2. • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), artículo 135,
“…quién aspire al ejercicio de cualquier profesión, tiene el deber de prestar
servicio a la comunidad, durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la
ley.
• Ley del Servicio comunitario del Estudiante de Educación Superior. (2005)
•Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del
título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter
laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.
Marco Legal del Servicio Comunitario
Artículo 8 . El servicio comunitario tendrá una duración mínima de
ciento veinte horas académicas, las cuales se deben cumplir en un
lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación
superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su
régimen académico.
• Circulares N° DGDE-000001-08, DGDE 000001-09 y DGIESDE-000002-10 del
Ministerio del Poder Popular de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.
(2008, 2009 y 2010)
3. El Servicio Comunitario es la actividad que deben desarrollar
en las comunidades los estudiantes de educación superior
que cursan estudios de formación profesional, aplicando los
conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y
humanísticos adquiridos durante su formación académica,
en beneficio de la comunidad, para cooperar con su
participación al cumplimiento de los fines del bienestar social,
de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y la Ley del Servicio
Comunitario. Artículo 4, Ley de Servicio Comunitario del
Estudiante de Educación Superior, 2005.
Definición del Servicio Comunitario
4. ¿Quiénes deben prestar el
Servicio Comunitario?
• Las y los estudiante de educación superior, que a
nivel de pregrado aspiren al ejercicio de cualquier
profesión. (CRBV, 1999).
• Las y los estudiantes de educación superior que
cursan estudios de formación profesional. (LSCEES,
2005).
5. ¿Quiénes Exentan y convalidan el
Servicio Comunitario
EXENTOS
CONVALIDACIÓN
Aquellos que ya tengan otros estudios
universitarios.
Disposiciones Transitorias Ley de Servicio
Comunitario del Estudiante de Educación
Superior
Aquellos que estén ejecutando proyecto de
acción social o comunitaria y tengan medios de
verificación. Disposiciones Transitorias Ley de
Servicio Comunitario del Estudiante de Educación
Superior
6. ¿CON QUÉ CONTAMOS PARA EL SERVICIO
COMUNITARIO?
FORTALEZAS
Cuáles aspectos tenemos
favorables para interactuar
con otros y llevar a cabo el
servicio comunitario.
DEBILIDADES
Qué elementos actitudinales
tenemos que puedan ser un
obstáculo para el ejercicio de
las actividades en el servicio
comunitario.
OPORTUNIDADES
Con cuáles recursos contamos
en nuestro alrededor, para
desarrollar una actividad en el
servicio comunitario.
AMENAZAS
Qué factores de nuestro
alrededor pueden impedir la
realización de actividades en
nuestro servicio comunitario.
7. APLICANDO SABERES
Cada grupo de estudiantes se les dará una situación
límite (problema específico) a fin de generar una
propuesta de intervención para solventar el caso
hipotético. Esto deberá ser expuesto por sus
compañeros al grupo.
Las y los estudiantes deben exponer:
objetivo general, objetivos específicos,
actividades a desarrollar, describiendo
la población a abordar y resultado final.
8. ¿CUÁLES SON LOS PRO Y CONTRAS?
Reflexionemos acerca de la experiencia del Servicio
Comunitario, el enriquecimiento del mismo para
nuestra formación profesional y laboral