Este documento resume la historia de los estatutos docentes en Colombia desde 1968 hasta la actualidad. Ha habido 225 huelgas que lograron el Estatuto Docente de 1979, pero este ha sufrido recortes que han generado diferentes condiciones laborales. La Ley 715 de 2001 privatizó la educación y recortó derechos laborales de los docentes, lo que FECODE se opone. FECODE propone un nuevo Estatuto Docente que reconozca la experiencia del decreto 2277/79 y mejore las condiciones de los docentes.
1ro Programación Anual D.P.C.C planificación anual del área para el desarroll...
Contexto carrera docente U Autónoma-Med-agosto-2012-
1. OVER DORADO CARDONA
Ejecutivo de FECODE
http://overdorado.blogspot.com/
www.facebook.com/overdorado
http://twitter.com/@OverDoradoC
overdocar.fecodecolombia@gmail.com
2. . Después de 225 huelgas
departamentales y
nacionales (1968-78) se
logró el Estatuto Docente,
Decreto 2277 de 1979.
Posteriormente esta ha
sufrido recortes que han
generado diferentes
condiciones laborales,
salariales y prestacionales.
3. En el marco de la La profesión docente ha
ejecución y profundización
sido objeto de agudas
de la política neoliberal en
reformas que apuntan a
el sector educativo:
deteriorar el sentido y las
Privatización,
condiciones de su
mercantilización y
ejercicio.
racionalización del “gasto”
publico ….
Es así, que en el 2001 el
Se consolida en la parte
gobierno asesta un duro legal con los recortes a la
golpe a la educación la transferencias (Actos
salud, el saneamiento legislativos 01-2001 y 04-
básico y agua potable. 2007)
4. Este recorte se normatiza con la Se adecua la educación a la lógica
Ley 715 de 2001: del mercado.
Centrada en la privatización y Se da una reconfiguración del
certificación de municipios e
instituciones, con esto se sistema educativo, profundizando
promueve y se profundiza la el criterio de racionalidad
autogestión en los colegios, la económica, que desmejora el
descentralización administrativa sistema en su conjunto que para
y financiera de municipios y de nuestra profesión docente, se
las IE, la flexibilización laboral y
la “Racionalización” del gasto. expresa:
- Violación y perdida de derechos
laborales, sociales, humanos,
profesionales y académicos.
- Recorte de libertades políticas:
derecho de asociación y huelga.
5. ARTICULO 125. Los empleos en los órganos y • ARTÍCULO 105. VINCULACIÓN AL
entidades del Estado son de carrera. Se SERVICIO EDUCATIVO ESTATAL. La
exceptúan los de elección popular, los de vinculación de personal docente,
libre nombramiento y remoción, los de
trabajadores oficiales y los demás que directivo y administrativo al servicio
determine la ley. público educativo estatal, sólo podrá
• Los funcionarios, cuyo sistema de efectuarse mediante nombramiento
nombramiento no haya sido determinado hecho por decreto y dentro de la planta
por la Constitución o la ley, serán de personal aprobada por la respectiva
nombrados por concurso público. entidad territorial.
• El ingreso a los cargos de carrera y el
• Únicamente podrán ser nombrados
ascenso en los mismos, se harán previo como educadores o funcionarios
cumplimiento de los requisitos y administrativos de la educación estatal,
condiciones que fije la ley para dentro de la planta de personal, quienes
determinar los méritos y calidades de los previo concurso, hayan sido
aspirantes. seleccionados y acrediten los requisitos
• El retiro se hará: por calificación no legales.
satisfactoria en el desempeño del • <Inciso 3o. derogado por el
empleo; por violación del régimen artículo 113 de la Ley 715 de 2001>.
disciplinario y por las demás causales
previstas en la Constitución o la ley.
CN -1991: PRiNCiPiO CONstituCiONAl lEy GENERAl DE lA
- ARt. 125 y 131 EDuCACióN –lEy 115 DE 1994.
6. 1. Salario de ingreso a la carrera docente.
2. Requisitos de ingreso.
3. Escala salarial única nacional y grados de escalafón.
4. Incentivos a mejoramiento profesional, desempeño en el aula,
ubicación en zonas rurales apartadas, áreas de especialización.
5. Mecanismos de evaluación, capacitación, permanencia,
ascensos y exclusión de la carrera.
6. Oportunidades de mejoramiento académico y profesional de los
docentes.
7. Asimilación voluntaria de los actuales docentes y directivos
docentes contemplado en el Decreto-ley 2277 de 1979
7. a. Sistema general.
b. Sistema especial de
origen
constitucional.
c. Sistema especial de
origen legal: decreto
2277 de 1979 y
1278 de 2002.
8. 1. Decreto 1278 de 2002: Estatuto 2. Ley 909 de 2004: Regulación
de la Profesionalización Docente del empleo público
De empleados oficiales de régimen Comisión Nacional del Servicio Civil –
especial a docentes al servicio del CNSC, responsable de la
Estado en carrera. administración y vigilancia de la
carrera de los servidores públicos,
Art. 17:Administración y vigilancia: excepción hecha de los de origen
constitucional.
1ª Instancia: Entidades certificadas
2ª Instancia la CNSC
3. FALLOS DE LA CORTE
•Sentencia C-1230 DE 2005-.
•Sentencia C-175 de 2006-.
9. POR ESO LA PROPUESTA DE ESTATUTO
DOCENTE DE FECODE
Que reconozca la experiencia histórica del Decreto 2277/79.
Que con la unidad, la organización y la lucha se derogue el
Decreto 1278 2002.
Que plantee los principios y regulaciones-relación con el
Estado- que generen condiciones de profesionalización y
dignificación profesión docente, en concordancia con las
necesidades y expectativas de la Construcción de un Proyecto
Educativo Educativo Pedagógico Alternativo –Modelo Educativo
Soberano, Democrático y popular – propio de una sociedad que
requiere cambios.
En el marco de esta lucha…Dar luchas de tipo reivindicativo y
parcial en favor de los intereses de los educadores-as-
vinculados bajo el régimen del 1278/2002. Problema táctico.