2. las nuevas tecnologías han abierto nuevos horizontes y creado nuevos cauces de relación, como son
los inherentes al correo electrónico e Internet, que han recibido una plasmación normativa a través
de una directiva comunitaria. Tales avances tecnológicos tienen proyección en otros sectores como
la cultura. El progreso tecnológico ha dado lugar a una nueva realidad social a la que el Derecho ha
de dar la respuesta que es propia de la función del Derecho, sobre la base firme de unos valores y
unos principios, los inherentes a una sociedad democrática.
3. Los avances de la tecnología han producido un cambio en lo que respecta a la realidad sobre la
que opera el Derecho desde su perspectiva objetiva. Si el Derecho ha de estar atento a la
realidad social en la que las normas jurídicas han de ser aplicadas, es consecuencia ineludible
que el Derecho ha de responder a esa realidad.
4. Modernización tecnológica del Notariado
Entre 2007 y 2010, en los cuales de hizo el último ejercicio completo contabilizado se evidencian
en los registros más de 5 millones de copias electrónicas autorizadas de documentos notariales
o que el nacimiento de sociedades mercantiles, lo cual nos es muy útil al momento de buscar un
archivo y se corre menor riesgo ante cualquier perdida del documento.
5. RETRATOS HABLADOS DIGITALIZADOS
En los últimos años, la tecnología nos ha permitido cotejar o crear rasgos físicos de una persona
para determinar su identidad.