2. Servicio cobranzas e inversiones es una empresa subsidiaria de Scotiabank Perú, cuyo principal
negocio es el servicio de Cobranzas a nivel nacional para las empresas del Grupo.
Complementariamente operamos también los servicios de Verificaciones de Crédito, Recaudación
en Cajeros Corresponsales SBP y Cobranza de Convenios, así como actividades de Compra de
Cartera de Créditos, entre otros encargos de Scotiabank.
Información Institucional
Razón Social: SERVICIOS, COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C.
RUC: 20462527137
Dirección: Jirón Puno 181 – Lima
Acerca de SCI
3. Actualmente tenemos el encargo de gestionar la cartera judicial. Se realizan gestiones por medio
de tres canales:
1.- Canal call: Negociación por medio de llamadas.
2.- Canal campo: Negociación por medio de gestores de campo. Visitan los domicilios de los
deudores, recabar información y lo encontrado nos lo es proporcionado.
3.- Canal gestión rápida: el personal de Courier se encarga de dejar las notificación en el domicilio
del deudor. Estos no negocian.
SCI JUDICIAL
4. SEGMETACIÓN DE CARTERA
PRÉSTAMOS CREDISCOTIA
(CASTIGO)
SCI
(CARTERA PROPIA)
SCOTIABANK
(SBP)
CREDISCOTIA
(FRACIONADO)
CREDISCOTIA
(VIGENTE)
TARJETAS DE
CRÉDITO
A la fecha solo nos asignan préstamos
5. SISTEMA DE TRABAJO
DEMANDA ADMISORIO SENTENCIA
GESTIÓN
(ANTES)
GESTIÓN
(DURANTE)
GESTIÓN
(DESPUES)
GESTIÓN
(DURANTE)
6. Obligación que tiene una persona de pagar o devolver una cosa,
generalmente dinero
DEUDA
DEUDA TOTAL CAPITAL INTERESES
GASTOS Y
COMISIONES
INTERESES
COMPENSATORIO
INTERESES
MORATORIO
¿COMO SE CONFORMA UNA DEUDA?
7. 1.- Capital:
- Es el costo real del producto.
- Dinero que permite generar ganancia.
2.- Interés: Es el precio que se debe pagar por un crédito. Preferencia por la liquidez para adquirir un bien hoy que de otra manera
se haría en el futuro.
2.1.- Interés compensatorio: Pago realizado por el uso del dinero.
2.2.- Interés moratorio: Pago que se realiza como penalidad por incumplimiento del pago en fecha pactada.
3.- Gastos: Es aquel costo debidamente acreditado en que incurre la empresa con terceros, por cuenta del cliente, para brindar
servicios adicionales y/o complementarios a las operaciones contratadas que, de acuerdo a lo pactado, serán trasladados al cliente.
(art. 1241 C.C.) Los gastos que ocasiones el pago, son de cuenta del deudor.
4.- Comisiones: Es una retribución por operaciones o servicios adicionales y/o complementarios a las operaciones contratadas por los
usuarios o clientes, que hayan sido previamente acordados y efectivamente prestados por la empresa.
DEUDA