanzas en nuestro centro están encaminadas a la consecución de
       una educación de calidad, teniendo presente la igualdad de oportunidades
       para todos, es decir, educación inclusiva y no discriminatoria. Para lograrlo
       se favorecerán valores como la libertad, responsabilidad, solidaridad y
       esfuerzo. Se buscará la motivación del alumno de forma permanente y nos
       adecuaremos a su diversidad.


Con nuestro plan de Convivencia perseguimos dos objetivos fundamentales:


    Potenciar un clima de convivencia positivo en el centro educativo,
       favoreciendo el desarrollo individual de los alumnos.

    Reducir los posibles conflictos que puedan surgir en el día a día en el centro.


   La actuación se realizará desde dos vertientes. Por un lado, a través de
distintas actuaciones dirigidas a toda la comunidad educativa con el fin de prevenir
la posible aparición de conflictos, y por otro lado la intervención directa en el
grupo de alumnos donde ha surgido el conflicto o problema de convivencia poniendo
empeño en concienciar y solucionar definitivamente.




                                         4
Normas de Convivencia.
   Las medidas y actuaciones reguladas por el presente decreto se regirán por los
principios siguientes:
    El respeto por los derechos y deberes de todos los componentes de la
       comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa.

    El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de
       respeto mutuo.

    El valor de las medidas y actuaciones de carácter preventivo como medio
       para educar para la convivencia, y su carácter integrador para que
       contribuyan al desarrollo global de la educación en valores.

    Participación de la comunidad educativa en la elaboración, control del
       cumplimiento y evaluación de las normas de convivencia del centro, y la del
       profesorado y el alumnado en las normas de aula.



Normas generales de Convivencia.

       Es en la convivencia, donde día a día se manifiestan y pueden ejercitarse los
hábitos, actitudes y valores de las personas y de los grupos. Es de ahí que se
impongan pautas de conducta que se propicien en las mejores condiciones, y dentro
de los principios necesarios para ello.
       Se considera de la mayor importancia:


    El respeto mutuo de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

    Que las conductas se desarrollen dentro de un clima de solidaridad y
       tolerancia.

    Propiciar la participación y colaboración dentro del respeto a la diversidad y
       libertad de expresión.

    El respeto a las instalaciones y material del Centro.
    Dentro de las competencias que en cada caso correspondan, propiciar el
       cumplimiento de los derechos y deberes.




                                          5
 Abordar y resolver mediante el diálogo las situaciones de conflicto,
     procurando aprovecharlas como situaciones de aprendizaje.



Derechos y Obligaciones de los
miembros   de   la    Comunidad
Educativa.

EL ALUMNADO.

Derechos del alumnado.

   A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

   El que corresponde a los alumnos de realizar su trabajo en las condiciones
     adecuadas para un buen rendimiento.

   A ser tratados acorde con su dignidad personal, y en plano de igualdad.

   A su libertad religiosa y de expresión, practicada dentro del respeto a los
     demás.

   A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.

   A recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo
     desarrollo   personal,   social   y       profesional,   según   sus   capacidades,
     aspiraciones o intereses.

   A participar en el funcionamiento y en la vida de los centros, en la actividad
     escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la ley y
     en los respectivos reglamentos orgánicos.


Obligaciones del alumnado.

   El de no perturbar el trabajo de profesores y compañeros.

   El de mantener un trato correcto con todas las personas del Centro.

   El de no discriminar por circunstancias de raza, sexo o cualquier otra razón
     personal o social.


                                           6
 Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades del centro.

   Cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles e instalaciones del
     centro y, respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad
     educativa.

   Participar en la vida y funcionamiento del centro.

   Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales,
     así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la
     comunidad educativa.




LAS FAMILIAS.

Derechos de las familias.

   Las familias tienen los derechos que la vigente legislación les otorga en
     relación con los centros a los que confían la educación de sus hijos.
   Serán     informados    mediante    circulares   y   reuniones,   precisamente
     convocadas, de la marcha general del Centro; en especial de cuanto sea
     necesario para un mejor conocimiento del colegio, su funcionamiento y
     cuanto pueda serles de interés.

   Sin perjuicio de los contactos colectivos con las familias, éstas podrán
     dirigirse de forma particular para temas de sus hijos a los órganos de



                                        7
Gobierno y profesores. Como norma habitual, la información sobre los
     alumnos se canalizará y centralizará a través de los profesores-tutores.

   Podrán requerir de los servicios psicopedagógicos del Colegio y de otros
     servicios que estén establecidos, en la forma que se determine,
     informándoles de cómo proceder para ello.

   El Centro orientará igualmente de cómo acceder a otros servicios e
     informaciones municipales y de otras administraciones.

   Las familias tienen derecho a información periódica y escrita sobre la
     marcha de sus hijos en el curso. Respecto de estos documentos se seguirán
     las instrucciones dadas para mejor cometido de su finalidad.

   Los padres deben ser informados de las ausencias a clase de sus hijos,
     especialmente de aquellas de las que no conste justificación.

   Deben ser informados de las faltas cometidas por sus hijos y de las
     aperturas de expedientes disciplinarios antes de que las sanciones sean
     firmes.

   Pueden intervenir y ser informados de la gestión y control del centro a
     través de sus representantes en los órganos colegiados de gobierno, según
     marca la ley.

   Elegir democráticamente a sus representantes en el Consejo Escolar.

   A que sus hijos reciban religión católica voluntariamente solicitada.

   A que sus hijos realicen otras actividades (Orden 3/8/1995) si no optan por
     la religión católica.


Obligaciones de las familias.

   Los padres y tutores están obligados a velar por la higiene y cuidado
     personal con que sus hijos asisten al Colegio.

   Deberán proveer de todo el material escolar necesario y supervisar su
     correcta conservación, así como de que lo traiga a clase cuando sea
     necesario.
   Información a los tutores de todas aquellas cuestiones que entiendan de
     interés para el proceso educativo de los alumnos.




                                        8
 Las faltas de asistencia a clase serán comunicadas a ser posible con
   antelación, en caso contrario inmediatamente de producirse.

 Una vez en el Centro, los alumnos no pueden abandonarlo antes de finalizar
   el horario lectivo. Si por alguna razón justificada hubieran de salir, lo harán
   en compañía de los padres o persona autorizada.

 Los padres colaborarán con el Centro inculcando en sus hijos el fomento del
   compañerismo y demás hábitos que propicien una buena convivencia en el
   Colegio.

 En caso de que sus hijos puedan propiciar algún contagio que genere
   perjuicios a sus compañeros, debe abstenerse de enviar a sus hijos al
   Colegio hasta tanto haya desaparecido al riesgo.

 Serán       los   responsables   subsidiarios   de   los   daños   ocasionados
   intencionadamente por sus hijos a las instalaciones del centro.

 Deberán reponer los libros de textos de sus hijos si así lo determinara la
   comisión encargada de ello, si desea seguir gozando del programa de
   gratuidad de materiales curriculares.

 Motivar a sus hijos mediante el diálogo para que respeten estas Normas.




                                      9
EL PROFESORADO.

Derechos del profesorado.

   Los maestros tienen libertad de cátedra, siempre que respeten la
     Constitución, las leyes referentes a la educación y éste Reglamento. El
     ejercicio de su libertad de cátedra deberá ir dirigido a conseguir la
     formación integral del alumno.

   Deberá ser respetado por todos los miembros de la Comunidad Escolar del
     Centro.

   Deberá ser informado del motivo de las faltas de sus alumnos mediante
     justificante.

   Podrá proponer y colaborar en las actividades complementarias y
     extraescolares recogidas en la Programación General Anual.

   Deberá ser escuchado en Claustro y en cuantos órganos y reuniones
     participe.

   Se les garantizará el derecho de reunión, siempre que no se perturbe el
     desarrollo normal de las actividades docentes. Las reuniones deberán ser
     comunicadas al director con la debida antelación.

   Obtener colaboración por parte de los padres o tutores, en las tareas
     educativas y disciplinarias de la clase o del Centro.
   Obtener información de los padres o tutores del niño/a, sobre el
     comportamiento de éstos en el ambiente familiar.

   Los maestros tendrán derecho a recibir asesoramiento e información del
     Orientador del Centro, del asistente social, de la logopeda, PT, ante
     problemas psicológicos, sociales y pedagógicos.




