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LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 ANTECEDENTES
 De la ANB para el inicio de sus operaciones:
 11/octubre/1892 se crea Intendencia General de
Aduanas
 A través DS de 29/abril/1929 Administración
Aduanera.
 D.L.1 de julio de 1930 Vigencia Administración
Aduanera.
 9 de marzo de 1932 Se eleva a Rango de Ley
 28 de julio 1999 Ley General de Aduanas Ley
N°1990.
 11 de agosto de 2000 D.S.N°25870 R.L.G.A.
 Ley N° 1990 L.G.A. pretende conformar una institución moderna y
apta para los requerimientos actuales tanto procedimentales como:
facilitación del comercio, control fronterizo, informatización de
servicios, e implementación tecnológica.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 La ANB, es el organismo encargado de controlar el paso
de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del
país, intervenir en el tráfico internacional de mercancías
para los efectos de la recaudación de los tributos que
gravan las mismas y de aplicar la legislación aduanera,
relativa a la importación, exportación, y otros regímenes
aduaneros de mercancías, de percibir y hacer percibir los
tributos aduaneros que les sean aplicables y de cumplir las
demás funciones que se le encomienden (LGA 3).
 Los “otros regímenes aduaneros de mercancías” son:
 Admisión temporal p/reexportación mercancías mismo estado,
 Admisión temporal para perfeccionamiento activo (RITEX),
 Régimen de reposición de mercancías en franquicia arancelaria,
 EL D.U.I. la Importación, el D.U.E. la Exportación. Y otros.
 “La Legislación Aduanera es: conjunto de disposiciones
legales, reglamentarias y administrativas que la Aduana
está expresamente encargada de aplicar en operaciones
aduaneras y de comercio exterior” (LGA).
 (Régimen de Internación Temporal para Exportación - RITEX)
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 La ANB, en un principio nació como fuente de régimen fiscal
(recaudación de impuestos), pero con el tiempo sirvió como
una barrera para la protección de las industrias.
 NATURALEZA
 La ANB, se instituye como ”entidad de derecho público, de
carácter autárquico, con jurisdicción nacional”, duración
indefinida, personería jurídica y patrimonio propios (LGA 29).
 La ANB, tendrá autonomía técnica, operativa, financiera
(autarquía) y administrativa. Cumple funciones bajo tuición
del Ministerio de Hacienda (RLGA 23).
 La tuición es la atribución y responsabilidad de un Ministerio
de verificar el cumplimiento de las políticas, normas, misión
(objetivos) y visión (metas y resultados) previstos en el POA
de la ANB, concordante Ley N°1178 SAFCO de 20 de julio
de 1990 (RLGA 23).
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 MISIÓN Y VISIÓN DE LA ADUANA NACIONAL
 MISIÓN Controlar el tráfico internacional de mercancías.
Su objeto principal de la Aduana Nacional es controlar el
tráfico internacional de mercancías (RLGA 24).
 VISIÓN Recaudar los tributos aduaneros (RLGA 24).
 PATRIMONIO DE LA ADUANA NACIONAL
 El patrimonio de la Aduana Nacional estará conformado
por (LGA 29, RLGA 27):
 Los bienes muebles e inmuebles asignados por el Estado;
 El presupuesto superior al dos (2%) por ciento de la
recaudación anual de tributos en efectivo.
 Donaciones, aportes extraordinarios y transferencias de
otras fuentes públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
 Estos recursos se administrarán de conformidad a la Ley
N°1178 Sistema de Administración, Fiscalización y Control
gubernamentales (SAFCO) de 20 de julio de 1990 y
normas conexas.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 INGRESOS PROPIOS
 Constituyen ingresos propios (RLGA 29) los recursos generados por:
 a) Los servicios especiales que preste, tales como provisión de
precintos aduaneros, control de tránsitos mediante tarjeta magnética,
aforos físicos fuera de recintos aduaneros autorizados sean de
importación o exportación, servicio electrónico de registro informático
y otros cuya vigencia y aplicación se establecerá mediante resolución
de la máxima autoridad normativa de la Aduana Nacional.
 b) El producto de las multas por incumplimiento de contratos y por
contravenciones.
 c) Los provenientes de contratos de concesión de servicios otorgados
a otras instituciones. En el caso de los recursos correspondientes a la
concesión de depósitos aduaneros, éstos podrán ser utilizados para
el mejoramiento o construcción de infraestructura aduanera,
equipamiento aduanero, control y supervisión de concesionarios.
 d) El valor de las ventas de información estadística de uso comercial
y de publicaciones.
 e) El producto de la venta de bases administrativas de licitaciones y
concursos.
 f) El producto de las subastas públicas que realice de las mercancías
en el porcentaje legal establecido, o de los bienes de su patrimonio.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 FUNCIONES DE LA ANB: Realiza las siguientes
funciones (CT 66, 145; RLGA 31):
 Inspecciones respecto a toda mercancía que sea
necesaria.
