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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES 
-UNIANDES-FACULTAD 
DE JURISPRUDENCIA 
HISTORIA DEL DERECHO 
Objeto y Métodos de la Historia del Derecho 
Pablo Andrés Oquendo Coronado 
ABRIL – SEPTIEMBRE 
RIOBAMBA – ECUADOR 
2014
Universidad Regional Autónoma de los Andes 
–UNIANDES– 
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA 
CARRERA DE DERECHO 
SILABO: HISTORIA DEL DERECHO 
PERÌODO ACADÈMICO: ABRIL – SEPTIEMBRE 2014 
Riobamba – Ecuador
2014 
SILABO DE HISTORIA DEL DERECHO 
DENOMINACION DE LA ASIGNATURA: HISTORIA DEL DERECHO 
CODIGO:DER01HDD NUMERO DE CREDITOS 
TOTAL: 5 PRACTICOS: 2 TEORICOS: 3 
DEFINICIÒN DE LA ASIGNATURA EN EL CAMPO DE ESTUDIO 
Desde tiempos inmemoriales se ha desarrollado diversas civilizaciones; es decir, cada civilización 
ha producido su propio derecho y su aplicación, contando con la Influencia de la moral, la religión 
y la ideología. Por lo tanto, hablar de DERECHO significa, de algún modo, hablar de civilización y de 
la forma en que cada cultura ha interpretado el ideal de justicia; por lo que es importante referir la 
vida de los pueblos en sus diferentes desarrollos históricos y sus normas de ordenamiento 
respecto a cada sociedad, para poner en conocimiento de los estudiantes una síntesis de los 
acontecimientos jurídicos sucedidos a través del tiempo y que fueron base y fundamento de las 
concepciones jurídicas modernas y de las instituciones del Derecho. El desarrollo de esta 
asignatura pretende proporcionar al alumno de forma contextual el conocimiento de las 
relaciones jurídicas implicadas con los actos de comercio en la legislación ecuatoriana, y elaborar 
instrumentos contractuales de manera adecuada. 
PRE- REQUISITOS CO-REQUISITOS 
ASIGNATURA CODIGO 
NINGUNO 
ASIGNATURA CODIGO 
INFORMÁTICA DER01I 
CIENCIA DE ESTADO DER01CE 
DEONTOLOGÍA JURÍDICA DER01DJ 
INTRODUCCION AL DERECHO DER01IAD 
INGLÉS 1 DER01II
Libro principal de consulta: 
AUTOR TÍTULO DEL LIBRO EDICIÓN AÑO PUBLICACIÓN EDITORIAL 
BERNADMainar, 
Rafael 
Manual de Historia del 
Derecho 
Primera 
Impresión 
2010 UCAB, 
Caracas 
REIG Satorres, José Manual de Historia del 
Derecho en el Ecuador 
Segunda 
Edición 
2011 Corporación 
de Estudios y 
Publicaciones 
Referencias bibliográficas como complemento para el aprendizaje de los alumnos. 
AUTOR TÍTULO DEL LIBRO EDICIÓN AÑO 
PUBLICACIÓN 
EDITORIAL 
LARREA Holguin, 
Juan 
Manual de Historia del 
Derecho en el Ecuador 
Segunda 
Edición 
Corporación 
de Estudios y 
Publicaciones 
Quito, 2011 
BERNAL Beatriz, 
Historia del Derecho 
Romano 
Duodécima 
Edición 
Editorial 
Porrún 
2004 
RABINOVICH-BERKMAN, 
Recorriendo la Historia 
del Derecho 
segunda 
edición 
Editora 
Cevallos 
Quito 2006 
CABANELLAS 
Guillermo 
Diccionario de Derecho 
Romano 
Primera 
Edición 
Heliasta 2007 
OBJETIVOS GENERALES DEL CURSO 
OBJETIVO GENERAL: 
Dominar las instituciones jurídicas de las civilizaciones antiguas y su proceso de transformación, 
con una visión crítica del derecho en la sociedad jurídicamente organizada. 
Cogni t ivos: 
1. Definir el derecho y su función social, las relaciones entre derecho e historia y las categorías 
jurídicas fundamentales. 
2. Describir los sistemas jurídicos del mundo antiguo, determinando su aplicación y los valores que 
trascendieron, como la libertad y la democracia. 
3. Identificar los elementos jurídico-políticos y religiosos que se desarrollaron en la época medieval y 
moderna con los derechos a la vida, a la libertad y a la propiedad privada, y su incidencia en los 
derechos fundamentales y la vigencia de los mismos en la sociedad contemporánea. 
4. Explicar la situación jurídica anterior a la conquista española, la aplicación de su sistema legal y su
incidencia en la realidad jurídica ecuatoriana. 
Procedimentales: 
1. Demostrar una actitud investigativa ante el trabajo presencial y autónomo 
2. Respetar opiniones propias y ajenas 
Act i tudinales: 
 Demost rar Trabajo en equipo, integridad, y sent ido ét ico en sus ac t ividades 
diarias. 
 Demostrar una actitud investigativa ante el trabajo presencial y autónomo 
 Respetar opiniones propias y ajenas 
Mentales: 
 Demostrar Razonamiento lógico, Aptitud verbal y comprensión lectora. 
TOPICOS O TEMAS CUBIERTOS 
PROGRAMA 
DEL 
CONTENIDO 
DISCIPLINAR 
No 
. 
Ho 
r 
PROGRAMA DE ACTIVIDADES, ENFOQUES 
METODOLÒGICOS, USO DE LA TECNOLOGÌA 
ESTRATEGIA 
S DE 
EVALUACIO 
N 
RESULTADO 
S DE 
APRENDIZAJ 
E GLOBALES 
PRESENCIALES N. 
Hor 
AUTONOMAS N. 
Ho 
r 
PRIMER 
PARCIAL 
NOCIONES 
GENERALES 
SOBRE LA 
HISTORIA DEL 
DERECHO 
1 Conferencia 
magistral 
1 Investigación 2 Ronda de 
Preguntas. 
Participación 
en Clase. 
Definir el 
derecho y 
explicar su 
función social, 
las relaciones 
entre derecho 
e historia y las 
categorías 
jurídicas 
fundamentale 
s. 
LA SOCIEDAD Y 
EL DERECHO. 
2 Discusión 2 Ejercicios 
Propuestos 
corrientes 
4 Evaluación de 
Trabajo 
Autónomo 
LA HISTORIA 
DEL DERECHO. 
2 Investigación 2 Ronda de 
Preguntas. 
Lecciones 
DEFINICIÓN. 1 Revisión de textos 
referenciales. 
1 Investigación 2 Evaluación 
Escrita. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo
CARACTERÍSTI 
CAS. 
1 Análisis pensadores Investigar sobre 
el pensamiento 
neo y positivista 
1 Ronda de 
Preguntas. 
Lecciones 
OBJETO Y 
MÉTODOS DE 
LA HISTORIA 
DEL DERECHO. 
1 Lectura 1 Evaluación de 
Trabajo 
Autónomo 
RELACIÓN DE 
LA HISTORIA 
DEL DERECHO 
CON OTRAS 
CIENCIAS. 
2 Ensayo 
comparativo. 
2 Fundamento de 
argumentos. 
4 Evaluación de 
Trabajo 
Autónomo 
ORIGEN Y 
FUNDAMENTO 
S DEL 
DERECHO. 
1 Revisión de textos 
referenciales. 
1 Ejemplos 2 Evaluación 
Escrita. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
EVOLUCIÓN DE 
LA HISTORIA 
DEL DERECHO. 
1 Revisión de textos 
referenciales. 
1 Ejemplos 2 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
12 08 20 
TOTAL 20 TOTAL 20 
SEGUNDO 
PARCIAL 
EL ORIGEN Y 
EVOLUCIÓN 
HISTÓRICA DEL 
DERECHO. 
3 Ejemplificar 
normas 
3 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
Describir los 
sistemas 
jurídicos del 
mundo antiguo, 
determinando 
su aplicación y 
los valores que 
trascendieron, 
como la 
libertad y la 
democracia. 
DIVISIÓN DE 
LA HISTORIA 
Discusión 2 Ejercicios 
propuestos sobre 
los dos modelos. 
2 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
LA 
PREHISTORIA 
Discusión 2 Taller 2 Ronda de 
Preguntas. 
Lecciones 
LA EDAD 
ANTIGUA 
3 Ensayo 3 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
Lecciones 
EGIPTO, 
BABILONIA 
3 INFORME DE 
IVESTIGACION 
3 Participación 
en Clase. 
Prueba escrita
ASIRIA 
PERSIA 
3 INFORME DE 
IVESTIGACION 
3 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
Lecciones 
CHINA 
INDIA E ISRAEL 
Exposiciones 
Orales 
2 Informe 2 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
Lecciones 
RECUENTO 
GENERAL 
Evaluación parcial 2 Evaluación 
Parcial 
2 Evaluación 
parcial 
12 08 20 
TOTAL 20 TOTAL 20 
TERCER 
PARCIAL 
GRECIA Y 
ROMA 
1 Exposiciones 1 Informe de 
investigación. 
