2. SALUD TRABAJO Y AMBIENTE DE TRABAJO Y SU RELACION:
Para poder analizar de una manera más precisa se podría analizar cada uno de
los aspectos para de esta manera conocer cuáles son sus semejanzas y
diferencias y como estas podrían influir dentro del desarrollo del empleado en
su sitio de trabajo.
Podemos empezar definiendo “SALUD”, la cual es un estado de bienestar
físico, mental y social. No solo en la ausencia de enfermedad; seguidamente
“TRABAJO”, el cual es definido como toda actividad que el hombre realiza de
transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida.
Finalmente definiremos “AMBIENTE LABORAL”, este es por de alguna manera
llamarlo, el conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o
indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral. Teniendo
presente que el papel del empresario o del director en esta organización es el
que fomenta una filosofía de aprendizaje que impulsa al personal al crecimiento
profesional, por medio de: Comunicación honesta, Mantener acuerdos,
Fomentar y apoyar los retos de trabajo que tiene el personal,
Responsabilizarse de crear un ambiente propicio y generoso de aprendizaje,
Desechar lo que no funcione, Reconocimiento a los logros.
Una actitud positiva y un ambiente de apoyo liberan la fuerza innata del
personal y crea efectividad, seguridad, confianza, creatividad y mayores
probabilidades de éxito en los negocios. El manejo de una filosofía ganar-ganar
crea mayor fuerza de equipo y mayor seguridad en la satisfacción de los
clientes.
Un trabajador desde que comienza su vida laboral dentro de una empresa está
constantemente influido por aspectos dentro de los cuales se destacan la
salud, y el ambiente laboral; estos dos aspectos afectan diariamente su calidad
en el trabajo y por lo tanto su calidad de vida, cualquier empleado ve como se
empieza a convertir su trabajo en una carga desde el momento en el que su
entorno laboral vaya en contra de sus expectativas o de sus costumbres
personales ya que puede ser que las personas de su alrededor pueden ver sus
3. actitudes como incomodas para ellos de allí partir cualquier tipo de
enfrentamiento constante lo cual creo que para ninguna persona es agradable.
Cada enfrentamiento provoca que la actitud del individuo cambie y por lo tanto
el ambiente de trabajo se coloque pesado o incomodo para todos los que se
encuentren rodeados por este entorno; en algunos casos es tanta la presión
que ejerce estar rodeado por este ambiente que el individuo comienza a verse
afectado por el estrés y otros aspectos que muy pronto atacaran su salud física
como la mental.
Cuando tu salud se comience a ver afectada tu desempeño laboral puede que
comience a disminuir considerablemente y por lo tanto los reclamos de las
personas a cargo no se hará esperar; Y por lo tanto agregaras más tensión y
mucho mas estrés a tu ambiente tu salud y creo de esta manera no llegamos a
cumplir ninguno de los objetivos planteados para cumplir; la mayoría de las
personas día a día se cuestiona cuales son los motivos que afectan el
desarrollo satisfactorio y usualmente lo asemejan con algún dilema económico
o personal pero casi nadie analiza lo que está sucediendo en su propio entorno
laboral este entorno lo envían hacia un segundo plano y por lo tanto estando
allí es muy difícil que se pueda solucionar.
La mejor manera de contrarrestar cualquier efecto que un mal ambiente de
trabajo es contribuir y comenzar a desarrollar maneras en las que la
convivencia y todo el entorno mejore tanto como beneficio del individuo como
de los demás empleados que lo rodean. Desde el momento en el que tú y tus
compañeros de trabajo apoyen tu idea, la situación y todo lo que lo afecta será
vera considerablemente mejorado y la productividad de los empleados
mejorara rápidamente.
Analiza cada aspecto dentro de tu entorno de allí puedes sacar un muy buen
provecho que hará de tu sitio de trabajo un lugar agradable y no un karma mas
que se le agregara a tu vida ve desde tu punto de vista y considera el punto de
vista de los que te rodean esta será la mejor manera de mejorar tu salud, tu
trabajo y tu ambiente laboral.
4. FACTORES DE RIESGO OCUPACIONAL:
FACTOR DE RIESGO: Se entiende bajo esta denominación la existencia de
elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una
capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya
probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento
agresivo.
RIESGO
Se denomina riesgo a la probabilidad de que un objeto material, sustancia ó
fenómeno pueda, potencialmente, desencadenar perturbaciones en la salud o
integridad física del trabajador, así como en materiales y equipos.
FACTORES DE RIESGO FÍSICO - QUÍMICO
Este grupo incluye todos aquellos objetos, elementos, sustancias, fuentes de
calor, que en ciertas circunstancias especiales de inflamabilidad,
combustibilidad o de defectos, pueden desencadenar incendios y/o explosiones
y generar lesiones personales y daños materiales. Pueden presentarse por:
Incompatibilidad físico-química en el almacenamiento de materias
primas.
