La nueva ley, que entra en vigor el 8 de julio próximo, busca prohibir la exhibición de animales en circos. Los dueños están preocupados por el destino de las bestias, pues no pueden seguir costeando su oneroso cuidado. Los grandes zoológicos han dicho que sería complicado poder recibirlos. Muchos de los circos que trabajaban en el DF y en algunos municipios, cerraron a raíz de la nueva ley. No Se han tomado medidas oficiales para solucionar el problema.
sesion 1-salud publica-repaso de preguntas de examen 2 grupo.pdf
Efectos de las Reformas ambientales y de Vida silvestre en México.
1. La conmiseración con los animales está íntimamente ligada con la
bondad de carácter, de tal suerte que se puede afirmar seguro que
quien es cruel con los animales, no puede ser buena persona. Una
compasión por todos los seres vivos es la prueba más firme y
segura de la conducta moral.
~Arthur Schopenhauer
SEMESTRE ENERO - JUNIO 2015
“Competencias Comunicativas”
Mtra. Frida Varinia Ramos Koprivitza
Ensayando sobre los efectos de las reformas a la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente y la Ley General de Vida Silvestre en México.
EL ABARLOAR:
La flora y fauna silvestres, son
elementos de la biodiversidad,
representan valores éticos,
culturales, económicos, políticos,
ecológicos, recreacionales,
educativos y científicos, que han ido
de la mano con el desarrollo de la
humanidad y la historia de la tierra.
Es prioritario proteger y conservar
los ecosistemas y hábitat representativos del país para procurar la
sustentabilidad de los recursos naturales.
Alumno:
Isaac Aldemar Castrejón Armenta
1º B
RESUMEN:
La nueva ley, que entra en vigor el 8 de julio
próximo, busca prohibir la exhibición de
animales en circos. Los dueños están
preocupados por el destino de las bestias,
pues no pueden seguir costeando su oneroso
cuidado. Los grandes zoológicos han dicho
que sería complicado poder recibirlos. Muchos
de los circos que trabajaban en el DF y en
algunos municipios, cerraron a raíz de la
nueva ley. No Se han tomado medidas
oficiales para solucionar el problema.
2. De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) Art. 3º fracción 46,
[…] la “vida silvestre” son los organismos que subsisten sujetos a los
procesos de evolución natural y que se desarrollan libremente en su
hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e individuos que se
encuentran bajo el control del hombre, así como los ferales. (Diario Oficial de
la Federación, 2015).
México es el tercer de los países con más biodiversidad del mundo siendo
el número cuatro en anfibios y plantas, el segundo lugar en mamíferos y
primer lugar en riqueza de reptiles.
Por otra parte, además de los servicios ambientales que la flora y fauna
silvestres brindan, resulta importante proteger y conservar los ecosistemas
y hábitat representativos del país. Para así procurar la sustentabilidad de
los recursos naturales que en la actualidad enfrentan una de las crisis
ambientales más severas.
Existen factores directos (El cambio de uso de suelo, el cambio climático,
las especies invasoras, la sobreexplotación de los recursos naturales de
interés comercial y la contaminación de aire, agua y suelo.) e indirectos (La
dinámica demográfica de la población humana, las tecnologías usadas en
el aprovechamiento de los recursos naturales, los patrones y niveles de
consumo.) que originan la disminución de la biodiversidad, deterioro de
servicios ambientales, reducción del bienestar humano, etc.
Contradicción a lo especificado en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos respecto a las garantías individuales sobre el goce de un
medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de sus habitantes.
Ante tal situación, ha sido necesario formular marcos legislativos que
regulen el aprovechamiento de los recursos naturales y planeen su uso
para resolver y remediar la problemática ambiental, incluyendo la flora y
fauna silvestres.
EL ABORDAJE:
3. Con la publicación del Decreto Oficial del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos el 9 de Enero del 2015, se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al
ambiente y de la ley general de vida silvestre. Entrara en vigor 120 días
después de su expedición.
Por ejemplo, la edición del Art. 87º Bis. 2 De la Ley (LGEEP) señala […] el
Estado Federal determinará las condiciones de cautiverio,
exhibición, transporte, alimentación,
explotación, entrenamiento, manutención y sacrificio de los animales, así
como vigilar su cumplimiento. (Diario Oficial de la Federación, 2015).
La nueva versión de la Ley, que establece que los animales deben
desarrollarse en su hábitat natural, busca acabar con la crueldad contra los
animales ¿Será del todo cierto?, algo por lo que las organizaciones de la
sociedad civil habían estado presionando al gobierno.
"El ruiseñor se niega a anidar en la jaula, para que la esclavitud no sea el
destino de su cría" (Gibràn Jalil Gibràn, artista).