Obligaciones del profesorado.

   Desarrollar con el alumnado programas relativos a la mediación y mejora de
     la convivencia, a los hábitos y técnicas de estudio, a la toma de decisiones y
     al pensamiento creativo y emprendedor.




                                        10
 Facilitar el intercambio y la coherencia del proceso educativo con las
   familias y establecer una vía de participación activa de la comunidad
   educativa en la vida del centro.

 Coordinar al profesorado que interviene en un mismo grupo de alumnos para
   garantizar la coherencia del proceso de enseñanza-aprendizaje.

 Colaborar con el resto de niveles de la orientación para favorecer un
   desarrollo gradual y coordinado a través del asesoramiento y el intercambio.

 Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su
   participación en las actividades.

 Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.

 Colaborar con la logopeda, la PT y el orientador del centro en los términos
   que establezca la jefatura de estudios.

 Informar a los padres, maestros y alumnos de su grupo de todo aquello que
   les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento
   académico.

 Atender y cuidar a los alumnos en los periodos de recreo y en otras
   actividades no lectivas.

 Asistir al centro puntualmente cumpliendo con el horario establecido.

 Permanecer en el centro durante las horas que legalmente le correspondan.

 Comunicar al jefe de estudios o la directora, con antelación si es posible, su
   ausencia en el centro y justificar cualquier falta de asistencia, ya sea en
   periodos lectivos o a las actividades de obligada permanencia.

 Asistir y colaborar en aquellas reuniones y actividades que se realicen en el
   Centro, como reuniones de Ciclo, de Nivel, Claustros, Consejos Escolares,
   etc.

 Velar por su permanente formación, asistiendo y participando en cursos,
   seminarios, grupos de trabajo, proyectos de innovación educativa, etc.
   propuestos por el CEP y otras Instituciones.
 Tomar parte en la vigilancia de recreos, según el horario establecido por el
   jefe de estudios.

 Velar por el buen orden en los pasillos, entradas y salidas del centro.




                                       11
 Atender, en las horas de apoyo al Centro, al grupo de alumnos que se
       encuentren sin maestro, orientar sus actividades y velar por el buen
       funcionamiento del Centro.

    Velar por el cumplimiento de estas Normas.




Medidas preventivas y correctoras
PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN.

       En el ejercicio de su autonomía, los centros docentes determinarán, las
Normas de convivencia, funcionamiento y organización del centro y del aula, las
conductas que no se ajustan a los principios y criterios que regulan la convivencia
del centro, conforme a la clasificación establecida en los artículos 22 y 23 de este
Decreto, y establecerán las medidas correctoras y los procedimientos necesarios
para su aplicación, seguimiento y control, así como los responsables de su
ejecución, conforme a los criterios establecidos en el capítulo III del título III de
este decreto.
   Son conductas susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo
establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro
y del aula o atentan contra la convivencia cuando son realizadas:
    Dentro del recinto escolar.

    Durante la realización de actividades extracurriculares.



                                         12
 En el uso de los servicios complementarios del centro.


Asimismo, se tendrán en consideración aquellas, que aunque se realicen fuera del
recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar.




CRITERIOS DE APLICACIÓN.

       Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrá en cuenta, junto al
nivel de etapa escolar, las circunstancias personales, familiares y sociales.
       Las medidas correctoras deben, ser proporcionales a la gravedad de la
conducta que se pretenda modificar y deben contribuir al mantenimiento y la
mejora del proceso educativo.
       En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la
integridad física y la dignidad personal del alumno.
       El alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación
y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.


Graduación de estas medidas.

A efectos de graduar las medidas correctoras se deben tener en consideración, las
siguientes circunstancias :


Circunstancias que atenúen gravedad:


    El reconocimiento espontáneo de conducta incorrecta.

    La ausencia de medidas correctoras previas.

    La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del
       desarrollo de las actividades del centro.

    El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.

    La falta de intencionalidad.

    La voluntad del infractor de participar en los procesos de mediación, si se
       dan las condiciones para que esta sea posible, y de cumplir los acuerdos que
       se adopten durante los mismos.




                                          13
Circunstancias que aumentan la gravedad:

    Los daños, injurias u ofensas a compañeros o compañeras de menor edad o
       de nueva incorporación, o que presenten condiciones personales que
       conlleven desigualdad o inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a
       comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa.

    Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del
       centro, su integridad física o moral, y su dignidad.

    La premeditación y la reincidencia.

    La publicidad.

    La utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o
       publicitarios.

    Las realizadas colectivamente.




 Tipificación de conductas.
Conductas contrarias a las normas.
Son   conductas    contrarias   a   las   Normas de     convivencia,   organización   y
funcionamiento del aula y del centro, las siguientes:


    Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.

    La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.

    La interrupción del normal desarrollo de las clases.

    La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.

    Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.

    El deterioro, causado intencionalmente, de las dependencias del centro o de
       su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar.




                                           14
Conductas    gravemente                      perjudiciales           para        la
convivencia.

Son las siguientes:


    Actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las
       actividades del Centro.

    Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad
       escolar




      El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para
       la salud y la integridad personal del os miembros de la comunidad educativa.

      El deterioro grave, causado intencionalmente, de las dependencias del
       centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás
       miembros de la comunidad educativa.

      Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que
       atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como
       la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la
       apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.

    Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una
       implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen




                                        15
contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus
       características personales, económicas, sociales o educativas .

    La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y
       material académico

       La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el
       centro.

    El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.




Medidas correctoras.
Ante conductas contrarias a las normas.


Son medidas correctoras a incorporar a la Normas de convivencia, organización y
funcionamiento del centro para dar respuestas a las conductas recogidas en el
artículo 22, las siguientes:


    La restricción del uso de determinados espacios y recursos del centro.

    La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora,
       cuidado y conservación de algún espacio del centro.

    El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula del
       grupo habitual, bajo el control del profesorado del centro, en los términos
       dispuestos en el artículo 25.

    La realización de tareas escolares en el centro del horario no lectivo del
       alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de
       los padres, madres o tutores legales del alumno.


La decisión de las medidas correctoras, por delegación del director, corresponde a:
Cualquier profesor del centro, oído el alumno, en los supuestos detallados en los
apartados 1 y 2 del apartado 1 del presente artículo.

El tutor en los supuestos detallados en los apartados a) y d) del apartado 1 del
presente artículo.




                                         16
En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se
notificarán a las familias.


Realización de tareas educativas fuera de clase.

    El profesor podrá imponer temporalmente, como medida correctora, la
         realización de tareas educativas fuera del aula durante el período de su
         clase al alumno que con su conducta impida al resto del alumnado ejercer el
         derecho a la enseñanza y aprendizaje. Esta medida se adoptará una vez
         agotadas otras posibilidades, y sólo afectará al período lectivo en que se
         produzca la conducta a corregir.

    La dirección del centro organizará la atención al alumnado que sea objeto de
         esta medida organizando su vigilancia del profesorado en función de la
         disponibilidad horaria del centro.

    El profesor/a responsable de la clase informará a la Jefatura de Estudios y
         al tutor o tutora del grupo de las circunstancias que han motivado la
         adopción de la medida correctora, y el profesorado a cargo de la vigilancia
         informará igualmente de la conducta mantenida por el alumno/a durante su
         custodia.

        El equipo directivo llevará un control de estas situaciones excepcionales
         para   adoptar,   si   fuera   necesario,   otras   medidas,   e    informará
         periódicamente de esta circunstancia al Consejo Escolar y a la Inspección
         de educación.


Ante conductas                  gravemente perjudiciales                    para   la
convivencia.

a) Realización en horario no lectivo de tareas educativas por un período superior a
una semana e inferior a un mes.

b) La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades
extraescolares o complementarias durante un período que no podrá ser superior a
un mes

c) El cambio de grupo de clase.

d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal
de la asistencia al propio centro docente por un período que no podrá ser superior
a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación


                                              17
continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno acuda periódicamente al
centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto,
el tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno
sancionado, con inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días
de no asistencia al centro. En la adopción de esta medida tienen el deber de
colaborar los padres del alumno.

Responsabilidad de los daños.