 Proporcionar información precisa sobre la
clasificación arancelaria de las mercancías.
 Determinar, calcular y recaudar la deuda tributaria.
 Efectuar actos de cobranza coactiva de los tributos
que le correspondan.
 Conceder prórrogas y facilidades de pago.
 Emitir normas de carácter técnico en materia
aduanera.
 Emitir normas que regulen la actividad de los
usuarios del servicio aduanero.
 Compilar información estadística del comercio
exterior nacional.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 FUNCIONES DE LA ANB: Realiza las siguientes
funciones (CT 66, 145; RLGA 31):
 Ejecutar medidas precautorias y de ejecución tributaria,
previa autorización de juez.
 Revisar extraordinariamente actos administrativos.
 Sancionar contravenciones, que no constituyan delitos;
 Aplicar devolución impositiva a contribuyentes.
 Prevenir los ilícitos tributarios.
 Capacitar a su personal.
 Establecer relaciones interinstitucionales con otros
organismos que intervienen en el tráfico y control de
mercancías.
 Evaluar las actividades de los auxiliares de la función
pública aduanera (Despachante de Aduana, Consejo de
Quejas) y de las personas naturales y jurídicas que
efectúen o participen en operaciones de comercio
exterior.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 EXCLUSIVIDAD
 Ninguna autoridad u organismo del Estado distinta de
la aduanera podrá ejercer funciones de control
aduanero (RLGA 26).
 La Aduana Nacional es el organismo del Estado a
quien compete emitir opinión técnica y tributaria
aduanera.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 EL DESPACHO ADUANERO
 Es el cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias
para exportar las mercancías, importarlas para el consumo o
someterlas a otro régimen aduanero (LGA 74, Anexo; RLGA 99).
 El despacho aduanero será documental, público, simplificado y
oportuno en concordancia con los principios de buena fe,
transparencia y facilitación del comercio.
 Todo despacho aduanero será realizado por un Despachante de
Aduana habilitado. El Control Aduanero es el conjunto de medidas
adoptadas por la ANB con el objeto de asegurar el cumplimiento
de la legislación aduanera y de otras disposiciones para su
aplicación y ejecución. La ANB, por Resolución de Directorio,
podrá restringir el despacho aduanero en
determinadas Administraciones Aduaneras (Art 99° DS N° 25870).
 La Administración Aduanera esta desconcentrada de la Aduana
Nacional, que asume las funciones de control y fiscalización del
ingreso y salida de mercancías, medios y unidades de transporte
también controla en zonas francas (DS N°470 Art. 2 inciso a).
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 REGIMENES ADUANEROS
 es el tratamiento aplicable a las mercaderías sometidas al
control de la Aduana de acuerdo con las leyes y reglamentos
aduaneros, según la naturaleza y objetivos de la operación.
 MERCANCÍAS OBJETO DE CONTROL DE LA ADUANA
 Las mercancías que se encuentran sujetas a un Control
Aduanero son todas aquellas que entran y salen de un territorio
aduanero nacional a otro.
 El Control, Aduanero es el conjunto de medidas adoptadas por al
AN con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación
aduanera y de otras disposiciones cuya aplicación y ejecución
es de su competencia.
 Las mercancías sujetas a Control Aduanero son las que se
transportan por territorio aduanero primario; sin embargo, a
objeto de ejercer un control para evitar ilícitos aduaneros, la
Aduana Nacional realiza un control efectivo en el territorio
aduanero secundario, con la participación de la Unidad De
Control Operativo Aduanero (COA).