2 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
Lecciones. 
Identificar los 
elementos 
jurídico-políticos 
y 
religiosos que 
se 
desarrollaron 
en la época 
medieval y 
moderna con 
los derechos a 
la vida, a la 
libertad y a la 
propiedad 
privada, y su 
incidencia en 
los derechos 
fundamentale 
s y la vigencia 
de los mismos 
en la sociedad 
contemporán 
ea. 
LA LLEGADA 
DE LOS 
DORIOS,COLO 
NIZACION 
1 Informe de 
investigación 
1 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
ESPARTA Y 
ATENAS. 
1 Exposiciones 1 Informe de 
investigación 
2 Lecciones. 
Participación 
en Clase. 
ROMA. 1 Debate 1 Debate 2 Prueba escrita. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
ASPECTOS 
POLÍTICOS Y 
SOCIALES. 
2 Debate 1 Investigar 
debilidades y 
fallos de control 
3 Prueba escrita. 
Participación 
en clase 
MONARQUIA 
REPUBLICA 
E IMPERIO 
ROMANO 
1 Revisar textos 
referenciales. 
1 Investigar sobre 
definiciones y 
ejemplos 
2 Lecciones. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
CAÍDA DEL 
IMPERIO. 
1 Investigar sobre 
definiciones y 
ejemplos 
1 Lecciones. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
DERECHO 
ROMANO 
2 Revisar textos 
referenciales. 
2 Investigar sobre 
definiciones y 
ejemplos 
4 Lecciones. 
Evaluación de 
trabajo
Autónomo 
IMPORTANCIA 2 Evaluación parcial. 1 Investigar sobre 
definiciones y 
ejemplos 
3 Lecciones. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
12 08 20 
TOTAL 20 TOTAL 20 
CUARTO 
PARCIAL 
LA EDAD 
MEDIA 
3 Investigar 
métodos de 
interpretación 
3 Lecciones. 
Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
Explicar la 
situación 
jurídica 
anterior a la 
conquista 
española, la 
aplicación de 
su sistema 
legal y su 
incidencia en 
la realidad 
jurídica 
ecuatoriana. 
EL DERECHO 
CANÓNICO. 
Ejemplos de 
interpretación 
2 Lectura de fallos 2 Participación 
en Clase. 
Lecciones 
EL DERECHO 
INDIANO. 
3 Ensayo 3 Participación 
en clase. 
Lecciones 
EDAD 
MODERNA. 
Taller 2 Investigar la 
evolución. 
2 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo 
CAMBIOS 
CRONOLÓGICO 
S 
3 Informe de 
investigación. 
3 Participación 
en Clase. 
Lecciones 
EL DERECHO 
GERMANO 
Taller comparativo 2 Ensayo 2 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
EL DERECHO 
MUSULMÁN 
2 . Investigar nuevos 
elementos 
3 Evaluación de 
trabajo 
Autónomo. 
Lecciones 
EVALUACIÓN Evaluación oral. 2 Informe 2 Participación 
en Clase. 
Lecciones 
DEFENSA DEL 
PROYECTO 
INTEGRADOR 
1 
12 08 20 
TOTAL 20 TOTAL 20 
TOTAL FINAL 80 TOTAL FINAL 80
HORARIO DE CLASE / LABORATORIO: 
HORAS/JORNADA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES 
1 
2 
3 x X x x 
4 
5 
NUMERO DE SESIONES DE CLASE POR SEMANA: 
DURACION DE CADA SESION PARA CUBRIR EL CONTENIDO TEORICO PARA CUBRIR LAS ACTIVIDADES 
PRACTICAS 
Semana 1 2 1 
Semana 2 2 1 
Semana 3 2 2 
Semana 4 2 2 
Semana 5 4 2 
Semana 6 2 1 
Semana 7 2 1 
Semana 8 3 2 
Semana 9 2 2 
Semana 10 3 2 
Semana 11 2 1 
Semana 12 2 1 
Semana 13 3 2 
Semana 14 3 2 
Semana 15 2 2 
Semana 16 3 2 
Semana 17 3 2 
Semana18 3 2 
Semana 19 
DEFENSA PROYECTO 
INTEGRADOR 
2 2 
Total: 48 32 
TOTAL FINAL 80 
CONTRIBUCION DEL CURSO EN LA FORMACION DE UN PROFESIONAL. 
Objetivos planteados hacia los resultados de aprendizaje, pretenden fortalecer y desarrollar el
conocimiento, la comprensión, la explicación, la interpretación y el análisis, de la HISTORIA DEL 
DERECHO, tomando como punto de referencia el ordenamiento jurídico ecuatoriano y la ética 
profesional. 
Por ser base del estudio de varias instituciones jurídicas la Historia del Derecho es de gran aporte 
en la formación del estudiante; correlacionándose con materias como Introducción al Derecho, 
Ciencia del Estado y Deontología Jurídica. 
El sílabo de la Historia del Derecho corresponde al eje de formación básica de la Carrera de 
Derecho y contribuye en nivel medio a la formación del abogado con conocimientos 
fundamentales de las normas jurídicas, morales y religiosas, para el funcionamiento de la 
instituciones jurídicas contemporáneas y lograr un perfil profesional de éxito dentro de la Ética y 
el marco constitucional. 
RESULTADOS O LOGROS DEL 
APRENDIZAJE 
CONTRIBUCIÓN 
(ALTA, MEDIA, 
BAJA) 
EL ESTUDIANTE 
DEBE: 
EXPLICAR instituciones jurídicas, 
conceptos básicos y principios del 
derecho desde el Estado Constitucional 
de Derechos, de justicia, democrático, 
multiétnico y plurinacional 
MEDIA Definir el derecho y 
explicar su función social, 
las relaciones entre 
derecho e historia y las 
categorías jurídicas 
fundamentales. 
MEDIA Describir los sistemas 
jurídicos del mundo 
antiguo, determinando su 
aplicación y los valores 
que trascendieron, como 
la libertad y la 
democracia. 
MEDIA Identificar los elementos
jurídico-políticos y 
religiosos que se 
desarrollaron en la época 
medieval y moderna con 
los derechos a la vida, a la 
libertad y a la propiedad 
privada, y su incidencia 
en los derechos 
fundamentales y la 
vigencia de los mismos en 
la sociedad 
contemporánea. 
MEDIA Explicar la situación 
jurídica anterior a la 
conquista española, la 
aplicación de su sistema 
legal y su incidencia en la 
realidad jurídica 
ecuatoriana. 
METODOLOGÌA. 
1.-= APRENDIZAJE BASADO POR PROBLEMAS 
a) EXPOSICIÓN PROBLÉMICA 
• Conversación acerca del problema, procedimientos para resolver el problema. 
• Exposición de los elementos esenciales: teorías, lógica constructiva del conocimiento 
• Actividad científica del estudiante siguiendo la lógica.
• Formulación de hipótesis, preguntas problémicas y análisis. 
• Solución de problemas guiado por el maestro. 
b) CONVERSACIÓN HEURÍSTICA 
• Diálogo establecido entre profesor y alumno mediante preguntas. 
• Razonamiento de los alumnos para arribar a conclusiones. 
• Solución del problema. 
c) BUSQUEDA PARCIAL 
• Formulación del problema. 
• Organización de la búsqueda de solución. 
• Exposición de los elementos contradictorios por parte del profesor. 
• Entrega de la guía por parte del profesor. 
• Búsqueda independiente por parte de los alumnos. 
2.-) METODO DE TRABAJO POR PROYECTOS 
• Identificación del problema 
• Contextualización y diagnóstico. 
• Encuadre con relación al problema. 
• Conformación de equipos de trabajo. 
• Construcción del problema específico. 
• Planeación estratégica para solucionar el problema 
3.- MÈTODO ANALÌTICO 
• Determinar los límites del objeto a analizar. 
• Determinar los criterios de descomposición del todo.
• Determinar las partes del todo. 
• Estudiar cada parte del todo (interna). 
4.- METODO SINTÈTICO: 
• Comparar las partes entre si (rasgos comunes y diferencias). 
• Descubrir los nexos entre las partes (causales, de condicionalidad, de coexistencia, etc). 
• Elaborar conclusiones acerca de la conclusión del todo. 
5.- CICLO EXPERIENCIAL DEL APRENDIZAJE. 
• Experiencia 
• Reflexión a través de preguntas 
• Conceptualización 
• Aplicación 
RECURSOS. 
• Legislación 
• Doctrina 
• Tecnologías de la Información Científica 
FORMAS DE EVALUACION DEL CURSO 
PRIMER 
PARCIAL 
SEGUNDO 
PARCIAL 
TERCER 
PARCIAL 
CUARTO 
PARCIAL 
EVALUACION 
FINAL 
EXAMENES 50% 50% 50% 50% 
LECCIONES 10% 10% 10% 10%
TAREAS 10% 10% 10% 10% 
INFORMES 10% 10% 10% 10% 
PARTICIPACION EN CLASE 10% 10% 10% 10% 
ACTIVIDADES DE TRABAJO 
10% 10% 10% 10% 
AUTONOMO 
PROYECTO INTEGRADOR 100% 
TOTAL 100% 100% 100% 100% 100%
CAMBIOS CRONOLÓGICOS DEL 
DERECHO 
DERECHO E HISTORIA. 
