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Artículo Original si es otra tipología colocar la correspondiente
Recibido para publicación: (mes) (día) de 2017. Colocar las fechas reales más aproximadas posibles
Aceptado para publicación: XXXXXXX
IMPLEMENTACION DE LAS TIC EN EL SISTEMA JUDICIAL CARTAGENERO
ANTES Y DURANTE LA PANDEMIA COVID – 19
Autores:
JESUS DAVID ANGULO CHIMA 1
RESUMEN
En las últimas décadas las TIC han sido un fenómeno expansivo y de una constante
evolución, estás han adquirido un papel fundamental en todos las esferas sociales
y laborales. También han impactado en las transiciones de lo que tradicionalmente
se conocía en aspectos de comunicación o en este caso de los procedimientos
judiciales, Lo siguiente expuesto puede corroborarse en la circular PCSJC20 -11
DEL 31 DE MARZO DEL 2020.
Con la implementación del Decreto 806 del 2020 y el 491 del 2020 podemos
observar cómo se ha desplazado el papel, la correspondencia escrita, la
interposición de documentaciones presenciales y las diligencias asistenciales, como
también se han adentrado a la brecha de las notificaciones electrónicas ,
conciliaciones no presenciales vía virtual , lo siguiente debido a la pandemia COVID
-19, en lo que concierne a la justicia se han beneficiado tanto funcionarios como los
profesionales en derecho, con la simplificación de diligenciar cualquier trámite desde
un ordenador o Smartphone.
En lo que acontece al Derecho, las TIC y COVID- 19, se han dado a conocer
debilidades y fortalezas enmarcadas a grandes rasgos debido a la emergencia
sanitaria de la pandemia y otros dilemas que ya venían con anterioridad, se
empezará conociendo que el sistema judicial colombiano se encuentra
congestionado. La siguiente afirmación se fundamentará en los siguientes datos: Al
año 20% de casos judiciales quedan represados y suman congestión, encontrando
1,8 millones de casos pendientes. Actualmente se cuenta con 11 jueces por cada
1
A MANERA DE EJEMPLO CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ: Abogado. Especialista en Derecho
Laboral. AdministradorAgropecuario. Candidato a Magíster en Derecho de la Universidad del Norte. Docente Programa de
Derecho Barranquilla de la CorporaciónUniversitaria Rafael Núñez2006.
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 2
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100 mil habitantes2. Siendo una debilidad, que para el 2017 se recibieron 2.717.444
procesos y solo el 66% de despachos judiciales del país, es decir, 3.569 cuentan
con conectividad de alta velocidad (Consejo Superior de la Judicatura, 2017)3,
adicionalmente a lo ya concebido, se reconoce que los juzgados y sus funcionarios
se encuentran apenas en un proceso de alfabetización que empezó con la circular
del CSJ BOC 20-57 con fecha del 11 de mayo del 2020 o conocimiento del uso de
las TIC, que es la mayor debilidad recalcada a tratar en la circular evidenciando las
dificultades del personal, la tecnología e infraestructura4 , entre otras como las faltas
de equipos tecnológicos, sin embargo en materia normativas e Implementaciones
de las TIC en el Sistema Judicial, se encontrará que esta reforzado, Debido a los
Planes Sectoriales de Desarrollo, los cual empiezan desde el años 2015 hasta las
prórrogas que va al 2022, como también lo es el Plan ABC Decenal de Justicia
2017- 2027 que tiene como pilar mejorar la calidad y la información del sistema de
justicia con apoyo de las TIC, y El P.E.T Plan Estratégico y Tecnológico del
Consejo Superior de la Judicatura 2015-2018 y con la entrada en vigencia del CGP
dándole vía libre al enlace paulatino entre TIC y Justicia .
Con los planes anteriores se entiende que existe un esquema de como deberían ser
implementadas las TIC, que la pandemia COVID-19 dio una transición de la justicia
tradicional a la nueva realidad ya planteada con anterioridad por el Consejo Superior
en los Planes Sectorial de Desarrollo mencionados, donde se muestran esquemas
que armonizaban con las TIC y que en procura de la pandemia les ha tocado al
sistema judicial adaptarse a la transición de una justicia virtualizada, trabajo remoto,
gestión de la información virtual, estados electrónicos, audiencias virtuales,
expediente electrónico y digitales.
2
CORPORACION DE EXCELENCIA EN JUSTICIA: “Al año, 20 % de casos judiciales quedan represados ysuman
congestión”[en línea] [19 marzo, 2020] Disponible en: https://cej.org.co/sala-de-prensa/articulos-de-prensa/al-ano-20-de-
casos-judiciales-quedan-represados-y-suman-congestion/
3
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. “Informe al congreso de la
republica 2017”[En línea] [2017], Disponible en:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/10240/15989223/Informe+al+congreso+2017.pdf/34fc02b4-4229-480f-8c24-
612d1121d7f4
4
REINA LOPEZ Carolina -CARACOL RADIO “ La crisis del aislamiento evidencio las dificultadesde la rama judicial”[En
línea], 17 mayo 2020] Disponibleen: https://caracol.com.co/emisora/2020/05/18/manizales/1589754703_023330.html
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 3
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Palabras claves:
Expediente electrónico, Expediente digital, TIC, P.E.T., Pla ABC decenal de
justicia, E-justicia, plan sectorial y desarrollo y tecnológico de consejo superior
de la judicatura.
ABSTRACT letra Arial 10
In recent decades, ICTs have been an expansive and constantly evolving
phenomenon that has acquired a fundamental role in all social and labor spheres.
They have also impacted on the transitions from what was traditionally known in
aspects of communication or in this case of judicial procedures. The following can
be corroborated in circular PCSJC20 -11 OF MARCH 31, 2020.
With the implementation of Decree 806 of 2020 and Decree 491 of 2020, we can
see how paper, written correspondence, the filing of documents in person, and care
proceedings have shifted, as well as the gap in electronic notifications, virtual
conciliations, which due to the COVID-19 pandemic, have benefited both officials
and legal professionals, with the simplification of any procedure from a computer or
smartphone.
In the area of law, ICT and COVID-19, weaknesses and strengths have been
revealed, broadly framed due to the health emergency of the pandemic and other
dilemmas that had already come to light, it will begin to be known that the Colombian
judicial system is congested. The following statement will be based on the following
data: As of the year, 20% of judicial cases are dammed and add up to congestion,
with 1.8 million cases pending. There are currently 11 judges per 100,000
inhabitants2 . It is a weakness that by 2017, 2,717,444 cases were received and
only 66% of the country's judicial offices, that is, 3. 569 have high-speed connectivity
(Consejo Superior de la Judicatura, 2017),3 in addition to what has already been
conceived, it is recognized that the courts and their officials are only in the process
of becoming literate, which began with the CSJ circular BOC 20-57 dated May 11,
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 4
Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
2020, or knowledge of the use of ICTs, which is the greatest weakness highlighted
in the circular, highlighting the difficulties of personnel,
technology and infrastructure,4 among others, such as the lack of technological
equipment,
However, in terms of regulations and implementation of ICT in the judicial system, it
will be found that it is reinforced, due to the Sectorial Development Plans, which
begin in 2015 and extend until 2022, as well as the ABC Ten Year Justice Plan 2017-
2027, whose pillar is to improve the quality and information of the justice system with
the support of ICT, and the P T Strategic and Technological Plan of the Superior
Council of the Judiciary 2015-2018 and with the entry into force of the CGP giving
free rein to the gradual link between ICT and Justice.
With the previous plans, it is understood that there is a scheme of how ICT should
be implemented, that the COVID-19 pandemic gave a transition from traditional
justice to the new reality already proposed previously by the Superior Council in the
above mentioned Sectorial Development Plans, where schemes that harmonized
with ICT are shown and that in order to deal with the pandemic the judicial system
has had to adapt to the transition from a virtualized justice, remote work, virtual
information management, electronic states, virtual hearings, electronic and digital
files.
Keywords :
Electronic file, Digital file, ICT, P.E.T., Pla ABC decennial of justice, E-justice,
sectorial plan and technological development of the Superior Council of the Judiciary
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 5
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Introducción
Vivimos una época llamada sociedad de la información o sociedad moderna que se
caracteriza por cambios esenciales en materia económica, social y jurídica, es decir,
el mundo en el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de
transformaciones que se envuelve en todos los entornos de manera sustancial.
El origen primordial de esas transformaciones es la inclusión de las Tecnologías de
la Información y la Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal
manera que la forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. Ante estos
sucesos transformadores, es para el que los profesionales se deben preparar para
coexistir con la tecnología de manera armoniosa.
Por otro lado, adentrándonos al tema, El abogado David Varela y consultor en la
materia de TIC, destacó los avances de la implementación de las primeras vías,
esto es el PET, que busca articular las necesidades y prioridades de los operadores
de la justicia con las de sus usuarios que se guiaran bajo 6 pilares”5
Modelo del expediente electrónico:
- Justicia en red
- Gestión de la información
- Gestión del cambio
- Uso de las TIC para la formación judicial y ciudadana
- Denuncias virtuales
- TIC como mecanismo de resolución de conflicto
5
MARTÍN FIERRO, Juan. “Noticiasde economía ynegocios en Colombia yel Mundo” [en línea]. 26 de septiembre de 2018.
Disponible en: https://www.portafolio.co/economia/colombia-esta-en-una-etapa-de-transicion-hacia-el-expediente-
electronico-521666
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 6
Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
Después de observar lo mencionado por David Varela consultor colombiano en
materia de TIC del plan sistemático que se implementaría, vemos como surgen los
dilemas estructurales de una transición a medias, que serán recalcados.
1. El software no fue desarrollado en su totalidad
2. La falta de socialización e inducción por parte del equipo creador de los
programas siglo XXI nueva consultoría jurídica
3. La no culminación del programa, dejándolo como simple notificador
ineficiente de actos procesales, la relevancia en la materialización y
culminación de los siguiente convenientes era abreviar y acabar con la
problemática en la falta de eficiencia, inmediatez y cobertura judicial, estas
tecnologías busca llenar los vacíos del sistema precario actual, por ejemplo
en los ámbitos de descongestión toda vez que cada año ingresan a la rama
judicial volúmenes colosales de procesos una de las estadísticas se da en el
2017, donde se recibieron aproximadamente 2.717.444 procesos y solo el
66% de despachos judiciales del país contaban con conectividad de alta
velocidad (Consejo Superior de la Judicatura, 2017)”6.
Esto resulta un dilema en el aspecto de implementación, cobertura y descongestión,
otro de los problemas a abarcar en la implementación de las TIC corresponde al
sistema penal lo cual concierne al inicio de la agilización del procedimiento de
denuncia, esto debido a la masiva asistencia de personas que buscan mover el
aparato judicial presencialmente, cuando podría ser más ágil de forma online,
gracias a las TIC se logra resolver en medida esta problemática con la
implementación del sistema nacional de denuncia virtual, lo cual tiene como objeto
ser la recepción del ciudadano ante el cometido de un delito, otra de las dificultades
y aun no aplicado es bajar los recursos respectivos con el uso de papel e
6
GARCÍA SANTIAGO, Héctor José. “La justicia colombiana ylas TIC. La modernización es inminente”[ En línea], Febrero
28, 2018, Disponible en: https://web.certicamara.com/files/Sala-de-prensa/blogs/blog3.html
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 7
Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
implementar el expediente electrónico. El expediente electrónico fue coordinado y
dirigido por la compañía McKinsey en un ejercicio titulado pacto por Colombia, la
traba encontrada por los expertos tanto colombianos como de la compañía
organizadora era la suma que sacaría de las múltiples deficiencias que actualmente
se presenta en la rama judicial.
Con respecto a la jurisdicción contenciosa administrativa, se ha podidoobservar una
evolución significativa, en los 13 juzgados administrativos de la ciudad de
Cartagena, siendo esta la pionera en la implementación de las tecnologías de la
información y comunicación en sus procesos, enfatizando en los procesos orales
regidos por la Ley 1437 de 2011 CPACA, ya que los escriturales se rigen con la Ley
167 de 1941 y como su nombre lo indica todo alrededor de estos escritos donde el
nivel de congestión de los procesos era muy alto y el grado de acceso por parte de
la ciudadanía ellos mucho más, por lo cual para que se dictara sentencia se debía
esperar de 5 a 10. Con la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo en Colombia, se han hecho eficientes y agiles los
procesos de una manera significativa, los cuales permiten llevar procesos basados
en las herramientas tecnológicas aprobadas por esta ley, permitiendo una mejor
celeridad en el conocimiento de los avisos, notificaciones, consulta de procesos,
edictos, traslados y de los procesos que se encuentran en cada despacho.
En lo que respecta a la Jurisdicción Civil, específicamente en los juzgados de familia
y pequeñas causas laborales, la utilización de las tecnologías de la información y
comunicación es casi nula, puesto que en los siete juzgados de familia que se
encuentran en la ciudad de Cartagena, son muy poco utilizadas estas herramientas,
observándose demoras en los procesos. Aquí puede pasar dos cosas, la primera
que no se estén alfabetizando en el uso de las TIC o que por la cantidad de procesos
que llegan a diario, se les haga inconveniente usar estos, es decir la transición del
papel a los medios electrónicos, no lo han tomado como un adelanto tecnológico
que se está dando en la Rama Judicial en Colombia.
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 8
Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
Nuestro enfoque investigativo socio-jurídico lo fijaremos en estas tres jurisdicciones,
atendiendo todo lo relacionado con las fortalezas y debilidades de cada uno, para
ahondar en el porqué de la utilización de tecnologías en una más que en la otra, si
las dos están vinculadas al Sistema Judicial colombiano el cual deberían tener el
mismo tratamiento en la utilización de mecanismos tecnológicos, con la expedición
del CódigoGeneral del Proceso, Ley 1564 de 2012 para un justicia eficaz y eficiente,
y por el presupuesto que el Estado le otorga a cada jurisdicción.
La suma promediada era 150 mil millones con el fin de poner a disposición y en marcha las
TIC en todo lo que compone la Rama judicial, lo que significa un reto colosal en referente a
cuantía para la justicia colombiana en su transición a la era E-justicia digital. Ahora, si bien
es cierto que con la implementación del sistema oral y algunas plataformas como siglo XXI
la cual no es eficiente en su totalidad y que mucho de los despachos judiciales cuentan con
pocas herramientas prácticas en desarrollo del usode las TIC, quiere decir que no soluciona
las necesidades de aquellos que necesitan de la justicia y su inmediatez.
El problema principal de la implementación de las TIC tecnologías de la información
y comunicación en los ámbitos jurídicos es el cambio del panorama y transición
estructural del hacer, debido a que con la implementación de estas deja en segundo
plano las practicas convencionales, otro de los antecedentes problemáticos son las
deficiencia y el poco interés de los servidores públicos que compone la rama judicial
en el ámbito de alfabetizarse y alfabetizar a la ciudadanía, las nuevas tecnologías
tienen la finalidad de ofrecer un nuevo paradigma, una nueva justica E-Justicia,
debido a que uno de los problemas del aparato judicial convencional es la poca
inmediatez en lo concerniente a los procesos jurídicos. Lo ideal ante esta
problemática es ofrecer cobertura y un acercamiento de los operadores a todos
aquellos usuarios que hacen uso del aparato jurídico, con la identificación de estas
problemáticas se aborda el impacto que tendría la implementación de las TIC y la
finalidad que tendrían estas en mejorar y agilizar todo aquello relacionado con la
prestación del servicio judicial a la ciudadanía y profesionales del derecho.
El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Sala Administrativa, asume el
mandato constitucional de administrar la Rama Judicial, mediante el
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 9
Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
reordenamiento de los despachos judiciales y la adecuación de la oferta judicial
según la tipología y frecuencia de los procesos, para responder de manera eficiente
y oportuna a la demanda de justicia en todo el territorio nacional.
En estas condiciones, se debe contar con un aparato judicial sólido y con la
asignación permanente de recursos para responder de manera versátil y eficiente a
las necesidades que impone la demanda de justicia en un escenario cambiante,
aspectos contemplados en el presente ejercicio de planeación sectorial7.
Para alcanzar este propósito, realiza consultas y encuestas a magistrados, jueces,
empleados judiciales y sociedad civil; efectúa mediciones de impacto de las
ejecutorias anteriores que permitan modernizar e inducir eficiencia en el aparato
judicial; revisa los modelos de gestión para incorporar tecnologías de la Información
y mejorar la infraestructura física; realiza la selección, formación y evaluación del
talento humano, que involucra las condiciones de vinculación, permanencia y
bienestar social de los servidores judiciales. En estos aspectos en materia de
infraestructura el Consejo Superior de la Judicatura, ha invertido recursos en
infraestructura tecnológica, como lo es dotar de intranet e internet a las
dependencias judiciales, desarrollar, integrar e implementar los servicios
telemáticos virtuales, y documentales para la conformación de la Red Informática
Judicial; esto a nivel de la ciudad de Cartagena es un poco complejo, puesto que la
estructura física de los despachos judiciales no es la más óptima, pues encontramos
infraestructuras muy viejas, con humedad y donde colocar aparatos electrónicos
sería un desgaste, porque lo primero para que esto funcione como se planea, debe
tener una infraestructura adecuada para su organización y funcionamiento
adecuado
7
COLOMBIA, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA.” Plan sectorialde desarrollo de la rama judicial. Bogotá 2015-
2018”[En Línea] [2015]Disponible en:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1513685/5113559/Plan_Sectorial_de_Desarrollo_Rama_Judicial_2015-
2018+%83%29.pdf/a7b785e1-fb02-4ff6-905b-c16ac93df312
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 10
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Objetivo
1. Analizar la implementación de las tic en el sistema
judicial cartagenero antes y durante la pandemia
COVID – 19.
2. Analizar la debilidades y fortalezas de la
implementación de las tic antes y durante de la
pandemia COVID – 19
Materiales y Métodos:
La metodología que utilice para realizar este artículo es socio-jurídica la cual
consiste en una construcción interdisciplinaria en la cual una dimensión social
predomina, describiendo características de un conjunto de sujetos o áreas de
interés dentro de nuestro trabajo8 Según el Jurista e Investigador Jaime Giraldo
Ángel: “La Investigación Socio-jurídica se dirige entonces a crear derecho; a regular
los fenómenos culturales que son relevantes para un Estado en un momento
histórico determinado”. Conociendo este concepto lo aplicamos en nuestra
investigación para organizar cada una de la información y buscando fuente veraz
que nos puedan llevar a realizar los objetivos que se han trazado para dicho articulo,
en este caso en los juzgados administrativos, civiles, laborales, penales y de familia
en la ciudad de Cartagena-Colombia, para conocer como ha sido el desarrollo
tecnológico en estos y como es el manejo que se le está dando a las herramientas
tecnológicas en el expediente judicial y de qué forma ha impactado en la población
y los empleados de cada despacho judicial. La investigación se hará de manera
cuantitativa, por medios de estadísticas, encuestas y mediciones numéricas para
8
ALMANZA Carlos “Guía de elaboración Pat colectivo de la corporación universitaria Rafael Núñez”. Área de investigación,
programa de derecho.
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 11
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establecer patrones, comparaciones y correlacionar cada dato con lo el día a día en
los juzgados, determinando así sus avances o por el contrario atraso, también
implica que a partir de algunas observaciones del fenómeno en la realidad se llega
a un concepto general.
El enfoque cuantitativo lo definiremos como lo hizo el investigador Hernández
Sampieri9, “es el que utiliza la recolección de datos para probar hipótesis con base
en la medición numérica y el análisis estadístico, con el fin establecer pautas de
comportamiento y probar teorías”.
Métodos
El método a utilizar es el deductivo, basándose de lo general que en esta
investigación es el sistema judicial, hasta lo particular en los juzgados
administrativos, civil, penal, laboral y de familia, siendo una forma de razonar en la
que se inicia en un marco general de referencia para llegar a un caso en particular.
Como técnicas de recolección de información se utilizarán en nuestra investigación
las siguientes:
Encuestas, las cuales se le realizaran a los operadores judiciales (ingenieros de
sistema) de los despachos judiciales, a los abogados litigantes, secretarios de los
juzgados administrativos, familia y pequeñas causas laborales, a los estudiantes de
noveno y décimo semestre de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, así mismo
con el cuerpo de docentes que están inmersos en el mundo del litigio.
Resultados
9
CASTRO LOPEZ, Héctor Efraín. Resumen del libro “metodología de la investigación de Roberto Hernández Sampieri. [En
línea][06 de diciembre del 2016] Disponible en: https://www.emprendices.co/resumen-del-libro-metodologia-la-investigacion-
roberto-hernandez-sampieri/.