Presencia de materias y sustancias combustibles.
Presencia de sustancias químicas reactivas.
FACTORES DE RIESGO BIOLÓGICO
En este caso encontramos un grupo de agentes orgánicos, animados o
inanimados como los hongos, virus, bacterias, parásitos, pelos, plumas, polen
(entre otros), presentes en determinados ambientes laborales, que pueden
desencadenar enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas o
intoxicaciones al ingresar al organismo.
Como la proliferación microbiana se favorece en ambientes cerrados, calientes
y húmedos, los sectores más propensos a sus efectos son los trabajadores de
5. la salud, de curtiembres, fabricantes de alimentos y conservas, carniceros,
laboratoritos, veterinarios, entre otros.
Igualmente, la manipulación de residuos animales, vegetales y derivados de
instrumentos contaminados como cuchillos, jeringas, bisturís y de desechos
industriales como basuras y desperdicios, son fuente de alto riesgo. Otro factor
desfavorable es la falta de buenos hábitos higiénicos.
FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL
La interacción en el ambiente de trabajo, las condiciones de organización
laboral y las necesidades, hábitos, capacidades y demás aspectos personales
del trabajador y su entorno social, en un momento dado pueden generar cargas
que afectan la salud, el rendimiento en el trabajo y la producción laboral.
FACTORES DE RIESGOS FISIOLÓGICOS O ERGONÓMICOS
Involucra todos aquellos agentes o situaciones que tienen que ver con la
adecuación del trabajo, o los elementos de trabajo a la fisonomía humana.
Representan factor de riesgo los objetos, puestos de trabajo, máquinas,
equipos y herramientas cuyo peso, tamaño, forma y diseño pueden provocar
sobre-esfuerzo, así como posturas y movimientos inadecuados que traen como
consecuencia fatiga física y lesiones osteomusculares.
FACTORES DE RIESGO QUÍMICO
Son todos aquellos elementos y sustancias que, al entrar en contacto con el
organismo, bien sea por inhalación, absorción o ingestión, pueden provocar
intoxicación, quemaduras o lesiones sistémicas, según el nivel de
concentración y el tiempo de exposición.
FACTORES DE RIESGO FÍSICO:
Se refiere a todos aquellos factores ambientales que dependen de las
propiedades físicas de los cuerpos, tales como carga física, ruido, iluminación,
6. radiación ionizante, radiación no ionizante, temperatura elevada y vibración,
que actúan sobre los tejidos y órganos del cuerpo del trabajador y que pueden
producir efectos nocivos, de acuerdo con la intensidad y tiempo de exposición
de los mismos.
FACTORES DE RIESGO ARQUITECTÓNICO:
Las características de diseño, construcción, mantenimiento y deterioro de las
instalaciones locativas pueden ocasionar lesiones a los trabajadores o
incomodidades para desarrollar el trabajo, así como daños a los materiales de
la empresa, como:
Pisos, escaleras, barandas, plataformas y andamios defectuosos o en
mal estado.
Muros, puertas y ventanas defectuosas o en mal estado.
Techos defectuosos o en mal estado.
Superficie del piso deslizante o en mal estado
Falta de orden y aseo.
Señalización y demarcación deficiente, inexistente o inadecuada.
FACTORES DE RIESGO ELÉCTRICO:
Se refiere a los sistemas eléctricos de las máquinas, equipos, herramientas e
instalaciones locativas en general, que conducen o generan energía y que al
entrar en contacto con las personas, pueden provocar, entre otras lesiones,
quemaduras, choque, fibrilación ventricular, según sea la intensidad de la
corriente y el tiempo de contacto.
FACTORES DE RIESGO MECÁNICO:
Contempla todos los factores presentes en objetos, máquinas, equipos,
herramientas, que pueden ocasionar accidentes laborales, por falta de
mantenimiento preventivo y/o correctivo, carencia de guardas de seguridad en
el sistema de transmisión de fuerza, punto de operación y partes móviles y
salientes, falta de herramientas de trabajo y elementos de protección personal,
.
7. ENSAYO SOBRE LA EVOLUCION DELA SALUD OCUPACIONAL EN
COLOMBIA:
La salud es el estado en el que el ser orgánico ejerce normalmente todas sus
funciones como resultado del proceso de desarrollo individual, lo cual se puede
alcanzar o perder en función de las condiciones que rodean a las personas,
tanto familiar como laboral. Para su entendimiento es necesario que se
relacionen los conceptos que intervienen con la salud en el trabajo y por
supuesto la evolución que ha tenido en el desarrollo y estandarización de la
salud ocupacional en Colombia.