El mero hecho de definir el Derecho como fenómeno histórico, como producto o 
resultado de la Historia, supone introducirnos en un aspecto fundamental del ordenamiento 
jurídico, en aquello que nos ayuda a facilitarnos –junto a su racionalidad- su más adecuada 
perspectiva. Por ello, cabría concebir el Derecho como una creación de la Historia ya que, 
en último término, tiene por destinatario final a la persona humana, ser histórico por 
excelencia. 
SU CARACTERÍSTICA COMÚN E INMUTABLE. 
Podemos mantener el carácter estable del Derecho –siempre desde su vertiente objetiva-con 
base en que el mismo se proyecta sobre constantes situaciones humanas –piénsese, p. 
ej., las convenciones o pactos, el instituto del matrimonio, etc.- de modo que si dichas 
situaciones no experimentan variación alguna el Derecho, en principio y considerado en 
sentido abstracto, permanecerá inmutable. No obstante, simultáneamente se configura y 
aparece con un indiscutible carácter mudable, debido a que en las actuaciones de los sujetos 
se halla latente la idea de libertad. En efecto, la regulación de aquéllas relaciones y 
situaciones es susceptible de transformación, y de facto se transforma, dependiendo de la 
fase de desarrollo alcanzada del hombre en sociedad. En este supuesto el Derecho o, de
manera más concreta, algunas de sus instituciones jurídicas cambian, evolucionan, en aras a 
la adaptación a las nuevas formas adquiridas por las situaciones sociales; aun 
manteniéndose sustancialmente iguales aquéllas relaciones y situaciones que las originaron. 
Bajo estas premisas nos hallamos en condiciones de afirmar que el rasgo que define al 
Derecho es su vertiente social, esto es, el constituir una manifestación cultural emanada de 
una sociedad específica sobre la que se aplica y de la cual recibe la fuerza motriz que 
determina tanto su carácter, como su irremediable evolución. 
Pese a que la Historia del Derecho se ocupa del estudio del Derecho pretérito (o Derecho 
histórico), ello no significa que aquél que se encuentre en vigor en un momento 
determinado (o Derecho positivo) constituya por sí una gran novedad respecto del que 
predominó en una época anterior; pues cuando no es la forma de regulación, son los propios 
principios inspiradores los que no sufren alteración alguna, permaneciendo vigentes en la 
nueva etapa del devenir histórico del Derecho. 
UNOS MOTIVOS DE SU DESARROLLO. 
Cualquier evolución jurídica obedece a diversos motivos que, concurriendo, la 
posibilitan y le conceden el empuje preciso para que se produzca. Básicamente dichos 
motivos radican en la sociedad misma que, al reestructurarse, propician una simultánea 
transformación en lo jurídico, es decir, en el Derecho. Esa transformación operada puede 
obedecer a diferentes factores, tales como:
- Aparición de nuevas situaciones de hecho no contempladas anteriormente por el Derecho 
(p. ej., las derivadas de los avances tecnológicos y/o científicos como circulación de 
vehículos a motor, etc.). 
- Introducción de nuevos preceptos (p. ej., despenalizando conductas sancionadas con 
anterioridad, como ha sucedido con los delitos de adulterio o aborto). 
- Cambio en la mentalidad social. 
- Motivos técnicos introducidos para alcanzar una mayor eficacia en el ordenamiento 
jurídico. 
Así pues, resulta constatable que las causas que determinan una evolución del Derecho 
son diversas y actúan con distinto grado de intensidad, razón ésta por la cual no es posible 
llevar a cabo una enumeración exhaustiva de las mismas (numerus clausus), por resultar de 
muy heterogénea índole (lo que provoca que se admita que las mismas siempre serán 
numerus apertus). 
Dentro del sistema jurídico, estimamos conveniente resaltar que las instituciones que lo 
integran no evolucionan de modo independiente unas de otras, sino que cada una lo hace en 
armonía con las restantes, propiciando que la evolución jurídica se caracterice por 
verificarse de manera ininterrumpida y gradual en todas sus porciones.
Con este antecedente, el citado autor distingue tres etapas en la evolución del derecho 
penal tal como se lo concibe en la actualidad, y que son: 
ETAPA OSCURANTISTA 
En esta larga etapa de la historia de la humanidad no existió propiamente un derecho 
penal, sino un conjunto de prohibiciones sobre hechos que se consideraban lesivos al 
individuo, al grupo social o la divinidad, ante los cuales se reaccionaba con violencia, etapa 
en la que generalmente se confundía los conceptos de delito y de pecado, a cuyo efecto el 
infractor debía expiar su falta mediante un castigo cruento que se encontraba a cargo de 
una autoridad (política, militar o religiosa). De esta etapa Reyes Echandía rescata cuerpos 
normativos como el Código de Hammurabi (2.250a.C.), el Código de Manú, y las leyes de 
Moisés, como intentos legislativos a partir de los cuales el delito empezó a adquirir 
tímidamente categoría institucional. 
ETAPA DE HUMANIZACIÓN DEL DERECHO PENAL: 
En esta etapa, el mencionado autor, Alfonso Reyes se sitúa en los avances notables 
observados en la sociedad durante el siglo XVIII, época impactada por el iluminismo, en la 
cual la justicia penal salió de los linderos metafísicos para tornarse humana, y en la que se 
concreta estructuras jurídicas en la materia, se modera la crueldad en el castigo y se 
comienza a reconocer garantías a favor del reo, época de la que es importante destacar los 
aportes de John Howard con su análisis sobre las condiciones de la población carcelaria, y 
de César Beccaria quien en su obra De los delitos y de las penas”, traza los principios por 
los que plantea que el derecho a castigar emana del pacto social; que es mejor prevenir los 
delitos que castigarlos; que solo las leyes pueden establecer delitos y penas; que se debe
repudiar la tortura como instrumento procesal; y que la pena debe impedir que el reo 
cometa nuevos delitos y evitar que los demás miembros de la sociedad imiten su conducta, 
principios que son recogidos por los grandes artífices de la Revolución Francesa, 
especialmente en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, 
lineamientos que fueron seguidos por los denominados autores prácticos del derecho penal, 
que empezaron a construir sistemas teóricos que reemplazaron los desordenados preceptos 
Feudales, autores entre los que se puede destacar a Jeremías Bentham y Anselmo de 
Feuerbach. 
ETAPA DE LAS ESCUELAS PENALES: 
En esta etapa Reyes Echandía destaca que a partir de las ideas liberales desarrolladas 
durante los siglos XVIII y XIX, con relación a los conceptos básicos de delito y pena, se 
fueron estructurando corrientes doctrinarias que dieron origen a verdaderas escuelas 
jurídico-penales, entre las que se destacan la Clásica y la Positiva, ambas de origen italiano, 
cuyos principios y representantes son: 
ESCUELA CLÁSICA: 
Esta escuela recoge sistemáticamente la mejor tradición de Iluminismo y plantea como 
principios que el delito nace de una ley del Estado; que la responsabilidad penal se sustenta 
en la voluntad de obrar del delincuente; y que la pena se basa en la necesidad que tiene la 
sociedad de ejercer la tutela de los derechos ciudadanos de un modo coactivo. Esta escuela, 
cuyo aporte principal es haber realizado un estudio sistemático del delito como entidad 
jurídica, tiene como máximo representante a Francisco Carrara.
ESCUELA POSITIVA: 
Esta escuela nace como una posición doctrinaria contraria a la Escuela Clásica, en 
cuanto objeta el individualismo abstracto de ésta, frente a la necesidad de defender 
eficazmente el cuerpo social frente a la acción de la delincuencia, a cuyo efecto plantea 
como principios la figura protagónica del delincuente en la justicia penal; la concepción del 
delito como un fenómeno natural y humano, sustentado en factores individuales 
(psíquicos), físicos (ambientales) y sociales; la responsabilidad basada en la actividad 
psicofísica del delincuente; y, la pena como medida de defensa social de carácter 
preventivo. Los representantes de esta escuela son César Lombroso con su teoría sobre el 
delincuente nato; Enrico Ferri con su estudio de los factores sociales del delito y tipos 
delincuenciales, y Rafael Garófalo con su sustento jurídico sobre las teorías de Lombroso y 
Ferri. 
Por último Reyes Echandía concluye que a partir de las escuelas clásica y positiva se 
desarrollaron otras escuelas, entre ellas la denominada: 
TERCERA ESCUELA 
Sustentada por Emanuele Carnevale y cuyos principios propugnan la autonomía del 
derecho penal; el estudio jurídico, antropológico y sociológico del delito; la imputabilidad 
sustentada en la voluntad y los motivos que la sustentan; y, el derecho a castigar sustentado 
en la defensa social.