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 12
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Analizar las fortalezas y debilidades de la implementación de las TIC en
el Sistema Judicial en la ciudad de Cartagena
El Centro de Estudios Judiciales de las Américas (CEJA), realizó un estudio acerca
de la administración de justicia en América Latina incluido nuestro país, donde se
evidencia que la accesibilidad al sistema judicial es muy preocupante, pues el
acceso a la digitalización y las tecnologías no están adecuadas en todos los
despachos judiciales del país por lo que todos no pueden beneficiarse de las
herramientas tecnológicas y el hacer seguimiento de los procesos por vía
electrónica. Al respecto la CEJA manifiesta:
“La administración de justicia en América Latina ha sido vista con altos niveles de
desconfianza por la ciudadanía. Sin pretender hacer un análisis exhaustivo, en la
generalidad de nuestros países, el modelo tradicional de impartición de justicia es
señalado usualmente como lento, excesivamente formalista y burocrático, y lejano
para el común de la ciudadanía”10
Colombia dentro de su plan de políticas públicas ha venido incursionando en la
adopción de las nuevas tecnologías de la información y comunicación; dentro del
campo que nos ocupa la administración de justicia, se han emitido mecanismos
legislativos para incluir e implementar las TIC en los procesos judiciales, destacando
la importancia del estado social de derecho establecida en nuestra Constitución de
1991 y la utilización de estas herramientas para un adecuado desarrollo. Para
entender lo anterior nos remontamos al principio de accesibilidad que en Colombia
tiene soporte constitucional en el artículo 74 que cita “Todas las personas tienen
derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos
que establezca la ley. El secreto profesional es inviolable”11. Es decir, todos los
ciudadanos tienen derecho al libre acceso a documentos públicos, adecuándolo a
la justicia, además de ser un servicio público es un derecho del que todos gozamos
y del que debemos hacer parte para que se cumpla el estado social de derecho
10
CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIAL DE LA AMERICAS. “Perspectivas de uso e impactos de las TIC en la administración
de justiciaen América Latina”[en línea} [2008] Disponible en:
http://www.cumbrejudicial.net/c/document_library/get_file?p_l_id=1547708&folderId=177221&name=DLFE-4404.pdf
11
COLOMBIA, CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DE 1991, “Artículo 74”[en línea} Disponible en línea
https://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-74
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 13
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independientemente de su situación o caso particular, condición social y estrato
económico. La información pública debe ser óptima, rápida y sin complicaciones
para los ciudadanos. De este principio se desprenden los de igualdad,
transparencia, acceso a la información y debidoproceso. Al contar con herramientas
electrónicas transparentes, inocua y efectiva da mayor seguridad a los ciudadanos
para realizar sus trámites y tener un control sobre la gestión administrativa del
Estado (Amaya Báez 2018, p.25), con lo cual no se cuenta actualmente.
La utilización de herramientas tecnológicas en la información judicial, se ha
convertido en una necesidad, no solo en la función jurisdiccional sino en la calidad
de trabajo y desempeño realizada por los empleados y funcionarios judiciales, a
través de estas se adelantan actuaciones del despacho, lo que facilita la
comunicación entre los usuarios de la justicia, permitiendo cumplir los términos
procesales establecidos en la norma fundada en la eficiencia y prontitud, teniendo
en cuenta derechos fundamentales como el debido proceso, dignidad humana;
reduciendo así los tiempos en los procesos, pues esto es lo que esperan las
personas al acudir a la administración de justicia, dando cumplimiento a lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 270 de 1996 Ley Estatutaria de la
Administración de Justicia citando que debe entenderse como “Administración de
justicia como la parte de la función pública que cumple el Estado, encargada por la
Constitución Política y la Ley, de hacer efectivos los derechos, obligaciones,
garantías y libertades consagrados en ellas, con el fin de realizar la convivencia
social y lograr y mantener la concordia nacional”12
Esta Ley también estatuye en su artículo 95 lo siguiente “Tecnología al servicio de
la administración de justicia. El Consejo Superior de la Judicatura debe propender
por la incorporación de tecnología de avanzada al servicio de la administración de
justicia. Esta acción se enfocará principalmente a mejorar la práctica de las pruebas,
la formación, conservación y reproducción de los expedientes, la comunicación
entre los despachos y a garantizar el funcionamiento razonable del sistema de
12
COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPÙBLICA. “Ley Estutaría de Administración de Justicia. Ley270 de 1996, articulo 1”.
[ en línea] Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0270_1996_pr002.html
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 14
Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
información”13. Con esto observamos que la orden de establecer e incorporar
herramientas tecnológicas en la administración de justicia se reguló desde hace más
de veinte años, donde se pueden utilizar cualquier medio informático, técnico,
electrónico, telemático, los que gozaran de validez y eficacia cuando quede
garantizada la autenticidad, veracidad y seguridad exigidos por las normas
procesales. Dado todo lo anterior el Consejo Superior de la Judicatura debía:
incorporar las TIC a los procesos judiciales, dotando de infraestructura a todos los
despachos judiciales de Colombia en conjunto con la debida capacitación a los
funcionarios que integran la Rama Judicial para brindar un óptimo acceso a la
justicia que sea eficaz y garantice los derechos para los usuarios, estando en la
obligación de implementar las TIC.
Después de quince años de la anterior Ley, fue sancionada la Ley 1437 de 2011
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual
estableció en el parágrafo del artículo 186 “La Sala Administrativa del Consejo
Superior de la Judicatura adoptará medidas necesarias para que en un plazo no
mayor de cinco (5) años contados a partir de la vigencia del código, sea
implementado con todas las condiciones técnicas necesarias el expediente judicial
electrónico…”14. El cual empezó a regir a partir del 2 de julio de 2012. También se
expidió la Ley 1564 de 2012 Código General del Proceso, quien también hizo
énfasis en los cinco años en que debía implementarse el expediente electrónico y
el Plan de Justicia Digital.
Observamos que para llevarse a cabo la implementación de las TIC en la Rama
Judicial de nuestro país y en lo que nos compete el Distrito de Cartagena, se
presentan dos componentes que los agrupamos como debilidades y fortalezas, las
cuales implican la falta de fuerza, iniciativa, firmeza, ocasionando un impacto
negativo. Para adentrarnos en estos temas, citamos lo que manifiesta Jaime Castro
en una publicación, lo cual nos parece pertinente para el tema “El buen
13
COLOMBIA, CONGRESODE LA REPÙBLICA. “LeyEstutaría de Administración de Justicia. Ley270 de 1996, articulo 95”.
[en línea] Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/based oc/ley_0270_1996_pr002.html
14
CÒDIGO DE PROCEDIMEINTOADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSOADIMINISTRATIVO. “Ley1437 de 2011,
artículo 186”[En línea] [05/11/2020]Disponible en:
https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_administrativo_y_de_lo_contencioso_administrativo/186.htm
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 15
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funcionamiento de la justicia en cualquier lugar, no solamente es garantía de
tranquilidad sino indudable factor de progreso”. Cuando sus servicios acusan
lentitud, desorganización y fallas operatorias, los intereses de la comunidad se
sienten amenazados y se desestimula el impulso creador de la comunidad entera”15
Las fortalezas en la implementación de las TIC en la rama judicial de la ciudad
de Cartagena.
Las fortalezas de implementar las TIC en la Rama Judicial son múltiples, pues no
solo se estaría cumpliendo con lo establecido en leyes dictadas, si no que sería una
forma de agilizar los procesos judiciales, aunque al principio el cambio sea
incomodo, algo nuevo para los funcionarios, litigantes y quien desee acceder a la
justicia.
Comencemos por la simplificación del acceso a la justicia, por parte de la
implementación de sistemas tecnológicos en los despachos judiciales dirigido a
descongestionar, agilizar los despachos judiciales y los tramites, no se esperaría
tanto tiempo para un auto, una notificación; generando así una mayor flujo y
suministro de información, en la consulta de procesos judiciales atrayendo a los
usuarios externos y permitiendo su masificación. Se minimizaría la concurrencia de
visitas a los juzgados, pudiendo obtener información en tiempo real desde cualquier
lugar; la información sería más fluida a través de correos certificados, generando
confianza entre operadores judiciales, reduciendo los tiempos en cuanto a
expediente se refiere, es decir permiten una fluidez mayor entre las partes.
Teniendo en cuenta la confianza que genera la utilización de las TIC entre los
profesionales del derecho, los cuales son los que mayormente hacen uso del
aparato judicial, como también estudiante de derecho y funcionarios públicos de la
rama judicial y a través de nuestra encuesta vía Google Doc. con título:
“Debilidades y fortalezas de la implementación de las TIC en la rama judicial -
Cartagena” sondeamos sobre el funcionamiento y la implementación paulatina que
se ha dado en el sector Justicia antes y después de la pandemia Covid 19.
15
CASTRO, Jaime. “La justicia en Colombia”. Publicacionesespeciales. Colcultura Bogotá, D.E 10 Oct 2007. Pág. 12.
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Encontramos que hay aceptación de la población en general sobre la gran estrategia
de MinTIC para fomentar el desarrollo e innovación mediante las TIC, para que se
pueda acceder a la Justicia electrónica o digital, ofreciendo cobertura a los
profesionales del derecho y las partes de un proceso desde cualquier espacio que
tenga conexión a internet, esto basado en la gráfica a exponer.
Descongestionar los procesos judiciales que están en los despachos, este sería un
punto muy importante, estaríamos hablando de la vigilancia de los recaudos en
materia de cobro coactivo vía Internet, el sistema de videoconferencias para
capacitación de funcionarios y desarrollo de diligencias virtuales de todas las
especialidades de la entidad y el sistema de correos institucionales, para el continuo
flujo de información y material de apoyo.
Para nadie es un secreto que un proceso en los juzgados de Cartagena toma
mucho tiempo en ser sacado, pues el talento humano con que se cuenta en cada
uno es muy reducido. Los juzgados de Cartagena afrontaban la renovación de
normas procesales y sistemas sin una infraestructura física y tecnológica, al
implantar estas herramientas necesarias y urgentes se pueden conseguir los
resultados esperados. Resultados que apreciamos actualmente con la utilización
de las herramientas tecnológicas, ante la pandemia Covid19 presentada en el
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mundo, el estilo de vida de la humanidad cambió. En nuestro país la incorporación
de las TIC en la Rama Judicial es una realidad con la expedición del Decreto 806
de 2020 en donde el Gobierno establece “las medidas transitorias para el acceso a
la justicia a través de medios judiciales protegiendo a los servidores judiciales y a
los usuarios”.
Esto quiere decir que se debe si o si trabajar con las TIC, en este punto la dificultad
no es solo para los que hacen parte de la rama judicial si no para los usuarios que
requieren de los servicios judiciales, las cuales se reflejan en el manejar el sistema,
le agregamos a eso las condiciones socio-económicas, algunos usuarios no tienen
acceso a internet y a los dispositivos y como los operadores judiciales tampoco
están capacitados. Implementar las TIC demanda capacitar continuamente a todos
los funcionarios y esto se logra con compromiso de estos y que se le den los medios
para hacerlo, para poder abandonar prácticas de antaño utilizadas.
En Colombia con la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo en el 2011 y así mismo con el Código General del
Proceso en 2012 dando vía y abriendo camino para la implementación de las TIC,
las pretensiones de los códigos es grande e impone muchas metas al estado, en
donde sea fácil el acceso para las partes procesales y los funcionarios judiciales
para interactuar de forma rápida, eficaz a distancia, practica de pruebas y
diligencias, así como el traslado de medios probatorios beneficiosos para el bien
común de los usuarios en general, es la era digital y tecnológica para los juzgados
en donde es permitido enviar mensajes de datos y comunicaciones con inmediatez,
facilitando trasladar una prueba documental o la videograbación que reposa en un
expediente desde un extremo a otro del país sin esperar semanas o meses todo
con la celeridad propia de una justicia de avanzada
Debilidades en la implementación de las TIC en el sistema judicial de la ciudad
de Cartagena.
En el trascurrir de la investigación y teniendo en cuenta las debilidades manifiestas
en la implementación de las TIC en el sistema jurídico de la ciudad de Cartagena,
por medio de las encuestas realizadas en el medio profesional, llegando con ellas a
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los despachos judiciales, así como a abogados litigantes, los jueces identifican
varios factores que debitan su labor judicial. Para dar respuestas a estas inquietudes
realizamos la siguiente pregunta; Cuáles son las problemáticas u obstáculos para
una implementación general de las TIC en la rama judicial de la ciudad de Cartagena
y los datos fueron los siguientes.
La pregunta por medio de esta encuesta arroja la siguientes respuestas:
complejidad de sus procesos, la falta de preparación del personal por el
desconocimiento del manejo y uso de las TIC y la implementación básica de redes
e implementos tecnológicos (infraestructura) que facilitan y agilizan el sistema
quitando el stress por el cumuló de procesos que debido al mal manejo manual y
falta de gestión el sistema colapsa, falta de presupuesto por parte de la Rama
Judicial.
Otra de las debilidades de la implementación de las TIC se encuentra muy claro y
es que los usuarios no están preparados para manipular el sistema y las fallas
técnicas que se presentan, ya que la implementación de las TIC hace demanda en
cuanto a la preparación constante del personal administrativo debido al continuo
cambio que se genera en el sistema, es de mucho el compromiso que las nuevas
herramientas sugieren en cuanto a la capacitación en jueces, magistrados,
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abogados y usuarios y el mismo sistema necesita que para avanzar es necesario
dejar las viejas prácticas y obtener un mejor provecho.
Todo lo anterior se reflejó y dejó ver la importancia de implementar las TIC en la
justicia colombiana, la cual en cuestión procesal se evidenció las falencias que tenía
con la declaratoria de la emergencia sanitaria en nuestro país y el mundo entero
Covid19. La consecuencia de no haber implementado las TIC en la Rama Judicial
al suspendiese los términos procesales por un tiempo considerable, donde hubo
atraso en los procesos, volviendo un caos el sistema judicial colombiano, el Concejo
Superior de la adjudicatura toma medidas urgente de seguridad sanitaria covid19,
decretando cierres y suspensiones de los despachos judiciales desde el 16 de
marzo de 2020, impulsando así la justicia digital y la utilización de las tecnologías
de la información y comunicaciones TIC en la prestación de servicio públicos desde
casa y ver la curva de contagio bajar.
Las TIC llegaron para quedarse e implementar un nuevo sistema de comunicación
y administración digital en nuestro sistema judicial, nuestro gobierno invierte en el
sistema y adaptación de las TIC, en la radio, prensa, televisión y redes sociales,
todos los usuarios tienen acceso al sistema judicial desde la comodidad de la casa,
sabiendo que muchos de los usuarios debido la falta de recursos económicos no
pueden acceder al sistema judicial. Todos los colombianos conocemos que las
debilidades se presentan por ser un sistema casi nuevo, su implementación y uso
requiere de experiencia por parte de la administración y los usuarios adquiriendo
agilidad para manejarlo, es un proceso a largo plazo que requiere capacitación
externa e interna de las nuevas tecnologías, es menester un cambio en cada uno
de los métodos para recopilar la información, cambiando los medios que se tienen
invirtiendo en nuevas herramientas que agilicen el sistema en el recibir y entregar
la información para que la institución sea beneficiosa para todos los usuarios.
Cartagena y todo el país ha sido estremecido por la emergencia sanitaria covid 19,
poniendo en evidencia el antes y el después del 2020, en donde el plan de justicia
digital necesario para el uso de las TIC sea desde ya de uso obligatorio, el art 103
CGP, apuntando al expediente electrónico que reemplazaría al expediente físico,
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esta afectación acelera los tiempos para la implementación de las TIC en el sistema
de justicia digital.
Explicar los beneficios del uso de las TIC en el Sistema Judicial de la ciudad de
Cartagena
Los beneficios del uso de las TIC en el sistema judicial de la ciudad de Cartagena,
debido a la adopción de estos sistemas electrónicos como recursos, herramientas
y programas para compartir la información que entra al sistema judicial al accionar
de una demanda, la cual debe ser notificada a los interesados de tal recurso, que
debe ser procesada por los diferentes soportes tecnológico, como teléfonos y
celulares, computadores, reproductores portátiles de audio y video, televisores.
Estas herramientas implementadas en la ciudad de Cartagena en el sistema judicial,
nos brindan diversos servicios como correos electrónicos, búsqueda de información,
banca online, descarga de documentos y códigos electrónicos, leyes y decretos que
constantemente surgen debido a las diferentes necesidades del día a día y el
constante enlace con el gobierno en línea y sus grandes avances etc. Esta es la
razón por la cual estas herramientas se hacen necesarias en cada uno de las
actuaciones judiciales que al ser recibida y enviada se pueda garantizar la
autenticidad, integridad, conservación de acuerdo a la ley.
Cartagena tiene a media la implementación todos estos medios tecnológicos, lo cual
abogados y dependientes judiciales esperan que la rama ingrese de lleno a este
mundo tecnológico para que se dé la eficiencia judicial. El código de procedimiento
administrativo y de lo contencioso administrativo16 CPACA en su artículo 186 ley
1427/2011, hace la salvedad que todas las actuaciones judiciales que se realizaban
de manera escrita, pueden realizarse por medios electrónicos contando que se
otorgue el respectivo recibido, de acuerdo a esta ley, cada una de estas medidas
16
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO. “Artículo 186.
Actuaciones a través de medios electrónicos”[En línea] [05/11/2020]Disponible en:
https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_administrativo_y_de_lo_contencioso_administrativo/186.htm
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debían implementarse en los cinco siguientes años contados a partir de la vigencia
del presente código, la sala administrativa se comprometía en
adoptar las medidas necesarias para que en uso de todas las condiciones
tecnológica se pudiera utilizar el expediente judicial beneficioso para todos los
usuarios de la justicia, demandante, demandado, abogados, jueces y los tramites
corrían sin obstáculos dentro de la sala las partes y el gobierno. Este 2020 nos
impactó con la pandemia covid1917, la cual detuvo a todo el sistema judicial en
Cartagena, el país y el mundo entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y
las TIC, en su uso son complementarias. Cartagena está procesando su
analfabetismo virtual en implementación de equipos electrónicos, como en la
preparación de cada uno de las dependientes judiciales abogados y partes para
cada uno de los procesos en las diferentes áreas del derecho, es tiempo de romper
el concreto y visualizar las nuevas formas de trabajo y poder brindar un servicio de
calidad en línea a cada uno de los usuarios de la justicia. Las herramientas que
ofrece las TIC y los conocimientos se hacen necesarios para que las tecnologías se
puedan utilizar de una manera apropiada y evitar los errores que puedan vulnerar
los derechos de quienes demandan los servicios de justicia o puedan afectar el
debido proceso que generan nulidades procesales frecuentes afectando a la pronta
y cumplida administración de justicia. Otras de los beneficios de la implementación
de las TIC en el sistema judicial es la facilidad que tiene cliente y abogado brindarle
mayor asesoría en línea acortar gastos y tiempo permitiendo llegar a los usuarios
que geográficamente sería imposible llegar, todo es el aprovechamiento que se le
quiera sacar y el interés que se tenga por esta clase de trabajo en línea siendo más
fácil la información que se mueve por todo el mundo, teorías, libros, jurisprudencias
y doctrinas en diversas páginas, de todas partes del mundo, la tecnología facilita
esta clase de información y comunicación, los cambios constantes que se dan en
nuestro ordenamiento jurídico, ahora con la tecnología es más fácil, sencillo, rápido
17
CONCEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA-LAVOZDELDERECHO. “Acuerdo pcsja20-11567” [En línea] [05/06/2020]
disponible en: https://www.lavozdelderecho.com/files/ACU_CSDJ_11567_5jun_levanta_suspension_firmado_DARB.pdf
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y útiles para los juristas. Las TIC son de gran ayuda para brindar una administración
de justicia de calidad, siendo útiles en un estudio o buffet jurídico. Las TIC en el
sistema jurídico aportan celeridad en las respuestas rápidas de cada servicio
ofrecido, la justicia no se hace tardía, y satisfacen las inquietudes de los usuarios al
estar cerca por medios virtuales a su proceso, el estado tiene un interés primario
para que llegue a tiempo cada notificación necesaria de parte de nuestros
estamentos judiciales, rapidez y eficacia virtual, trae como beneficio el
distanciamiento social tan apreciado en estos tiempos. Es de gran importancia la
aplicación debida de la tecnología18 y su aplicación en el medio ambiente debida a
la contaminación que genera, por la cantidad de papel utilizado dentro de una
oficina, congestiona los archivos y los daña debido la humedad, con los medios
electrónicos se despeja el espacio y descontamina el ambiente. La implementación
de las TIC y el derecho han generado principios y normas que regulan principios
jurídicos nacidos de la interacción de las dos ramas derecho e informática
provocando en la sociedad afectaciones y cambios benéficos, que el derecho se ve
obligado a regular. Es de mucho interés la implementación y poder observar y
revisar continuamente los procedimientos en Cartagena19, con el fin de agilizar la
actuación judicial, la agilidad de los tramites, el fácil acceso al servicio la seguridad
e inmediatez y certeza en la comunicación entre las partes, sujetos procesales y el
juez, las practica de pruebas y su trasparencia, el servicio un reto y la
implementación de TIC imperativo, analizando los canales de acceso consulta y
publicidad de la información, haciendo viral las audiencias virtuales con sus
respectivas notificaciones de autos y sentencias , consignando directamente a los
beneficiarios de depósitos judiciales para evitar las aglomeraciones en los bancos
u oficinas judiciales, estas alternativas están siendo utilizadas exitosamente por
algunos jueces y magistrados en algunas partes del país llegó el tiempo de los
expedientes judiciales que menciona el CPACA o habrá que esperar. Se hace
necesario la adopción de las TIC, con mecanismos y procedimientos que
18
-19
EL UNIVERSAL. “Justicia Y TIC”[En línea] [13 de junio de 2020] Disponible en:
https://www.eluniversal.com.co/opinion/editorial/justicia-y-tic-HI2965559
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descongestionen los trámites judiciales, dejar lo tradicional y las reglamentaciones
que suelen darle importancia a las formas que, a lo sustantivo, sin afectar las
garantías jurídicas de las partes y demás actores procesales. La apertura de los
despachos judiciales.