       El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las
instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de
cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño
causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente,
quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad
escolar deberán restituir lo sustraído. Los alumnos y alumnas o en su caso las
madres, padres o tutores legales de los alumnos serán responsables del
resarcimiento de tales daños en los términos previstos en las leyes.




                                         18
Mediación.

       La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que,
mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes
implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio.
       Puede utilizarse como estrategia preventiva en la gestión de conflictos que
se deriven de conductas contrarias y perjudiciales para la convivencia del centro.
Se puede ofrecer una mediación como estrategia de reparación o de reconciliación
una vez aplicada la medida correctora, a fin de restablecer la confianza entre las
personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas
que se puedan producir.

Proceso de Mediación.

1) Se puede iniciar a instancias de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya
se trate de persona interesada o de una tercera persona, siempre que las partes
del conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que éstas asuman
ante la Dirección del centro, y en caso de menores de edad, las madres, los padres
o tutores, el compromiso de cumplir el acuerdo a que se llegue.

2) Las personas mediadoras deberán ser propuestas por la dirección del centro
entre las distintas partes de la familia educativa, que dispongan de formación
adecuada para conducir el proceso de mediación.

3) Las personas mediadoras deberán convocar un encuentro de las personas
implicadas en el conflicto para concretar los pactos de conciliación y o reparación a
que quieran llegar.

4) Si el proceso de mediación se interrumpe o finaliza sin acuerdo, o si se
incumplen los pactos de reparación, la persona mediadora debe comunicar estas
circunstancias al director del centro para que actúe en consecuencia.




                                         19
Normas      de   organización    y
funcionamiento. Responsables de su
aplicación.

NORMAS DE AULA.


Educación Infantil.

      Entrar y salir en las filas en silencio.

      Colgar los abrigos y las mochilas en las perchas.

      Guardar el turno al hablar.

      Recoger el material utilizado para realizar las actividades.

      No mojarse en los servicios.

      No pegar ni insultar a los compañeros.

      No gritar en clase.

      Dejar colocadas las mesas y sillas al salir.

      Utilizar adecuadamente los diferentes rincones y sus materiales.

      Guardar en la caja sus pertenencias personales.

      No correr en la clase ni por los pasillos.

Educación Primaria.

      Los alumnos procurarán mantener la clase limpia y ordenada.

      Antes de hablar, los alumnos pedirán la palabra y respetarán su turno.

      Se respetará el material propio y ajeno, así como el mobiliario y enseres del
      aula.

      Se evitará comer en clase cualquier tipo de alimento (chicles, pipas, etc.).

      Los alumnos vendrán provistos del material necesario.

      Los alumnos no se ausentarán del aula durante el tiempo que dure la clase o
      actividad.



                                          20
Los cambios de clase y las salidas o entradas al aula se harán en silencio y
    con orden.

    En clase se trabajará en silencio y respetando al compañero.

    No se permitirán insultos ni palabras malsonantes en clase.



NORMAS DURANTE LOS RECREOS.

    Cada día un profesor por cada 60 alumnos, se encargará de la vigilancia del
    recreo. En Educación infantil la relación es de un profesor por cada 30
    alumnos.

    Durante el tiempo de recreo, sólo pueden permanecer en el aula los alumnos
    en presencia de un profesor.

    En el patio de recreo, se evitarán juegos violentos o peligrosos para los que
    juegan o sus compañeros.

    Cuando se juega al fútbol, hay que hacerlo con cuidado para evitar riesgos a
    otros alumnos, especialmente a los más pequeños. De no ser así se prohibirá
    este juego en los recreos, (pelotas de goma.)

    Durante el recreo, no se pasará a las dependencias del centro, a no ser con
    permiso de los profesores vigilantes.

    A la hora de tomar el bocadillo, se utilizarán las papeleras, dejando limpio el
    patio.

    Para el tiempo de recreo es aconsejable que los alumnos traigan batidos,
    zumos, frutas o pequeños bocadillos, evitando bollería industrial, gusanitos
    etc.

    Se respetarán y cuidarán árboles y plantas.

    En caso de lluvia, si así lo consideran los profesores, se utilizarán los
    porches o zona cubierta caso de Educación infantil.

    En educación Primaria, en caso de lluvia los alumnos permanecerán en las
    aulas acompañados de sus profesores.

    Los alumnos mayores deben dejar a los más pequeños zonas que para ellos
    estén marcadas en los patios.

    Cada alumno debe utilizar los servicios y aseos que tienen asignados, y que
    deben conocer.

    Está especialmente prohibido que los alumnos de Educación Primaria, entren
    en el edificio de Educación Infantil.




                                      21
No se debe jugar ni permanecer hablando en los servicios, escaleras y
    portales. Igualmente no hay que acercarse a las ventanas de las aulas o
    estar asomados a ellas.

    Cuando se oiga el timbre de entrada, se irá rápido (pero sin carreras) a
    formar las filas. Las formaciones hay que hacerlas bien y sin empujar ni
    molestar.

    Tanto las entradas como las salidas de clase deben hacerse ordenadamente
    y en silencio. En particular debe tenerse cuidado cuando se sube o se bajan
    las escaleras.

    No se debe entrar en las aulas, fuera de las horas de clase. Por este motivo
    las aulas deberán cerrarse en estos tiempos.




NORMAS PARA LAS FAMILIAS.

    Los alumnos deben asistir obligatoriamente y diariamente a clase los días
    lectivos

    Ser puntual en las entradas para que los alumnos se pongan en fila.

    Justificar las ausencias, comunicándolas al profesor tutor.

    No mandarle al colegio, cuando padezca una enfermedad contagiosa
    (sarampión, varicela, piojos), ni con fiebre.

    En caso de ir al médico, los alumnos se incorporarán al colegio, en cambios
    de clase o recreo.




                                      22
No se admitirán chucherías en clase si no es por un motivo justificado,
   fiestas, actividades de centro (Ed. infantil).

   Informar al profesorado de quién va a recoger al alumn@ a la salida (Ed.
   Infantil).

   Los niños deben traer ropa cómoda que les facilite ir solos al servicio, y las
   zapatillas serán preferiblemente de velcro. (Ed. infantil).

   Los niños deben acudir a clase con babi. (Ed. Infantil).

   En caso de que algún alumno necesite cambios de ropa, se llamará a la
   familia para que vengan al centro y lo cambien.

   Cuando se realicen excursiones los alumnos aportarán la consiguiente
   autorización firmada, de lo contrario no podrán realizarla.

   Los padres y madres no podrán pasar al patio del centro, dejarán a los
   alumnos que ellos solos se pongan en fila.

   Aquellos padres que deseen pasar al Colegio para hablar con Dirección o a
   Secretaría, lo harán pasados unos minutos, cuando los alumnos estén ya en
   las aulas.

   Las personas ajenas al centro, evitarán entrar en las aulas, durante las
   horas de clase y si así lo hicieran serían acompañadas por el Conserje previo
   paso por Secretaría.

   Las familias procurarán no venir a la verja del colegio en las horas de
   recreo, ni entregar a los alumnos nada a través de la verja.


OTRAS NORMAS DE CENTRO.

   El horario lectivo será de 9:00 a 14:00 horas.

   Cuando suene la señal acústica para indicar la entrada al centro, los alumnos
   se colocarán en filas, por niveles, de forma ordenada.


   Se asistirá con puntualidad a las clases y actividades docentes, respetando
   el horario establecido.

   Los profesores son los encargados de ordenar la entrada al Centro y
   acompañar a sus alumnos hasta el aula, comenzando seguidamente el
   trabajo.

   Si por causa imprevista un alumno no llegara puntualmente a clase, lo hará
   en la sesión siguiente provisto siempre del justificante correspondiente.




                                     23
Ningún alumno podrá salir del centro antes de las horas establecidas,
       excepto que lo justifiquen con un escrito de sus padres o tutores, y siendo
       recogidos y acompañados por un adulto.

       No se deben traer al centro, objetos peligrosos (navaja, mecheros, objetos
       punzantes, etc.).

       Los alumnos no podrán traer al centro teléfonos móviles ni video consolas.

       Los alumnos deberán vestir con el decoro y limpieza necesarios.

       No se puede fumar dentro del recinto escolar, ni en ninguna dependencia.

       No está permitido el acceso al recinto escolar de mascotas u otros animales.