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 REGIMEN ADUANERO: CLASIFICACIÓN
 1. Definitivos:
 Importación definitiva y
 Exportación definitiva
 2. Suspensivos:
 Admisión temporal
 Exportación temporal
 Régimen De Admisión Temporal Para
Perfeccionamiento Activo (RITEX)
 Zonas francas
 3. Transitorios:
 Tránsito aduanero
 Depósito aduanero
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 REGÍMENES ADUANEROS, de mercancías son:
 la importación para el consumo,
 la Admisión de mercaderías con exoneración de tributos aduaneros
de importación,
 la Reimportación en el Mismo Estado,
 la Exportación definitiva,
 el Transito aduanero,
 el Transbordo,
 el Depósito de aduana,
 la Devolución del gravamen arancelario (Draw Back),
 la Admisión temporal para reexportación de mercancías en el
mismo estado,
 la Admisión temporal para perfeccionamiento activo (RITEX),
 el Régimen de reposición de mercancías en franquicia arancelaria,
 la Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo,
 el Régimen de viajeros,
 la Introducción de menaje doméstico,
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 REGÍMENES ADUANEROS, de mercancías son:
 los Envíos de paquetes postales y de correspondencia,
 el Ingreso y salida de documentos,
 el Cabotaje,
 las Tiendas libres de tributos (duty free shops),
 las Mercancías para ferias de exposición internacional,
 la Permanencia o salida de los muestrarios para fines de exhibición,
 la Consolidación y Desconsolidación de Carga Internacional,
 el Material para uso aeronáutico,
 los Efectos personales de miembros de tripulación,
 los Vehículos de turismo,
 el ingreso y salida de bienes de uso militar y material bélico,
 la importación del material monetario,
 el equipamiento destinado a las instituciones públicas de salud,
 los materiales y suministros para fines de investigación científica y
tecnológica mediante autorización ministerial y,
 las Zonas Francas.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 LA IMPORTACIÓN
 Es el ingreso legal de cualquier mercancía procedente de territorio extranjero a
territorio aduanero nacional (Art. 82 LGA).
 No se permite la importación a territorio aduanero nacional de mercancías
nocivas para el medio ambiente, la salud y vida humanas, animal o contra la
preservación vegetal, así como los que atenten contra la seguridad del Estado
y el sistema económico financiero del Estado.
 Todas las mercancías se encuentran sujetas a medidas sanitarias y
fitosanitarias, para precautelar la salud animal y vegetal.
 INICIO DE OPERACIÓN de importación con el embarque de la mercancía en
el país de origen, acreditada mediante el correspondiente documento de
transporte.
 LOS PROCEDIMIENTOS para asegurar y verificar el cumplimiento de las
medidas sanitarias y fitosanitarias y la aplicación del Código
Alimentario (CODEX) establecido por la Organización Mundial del
Comercio (OMC), deberán limitarse a lo estrictamente razonable y necesario.
 DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS DE IMPORTACIÓN Es la explicación
realizada por escrito ante la Aduana, mediante la cual las personas interesadas
indican el régimen aduanero a aplicarse a las mercancías, proporcionando la
información necesaria que la Aduana requiera para la aplicación del régimen
aduanero correspondiente.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 LA IMPORTACIÓN
 CAUSALES DE RECHAZO DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS
 Existen diferentes causales para el rechazo
 ACEPTACIÓN DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS
 Es cuando la autoridad respectiva le asigne un número de trámite,
previa validación por el sistema informático aduanero o por medios
manuales, y es en ese momento que nace el hecho generador para el
pago respectivo de los tributos aduaneros.
 AUTORIZACIÓN DE LEVANTE DE MERCANCÍAS
 Otorga al consignatario para que retire la mercancía, una vez que haya
cumplido con todas las formalidades aduaneras,
 IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
 Las mercancías importadas procedentes de territorio extranjero o zona
franca, pueden permanecer definitivamente dentro del territorio
aduanero. Este régimen implica el pago total de los tributos aduaneros
de importación exigibles y el cumplimiento de las formalidades
aduaneras,
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 LA IMPORTACIÓN
 NACIONALIZACIÓN DE MERCADERÍA Cuando cumplan con el pago
de los tributos aduaneros exigibles para su importación.
 REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO Con exoneración de
tributos aduaneros de importación las mercancías que hubieran sido
exportadas temporalmente y se encontraban en libre circulación o
constituían productos compensadores, siempre que éste o las
mercancías no hayan sufrido en el extranjero ninguna transformación,
elaboración o reparación.
