Este documento presenta información sobre licenciamiento y derechos de autor de software. Explica las diferencias entre licencias de software libre y propietario, e incluye ejemplos de cada tipo. También resume los conceptos básicos de derechos de autor, como las libertades del software libre, las características de las licencias y los aspectos morales y patrimoniales de los derechos de autor. El documento fue presentado por tres estudiantes y dirigido por una profesora en Bogotá, Colombia.
1. Asignatura:
Gestión Básica de la información
Derechos de Autor
Licenciamiento y Software Libre
Presenta
Jaime Andrés Lemus Arévalo
Yuly Giseth Orduña Navarrete
Edwin Yovani Montero Sánchez
Docente
Lic. Luz Marina Cuervo Gamboa
Colombia Ciudad Bogotá D .C. Marzo, 12 de 2010
2. Referencias
:
ALEGSA, Definición de Licencia de software. Consulta realizada el 10 de marzo
de 2010 en, http://www.alegsa.com.ar/Dic/licencia%20de%20software.php
L. M.G, Definición de Licencia de software. Consulta realizada el 10 de marzo de
2010 en http://www.monografias.com/trabajos55/licencias-de-software/licencias
de-software.shtml
Adrian Leiton Zúñiga. (2004, August 17). Opinión - Protección legal del
software;. Noticias Financieras. 1. Retrieved March 10, 2010, from
NoticiasFinancieras. (Document ID: 679428071)
. S.M.E. Toolkit , (2010). ¿Qué es una licencia de software? , Licenciamiento de
Software .1 – 1 , Tomado el dia 11 Marzo de 2010 URL.
http://peru.smetoolkit.org/peru/es/content/es/2171/Licenciamiento-de-Software?
view=print
La hora de la democratización del BPM ha llegado: BonitaSoft anuncia la
soluciónde software libre Bonita Open Solution. (26 January). PR Newswire en
Español (South America),***[pg.1]***. Retrieved March 12, 2010, from ProQuest
Asian Business and Reference. (Document ID: 1947352401).
. S.M.E. Toolkit , (2010). Software Propietario , Licenciamiento de Software .1 – 1
, Tomado el dia 11 Marzo de 2010 URL.
http://peru.smetoolkit.org/peru/es/content/es/2171/Licenciamiento-de-Software?
view=print
Microsoft Corp.; I-O Data Signs Linux Software Patent Agreement With
Microsoft. (2010, March). Computer Weekly News,62. Retrieved March 12, 2010,
from ProQuest Computing. (Document ID: 1979499601)
EBSCO HOST (2010, mayo 10). Derechos de Autor en internet (Spanish)
Consulta realizada el 10 de Marzo de 2010, en
http://search.ebscohost.com/login.aspx?
direct=true&db=a9h&AN=26302489&lang=es&site=ehost-live
Taleva Salvat, Orlando (2009). Manual de derechos de autor Distrito Federal,
México: Trilla
3. LICENCIAMIENTO
Para empezar es importante saber que es licencia:
Se entiende como licencia a un permiso que es otorgado a una persona para la utilización de
los bienes tangibles e intelectuales de dicha persona. Una de las clases de licencia que
encontramos y la más usada es el LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE LIBRE.
Estas licencias de software libre según el diccionario informático (2010) son un conjunto de
permisos que se otorgan para la distribución, uso y/o modificación de la aplicación que
desarrolló. Podemos encontrar dos grandes aspectos en estos licenciamientos de software,
como dos divisiones:
Una de ellas son las licencias que no implementan o rigen condición alguna sobre su
distribución y uso. La otra es todo lo contrario, rigen diversas condiciones en cualquier caso de
su uso o distribución; según Leonardo Muro García las licencias de software libre [se dividen
en] dos grandes familias. Una de ellas está compuesta por las licencias que no imponen
condiciones especiales, sólo especifican que el software se puede redistribuir o modificar.