Analizar la eficiencia en los programas de implementación de las TIC para la
revisión de los procesos judiciales en el Sistema Judicial de la ciudad
de Cartagena
David Fernando Varela20, abogado y especialista en Ciencias Socioeconómicas de
la Universidad Javeriana y Máster en Leyes del Instituto de Derecho Comparado de
la Universidad de McGill, en Montreal (Canadá). Experto en la implementación de
las TIC para la administración de justicia, evalúa la eficiencia de los programas,
teniendo en cuenta la gran inversión que hace el país en equipos de computación,
salas de video conferencias y en especial el desarrollo de aplicaciones como siglo
XXI, facilitando la información de los estados de los procesos en la mayor parte del
país, es un esfuerzo general por parte de las autoridades judiciales y del gobierno
para contar hoy parcialmente con el plan de modernización tecnológica, son las
bases para que el consejo de gobierno judicial podrá tomar las decisiones claves
para seguir avanzando. La implementación de la TIC en los despachos judiciales
logra que los beneficios a los usuarios, servidores públicos y privados puedan ser
eficientes, por medio de estas herramientas tecnológicas utilizadas correctamente
por las personas de adentro y fuera del despacho, una aplicación usada por jueces
de todo el país les facilita conocer inmediatamente el proceso que se acciones en
su despacho, verificando el vencimiento de términos, hacer análisis sobre la carga
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laborar de sus empleados y planificar su tiempo para la celebración de las
audiencias virtuales.
Las TIC se modernizan constantemente razón por la cual se hace necesarios
cambios constantes para que la administración judicial opere sus procesos
judiciales y administrativos internos del despacho judicial y determinar cuáles son
necesarios e innecesarios. Razón por la cual se valora desde el punto de vista21
personal como muchos funcionarios con sus propios recursos para diseñar nuevas
soluciones. Es un trabajo meritorio que se tiene en cuenta para el diseño de una
política pública sobre TIC para la justicia. El consejo Nacional de política económica
y social CONPES, siendo la máxima autoridad nacional para la planeación y
asesoramiento del gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo
económico y social del país, es la llamada al financiamiento de un programa de
litigio en línea o despacho cero papeles, la justicia no se detiene por lo tanto la
creatividad de los magistrados, jueces, usuarios y ciudadanos comprometidos no se
hace esperar, porque la implementación total de las TIC que no es inmediata. Los
cambios culturales hacen los procesos difíciles, por no salir de la zona de confort y
no darse la oportunidad de adquirir la destreza por un medio electrónico que no
contrasta con su vieja manera de trabajar y de pensar. Las TIC en la administración
de justicia ha generado fuertes resistencias, incluso huelgas o sabotajes en unos
pocos casos dentro y fuera del país. Pero hay también historias de éxito en las que
el programa de incorporación de TIC fue acompañado de actividades intensivas de
difusión y capacitación, al igual que de incentivos para facilitar la transición, como
reconocimientos y bonificaciones a los servidores líderes en el proceso de cambio.
Chile incorporó TIC en la reforma procesal penal que inició el año 2000 y ha
continuado actualizándolas, a medida que surgen nuevas oleadas de reforma, por
ejemplo, en lo civil y lo laboral. Un rasgo especial de la experiencia chilena es el
aprovechamiento de las TIC más apropiadas para cada jurisdicción dentro de un
20-21
VARELA David Fernando “Las TIC ayudan a mejorar la eficiencia de los despachos judiciales”[En línea][ 29 de Octubre
del 2015] Disponible en: https://www.ambitojuridico.com/noticias/en-ejercicio/administrativo-y-contratacion/las-tic-ayudan-
mejorar-la-eficiencia-de-los
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presupuesto limitado, sin dejarse seducir por TIC más avanzadas, pero cuyo costo
podría no justificarse en un primer momento. Brasil registra avances importantes en
la automatización de procesos, como el Superior Tribunal de Justicia (STJ,
equivalente a nuestro Consejo de Estado), que desde el 2010 logró reducir al
mínimo el expediente físico y potenciar el uso de su portal web para interactuar en
línea con los tribunales inferiores y sus usuarios.
Colombia avanza considerablemente en esta materia, hasta lograr la posición No.
11 a nivel mundial como país que más utiliza medios electrónicos para llevar a cabo
ejercicios de participación, la posición número 17 en el mundo en prestación de
servicios de gobierno a través de medios electrónicos y la posición número 11 en el
mundo en materia de datos abiertos. Este gran esfuerzo se hizo fundamentalmente
con el liderazgo del Ministerio TIC a través de la Dirección de Gobierno en línea,
definiendo lineamientos, generando capacidades, brindando asistencia técnica a las
entidades gubernamentales, con especial énfasis en las de carácter regional y local.
Los primeros años de implementación de la política fue necesario contar con
estrategias coordinadas centralizadamente, este gran esfuerzo se hizo
fundamentalmente con el liderazgo del ministerio TIC a través de la dirección de
gobierno en línea, hoy es necesario desarrollar otros modelos que permitan llevar
al país de manera sostenible a un nuevo nivel en materia de gobierno electrónico,
esta iniciativa busca implementar un nuevo modelo de gobierno en línea, pasando
de uno liderado y puesto en marcha por el gobierno central, a un ecosistema con
amplia participación del sector privado, la academia, las entidades públicas de
distintos niveles y los ciudadanos. Colombia gracias a la iniciativa del gobierno es
de gran ejemplo en materia de uso e implementación de la TIC para prestar
eficiencia en los servicios en línea a los pobladores, en medio de las circunstancias
que transcurren en este año 2020, está comprometida en la evolución del sistema
judicial electrónico, en su participación sea activa y optima, buscando que las
entidades públicas y privadas de orden nacional y territorial contaran con los
servicios del gobierno en línea certificados con el sello de excelencia que da cuenta
de su calidad, son muchas las soluciones de gobierno a través de las TIC para
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apoyar la generación de capacidades en materia de gobierno electrónico, se busca
que más de un 50% de los colombianos y casi el 60% de los empresarios realizaran
tramites y transacciones del en línea con el estado. En busca de la calidad Colombia
consolida la apertura del ecosistema de datos abiertos en el cual para agregar valor
a toda la información que genera el Estado, en donde diferentes fuentes de la
sociedad convergen para el desarrollo de las aplicaciones o el ejercicio del control
social a la gestión pública, a partir de los datos abiertos por las entidades públicas,
posesionando a Colombia como líder en Latinoamérica en materia de la
implementación del gobierno en línea. Cartagena tiene a media la implementación
todos estos medios tecnológicos, lo cual abogados y dependientes judiciales
esperan que la rama ingrese de lleno a este mundo tecnológico para que se dé la
eficiencia judicial. El código de procedimiento administrativo y de lo contencioso
administrativo CPACA22 en su artículo 186 ley 1427/2011, hace la salvedad que
todas las actuaciones judiciales que se realizaban de manera escrita, pueden
realizarse por medios electrónicos contando que se otorgue el respectivo recibido,
de acuerdo a esta ley , cada una de estas medidas debían implementarse en los
cinco siguiente años contados a partir de la vigencia del presente código, la sala
administrativa se comprometía en adoptar las medidas necesarias para que en uso
de todas las condiciones tecnológica se pudiera utilizar el expediente judicial
beneficioso para todos los usuarios de la justicia, demandante, demandado,
abogados, jueces y los tramites corrían sin obstáculos dentro de la sala las partes
y el gobierno. Este 2020 nos impactó con la pandemia covid19, la cual detuvo a todo
el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo entero, y a su vez puso en
evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son complementarias.
22 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVOY DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. “Artículo 186.
Actuaciones a través de medios electrónicos”[En línea][ 05/11/2020] Disponible en :
https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_administrativo_y_de_lo_contencioso_administrativo/186.htm
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Analizar la implementación del PET Plan Estratégico y Tecnológico
del Consejo Superior de la Judicatura en la Rama Judicial de Cartagena –
Colombia
La implementación del Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial en
Colombia, es donde se traza el norte para la incorporación de las tecnologías de la
información y las comunicaciones TIC en la administración de justicia, el objetivo
del Plan es propiciar la modernización de la administración de justicia mediante el
uso racional de las nuevas tecnologías, para lograr un servicio eficiente y efectivo,
en condiciones de accesibilidad, celeridad y excelencia, fue aprobado por la Sala
Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, para que se las TIC sean una
herramienta de uso cotidiano en los procesos, abogados y los empleados que hacen
parte de la rama judicial. Se inscribe en el marco compromiso de la Sala
Administrativa para armonizar las políticas y proyectos de la rama judicial con los
de orden internacional, tales como los de la Cumbre Judicial Iberoamericana de E
justicia y Portal de conocimiento jurídico; y con los del orden nacional, como el Plan
Nacional de Desarrollo y las iniciativas Vive Digital y gobierno en línea del Ministerio
de las TIC. Se espera que en el mediano plazo se pueda litigar por internet y llegar
a la cultura del “cero papeles”, entre otras, por motivos ambientales.23 La Sala
Administrativa se apoyó en los organismos internacionales, concretamente en la
Agencia Internacional de los Estados Unidos para el desarrollo USAID para formular
un Plan Estratégico de Modernización Tecnológica que cumpla a cabalidad con los
objetivos trazados para dicha implementación. La Rama Judicial siendo un poder
público independiente del Estado, ha dispuesto un modelo tecnológico que se
adapte a las iniciativas nacionales e internacionales, que contribuirá a que se den
las condiciones de accesibilidad, celeridad y excelencia en el sector justicia sea de
alta calidad y transparencia y un adecuado sistema de rendición de cuentas. Este
23
RAMA JUDICIAL, “La Sala Administrativa adopta el Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial [En línea][07
Noviembre 2020]” Disponible en: https://www.ramajudicial.gov.co/portal/historico-de-noticias/
/asset_publisher/tc8GIx9NJWBV/content/la-sala-administrativa-adopta-el-plan-estrategico-tecnologico-de-la-rama
judicial;.sessionid=E06E78082B6922921853BDD5C2C308C1.w orker1
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plan es creado como un instrumento orientador para la incorporación del valor
tecnológico a la Rama Judicial colombiana, para dirigir las políticas públicas
encaminadas a la utilización de las TIC, dotando de recursos tecnológicos y el
recurso humano que se necesita para la implementación de este, para responder a
lo que se encomendado, para así avanzar conjuntamente en los retos que están
adoptando otros países; contribuyendo así a la utilización de las TIC mediante
capacitaciones al establecimiento de sistemas eficaces y avanzados en
capacitación judicial, también a la ciudadanía que se beneficia con el
establecimiento de las herramientas tecnológicas, para que entiendan cómo
funcionan estas. El fortalecimiento y la incorporación de la infraestructura para la
utilización de las TIC es importante para la adecuada utilización de los proyectos,
programas y actuaciones derivadas del plan, garantizando la calidad, coherencia e
integralidad del plan a todos los equipos tecnológicos y de sistemas para
implementar de manera eficiente y coordinada en la Rama Judicial las tecnologías
de la información. Para este plan estratégico se organizaron varios ejes que
contribuyan a la realización y adecuada utilización de las TIC en la justicia
colombiana en cuestión de los procesos, enumeraremos cada uno y se hará una
breve explicación esta:
Modelo de expediente electrónico, se ha desarrollado un modelo de expediente
electrónico, el cual es inteligente, para que se sustituya el uso del papel en los
juzgados colombianos, para contribuir tanto con el medio ambiente como con la
celeridad de los procesos en medios digitales, este expediente electrónico es una
herramienta tecnológica de dialogo seguro y eficaz entre los diferentes actores del
proceso El acceso al expediente o a algunas de sus partes se garantizará a nivel
interno y externo, con las adecuadas condiciones de seguridad mediante un sistema
de privilegios, de tal forma que se viabilicen el formato electrónico con validez legal.
Con el desarrollo del nuevo modelo se procederá a la estandarización de flujos de
procesos y formatos, se construirá un modelo de gestión documental y se habilitará
un sistema de gestión de casos. Para contar con el expediente electrónico será
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necesario un correcto aprovisionamiento y dimensionamiento de la infraestructura
tecnológica que garantice el disponer de las condiciones técnicas que permitan un
óptimo funcionamiento del sistema Justicia en red, se considera necesario fortalecer
las redes, para concebir la nueva arquitectura tecnológica, que sea apta para la
utilización de todas las personas que accedan a la administración de justicia,
visualizando el sistema de justicia en Colombia como un dialogo permanente entre
actores institucionales y no institucionales, desarrollándose con fluidez, celeridad,
eficacia y seguridad, por la arquitectura de las redes dispuestas para su utilización
y que funcionen adecuadamente.
La Rama Judicial establece y es consciente que existen dos dimensiones en donde
se puede desarrollar la adecuada utilización de las herramientas tecnológicas como
lo es hacia su interior como una red integrada por las instituciones que hacen parte
de ella, sobre la base interior que se desarrolla las actuaciones en el eje estratégico.
En esta área se ha visto la necesidad de fortalecer la estructura de las redes y
mejorar el rendimiento por medio de correo electrónico, integración de plataformas,
conectividad, intranet, plataforma de gestión documental y portal web de la Rama
Judicial, los cuales son fundamentales desde el punto de vista tecnológico. En la
dimensión externa, es importante apoyarse en la dimensión anterior que es la base
fundamental del plan de comunicaciones, pero se debe tener en cuenta la
interoperabilidad, siendo esta una característica fundamental para el existo del
sistema como las redes sociales, con el fin de fortalecer el dialogo participativo entre
la sociedad y las instituciones. La interoperabilidad es identificada desde una
dimensión internacional que debe llevar al establecimiento de diálogos operativos
con las redes globales, regionales y subregionales y con un gran número de
instituciones internacionales. Gestión de la información, el objeto fundamental de
las herramientas tecnológicas lo constituye la información, por lo tanto, es un
elemento central en el PET. La comunicación establece dimensiones con las que se
trabajan: la técnica, la política, la cognoscitiva y la normativa. Desde un punto de
vista técnico se observan proyectos destinados al fortalecimiento de las
capacidades del sistema para realizar una gestión ágil y eficaz en la información,
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tales como la integración de las bases de datos, la incorporación de herramientas
Web 2.0 y la mejora de la accesibilidad.
Desde la política, se quiere integrar una interrelación con la ciudadanía, refiriéndose
al intercambio de información, como la generación y el tratamiento de la estadística
judicial, reparto en línea, el diario de notificaciones, el registro y la identificación
electrónica de los litigantes, el establecimiento de puntos de la información o la
generación de una política informática, articulan los pilares fundamentales. La parte
cognoscitiva se encamina a la generación de conocimiento a partir de las bases de
datos de normatividad, doctrina y jurisprudencias ya existentes, dándole un valor
para su debida utilización En el área normativa se contemplan dos actuaciones: la
revisión de los aspectos normativos en materia de gestión de la información, y la
elaboración de una política de manejo de la información corporativa.
Gestión de cambio, para el PET es fundamental desarrollar políticas adecuadas y
eficaces de gestión del cambio, para obtener un alto rendimiento en las acciones
que se han contemplado. Se enfoca en una doble perspectiva: general y la
específica. La general contempla principalmente acciones de sensibilización y
capacitación, concebidas en el marco de la estrategia integral, posibilitando que el
capital humano conozca y se apropie de esta estrategia y participe de ella, para que
exista un punto de referencia que permita contextualizar la experiencia, pero esto
no es solo estas acciones, se debe adecuar la infraestructura y los modelos de
gestión, para fortalecer las capacidades de los equipos de apoyo técnico:
capacitación y adecuado dimensionamiento. Uso de las TIC para la formación
judicial y ciudadana, la escuela judicial juega un papel muy importante en las
estrategias tecnológicas, tratando de generalizar concretamente y potencializar el
uso de las TIC en capacitación judicial y también en la formación de la ciudadanía
en lo referente a la justicia.
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Tanto en infraestructuras como en contenidos para alcanzar que todos estos tengan
acceso a la virtualización de los programas de formación24 Todo esto con el fin
hacer parte tanto a la población inmersa en el mundo judicial, como a los que
requieren y se benefician con sus servicios, es un trabajo mancomunado en el cual
propende la ganas, la garantía y el apoyo de todos para que se puede llevar a cabo
en un ámbito nacional, buscando mejorar cada día más los trámites judiciales. En
esto juega un papel muy importante los recursos económicos que destinen para su
implementación, pues se debe contar con buenas herramientas tanto tecnológicas,
como de infraestructura y humanas, las cuales unidas forman un completo equipo
para garantizar que la justicia en Colombia se eficaz, eficiente y efectiva al momento
de requerirla cualquier ciudadano, cumpliendo con los principios. La habilitación de
los correos electrónicos institucionales, plataformas para video conferencias,
Streaming(P.Erp1cloud, Ms Teams, Lifesize) para almacenamiento en la nube 5tb
y de un portal llamado Cicero para almacenamiento y consulta de audiencias por
medio de la circular Pcsjc20-11 de 31 marzo 2020 dispuestos por el Consejo
Superior de la Judicatura, es la evidencia del aceleramiento de los tiempos acción
tomada por la afectación del covid19 que produjo confinamiento nacional, fue
necesario tomar medidas tecnológicas urgentes y precisas para evitar la congestión
de la justicia, facilitando la prestación del servicio de usuarios dependientes jueces
y abogados por medio de plataformas digitales.
Implementación de las TIC en Colombia, encaminadas para activar la
administración de justicia afectada por la pandemia COVIC-19
Colombia garantista de principios y derechos constitucionales se enfrenta ante su
propia ideología al ser valorada, observada, para que lo intangible, su credibilidad,
pueda generar confianza en las normas que nos rigen, sin perder la organización
del estado como tal, su autoridad y el ejercicio que garantiza los derechos de cada
ciudadano en un ambiente sano, debido a la calamidad, la cual enfrentamos con el
24
RAMA JUDICIAL, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA “Plan Estratégico Tecnológico”, [En línea][16 octubre 2020]
Disponible en: w w w .cumbrejudicial.org Plan Estratégico Tecnológico – Cumbre Judicial Iberoamericana
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suceso mundial covid19, que nos afecta causando vulnerabilidad por la falta de
preparación para un desastre de tal magnitud. Se hace necesario en todos los
ambientes económicos, social, ambiental, jurídico y político y de comunicación,
asegurar la existencia de medidas adoptadas y el acceso a la justicia, ante posibles
violaciones de derechos, para enfrentar los diferentes abusos por actos de
corrupción, la pandemia y sus consecuencias las cuales nos enseñan a cada
persona en el mundo, dejando un legado y su importancia como aporte para nuevos
cambios. Este es un giro que da nuestro país y el mundo entero y de igual manera
nuestra tesis, que al iniciarla (2019), eran pocos los argumentos al ser muy escasa
la adopción de las TIC, su implementación los cambios pocos productivos y con una
seguridad experimental, hoy ante nuestros ojos vemos y apreciamos la celeridad de
todo lo concerniente a los beneficios de los usos de la información y comunicación
TIC en el sistema judicial de la ciudad de Cartagena, como necesaria, esencial,
práctica, urgente y útil para cada ámbito en la sociedad y en especial al aplicar la
justicia que es el ámbito que nos atañe. Hoy Colombia 2020 y su justicia cuasi-
analfabeta tecnológicamente estudio-practica-poca aplicación, crece a pasos
gigantescos al tener que implementar e innovar en los procesos de aprendizaje de
los operadores judiciales y poner en práctica urgentemente la justicia en línea, para
evitar el caos y represión a la justicia por el cierre de los estamentos judiciales a
nivel nacional y mundial. En los organismos judiciales la poca utilización de las TIC,
subsistía lo manual y virtual siendo este de poco uso en su gran mayoría para
abogados y empleados judiciales por la falta de la información necesaria en cuento
al gobierno en línea, hoy todos se ven en la obligación de dar un paso al frente para
que la justicia avance, en miras al futuro, porque se hace necesario para las
audiencias y su desarrollo siendo un poco complejo. Colombia tiene zonas
apartadas en donde debido a lo complejo de su planeación ambiental y urbanístico,
hay un déficit a las redes sociales y al internet, lo cual la justicia habría que aplicarla
con los viejos modelos antes del COVID-19 para que no se represe el sistema y
poder superar estas carencias, las cuales hay que enfrentar con cada reto inherente
a la información digital y así implementar los modelos de e-justicia. Es ventajoso el
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litigio virtual, nos preguntamos, aunque generaba incertidumbre, son más las
ventajas que las desventajas, el cual con la situación actual (2020) garantiza de una
manera rápida el acceso a la administración de justicia y a su vez mantenemos el
cumplimiento de los decretos del gobierno en cuanto al distanciamiento social,
bioseguridad y el cuidado del medio ambiente al no utilizar la cantidad de papel
como anteriormente se hacía, se evita el congestionamiento en las sedes de justicia,
la comunicación a nivel nacional produce rapidez y eficacia al poder usar
debidamente este sistema agilizando la inmediatez en cada proceso. La
implementación de las TIC, es un gran aliado como medio para que la e-justicia
pueda hacer un seguimiento a cada proceso desde su etapa preliminar hasta la
sentencia final, mejorando la comunicación entre abogado-cliente y cada uno de los
empleados judiciales y el estado.
Cartagena (2020), está pasando por cambios virtuales judiciales importantes, los
cuales estaban congelados, es la oportunidad de abrirnos ante un mundo de
oportunidades sociales para cumplir con la demanda presente, modernizando
virtualmente a nivel nacional, municipal y regional los despachos judiciales,
habilitando a todos los abogados, jueces municipales y del circuito, empleados
judiciales en todas las especialidades que garanticen su idoneidad moral y social,
es una necesidad excepcional que enfrenta nuestro sistema judicial.
Debido a la situación delicada, el estado25, está llamado a remover los obstáculos
económicos, sociales, políticos, comunicación, teniendo en cuenta que para cada
problema hay una solución, que garantice los derechos de todos los actores
adoptando inteligentemente la implementación de las TIC y ser partícipes en cada
uno de sus cambios, bajo las expectativas de dar cumplimiento al estado social de
derecho, que garanticen el efectivo derecho de ser oído por un tribunal y accionar
defensa publica, bajo la solidaridad democrática en miras de un país que
merecemos todos los colombianos.