Dentro de la legislación colombiana, aparece la Ley Rafael Uribe Uribe, ,
abogado, periodista, diplomático y militar colombiano, quien hablo en Colombia
de fomentar la seguridad en el trabajo, a través de un proyecto de ley sobre
accidentes de trabajo, el cual fue aprobado en el congreso y se convirtió en la
Ley 57 de 1915, la cual establece las prestaciones económico-asistenciales, la
responsabilidad del empleador, la clase de incapacidad, la pensión de
sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por
el trabajo.
Históricamente, se inicia la evolución e importancia de otorgar a los
trabajadores la seguridad durante la realización de sus tareas cotidianas, a
través de diferentes normas que consagran, entre otras, la primera y
estructurada definición de Accidente de Trabajo, se crea el Instituto
Colombiano de Seguros Sociales (Ley 90 de 1946), entidad ideada y visionada
como de gran importancia en la seguridad social colombiana, se expide el
Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se instauran varias normas relativas a
la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio, las
prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y
seguridad en el trabajo, las que se encuentran vigentes en su mayoría hoy en
día.
A través de la elaboración del Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional en
1984, con la participación de las entidades que conformaban el Comité
8. HISTORIA DE LA SALUD OCUPACIONAL:
Los accidentes aparecen desde la existencia misma del ser humano, en
especial desde las épocas primitivas cuando el hombre para su subsistencia
construye los primeros implementos de trabajo para la casa y/o agricultura. En
esta época se consideraba la caída de un árbol o el ataque de una era como accidente y la
enfermedad era atribuida a fuerzas extrañas un castigo de los dioses .Entre
los antecedentes históricos sobre la protección a los accidentes de carácter
laboral en las Edades Antigua, Media y Moderna se encuentran los siguientes:
Edad antigua:
En el año 4000 a.C. se realizaban en Egipto tratamientos médicos y acciones
de salud ocupacional a guerreros, embalsamadores y fabricantes de armas. En
el año 2000 a.C.se estableció en el Código de Amuraba la protección a los
artesanos y las indemnizaciones por accidentes de trabajo. En Grecia, en 1000
a.C., se contemplaba el tratamiento a zapateros y artesanos. En Roma
se conformaron colegios (agremiaciones) a manera de asociaciones de ayuda
mutua.
Edad media:
Las cofradías, asociaciones de ayuda mutua, atendían los casos de sus
trabajadores accidentados. Así mismo, las órdenes religiosas atendían a los
trabajadores como obra de caridad.
Edad moderna:
Con el fenómeno del maquinismo y el desarrollo pleno de la revolución
industrial aumentan los accidentes en el trabajo, obligando a los Estados a
buscar una solución propia y especial ante la muerte de los trabajadores,
originándose la necesidad de la salud ocupacional y la definición jurídica de Accidente de
trabajo
.
9. En el siglo XIX se inicia la reglamentación de accidentes de trabajo en Gran
Bretaña, Francia, España y Alemania. En susmales, después de la consagración
legislativa de la teoría del riesgo profesional en Europa, se expiden las primeras
normas sobre Enfermedad Profesional en Suiza, Alemania, Inglaterra, Francia
e Italia, dándose un carácter reparador a las enfermedades profesionales y se
establecen los parámetros para la implementación de la salud ocupacional en
las empresas.
A comienzos del siglo XX en Centro y Suramérica se inicia el desarrollo
legislativo en Guatemala, Salvador, Argentina, Colombia, Chile, Brasil, Bolivia,
Perú, Paraguay y paulatinamente en el resto de naciones, hasta quedar
consagrados el accidente de trabajo, la enfermedad profesional y la salud
ocupacional como derechos laborales protegidos por el Estado. El desarrollo de
la salud ocupacional en Colombia se remonta a la época prehispánica o
amerindia, donde el indígena buscaba que el medio le proveyera alimento,
estabilidad y seguridad, logros mínimos que adquiere con base en una
organización social, como los cacicazgos y pre-estados, organizaciones
sociales caracterizadas por la agricultura (maíz, fríjol, cacao, papaya, etc.), con
estratificación jerárquica y donde el trabajo tenía un mérito y protección por parte de la
comunidad. Posteriormente, con el descubrimiento de América realizado por
España a partir de 1492, se inició la dominación sobre el continente. Hasta el
año 1520 continuó la Conquista, durante la cual la dominación española fue un
hecho indiscutible. En el periodo conocido como la Colonia, el Reino español
les dio a las tierras americanas descubiertas una organización administrativa,
política, social y económica. Existió en esta etapa una legislación que
reglamentó todos los órdenes de la vida colonial de América; dichas leyes
fueron las reales cédulas, las reales ordenanzas, los autos y provisiones, las
cuales provenían del rey o de las autoridades legislativas de la época. Entre las
Reales Cédulas dictadas por el Consejo de Indias y referentes a la salud
ocupacional tenemos que en 1541 se prohibió trabajar en días domingo y estas de
guarda. También se estableció que los indios de clima frío no podían ser obligados
a trabajar en clima cálido y viceversa. En 1601 se implantó la obligación de
curar a los indios que fueran víctimas de accidentes y enfermedades en
el trabajo, esta obligación implicaba tratamiento médico. En este periodo de
10. transición de la Colonia a la independencia el primer antecedente de seguridad
social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso
ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señaló:
«El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma
de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de
estabilidad política».