Estas son las llamadas licencias permisivas. La otra familia, denominadas licencias robustas o
licencias copyleft, imponen condiciones en caso de que se quiera redistribuir el software,
condiciones que van en la línea de forzar a que se sigan cumpliendo las condiciones de la
licencia después de la primera redistribución. El licenciamiento cumple con lo que quiere el
creador del software libres este quiere que las personas que lo vallan a usar lo modifiquen o
simplemente lo distribuyan es una decisión muy autónoma; pero encontramos creadores de
software que ruguen a sus “usuarios” a normas y reglamento
Es muy importante recalcar que no siempre lo hacen por gusto, también lo hacen para un buen
desempeño y manejo de este mis ideas, ya que estos software son usados en muchos campos
de la vida diaria. Según Adrian Leiton Zúñiga. (2004, August 17). Opinión - Protección legal del
software;. Noticias Financieras. 1. Retrieved March 10, 2010, from Noticias Financieras.
(Document ID: 679428071): algunos para productos de uso general estándar, programas de
texto, motores de bases de datos, etc., y otra parte para desarrollo de soluciones informáticas
para necesidades especificas, por ejemplo: programas para administrar una proveeduría o el
pago de planilla. El software hecho a la medida o partiendo de pre desarrollos interesa por las
mejoras que puede hacer.
Este licenciamiento nos prohíbe el acceso a los códigos, nos impide una modificación, siempre
nos exigirá una autorización de su respectivo creador. A menos que el licencia sea permisiva.
Como podemos ver en los diferentes libros los derechos de autor que es un espacio de
propiedad intelectual así mismo se aplican al software.
También es importante decir que la utilización de estos software, su modificación y demás sin
autorización de su respectivo creador, conlleva grandes problemas, no solo morales, si que
además pueden ser problemas hasta judiciales. Así como sucede con las canciones, los textos
y demás elementos a los cuales estamos acostumbrados a por chiste o broma cambiar un
párrafo nos puede traer serios problemas asa mismo se usa para el licenciamiento de los
software libres.
4. Licencias de Software Libre o Abierto
Para entender un poco del significado de Software libre debemos saber como se reconoce el
software libre:
Se caracteriza además por garantizar a los usuarios las siguientes libertades:
• La libertad de utilizar el programa.
• La libertad de distribuir el programa.
• La libertad de estudiar el programa (El acceso al código fuente es un requisito).
• La libertad de modificar el programa y de distribuir las nuevas versiones del mismo
Una Licencia de software es la autorización o permiso concedida por el titular del derecho de
autor, en cualquier forma contractual, al usuario de un programa informático, para utilizar éste
en una forma determinada y de conformidad con unas condiciones convenidas. S.M.E. Toolkit ,
(2010). ¿Qué es una licencia de software? , Licenciamiento de Software .1 – 1 , Tomado el dia 11 Marzo
de 2010 URL. http://peru.smetoolkit.org/peru/es/content/es/2171/Licenciamiento-de-Software?
view=print
Por otro lado, se encuentra la competencia que tiene el software libre en contra del software
propietario; donde se implementan nuevas tecnologías para facilitar la utilización de los mismos
en las compañías,
Según PRNewswire, "La primera ronda de financiación del 2009 nos ha permitido rediseñar la
tecnología Bonita. Hoy estamos orgullosos de ofrecer Bonita Open Solution 5.0a la comunidad
de software libre >>,declara Miguel Valdés Faura, Presidente - Director General de BonitaSoft y
co-fundador de Bonita. "En esta nueva versión nos hemos concentrado en la facilidad de
utilización y en la conectividad de la solución con el sistema de información del usuario, sin
sacrificar la cobertura funcional que los usuarios esperan de una solución de BPM".