LA ESCUELA DE LA POLÍTICA CRIMINAL 
Encabezada por Franz Von Liszt y que se sustenta en un método jurídico para indagar el 
contenido del derecho penal; la fenomenología social del delito ocasionado por factores 
endógenos y exógenos, y una pena retributiva con la finalidad de proteger los intereses 
comunes. 
LA ESCUELA FINALISTA 
Sostenida por el alemán Hans Wezel que establece que la acción es el elemento básico 
del delito, ubicándose dentro de ella el dolo, al que se entiende como la voluntad que se 
manifiesta en un resultado, con lo cual se desplaza este elemento del ámbito de la 
culpabilidad al de la tipicidad. 
ESCUELA CIENTÍFICO-SOCIAL 
Sustentada por Hassemer y Jakobs, la que se opone al principio de la culpabilidad y 
propone sustituirlo por el principiode la proporcionalidad que abandonaría el culpabilismo, 
con el fin de lograr una prevención general del delito. 
ANTECEDENTES DEL DERECHO PENAL ECUATORIANO (ÉPOCA 
REPUBLICANA) 
El autor Ernesto Albán al referirse a la evolución del derecho penal en el Ecuador, 
considera los períodos fundamentales en que se divide la historia en nuestro país, así 
tenemos: el aborigen, colonial y republicano.
PERÍODO ABORIGEN: 
Esta etapa se caracteriza por la falta de fuentes documentales para determinar las normas 
penales que regían entre los pueblos que habitaban el Ecuador, normas que según Albán 
Gómez eran consuetudinarias ya que se transmitían verbalmente. Añade el autor que antes 
de la invasión incásica cada tribu tenía sus normas particulares, por lo que con el incario se 
unifican esas normas, de las que se puede destacar su carácter eminentemente público y su 
matiz religioso. Por otra parte en el incario se define una gradación de las infracciones 
según su gravedad, entre las que predominan las que afectan al inca, la religión y el Estado, 
pasando luego a los delitos contra las personas, los sexuales y contra la propiedad colectiva. 
En general en el incario la delincuencia es escasa, pero la que se producía era severamente 
reprimida con la pena de muerte y otras sanciones de carácter corporal. 
PERÍODO COLONIAL: 
Con la conquista española se introdujo en las colonias el sistema legal hispánico de fuerte 
raigambre romano y con elementos del derecho canónico, leyes penales que se 
caracterizaban especialmente por la severidad de las sanciones a través de la pena de 
muerte y otros castigos corporales. En este período es importante destacar la expedición de 
las Leyes de Indias de 1680, normativa que pretendía tutelar la población indígena 
americana, pero que lamentablemente se quedó en letra muerta. 
PERÍODO REPUBLICANO: 
Sobre este período, el autor Ernesto Albán Gómez, señala que la independencia y los 
comienzos de la República no implicaron la aparición automática de un nuevo sistema 
legal, por lo que continuaron rigiendo las leyes españolas hasta que se dictaron otras leyes
que las reemplacen, lo que en el campo penal recién aconteció en 1837 cuando se aprobó el 
primer Código 
Penal ecuatoriano. En efecto, precisa el autor, que a partir del citado año y durante el 
período republicano se han expedido en el país cuatro códigos penales, cuerpos legales 
sobre los que se puede destacar los siguientes aspectos: 
EL CÓDIGO PENAL DE 1837 
Fue promulgado durante la presidencia de Vicente Rocafuerte, por lo que se inspiró en 
las ideas liberales de dicho mandatario y al parecer del código español de 1822, normativa 
en la que se empieza a institucionalizar los principios fundamentales de la Escuela Clásica, 
esto es, legalidad de delitos y penas, culpabilidad psicológica, entre otros temas, 
manteniéndose eso sí algunas de las viejas tradiciones penales; 
EL CÓDIGO PENAL DE 1872 
Fue expedido durante la segunda presidencia de Gabriel García Moreno y se inspiró en 
el Código Penal de Bélgica de 1867, el que a su vez tenía como modelo el Código francés 
de 1810. Este Código tiene alguna evolución con relación al de 1837 en cuanto a los 
conceptos esenciales derivados de la Escuela Clásica; 
EL CÓDIGO PENAL DE 1906 
Promulgado durante la segunda presidencia de Eloy Alfaro, cuerpo normativo que en su 
estructura básica es igual al anterior, pero que introduce dos importantes reformas acordes a 
la orientación liberal imperante en el país y que son la supresión de la pena de muerte y de 
los delitos contra la religión; y,
CÓDIGO PENAL DE 1938 
Expedido durante la dictadura del General Alberto Enríquez, que mantiene la estructura 
básica del código anterior derivada de la Escuela Clásica, con algunos toques 
modernizadores inspirados en el Código Penal italiano de 1930 y en el argentino de 1922, 
tales como la relación de causalidad, la imputabilidad, entre otros aspectos, Código que se 
encuentra vigente en el país, debiéndose destacar que desde su expedición se le han 
incorporado algunas codificaciones, la primera en 1953, la segunda en 1960 y la tercera en 
1971, cuya numeración es la que se cita actualmente en trámites judiciales y sentencias. 
Entre las principales Reformas introducidas al Código Penal de 1938 se puede destacar 
las siguientes: 
La tipificación del delito de terrorismo de 19 de diciembre de 1975, mediante reforma al 
Art.160; La tipificación del delito de enriquecimiento ilícito de 29 de agosto de 1985, 
mediante la inclusión de tres artículos innumerados agregados luego del Art.296; 
Cuando los reos hubieran permanecido sin sentencia detenidos por igual o mayor tiempo 
a la pena máxima a la que tendrían que ser condenados, serán en inmediata libertad) de 24 
de diciembre de 1997; 
La derogatoria del Art.27 (causa de excusa cuando se sorprenda en acto carnal ilegítimo 
a hija, nieta o hermana) de 21 de julio de 1998;
BIBLIOGRAFÍA 
 Alfonso Reyes, Derecho Penal, Editorial Temis, Bogotá-2002, pp.12-22 . 
 Albán Ernesto, Manual de Derecho Penal, Régimen Penal – Corporación. Ediciones 
legales, Quito- 1992, pp.-38-41.
ASPECTOS POLÍTICOS 
Y SOCIALES DE ROMA 
Este imperio fue uno de los más grandes e importantes imperios a nivel de historia 
universal, su existencia marco cambios en los sistemas políticos, económicos, religiosos de 
su época. Cambios tan trascendentales que todavía nos influyen como el derecho y los 
sistemas políticos. 
El nacimiento del imperio viene precedido por la expansión de su capital Roma, que se 
extendió en torno al Mar Mediterráneo. Roma fue una civilización la cual fue fundada en el 
año 753 a.C. por los hermanos Rómulo y Remo. 
Con la investigación necesaria para realizar este trabajo se conocerá la historia de sus 
orígenes según la mitología o la leyenda, la monarquía, la república en sus mejores 
momentos y sus crisis, las guerras con sus causas y las consecuencias de ellas. También su 
economía, cultura, su modo de vida, religión, creencias y hasta los legados que le quedaron 
no solo al mundo occidental sino al mundo entero. Se estudiará el aporte de Roma al 
mundo moderno.
CLASES SOCIALES Y OCUPACIONES 
Hay dos tipos de clases sociales: la clase alta llamada el Alto Imperio; y la clase baja 
llamada el Bajo Imperio. 
El alto Imperio (s.I al III d.C). La prosperidad económica de esta época trajo consigo un 
período de estabilidad. La estructura social en el Alto Imperio se mantuvo similar a la de la 
última época republicana, los únicos cambios importantes fueron el aumento del número de 
esclavos y libertos, como consecuencia de la expansión, y la concesión que hizo en el 212 
el emperador Caracalla de ampliar el derecho de ciudadanía a todos los hombres libres del 
Imperio. 
El bajo Imperio. La crisis política, económica y social que comenzó en el s.III determinó 
la nueva estructura social del bajo Imperio. La dificultad para gobernar un territorio tan 
extenso, la caída de los ingresos que provocó la pax romana, las ambiciones de algunos 
militares y belicosidad de los pueblos fronterizos no asimilados desencadenó la ruina de 
Roma. A partir de la segunda mitad del siglo IV el Imperio entró en una decadencia 
imparable. La disgregación territorial, la pobreza y la inseguridad provocaron un cambio 
radical en la sociedad y como consecuencia de ello el desmantelamiento de la civilización 
romana. 
Además la sociedad romana tenía un rígido sistema de clases y a algunos de sus individuos 
les negaba la libertad. Y todo ello se reproducía a pequeña escala en la célula social más 
importante, la familia, bajo la autoridad del padre convertido en jefe de la casa.
Pero junto a estas desigualdades, Roma legó también el modelo de una nueva organización 
del Estado que trascendía la ciudad y la ciudad y la convertía en la base del imperio, un 
sistema jurídico racional, y los principios fundamentales del derecho público y privado. La 
sociedad se sustentaba en grandes desigualdades. De ellas la más terrible era la que convertí 
los hombres en libres o esclavos. Y aún con todo, los hombres libres tampoco eran iguales 
entre sí. 