       No se permitirán dentro del centro patines, monopatines, ni cualquier otro
       instrumento o juego de diversión que pueda ocasionar algún peligro al
       alumno o al resto de compañeros.

       Las puertas de acceso al Colegio, una vez que se haya entrado a las clases,
       dejando cinco minutos de cortesía, se cerrarán. Una vez cerradas las
       puertas, para acceder al centro se hará por la calle Medellín.

       Durante el horario de clase no se interrumpirán éstas. En caso de necesidad
       de comunicar algo a los alumnos que no se pueda retrasar, se dirigirán al
       Conserje o a la secretaría del centro, para que lo comuniquen al profesor.

       En caso de accidente o percance grave, se procederá a llamar al 112 (quienes
       nos indicarán el protocolo a seguir), y se llamará a la familia o persona de
       contacto autorizada, que se hará cargo lo más pronto posible.

Protocolo a seguir por padres y profesorado del centro ante alumnos
con pediculosis:

Por el bien de todos los alumnos:

       En el momento en que se detecte a un alumno piojos en el pelo, sigan las
indicaciones del profesor tutor, que será quien previa comunicación a la Dirección
del centro, comunique a la familia del alumno que éste, debe abandonar el colegio y
dejar de venir a clase durante un tiempo razonable hasta que esté limpio
completamente.

      Durante este tiempo, la familia, deberá limpiar y lavar al niño en casa con
productos específicos para este tipo de enfermedad.


      A su vuelta a clase, los profesores observarán que esté limpio totalmente.
Se hablará con la familia y se comprobará que se han tomado las medidas
necesarias (cortar el pelo convenientemente, coletas, limpieza de pelo, …).



                                        24
Si esto no fuera así y hubiera signos de que la enfermedad continua, exigiremos a
la familia un certificado médico de que este niño está limpio de piojos y puede
asistir a clase sin riesgo de contagiar a sus compañeros.




SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.

COMEDOR ESCOLAR Y AULA MATINAL.

       Para favorecer una completa escolarización de todo el alumnado, la
Consejería de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tiene
como uno de sus objetivos prioritarios fomentar aquellos medios y recursos de los
centros educativos que impulsen al máximo el principio de igualdad y solidaridad en
el ejercicio del derecho a la educación, compensando desigualdades de origen,
fundamentalmente, socioeconómico.
       La Orden de 1 de Agosto de 2001 regula la organización y funcionamiento de
los comedores escolares de los Centros Públicos de Castilla-La Mancha,
estableciendo bonificaciones totales o parciales sobre el precio del cubierto para
alumnos con transporte escolar obligatorio, o cuyas familias no superen
determinados niveles de renta.




                                        25
El comedor escolar es un servicio educativo que se ofrece a todo el
alumnado en los centros que lo tienen autorizado. Éste lo usa bien por necesidades
de escolarización o por el deseo de utilización de la Comunidad Educativa.
       Corresponde al Consejo Escolar de los centros la propuesta a la dirección
para solicitar el establecimiento de esta prestación del servicio de comedor con
una empresa del sector alimentario. Los precios los actualiza cada año con la
Consejería de educación y las normas de funcionamiento las consensua cada año con
la Dirección del centro.
       El servicio de comedor escolar debe entenderse como un servicio educativo
que complementa la labor del centro docente desarrollando hábitos y actitudes
saludables en el alumnado en relación con la nutrición, lo que garantiza una dieta
sana y equilibrada.
       El comedor escolar se constituye además en un vehículo de integración de
los colectivos socialmente más desfavorecidos y contribuye a la organización de la
vida familiar cuando el padre y la madre trabajan, no pudiendo atender a sus hijos
e hijas durante la hora del almuerzo.
       Los objetivos de este PLAN DE CALIDAD DE LOS COMEDORES
ESCOLARES son incrementar la seguridad y mejorar las condiciones higiénico-
sanitarias de los comedores escolares de nuestra Comunidad Autónoma, potenciar
su dimensión educadora, generando hábitos de higiene y alimentación saludables
que perduren a lo largo de toda la vida y organizar los comedores escolares como
un espacio más del centro, abierto a toda la comunidad educativa.
       Este Servicio seguirá las Normas de convivencia, organización y
funcionamiento, por seguir los mismos esquemas en cuanto a deberes y derechos
que otra actividad dentro del Centro escolar.
       Los alumnos /as de estos servicios aceptarán y se guiarán por los mismos
criterios que observarán y guardarán las normas de convivencia como el resto de
actividades que se desarrollan en el Centro Escolar.
       Los pagos se realizarán en forma domiciliada en bancos y Cajas de ahorro,
para aquellos alumnos que no posean beca y recordar la norma de la Consejería de
educación y empresas de Catering, que aquellos alumnos con falta prolongada en el
comedor y/o aula matinal: los primeros CINCO días los abonará en su totalidad el
usuario del comedor, aunque avise con anterioridad, pagando el 50% los días
restantes hasta el día de su incorporación.

El Horario del AULA MATINAL, será de 7´30 a 9:00 horas de la mañana durante
todo el curso escolar.

El Horario del COMEDOR ESCOLAR, será: en los meses de Septiembre y Junio de
13 a 15 horas y en los demás meses de Octubre a Mayo de 14 a 16 horas.




                                       26
Normas para los usuarios del servicio de comedor.

Los alumnos interesados en utilizar el servicio del comedor, deberán solicitarlo en
Secretaría cumplimentando el impreso correspondiente.

Quienes deseen utilizar el comedor en días sueltos, deberán comunicarlo 24 horas
antes en la Secretaría o la Dirección del Centro.

Todos los USUARIOS del comedor y/o aula matinal, asumirán el pago
correspondiente de la cuota del servicio, salvo aquellos alumnos beneficiarios de
ayudas.

Los alumnos que, habiéndoles sido concedida ayuda de comedor y/o aula matinal, no
hagan uso del servicio durante un mes, perderán el derecho a la misma.

Las bajas definitivas, entendiéndose por meses completos, se comunicarán en
Secretaría con la suficiente antelación.

Al comenzar cada mes se entregará a cada alumno el menú correspondiente a los
servicios que utilice.

Los menús son iguales para todos; sin embargo, se atenderán excepciones al menú
establecido por motivos justificados, cuando se presente certificado o informe
médico y por creencias religiosas.

Las cuidadoras recibirán una lista de los alumnos a los que atienden para llevar un
control de asistencia. Esta lista se entregará en Secretaría a final de mes.




                                        27
Conducta y comportamiento.

En el menú diario, hay una ración mínima que, salvo justificación, han de comer
todos, puesto que están en edad de crecimiento.

No se puede tirar o estropear la comida. Por ello nadie retirará el plato sin el
permiso de los educadores.

Utilizarán los cubiertos de forma adecuada. No se consentirá hacer ruidos ni uso
indebido de los mismos.

Se mantiene una postura correcta en la mesa, se habla con los compañeros de mesa
controlando el tono de voz, de forma que se eviten los gritos y el hablar en tono
molesto para los demás.

El vocabulario ha de ser correcto, evitando palabras malsonantes, tacos, gestos y
todo cuanto directa o indirectamente, pueda herir y ofender a los demás.

Como colaboración y habituación al orden, los alumnos podrán retirar los platos y
cubiertos de la mesa según terminan.

Los educadores y personal de servicio de comedor escolar merecen todo el respeto
de los alumnos, por ello deben ser obedecidos y respetados en el cumplimiento de
sus deberes. De ningún modo han de dirigirse a ellos con malos modales,
contestaciones y tono inadecuado.

El espacio de juego es el patio. Las galerías y el comedor no son para jugar.

Si por razón de lluvia u otro motivo razonable, no se puede hacer el recreo en el
patio, permanecerán en el local que se destine a ver televisión, vídeo o juegos de
mesa, manteniendo un comportamiento adecuado al caso.

Tanto el material como los locales han de ser tratados correctamente haciendo un
uso adecuado de los mismos.

Puede sancionarse y obligar a pagar los desperfectos, a juicio del Director, a
aquellos alumnos que maltraten el material y los locales.

Ningún alumno puede salir, SIN PERMISO de los educadores, del recinto escolar
antes del horario establecido. Aquel alumno/a que abandone el centro sin la
compañía de un adulto, los padres o tutores legales deberán firmar la hoja de
responsabilidad correspondiente. Una vez firmada se entregará en la secretaría
del centro.