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El gobierno de Colombia ha hecho frente a toda situación que colapso los
organismos que componen nuestro país, debido a la deficiencia e inversión escasa,
teniendo en cuenta hace un tiempo atrás, nuestro gobierno se desmando por
sostener un pacto de paz (2016 bajo el gobierno del Dr. Juan Manuel santo), el cual
al momento, (sigue en sus negociaciones bajo el gobierno actual 2020 de Iván
Duque), concentro toda su fuerza económica en este propósito la cual debilito las
inversiones que el país necesitaba en otras áreas, salud, educación, economía y
justicia, hoy observamos un país precario, porque no solo la justicia y su cuerpo
activo, es en todo, pareciese que acabará de nacer nuestra nación con tanta
necesidad de todo, pero que gracias a DIOS sobrevivimos, avanzamos si,
levantando la cabeza con una organización cuyo eje principal es nuestra
constitucionalidad, que otorga poder al presidente para que él pueda ejercer y
administrar nuestra nación Colombia con justicia y equidad. El presidente de la
república Dr. Iván Duque, en sus facultades otorgadas por el artículo 215 de la
Constitución expide el Decreto 806/06/202026 mediante el cual se adoptan medidas
para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC, a
todos los procesos que se adelantan en las diferentes jurisdicciones, en aras de
garantizar el acceso a la justicia agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la
atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del estado de emergencia
económica, social y ecológica.
En la siguiente grafica plasmamos la forma en que creemos como debería funcionar
la justicia electrónica.
25-26
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. “Decreto806 de 2020” [][04 junio 2020] Disponible en:
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20806%20DEL%204%20DE%20JUNIO%20DE%202020.
pdf
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El objeto principal de este Decreto 806/2020, es implementar las tecnologías de la
información y las comunicaciones TIC, en las actuaciones judiciales para agilizar el
trámite de los procesos judiciales de la jurisdicción ordinaria en su especialidad Civil,
Laboral, Familia, en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en la
Jurisdicción Constitucional, a nivel nacional departamental y regional. Este Decreto
prevé situaciones que puedan darse en el transcurso de la emergencia manifiesta,
artículo 212, 213 de la Constitución colombiana27, o que constituyan grave
calamidad pública podrá declarar el estado de emergencia, debido a la rapidez de
la propagación de la pandemia COVID-19, con el objeto de prevenir y controlar la
27
CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA “art 212-213” [En línea] Disponible en:
https://colombia.justia.com/nacionales/constitucion-politica-de-colombia/titulo-vii/capitulo-6/
Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 36
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propagación y mitigar sus efectos. Ya bien lo decía el filósofo Lucio Anneo Séneca:
(2AC-65DC)28 “Nada se parece tanto a la injusticia, como la justicia tardía”. Aplicable
a esta situación sin tildar de culpables siéndolo. Pero nos cogió la madrugada,
pudiendo prever esta situación sin tener un sistema judicial listo, falto el principio de
inmediatez para actuar a tiempo.
El gobierno apelando a la jurisprudencia nacional y al decreto antes mencionado,
adopto una serie de medidas urgentes encaminadas a activar el adecuado
funcionamiento de la administración de justicia, que se vio afectado debido a la
pandemia COVID-19, es así que a partir del 1 de julio 2020 los despachos judiciales
deberían normalizar su actividad. Atendiendo exclusivamente a las herramientas
tecnológicas TIC, con las excepciones antes previstas por el Consejo Superior de
la Judicatura permitan realizar celeridad en los procesos, reanudando las
actuaciones procesales, realizando unas reformas legislativas a las disposiciones
vigentes para definir los recursos, elaborando poderes y medidas para darle agilidad
a la administración de justicia. Las consideraciones tomadas por el gobierno a través
de este Decreto, regula la segunda instancia en civil y familia para que se puedan
tramitar situaciones o casos en no haya lugar a decreto de prueba en segunda
instancia, sin que tenga que adelantarse la audiencia de la sustentación del recurso,
volviendo a presentar los procesos presenciales, el interés es que se realice de
manera virtual para que las partes argumente de viva voz que es lo que quieren
materializar a través de los procesos. En la materia de lo Contencioso
Administrativo, se establece resolver excepciones previas a la audiencia inicial,
permitiendo fallos sin decretar pruebas y se hacen algunas adecuaciones en los
trámites procesales que se adelantan en la administración en esta jurisdicción.
Este decreto indica además que se tomara un tiempo prudencial para la
reanudación de los términos legales para que todos los sujetos procesales que
28ENCICLOPEDIA DE LA CULTURA ESPAÑOLA Lucio Anneo Séneca [En línea] [1968] Disponible en:
http://www.filosofia.org/enc/ece/e50264.htm
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intervienen en las causas estén preparados para reanudar la actividad a través de
las plataformas virtuales de aquellas que de acuerdo al decreto y las partes estén
listos a realizar, avanzamos con dificultades, pero se solucionaran con el tiempo y
así descongestionamos los despachos de judicantes y funcionarios que acuden día
a día a los despachos judiciales para el cumplimiento de sus funciones.
El Dr. Germán Rodríguez Chacón29, director de los posgrados de la Facultad de
Derecho de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia, en su análisis del
decreto, Art 3 Decreto 820/202030 nos favorece con un comentario pertinente en
cuanto el avance a la información y los datos personales de cada persona que opera
en los estratos judiciales, que el Consejo Superior de la Judicatura actualizó la
información en la página SIRNA, para que cada abogado suministre su hoja de vida,
su dirección electrónica y profesional, como un deber, para recibir notificaciones y
trámites que se tramiten ante la jurisdicción. Para no tener problema ante las
diligencias adelantadas. Cada expediente debe ser digitalizado más los anexos de
las copias de cada demanda y que los despachos deben poner a la orden de las
partes para que la transparencia prime. Disminuyen los enormes expedientes
físicos. Las audiencias deben realizarse por medio de cada una de las plataformas
que permiten que se realicen, Zoom, WhatsApp, Meet, Teem, otros medios
virtuales. El Consejo de Estado Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, en
cabeza de Dr. Marta Nubia Velásquez Rico como Presidente de la Sala Contenciosa
por parte del gobierno, ha expedido normas legales y reglamentarias relacionadas
con la implementación de las tecnologías de la información y las comunicaciones
TIC, para las actuaciones judiciales a partir del 1 de julio, segundo periodo 2020,
garantizando el acceso a la prestación del servicio público de administración de
justicia a los sujetos procesales, cuando no es posible por los medios virtuales sino
29 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA. “Dr. Germán Rodríguez Chacón” [En línea]Disponible en:
http://derecho.fuac.edu.co/cuerpo-academico
30 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. “Decreto806 de 2020” [][04 junio 2020] Disponible en:
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20806%20DEL%204%20DE%20JUNIO%20DE%202020.
pdf
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de manera presenciales, deberá dejar constancia por no haber accedido de manera
virtual, para tales efectos se tiene en cuenta, que para la presentación de la
demanda, el usuario judicial, debe tomar una cita telefónica con la secretaria de la
sala o sección respectiva, teniendo en cuenta el asunto y la distribución que se le
dé al proceso, no obstante, el solicitante o demandante podrá hacerse presente en
la sede judicial sin cita previa, si las circunstancias así se lo indican. La demanda,
las copias y sus anexos deberán presentarse, sin excepción alguna, en medios
magnéticos (CD o DVD), y los documentos que los contengan o soporten deberán
registrarse en formato PDF, dejando constancia de tal manera que a partir de ese
momento, el asunto se tramitará a través de la plataforma tecnológica oficial
(software de gestión judicial) y los sujetos procesales podrán consultar el estado del
proceso de su interés desde sus dispositivos electrónicos o acudir,
excepcionalmente, a la secretaría respectiva en donde se tendrá a su disposición
un computador para tales efectos. Que tales reglas corresponden con la reciente
decisión adoptada por el Consejo Superior de la Judicatura (Acuerdo PCSJA20-
11581), en cuanto ordenó el levantamiento de las medidas de suspensión de
términos legales en las actuaciones judiciales a partir del 1º de julio de 2020, con
sujeción a lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20-11567, pero señalando, a
continuación, que no se prestará atención presencial al público en las sedes
judiciales sino a través de los canales de comunicación electrónicos, salvo que se
requiera, de manera excepcional, su prestación en forma presencial, caso este en
el cual se ingresará solo para la realización de actividades estrictamente necesarias
y con autorización previa y expresa de un funcionario judicial. La afectación en cada
estamento judicial por la emergencia COVID-19 es de manera general paralizando
todas las funciones, se inició en el país el 6 de marzo 2020 y por consiguiente en
cada municipio, a fecha de hoy, Junio 24/2020,quedando todo proceso judicial
detenido, la Rama Judicial y cada uno de los municipio Cartagena de Bolívar31, se
prepara para el reinicio de la prestación de servicios para los usuarios, a partir del
31 EL UNIVERSAL “Atención a usuarios en Rama Judicial en Bolívar será virtual y excepcionalmente presencial”[En línea]
[27 de junio de 2020] Disponible en: https://www.eluniversal.com.co/cartagena/rama-judicial-cartagena-FB3030979
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1 de julio 2020, con dos modalidades ante la emergencia manifiesta COVD-19, la
virtual de manera primordial y presencial restringida, utilizando las medidas de
control necesarias y con cita previa programada, activando cada uno de los medios
electrónicos de comunicación e información TIC, audiencias virtuales establecidos
por las partes de los procesos, llamadas y mensajes telefónicos, correo electrónico
a través de aplicaciones electrónicas con un horario establecido y garantizado 8am-
5pm, para la presentación de las demandas son las oficinas de reparto las
encargadas para cada especialidad Civil, Laboral, Familia y de lo Contencioso
Administrativo de Cartagena. El presidente del Consejo Seccional de la Judicatura
de Bolívar, Iván Latorre Gamboa, mostro sumo interés por la salud los servidores y
los usuarios, con atenuante de estar alerta para que se cumpla con la modalidad
del trabajo en casa, para evitar desmandes en las sedes judiciales. Indicó además
que los sujetos judiciales que requieran instaurar demandas y solicitar servicios de
apoyo pueden consultar a los correos electrónicos institucionales de los distritos
judiciales de Bolívar, y a quienes se encuentren en zonas rurales de Bolívar y no
cuenten con acceso a internet, se les recomienda que asistan a las oficinas
municipales, personerías u otras entidades públicas que, en lo posible, facilitarán
sus sedes para llevar a cabo las actuaciones virtuales. La situación se complica para
la apertura de los juzgados en Cartagena, porque de acuerdo a el Consejo Superior
de la Judicatura y el Consejo Seccional de la Judicatura de acuerdo a los
lineamientos tomados para la reactivación de la atención de los usuarios, el primero
de Julio 2020, sin embargo la Asociación de Funcionarios de la Rama Judicial,
argumenta que la falta de los protocolos de bioseguridad en todas las sedes
judiciales y previendo brotes de contagio se promueve que sean cerrados hasta que
estén preparados para atender al público con todas las medidas de seguridad,
también solicita la suspensión de los términos judiciales, y que el servicio ofrecido
sea para acciones constitucionales, excepciones y demandas nuevas instauradas
de forma virtual. Otra de las afectaciones que han surgido debido a la emergencia
mundial, nacional, regional, a nivel social, económica y ambiental, nuestro municipio
distrito turístico y patrimonio de la humanidad Cartagena de Indias, por el COVID-
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19, muchos abogados litigantes tienen aproximadamente cuatro meses desde
marzo-julio 2020 sin ejercer sus funciones debido al cierre de los despachos
judiciales y sin devengar sueldo para su sustento. El Colegio Nacional de
Abogados32 presento ante el presidente Iván Duque Márquez, y la Ministra de
Justicia, una angustiosa carta, debido a la pandemia y solicito la apertura de los
despachos judiciales para que se preste la adecuada atención en todas las ramas
del derecho, por sentir la falta de apoyo para los abogados litigantes, que son tan
útiles para el desarrollo de la justicia en nuestro país. Originando esta situación la
primera protesta virtual por todos los abogados. Quienes a su vez tutelaron al
gobierno por el cierre y falta de atención en los despachos judiciales situación que
genera sus ingresos seguros familiares. Mirando el lado bueno de las cosas llamar
la atención al gobierno nacional para que actualice el sistema e invierta como se
debe en infraestructuras y equipos tecnológicos y de comunicación los cuales
prestaran un mejor servicio a cada usuario y le facilitara el trabajo a cada abogado.
Momento decisivo que presenta la justicia en Colombia con respecto a la demanda
del Colegio Nacional de Abogados y otras situaciones que afectan directamente el
buen funcionamiento del estamento judicial, razón por la cual el Ministerio de
Justicia33, en trabajo con el Consejo Superior de la Judicatura y otras instituciones
de la Rama Judicial, respondió de la siguiente manera, que está siendo evaluada
una posible reapertura de los juzgados para reactivar el sector de la justicia,
trabajando para abrir lo más pronto posible , pero el asunto es como abrir, por el
flujo de persona diarias que concurren a las diferentes despachos y el riesgo a la
salud de cada uno, por lo que implica todo un trabajo de bioseguridad, e implementar
las medidas adecuadas para dicho cuidado, dijo la ministra de Justicia al querer
descongestionar lo más posibles los despachos judiciales no solo con reforma
32
AGENCIA PERIODISMO INVESTIGATIVO- API, “Con tutela buscan ayuda del gobierno para abogados litigantespor Covid-
19” [En línea][03 de abril 2020] Disponible en: agenciapi.co/investigacion/justicia/con-tutela-buscan-ayuda-del-gobierno-para-
abogados-litigantes-por-covid-19
33
JULIO E. SÁNCHEZ Cristo. W. Radio. ¿Es hora de reactivar los juzgados en Colombia? Minjusticia responde [En línea]
[19/05/2020] Disponible en: https://www.wradio.com.co/noticias/judicial/es-hora-de-reactivar-los-juzgados-en-colombia-
minjusticia-responde/20200519/nota/4039606.aspx
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judicial sino implementar una adicionales debido a la pandemia causada por el
corona virus, algunos procesos se podrían congestionar más, teniendo en cuenta
que los jueces están laborando desde sus casas, así y bien pensado serán el
proceso de reapertura poniendo bien en claro que deben tomarse en cuenta, que el
derecho al trabajo es esencial pero también, está el derecho a la salud. El COVID-
19 nos ha hecho entender lo esencial del trabajo virtual y nos ayuda a avanzar,
concluyo la ministra. Se prevé una fecha tentativa para el 1 de agosto en donde
muchas actividades a nivel general de los servidores públicos, para que ejerzan
funciones públicas y atender y garantizar el funcionamiento de las actividades del
estado. A octubre 2020 analizamos el impactó que ha producido la pandemia
covid19, la cual detuvo a todo el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo
entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son
complementarias. Cartagena y todo el país ha sido estremecido por la emergencia
sanitaria covid 19, poniendo en evidencia el antes y el después del 2020, en donde
el plan de justicia digital necesario para el uso de las TIC sea desde ya de uso
obligatorio, el art 103 CGP, apuntando al expediente electrónico que reemplazaría
al expediente físico, esta afectación acelera los tiempos para la implementación de
las TIC en el sistema de justicia digital. La habilitación de los correos electrónicos
institucionales, plataformas para video conferencias, Streaming(P.Erp1cloud, Ms
Teams, Lifesize) para almacenamiento en la nube 5tb y de un portal llamado Cicero
para almacenamiento y consulta de audiencias por medio de la circular Pcsjc20-11
de 31 marzo 2020 dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura, es la
evidencia del aceleramiento de los tiempos acción tomada por la afectación del
covid19 produciendo confinamiento nacional, fue necesario tomar medidas
tecnológicas urgentes y precisas para evitar la congestión de la justicia, facilitando
la prestación del servicio de usuarios dependientes jueces y abogados por medio
de plataformas digitales
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Conclusión
La contribución de la TIC en los operadores jurídicos 2019 aporto innovación en los
servicios como pagos de embargos, sistemas de gestión automáticas,
comunicaciones y notificaciones a los litigantes vía electrónica. Esta contribución en
los operadores jurídicos trajo cambios en la manera de accionar los derechos
constitucionales que como ciudadanos colombianos tenemos, haciendo que la
sociedad sea llamada sociedad de la información o moderna que se caracteriza por
cambios esenciales en materia económica, social y jurídica, es decir, el mundo en
el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de transformaciones que
se envuelve en todos los entornos de manera sustancial. El origen primordial de
esas transformaciones con la inclusión de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal manera que la
forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. El panorama y transición
estructural del hacer cambia con la implementación de las TIC, dejando en segundo
plano las practicas convencionales despertando el interés de los servidores públicos
que compone la rama judicial en el ámbito de alfabetizarse y alfabetizar a la
ciudadanía, las nuevas tecnologías tienen la finalidad de ofrecer un nuevo
paradigma, una nueva justica E-Justicia, para que el principio de inmediatez en el
sistema judicial convencional se implemente en lo concerniente a los procesos
jurídicos. La cobertura y acercamiento de los operadores a todos aquellos usuarios
que hacen uso del aparato jurídico, identificamos las problemáticas por el impacto
que tendría la implementación de las TIC y la finalidad que tendrían estas en mejorar
y agilizar todo aquello relacionado con la prestación del servicio judicial a la
ciudadanía y profesionales del derecho. El Consejo Superior de la Judicatura, a
través de la Sala Administrativa, asume el mandato constitucional de administrar la
Rama Judicial, mediante el reordenamiento de los despachos judiciales y la
adecuación de la oferta judicial según la tipología y frecuencia de los procesos y
responde de manera eficiente y oportuna a la demanda de justicia en todo el
territorio nacional. En estas condiciones, se debe contar con un aparato judicial
sólido y con la asignación permanente de recursos para responder de manera
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versátil y eficiente a las necesidades que impone la demanda de justicia en un
escenario cambiante, aspectos contemplados en el presente ejercicio de planeación
sectorial34.
Para alcanzar este propósito, realizamos consultas y encuestas a magistrados,
jueces, empleados judiciales y sociedad civil; efectuando mediciones de impacto de
las ejecutorias anteriores que permitan modernizar e inducir eficiencia en el aparato
judicial; revisando los modelos de gestión para incorporar tecnologías de la
Información y mejorar la infraestructura física; realiza la selección, formación y
evaluación del talento humano, que involucra las condiciones de vinculación,
permanencia y bienestar social de los servidores judiciales.
Año 2020, para el sistema operativo judicial y el engranaje de las TIC que
lentamente era implementado, alrededor del territorio nacional y en especial en
Cartagena, ocurre un hecho no esperado en ninguno de los ámbitos sociales,
evento que muestra la realidad de la situación en general de nuestro país precario
en cada estamento del estado, de improvisto nos visitó un ente ambiental llamado
COVID19, no imaginamos el impacto que causaría paralizando la sociedad
completamente, colapsando el sistema de salud en general, clínicas y hospitales
aun no suficientes para la atención de la población, funerarias y cementerios
realizando practicas antes no vista ante la emergencia sanitaria y que decir del
sistema judicial vio la deficiencia del sistema.
Bruscamente se rompió el concreto, que no dejaba ver las falencias y vacíos en un
sistema colapsado antes de la pandemia, ciertamente iniciaremos no de cero, pero
si, dando la importancia a lo que estando allí para ser utilizado se dejó como de
poca valía, implementar el sistema de tecnologías, información comunicaciones
TIC, el gobierno colombiano asume la responsabilidad de igual manera nosotros los
abogados y cada ente que haga parte para resolver en justicia la injusticia, en cada
34CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. “Plan sectorialde desarrollo de la rama judicial”[En Línea] [(2015-
2018).]Disponible en:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1513685/5113559/Plan_Sectorial_de_Desarrollo_Rama_Judicial_2015-
2018+%83%29.pdf/a7b785e1-fb02-4ff6-905b-c16ac93df312
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rincón de Colombia. Es el tiempo de un antes y después del covid19, que detuvo la
historia jurídica de nuestro país, nos dio un respiro para modernizar el sistema,
nuestras habilidades y conceptos y retomar responsablemente el papel de
abogados.
La justicia en Colombia, igual que todos los organismos que conducen a nuestro
país está llamada a ser históricamente relevante en todos sus niveles con desafíos
regionales y nacionales que a gritos solicita que se desarrollen soluciones que
favorezcan e impacten en lo que necesitamos como organización social y política,
cuyos objetivos están destinados para garantizar, favorecer a la población y permitir
tomar las decisiones por parte del gobierno nacional en virtud de los principios
constitucionales ya que les permite mejorar su calidad de vida.
Un día daremos gracias a la pandemia covid19 por el empujón que dio a todos los
estamentos a nivel mundial, nacional y departamental, nos abrió los ojos ente lo
estancado y fangoso que estaba la justicia en cuanto a el sistema de
comunicaciones y tecnología precaria en un 70%, hoy la preparación es grande
debido a la necesidad manifiesta y que hemos entendido que debemos modernizar
el sistema virtual. A octubre 2020 analizamos el impactó que produjo la pandemia
covid19, la cual detuvo a todo el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo
entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son
complementarias.