LAS CLASES SOCIALES 
La sociedad romana se dividía en dos grupos los libres y los esclavos. Dentro de los libres 
podíamos encontrar los ciudadanos y los no ciudadanos. 
LOS ESCLAVOS: solían ser prisioneros de guerra o de hijos de esclavos. Carecían de 
todos los derechos y se les consideraba una posesión más de sus dueños. Aunque 
desempeñaban cualquier tipo de tarea, muchos de ellos (sobre todo los de origen griego) se 
dedicaban a la enseñanza, pues poseían un nivel de cultura superior. Sus dueños podían 
concederles la libertad, con lo cual pasaban a denominarse libertos, que eran hombres libres 
pero sin la condición de ciudadanos y por lo tanto sin derechos. Los hombres libres también 
sufrían las desigualdades y además de los libertos ya mencionados, se dividian: 
LOS PATRICIOS: Descendientes de los fundadores de Roma. Tenían un rango social 
superior y poseían grandes riquezas. Gozaban de plenos derechos. 
PLEBEYOS: Eran originarios de los pueblos dominados por Roma, no gozaban de tantos 
derechos como los patricios.
CLIENTES: eran hombres libres con derechos civiles limitados, estaban en una situación 
de pobreza o una situación de inseguridad que les llevaba a pedir protección a un patricio 
pero luego tenían que ayudar al patricio del cual dependían. 
Así que la sociedad se dividía en libres y esclavos. Dentro del grupo de libres podíamos 
encontrar a los ciudadanos y a los no ciudadanos como dije antes. Dentro del grupo de los 
libres pertenecían: 
Los patricios; 
Los plebeyos- nobilitas (ordo senatorius) 
- caballeros (ordo equestris) 
- clientes (cliens) 
LOS LIBERTOS 
Y dentro del grupo de los no ciudadanos formaban parte los extranjeros (peregrini) 
Además los ciudadanos tenían una serie de derechos que cumplir tanto políticos, civiles y 
obligatorios: 
LOS DERECHOS CIVILES ERAN: 
Derecho a los tria nomina (praenomen, nomen y cognomen) 
Derecho a hacer testamento
Derecho al matrimonio, que comportaba la patria potestas del padre 
Derecho a emprender una acción judicial 
LOS DERECHOS POLITICOS ERAN: 
Derecho a participar en la vida pública, tanto como elector(votante) como elector 
(candidato a ocupar un cargo político) 
Derecho a participar en los sacerdocios 
Y las obligaciones que tenían eran las siguientes: 
Realizar el servicio militar (milita). Esta obligación desapareció con la profesionalización 
del ejército. 
ORGANIZACIÓN POLÍTICA 
En la época monárquica. En sus comienzos Roma era una monarquía, cuya organización 
política era la siguiente: 
EL REY: El cargo era electivo y tenía amplísimos poderes políticos, militares y religiosos. 
EL SENADO, TAMBIÉN LLAMADO CONSEJO DE ANCIANOS: Estaba integrado 
por los jefes de las familias fundadoras de la ciudad. Asesoraban al Rey y asumían el 
gobierno en períodos de transición entre la muerte del Rey y la elección del sucesor. 
LOS COMICIOS O ASAMBLEA DEL PUEBLO: Tenían ciertas funciones legislativas 
y judiciales. También elegían a propuesta del Senado. Pero en la época republicana con la
expulsión del último Rey, se instauró en Roma un régimen republicano. Fue una etapa de 
expansión militar, de conflictos sociales entre Patricios y Plebeyos; y de una profunda 
reorganización política. El nuevo sistema pretendía que nadie pudiese acaparar demasiado 
poder, ni por tiempo ilimitado. La organización política era: 
*LOS MAGISTRADOS ROMANOS: al contrario que los griegos, no eran meros 
servidores de los pueblos, sino representantes del poder del Estado con verdadera autoridad. 
Los magistrados superiores eran jefes del ejército, administradores de justicia y velaban por 
el mantenimiento de las buenas costumbres. 
EL DERECHO ROMANO ORIGEN DEL DERECHO ACTUAL 
Los juristas romanos distinguieron dos tipos de relaciones, la que se tenía entre el estado y 
los ciudadanos (Derecho público) y las practicadas entre los ciudadanos entre sí (Derecho 
privado). Aquí destacan las reglamentaciones con respecto a contratos, así como leyes 
orientadas a calificar delitos y normar las relaciones familiares. 
Los procesos judiciales en Roma se efectuaban públicamente en el foro; las acusaciones se 
exponían ante un presidente y jurados. Para la aplicación de justicia se responsabilizó 
primero al rey, después a los cónsules y posteriormente a los pretores. 
El Derecho Penal cubría una amplia lista de violaciones a la ley, como la alta traición, 
desfalco, indecencia, perjurio, falsificación entre otros. Tenían que probarse los cargos con 
plena claridad ante el acusado y sus defensores; solo así la sentencia podía ser condenatoria 
y el acusado era penado o absuelto mediante los votos emitidos por los jurados. Los 
castigos oscilaban desde la multa hasta la pena capital y en algunos casos, se recurría a la
decapitación ahorcamiento, precipitación desde una colina, o crucifixión para los esclavos 
criminales o para hombres libres que no fueren ciudadanos romanos. 
REY SENADO COMICIOS CURIADOS 
Competencias  Militares 
 Judiciales 
 Legislativ 
as 
 Religiosas 
 Aconseja al rey 
 Propone 
el candidato al 
trono 
Eligen al rey a propuesta del 
Senado 
Composición Un patricio 
elegido por las 
asambleas a 
propuesta del 
Senado 
 Los nombra el 
rey entre los 
jefes de las 
gens. 
 Lo forman 300 
miembros, 100 
por cada tribu 
 Lo forman 30 
comicios, 10 por 
cada tribu 
 Participan los 
patricios 
Permanencia 
en el cargo 
Vitalicio A voluntad del rey Vitalicios
ENSAYO 
DESARROLLO DEL DERECHO EN EGIPTO Y 
BABILONIA 
UNA EXPLICACIÓN SOBRE EL ORIGEN DEL 
ESTADO EGIPCIO 
B. Kemp, El Antiguo Egipto y Babilonia1992. 
Los pueblos de antiguo oriente son la cuna de los primeros pueblos civilizados, por lo 
tanto los primeros documentos jurídicos se hayan publicado bajos su credo e ideología 
política y son la base del derecho actual adecuándolo a las sociedades modernas. 
El derecho penal es un conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del 
Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, 
una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar 
los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica. Cuando 
se habla dederecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo a lo 
que se desee hacer referencia; de tal modo, podemos mencionar una clasificación 
preliminar tal como: derecho penal sustantivo, y por otro lado, el derecho penal 
adjetivo o procesal penal.
DESARROLLO DEL DERECHO EN EGIPTO 
Como todos los pueblos de la antigüedad, Egipto constituye uno de los pueblos cuya 
trascendencia y tradición cultural se ha desarrollado desde tiempos muy remotos, por eso se 
dice que Egipto es uno de los pueblos, en la historia más largo en oriente. Egipto está 
calificado entre los pueblos de cultura hidráulica, Ya que el rio Nilo constituye el 
fundamento económico, religioso, social en el que ha tenido si apogeo esta cultura. 
SITUACION POLITICA 
Egipto al igual que otros imperios orientales de la antigüedad tienen un régimen de 
monarquía teocrática, es decir que todos los poderes políticos fueron absorbidos por el 
monarca es decir el Faraón, quien para los egipcios era un ser divino, La monarquía era 
hereditaria, teocrática e intervencionista ya que el faraón controlaba desde el nacimiento 
poblacional hasta lo económico. El faraón como sacerdote realizaba los ritos religiosos, 
encabeza lo administrativo y defendía de los invasores, su principal ayudante se 
denominaba visir que hacía las veces de ministro. 
SITUACION SOCIAL 
La situación social de Egipto como todos los países de oriente antiguo se han 
caracterizado por tener un gobierno absolutista monárquico y teocrático es decir el monarca 
absorbía todos los poderes así como la riqueza, compartía estos privilegios con los 
integrantes de la familia real, la masa de la población tenía que trabajar para el monarca y 
por el monarca.
Los militares se encontraban en disposición del faraón en defensa de su régimen y las 
fronteras. 
Los sacerdotes eran los encargados de relazar los ritos religiosos y los escribas incluso 
interpretaban las inscripciones de las pirámides que luego se supo que tenía verdaderas 
invocaciones a favor de los faraones fallecidos. 
LA ESCRITURA EN EGIPTO 
La escritura se desarrolló en una forma paulatina entre las que se destacaron: primero los 
jeroglíficos que se cree que se originó en los círculos sacerdotales, escritos religiosos, en 
los estampados de los muros de las pirámides, pertenece a esta clase de escritura y se 
denomina texto de las pirámides que fue escrita por los escribas resaltando a los faraones a 
esta clase de escritura pertenece el famoso libro de los muertos que son rollos de papiro en 
los cuales consta conjuros, costumbre y consignas que ayudan al muerto a llegar al reino de 
dios esta es una prueba de que el hombre rendía cuentas de sus actos, esta escritura era de 
bajo relieve y netamente religiosa . 