Todos los alumnos habituales del comedor, tendrán derecho a un picnic para
aquellos días en los que estén programadas actividades complementarias fuera del
colegio y excedan del horario escolar.




                                          28
Consejería de Educación, Cultura
          y Deporte.




               29

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  • 1. Consejería de Educación y Cultura Colegio Público C/ Medellín,26.Tfno y Fax: 925.802008 E.Mail: 45003140.cp@edu.jccm.es Talavera de la Reina.
  • 2. INDICE 1. Introducción 2. Normas de comportamiento. a. Normas generales. 3. Derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa a. Alumnado b. Familias c. Profesorado. 4. Medidas preventivas y correctoras a. Procedimiento para su aplicación. b. Criterios de aplicación c. Gradación de medidas 5. Tipificación de conductas. 6. Medidas correctoras. 7. Mediación. 8. Normas de organización y funcionamiento. a. Normas de aula b. Normas durante el recreo. c. Normas de las familias. d. Otras normas del centro 9. Servicios complementarios: Comedor y Aula Matinal. 2
  • 3. Introducción. El presente documento pretende ser un instrumento más al servicio de nuestro Centro y de su Proyecto Educativo. Se fundamenta en la Ley Orgánica de Educación (LOE), con el fin de crear pautas o normas de ordenación de la convivencia. Las presentes normas de convivencia, organización y funcionamiento son dependientes del Real Decreto 3/2008, de 08-01-2.008 de la Convivencia Escolar en Castilla la Mancha y en la Orden 15-09-2008 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil y primaria en la comunidad autónoma de Castilla - La Mancha. Para la configuración de estas normas se han tenido presentes los siguientes principios:  El desarrollo de la educación y la convivencia dentro de un marco de tolerancia y respeto a la libertad del individuo, a su personalidad y convicciones que no podrán ser perturbadas por ningún tipo de coacción ni obligación de ideologías determinadas.  El derecho de todos los miembros de la Comunidad Escolar a intervenir en las decisiones que les afecten mediante sus representantes libremente elegidos por los órganos colegiados de control y gestión.  La Orientación de los alumnos para que puedan asumir progresivamente la responsabilidad de su propia educación y de las actividades complementarias de tipo cultural y asociativo, recreativo o similar que aporten un enriquecimiento a su educación y formación.  Asegurar el Orden interno que permita conseguir con la mayor plenitud los objetivos educativos del Centro escolar.  Para mejorar la convivencia es importante el compromiso de todos: de la Administración; del profesorado comprometido a impulsar, en el desarrollo de su actividad docente, la formación en valores; de las familias, sin cuya colaboración no se puede llevar a cabo una educación coordinada en sus principios y acciones; y, por supuesto de los alumnos y alumnas, que deben colaborar en la concienciación de todos sus compañeros sobre la necesidad de actuar en la prevención y en la solución de conflictos. 3
  • 4.  Las enseñanzas en nuestro centro están encaminadas a la consecución de una educación de calidad, teniendo presente la igualdad de oportunidades para todos, es decir, educación inclusiva y no discriminatoria. Para lograrlo se favorecerán valores como la libertad, responsabilidad, solidaridad y esfuerzo. Se buscará la motivación del alumno de forma permanente y nos adecuaremos a su diversidad. Con nuestro plan de Convivencia perseguimos dos objetivos fundamentales:  Potenciar un clima de convivencia positivo en el centro educativo, favoreciendo el desarrollo individual de los alumnos.  Reducir los posibles conflictos que puedan surgir en el día a día en el centro. La actuación se realizará desde dos vertientes. Por un lado, a través de distintas actuaciones dirigidas a toda la comunidad educativa con el fin de prevenir la posible aparición de conflictos, y por otro lado la intervención directa en el grupo de alumnos donde ha surgido el conflicto o problema de convivencia poniendo empeño en concienciar y solucionar definitivamente. 4
  • 5. Normas de Convivencia. Las medidas y actuaciones reguladas por el presente decreto se regirán por los principios siguientes:  El respeto por los derechos y deberes de todos los componentes de la comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa.  El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto mutuo.  El valor de las medidas y actuaciones de carácter preventivo como medio para educar para la convivencia, y su carácter integrador para que contribuyan al desarrollo global de la educación en valores.  Participación de la comunidad educativa en la elaboración, control del cumplimiento y evaluación de las normas de convivencia del centro, y la del profesorado y el alumnado en las normas de aula. Normas generales de Convivencia. Es en la convivencia, donde día a día se manifiestan y pueden ejercitarse los hábitos, actitudes y valores de las personas y de los grupos. Es de ahí que se impongan pautas de conducta que se propicien en las mejores condiciones, y dentro de los principios necesarios para ello. Se considera de la mayor importancia:  El respeto mutuo de todos los miembros de la Comunidad Educativa.  Que las conductas se desarrollen dentro de un clima de solidaridad y tolerancia.  Propiciar la participación y colaboración dentro del respeto a la diversidad y libertad de expresión.  El respeto a las instalaciones y material del Centro.  Dentro de las competencias que en cada caso correspondan, propiciar el cumplimiento de los derechos y deberes. 5
  • 6.  Abordar y resolver mediante el diálogo las situaciones de conflicto, procurando aprovecharlas como situaciones de aprendizaje. Derechos y Obligaciones de los miembros de la Comunidad Educativa. EL ALUMNADO. Derechos del alumnado.  A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.  El que corresponde a los alumnos de realizar su trabajo en las condiciones adecuadas para un buen rendimiento.  A ser tratados acorde con su dignidad personal, y en plano de igualdad.  A su libertad religiosa y de expresión, practicada dentro del respeto a los demás.  A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.  A recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.  A participar en el funcionamiento y en la vida de los centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la ley y en los respectivos reglamentos orgánicos. Obligaciones del alumnado.  El de no perturbar el trabajo de profesores y compañeros.  El de mantener un trato correcto con todas las personas del Centro.  El de no discriminar por circunstancias de raza, sexo o cualquier otra razón personal o social. 6
  • 7.  Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades del centro.  Cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles e instalaciones del centro y, respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.  Participar en la vida y funcionamiento del centro.  Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. LAS FAMILIAS. Derechos de las familias.  Las familias tienen los derechos que la vigente legislación les otorga en relación con los centros a los que confían la educación de sus hijos.  Serán informados mediante circulares y reuniones, precisamente convocadas, de la marcha general del Centro; en especial de cuanto sea necesario para un mejor conocimiento del colegio, su funcionamiento y cuanto pueda serles de interés.  Sin perjuicio de los contactos colectivos con las familias, éstas podrán dirigirse de forma particular para temas de sus hijos a los órganos de 7
  • 8. Gobierno y profesores. Como norma habitual, la información sobre los alumnos se canalizará y centralizará a través de los profesores-tutores.  Podrán requerir de los servicios psicopedagógicos del Colegio y de otros servicios que estén establecidos, en la forma que se determine, informándoles de cómo proceder para ello.  El Centro orientará igualmente de cómo acceder a otros servicios e informaciones municipales y de otras administraciones.  Las familias tienen derecho a información periódica y escrita sobre la marcha de sus hijos en el curso. Respecto de estos documentos se seguirán las instrucciones dadas para mejor cometido de su finalidad.  Los padres deben ser informados de las ausencias a clase de sus hijos, especialmente de aquellas de las que no conste justificación.  Deben ser informados de las faltas cometidas por sus hijos y de las aperturas de expedientes disciplinarios antes de que las sanciones sean firmes.  Pueden intervenir y ser informados de la gestión y control del centro a través de sus representantes en los órganos colegiados de gobierno, según marca la ley.  Elegir democráticamente a sus representantes en el Consejo Escolar.  A que sus hijos reciban religión católica voluntariamente solicitada.  A que sus hijos realicen otras actividades (Orden 3/8/1995) si no optan por la religión católica. Obligaciones de las familias.  Los padres y tutores están obligados a velar por la higiene y cuidado personal con que sus hijos asisten al Colegio.  Deberán proveer de todo el material escolar necesario y supervisar su correcta conservación, así como de que lo traiga a clase cuando sea necesario.  Información a los tutores de todas aquellas cuestiones que entiendan de interés para el proceso educativo de los alumnos. 8