Cartagena y todo el país ha sido estremecido por la emergencia sanitaria covid 19,
poniendo en evidencia el antes y el después del 2020, en donde el plan de justicia
digital necesario para el uso de las TIC sea desde ya de uso obligatorio, el art 103
CGP, apuntando al expediente electrónico que reemplazaría al expediente físico,
esta afectación acelera los tiempos para la implementación de las TIC en el sistema
de justicia digital. La habilitación de los correos electrónicos institucionales,
plataformas para video conferencias, Streaming(P.Erp1cloud, Ms Teams, Lifesize)
para almacenamiento en la nube 5tb y de un portal llamado Cicero para
almacenamiento y consulta de audiencias por medio de la circular Pcsjc20-11 de 31
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marzo 2020 dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura, es la evidencia del
aceleramiento de los tiempos acción tomada por la afectación del covid19
produciendo confinamiento nacional, fue necesario tomar medidas tecnológicas
urgentes y precisas para evitar la congestión de la justicia, facilitando la prestación
del servicio de usuarios dependientes jueces y abogados por medio de plataformas
digitales.
Palabras Claves: Expediente electrónico, Expediente digital, TIC,
P.E.T., Pla ABC decenal de justicia, E-justicia, plan sectorial y
desarrollo y tecnológico de consejo superior de la judicatura.
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Implementacion de la tic en el sistema judicial cartagenero antes y durante la pandemia covid 19
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Implementacion de la tic en el sistema judicial cartagenero antes y durante la pandemia covid 19

  • 1. Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Artículo Original si es otra tipología colocar la correspondiente Recibido para publicación: (mes) (día) de 2017. Colocar las fechas reales más aproximadas posibles Aceptado para publicación: XXXXXXX IMPLEMENTACION DE LAS TIC EN EL SISTEMA JUDICIAL CARTAGENERO ANTES Y DURANTE LA PANDEMIA COVID – 19 Autores: JESUS DAVID ANGULO CHIMA 1 RESUMEN En las últimas décadas las TIC han sido un fenómeno expansivo y de una constante evolución, estás han adquirido un papel fundamental en todos las esferas sociales y laborales. También han impactado en las transiciones de lo que tradicionalmente se conocía en aspectos de comunicación o en este caso de los procedimientos judiciales, Lo siguiente expuesto puede corroborarse en la circular PCSJC20 -11 DEL 31 DE MARZO DEL 2020. Con la implementación del Decreto 806 del 2020 y el 491 del 2020 podemos observar cómo se ha desplazado el papel, la correspondencia escrita, la interposición de documentaciones presenciales y las diligencias asistenciales, como también se han adentrado a la brecha de las notificaciones electrónicas , conciliaciones no presenciales vía virtual , lo siguiente debido a la pandemia COVID -19, en lo que concierne a la justicia se han beneficiado tanto funcionarios como los profesionales en derecho, con la simplificación de diligenciar cualquier trámite desde un ordenador o Smartphone. En lo que acontece al Derecho, las TIC y COVID- 19, se han dado a conocer debilidades y fortalezas enmarcadas a grandes rasgos debido a la emergencia sanitaria de la pandemia y otros dilemas que ya venían con anterioridad, se empezará conociendo que el sistema judicial colombiano se encuentra congestionado. La siguiente afirmación se fundamentará en los siguientes datos: Al año 20% de casos judiciales quedan represados y suman congestión, encontrando 1,8 millones de casos pendientes. Actualmente se cuenta con 11 jueces por cada 1 A MANERA DE EJEMPLO CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ: Abogado. Especialista en Derecho Laboral. AdministradorAgropecuario. Candidato a Magíster en Derecho de la Universidad del Norte. Docente Programa de Derecho Barranquilla de la CorporaciónUniversitaria Rafael Núñez2006.
  • 2. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 2 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx 100 mil habitantes2. Siendo una debilidad, que para el 2017 se recibieron 2.717.444 procesos y solo el 66% de despachos judiciales del país, es decir, 3.569 cuentan con conectividad de alta velocidad (Consejo Superior de la Judicatura, 2017)3, adicionalmente a lo ya concebido, se reconoce que los juzgados y sus funcionarios se encuentran apenas en un proceso de alfabetización que empezó con la circular del CSJ BOC 20-57 con fecha del 11 de mayo del 2020 o conocimiento del uso de las TIC, que es la mayor debilidad recalcada a tratar en la circular evidenciando las dificultades del personal, la tecnología e infraestructura4 , entre otras como las faltas de equipos tecnológicos, sin embargo en materia normativas e Implementaciones de las TIC en el Sistema Judicial, se encontrará que esta reforzado, Debido a los Planes Sectoriales de Desarrollo, los cual empiezan desde el años 2015 hasta las prórrogas que va al 2022, como también lo es el Plan ABC Decenal de Justicia 2017- 2027 que tiene como pilar mejorar la calidad y la información del sistema de justicia con apoyo de las TIC, y El P.E.T Plan Estratégico y Tecnológico del Consejo Superior de la Judicatura 2015-2018 y con la entrada en vigencia del CGP dándole vía libre al enlace paulatino entre TIC y Justicia . Con los planes anteriores se entiende que existe un esquema de como deberían ser implementadas las TIC, que la pandemia COVID-19 dio una transición de la justicia tradicional a la nueva realidad ya planteada con anterioridad por el Consejo Superior en los Planes Sectorial de Desarrollo mencionados, donde se muestran esquemas que armonizaban con las TIC y que en procura de la pandemia les ha tocado al sistema judicial adaptarse a la transición de una justicia virtualizada, trabajo remoto, gestión de la información virtual, estados electrónicos, audiencias virtuales, expediente electrónico y digitales. 2 CORPORACION DE EXCELENCIA EN JUSTICIA: “Al año, 20 % de casos judiciales quedan represados ysuman congestión”[en línea] [19 marzo, 2020] Disponible en: https://cej.org.co/sala-de-prensa/articulos-de-prensa/al-ano-20-de- casos-judiciales-quedan-represados-y-suman-congestion/ 3 RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. “Informe al congreso de la republica 2017”[En línea] [2017], Disponible en: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/10240/15989223/Informe+al+congreso+2017.pdf/34fc02b4-4229-480f-8c24- 612d1121d7f4 4 REINA LOPEZ Carolina -CARACOL RADIO “ La crisis del aislamiento evidencio las dificultadesde la rama judicial”[En línea], 17 mayo 2020] Disponibleen: https://caracol.com.co/emisora/2020/05/18/manizales/1589754703_023330.html
  • 3. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 3 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Palabras claves: Expediente electrónico, Expediente digital, TIC, P.E.T., Pla ABC decenal de justicia, E-justicia, plan sectorial y desarrollo y tecnológico de consejo superior de la judicatura. ABSTRACT letra Arial 10 In recent decades, ICTs have been an expansive and constantly evolving phenomenon that has acquired a fundamental role in all social and labor spheres. They have also impacted on the transitions from what was traditionally known in aspects of communication or in this case of judicial procedures. The following can be corroborated in circular PCSJC20 -11 OF MARCH 31, 2020. With the implementation of Decree 806 of 2020 and Decree 491 of 2020, we can see how paper, written correspondence, the filing of documents in person, and care proceedings have shifted, as well as the gap in electronic notifications, virtual conciliations, which due to the COVID-19 pandemic, have benefited both officials and legal professionals, with the simplification of any procedure from a computer or smartphone. In the area of law, ICT and COVID-19, weaknesses and strengths have been revealed, broadly framed due to the health emergency of the pandemic and other dilemmas that had already come to light, it will begin to be known that the Colombian judicial system is congested. The following statement will be based on the following data: As of the year, 20% of judicial cases are dammed and add up to congestion, with 1.8 million cases pending. There are currently 11 judges per 100,000 inhabitants2 . It is a weakness that by 2017, 2,717,444 cases were received and only 66% of the country's judicial offices, that is, 3. 569 have high-speed connectivity (Consejo Superior de la Judicatura, 2017),3 in addition to what has already been conceived, it is recognized that the courts and their officials are only in the process of becoming literate, which began with the CSJ circular BOC 20-57 dated May 11,
  • 4. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 4 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx 2020, or knowledge of the use of ICTs, which is the greatest weakness highlighted in the circular, highlighting the difficulties of personnel, technology and infrastructure,4 among others, such as the lack of technological equipment, However, in terms of regulations and implementation of ICT in the judicial system, it will be found that it is reinforced, due to the Sectorial Development Plans, which begin in 2015 and extend until 2022, as well as the ABC Ten Year Justice Plan 2017- 2027, whose pillar is to improve the quality and information of the justice system with the support of ICT, and the P T Strategic and Technological Plan of the Superior Council of the Judiciary 2015-2018 and with the entry into force of the CGP giving free rein to the gradual link between ICT and Justice. With the previous plans, it is understood that there is a scheme of how ICT should be implemented, that the COVID-19 pandemic gave a transition from traditional justice to the new reality already proposed previously by the Superior Council in the above mentioned Sectorial Development Plans, where schemes that harmonized with ICT are shown and that in order to deal with the pandemic the judicial system has had to adapt to the transition from a virtualized justice, remote work, virtual information management, electronic states, virtual hearings, electronic and digital files. Keywords : Electronic file, Digital file, ICT, P.E.T., Pla ABC decennial of justice, E-justice, sectorial plan and technological development of the Superior Council of the Judiciary
  • 5. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 5 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Introducción Vivimos una época llamada sociedad de la información o sociedad moderna que se caracteriza por cambios esenciales en materia económica, social y jurídica, es decir, el mundo en el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de transformaciones que se envuelve en todos los entornos de manera sustancial. El origen primordial de esas transformaciones es la inclusión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal manera que la forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. Ante estos sucesos transformadores, es para el que los profesionales se deben preparar para coexistir con la tecnología de manera armoniosa. Por otro lado, adentrándonos al tema, El abogado David Varela y consultor en la materia de TIC, destacó los avances de la implementación de las primeras vías, esto es el PET, que busca articular las necesidades y prioridades de los operadores de la justicia con las de sus usuarios que se guiaran bajo 6 pilares”5 Modelo del expediente electrónico: - Justicia en red - Gestión de la información - Gestión del cambio - Uso de las TIC para la formación judicial y ciudadana - Denuncias virtuales - TIC como mecanismo de resolución de conflicto 5 MARTÍN FIERRO, Juan. “Noticiasde economía ynegocios en Colombia yel Mundo” [en línea]. 26 de septiembre de 2018. Disponible en: https://www.portafolio.co/economia/colombia-esta-en-una-etapa-de-transicion-hacia-el-expediente- electronico-521666
  • 6. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 6 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Después de observar lo mencionado por David Varela consultor colombiano en materia de TIC del plan sistemático que se implementaría, vemos como surgen los dilemas estructurales de una transición a medias, que serán recalcados. 1. El software no fue desarrollado en su totalidad 2. La falta de socialización e inducción por parte del equipo creador de los programas siglo XXI nueva consultoría jurídica 3. La no culminación del programa, dejándolo como simple notificador ineficiente de actos procesales, la relevancia en la materialización y culminación de los siguiente convenientes era abreviar y acabar con la problemática en la falta de eficiencia, inmediatez y cobertura judicial, estas tecnologías busca llenar los vacíos del sistema precario actual, por ejemplo en los ámbitos de descongestión toda vez que cada año ingresan a la rama judicial volúmenes colosales de procesos una de las estadísticas se da en el 2017, donde se recibieron aproximadamente 2.717.444 procesos y solo el 66% de despachos judiciales del país contaban con conectividad de alta velocidad (Consejo Superior de la Judicatura, 2017)”6. Esto resulta un dilema en el aspecto de implementación, cobertura y descongestión, otro de los problemas a abarcar en la implementación de las TIC corresponde al sistema penal lo cual concierne al inicio de la agilización del procedimiento de denuncia, esto debido a la masiva asistencia de personas que buscan mover el aparato judicial presencialmente, cuando podría ser más ágil de forma online, gracias a las TIC se logra resolver en medida esta problemática con la implementación del sistema nacional de denuncia virtual, lo cual tiene como objeto ser la recepción del ciudadano ante el cometido de un delito, otra de las dificultades y aun no aplicado es bajar los recursos respectivos con el uso de papel e 6 GARCÍA SANTIAGO, Héctor José. “La justicia colombiana ylas TIC. La modernización es inminente”[ En línea], Febrero 28, 2018, Disponible en: https://web.certicamara.com/files/Sala-de-prensa/blogs/blog3.html
  • 7. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 7 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx implementar el expediente electrónico. El expediente electrónico fue coordinado y dirigido por la compañía McKinsey en un ejercicio titulado pacto por Colombia, la traba encontrada por los expertos tanto colombianos como de la compañía organizadora era la suma que sacaría de las múltiples deficiencias que actualmente se presenta en la rama judicial. Con respecto a la jurisdicción contenciosa administrativa, se ha podidoobservar una evolución significativa, en los 13 juzgados administrativos de la ciudad de Cartagena, siendo esta la pionera en la implementación de las tecnologías de la información y comunicación en sus procesos, enfatizando en los procesos orales regidos por la Ley 1437 de 2011 CPACA, ya que los escriturales se rigen con la Ley 167 de 1941 y como su nombre lo indica todo alrededor de estos escritos donde el nivel de congestión de los procesos era muy alto y el grado de acceso por parte de la ciudadanía ellos mucho más, por lo cual para que se dictara sentencia se debía esperar de 5 a 10. Con la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en Colombia, se han hecho eficientes y agiles los procesos de una manera significativa, los cuales permiten llevar procesos basados en las herramientas tecnológicas aprobadas por esta ley, permitiendo una mejor celeridad en el conocimiento de los avisos, notificaciones, consulta de procesos, edictos, traslados y de los procesos que se encuentran en cada despacho. En lo que respecta a la Jurisdicción Civil, específicamente en los juzgados de familia y pequeñas causas laborales, la utilización de las tecnologías de la información y comunicación es casi nula, puesto que en los siete juzgados de familia que se encuentran en la ciudad de Cartagena, son muy poco utilizadas estas herramientas, observándose demoras en los procesos. Aquí puede pasar dos cosas, la primera que no se estén alfabetizando en el uso de las TIC o que por la cantidad de procesos que llegan a diario, se les haga inconveniente usar estos, es decir la transición del papel a los medios electrónicos, no lo han tomado como un adelanto tecnológico que se está dando en la Rama Judicial en Colombia.
  • 8. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 8 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Nuestro enfoque investigativo socio-jurídico lo fijaremos en estas tres jurisdicciones, atendiendo todo lo relacionado con las fortalezas y debilidades de cada uno, para ahondar en el porqué de la utilización de tecnologías en una más que en la otra, si las dos están vinculadas al Sistema Judicial colombiano el cual deberían tener el mismo tratamiento en la utilización de mecanismos tecnológicos, con la expedición del CódigoGeneral del Proceso, Ley 1564 de 2012 para un justicia eficaz y eficiente, y por el presupuesto que el Estado le otorga a cada jurisdicción. La suma promediada era 150 mil millones con el fin de poner a disposición y en marcha las TIC en todo lo que compone la Rama judicial, lo que significa un reto colosal en referente a cuantía para la justicia colombiana en su transición a la era E-justicia digital. Ahora, si bien es cierto que con la implementación del sistema oral y algunas plataformas como siglo XXI la cual no es eficiente en su totalidad y que mucho de los despachos judiciales cuentan con pocas herramientas prácticas en desarrollo del usode las TIC, quiere decir que no soluciona las necesidades de aquellos que necesitan de la justicia y su inmediatez. El problema principal de la implementación de las TIC tecnologías de la información y comunicación en los ámbitos jurídicos es el cambio del panorama y transición estructural del hacer, debido a que con la implementación de estas deja en segundo plano las practicas convencionales, otro de los antecedentes problemáticos son las deficiencia y el poco interés de los servidores públicos que compone la rama judicial en el ámbito de alfabetizarse y alfabetizar a la ciudadanía, las nuevas tecnologías tienen la finalidad de ofrecer un nuevo paradigma, una nueva justica E-Justicia, debido a que uno de los problemas del aparato judicial convencional es la poca inmediatez en lo concerniente a los procesos jurídicos. Lo ideal ante esta problemática es ofrecer cobertura y un acercamiento de los operadores a todos aquellos usuarios que hacen uso del aparato jurídico, con la identificación de estas problemáticas se aborda el impacto que tendría la implementación de las TIC y la finalidad que tendrían estas en mejorar y agilizar todo aquello relacionado con la prestación del servicio judicial a la ciudadanía y profesionales del derecho. El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Sala Administrativa, asume el mandato constitucional de administrar la Rama Judicial, mediante el
  • 9. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 9 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx reordenamiento de los despachos judiciales y la adecuación de la oferta judicial según la tipología y frecuencia de los procesos, para responder de manera eficiente y oportuna a la demanda de justicia en todo el territorio nacional. En estas condiciones, se debe contar con un aparato judicial sólido y con la asignación permanente de recursos para responder de manera versátil y eficiente a las necesidades que impone la demanda de justicia en un escenario cambiante, aspectos contemplados en el presente ejercicio de planeación sectorial7. Para alcanzar este propósito, realiza consultas y encuestas a magistrados, jueces, empleados judiciales y sociedad civil; efectúa mediciones de impacto de las ejecutorias anteriores que permitan modernizar e inducir eficiencia en el aparato judicial; revisa los modelos de gestión para incorporar tecnologías de la Información y mejorar la infraestructura física; realiza la selección, formación y evaluación del talento humano, que involucra las condiciones de vinculación, permanencia y bienestar social de los servidores judiciales. En estos aspectos en materia de infraestructura el Consejo Superior de la Judicatura, ha invertido recursos en infraestructura tecnológica, como lo es dotar de intranet e internet a las dependencias judiciales, desarrollar, integrar e implementar los servicios telemáticos virtuales, y documentales para la conformación de la Red Informática Judicial; esto a nivel de la ciudad de Cartagena es un poco complejo, puesto que la estructura física de los despachos judiciales no es la más óptima, pues encontramos infraestructuras muy viejas, con humedad y donde colocar aparatos electrónicos sería un desgaste, porque lo primero para que esto funcione como se planea, debe tener una infraestructura adecuada para su organización y funcionamiento adecuado 7 COLOMBIA, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA.” Plan sectorialde desarrollo de la rama judicial. Bogotá 2015- 2018”[En Línea] [2015]Disponible en: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1513685/5113559/Plan_Sectorial_de_Desarrollo_Rama_Judicial_2015- 2018+%83%29.pdf/a7b785e1-fb02-4ff6-905b-c16ac93df312
  • 10. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 10 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Objetivo 1. Analizar la implementación de las tic en el sistema judicial cartagenero antes y durante la pandemia COVID – 19. 2. Analizar la debilidades y fortalezas de la implementación de las tic antes y durante de la pandemia COVID – 19 Materiales y Métodos: La metodología que utilice para realizar este artículo es socio-jurídica la cual consiste en una construcción interdisciplinaria en la cual una dimensión social predomina, describiendo características de un conjunto de sujetos o áreas de interés dentro de nuestro trabajo8 Según el Jurista e Investigador Jaime Giraldo Ángel: “La Investigación Socio-jurídica se dirige entonces a crear derecho; a regular los fenómenos culturales que son relevantes para un Estado en un momento histórico determinado”. Conociendo este concepto lo aplicamos en nuestra investigación para organizar cada una de la información y buscando fuente veraz que nos puedan llevar a realizar los objetivos que se han trazado para dicho articulo, en este caso en los juzgados administrativos, civiles, laborales, penales y de familia en la ciudad de Cartagena-Colombia, para conocer como ha sido el desarrollo tecnológico en estos y como es el manejo que se le está dando a las herramientas tecnológicas en el expediente judicial y de qué forma ha impactado en la población y los empleados de cada despacho judicial. La investigación se hará de manera cuantitativa, por medios de estadísticas, encuestas y mediciones numéricas para 8 ALMANZA Carlos “Guía de elaboración Pat colectivo de la corporación universitaria Rafael Núñez”. Área de investigación, programa de derecho.
  • 11. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 11 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx establecer patrones, comparaciones y correlacionar cada dato con lo el día a día en los juzgados, determinando así sus avances o por el contrario atraso, también implica que a partir de algunas observaciones del fenómeno en la realidad se llega a un concepto general. El enfoque cuantitativo lo definiremos como lo hizo el investigador Hernández Sampieri9, “es el que utiliza la recolección de datos para probar hipótesis con base en la medición numérica y el análisis estadístico, con el fin establecer pautas de comportamiento y probar teorías”. Métodos El método a utilizar es el deductivo, basándose de lo general que en esta investigación es el sistema judicial, hasta lo particular en los juzgados administrativos, civil, penal, laboral y de familia, siendo una forma de razonar en la que se inicia en un marco general de referencia para llegar a un caso en particular. Como técnicas de recolección de información se utilizarán en nuestra investigación las siguientes: Encuestas, las cuales se le realizaran a los operadores judiciales (ingenieros de sistema) de los despachos judiciales, a los abogados litigantes, secretarios de los juzgados administrativos, familia y pequeñas causas laborales, a los estudiantes de noveno y décimo semestre de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, así mismo con el cuerpo de docentes que están inmersos en el mundo del litigio. Resultados 9 CASTRO LOPEZ, Héctor Efraín. Resumen del libro “metodología de la investigación de Roberto Hernández Sampieri. [En línea][06 de diciembre del 2016] Disponible en: https://www.emprendices.co/resumen-del-libro-metodologia-la-investigacion- roberto-hernandez-sampieri/.