Lamentablemente, a pesar de que las Reformas tienen un fin benevolente
para la fauna, esta misma no contempla la existencia de albergues
temporales o definitivos para el mantenimiento general de las especies de
vida silvestre embargadas por el gobierno a los dueños de estas, ya sea en
circos o instituciones relacionadas al mundo del espectáculo. Además se
dio un golpe económico a los empresarios que viven de este mundo
dejando aproximadamente a dos mil personas desempleadas y
aumentando por la quiebra de los circos.
Se reforma el Art. 78º de la Ley (LGVS) […] los predios e instalaciones que
manejen vida silvestre en forma confinada, como zoológicos,
espectáculos públicos y colecciones privadas, sólo podrán operar si
cuentan con planes de manejo autorizados por la Secretaría. Queda
prohibido el uso de ejemplares de vida silvestre en circos. (Diario Oficial de la
Federación, 2015).
4. Comienza un plazo de seis meses para que los circos retiren de sus
espectáculos a sus ejemplares de vida silvestre. Ante la aprobación de
la Ley Animal es así como más de cuatro mil animales de los cuales dos mil
quinientas especies son exóticas y salvajes entre los que sobresalen tigres,
elefantes, jirafas, camellos, chimpancés, orangutanes, flamencos, osos,
etc.; el resto se complementa con animales domésticos, como perros y
caballos, tales fueron embargados por el gobierno Federal que eran
utilizados en circos, o preservados en cautiverio por coleccionistas sin la
documentación y condiciones necesarias para su preservación, quedando
en un limbo con una finitud que se aproxima rápidamente.
Ante tal situación el gobierno está tomando en consideración la aberrante
opción del sacrificio masivo de las especies debido a la falta de espacios
para su conservación. Entonces, ¿Es acaso, el costo necesario para un
futuro bien en los derechos de la vida animal y su conservación en nuestro
país?, ¿Algo que fue buscado durante tanto tiempo? Demostrando así la
falta de responsabilidad deontológica y moral para enfrentar un problema
derivado de una decisión precipitada.
Anteriormente varios propietarios de los circos han intentado vender a los
animales a distintos zoológicos pero debido a la falta de recursos, así
como al alto precio que tienen y a lo costoso que resulta mantenerlos es
difícil que alguien se haga cargo de las criaturas. Una medida adecuada
para intentar reguardar a las especies.
Sin duda un momento crítico y una responsabilidad enorme para el
gobierno de México.
TIERRA A LA VISTA:
La reforma y aplicación de esta ley fue muy apresurada y no se midió la
magnitud del impacto de la misma dentro del territorio nacional, de igual
manera, de una forma burda no se tomaron ningún tipo de medidas para el
cuidado actual y futuro de las especies.
5. Las autoridades federales, sobre todo la Procuraduría Federal de Protección
al Ambiente (Profepa), deben intervenir en este tema y dar una solución
real al problema con la posible creación de un santuario biosustentable
para todos los animales de circos en el país.
La creación de Albergues temporales por parte de las Unidades de Manejo
Ambiental sería una buena opción para retener el problema.
Finalizando con que los sistemas no son funcionales sin la debida
contemplación y medidas de prevención para evitar incontinencias de
cualquier tipo, donde no se ponga en riesgo la integridad de ningún
individuo o ser vivo.
REFERENCIAS:
SIPSE 21 Marzo 2015, México, D.F. (Disponible en:
http://sipse.com/mexico/animales-de-circo-sacrificio-falta-espacios-
conservacion-143106.html consultado en Junio 2015)
CNN PLANET 09 de enero 2015, México, D.F. (Disponible en:
http://mexico.cnn.com/nacional/2015/01/09/el-gobierno-echa-a-andar-la-
reforma-que-prohibe-animales-en-los-circos consultado en Junio 2015)
MIOPLANET Mayo 2009, (Disponible en http://mioplanet.org/frases-
ecologistas-y-m%C3%A1s consultado en Junio 2015)
REFORMAS: LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA
PROTECCIÓN AL AMBIENTE. Cámara de Diputados del H. Congreso de la
Unión, México. 05 de Noviembre 2013. (LEY). Consultado en Junio de 2015.
MONROY, Crueldad contra animales, en aumento; Paulina Monroy (11 de
octubre de 2009). «Crueldad contra animales, en aumento». Artículo
periodístico (Contralínea). Consultado en Junio de 2015.
RYDER, RICHARD. Animal Revolution: Changing Attitudes Towards
Speciesism. Berg, 2000, p. 17. Español: Revolución animal: Actitudes hacia
el especismo en cambio. Consultado en Junio de 2015.
GLOSARIO DE T’ÈRMINOS:
6. CONMISERACIÓN: Compasión que se siente ante el mal ajeno:
sus penurias le producían conmiseración.
FERALES: Es decir bestias que han pasado del estado doméstico al salvaje y sus
camadas asilvestradas.
PREDIOS: Finca rústica, heredad o bien inmueble.