  • 9.  Las faltas de asistencia a clase serán comunicadas a ser posible con antelación, en caso contrario inmediatamente de producirse.  Una vez en el Centro, los alumnos no pueden abandonarlo antes de finalizar el horario lectivo. Si por alguna razón justificada hubieran de salir, lo harán en compañía de los padres o persona autorizada.  Los padres colaborarán con el Centro inculcando en sus hijos el fomento del compañerismo y demás hábitos que propicien una buena convivencia en el Colegio.  En caso de que sus hijos puedan propiciar algún contagio que genere perjuicios a sus compañeros, debe abstenerse de enviar a sus hijos al Colegio hasta tanto haya desaparecido al riesgo.  Serán los responsables subsidiarios de los daños ocasionados intencionadamente por sus hijos a las instalaciones del centro.  Deberán reponer los libros de textos de sus hijos si así lo determinara la comisión encargada de ello, si desea seguir gozando del programa de gratuidad de materiales curriculares.  Motivar a sus hijos mediante el diálogo para que respeten estas Normas. 9
  • 10. EL PROFESORADO. Derechos del profesorado.  Los maestros tienen libertad de cátedra, siempre que respeten la Constitución, las leyes referentes a la educación y éste Reglamento. El ejercicio de su libertad de cátedra deberá ir dirigido a conseguir la formación integral del alumno.  Deberá ser respetado por todos los miembros de la Comunidad Escolar del Centro.  Deberá ser informado del motivo de las faltas de sus alumnos mediante justificante.  Podrá proponer y colaborar en las actividades complementarias y extraescolares recogidas en la Programación General Anual.  Deberá ser escuchado en Claustro y en cuantos órganos y reuniones participe.  Se les garantizará el derecho de reunión, siempre que no se perturbe el desarrollo normal de las actividades docentes. Las reuniones deberán ser comunicadas al director con la debida antelación.  Obtener colaboración por parte de los padres o tutores, en las tareas educativas y disciplinarias de la clase o del Centro.  Obtener información de los padres o tutores del niño/a, sobre el comportamiento de éstos en el ambiente familiar.  Los maestros tendrán derecho a recibir asesoramiento e información del Orientador del Centro, del asistente social, de la logopeda, PT, ante problemas psicológicos, sociales y pedagógicos. Obligaciones del profesorado.  Desarrollar con el alumnado programas relativos a la mediación y mejora de la convivencia, a los hábitos y técnicas de estudio, a la toma de decisiones y al pensamiento creativo y emprendedor. 10
  • 11.  Facilitar el intercambio y la coherencia del proceso educativo con las familias y establecer una vía de participación activa de la comunidad educativa en la vida del centro.  Coordinar al profesorado que interviene en un mismo grupo de alumnos para garantizar la coherencia del proceso de enseñanza-aprendizaje.  Colaborar con el resto de niveles de la orientación para favorecer un desarrollo gradual y coordinado a través del asesoramiento y el intercambio.  Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades.  Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.  Colaborar con la logopeda, la PT y el orientador del centro en los términos que establezca la jefatura de estudios.  Informar a los padres, maestros y alumnos de su grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.  Atender y cuidar a los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.  Asistir al centro puntualmente cumpliendo con el horario establecido.  Permanecer en el centro durante las horas que legalmente le correspondan.  Comunicar al jefe de estudios o la directora, con antelación si es posible, su ausencia en el centro y justificar cualquier falta de asistencia, ya sea en periodos lectivos o a las actividades de obligada permanencia.  Asistir y colaborar en aquellas reuniones y actividades que se realicen en el Centro, como reuniones de Ciclo, de Nivel, Claustros, Consejos Escolares, etc.  Velar por su permanente formación, asistiendo y participando en cursos, seminarios, grupos de trabajo, proyectos de innovación educativa, etc. propuestos por el CEP y otras Instituciones.  Tomar parte en la vigilancia de recreos, según el horario establecido por el jefe de estudios.  Velar por el buen orden en los pasillos, entradas y salidas del centro. 11
  • 12.  Atender, en las horas de apoyo al Centro, al grupo de alumnos que se encuentren sin maestro, orientar sus actividades y velar por el buen funcionamiento del Centro.  Velar por el cumplimiento de estas Normas. Medidas preventivas y correctoras PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN. En el ejercicio de su autonomía, los centros docentes determinarán, las Normas de convivencia, funcionamiento y organización del centro y del aula, las conductas que no se ajustan a los principios y criterios que regulan la convivencia del centro, conforme a la clasificación establecida en los artículos 22 y 23 de este Decreto, y establecerán las medidas correctoras y los procedimientos necesarios para su aplicación, seguimiento y control, así como los responsables de su ejecución, conforme a los criterios establecidos en el capítulo III del título III de este decreto. Son conductas susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula o atentan contra la convivencia cuando son realizadas:  Dentro del recinto escolar.  Durante la realización de actividades extracurriculares. 12
  • 13.  En el uso de los servicios complementarios del centro. Asimismo, se tendrán en consideración aquellas, que aunque se realicen fuera del recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar. CRITERIOS DE APLICACIÓN. Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrá en cuenta, junto al nivel de etapa escolar, las circunstancias personales, familiares y sociales. Las medidas correctoras deben, ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretenda modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo. En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la dignidad personal del alumno. El alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad. Graduación de estas medidas. A efectos de graduar las medidas correctoras se deben tener en consideración, las siguientes circunstancias : Circunstancias que atenúen gravedad:  El reconocimiento espontáneo de conducta incorrecta.  La ausencia de medidas correctoras previas.  La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las actividades del centro.  El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.  La falta de intencionalidad.  La voluntad del infractor de participar en los procesos de mediación, si se dan las condiciones para que esta sea posible, y de cumplir los acuerdos que se adopten durante los mismos. 13
  • 14. Circunstancias que aumentan la gravedad:  Los daños, injurias u ofensas a compañeros o compañeras de menor edad o de nueva incorporación, o que presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa.  Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad física o moral, y su dignidad.  La premeditación y la reincidencia.  La publicidad.  La utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o publicitarios.  Las realizadas colectivamente. Tipificación de conductas. Conductas contrarias a las normas. Son conductas contrarias a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula y del centro, las siguientes:  Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.  La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.  La interrupción del normal desarrollo de las clases.  La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.  Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.  El deterioro, causado intencionalmente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar. 14
  • 15. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Son las siguientes:  Actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del Centro.  Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar  El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal del os miembros de la comunidad educativa.  El deterioro grave, causado intencionalmente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.  Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.  Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen 15
  • 16. contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas .  La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico  La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.  El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Medidas correctoras. Ante conductas contrarias a las normas. Son medidas correctoras a incorporar a la Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro para dar respuestas a las conductas recogidas en el artículo 22, las siguientes:  La restricción del uso de determinados espacios y recursos del centro.  La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún espacio del centro.  El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula del grupo habitual, bajo el control del profesorado del centro, en los términos dispuestos en el artículo 25.  La realización de tareas escolares en el centro del horario no lectivo del alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales del alumno. La decisión de las medidas correctoras, por delegación del director, corresponde a: Cualquier profesor del centro, oído el alumno, en los supuestos detallados en los apartados 1 y 2 del apartado 1 del presente artículo. El tutor en los supuestos detallados en los apartados a) y d) del apartado 1 del presente artículo. 16