  • 12. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 12 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Analizar las fortalezas y debilidades de la implementación de las TIC en el Sistema Judicial en la ciudad de Cartagena El Centro de Estudios Judiciales de las Américas (CEJA), realizó un estudio acerca de la administración de justicia en América Latina incluido nuestro país, donde se evidencia que la accesibilidad al sistema judicial es muy preocupante, pues el acceso a la digitalización y las tecnologías no están adecuadas en todos los despachos judiciales del país por lo que todos no pueden beneficiarse de las herramientas tecnológicas y el hacer seguimiento de los procesos por vía electrónica. Al respecto la CEJA manifiesta: “La administración de justicia en América Latina ha sido vista con altos niveles de desconfianza por la ciudadanía. Sin pretender hacer un análisis exhaustivo, en la generalidad de nuestros países, el modelo tradicional de impartición de justicia es señalado usualmente como lento, excesivamente formalista y burocrático, y lejano para el común de la ciudadanía”10 Colombia dentro de su plan de políticas públicas ha venido incursionando en la adopción de las nuevas tecnologías de la información y comunicación; dentro del campo que nos ocupa la administración de justicia, se han emitido mecanismos legislativos para incluir e implementar las TIC en los procesos judiciales, destacando la importancia del estado social de derecho establecida en nuestra Constitución de 1991 y la utilización de estas herramientas para un adecuado desarrollo. Para entender lo anterior nos remontamos al principio de accesibilidad que en Colombia tiene soporte constitucional en el artículo 74 que cita “Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. El secreto profesional es inviolable”11. Es decir, todos los ciudadanos tienen derecho al libre acceso a documentos públicos, adecuándolo a la justicia, además de ser un servicio público es un derecho del que todos gozamos y del que debemos hacer parte para que se cumpla el estado social de derecho 10 CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIAL DE LA AMERICAS. “Perspectivas de uso e impactos de las TIC en la administración de justiciaen América Latina”[en línea} [2008] Disponible en: http://www.cumbrejudicial.net/c/document_library/get_file?p_l_id=1547708&folderId=177221&name=DLFE-4404.pdf 11 COLOMBIA, CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DE 1991, “Artículo 74”[en línea} Disponible en línea https://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-74
  • 13. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 13 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx independientemente de su situación o caso particular, condición social y estrato económico. La información pública debe ser óptima, rápida y sin complicaciones para los ciudadanos. De este principio se desprenden los de igualdad, transparencia, acceso a la información y debidoproceso. Al contar con herramientas electrónicas transparentes, inocua y efectiva da mayor seguridad a los ciudadanos para realizar sus trámites y tener un control sobre la gestión administrativa del Estado (Amaya Báez 2018, p.25), con lo cual no se cuenta actualmente. La utilización de herramientas tecnológicas en la información judicial, se ha convertido en una necesidad, no solo en la función jurisdiccional sino en la calidad de trabajo y desempeño realizada por los empleados y funcionarios judiciales, a través de estas se adelantan actuaciones del despacho, lo que facilita la comunicación entre los usuarios de la justicia, permitiendo cumplir los términos procesales establecidos en la norma fundada en la eficiencia y prontitud, teniendo en cuenta derechos fundamentales como el debido proceso, dignidad humana; reduciendo así los tiempos en los procesos, pues esto es lo que esperan las personas al acudir a la administración de justicia, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 de la Ley 270 de 1996 Ley Estatutaria de la Administración de Justicia citando que debe entenderse como “Administración de justicia como la parte de la función pública que cumple el Estado, encargada por la Constitución Política y la Ley, de hacer efectivos los derechos, obligaciones, garantías y libertades consagrados en ellas, con el fin de realizar la convivencia social y lograr y mantener la concordia nacional”12 Esta Ley también estatuye en su artículo 95 lo siguiente “Tecnología al servicio de la administración de justicia. El Consejo Superior de la Judicatura debe propender por la incorporación de tecnología de avanzada al servicio de la administración de justicia. Esta acción se enfocará principalmente a mejorar la práctica de las pruebas, la formación, conservación y reproducción de los expedientes, la comunicación entre los despachos y a garantizar el funcionamiento razonable del sistema de 12 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPÙBLICA. “Ley Estutaría de Administración de Justicia. Ley270 de 1996, articulo 1”. [ en línea] Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0270_1996_pr002.html
  • 14. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 14 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx información”13. Con esto observamos que la orden de establecer e incorporar herramientas tecnológicas en la administración de justicia se reguló desde hace más de veinte años, donde se pueden utilizar cualquier medio informático, técnico, electrónico, telemático, los que gozaran de validez y eficacia cuando quede garantizada la autenticidad, veracidad y seguridad exigidos por las normas procesales. Dado todo lo anterior el Consejo Superior de la Judicatura debía: incorporar las TIC a los procesos judiciales, dotando de infraestructura a todos los despachos judiciales de Colombia en conjunto con la debida capacitación a los funcionarios que integran la Rama Judicial para brindar un óptimo acceso a la justicia que sea eficaz y garantice los derechos para los usuarios, estando en la obligación de implementar las TIC. Después de quince años de la anterior Ley, fue sancionada la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual estableció en el parágrafo del artículo 186 “La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura adoptará medidas necesarias para que en un plazo no mayor de cinco (5) años contados a partir de la vigencia del código, sea implementado con todas las condiciones técnicas necesarias el expediente judicial electrónico…”14. El cual empezó a regir a partir del 2 de julio de 2012. También se expidió la Ley 1564 de 2012 Código General del Proceso, quien también hizo énfasis en los cinco años en que debía implementarse el expediente electrónico y el Plan de Justicia Digital. Observamos que para llevarse a cabo la implementación de las TIC en la Rama Judicial de nuestro país y en lo que nos compete el Distrito de Cartagena, se presentan dos componentes que los agrupamos como debilidades y fortalezas, las cuales implican la falta de fuerza, iniciativa, firmeza, ocasionando un impacto negativo. Para adentrarnos en estos temas, citamos lo que manifiesta Jaime Castro en una publicación, lo cual nos parece pertinente para el tema “El buen 13 COLOMBIA, CONGRESODE LA REPÙBLICA. “LeyEstutaría de Administración de Justicia. Ley270 de 1996, articulo 95”. [en línea] Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/based oc/ley_0270_1996_pr002.html 14 CÒDIGO DE PROCEDIMEINTOADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSOADIMINISTRATIVO. “Ley1437 de 2011, artículo 186”[En línea] [05/11/2020]Disponible en: https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_administrativo_y_de_lo_contencioso_administrativo/186.htm
  • 15. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 15 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx funcionamiento de la justicia en cualquier lugar, no solamente es garantía de tranquilidad sino indudable factor de progreso”. Cuando sus servicios acusan lentitud, desorganización y fallas operatorias, los intereses de la comunidad se sienten amenazados y se desestimula el impulso creador de la comunidad entera”15 Las fortalezas en la implementación de las TIC en la rama judicial de la ciudad de Cartagena. Las fortalezas de implementar las TIC en la Rama Judicial son múltiples, pues no solo se estaría cumpliendo con lo establecido en leyes dictadas, si no que sería una forma de agilizar los procesos judiciales, aunque al principio el cambio sea incomodo, algo nuevo para los funcionarios, litigantes y quien desee acceder a la justicia. Comencemos por la simplificación del acceso a la justicia, por parte de la implementación de sistemas tecnológicos en los despachos judiciales dirigido a descongestionar, agilizar los despachos judiciales y los tramites, no se esperaría tanto tiempo para un auto, una notificación; generando así una mayor flujo y suministro de información, en la consulta de procesos judiciales atrayendo a los usuarios externos y permitiendo su masificación. Se minimizaría la concurrencia de visitas a los juzgados, pudiendo obtener información en tiempo real desde cualquier lugar; la información sería más fluida a través de correos certificados, generando confianza entre operadores judiciales, reduciendo los tiempos en cuanto a expediente se refiere, es decir permiten una fluidez mayor entre las partes. Teniendo en cuenta la confianza que genera la utilización de las TIC entre los profesionales del derecho, los cuales son los que mayormente hacen uso del aparato judicial, como también estudiante de derecho y funcionarios públicos de la rama judicial y a través de nuestra encuesta vía Google Doc. con título: “Debilidades y fortalezas de la implementación de las TIC en la rama judicial - Cartagena” sondeamos sobre el funcionamiento y la implementación paulatina que se ha dado en el sector Justicia antes y después de la pandemia Covid 19. 15 CASTRO, Jaime. “La justicia en Colombia”. Publicacionesespeciales. Colcultura Bogotá, D.E 10 Oct 2007. Pág. 12.
  • 16. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 16 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Encontramos que hay aceptación de la población en general sobre la gran estrategia de MinTIC para fomentar el desarrollo e innovación mediante las TIC, para que se pueda acceder a la Justicia electrónica o digital, ofreciendo cobertura a los profesionales del derecho y las partes de un proceso desde cualquier espacio que tenga conexión a internet, esto basado en la gráfica a exponer. Descongestionar los procesos judiciales que están en los despachos, este sería un punto muy importante, estaríamos hablando de la vigilancia de los recaudos en materia de cobro coactivo vía Internet, el sistema de videoconferencias para capacitación de funcionarios y desarrollo de diligencias virtuales de todas las especialidades de la entidad y el sistema de correos institucionales, para el continuo flujo de información y material de apoyo. Para nadie es un secreto que un proceso en los juzgados de Cartagena toma mucho tiempo en ser sacado, pues el talento humano con que se cuenta en cada uno es muy reducido. Los juzgados de Cartagena afrontaban la renovación de normas procesales y sistemas sin una infraestructura física y tecnológica, al implantar estas herramientas necesarias y urgentes se pueden conseguir los resultados esperados. Resultados que apreciamos actualmente con la utilización de las herramientas tecnológicas, ante la pandemia Covid19 presentada en el
  • 17. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 17 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx mundo, el estilo de vida de la humanidad cambió. En nuestro país la incorporación de las TIC en la Rama Judicial es una realidad con la expedición del Decreto 806 de 2020 en donde el Gobierno establece “las medidas transitorias para el acceso a la justicia a través de medios judiciales protegiendo a los servidores judiciales y a los usuarios”. Esto quiere decir que se debe si o si trabajar con las TIC, en este punto la dificultad no es solo para los que hacen parte de la rama judicial si no para los usuarios que requieren de los servicios judiciales, las cuales se reflejan en el manejar el sistema, le agregamos a eso las condiciones socio-económicas, algunos usuarios no tienen acceso a internet y a los dispositivos y como los operadores judiciales tampoco están capacitados. Implementar las TIC demanda capacitar continuamente a todos los funcionarios y esto se logra con compromiso de estos y que se le den los medios para hacerlo, para poder abandonar prácticas de antaño utilizadas. En Colombia con la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en el 2011 y así mismo con el Código General del Proceso en 2012 dando vía y abriendo camino para la implementación de las TIC, las pretensiones de los códigos es grande e impone muchas metas al estado, en donde sea fácil el acceso para las partes procesales y los funcionarios judiciales para interactuar de forma rápida, eficaz a distancia, practica de pruebas y diligencias, así como el traslado de medios probatorios beneficiosos para el bien común de los usuarios en general, es la era digital y tecnológica para los juzgados en donde es permitido enviar mensajes de datos y comunicaciones con inmediatez, facilitando trasladar una prueba documental o la videograbación que reposa en un expediente desde un extremo a otro del país sin esperar semanas o meses todo con la celeridad propia de una justicia de avanzada Debilidades en la implementación de las TIC en el sistema judicial de la ciudad de Cartagena. En el trascurrir de la investigación y teniendo en cuenta las debilidades manifiestas en la implementación de las TIC en el sistema jurídico de la ciudad de Cartagena, por medio de las encuestas realizadas en el medio profesional, llegando con ellas a
  • 18. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 18 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx los despachos judiciales, así como a abogados litigantes, los jueces identifican varios factores que debitan su labor judicial. Para dar respuestas a estas inquietudes realizamos la siguiente pregunta; Cuáles son las problemáticas u obstáculos para una implementación general de las TIC en la rama judicial de la ciudad de Cartagena y los datos fueron los siguientes. La pregunta por medio de esta encuesta arroja la siguientes respuestas: complejidad de sus procesos, la falta de preparación del personal por el desconocimiento del manejo y uso de las TIC y la implementación básica de redes e implementos tecnológicos (infraestructura) que facilitan y agilizan el sistema quitando el stress por el cumuló de procesos que debido al mal manejo manual y falta de gestión el sistema colapsa, falta de presupuesto por parte de la Rama Judicial. Otra de las debilidades de la implementación de las TIC se encuentra muy claro y es que los usuarios no están preparados para manipular el sistema y las fallas técnicas que se presentan, ya que la implementación de las TIC hace demanda en cuanto a la preparación constante del personal administrativo debido al continuo cambio que se genera en el sistema, es de mucho el compromiso que las nuevas herramientas sugieren en cuanto a la capacitación en jueces, magistrados,
  • 19. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 19 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx abogados y usuarios y el mismo sistema necesita que para avanzar es necesario dejar las viejas prácticas y obtener un mejor provecho. Todo lo anterior se reflejó y dejó ver la importancia de implementar las TIC en la justicia colombiana, la cual en cuestión procesal se evidenció las falencias que tenía con la declaratoria de la emergencia sanitaria en nuestro país y el mundo entero Covid19. La consecuencia de no haber implementado las TIC en la Rama Judicial al suspendiese los términos procesales por un tiempo considerable, donde hubo atraso en los procesos, volviendo un caos el sistema judicial colombiano, el Concejo Superior de la adjudicatura toma medidas urgente de seguridad sanitaria covid19, decretando cierres y suspensiones de los despachos judiciales desde el 16 de marzo de 2020, impulsando así la justicia digital y la utilización de las tecnologías de la información y comunicaciones TIC en la prestación de servicio públicos desde casa y ver la curva de contagio bajar. Las TIC llegaron para quedarse e implementar un nuevo sistema de comunicación y administración digital en nuestro sistema judicial, nuestro gobierno invierte en el sistema y adaptación de las TIC, en la radio, prensa, televisión y redes sociales, todos los usuarios tienen acceso al sistema judicial desde la comodidad de la casa, sabiendo que muchos de los usuarios debido la falta de recursos económicos no pueden acceder al sistema judicial. Todos los colombianos conocemos que las debilidades se presentan por ser un sistema casi nuevo, su implementación y uso requiere de experiencia por parte de la administración y los usuarios adquiriendo agilidad para manejarlo, es un proceso a largo plazo que requiere capacitación externa e interna de las nuevas tecnologías, es menester un cambio en cada uno de los métodos para recopilar la información, cambiando los medios que se tienen invirtiendo en nuevas herramientas que agilicen el sistema en el recibir y entregar la información para que la institución sea beneficiosa para todos los usuarios. Cartagena y todo el país ha sido estremecido por la emergencia sanitaria covid 19, poniendo en evidencia el antes y el después del 2020, en donde el plan de justicia digital necesario para el uso de las TIC sea desde ya de uso obligatorio, el art 103 CGP, apuntando al expediente electrónico que reemplazaría al expediente físico,
  • 20. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 20 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx esta afectación acelera los tiempos para la implementación de las TIC en el sistema de justicia digital. Explicar los beneficios del uso de las TIC en el Sistema Judicial de la ciudad de Cartagena Los beneficios del uso de las TIC en el sistema judicial de la ciudad de Cartagena, debido a la adopción de estos sistemas electrónicos como recursos, herramientas y programas para compartir la información que entra al sistema judicial al accionar de una demanda, la cual debe ser notificada a los interesados de tal recurso, que debe ser procesada por los diferentes soportes tecnológico, como teléfonos y celulares, computadores, reproductores portátiles de audio y video, televisores. Estas herramientas implementadas en la ciudad de Cartagena en el sistema judicial, nos brindan diversos servicios como correos electrónicos, búsqueda de información, banca online, descarga de documentos y códigos electrónicos, leyes y decretos que constantemente surgen debido a las diferentes necesidades del día a día y el constante enlace con el gobierno en línea y sus grandes avances etc. Esta es la razón por la cual estas herramientas se hacen necesarias en cada uno de las actuaciones judiciales que al ser recibida y enviada se pueda garantizar la autenticidad, integridad, conservación de acuerdo a la ley. Cartagena tiene a media la implementación todos estos medios tecnológicos, lo cual abogados y dependientes judiciales esperan que la rama ingrese de lleno a este mundo tecnológico para que se dé la eficiencia judicial. El código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo16 CPACA en su artículo 186 ley 1427/2011, hace la salvedad que todas las actuaciones judiciales que se realizaban de manera escrita, pueden realizarse por medios electrónicos contando que se otorgue el respectivo recibido, de acuerdo a esta ley, cada una de estas medidas 16 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO. “Artículo 186. Actuaciones a través de medios electrónicos”[En línea] [05/11/2020]Disponible en: https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_administrativo_y_de_lo_contencioso_administrativo/186.htm
  • 21. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 21 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx debían implementarse en los cinco siguientes años contados a partir de la vigencia del presente código, la sala administrativa se comprometía en adoptar las medidas necesarias para que en uso de todas las condiciones tecnológica se pudiera utilizar el expediente judicial beneficioso para todos los usuarios de la justicia, demandante, demandado, abogados, jueces y los tramites corrían sin obstáculos dentro de la sala las partes y el gobierno. Este 2020 nos impactó con la pandemia covid1917, la cual detuvo a todo el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son complementarias. Cartagena está procesando su analfabetismo virtual en implementación de equipos electrónicos, como en la preparación de cada uno de las dependientes judiciales abogados y partes para cada uno de los procesos en las diferentes áreas del derecho, es tiempo de romper el concreto y visualizar las nuevas formas de trabajo y poder brindar un servicio de calidad en línea a cada uno de los usuarios de la justicia. Las herramientas que ofrece las TIC y los conocimientos se hacen necesarios para que las tecnologías se puedan utilizar de una manera apropiada y evitar los errores que puedan vulnerar los derechos de quienes demandan los servicios de justicia o puedan afectar el debido proceso que generan nulidades procesales frecuentes afectando a la pronta y cumplida administración de justicia. Otras de los beneficios de la implementación de las TIC en el sistema judicial es la facilidad que tiene cliente y abogado brindarle mayor asesoría en línea acortar gastos y tiempo permitiendo llegar a los usuarios que geográficamente sería imposible llegar, todo es el aprovechamiento que se le quiera sacar y el interés que se tenga por esta clase de trabajo en línea siendo más fácil la información que se mueve por todo el mundo, teorías, libros, jurisprudencias y doctrinas en diversas páginas, de todas partes del mundo, la tecnología facilita esta clase de información y comunicación, los cambios constantes que se dan en nuestro ordenamiento jurídico, ahora con la tecnología es más fácil, sencillo, rápido 17 CONCEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA-LAVOZDELDERECHO. “Acuerdo pcsja20-11567” [En línea] [05/06/2020] disponible en: https://www.lavozdelderecho.com/files/ACU_CSDJ_11567_5jun_levanta_suspension_firmado_DARB.pdf
  • 22. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 22 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx y útiles para los juristas. Las TIC son de gran ayuda para brindar una administración de justicia de calidad, siendo útiles en un estudio o buffet jurídico. Las TIC en el sistema jurídico aportan celeridad en las respuestas rápidas de cada servicio ofrecido, la justicia no se hace tardía, y satisfacen las inquietudes de los usuarios al estar cerca por medios virtuales a su proceso, el estado tiene un interés primario para que llegue a tiempo cada notificación necesaria de parte de nuestros estamentos judiciales, rapidez y eficacia virtual, trae como beneficio el distanciamiento social tan apreciado en estos tiempos. Es de gran importancia la aplicación debida de la tecnología18 y su aplicación en el medio ambiente debida a la contaminación que genera, por la cantidad de papel utilizado dentro de una oficina, congestiona los archivos y los daña debido la humedad, con los medios electrónicos se despeja el espacio y descontamina el ambiente. La implementación de las TIC y el derecho han generado principios y normas que regulan principios jurídicos nacidos de la interacción de las dos ramas derecho e informática provocando en la sociedad afectaciones y cambios benéficos, que el derecho se ve obligado a regular. Es de mucho interés la implementación y poder observar y revisar continuamente los procedimientos en Cartagena19, con el fin de agilizar la actuación judicial, la agilidad de los tramites, el fácil acceso al servicio la seguridad e inmediatez y certeza en la comunicación entre las partes, sujetos procesales y el juez, las practica de pruebas y su trasparencia, el servicio un reto y la implementación de TIC imperativo, analizando los canales de acceso consulta y publicidad de la información, haciendo viral las audiencias virtuales con sus respectivas notificaciones de autos y sentencias , consignando directamente a los beneficiarios de depósitos judiciales para evitar las aglomeraciones en los bancos u oficinas judiciales, estas alternativas están siendo utilizadas exitosamente por algunos jueces y magistrados en algunas partes del país llegó el tiempo de los expedientes judiciales que menciona el CPACA o habrá que esperar. Se hace necesario la adopción de las TIC, con mecanismos y procedimientos que 18 -19 EL UNIVERSAL. “Justicia Y TIC”[En línea] [13 de junio de 2020] Disponible en: https://www.eluniversal.com.co/opinion/editorial/justicia-y-tic-HI2965559