DERECHO DE FAMILIA 
La organización familiar estaba representada por el padre de familia y todas las acciones 
de los miembros de los mismos estaban sujetos a la decisión del padre, el matrimonio se 
efectuaba por la estricta decisión del padre y era calificada como monogámica ya que la 
poligamia era reservada para el faraón y el padre de familia rica; en consecuencia había dos 
clases de hijos los de matrimonio y los de extra-matrimonio; los hijos de matrimonio eran 
los únicos que heredaban mientras que los extramatrimoniales no lo hacían.
El deber esencial de los hijos es respetar a sus padres, sentencia esta que se la encuentra 
en las tumbas con leyendas como: “Ha respetado su padre “ 
El gran momento para el hombre fue el matrimonio, que tenia que tener un hogar para 
ser recién considerada la concepción familiar, es la clase de la moral egipcia. 
El adulterio era sancionado con la pena de muerte, solo el hombre era autorizado para 
contraer segundas nupcias, pero su primera esposa tenía derecho sobre sus bienes, la esposa 
era bien considerada en lo afectivo y en lo que se refiere al hogar. 
Había prohibición para la mujer en cuanto a lo que estaba fuera de las labores de la casa, 
ella no tenía autoridad “. 
En el imperio egipcio era aceptado el divorcio y cuando el padre quería contraer 
segundas nupcias, tenía que obtener autorización de los hijos del primer matrimonio. 
DERECHO PENAL 
Es mucho más severo, el homicidio se castiga con la muerte; La conspiración contra el 
rey el robo y las violaciones son también sancionadas con la pena de muerte. 
El mero hecho de no denunciar un crimen al que se ha asistido lleva consigo la misma 
pena que la del criminal (cómplice), Si se condena a muerte a una mujer en cinta la pena no 
se aplica sino hasta después de haber dado a luz. 
Los funcionarios como jueces culpables de cohecho son incitados a suicidarse a fin de 
salvaguardar el honor de los cargos que desempeñaba. 
Entre los crímenes más comunes que se dieron en Egipto y sus sanciones tenemos:
1) Perjurio.- los testigos falsos o delito de concusión cuando este era comprobado había 
tres formas de sanción: 
1.- Eran castigados mediante la mutilación de oreja, nariz, manos según la falta que 
cometían. 
2.- Eran sancionados con trabajos forzados que realizaban en las minas. 
3.- Eran expulsados a la frontera es decir desterrados. 
2) Homicidio.- Era sancionado con la pena de muerte al igual el cómplice. 
3) Conspiración.- Era considerado como conspiración el robo y la violación que tenía 
como pena la muerte. 
PROSEDIMIENTO PENAL 
Cuando se ha iniciado una denuncia esta es instruida por el Visir, asistido de un oficial y 
el gobernador de Tebas en su calidad de jefe de policía, los inculpados son encarcelados y 
sometidos a un interrogatorio acompañado de torturas que consistía en azotes en manos y 
pies, una vez obtenida la confesión se procede a la reconstrucción del crimen en el mismo 
lugar mientras son oídos los testigos , terminada esta instrucción , el Visir acude 
personalmente al lugar para asegurarse que la misma ha sido llevada a cabo con todo 
cuidado y equidad. 
Una vez que se ha realizado este trámite, se efectuaba una audiencia la misma que era 
presidida por el Visir donde concurren los inculpados y si no se ha comprobado su 
responsabilidad se les pone en libertad y su absolución se pronuncia inmediatamente.
Esta audiencia está compuesta por sacerdotes, funcionarios, magistrados y presidida por 
el Visir, asistido por un procurador y un escribano; la sentencia dilatada es registrada y se 
conserva en archivos judiciales, todo este procedimiento se lo hace por escrito, la 
declaración de testigos en materia civil se hace bajo jumento más no en materia penal. 
SUCESION EN EGIPTO 
Existía una prohibición para los hijos que debían respetar los bienes de sus padres 
mientras estos vivan únicamente a la muerte de uno de ellos podían repartirse los bienes; a 
esto se le llama sucesión. 
La familia estaba constituida por lasos sanguíneos, papá, mamá e hijos, la familia era 
muy importante en Egipto y es así que la edad para contraer matrimonio era de 12 a 14 años 
en las mujeres y de 16 en los varones existían frases donde se daba importancia para que el 
egipcio respete a su familia y hogar. 
DERECHO FISCAL 
En Egipto encontramos ya la institución del impuesto progresivo, significando con esto 
que el que más tiene paga más asemejándose en la actualidad al impuesto a la renta en 
aquellas épocas ya se encuentra aunque en forma rudimentaria el Tesoro Nacional, con lo 
que fue posible la construcción de grandes obras. 
DESARROLLO DEL DERECHO EN BABILONIA 
En la actualidad Babilonia estaba situada en lo que hoy es Irak su gobierno fue 
teocrático. El rey más ilustré de Babilonia fue Hammurabi, es famoso por que codifico las 
leyes y costumbres dispersas; dejo el código de leyes más antiguo que lleva su nombre “El
Código de Hammurabi” que fue escrito hace más de 2000 años A.C. y fue encontrado en 
1901, fue escrito en una piedra cilíndrica de 2 metros de altura. En este código hay 
preceptos en materia civil, penal, administrativa; sin que falten disposiciones de carácter 
mercantil. El comercio Babilónico donde quiera que llegara llevaba consigo sus leyes con 
la cual podía realizar sus negocios. 
La cultura de este pueblo se fundamentó en dos grandes factores que son la arquitectura 
y el comercio; de aquí nace la administración entre bienes muebles e in muebles que dio 
origen a los créditos. 
DERECHO PENAL 
El código de Hammurabi tiene preceptos (normas) de gran importancia jurídica entre 
ellos encontramos los siguientes: 
1.- Si un hombre acusa a otro de un crimen capital y no puede probar lo que acusa será 
castigado con la muerte. 
2.- Si un hombre ha robado algo del templo; morirá y al que compre lo robado tendrá la 
misma pena. 
3.- Si una vendedora de vino tenía la medida corta la taberna se echaría al rió. 
4.- En el aspecto penal hay disposiciones fundamentadas en la ley del taleón esto es si un 
hombre destruye el ojo de otro hombre, se le destruirá el ojo al otro. 
5.- La muerte por ahogo o apedreamiento era muy común, las causas como la hechicería o 
falso testimonio se aplica las ordalías, que significa una sanción por la cual el acusado era
lanzado a un rió caudaloso amarrado la pierna izquierda con el brazo derecho, y si se 
hundía era culpable y si nadaba era inocente. 
DERECHO DE FAMILIA 
Los derechos supremos dentro de la familia le pertenecen al padre, la patria potestad 
otorga derechos absolutos hasta el extremo que el padre de familia podía vender o arrojar 
de la casa del hogar a su mujer y a sus hijos; el matrimonio se arreglaba de forma 
contractual el padre otorga un hadote a su hija y el pretendiente correspondía haciéndoles 
regalos. 
Como forma de terminación del matrimonio tenemos el divorcio y el repudio, se podía 
acordar sobre la tenencia de los hijos y cuando la mujer no tenía hijos, el marido puede 
divorciarse de ella entregándole los bienes. 
ESCLAVITUD 
El código de Hammurabi establecía que los esclavos debían ser marcados a fuego 
debiendo llevar un vestido especial que los distinguía de las personas libres; se imponían 
castigos severos si huían o si atacaban a un hombre libre, pero también tenían ciertas 
concesiones como otorgarles 3 días libres de descanso al mes, pueden poseer propiedades y 
comprar su libertad; el amo carece del derecho de quitar la vida a sus esclavos; y los 
esclavas concubinas gozaban de cierto derecho para una protección especial. 
SUCESION 
En el derecho sucesorio los hijos estaban en posición prominente respecto a la viuda que 
continúa siendo cabeza de familia, los hijos heredaban en partes iguales pero el padre puede 
favorecer a uno en especial.
HONORARIOS 
En este código encontramos en forma detallada los salarios, honorarios y gratificaciones 
para el médico cirujano, veterinario y también para los jornaleros y peones. 
Se hizo un listado del valor que debían cobrar los profesionales de la época, como los 
médicos, escribas, matemáticos y de la misma manera los salarios para los carpinteros, 
artesanos, fabricantes de ladrillos, obreros, etc. 
ADMINISTRACION DE JUSTICIA 
La ley constaba por escrito en los atrios de los templos y cualquier súbdito podía 
ponerse en frente de ella para conocer sus normas, no existen personas dedicadas 
especialmente al derecho, los sacerdotes de mayor jerarquía tenían la calidad de jueces y 
administraban la justicia en los pueblos se da mucha importancia a la prueba escrita; 
funciona una cámara de apelaciones compuesta por jueces; y el rey se constituía en el 
último recurso. 