[Con el objetivo de simplificar el desarrollo de procesos, el equipo I+D de BonitaSoft ha
diseñado una nueva interfaz grafica, Bonita Studio, basada en la norma BPMN. Dicha interfaz
dispone de conectores nativos con las soluciones mas importantes del mercado, sean
propietarias ( IBM, Oracle, Microsoft, Google, etc) o en software libre (Talend,
eXoPlatform, Alfresco, Jaspersoft, SugarCRM, SpringSource,XWiki, etc.).] La hora de la
democratización del BPM ha llegado: BonitaSoft anuncia la soluciónde software libre Bonita Open
Solution. (26 January). PR Newswire en Español (South America),***[pg.1]***. Retrieved March 12,
2010, from ProQuest Asian Business and Reference. (Document ID: 1947352401).
Licencias de Software Propietario
Por otra parte; a diferencias del software libre, se encuentra el software propietario (Con
Licencia), este software, es fácil de usar, le permite realizar el inventario a usted mismo y
funciona tanto con un solo ordenador como en un entorno integrado en red. Tras ejecutar la
herramienta, se generará un informe resumen (y soporte detallado) de las instalaciones de
productos de Microsoft y le permitirá introducir la información de licencia correspondiente para
5. . S.M.E. Toolkit , (2010). Software
un análisis completo del cumplimiento de la licencia.
Propietario , Licenciamiento de Software .1 – 1 , Tomado el dia 11 Marzo de 2010
URL. http://peru.smetoolkit.org/peru/es/content/es/2171/Licenciamiento-de-
Software?view=print. Un ejemplo muy claro de software propietario es la licencia que todos
conocemos y tenemos en nuestros hogares como es la licencia de Microsoft.
En otras instancias se están tratando de realizar negociaciones entre compañías de software
libre y de software con licencia como es el caso de Windows Vs Linux, A continuación cito
palabras de David Kaefer, Gerente General de la concesión de licencia de propiedad intelectual en
Microsoft dijo. "Microsoft tiene una marca en pista fuerte de la colaboración con compañías dirigir las
ofertas Linux basadas en, y este acuerdo es un reflejo de nuestro compromiso de hacer pareja con
líderes de la industria alrededor del mundo."
Este acuerdo de patente es una extensión de la relación poderosa entre Microsoft y los datos de O
de I- en tanto el consumidor como mercados de la empresa. Las compañías trabajaron en conjunto
recientemente sobre una campaña de mercadotecnia de Windows 7, y los datos de O de I- liberaron
una de los primeros Windows 7 sensores API basados en de la industria, que notaba cuándo entra
una persona automáticamente o dejar una oficina o compartir una habitación. Microsoft Corp.; I-O
Data Signs Linux Software Patent Agreement With Microsoft. (2010, March). Computer Weekly
News,62. Retrieved March 12, 2010, from ProQuest Computing. (Document ID: 1979499601)
DERECHOS DE AUTOR
¿Qué son los derechos de autor?
Los derechos de autor tienen que ver fundamentalmente con lo inmaterial, principal característica de
la propiedad intelectual. Ellos están presentes en las producciones artísticas, culturales, científicas,
etc.
Este derecho se reconoció por primera vez en Inglaterra con el Copyright Act de 1790, el cual
protegía las copias impresas por espacio de 21 años, contados a partir de la impresión. Las obras
no impresas sólo eran protegidas durante 14 años.
Vale decir que desde 1662, existía el Licensing Act, que prohibía imprimir cualquier obra que no
estuviera registrada.
EBSCO HOST (2010, mayo 10). Derechos de Autor en internet (Spanish) Consulta realizada el 10
de Marzo de 2010, en http://search.ebscohost.com/login.aspx?
direct=true&db=a9h&AN=26302489&lang=es&site=ehost-live
Las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión;
entre ellos los programas de computación, fuente y objeto; las compilaciones de datos y otros
materiales: las obras dramaticas, composiciones musicales, dramático-musicales, las
cinematográficas, coreografícas y las pantomímicas; las obras de dibujo, pintura, escultura,
arquitectura, modelos y obras de arte o ciencias aplicadas al comercio o a la industria; los impresos
de planos y mapas, los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas, en fin toda producción
científica, literaria, artística o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de reproducción.