  • 23. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 23 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx descongestionen los trámites judiciales, dejar lo tradicional y las reglamentaciones que suelen darle importancia a las formas que, a lo sustantivo, sin afectar las garantías jurídicas de las partes y demás actores procesales. La apertura de los despachos judiciales. Analizar la eficiencia en los programas de implementación de las TIC para la revisión de los procesos judiciales en el Sistema Judicial de la ciudad de Cartagena David Fernando Varela20, abogado y especialista en Ciencias Socioeconómicas de la Universidad Javeriana y Máster en Leyes del Instituto de Derecho Comparado de la Universidad de McGill, en Montreal (Canadá). Experto en la implementación de las TIC para la administración de justicia, evalúa la eficiencia de los programas, teniendo en cuenta la gran inversión que hace el país en equipos de computación, salas de video conferencias y en especial el desarrollo de aplicaciones como siglo XXI, facilitando la información de los estados de los procesos en la mayor parte del país, es un esfuerzo general por parte de las autoridades judiciales y del gobierno para contar hoy parcialmente con el plan de modernización tecnológica, son las bases para que el consejo de gobierno judicial podrá tomar las decisiones claves para seguir avanzando. La implementación de la TIC en los despachos judiciales logra que los beneficios a los usuarios, servidores públicos y privados puedan ser eficientes, por medio de estas herramientas tecnológicas utilizadas correctamente por las personas de adentro y fuera del despacho, una aplicación usada por jueces de todo el país les facilita conocer inmediatamente el proceso que se acciones en su despacho, verificando el vencimiento de términos, hacer análisis sobre la carga
  • 24. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 24 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx laborar de sus empleados y planificar su tiempo para la celebración de las audiencias virtuales. Las TIC se modernizan constantemente razón por la cual se hace necesarios cambios constantes para que la administración judicial opere sus procesos judiciales y administrativos internos del despacho judicial y determinar cuáles son necesarios e innecesarios. Razón por la cual se valora desde el punto de vista21 personal como muchos funcionarios con sus propios recursos para diseñar nuevas soluciones. Es un trabajo meritorio que se tiene en cuenta para el diseño de una política pública sobre TIC para la justicia. El consejo Nacional de política económica y social CONPES, siendo la máxima autoridad nacional para la planeación y asesoramiento del gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país, es la llamada al financiamiento de un programa de litigio en línea o despacho cero papeles, la justicia no se detiene por lo tanto la creatividad de los magistrados, jueces, usuarios y ciudadanos comprometidos no se hace esperar, porque la implementación total de las TIC que no es inmediata. Los cambios culturales hacen los procesos difíciles, por no salir de la zona de confort y no darse la oportunidad de adquirir la destreza por un medio electrónico que no contrasta con su vieja manera de trabajar y de pensar. Las TIC en la administración de justicia ha generado fuertes resistencias, incluso huelgas o sabotajes en unos pocos casos dentro y fuera del país. Pero hay también historias de éxito en las que el programa de incorporación de TIC fue acompañado de actividades intensivas de difusión y capacitación, al igual que de incentivos para facilitar la transición, como reconocimientos y bonificaciones a los servidores líderes en el proceso de cambio. Chile incorporó TIC en la reforma procesal penal que inició el año 2000 y ha continuado actualizándolas, a medida que surgen nuevas oleadas de reforma, por ejemplo, en lo civil y lo laboral. Un rasgo especial de la experiencia chilena es el aprovechamiento de las TIC más apropiadas para cada jurisdicción dentro de un 20-21 VARELA David Fernando “Las TIC ayudan a mejorar la eficiencia de los despachos judiciales”[En línea][ 29 de Octubre del 2015] Disponible en: https://www.ambitojuridico.com/noticias/en-ejercicio/administrativo-y-contratacion/las-tic-ayudan- mejorar-la-eficiencia-de-los
  • 25. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 25 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx presupuesto limitado, sin dejarse seducir por TIC más avanzadas, pero cuyo costo podría no justificarse en un primer momento. Brasil registra avances importantes en la automatización de procesos, como el Superior Tribunal de Justicia (STJ, equivalente a nuestro Consejo de Estado), que desde el 2010 logró reducir al mínimo el expediente físico y potenciar el uso de su portal web para interactuar en línea con los tribunales inferiores y sus usuarios. Colombia avanza considerablemente en esta materia, hasta lograr la posición No. 11 a nivel mundial como país que más utiliza medios electrónicos para llevar a cabo ejercicios de participación, la posición número 17 en el mundo en prestación de servicios de gobierno a través de medios electrónicos y la posición número 11 en el mundo en materia de datos abiertos. Este gran esfuerzo se hizo fundamentalmente con el liderazgo del Ministerio TIC a través de la Dirección de Gobierno en línea, definiendo lineamientos, generando capacidades, brindando asistencia técnica a las entidades gubernamentales, con especial énfasis en las de carácter regional y local. Los primeros años de implementación de la política fue necesario contar con estrategias coordinadas centralizadamente, este gran esfuerzo se hizo fundamentalmente con el liderazgo del ministerio TIC a través de la dirección de gobierno en línea, hoy es necesario desarrollar otros modelos que permitan llevar al país de manera sostenible a un nuevo nivel en materia de gobierno electrónico, esta iniciativa busca implementar un nuevo modelo de gobierno en línea, pasando de uno liderado y puesto en marcha por el gobierno central, a un ecosistema con amplia participación del sector privado, la academia, las entidades públicas de distintos niveles y los ciudadanos. Colombia gracias a la iniciativa del gobierno es de gran ejemplo en materia de uso e implementación de la TIC para prestar eficiencia en los servicios en línea a los pobladores, en medio de las circunstancias que transcurren en este año 2020, está comprometida en la evolución del sistema judicial electrónico, en su participación sea activa y optima, buscando que las entidades públicas y privadas de orden nacional y territorial contaran con los servicios del gobierno en línea certificados con el sello de excelencia que da cuenta de su calidad, son muchas las soluciones de gobierno a través de las TIC para
  • 26. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 26 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx apoyar la generación de capacidades en materia de gobierno electrónico, se busca que más de un 50% de los colombianos y casi el 60% de los empresarios realizaran tramites y transacciones del en línea con el estado. En busca de la calidad Colombia consolida la apertura del ecosistema de datos abiertos en el cual para agregar valor a toda la información que genera el Estado, en donde diferentes fuentes de la sociedad convergen para el desarrollo de las aplicaciones o el ejercicio del control social a la gestión pública, a partir de los datos abiertos por las entidades públicas, posesionando a Colombia como líder en Latinoamérica en materia de la implementación del gobierno en línea. Cartagena tiene a media la implementación todos estos medios tecnológicos, lo cual abogados y dependientes judiciales esperan que la rama ingrese de lleno a este mundo tecnológico para que se dé la eficiencia judicial. El código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo CPACA22 en su artículo 186 ley 1427/2011, hace la salvedad que todas las actuaciones judiciales que se realizaban de manera escrita, pueden realizarse por medios electrónicos contando que se otorgue el respectivo recibido, de acuerdo a esta ley , cada una de estas medidas debían implementarse en los cinco siguiente años contados a partir de la vigencia del presente código, la sala administrativa se comprometía en adoptar las medidas necesarias para que en uso de todas las condiciones tecnológica se pudiera utilizar el expediente judicial beneficioso para todos los usuarios de la justicia, demandante, demandado, abogados, jueces y los tramites corrían sin obstáculos dentro de la sala las partes y el gobierno. Este 2020 nos impactó con la pandemia covid19, la cual detuvo a todo el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son complementarias. 22 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVOY DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. “Artículo 186. Actuaciones a través de medios electrónicos”[En línea][ 05/11/2020] Disponible en : https://leyes.co/codigo_de_procedimiento_administrativo_y_de_lo_contencioso_administrativo/186.htm
  • 27. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 27 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Analizar la implementación del PET Plan Estratégico y Tecnológico del Consejo Superior de la Judicatura en la Rama Judicial de Cartagena – Colombia La implementación del Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial en Colombia, es donde se traza el norte para la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC en la administración de justicia, el objetivo del Plan es propiciar la modernización de la administración de justicia mediante el uso racional de las nuevas tecnologías, para lograr un servicio eficiente y efectivo, en condiciones de accesibilidad, celeridad y excelencia, fue aprobado por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, para que se las TIC sean una herramienta de uso cotidiano en los procesos, abogados y los empleados que hacen parte de la rama judicial. Se inscribe en el marco compromiso de la Sala Administrativa para armonizar las políticas y proyectos de la rama judicial con los de orden internacional, tales como los de la Cumbre Judicial Iberoamericana de E justicia y Portal de conocimiento jurídico; y con los del orden nacional, como el Plan Nacional de Desarrollo y las iniciativas Vive Digital y gobierno en línea del Ministerio de las TIC. Se espera que en el mediano plazo se pueda litigar por internet y llegar a la cultura del “cero papeles”, entre otras, por motivos ambientales.23 La Sala Administrativa se apoyó en los organismos internacionales, concretamente en la Agencia Internacional de los Estados Unidos para el desarrollo USAID para formular un Plan Estratégico de Modernización Tecnológica que cumpla a cabalidad con los objetivos trazados para dicha implementación. La Rama Judicial siendo un poder público independiente del Estado, ha dispuesto un modelo tecnológico que se adapte a las iniciativas nacionales e internacionales, que contribuirá a que se den las condiciones de accesibilidad, celeridad y excelencia en el sector justicia sea de alta calidad y transparencia y un adecuado sistema de rendición de cuentas. Este 23 RAMA JUDICIAL, “La Sala Administrativa adopta el Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial [En línea][07 Noviembre 2020]” Disponible en: https://www.ramajudicial.gov.co/portal/historico-de-noticias/ /asset_publisher/tc8GIx9NJWBV/content/la-sala-administrativa-adopta-el-plan-estrategico-tecnologico-de-la-rama judicial;.sessionid=E06E78082B6922921853BDD5C2C308C1.w orker1
  • 28. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 28 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx plan es creado como un instrumento orientador para la incorporación del valor tecnológico a la Rama Judicial colombiana, para dirigir las políticas públicas encaminadas a la utilización de las TIC, dotando de recursos tecnológicos y el recurso humano que se necesita para la implementación de este, para responder a lo que se encomendado, para así avanzar conjuntamente en los retos que están adoptando otros países; contribuyendo así a la utilización de las TIC mediante capacitaciones al establecimiento de sistemas eficaces y avanzados en capacitación judicial, también a la ciudadanía que se beneficia con el establecimiento de las herramientas tecnológicas, para que entiendan cómo funcionan estas. El fortalecimiento y la incorporación de la infraestructura para la utilización de las TIC es importante para la adecuada utilización de los proyectos, programas y actuaciones derivadas del plan, garantizando la calidad, coherencia e integralidad del plan a todos los equipos tecnológicos y de sistemas para implementar de manera eficiente y coordinada en la Rama Judicial las tecnologías de la información. Para este plan estratégico se organizaron varios ejes que contribuyan a la realización y adecuada utilización de las TIC en la justicia colombiana en cuestión de los procesos, enumeraremos cada uno y se hará una breve explicación esta: Modelo de expediente electrónico, se ha desarrollado un modelo de expediente electrónico, el cual es inteligente, para que se sustituya el uso del papel en los juzgados colombianos, para contribuir tanto con el medio ambiente como con la celeridad de los procesos en medios digitales, este expediente electrónico es una herramienta tecnológica de dialogo seguro y eficaz entre los diferentes actores del proceso El acceso al expediente o a algunas de sus partes se garantizará a nivel interno y externo, con las adecuadas condiciones de seguridad mediante un sistema de privilegios, de tal forma que se viabilicen el formato electrónico con validez legal. Con el desarrollo del nuevo modelo se procederá a la estandarización de flujos de procesos y formatos, se construirá un modelo de gestión documental y se habilitará un sistema de gestión de casos. Para contar con el expediente electrónico será
  • 29. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 29 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx necesario un correcto aprovisionamiento y dimensionamiento de la infraestructura tecnológica que garantice el disponer de las condiciones técnicas que permitan un óptimo funcionamiento del sistema Justicia en red, se considera necesario fortalecer las redes, para concebir la nueva arquitectura tecnológica, que sea apta para la utilización de todas las personas que accedan a la administración de justicia, visualizando el sistema de justicia en Colombia como un dialogo permanente entre actores institucionales y no institucionales, desarrollándose con fluidez, celeridad, eficacia y seguridad, por la arquitectura de las redes dispuestas para su utilización y que funcionen adecuadamente. La Rama Judicial establece y es consciente que existen dos dimensiones en donde se puede desarrollar la adecuada utilización de las herramientas tecnológicas como lo es hacia su interior como una red integrada por las instituciones que hacen parte de ella, sobre la base interior que se desarrolla las actuaciones en el eje estratégico. En esta área se ha visto la necesidad de fortalecer la estructura de las redes y mejorar el rendimiento por medio de correo electrónico, integración de plataformas, conectividad, intranet, plataforma de gestión documental y portal web de la Rama Judicial, los cuales son fundamentales desde el punto de vista tecnológico. En la dimensión externa, es importante apoyarse en la dimensión anterior que es la base fundamental del plan de comunicaciones, pero se debe tener en cuenta la interoperabilidad, siendo esta una característica fundamental para el existo del sistema como las redes sociales, con el fin de fortalecer el dialogo participativo entre la sociedad y las instituciones. La interoperabilidad es identificada desde una dimensión internacional que debe llevar al establecimiento de diálogos operativos con las redes globales, regionales y subregionales y con un gran número de instituciones internacionales. Gestión de la información, el objeto fundamental de las herramientas tecnológicas lo constituye la información, por lo tanto, es un elemento central en el PET. La comunicación establece dimensiones con las que se trabajan: la técnica, la política, la cognoscitiva y la normativa. Desde un punto de vista técnico se observan proyectos destinados al fortalecimiento de las capacidades del sistema para realizar una gestión ágil y eficaz en la información,
  • 30. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 30 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx tales como la integración de las bases de datos, la incorporación de herramientas Web 2.0 y la mejora de la accesibilidad. Desde la política, se quiere integrar una interrelación con la ciudadanía, refiriéndose al intercambio de información, como la generación y el tratamiento de la estadística judicial, reparto en línea, el diario de notificaciones, el registro y la identificación electrónica de los litigantes, el establecimiento de puntos de la información o la generación de una política informática, articulan los pilares fundamentales. La parte cognoscitiva se encamina a la generación de conocimiento a partir de las bases de datos de normatividad, doctrina y jurisprudencias ya existentes, dándole un valor para su debida utilización En el área normativa se contemplan dos actuaciones: la revisión de los aspectos normativos en materia de gestión de la información, y la elaboración de una política de manejo de la información corporativa. Gestión de cambio, para el PET es fundamental desarrollar políticas adecuadas y eficaces de gestión del cambio, para obtener un alto rendimiento en las acciones que se han contemplado. Se enfoca en una doble perspectiva: general y la específica. La general contempla principalmente acciones de sensibilización y capacitación, concebidas en el marco de la estrategia integral, posibilitando que el capital humano conozca y se apropie de esta estrategia y participe de ella, para que exista un punto de referencia que permita contextualizar la experiencia, pero esto no es solo estas acciones, se debe adecuar la infraestructura y los modelos de gestión, para fortalecer las capacidades de los equipos de apoyo técnico: capacitación y adecuado dimensionamiento. Uso de las TIC para la formación judicial y ciudadana, la escuela judicial juega un papel muy importante en las estrategias tecnológicas, tratando de generalizar concretamente y potencializar el uso de las TIC en capacitación judicial y también en la formación de la ciudadanía en lo referente a la justicia.
  • 31. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 31 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Tanto en infraestructuras como en contenidos para alcanzar que todos estos tengan acceso a la virtualización de los programas de formación24 Todo esto con el fin hacer parte tanto a la población inmersa en el mundo judicial, como a los que requieren y se benefician con sus servicios, es un trabajo mancomunado en el cual propende la ganas, la garantía y el apoyo de todos para que se puede llevar a cabo en un ámbito nacional, buscando mejorar cada día más los trámites judiciales. En esto juega un papel muy importante los recursos económicos que destinen para su implementación, pues se debe contar con buenas herramientas tanto tecnológicas, como de infraestructura y humanas, las cuales unidas forman un completo equipo para garantizar que la justicia en Colombia se eficaz, eficiente y efectiva al momento de requerirla cualquier ciudadano, cumpliendo con los principios. La habilitación de los correos electrónicos institucionales, plataformas para video conferencias, Streaming(P.Erp1cloud, Ms Teams, Lifesize) para almacenamiento en la nube 5tb y de un portal llamado Cicero para almacenamiento y consulta de audiencias por medio de la circular Pcsjc20-11 de 31 marzo 2020 dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura, es la evidencia del aceleramiento de los tiempos acción tomada por la afectación del covid19 que produjo confinamiento nacional, fue necesario tomar medidas tecnológicas urgentes y precisas para evitar la congestión de la justicia, facilitando la prestación del servicio de usuarios dependientes jueces y abogados por medio de plataformas digitales. Implementación de las TIC en Colombia, encaminadas para activar la administración de justicia afectada por la pandemia COVIC-19 Colombia garantista de principios y derechos constitucionales se enfrenta ante su propia ideología al ser valorada, observada, para que lo intangible, su credibilidad, pueda generar confianza en las normas que nos rigen, sin perder la organización del estado como tal, su autoridad y el ejercicio que garantiza los derechos de cada ciudadano en un ambiente sano, debido a la calamidad, la cual enfrentamos con el 24 RAMA JUDICIAL, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA “Plan Estratégico Tecnológico”, [En línea][16 octubre 2020] Disponible en: w w w .cumbrejudicial.org Plan Estratégico Tecnológico – Cumbre Judicial Iberoamericana
  • 32. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 32 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx suceso mundial covid19, que nos afecta causando vulnerabilidad por la falta de preparación para un desastre de tal magnitud. Se hace necesario en todos los ambientes económicos, social, ambiental, jurídico y político y de comunicación, asegurar la existencia de medidas adoptadas y el acceso a la justicia, ante posibles violaciones de derechos, para enfrentar los diferentes abusos por actos de corrupción, la pandemia y sus consecuencias las cuales nos enseñan a cada persona en el mundo, dejando un legado y su importancia como aporte para nuevos cambios. Este es un giro que da nuestro país y el mundo entero y de igual manera nuestra tesis, que al iniciarla (2019), eran pocos los argumentos al ser muy escasa la adopción de las TIC, su implementación los cambios pocos productivos y con una seguridad experimental, hoy ante nuestros ojos vemos y apreciamos la celeridad de todo lo concerniente a los beneficios de los usos de la información y comunicación TIC en el sistema judicial de la ciudad de Cartagena, como necesaria, esencial, práctica, urgente y útil para cada ámbito en la sociedad y en especial al aplicar la justicia que es el ámbito que nos atañe. Hoy Colombia 2020 y su justicia cuasi- analfabeta tecnológicamente estudio-practica-poca aplicación, crece a pasos gigantescos al tener que implementar e innovar en los procesos de aprendizaje de los operadores judiciales y poner en práctica urgentemente la justicia en línea, para evitar el caos y represión a la justicia por el cierre de los estamentos judiciales a nivel nacional y mundial. En los organismos judiciales la poca utilización de las TIC, subsistía lo manual y virtual siendo este de poco uso en su gran mayoría para abogados y empleados judiciales por la falta de la información necesaria en cuento al gobierno en línea, hoy todos se ven en la obligación de dar un paso al frente para que la justicia avance, en miras al futuro, porque se hace necesario para las audiencias y su desarrollo siendo un poco complejo. Colombia tiene zonas apartadas en donde debido a lo complejo de su planeación ambiental y urbanístico, hay un déficit a las redes sociales y al internet, lo cual la justicia habría que aplicarla con los viejos modelos antes del COVID-19 para que no se represe el sistema y poder superar estas carencias, las cuales hay que enfrentar con cada reto inherente a la información digital y así implementar los modelos de e-justicia. Es ventajoso el
  • 33. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 33 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx litigio virtual, nos preguntamos, aunque generaba incertidumbre, son más las ventajas que las desventajas, el cual con la situación actual (2020) garantiza de una manera rápida el acceso a la administración de justicia y a su vez mantenemos el cumplimiento de los decretos del gobierno en cuanto al distanciamiento social, bioseguridad y el cuidado del medio ambiente al no utilizar la cantidad de papel como anteriormente se hacía, se evita el congestionamiento en las sedes de justicia, la comunicación a nivel nacional produce rapidez y eficacia al poder usar debidamente este sistema agilizando la inmediatez en cada proceso. La implementación de las TIC, es un gran aliado como medio para que la e-justicia pueda hacer un seguimiento a cada proceso desde su etapa preliminar hasta la sentencia final, mejorando la comunicación entre abogado-cliente y cada uno de los empleados judiciales y el estado. Cartagena (2020), está pasando por cambios virtuales judiciales importantes, los cuales estaban congelados, es la oportunidad de abrirnos ante un mundo de oportunidades sociales para cumplir con la demanda presente, modernizando virtualmente a nivel nacional, municipal y regional los despachos judiciales, habilitando a todos los abogados, jueces municipales y del circuito, empleados judiciales en todas las especialidades que garanticen su idoneidad moral y social, es una necesidad excepcional que enfrenta nuestro sistema judicial. Debido a la situación delicada, el estado25, está llamado a remover los obstáculos económicos, sociales, políticos, comunicación, teniendo en cuenta que para cada problema hay una solución, que garantice los derechos de todos los actores adoptando inteligentemente la implementación de las TIC y ser partícipes en cada uno de sus cambios, bajo las expectativas de dar cumplimiento al estado social de derecho, que garanticen el efectivo derecho de ser oído por un tribunal y accionar defensa publica, bajo la solidaridad democrática en miras de un país que merecemos todos los colombianos.