Los templos eran además lugares de negocios, donde se llevaba la banca y se registraban 
los contratos.
CONCLUSIÓN 
Se debe comprender que las reformas que realizaron las diferentes civilizaciones fueron, en 
algunos casos, revolucionarias en su contexto. Eran tiempos en que se divinizaba a seres 
humanos; se permitía la esclavitud sin remordimientos; muchos no imaginaron el mundo 
como una “esfera” y ninguno recorrió todo el planeta. 
BIBLIOGRAFÍA 
 B. Kemp, El Antiguo Egipto y Babilonia1992. 
 http://www.escolares.net/historia-universal/civilizaciones-sumer-mesopotamia-egipto-y-babilonia/
ENSAYO 
OBJETO Y MÉTODOS DE LA HISTORIA DEL 
DERECHO 
La complejidad de las relaciones humanas constituye el problema esencial del objeto de la 
Historia. El historiador pretende establecer cómo y por qué se comportan en el tiempo los 
grupos humanos tratando de averiguar las causas de tales procesos. Para ello, la Historia del 
Derecho, como cualquier ciencia histórica, ha de acotar o delimitar su objeto de 
conocimiento. 
La agrupación de los diversos hechos históricos por etapas, realizada por los historiadores 
no puede extrapolarse tal cual al mundo jurídico, debido en parte a las peculiares 
características que imponen la distinta evolución de los sistemas iusnormativos. De esta 
manera, dentro de la Historia del derecho, se han delimitado tres métodos de análisis 
histórico: 
1) Método histórico o cronológico: Su análisis comienza realizando una separación 
de los hechos históricos en distintos periodos, y en base a tal división, investiga los 
diferentes ordenamientos jurídicos. Consta de tres etapas: 
 Etapa heurística: Consiste en buscar los hechos del pasado que permitirán en su 
momento reconstruir el hecho. Son las fuentes de donde brota toda
la información necesaria para conocer la época que se estudia. Pueden ser de varios 
tipos: 
 Vestigios: Son aquellos restos o huellas del pasado que han llegado a la actualidad. 
Por ejemplo restos arqueológicos, adornos, hachas, instrumentos, edificios etc. 
 Testimonios: Son los restos destinados por sus creadores a informar a las 
generaciones futuras, por ejemplo un arco del triunfo, una crónica de un reinado etc. 
2) Método sistemático: Establece que ha de comenzarse el análisis partiendo de una 
división de sistemas jurídicos, para posteriormente situar el hecho histórico en la 
etapa correspondiente. 
3) Método mixto: Similar al método cronológico, aunque su estudio parte de situar 
distintas etapas para cada rama del saber jurídico, de manera que no se sitúa 
plenamente dentro de ninguno de los métodos anteriores, siendo así fruto de un 
planteamiento sincrético 
Tradicionalmente la historia del derecho ha sido considerada una asignatura sobre todo 
formadora, que “alarga” el horizonte cultural de los juristas, al proporcionar la visión del 
derecho vivido en las diversas épocas. De esta manera, contribuye a marcar la evolución 
seguida y permite conocer y comprender los procesos por los que se ha pasado hasta llegar 
a nuestro derecho actual. 
La Historia del Derecho debe entenderse como una ciencia jurídica por su 
contenido, y a la vez como una ciencia histórica por su método. Con su estudio el 
jurista puede encontrar un sinnúmero de elementos formativos que le servirán para
explicar e interpretar el derecho vigente; no es un mero intento de desarrollar un 
curso de historia general. 1 
"El Derecho no puede comprenderse sin la Historia y la Historia no puede comprenderse 
sin el Derecho" 
Tal afirmación se fundamenta en que el Derecho es una realidad histórica porque las 
sociedades en las que nace, se desarrolla y aplica son realidades vivas que se transforman, 
con mayor o menor rapidez e intensidad, con el paso del tiempo. 
La naturaleza propia de la Historia del Derecho como disciplina hace que haya de situarse 
entre otras dos grandes ramas del saber, como son la Historia y el Derecho, habiéndose 
llegado a afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo 
considerado buen historiador entre los juristas y buen jurista entre los historiadores.2 De 
esta manera, la Historia del Derecho ha tenido la necesidad de elaborar una justificación 
que sustente su propia existencia, así como su independencia del resto de disciplinas. Hoy 
en día, cabe destacar que la disciplina se imparte mayoritariamente en las facultades de 
Derecho. 
“H. Mitteis, Bader y Conrad Concebían la Historia del Derecho como una ciencia dual, que 
participaba de la ciencia histórica y de la ciencia jurídica. Dicho concepto fue adoptado y 
matizado en España por Font Rius y Escudero.” 
Con respecto a la dualidad del método, hay que considerar primeramente el método mixto 
histórico-jurídico.
Por otro lado, hay que tener en cuenta el criterio de oportunidad o adecuación que 
determina en cada caso el método más idóneo para la investigación (dogmática jurídica o 
método histórico según el objeto concreto de estudio). 
No se pueden excluir, sin embargo, otros métodos complementarios como el económico y 
el sociológico, que complementan los dos anteriores, ampliando el concepto de método de 
la Historia del Derecho hasta un método mixto, con predominio, eso sí, del jurídico y el 
histórico. 
Entonces cabe hablar de una Historia del Derecho considerada como ciencia jurídica, que 
coexiste con otra Historia del Derecho entendida como ciencia histórica, justo con otras 
concepciones mixtas y sociológicas de la disciplina.3 
 Como conclusión puedo establecer que el derecho es muy importante ya que este 
nos da normas para un orden social. Sin el derecho no existiera sociedad y también 
considero importante que el estudio de la historia del derecho no debe iniciarse 
exclusivamente a partir de lo que ha sido nuestra vida como país, sino que debe hacer 
referencia necesaria e imprescindiblemente, tanto a la organización jurídico-política sino 
también a la de los pueblos indígenas, mismas que constituyen la base de nuestra identidad 
nacional.
BIBLIOGRAFÍA 
1. http://hdeld.blogspot.com/2006/03/introduccin-al-estudio-de-la-historia.html 
2. Hans Thieme, Ideengeschichte Und Rechtsgeschichte : Gesammelte Schriften, ed. 
Bohlau, 1986, ISBN 3-412-05383-X (alemán) 
3. http://derecho.isipedia.com/primero/historia-del-derecho-espanol/parte-1- 
cuestiones-preliminares/01---la-historia-del-derecho-concepto-objeto-y-problemas-metodologicos
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  • 1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES -UNIANDES-FACULTAD DE JURISPRUDENCIA HISTORIA DEL DERECHO Objeto y Métodos de la Historia del Derecho Pablo Andrés Oquendo Coronado ABRIL – SEPTIEMBRE RIOBAMBA – ECUADOR 2014
  • 2. Universidad Regional Autónoma de los Andes –UNIANDES– FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO SILABO: HISTORIA DEL DERECHO PERÌODO ACADÈMICO: ABRIL – SEPTIEMBRE 2014 Riobamba – Ecuador
  • 3. 2014 SILABO DE HISTORIA DEL DERECHO DENOMINACION DE LA ASIGNATURA: HISTORIA DEL DERECHO CODIGO:DER01HDD NUMERO DE CREDITOS TOTAL: 5 PRACTICOS: 2 TEORICOS: 3 DEFINICIÒN DE LA ASIGNATURA EN EL CAMPO DE ESTUDIO Desde tiempos inmemoriales se ha desarrollado diversas civilizaciones; es decir, cada civilización ha producido su propio derecho y su aplicación, contando con la Influencia de la moral, la religión y la ideología. Por lo tanto, hablar de DERECHO significa, de algún modo, hablar de civilización y de la forma en que cada cultura ha interpretado el ideal de justicia; por lo que es importante referir la vida de los pueblos en sus diferentes desarrollos históricos y sus normas de ordenamiento respecto a cada sociedad, para poner en conocimiento de los estudiantes una síntesis de los acontecimientos jurídicos sucedidos a través del tiempo y que fueron base y fundamento de las concepciones jurídicas modernas y de las instituciones del Derecho. El desarrollo de esta asignatura pretende proporcionar al alumno de forma contextual el conocimiento de las relaciones jurídicas implicadas con los actos de comercio en la legislación ecuatoriana, y elaborar instrumentos contractuales de manera adecuada. PRE- REQUISITOS CO-REQUISITOS ASIGNATURA CODIGO NINGUNO ASIGNATURA CODIGO INFORMÁTICA DER01I CIENCIA DE ESTADO DER01CE DEONTOLOGÍA JURÍDICA DER01DJ INTRODUCCION AL DERECHO DER01IAD INGLÉS 1 DER01II