 IMPORTACIÓN CON EXONERACIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS
 Que gravan la importación, cuando se importe para fines específicos, en
virtud a Tratados o Convenios Internacionales o en Contratos de
carácter Internacional suscritos por Bolivia y ratificados por la Asamblea
Legislativa Plurinacional. La exoneración de tributos aduaneros se da en
el sector Diplomático y Religioso, tomando en cuenta siempre los
acuerdos internacionales.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 LA EXPORTACIÓN
 “Salida de cualquier mercancía de un territorio aduanero.” (LGA)
 “Exportación Definitiva de Mercancías y Servicios es el acto por el cual las
mercancías o servicios son comercializadas fuera del territorio aduanero”
(Art. 3 Ley No.- 1489 Ley de Desarrollo y Tratamiento Impositivo de las
Exportaciones).
 No Es Exportación
 Garantías De La Exportación
 La Admisión Temporal Para Reexportación De Mercancías En El Mismo
Estado
 Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (Ritex)
 Exportación Temporal Para Perfeccionamiento Pasivo
 Despacho En Exportación Temporal
 Reimportación Con Valor Agregado
 Cambio De Regímenes
 Régimen De Tránsito Aduanero
 Características Del Régimen De Tránsito Aduanero
 Transbordo. Características
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 RÉGIMEN DE DEPÓSITO ADUANERO
 ES una operación normal de importación de mercancía.
 El primer Régimen que se cumple a momento de que una
mercancía ingresa al país es el de Tránsito Aduanero y el
segundo régimen es el de Depósito Aduanero.
 “Los depósitos de Aduana son los espacios cubiertos o
descubiertos perfectamente delimitados, habilitados por la
aduana Nacional como Zonas Primarias, que tienen por objeto el
debido almacenamiento y custodia de las mercancías, hasta que
se aplique un Régimen Aduanero dentro de los plazos
establecidos por Ley” (RLGA 153).
 MODALIDADES
 a) DEPÓSITO TEMPORAL mercancías podrán permanecer por
el plazo máximo de sesenta (60) días.
 b) DEPÓSITO DE ADUANA. Donde las mercancías han sido
destinadas desde origen o transferidas de depósito temporal,
para su permanencia por un plazo máximo de dos (2) años.
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 c) DEPÓSITO TRANSITORIO. previa constitución de garantía,
para el almacenamiento de mercancías plazo máximo de
sesenta (60) días.
 d) DEPÓSITOS ESPECIALES. para el almacenamiento de
mercancías peligrosas, por el plazo máximo de sesenta (60)
días, como extensión de los depósitos de aduana a cargo de
concesionarios. Las modalidades de los depósitos estarán bajo
responsabilidad concesionario depósito de aduana.
 PARTE DE RECEPCIÓN
 Con este documento se cierra operación aduanera, al respecto
el Art. 161 del RLGA, determina que “El Parte de Recepción de
Mercancías constituye el único documento que acredita la
entrega y recepción de la mercancía en el depósito aduanero
para los fines legales consiguientes. Esta previsión incluye las
mercancías ingresadas a territorio nacional en el modo de
transporte por ductos, tuberías, cables y otros, en función a las
normas y procedimientos que fije la Aduana Nacional.”
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 LOS ILÍCITOS ADUANEROS (CONTRAVENCIONES)
 Es toda acción u omisión que infrinja la L.G.A.
 Los Delitos Aduaneros
 Contrabando
 Sanción Al Contrabando
 La Defraudación Aduanera
 Usurpación De Funciones Aduaneras
 Sustracción De Prenda Aduanera
 Falsificación De Documentos Aduaneros
 Asociación Delictiva Aduanera
 Falsedad Aduanera
 Cohecho Activo Y Pasivo Aduanero
 Tráfico De Influencias En La Actividad Aduanera
 Procedimiento Para Sancionar Los Delitos Aduaneros
LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA)
ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)
 BIBLIOGRAFIA
 Basado en:
 ARRATIA, Rosario,"La Aduana Nacional", Apuntes Juridicos™, 2012
http://jorgemachicado.blogspot.com/2012/10/anb.html
 Archivos de la Aduana Nacional de Bolivia
 Código de Referencia: BO.20105.ANB-ELLA/1
 Título /Nombre Atribuído: ARCHIVO CENTRAL DE LA ADUANA NACIONAL
DE BOLIVIA, GERENCIA REGIONAL LA PAZ
 http://censoarchivos.mcu.es/CensoGuia/fondoDetail.htm?id=1457527
 LEY GENERAL DE ADUANAS, Bolivia
 REGLAMENTO A LA LEY GENERAL DE ADUANAS
 http://www.ait.gob.bo/PUBLICACION_DE_INTERES/3.Normas_Tributarias/L
ey_General_Aduanas_y_Reglamento.pdf

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LEY GENERAL DE ADUANAS BOLIVIA

  • 1.