  • 17. En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se notificarán a las familias. Realización de tareas educativas fuera de clase.  El profesor podrá imponer temporalmente, como medida correctora, la realización de tareas educativas fuera del aula durante el período de su clase al alumno que con su conducta impida al resto del alumnado ejercer el derecho a la enseñanza y aprendizaje. Esta medida se adoptará una vez agotadas otras posibilidades, y sólo afectará al período lectivo en que se produzca la conducta a corregir.  La dirección del centro organizará la atención al alumnado que sea objeto de esta medida organizando su vigilancia del profesorado en función de la disponibilidad horaria del centro.  El profesor/a responsable de la clase informará a la Jefatura de Estudios y al tutor o tutora del grupo de las circunstancias que han motivado la adopción de la medida correctora, y el profesorado a cargo de la vigilancia informará igualmente de la conducta mantenida por el alumno/a durante su custodia.  El equipo directivo llevará un control de estas situaciones excepcionales para adoptar, si fuera necesario, otras medidas, e informará periódicamente de esta circunstancia al Consejo Escolar y a la Inspección de educación. Ante conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. a) Realización en horario no lectivo de tareas educativas por un período superior a una semana e inferior a un mes. b) La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un período que no podrá ser superior a un mes c) El cambio de grupo de clase. d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un período que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación 17
  • 18. continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto, el tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno sancionado, con inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no asistencia al centro. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar los padres del alumno. Responsabilidad de los daños. El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente, quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído. Los alumnos y alumnas o en su caso las madres, padres o tutores legales de los alumnos serán responsables del resarcimiento de tales daños en los términos previstos en las leyes. 18
  • 19. Mediación. La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que, mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio. Puede utilizarse como estrategia preventiva en la gestión de conflictos que se deriven de conductas contrarias y perjudiciales para la convivencia del centro. Se puede ofrecer una mediación como estrategia de reparación o de reconciliación una vez aplicada la medida correctora, a fin de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir. Proceso de Mediación. 1) Se puede iniciar a instancias de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya se trate de persona interesada o de una tercera persona, siempre que las partes del conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que éstas asuman ante la Dirección del centro, y en caso de menores de edad, las madres, los padres o tutores, el compromiso de cumplir el acuerdo a que se llegue. 2) Las personas mediadoras deberán ser propuestas por la dirección del centro entre las distintas partes de la familia educativa, que dispongan de formación adecuada para conducir el proceso de mediación. 3) Las personas mediadoras deberán convocar un encuentro de las personas implicadas en el conflicto para concretar los pactos de conciliación y o reparación a que quieran llegar. 4) Si el proceso de mediación se interrumpe o finaliza sin acuerdo, o si se incumplen los pactos de reparación, la persona mediadora debe comunicar estas circunstancias al director del centro para que actúe en consecuencia. 19
  • 20. Normas de organización y funcionamiento. Responsables de su aplicación. NORMAS DE AULA. Educación Infantil. Entrar y salir en las filas en silencio. Colgar los abrigos y las mochilas en las perchas. Guardar el turno al hablar. Recoger el material utilizado para realizar las actividades. No mojarse en los servicios. No pegar ni insultar a los compañeros. No gritar en clase. Dejar colocadas las mesas y sillas al salir. Utilizar adecuadamente los diferentes rincones y sus materiales. Guardar en la caja sus pertenencias personales. No correr en la clase ni por los pasillos. Educación Primaria. Los alumnos procurarán mantener la clase limpia y ordenada. Antes de hablar, los alumnos pedirán la palabra y respetarán su turno. Se respetará el material propio y ajeno, así como el mobiliario y enseres del aula. Se evitará comer en clase cualquier tipo de alimento (chicles, pipas, etc.). Los alumnos vendrán provistos del material necesario. Los alumnos no se ausentarán del aula durante el tiempo que dure la clase o actividad. 20
  • 21. Los cambios de clase y las salidas o entradas al aula se harán en silencio y con orden. En clase se trabajará en silencio y respetando al compañero. No se permitirán insultos ni palabras malsonantes en clase. NORMAS DURANTE LOS RECREOS. Cada día un profesor por cada 60 alumnos, se encargará de la vigilancia del recreo. En Educación infantil la relación es de un profesor por cada 30 alumnos. Durante el tiempo de recreo, sólo pueden permanecer en el aula los alumnos en presencia de un profesor. En el patio de recreo, se evitarán juegos violentos o peligrosos para los que juegan o sus compañeros. Cuando se juega al fútbol, hay que hacerlo con cuidado para evitar riesgos a otros alumnos, especialmente a los más pequeños. De no ser así se prohibirá este juego en los recreos, (pelotas de goma.) Durante el recreo, no se pasará a las dependencias del centro, a no ser con permiso de los profesores vigilantes. A la hora de tomar el bocadillo, se utilizarán las papeleras, dejando limpio el patio. Para el tiempo de recreo es aconsejable que los alumnos traigan batidos, zumos, frutas o pequeños bocadillos, evitando bollería industrial, gusanitos etc. Se respetarán y cuidarán árboles y plantas. En caso de lluvia, si así lo consideran los profesores, se utilizarán los porches o zona cubierta caso de Educación infantil. En educación Primaria, en caso de lluvia los alumnos permanecerán en las aulas acompañados de sus profesores. Los alumnos mayores deben dejar a los más pequeños zonas que para ellos estén marcadas en los patios. Cada alumno debe utilizar los servicios y aseos que tienen asignados, y que deben conocer. Está especialmente prohibido que los alumnos de Educación Primaria, entren en el edificio de Educación Infantil. 21
  • 22. No se debe jugar ni permanecer hablando en los servicios, escaleras y portales. Igualmente no hay que acercarse a las ventanas de las aulas o estar asomados a ellas. Cuando se oiga el timbre de entrada, se irá rápido (pero sin carreras) a formar las filas. Las formaciones hay que hacerlas bien y sin empujar ni molestar. Tanto las entradas como las salidas de clase deben hacerse ordenadamente y en silencio. En particular debe tenerse cuidado cuando se sube o se bajan las escaleras. No se debe entrar en las aulas, fuera de las horas de clase. Por este motivo las aulas deberán cerrarse en estos tiempos. NORMAS PARA LAS FAMILIAS. Los alumnos deben asistir obligatoriamente y diariamente a clase los días lectivos Ser puntual en las entradas para que los alumnos se pongan en fila. Justificar las ausencias, comunicándolas al profesor tutor. No mandarle al colegio, cuando padezca una enfermedad contagiosa (sarampión, varicela, piojos), ni con fiebre. En caso de ir al médico, los alumnos se incorporarán al colegio, en cambios de clase o recreo. 22
  • 23. No se admitirán chucherías en clase si no es por un motivo justificado, fiestas, actividades de centro (Ed. infantil). Informar al profesorado de quién va a recoger al alumn@ a la salida (Ed. Infantil). Los niños deben traer ropa cómoda que les facilite ir solos al servicio, y las zapatillas serán preferiblemente de velcro. (Ed. infantil). Los niños deben acudir a clase con babi. (Ed. Infantil). En caso de que algún alumno necesite cambios de ropa, se llamará a la familia para que vengan al centro y lo cambien. Cuando se realicen excursiones los alumnos aportarán la consiguiente autorización firmada, de lo contrario no podrán realizarla. Los padres y madres no podrán pasar al patio del centro, dejarán a los alumnos que ellos solos se pongan en fila. Aquellos padres que deseen pasar al Colegio para hablar con Dirección o a Secretaría, lo harán pasados unos minutos, cuando los alumnos estén ya en las aulas. Las personas ajenas al centro, evitarán entrar en las aulas, durante las horas de clase y si así lo hicieran serían acompañadas por el Conserje previo paso por Secretaría. Las familias procurarán no venir a la verja del colegio en las horas de recreo, ni entregar a los alumnos nada a través de la verja. OTRAS NORMAS DE CENTRO. El horario lectivo será de 9:00 a 14:00 horas. Cuando suene la señal acústica para indicar la entrada al centro, los alumnos se colocarán en filas, por niveles, de forma ordenada. Se asistirá con puntualidad a las clases y actividades docentes, respetando el horario establecido. Los profesores son los encargados de ordenar la entrada al Centro y acompañar a sus alumnos hasta el aula, comenzando seguidamente el trabajo. Si por causa imprevista un alumno no llegara puntualmente a clase, lo hará en la sesión siguiente provisto siempre del justificante correspondiente. 23
