4. Constitución Dispersa o Codificada Dispersa:Es aquella formulada en actos producidos sin unidad de sistema. Codificada:Es formulada sistemática y ordenadamente conformando todo un sistema a través de la ley escrita.
5. Constitución Escrita o no Escrita Escrita:Es el texto específico que contiene la totalidad de normas básicas y que debe ser respetado por cualquier otra norma de rango inferior. No escrita:La que está instituida en forma consuetudinaria. Nace de las costumbres, no existe ningún texto.
6. Constituciones Materiales o Formales Material: Cuando comprende en su conceptuación a todo el Estado (costumbres, normativas jurídicas, etc) Formal:Las que se elaboran sobre la base de un procedimiento establecido y particularizado. (Elaborado por la Asamblea Constituyente).
7. Constituciones Rígidas o Flexibles Rígidas: No puede modificarse mediante procesos ordinarios o incorporan procesos que dificultan su modificación. Flexible: Cuya reforma es efectuada por el órgano legislativo ordinario mediante un procedimiento también ordinario que se aplica a la legislación orgánica u ordinaria.
8. Constituciones Pétreas Absolutamente Pétrea: Es aquella que no admite ninguna forma de modificación, reformación o enmienda en ningún aspecto y bajo ninguna circunstancia de legalidad posterior a su entrada en vigencia. Parcialmente pétrea: La que prohíbe la reforma de una o varias de sus normas.
9. Constituciones Originarias o Derivadas Originaria:Aquella que contiene principios de nuevos u originales para la regulación del proceso político o la formación del Estado. Derivada:Es la que no crea ningún sistema original, nuevo, revolucionario con respecto a la organización del Estado, sino que mantiene los principios originales del Estado.
10. Constituciones Ideológicas o Utilitarias Ideológica: Establece, en base a una ideología determinada, la organización del Estado. Pueden ser: liberales, fascistas, socialistas, etc. Utilitaria: Se mantiene neutral frente a las ideologías, destina sus normas a la regulación de los órganos del Estado; no enuncia ni interviene en la regulación de los derechos personales.
11. Constituciones Normativas, Nominales y Semánticas Normativas: Proclama y regula la limitación del Poder, es consecuente con los derechos fundamentales de la persona. Nominal: Proclama la limitación del Poder público y el respeto de los derechos individuales, pero no es cumplida debido a que la realidad social no está lista para ello. Semántica:Es bien cumplida, no regula el Poder público ni los derechos. Hay representación de un partido único.
12. Constituciones Genéricas o Analíticas Genéricas: Exponen en forma concisa las líneas generales de la organización del Estado, delegando al legislador ordinario la regulación variable de acuerdo con las circunstancias dentro de aquel marco. Analíticas: Contienen gran número de disposiciones reglamentarias con el contenido político, económico y social, lo cual obliga a su frecuente reforma.
13. Constituciones Definitivas o de Transición Definitivas: Las que se establecen en una etapa de consolidación, luego de un proceso que pudo haber sido de transición. De transición: Se dicta en una etapa de tensiones en la que se requiere la consolidación del Estado como institución.