  • 34. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 34 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx El gobierno de Colombia ha hecho frente a toda situación que colapso los organismos que componen nuestro país, debido a la deficiencia e inversión escasa, teniendo en cuenta hace un tiempo atrás, nuestro gobierno se desmando por sostener un pacto de paz (2016 bajo el gobierno del Dr. Juan Manuel santo), el cual al momento, (sigue en sus negociaciones bajo el gobierno actual 2020 de Iván Duque), concentro toda su fuerza económica en este propósito la cual debilito las inversiones que el país necesitaba en otras áreas, salud, educación, economía y justicia, hoy observamos un país precario, porque no solo la justicia y su cuerpo activo, es en todo, pareciese que acabará de nacer nuestra nación con tanta necesidad de todo, pero que gracias a DIOS sobrevivimos, avanzamos si, levantando la cabeza con una organización cuyo eje principal es nuestra constitucionalidad, que otorga poder al presidente para que él pueda ejercer y administrar nuestra nación Colombia con justicia y equidad. El presidente de la república Dr. Iván Duque, en sus facultades otorgadas por el artículo 215 de la Constitución expide el Decreto 806/06/202026 mediante el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC, a todos los procesos que se adelantan en las diferentes jurisdicciones, en aras de garantizar el acceso a la justicia agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica. En la siguiente grafica plasmamos la forma en que creemos como debería funcionar la justicia electrónica. 25-26 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. “Decreto806 de 2020” [][04 junio 2020] Disponible en: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20806%20DEL%204%20DE%20JUNIO%20DE%202020. pdf
  • 35. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 35 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx El objeto principal de este Decreto 806/2020, es implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC, en las actuaciones judiciales para agilizar el trámite de los procesos judiciales de la jurisdicción ordinaria en su especialidad Civil, Laboral, Familia, en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en la Jurisdicción Constitucional, a nivel nacional departamental y regional. Este Decreto prevé situaciones que puedan darse en el transcurso de la emergencia manifiesta, artículo 212, 213 de la Constitución colombiana27, o que constituyan grave calamidad pública podrá declarar el estado de emergencia, debido a la rapidez de la propagación de la pandemia COVID-19, con el objeto de prevenir y controlar la 27 CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA “art 212-213” [En línea] Disponible en: https://colombia.justia.com/nacionales/constitucion-politica-de-colombia/titulo-vii/capitulo-6/
  • 36. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 36 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx propagación y mitigar sus efectos. Ya bien lo decía el filósofo Lucio Anneo Séneca: (2AC-65DC)28 “Nada se parece tanto a la injusticia, como la justicia tardía”. Aplicable a esta situación sin tildar de culpables siéndolo. Pero nos cogió la madrugada, pudiendo prever esta situación sin tener un sistema judicial listo, falto el principio de inmediatez para actuar a tiempo. El gobierno apelando a la jurisprudencia nacional y al decreto antes mencionado, adopto una serie de medidas urgentes encaminadas a activar el adecuado funcionamiento de la administración de justicia, que se vio afectado debido a la pandemia COVID-19, es así que a partir del 1 de julio 2020 los despachos judiciales deberían normalizar su actividad. Atendiendo exclusivamente a las herramientas tecnológicas TIC, con las excepciones antes previstas por el Consejo Superior de la Judicatura permitan realizar celeridad en los procesos, reanudando las actuaciones procesales, realizando unas reformas legislativas a las disposiciones vigentes para definir los recursos, elaborando poderes y medidas para darle agilidad a la administración de justicia. Las consideraciones tomadas por el gobierno a través de este Decreto, regula la segunda instancia en civil y familia para que se puedan tramitar situaciones o casos en no haya lugar a decreto de prueba en segunda instancia, sin que tenga que adelantarse la audiencia de la sustentación del recurso, volviendo a presentar los procesos presenciales, el interés es que se realice de manera virtual para que las partes argumente de viva voz que es lo que quieren materializar a través de los procesos. En la materia de lo Contencioso Administrativo, se establece resolver excepciones previas a la audiencia inicial, permitiendo fallos sin decretar pruebas y se hacen algunas adecuaciones en los trámites procesales que se adelantan en la administración en esta jurisdicción. Este decreto indica además que se tomara un tiempo prudencial para la reanudación de los términos legales para que todos los sujetos procesales que 28ENCICLOPEDIA DE LA CULTURA ESPAÑOLA Lucio Anneo Séneca [En línea] [1968] Disponible en: http://www.filosofia.org/enc/ece/e50264.htm
  • 37. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 37 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx intervienen en las causas estén preparados para reanudar la actividad a través de las plataformas virtuales de aquellas que de acuerdo al decreto y las partes estén listos a realizar, avanzamos con dificultades, pero se solucionaran con el tiempo y así descongestionamos los despachos de judicantes y funcionarios que acuden día a día a los despachos judiciales para el cumplimiento de sus funciones. El Dr. Germán Rodríguez Chacón29, director de los posgrados de la Facultad de Derecho de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia, en su análisis del decreto, Art 3 Decreto 820/202030 nos favorece con un comentario pertinente en cuanto el avance a la información y los datos personales de cada persona que opera en los estratos judiciales, que el Consejo Superior de la Judicatura actualizó la información en la página SIRNA, para que cada abogado suministre su hoja de vida, su dirección electrónica y profesional, como un deber, para recibir notificaciones y trámites que se tramiten ante la jurisdicción. Para no tener problema ante las diligencias adelantadas. Cada expediente debe ser digitalizado más los anexos de las copias de cada demanda y que los despachos deben poner a la orden de las partes para que la transparencia prime. Disminuyen los enormes expedientes físicos. Las audiencias deben realizarse por medio de cada una de las plataformas que permiten que se realicen, Zoom, WhatsApp, Meet, Teem, otros medios virtuales. El Consejo de Estado Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, en cabeza de Dr. Marta Nubia Velásquez Rico como Presidente de la Sala Contenciosa por parte del gobierno, ha expedido normas legales y reglamentarias relacionadas con la implementación de las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC, para las actuaciones judiciales a partir del 1 de julio, segundo periodo 2020, garantizando el acceso a la prestación del servicio público de administración de justicia a los sujetos procesales, cuando no es posible por los medios virtuales sino 29 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA. “Dr. Germán Rodríguez Chacón” [En línea]Disponible en: http://derecho.fuac.edu.co/cuerpo-academico 30 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. “Decreto806 de 2020” [][04 junio 2020] Disponible en: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20806%20DEL%204%20DE%20JUNIO%20DE%202020. pdf
  • 38. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 38 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx de manera presenciales, deberá dejar constancia por no haber accedido de manera virtual, para tales efectos se tiene en cuenta, que para la presentación de la demanda, el usuario judicial, debe tomar una cita telefónica con la secretaria de la sala o sección respectiva, teniendo en cuenta el asunto y la distribución que se le dé al proceso, no obstante, el solicitante o demandante podrá hacerse presente en la sede judicial sin cita previa, si las circunstancias así se lo indican. La demanda, las copias y sus anexos deberán presentarse, sin excepción alguna, en medios magnéticos (CD o DVD), y los documentos que los contengan o soporten deberán registrarse en formato PDF, dejando constancia de tal manera que a partir de ese momento, el asunto se tramitará a través de la plataforma tecnológica oficial (software de gestión judicial) y los sujetos procesales podrán consultar el estado del proceso de su interés desde sus dispositivos electrónicos o acudir, excepcionalmente, a la secretaría respectiva en donde se tendrá a su disposición un computador para tales efectos. Que tales reglas corresponden con la reciente decisión adoptada por el Consejo Superior de la Judicatura (Acuerdo PCSJA20- 11581), en cuanto ordenó el levantamiento de las medidas de suspensión de términos legales en las actuaciones judiciales a partir del 1º de julio de 2020, con sujeción a lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA20-11567, pero señalando, a continuación, que no se prestará atención presencial al público en las sedes judiciales sino a través de los canales de comunicación electrónicos, salvo que se requiera, de manera excepcional, su prestación en forma presencial, caso este en el cual se ingresará solo para la realización de actividades estrictamente necesarias y con autorización previa y expresa de un funcionario judicial. La afectación en cada estamento judicial por la emergencia COVID-19 es de manera general paralizando todas las funciones, se inició en el país el 6 de marzo 2020 y por consiguiente en cada municipio, a fecha de hoy, Junio 24/2020,quedando todo proceso judicial detenido, la Rama Judicial y cada uno de los municipio Cartagena de Bolívar31, se prepara para el reinicio de la prestación de servicios para los usuarios, a partir del 31 EL UNIVERSAL “Atención a usuarios en Rama Judicial en Bolívar será virtual y excepcionalmente presencial”[En línea] [27 de junio de 2020] Disponible en: https://www.eluniversal.com.co/cartagena/rama-judicial-cartagena-FB3030979
  • 39. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 39 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx 1 de julio 2020, con dos modalidades ante la emergencia manifiesta COVD-19, la virtual de manera primordial y presencial restringida, utilizando las medidas de control necesarias y con cita previa programada, activando cada uno de los medios electrónicos de comunicación e información TIC, audiencias virtuales establecidos por las partes de los procesos, llamadas y mensajes telefónicos, correo electrónico a través de aplicaciones electrónicas con un horario establecido y garantizado 8am- 5pm, para la presentación de las demandas son las oficinas de reparto las encargadas para cada especialidad Civil, Laboral, Familia y de lo Contencioso Administrativo de Cartagena. El presidente del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar, Iván Latorre Gamboa, mostro sumo interés por la salud los servidores y los usuarios, con atenuante de estar alerta para que se cumpla con la modalidad del trabajo en casa, para evitar desmandes en las sedes judiciales. Indicó además que los sujetos judiciales que requieran instaurar demandas y solicitar servicios de apoyo pueden consultar a los correos electrónicos institucionales de los distritos judiciales de Bolívar, y a quienes se encuentren en zonas rurales de Bolívar y no cuenten con acceso a internet, se les recomienda que asistan a las oficinas municipales, personerías u otras entidades públicas que, en lo posible, facilitarán sus sedes para llevar a cabo las actuaciones virtuales. La situación se complica para la apertura de los juzgados en Cartagena, porque de acuerdo a el Consejo Superior de la Judicatura y el Consejo Seccional de la Judicatura de acuerdo a los lineamientos tomados para la reactivación de la atención de los usuarios, el primero de Julio 2020, sin embargo la Asociación de Funcionarios de la Rama Judicial, argumenta que la falta de los protocolos de bioseguridad en todas las sedes judiciales y previendo brotes de contagio se promueve que sean cerrados hasta que estén preparados para atender al público con todas las medidas de seguridad, también solicita la suspensión de los términos judiciales, y que el servicio ofrecido sea para acciones constitucionales, excepciones y demandas nuevas instauradas de forma virtual. Otra de las afectaciones que han surgido debido a la emergencia mundial, nacional, regional, a nivel social, económica y ambiental, nuestro municipio distrito turístico y patrimonio de la humanidad Cartagena de Indias, por el COVID-
  • 40. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 40 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx 19, muchos abogados litigantes tienen aproximadamente cuatro meses desde marzo-julio 2020 sin ejercer sus funciones debido al cierre de los despachos judiciales y sin devengar sueldo para su sustento. El Colegio Nacional de Abogados32 presento ante el presidente Iván Duque Márquez, y la Ministra de Justicia, una angustiosa carta, debido a la pandemia y solicito la apertura de los despachos judiciales para que se preste la adecuada atención en todas las ramas del derecho, por sentir la falta de apoyo para los abogados litigantes, que son tan útiles para el desarrollo de la justicia en nuestro país. Originando esta situación la primera protesta virtual por todos los abogados. Quienes a su vez tutelaron al gobierno por el cierre y falta de atención en los despachos judiciales situación que genera sus ingresos seguros familiares. Mirando el lado bueno de las cosas llamar la atención al gobierno nacional para que actualice el sistema e invierta como se debe en infraestructuras y equipos tecnológicos y de comunicación los cuales prestaran un mejor servicio a cada usuario y le facilitara el trabajo a cada abogado. Momento decisivo que presenta la justicia en Colombia con respecto a la demanda del Colegio Nacional de Abogados y otras situaciones que afectan directamente el buen funcionamiento del estamento judicial, razón por la cual el Ministerio de Justicia33, en trabajo con el Consejo Superior de la Judicatura y otras instituciones de la Rama Judicial, respondió de la siguiente manera, que está siendo evaluada una posible reapertura de los juzgados para reactivar el sector de la justicia, trabajando para abrir lo más pronto posible , pero el asunto es como abrir, por el flujo de persona diarias que concurren a las diferentes despachos y el riesgo a la salud de cada uno, por lo que implica todo un trabajo de bioseguridad, e implementar las medidas adecuadas para dicho cuidado, dijo la ministra de Justicia al querer descongestionar lo más posibles los despachos judiciales no solo con reforma 32 AGENCIA PERIODISMO INVESTIGATIVO- API, “Con tutela buscan ayuda del gobierno para abogados litigantespor Covid- 19” [En línea][03 de abril 2020] Disponible en: agenciapi.co/investigacion/justicia/con-tutela-buscan-ayuda-del-gobierno-para- abogados-litigantes-por-covid-19 33 JULIO E. SÁNCHEZ Cristo. W. Radio. ¿Es hora de reactivar los juzgados en Colombia? Minjusticia responde [En línea] [19/05/2020] Disponible en: https://www.wradio.com.co/noticias/judicial/es-hora-de-reactivar-los-juzgados-en-colombia- minjusticia-responde/20200519/nota/4039606.aspx
  • 41. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 41 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx judicial sino implementar una adicionales debido a la pandemia causada por el corona virus, algunos procesos se podrían congestionar más, teniendo en cuenta que los jueces están laborando desde sus casas, así y bien pensado serán el proceso de reapertura poniendo bien en claro que deben tomarse en cuenta, que el derecho al trabajo es esencial pero también, está el derecho a la salud. El COVID- 19 nos ha hecho entender lo esencial del trabajo virtual y nos ayuda a avanzar, concluyo la ministra. Se prevé una fecha tentativa para el 1 de agosto en donde muchas actividades a nivel general de los servidores públicos, para que ejerzan funciones públicas y atender y garantizar el funcionamiento de las actividades del estado. A octubre 2020 analizamos el impactó que ha producido la pandemia covid19, la cual detuvo a todo el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son complementarias. Cartagena y todo el país ha sido estremecido por la emergencia sanitaria covid 19, poniendo en evidencia el antes y el después del 2020, en donde el plan de justicia digital necesario para el uso de las TIC sea desde ya de uso obligatorio, el art 103 CGP, apuntando al expediente electrónico que reemplazaría al expediente físico, esta afectación acelera los tiempos para la implementación de las TIC en el sistema de justicia digital. La habilitación de los correos electrónicos institucionales, plataformas para video conferencias, Streaming(P.Erp1cloud, Ms Teams, Lifesize) para almacenamiento en la nube 5tb y de un portal llamado Cicero para almacenamiento y consulta de audiencias por medio de la circular Pcsjc20-11 de 31 marzo 2020 dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura, es la evidencia del aceleramiento de los tiempos acción tomada por la afectación del covid19 produciendo confinamiento nacional, fue necesario tomar medidas tecnológicas urgentes y precisas para evitar la congestión de la justicia, facilitando la prestación del servicio de usuarios dependientes jueces y abogados por medio de plataformas digitales
  • 42. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 42 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx Conclusión La contribución de la TIC en los operadores jurídicos 2019 aporto innovación en los servicios como pagos de embargos, sistemas de gestión automáticas, comunicaciones y notificaciones a los litigantes vía electrónica. Esta contribución en los operadores jurídicos trajo cambios en la manera de accionar los derechos constitucionales que como ciudadanos colombianos tenemos, haciendo que la sociedad sea llamada sociedad de la información o moderna que se caracteriza por cambios esenciales en materia económica, social y jurídica, es decir, el mundo en el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de transformaciones que se envuelve en todos los entornos de manera sustancial. El origen primordial de esas transformaciones con la inclusión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal manera que la forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. El panorama y transición estructural del hacer cambia con la implementación de las TIC, dejando en segundo plano las practicas convencionales despertando el interés de los servidores públicos que compone la rama judicial en el ámbito de alfabetizarse y alfabetizar a la ciudadanía, las nuevas tecnologías tienen la finalidad de ofrecer un nuevo paradigma, una nueva justica E-Justicia, para que el principio de inmediatez en el sistema judicial convencional se implemente en lo concerniente a los procesos jurídicos. La cobertura y acercamiento de los operadores a todos aquellos usuarios que hacen uso del aparato jurídico, identificamos las problemáticas por el impacto que tendría la implementación de las TIC y la finalidad que tendrían estas en mejorar y agilizar todo aquello relacionado con la prestación del servicio judicial a la ciudadanía y profesionales del derecho. El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Sala Administrativa, asume el mandato constitucional de administrar la Rama Judicial, mediante el reordenamiento de los despachos judiciales y la adecuación de la oferta judicial según la tipología y frecuencia de los procesos y responde de manera eficiente y oportuna a la demanda de justicia en todo el territorio nacional. En estas condiciones, se debe contar con un aparato judicial sólido y con la asignación permanente de recursos para responder de manera
  • 43. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 43 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx versátil y eficiente a las necesidades que impone la demanda de justicia en un escenario cambiante, aspectos contemplados en el presente ejercicio de planeación sectorial34. Para alcanzar este propósito, realizamos consultas y encuestas a magistrados, jueces, empleados judiciales y sociedad civil; efectuando mediciones de impacto de las ejecutorias anteriores que permitan modernizar e inducir eficiencia en el aparato judicial; revisando los modelos de gestión para incorporar tecnologías de la Información y mejorar la infraestructura física; realiza la selección, formación y evaluación del talento humano, que involucra las condiciones de vinculación, permanencia y bienestar social de los servidores judiciales. Año 2020, para el sistema operativo judicial y el engranaje de las TIC que lentamente era implementado, alrededor del territorio nacional y en especial en Cartagena, ocurre un hecho no esperado en ninguno de los ámbitos sociales, evento que muestra la realidad de la situación en general de nuestro país precario en cada estamento del estado, de improvisto nos visitó un ente ambiental llamado COVID19, no imaginamos el impacto que causaría paralizando la sociedad completamente, colapsando el sistema de salud en general, clínicas y hospitales aun no suficientes para la atención de la población, funerarias y cementerios realizando practicas antes no vista ante la emergencia sanitaria y que decir del sistema judicial vio la deficiencia del sistema. Bruscamente se rompió el concreto, que no dejaba ver las falencias y vacíos en un sistema colapsado antes de la pandemia, ciertamente iniciaremos no de cero, pero si, dando la importancia a lo que estando allí para ser utilizado se dejó como de poca valía, implementar el sistema de tecnologías, información comunicaciones TIC, el gobierno colombiano asume la responsabilidad de igual manera nosotros los abogados y cada ente que haga parte para resolver en justicia la injusticia, en cada 34CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. “Plan sectorialde desarrollo de la rama judicial”[En Línea] [(2015- 2018).]Disponible en: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1513685/5113559/Plan_Sectorial_de_Desarrollo_Rama_Judicial_2015- 2018+%83%29.pdf/a7b785e1-fb02-4ff6-905b-c16ac93df312
  • 44. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 44 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx rincón de Colombia. Es el tiempo de un antes y después del covid19, que detuvo la historia jurídica de nuestro país, nos dio un respiro para modernizar el sistema, nuestras habilidades y conceptos y retomar responsablemente el papel de abogados. La justicia en Colombia, igual que todos los organismos que conducen a nuestro país está llamada a ser históricamente relevante en todos sus niveles con desafíos regionales y nacionales que a gritos solicita que se desarrollen soluciones que favorezcan e impacten en lo que necesitamos como organización social y política, cuyos objetivos están destinados para garantizar, favorecer a la población y permitir tomar las decisiones por parte del gobierno nacional en virtud de los principios constitucionales ya que les permite mejorar su calidad de vida. Un día daremos gracias a la pandemia covid19 por el empujón que dio a todos los estamentos a nivel mundial, nacional y departamental, nos abrió los ojos ente lo estancado y fangoso que estaba la justicia en cuanto a el sistema de comunicaciones y tecnología precaria en un 70%, hoy la preparación es grande debido a la necesidad manifiesta y que hemos entendido que debemos modernizar el sistema virtual. A octubre 2020 analizamos el impactó que produjo la pandemia covid19, la cual detuvo a todo el sistema judicial en Cartagena, el país y el mundo entero, y a su vez puso en evidencia que la justicia y las TIC, en su uso son complementarias. Cartagena y todo el país ha sido estremecido por la emergencia sanitaria covid 19, poniendo en evidencia el antes y el después del 2020, en donde el plan de justicia digital necesario para el uso de las TIC sea desde ya de uso obligatorio, el art 103 CGP, apuntando al expediente electrónico que reemplazaría al expediente físico, esta afectación acelera los tiempos para la implementación de las TIC en el sistema de justicia digital. La habilitación de los correos electrónicos institucionales, plataformas para video conferencias, Streaming(P.Erp1cloud, Ms Teams, Lifesize) para almacenamiento en la nube 5tb y de un portal llamado Cicero para almacenamiento y consulta de audiencias por medio de la circular Pcsjc20-11 de 31
  • 45. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 45 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx marzo 2020 dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura, es la evidencia del aceleramiento de los tiempos acción tomada por la afectación del covid19 produciendo confinamiento nacional, fue necesario tomar medidas tecnológicas urgentes y precisas para evitar la congestión de la justicia, facilitando la prestación del servicio de usuarios dependientes jueces y abogados por medio de plataformas digitales. Palabras Claves: Expediente electrónico, Expediente digital, TIC, P.E.T., Pla ABC decenal de justicia, E-justicia, plan sectorial y desarrollo y tecnológico de consejo superior de la judicatura.
  • 46. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 46 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx
  • 47. Apellido y nombre del autor o autores letra Arial8 47 Vol. 2, No. 1 diciembre de 2010 pp. xxx-xxx