  • 24. Ningún alumno podrá salir del centro antes de las horas establecidas, excepto que lo justifiquen con un escrito de sus padres o tutores, y siendo recogidos y acompañados por un adulto. No se deben traer al centro, objetos peligrosos (navaja, mecheros, objetos punzantes, etc.). Los alumnos no podrán traer al centro teléfonos móviles ni video consolas. Los alumnos deberán vestir con el decoro y limpieza necesarios. No se puede fumar dentro del recinto escolar, ni en ninguna dependencia. No está permitido el acceso al recinto escolar de mascotas u otros animales. No se permitirán dentro del centro patines, monopatines, ni cualquier otro instrumento o juego de diversión que pueda ocasionar algún peligro al alumno o al resto de compañeros. Las puertas de acceso al Colegio, una vez que se haya entrado a las clases, dejando cinco minutos de cortesía, se cerrarán. Una vez cerradas las puertas, para acceder al centro se hará por la calle Medellín. Durante el horario de clase no se interrumpirán éstas. En caso de necesidad de comunicar algo a los alumnos que no se pueda retrasar, se dirigirán al Conserje o a la secretaría del centro, para que lo comuniquen al profesor. En caso de accidente o percance grave, se procederá a llamar al 112 (quienes nos indicarán el protocolo a seguir), y se llamará a la familia o persona de contacto autorizada, que se hará cargo lo más pronto posible. Protocolo a seguir por padres y profesorado del centro ante alumnos con pediculosis: Por el bien de todos los alumnos: En el momento en que se detecte a un alumno piojos en el pelo, sigan las indicaciones del profesor tutor, que será quien previa comunicación a la Dirección del centro, comunique a la familia del alumno que éste, debe abandonar el colegio y dejar de venir a clase durante un tiempo razonable hasta que esté limpio completamente. Durante este tiempo, la familia, deberá limpiar y lavar al niño en casa con productos específicos para este tipo de enfermedad. A su vuelta a clase, los profesores observarán que esté limpio totalmente. Se hablará con la familia y se comprobará que se han tomado las medidas necesarias (cortar el pelo convenientemente, coletas, limpieza de pelo, …). 24
  • 25. Si esto no fuera así y hubiera signos de que la enfermedad continua, exigiremos a la familia un certificado médico de que este niño está limpio de piojos y puede asistir a clase sin riesgo de contagiar a sus compañeros. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. COMEDOR ESCOLAR Y AULA MATINAL. Para favorecer una completa escolarización de todo el alumnado, la Consejería de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tiene como uno de sus objetivos prioritarios fomentar aquellos medios y recursos de los centros educativos que impulsen al máximo el principio de igualdad y solidaridad en el ejercicio del derecho a la educación, compensando desigualdades de origen, fundamentalmente, socioeconómico. La Orden de 1 de Agosto de 2001 regula la organización y funcionamiento de los comedores escolares de los Centros Públicos de Castilla-La Mancha, estableciendo bonificaciones totales o parciales sobre el precio del cubierto para alumnos con transporte escolar obligatorio, o cuyas familias no superen determinados niveles de renta. 25
  • 26. El comedor escolar es un servicio educativo que se ofrece a todo el alumnado en los centros que lo tienen autorizado. Éste lo usa bien por necesidades de escolarización o por el deseo de utilización de la Comunidad Educativa. Corresponde al Consejo Escolar de los centros la propuesta a la dirección para solicitar el establecimiento de esta prestación del servicio de comedor con una empresa del sector alimentario. Los precios los actualiza cada año con la Consejería de educación y las normas de funcionamiento las consensua cada año con la Dirección del centro. El servicio de comedor escolar debe entenderse como un servicio educativo que complementa la labor del centro docente desarrollando hábitos y actitudes saludables en el alumnado en relación con la nutrición, lo que garantiza una dieta sana y equilibrada. El comedor escolar se constituye además en un vehículo de integración de los colectivos socialmente más desfavorecidos y contribuye a la organización de la vida familiar cuando el padre y la madre trabajan, no pudiendo atender a sus hijos e hijas durante la hora del almuerzo. Los objetivos de este PLAN DE CALIDAD DE LOS COMEDORES ESCOLARES son incrementar la seguridad y mejorar las condiciones higiénico- sanitarias de los comedores escolares de nuestra Comunidad Autónoma, potenciar su dimensión educadora, generando hábitos de higiene y alimentación saludables que perduren a lo largo de toda la vida y organizar los comedores escolares como un espacio más del centro, abierto a toda la comunidad educativa. Este Servicio seguirá las Normas de convivencia, organización y funcionamiento, por seguir los mismos esquemas en cuanto a deberes y derechos que otra actividad dentro del Centro escolar. Los alumnos /as de estos servicios aceptarán y se guiarán por los mismos criterios que observarán y guardarán las normas de convivencia como el resto de actividades que se desarrollan en el Centro Escolar. Los pagos se realizarán en forma domiciliada en bancos y Cajas de ahorro, para aquellos alumnos que no posean beca y recordar la norma de la Consejería de educación y empresas de Catering, que aquellos alumnos con falta prolongada en el comedor y/o aula matinal: los primeros CINCO días los abonará en su totalidad el usuario del comedor, aunque avise con anterioridad, pagando el 50% los días restantes hasta el día de su incorporación. El Horario del AULA MATINAL, será de 7´30 a 9:00 horas de la mañana durante todo el curso escolar. El Horario del COMEDOR ESCOLAR, será: en los meses de Septiembre y Junio de 13 a 15 horas y en los demás meses de Octubre a Mayo de 14 a 16 horas. 26
  • 27. Normas para los usuarios del servicio de comedor. Los alumnos interesados en utilizar el servicio del comedor, deberán solicitarlo en Secretaría cumplimentando el impreso correspondiente. Quienes deseen utilizar el comedor en días sueltos, deberán comunicarlo 24 horas antes en la Secretaría o la Dirección del Centro. Todos los USUARIOS del comedor y/o aula matinal, asumirán el pago correspondiente de la cuota del servicio, salvo aquellos alumnos beneficiarios de ayudas. Los alumnos que, habiéndoles sido concedida ayuda de comedor y/o aula matinal, no hagan uso del servicio durante un mes, perderán el derecho a la misma. Las bajas definitivas, entendiéndose por meses completos, se comunicarán en Secretaría con la suficiente antelación. Al comenzar cada mes se entregará a cada alumno el menú correspondiente a los servicios que utilice. Los menús son iguales para todos; sin embargo, se atenderán excepciones al menú establecido por motivos justificados, cuando se presente certificado o informe médico y por creencias religiosas. Las cuidadoras recibirán una lista de los alumnos a los que atienden para llevar un control de asistencia. Esta lista se entregará en Secretaría a final de mes. 27
  • 28. Conducta y comportamiento. En el menú diario, hay una ración mínima que, salvo justificación, han de comer todos, puesto que están en edad de crecimiento. No se puede tirar o estropear la comida. Por ello nadie retirará el plato sin el permiso de los educadores. Utilizarán los cubiertos de forma adecuada. No se consentirá hacer ruidos ni uso indebido de los mismos. Se mantiene una postura correcta en la mesa, se habla con los compañeros de mesa controlando el tono de voz, de forma que se eviten los gritos y el hablar en tono molesto para los demás. El vocabulario ha de ser correcto, evitando palabras malsonantes, tacos, gestos y todo cuanto directa o indirectamente, pueda herir y ofender a los demás. Como colaboración y habituación al orden, los alumnos podrán retirar los platos y cubiertos de la mesa según terminan. Los educadores y personal de servicio de comedor escolar merecen todo el respeto de los alumnos, por ello deben ser obedecidos y respetados en el cumplimiento de sus deberes. De ningún modo han de dirigirse a ellos con malos modales, contestaciones y tono inadecuado. El espacio de juego es el patio. Las galerías y el comedor no son para jugar. Si por razón de lluvia u otro motivo razonable, no se puede hacer el recreo en el patio, permanecerán en el local que se destine a ver televisión, vídeo o juegos de mesa, manteniendo un comportamiento adecuado al caso. Tanto el material como los locales han de ser tratados correctamente haciendo un uso adecuado de los mismos. Puede sancionarse y obligar a pagar los desperfectos, a juicio del Director, a aquellos alumnos que maltraten el material y los locales. Ningún alumno puede salir, SIN PERMISO de los educadores, del recinto escolar antes del horario establecido. Aquel alumno/a que abandone el centro sin la compañía de un adulto, los padres o tutores legales deberán firmar la hoja de responsabilidad correspondiente. Una vez firmada se entregará en la secretaría del centro. Todos los alumnos habituales del comedor, tendrán derecho a un picnic para aquellos días en los que estén programadas actividades complementarias fuera del colegio y excedan del horario escolar. 28
  • 29. Consejería de Educación, Cultura y Deporte. 29