  • 2. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  ANTECEDENTES  De la ANB para el inicio de sus operaciones:  11/octubre/1892 se crea Intendencia General de Aduanas  A través DS de 29/abril/1929 Administración Aduanera.  D.L.1 de julio de 1930 Vigencia Administración Aduanera.  9 de marzo de 1932 Se eleva a Rango de Ley  28 de julio 1999 Ley General de Aduanas Ley N°1990.  11 de agosto de 2000 D.S.N°25870 R.L.G.A.  Ley N° 1990 L.G.A. pretende conformar una institución moderna y apta para los requerimientos actuales tanto procedimentales como: facilitación del comercio, control fronterizo, informatización de servicios, e implementación tecnológica.
  • 3. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  La ANB, es el organismo encargado de controlar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, intervenir en el tráfico internacional de mercancías para los efectos de la recaudación de los tributos que gravan las mismas y de aplicar la legislación aduanera, relativa a la importación, exportación, y otros regímenes aduaneros de mercancías, de percibir y hacer percibir los tributos aduaneros que les sean aplicables y de cumplir las demás funciones que se le encomienden (LGA 3).  Los “otros regímenes aduaneros de mercancías” son:  Admisión temporal p/reexportación mercancías mismo estado,  Admisión temporal para perfeccionamiento activo (RITEX),  Régimen de reposición de mercancías en franquicia arancelaria,  EL D.U.I. la Importación, el D.U.E. la Exportación. Y otros.  “La Legislación Aduanera es: conjunto de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que la Aduana está expresamente encargada de aplicar en operaciones aduaneras y de comercio exterior” (LGA).  (Régimen de Internación Temporal para Exportación - RITEX)
  • 4. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  La ANB, en un principio nació como fuente de régimen fiscal (recaudación de impuestos), pero con el tiempo sirvió como una barrera para la protección de las industrias.  NATURALEZA  La ANB, se instituye como ”entidad de derecho público, de carácter autárquico, con jurisdicción nacional”, duración indefinida, personería jurídica y patrimonio propios (LGA 29).  La ANB, tendrá autonomía técnica, operativa, financiera (autarquía) y administrativa. Cumple funciones bajo tuición del Ministerio de Hacienda (RLGA 23).  La tuición es la atribución y responsabilidad de un Ministerio de verificar el cumplimiento de las políticas, normas, misión (objetivos) y visión (metas y resultados) previstos en el POA de la ANB, concordante Ley N°1178 SAFCO de 20 de julio de 1990 (RLGA 23).
  • 5. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  MISIÓN Y VISIÓN DE LA ADUANA NACIONAL  MISIÓN Controlar el tráfico internacional de mercancías. Su objeto principal de la Aduana Nacional es controlar el tráfico internacional de mercancías (RLGA 24).  VISIÓN Recaudar los tributos aduaneros (RLGA 24).  PATRIMONIO DE LA ADUANA NACIONAL  El patrimonio de la Aduana Nacional estará conformado por (LGA 29, RLGA 27):  Los bienes muebles e inmuebles asignados por el Estado;  El presupuesto superior al dos (2%) por ciento de la recaudación anual de tributos en efectivo.  Donaciones, aportes extraordinarios y transferencias de otras fuentes públicas o privadas, nacionales o extranjeras.  Estos recursos se administrarán de conformidad a la Ley N°1178 Sistema de Administración, Fiscalización y Control gubernamentales (SAFCO) de 20 de julio de 1990 y normas conexas.
