2. MECI es una sigla que significa
Modelo Estándar de Control
Interno.
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3. 3
El modelo MECI es una herramienta Gerencial
de Gestión que busca unificar criterios en
materia de control interno para el sector
público, estableciendo una estructura para el
control a la estrategia, la gestión y la
evaluación.
Que tiene como fin servir de control de
controles para que las entidades del Estado
logren cumplir con sus objetivos institucionales
y con el marco legal aplicable a ellas.
4. 4
¿Qué es control interno?
El control interno, según el MECI, es un proceso
efectuado por la dirección y el resto del personal de
una entidad, diseñado con el objeto de proporcionar
un grado de seguridad razonable en cuanto a la
consecución de objetivos dentro de las siguientes
categorías:
• Eficacia y eficiencia de las operaciones.
• Confiabilidad de la información.
• Cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas
que sean aplicables.
5. NORMATIVIDAD
La Ley 87 de 1993 establece normas para el
ejercicio del Control Interno en las entidades y
organismos del Estado.
La Ley 489 de 1998 dispuso la creación del
Sistema Nacional de Control Interno.
Con el fin de buscar mayor eficacia e impacto del
Control Interno en las entidades del Estado, el
Departamento Administrativo de la Función
Pública, promovió la adopción e implementación
de un modelo de control interno, iniciativa que fue
acogida por el Consejo Asesor del Gobierno
Nacional en materia de Control Interno, que
condujo a la expedición del Decreto 1599 de
2005 “por el cual se adopta el Modelo Estándar
de Control Interno MECI 1000:2005”.
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6. ÁMBITO DE APLICACIÓN
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 87 de
1993, El Modelo Estándar de Control Interno
debe ser aplicado por todos los organismos
y organizaciones Públicas.
En consecuencia, dichas organizaciones
deberán adaptar este modelo acorde con el
tamaño y la naturaleza de las actividades
según su objeto legal.
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7. Los siguientes principios del MECI se constituyen
en el fundamento y pilar básico que garantizan la
efectividad del Sistema de Control Interno y deben
ser aplicados en cada uno de los aspectos que
enmarcan el modelo.
En consecuencia, las organizaciones en la
implementación o revisión o fortalecimiento
continuo del Sistema de Control Interno deben
incluir estos principios de manera permanente en
su actuar:
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8. AUTOCONTROL
Capacidad que deben desarrollar todos y cada
uno de los servidores públicos de la
organización, independientemente de su nivel
jerárquico, para evaluar y controlar su trabajo,
detectar desviaciones y efectuar correctivos de
manera oportuna para el adecuado
cumplimiento de los resultados que se esperan
en el ejercicio de su función, de tal manera que
la ejecución de los procesos, actividades y/o
tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen
con fundamento en los principios establecidos
en la Constitución Política.
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9. AUTORREGULACIÓN
Capacidad de cada una de las organizaciones
para desarrollar y aplicar en su interior
métodos, normas y procedimientos que
permitan el desarrollo, implementación y
fortalecimiento continuo del Sistema de Control
Interno, en concordancia con la normatividad
vigente
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10. AUTOGESTIÓN
Capacidad de toda organización pública
para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar
de manera efectiva, eficiente y eficaz la
función administrativa que le ha sido
asignada por la Constitución, la ley y sus
reglamentos.
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11. Dos (2) módulos:
Módulo de Control de Planeación y Gestión
Módulo de Control de Evaluación y Seguimiento
Seis (6) componentes:
Talento Humano
Direccionamiento Estratégico
Administración del Riesgo
Autoevaluación Institucional
Auditoría Interna
Planes de Mejoramiento
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12. Trece (13) elementos:
Acuerdos, Compromisos o Protocolos Éticos
Desarrollo del Talento Humano
Planes, Programas y Proyectos
Modelo de Operación por Procesos
Estructura Organizacional
Indicadores de Gestión
Políticas de Operación
Políticas de Administración del Riesgo
Identificación del Riesgo
Análisis y Valoración del Riesgo
Autoevaluación del Control y Gestión
Auditoría Interna
Plan de Mejoramiento
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