Entre 1820 y 1950 tenemos la Ley 57 de 1915, conocida como la Ley del
General Rafael Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación
de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las
prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, la
Clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso
de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Históricamente establece la primera y
estructurada definición de Accidente de Trabajo. Mediante la Ley 90 de 1946 se crea el
Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la
seguridad social colombiana. En 1950 se expide el Código Sustantivo del
Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud
Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio (C. S. T. Arts.
55 al 60), las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional (C. S. T.
Arts. 158 al 192) y la higiene y seguridad en el trabajo (C. S. T. Arts. 348 al 352),
en su mayoría aplicables hoy en día.
11. ACTIVIDAD #2:
DEFINICIONES Y FUNCIONES:
Sistema general de riesgos profesionales y sus funciones:
El ministerio de trabajo y seguridad social define el sistema como el conjunto
de entidades públicas y privadas normas y procedimiento destinado aprevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermeda0des y
los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del
trabajo que desarrollan.
ARP:
Aseguradoras de riesgos profesionales. Están encargadas de:
- El recaudo de las cotizaciones que hacen las empresas por sus
trabajadores.
- La asesoría en los programas de prevención que se realizarán en la
empresa.
- La atención médica de los trabajadores que se accidenten o enfermen por
causas propias de su trabajo.
EPS:
Empresas promotoras de salud. Dentro del Sistema General de Seguridad
Social en Salud, las EPS tienen funciones:
Delegadas por el Estado y otras propias de su papel de asegurador.
1. Por delegación del Estado
- Recaudar cotizaciones
12. - Pagar las licencias de maternidad
- Pagar contenidos No POS (vía tutelas y CTC)
2. Propias (funciones de aseguramiento)
- Administrar la afiliación
- Cubrir las incapacidades por enfermedad general
- Cubrir el POS de sus afiliados, para lo cual:
• Administran el riesgo de salud
• Organizan la red de servicios
• Gestionan el costo de salud
AFP:
Aseguradora de riesgos profesionales:
Se adelanta toda la asesoría para la contratación de la Administradora de
Riesgos Profesionales, se analizan las actividades negociadas con la ARP, se
realza apoyo en los procesos de atención de siniestros y se evalúan los casos
de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Funciones Preventivas:
Actividades de prevención de enfermedad profesional y accidentes de trabajo,
por medio de capacitación especializada en seguridad, higiene industrial,
medicina preventiva y del trabajo y apoyo en el montaje de los sistemas de
vigilancia epidemiológica.
Salud ocupacional:
Es el suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, y
que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional,
una invalidez o la muerte; así como aquel que se produce durante la ejecución
de órdenes del empleador, aún fuera del lugar y horas de trabajo, o durante el
13. traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o
viceversa, cuando el transporte se suministre por el empleador. (Art. 9, capítulo
II, decreto 1295/94). Los factores que causan accidentes de trabajo son
técnicos, psicosociales y humanos. Algunos tipos de accidentes son: los
golpes, caídas, resbalones, choques, etc.
Seguridad industrial:
La seguridad en la industria se ocupa de dar lineamientos generales para el
manejo de riesgos en la industria.
2. Las instalaciones industriales incluyen una gran variedad de operaciones de
minería, transporte, generación de energía, fabricación y eliminación de
desperdicios, que tienen peligros inherentes que requieren un manejo
cuidadoso.
ACCIDENTE, INCIDENTE Y ENFERMEDAD PROFESIONAL:
ACCIDENTE DE TRABAJO:
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una
perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de
órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad,
aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán
definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca
durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de
trabajo o viceversa. Decisión 584 de la CAN (Comunidad Andina de Naciones).
14. INCIDENTE DE TRABAJO:
Suceso acontecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el
potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que
sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o
pérdida en los procesos. Artículo 3 de la Resolución 1401 de 2007.
ENFERMEDA PROFESIONAL:
1. Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico que
sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que
desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar,
bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
2. Las enfermedades endémicas y epidémicas de la región sólo se consideran
como profesionales cuando se adquieren por los encargados de combatirlas
por razón de su oficio. (Artículo 200 del Código Sustantivo de Trabajo).