  • 6. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  INGRESOS PROPIOS  Constituyen ingresos propios (RLGA 29) los recursos generados por:  a) Los servicios especiales que preste, tales como provisión de precintos aduaneros, control de tránsitos mediante tarjeta magnética, aforos físicos fuera de recintos aduaneros autorizados sean de importación o exportación, servicio electrónico de registro informático y otros cuya vigencia y aplicación se establecerá mediante resolución de la máxima autoridad normativa de la Aduana Nacional.  b) El producto de las multas por incumplimiento de contratos y por contravenciones.  c) Los provenientes de contratos de concesión de servicios otorgados a otras instituciones. En el caso de los recursos correspondientes a la concesión de depósitos aduaneros, éstos podrán ser utilizados para el mejoramiento o construcción de infraestructura aduanera, equipamiento aduanero, control y supervisión de concesionarios.  d) El valor de las ventas de información estadística de uso comercial y de publicaciones.  e) El producto de la venta de bases administrativas de licitaciones y concursos.  f) El producto de las subastas públicas que realice de las mercancías en el porcentaje legal establecido, o de los bienes de su patrimonio.
  • 7. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  FUNCIONES DE LA ANB: Realiza las siguientes funciones (CT 66, 145; RLGA 31):  Inspecciones respecto a toda mercancía que sea necesaria.  Proporcionar información precisa sobre la clasificación arancelaria de las mercancías.  Determinar, calcular y recaudar la deuda tributaria.  Efectuar actos de cobranza coactiva de los tributos que le correspondan.  Conceder prórrogas y facilidades de pago.  Emitir normas de carácter técnico en materia aduanera.  Emitir normas que regulen la actividad de los usuarios del servicio aduanero.  Compilar información estadística del comercio exterior nacional.
  • 8. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  FUNCIONES DE LA ANB: Realiza las siguientes funciones (CT 66, 145; RLGA 31):  Ejecutar medidas precautorias y de ejecución tributaria, previa autorización de juez.  Revisar extraordinariamente actos administrativos.  Sancionar contravenciones, que no constituyan delitos;  Aplicar devolución impositiva a contribuyentes.  Prevenir los ilícitos tributarios.  Capacitar a su personal.  Establecer relaciones interinstitucionales con otros organismos que intervienen en el tráfico y control de mercancías.  Evaluar las actividades de los auxiliares de la función pública aduanera (Despachante de Aduana, Consejo de Quejas) y de las personas naturales y jurídicas que efectúen o participen en operaciones de comercio exterior.
  • 9. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  EXCLUSIVIDAD  Ninguna autoridad u organismo del Estado distinta de la aduanera podrá ejercer funciones de control aduanero (RLGA 26).  La Aduana Nacional es el organismo del Estado a quien compete emitir opinión técnica y tributaria aduanera.
  • 10. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  EL DESPACHO ADUANERO  Es el cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para exportar las mercancías, importarlas para el consumo o someterlas a otro régimen aduanero (LGA 74, Anexo; RLGA 99).  El despacho aduanero será documental, público, simplificado y oportuno en concordancia con los principios de buena fe, transparencia y facilitación del comercio.  Todo despacho aduanero será realizado por un Despachante de Aduana habilitado. El Control Aduanero es el conjunto de medidas adoptadas por la ANB con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera y de otras disposiciones para su aplicación y ejecución. La ANB, por Resolución de Directorio, podrá restringir el despacho aduanero en determinadas Administraciones Aduaneras (Art 99° DS N° 25870).  La Administración Aduanera esta desconcentrada de la Aduana Nacional, que asume las funciones de control y fiscalización del ingreso y salida de mercancías, medios y unidades de transporte también controla en zonas francas (DS N°470 Art. 2 inciso a).
  • 11. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  REGIMENES ADUANEROS  es el tratamiento aplicable a las mercaderías sometidas al control de la Aduana de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, según la naturaleza y objetivos de la operación.  MERCANCÍAS OBJETO DE CONTROL DE LA ADUANA  Las mercancías que se encuentran sujetas a un Control Aduanero son todas aquellas que entran y salen de un territorio aduanero nacional a otro.  El Control, Aduanero es el conjunto de medidas adoptadas por al AN con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera y de otras disposiciones cuya aplicación y ejecución es de su competencia.  Las mercancías sujetas a Control Aduanero son las que se transportan por territorio aduanero primario; sin embargo, a objeto de ejercer un control para evitar ilícitos aduaneros, la Aduana Nacional realiza un control efectivo en el territorio aduanero secundario, con la participación de la Unidad De Control Operativo Aduanero (COA).