Taleva Salvat, Orlando (2009). Manual de derechos de autor Distrito Federal, México: Trillas.
El derecho de autor se caracteriza por 2 aspectos:
1. El moral: que garantiza al creador el derecho de que su nombre aparezca impreso en la
divulgación de su obra y el respeto a la integridad de esta, además de garantizarle los derechos de
modificarla o incluso de impedir su circulación.
2. El patrimonial: que regula las relaciones jurídicas de la utilización económica de las obras
intelectuales.
Enrique Gandelman1, al analizar la legislación electoral hasta entonces vigente (Ley 5 988),
relacionó los fundamentos básicos sobre el derecho de autor siguientes:
6. I. Ideas: las ideas propiamente no se protegen pero sí sus formas de expresión, con independencia
de la forma o manera que se exterioricen en un soporte material.
II. Valor intrínseco: la calidad intelectual de una obra no es un criterio que atribuye titularidad, es
decir, una obra o creación se protege con independencia de sus méritos literarios artísticos,
científicos o culturales.
III. Originalidad: lo que se protege no es la novedad que contiene la obra, sino más bien la
originalidad de su forma de expresión. Dos autores de química, por ejemplo, pueden llegar en sus
libros respectivos a conclusiones y resultados similares. Por tal razón es que el texto de cada uno
de ellos se protege contra eventuales copias, reproducciones o cualquier utilización no autorizada.
IV. Territorialidad: la protección de los derechos de autor es territorial, con independencia de la
nacionalidad de origen de los titulares, y se extiende a través de tratados y convenciones de
reciprocidad internacional. Por ello se recomienda que en los contratos de cesión o licencia de uso
se especifiquen los territorios negociados.
V. Plazos: los plazos de protección son diferentes de acuerdo con la categoría de la obra, por
ejemplo, libros, artes plásticas, obras cinematográficas o audiovisuales, etc.
VI. Autorizaciones: sin previa y expresa autorización del titular, cualquier utilización de su obra es
ilegal.
VII. Limitaciones: en determinadas circunstancias se prescinde de las autorizaciones previas de los
titulares.
VIII. Titularidad: la simple mención de la autoría, con independencia del registro, identifica su
titularidad.
IX. Independencia: las diversas formas de utilizar la obra intelectual son independientes entre sí
(libro, adaptación audiovisual u otra) y se recomienda, por ello, hacer mención expresa de los usos
que se autorizan o a los que se concede licencia en los respectivos contratos.
X. Soporte físico: la simple adquisición del soporte físico o de un ejemplar que contenga una obra
protegida, no transmite a la persona que lo adquiere ninguno de los derechos de autor de la misma.
Obras intelectuales protegidas
Son obras intelectuales protegidas, las creaciones del espíritu expresadas por cualquier medio o
fijadas en cualquier soporte, tangible o intangible, conocido o que se invente en el futuro. Aquí se
incluyen textos de obras literarias, artísticas o científicas; conferencias, alocuciones, sermones, etc.;
obras dramáticas y dramático-musicales; obras coreográficas cuyo montaje escénico sea plasmado
por escrito o de cualquier otra forma; obras audiovisuales, sonorizadas o no, con inclusión de las
cinematográficas; obras fotográficas; diseño, pintura, grabado, escultura, litografía, arte cinético;
ilustraciones y mapas; proyectos, esbozos y obras plásticas referentes a la arquitectura, paisajismo,
escenografía, etc.; adaptaciones, traducciones y otras informaciones de obras originales
presentadas as como nueva creación intelectual; programas de computación; antologías,
enciclopedias, diccionarios, bases de datos, que por su selección, organización o disposición de su
contenido constituyen una creación intelectual.