FUNDAMENTO LEGAL Y PRINCIPIOS DE LOS JUICIOS ORALES FAMILIARES EN CIUDAD DE M...
Convenio conciliacion-penal
1. ACTA DE CONCILIACION.
En la ciudad de México siendo las once horas el día diez
de noviembre de dos mil trece comparecen ante esta
autoridad los CC. Guillermo Gómez Rojas y Patricia
Hernández Lara, quienes nos identificamos con credencial
para votar con numeros de folios 029111414 y 029111423,
expedida por el IFE, respectivamente, asi como nuestro hijo
de nombre Pedro Gómez Hernández, asistidos de nues tra
apoderada legal Lic. Guadalupe Pérez Carrillo, con cedula
profesional numero 9509501, expedida por la Dirección
General de Profesiones dependiente de la Secretaria de
Educación Publica, quien solicito audiencia de conciliación
con la Sra.
Leticia Juárez Mendoza, quien se identifica
credencial para votar con numero de folio193411536888,
expedida por el IFE, asistida de su apoderado legal Lic.
Francisco Castillo Leyva
con cedula profesional numero
7755874, expedida por la Dirección General de Profesiones
dependiente de la Secretaria de Educación Publica, en
presencia el conciliador L ic. Jorge Bulgarín López y al haber
llegado a un arreglo conciliatorio se denuncia el siguiente
convenio al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA: El C. Pedro Gómez H ernández, acepta haber
agredido a la profesora Leticia Juárez Mendoza, en las
instalaciones de la escuela secundaria numero 30, con
domicilio
en
Guanajuato
numero
10,
colonia
Roma,
delegación Cuauhtémoc, México, D.F.
SEGUNDA: La C. Leticia Juárez Mendoza, ésta dispuesta a
otorgar el perdón a favor del C. Pedro Gómez Hernández,
con la condición de que me sea destituido el gasto que
derogue dada la lesión a la que fui objeto, mismo que se
cuantifica en la cantidad de $1,000.00, que fueron pagados
al DR. Oscar Sobrino Franco, quien tiene su consultorio en
calle
Celaya
numero
15,
colonia
Roma,
delegación
Cuauhtémoc, México, D.F, lo que se acredita con la receta
médica, expedida a mi favor, que se exhibe en este acto.
TERCERA: El C. Pedro Gómez Hernández, ésta co nforme con
reparar el daño causado a la C. Leticia Juárez Mendoza y en
este acto exhibe la cantidad de $1,000.00, para que por
conducto del conciliador que interviene en l a presente
diligencia, le sea entregado a la profesora.
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2. CUARTA: Ambas partes solicitamos sea aprobado el presente
convenio por no contener clausula contraria a la moral y las
buenas costumbres. Asimismo se remita copia del mismo al
Juzgado para adolescentes, con domicilio en Av. Obrero
Mundial Núm. 76. Colonia Narvarte , C.P. 03020. México,
quien actualmente tiene conocimiento de los hechos
ocurridos con motivo de la averiguación previa numero
3/509/2013.
Pedro Gómez Hernández
Guillermo Gómez Rojas
Lic. Guadalupe Pérez Carrillo
Leticia Juárez Mendoza
Patricia Hernández Lara,
Lic.Francisco Castillo Leyva
CONCILIADOR
Lic. Jorge Bulgarín López
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