  • 12. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  REGIMEN ADUANERO: CLASIFICACIÓN  1. Definitivos:  Importación definitiva y  Exportación definitiva  2. Suspensivos:  Admisión temporal  Exportación temporal  Régimen De Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (RITEX)  Zonas francas  3. Transitorios:  Tránsito aduanero  Depósito aduanero
  • 13. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  REGÍMENES ADUANEROS, de mercancías son:  la importación para el consumo,  la Admisión de mercaderías con exoneración de tributos aduaneros de importación,  la Reimportación en el Mismo Estado,  la Exportación definitiva,  el Transito aduanero,  el Transbordo,  el Depósito de aduana,  la Devolución del gravamen arancelario (Draw Back),  la Admisión temporal para reexportación de mercancías en el mismo estado,  la Admisión temporal para perfeccionamiento activo (RITEX),  el Régimen de reposición de mercancías en franquicia arancelaria,  la Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo,  el Régimen de viajeros,  la Introducción de menaje doméstico,
  • 14. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  REGÍMENES ADUANEROS, de mercancías son:  los Envíos de paquetes postales y de correspondencia,  el Ingreso y salida de documentos,  el Cabotaje,  las Tiendas libres de tributos (duty free shops),  las Mercancías para ferias de exposición internacional,  la Permanencia o salida de los muestrarios para fines de exhibición,  la Consolidación y Desconsolidación de Carga Internacional,  el Material para uso aeronáutico,  los Efectos personales de miembros de tripulación,  los Vehículos de turismo,  el ingreso y salida de bienes de uso militar y material bélico,  la importación del material monetario,  el equipamiento destinado a las instituciones públicas de salud,  los materiales y suministros para fines de investigación científica y tecnológica mediante autorización ministerial y,  las Zonas Francas.
  • 15. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  LA IMPORTACIÓN  Es el ingreso legal de cualquier mercancía procedente de territorio extranjero a territorio aduanero nacional (Art. 82 LGA).  No se permite la importación a territorio aduanero nacional de mercancías nocivas para el medio ambiente, la salud y vida humanas, animal o contra la preservación vegetal, así como los que atenten contra la seguridad del Estado y el sistema económico financiero del Estado.  Todas las mercancías se encuentran sujetas a medidas sanitarias y fitosanitarias, para precautelar la salud animal y vegetal.  INICIO DE OPERACIÓN de importación con el embarque de la mercancía en el país de origen, acreditada mediante el correspondiente documento de transporte.  LOS PROCEDIMIENTOS para asegurar y verificar el cumplimiento de las medidas sanitarias y fitosanitarias y la aplicación del Código Alimentario (CODEX) establecido por la Organización Mundial del Comercio (OMC), deberán limitarse a lo estrictamente razonable y necesario.  DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS DE IMPORTACIÓN Es la explicación realizada por escrito ante la Aduana, mediante la cual las personas interesadas indican el régimen aduanero a aplicarse a las mercancías, proporcionando la información necesaria que la Aduana requiera para la aplicación del régimen aduanero correspondiente.
  • 16. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  LA IMPORTACIÓN  CAUSALES DE RECHAZO DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS  Existen diferentes causales para el rechazo  ACEPTACIÓN DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS  Es cuando la autoridad respectiva le asigne un número de trámite, previa validación por el sistema informático aduanero o por medios manuales, y es en ese momento que nace el hecho generador para el pago respectivo de los tributos aduaneros.  AUTORIZACIÓN DE LEVANTE DE MERCANCÍAS  Otorga al consignatario para que retire la mercancía, una vez que haya cumplido con todas las formalidades aduaneras,  IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO  Las mercancías importadas procedentes de territorio extranjero o zona franca, pueden permanecer definitivamente dentro del territorio aduanero. Este régimen implica el pago total de los tributos aduaneros de importación exigibles y el cumplimiento de las formalidades aduaneras,
  • 17. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  LA IMPORTACIÓN  NACIONALIZACIÓN DE MERCADERÍA Cuando cumplan con el pago de los tributos aduaneros exigibles para su importación.  REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO Con exoneración de tributos aduaneros de importación las mercancías que hubieran sido exportadas temporalmente y se encontraban en libre circulación o constituían productos compensadores, siempre que éste o las mercancías no hayan sufrido en el extranjero ninguna transformación, elaboración o reparación.  IMPORTACIÓN CON EXONERACIÓN DE TRIBUTOS ADUANEROS  Que gravan la importación, cuando se importe para fines específicos, en virtud a Tratados o Convenios Internacionales o en Contratos de carácter Internacional suscritos por Bolivia y ratificados por la Asamblea Legislativa Plurinacional. La exoneración de tributos aduaneros se da en el sector Diplomático y Religioso, tomando en cuenta siempre los acuerdos internacionales.
  • 18. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  LA EXPORTACIÓN  “Salida de cualquier mercancía de un territorio aduanero.” (LGA)  “Exportación Definitiva de Mercancías y Servicios es el acto por el cual las mercancías o servicios son comercializadas fuera del territorio aduanero” (Art. 3 Ley No.- 1489 Ley de Desarrollo y Tratamiento Impositivo de las Exportaciones).  No Es Exportación  Garantías De La Exportación  La Admisión Temporal Para Reexportación De Mercancías En El Mismo Estado  Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (Ritex)  Exportación Temporal Para Perfeccionamiento Pasivo  Despacho En Exportación Temporal  Reimportación Con Valor Agregado  Cambio De Regímenes  Régimen De Tránsito Aduanero  Características Del Régimen De Tránsito Aduanero  Transbordo. Características
  • 19. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  RÉGIMEN DE DEPÓSITO ADUANERO  ES una operación normal de importación de mercancía.  El primer Régimen que se cumple a momento de que una mercancía ingresa al país es el de Tránsito Aduanero y el segundo régimen es el de Depósito Aduanero.  “Los depósitos de Aduana son los espacios cubiertos o descubiertos perfectamente delimitados, habilitados por la aduana Nacional como Zonas Primarias, que tienen por objeto el debido almacenamiento y custodia de las mercancías, hasta que se aplique un Régimen Aduanero dentro de los plazos establecidos por Ley” (RLGA 153).  MODALIDADES  a) DEPÓSITO TEMPORAL mercancías podrán permanecer por el plazo máximo de sesenta (60) días.  b) DEPÓSITO DE ADUANA. Donde las mercancías han sido destinadas desde origen o transferidas de depósito temporal, para su permanencia por un plazo máximo de dos (2) años.
  • 20. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  c) DEPÓSITO TRANSITORIO. previa constitución de garantía, para el almacenamiento de mercancías plazo máximo de sesenta (60) días.  d) DEPÓSITOS ESPECIALES. para el almacenamiento de mercancías peligrosas, por el plazo máximo de sesenta (60) días, como extensión de los depósitos de aduana a cargo de concesionarios. Las modalidades de los depósitos estarán bajo responsabilidad concesionario depósito de aduana.  PARTE DE RECEPCIÓN  Con este documento se cierra operación aduanera, al respecto el Art. 161 del RLGA, determina que “El Parte de Recepción de Mercancías constituye el único documento que acredita la entrega y recepción de la mercancía en el depósito aduanero para los fines legales consiguientes. Esta previsión incluye las mercancías ingresadas a territorio nacional en el modo de transporte por ductos, tuberías, cables y otros, en función a las normas y procedimientos que fije la Aduana Nacional.”
  • 21. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  LOS ILÍCITOS ADUANEROS (CONTRAVENCIONES)  Es toda acción u omisión que infrinja la L.G.A.  Los Delitos Aduaneros  Contrabando  Sanción Al Contrabando  La Defraudación Aduanera  Usurpación De Funciones Aduaneras  Sustracción De Prenda Aduanera  Falsificación De Documentos Aduaneros  Asociación Delictiva Aduanera  Falsedad Aduanera  Cohecho Activo Y Pasivo Aduanero  Tráfico De Influencias En La Actividad Aduanera  Procedimiento Para Sancionar Los Delitos Aduaneros
  • 22. LEY GENERAL DE ADUANAS (LGA) ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA (ANB)  BIBLIOGRAFIA  Basado en:  ARRATIA, Rosario,"La Aduana Nacional", Apuntes Juridicos™, 2012 http://jorgemachicado.blogspot.com/2012/10/anb.html  Archivos de la Aduana Nacional de Bolivia  Código de Referencia: BO.20105.ANB-ELLA/1  Título /Nombre Atribuído: ARCHIVO CENTRAL DE LA ADUANA NACIONAL DE BOLIVIA, GERENCIA REGIONAL LA PAZ  http://censoarchivos.mcu.es/CensoGuia/fondoDetail.htm?id=1457527  LEY GENERAL DE ADUANAS, Bolivia  REGLAMENTO A LA LEY GENERAL DE ADUANAS  http://www.ait.gob.bo/PUBLICACION_DE_INTERES/3.Normas_Tributarias/L ey_General_Aduanas_y_Reglamento.pdf