  • 4. Libro principal de consulta: AUTOR TÍTULO DEL LIBRO EDICIÓN AÑO PUBLICACIÓN EDITORIAL BERNADMainar, Rafael Manual de Historia del Derecho Primera Impresión 2010 UCAB, Caracas REIG Satorres, José Manual de Historia del Derecho en el Ecuador Segunda Edición 2011 Corporación de Estudios y Publicaciones Referencias bibliográficas como complemento para el aprendizaje de los alumnos. AUTOR TÍTULO DEL LIBRO EDICIÓN AÑO PUBLICACIÓN EDITORIAL LARREA Holguin, Juan Manual de Historia del Derecho en el Ecuador Segunda Edición Corporación de Estudios y Publicaciones Quito, 2011 BERNAL Beatriz, Historia del Derecho Romano Duodécima Edición Editorial Porrún 2004 RABINOVICH-BERKMAN, Recorriendo la Historia del Derecho segunda edición Editora Cevallos Quito 2006 CABANELLAS Guillermo Diccionario de Derecho Romano Primera Edición Heliasta 2007 OBJETIVOS GENERALES DEL CURSO OBJETIVO GENERAL: Dominar las instituciones jurídicas de las civilizaciones antiguas y su proceso de transformación, con una visión crítica del derecho en la sociedad jurídicamente organizada. Cogni t ivos: 1. Definir el derecho y su función social, las relaciones entre derecho e historia y las categorías jurídicas fundamentales. 2. Describir los sistemas jurídicos del mundo antiguo, determinando su aplicación y los valores que trascendieron, como la libertad y la democracia. 3. Identificar los elementos jurídico-políticos y religiosos que se desarrollaron en la época medieval y moderna con los derechos a la vida, a la libertad y a la propiedad privada, y su incidencia en los derechos fundamentales y la vigencia de los mismos en la sociedad contemporánea. 4. Explicar la situación jurídica anterior a la conquista española, la aplicación de su sistema legal y su
  • 5. incidencia en la realidad jurídica ecuatoriana. Procedimentales: 1. Demostrar una actitud investigativa ante el trabajo presencial y autónomo 2. Respetar opiniones propias y ajenas Act i tudinales:  Demost rar Trabajo en equipo, integridad, y sent ido ét ico en sus ac t ividades diarias.  Demostrar una actitud investigativa ante el trabajo presencial y autónomo  Respetar opiniones propias y ajenas Mentales:  Demostrar Razonamiento lógico, Aptitud verbal y comprensión lectora. TOPICOS O TEMAS CUBIERTOS PROGRAMA DEL CONTENIDO DISCIPLINAR No . Ho r PROGRAMA DE ACTIVIDADES, ENFOQUES METODOLÒGICOS, USO DE LA TECNOLOGÌA ESTRATEGIA S DE EVALUACIO N RESULTADO S DE APRENDIZAJ E GLOBALES PRESENCIALES N. Hor AUTONOMAS N. Ho r PRIMER PARCIAL NOCIONES GENERALES SOBRE LA HISTORIA DEL DERECHO 1 Conferencia magistral 1 Investigación 2 Ronda de Preguntas. Participación en Clase. Definir el derecho y explicar su función social, las relaciones entre derecho e historia y las categorías jurídicas fundamentale s. LA SOCIEDAD Y EL DERECHO. 2 Discusión 2 Ejercicios Propuestos corrientes 4 Evaluación de Trabajo Autónomo LA HISTORIA DEL DERECHO. 2 Investigación 2 Ronda de Preguntas. Lecciones DEFINICIÓN. 1 Revisión de textos referenciales. 1 Investigación 2 Evaluación Escrita. Evaluación de trabajo Autónomo
  • 6. CARACTERÍSTI CAS. 1 Análisis pensadores Investigar sobre el pensamiento neo y positivista 1 Ronda de Preguntas. Lecciones OBJETO Y MÉTODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO. 1 Lectura 1 Evaluación de Trabajo Autónomo RELACIÓN DE LA HISTORIA DEL DERECHO CON OTRAS CIENCIAS. 2 Ensayo comparativo. 2 Fundamento de argumentos. 4 Evaluación de Trabajo Autónomo ORIGEN Y FUNDAMENTO S DEL DERECHO. 1 Revisión de textos referenciales. 1 Ejemplos 2 Evaluación Escrita. Evaluación de trabajo Autónomo EVOLUCIÓN DE LA HISTORIA DEL DERECHO. 1 Revisión de textos referenciales. 1 Ejemplos 2 Evaluación de trabajo Autónomo 12 08 20 TOTAL 20 TOTAL 20 SEGUNDO PARCIAL EL ORIGEN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO. 3 Ejemplificar normas 3 Evaluación de trabajo Autónomo Describir los sistemas jurídicos del mundo antiguo, determinando su aplicación y los valores que trascendieron, como la libertad y la democracia. DIVISIÓN DE LA HISTORIA Discusión 2 Ejercicios propuestos sobre los dos modelos. 2 Evaluación de trabajo Autónomo LA PREHISTORIA Discusión 2 Taller 2 Ronda de Preguntas. Lecciones LA EDAD ANTIGUA 3 Ensayo 3 Evaluación de trabajo Autónomo. Lecciones EGIPTO, BABILONIA 3 INFORME DE IVESTIGACION 3 Participación en Clase. Prueba escrita
  • 7. ASIRIA PERSIA 3 INFORME DE IVESTIGACION 3 Evaluación de trabajo Autónomo. Lecciones CHINA INDIA E ISRAEL Exposiciones Orales 2 Informe 2 Evaluación de trabajo Autónomo. Lecciones RECUENTO GENERAL Evaluación parcial 2 Evaluación Parcial 2 Evaluación parcial 12 08 20 TOTAL 20 TOTAL 20 TERCER PARCIAL GRECIA Y ROMA 1 Exposiciones 1 Informe de investigación. 2 Evaluación de trabajo Autónomo. Lecciones. Identificar los elementos jurídico-políticos y religiosos que se desarrollaron en la época medieval y moderna con los derechos a la vida, a la libertad y a la propiedad privada, y su incidencia en los derechos fundamentale s y la vigencia de los mismos en la sociedad contemporán ea. LA LLEGADA DE LOS DORIOS,COLO NIZACION 1 Informe de investigación 1 Evaluación de trabajo Autónomo ESPARTA Y ATENAS. 1 Exposiciones 1 Informe de investigación 2 Lecciones. Participación en Clase. ROMA. 1 Debate 1 Debate 2 Prueba escrita. Evaluación de trabajo Autónomo ASPECTOS POLÍTICOS Y SOCIALES. 2 Debate 1 Investigar debilidades y fallos de control 3 Prueba escrita. Participación en clase MONARQUIA REPUBLICA E IMPERIO ROMANO 1 Revisar textos referenciales. 1 Investigar sobre definiciones y ejemplos 2 Lecciones. Evaluación de trabajo Autónomo CAÍDA DEL IMPERIO. 1 Investigar sobre definiciones y ejemplos 1 Lecciones. Evaluación de trabajo Autónomo DERECHO ROMANO 2 Revisar textos referenciales. 2 Investigar sobre definiciones y ejemplos 4 Lecciones. Evaluación de trabajo
  • 8. Autónomo IMPORTANCIA 2 Evaluación parcial. 1 Investigar sobre definiciones y ejemplos 3 Lecciones. Evaluación de trabajo Autónomo 12 08 20 TOTAL 20 TOTAL 20 CUARTO PARCIAL LA EDAD MEDIA 3 Investigar métodos de interpretación 3 Lecciones. Evaluación de trabajo Autónomo. Explicar la situación jurídica anterior a la conquista española, la aplicación de su sistema legal y su incidencia en la realidad jurídica ecuatoriana. EL DERECHO CANÓNICO. Ejemplos de interpretación 2 Lectura de fallos 2 Participación en Clase. Lecciones EL DERECHO INDIANO. 3 Ensayo 3 Participación en clase. Lecciones EDAD MODERNA. Taller 2 Investigar la evolución. 2 Evaluación de trabajo Autónomo CAMBIOS CRONOLÓGICO S 3 Informe de investigación. 3 Participación en Clase. Lecciones EL DERECHO GERMANO Taller comparativo 2 Ensayo 2 Evaluación de trabajo Autónomo. EL DERECHO MUSULMÁN 2 . Investigar nuevos elementos 3 Evaluación de trabajo Autónomo. Lecciones EVALUACIÓN Evaluación oral. 2 Informe 2 Participación en Clase. Lecciones DEFENSA DEL PROYECTO INTEGRADOR 1 12 08 20 TOTAL 20 TOTAL 20 TOTAL FINAL 80 TOTAL FINAL 80
  • 9. HORARIO DE CLASE / LABORATORIO: HORAS/JORNADA LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES 1 2 3 x X x x 4 5 NUMERO DE SESIONES DE CLASE POR SEMANA: DURACION DE CADA SESION PARA CUBRIR EL CONTENIDO TEORICO PARA CUBRIR LAS ACTIVIDADES PRACTICAS Semana 1 2 1 Semana 2 2 1 Semana 3 2 2 Semana 4 2 2 Semana 5 4 2 Semana 6 2 1 Semana 7 2 1 Semana 8 3 2 Semana 9 2 2 Semana 10 3 2 Semana 11 2 1 Semana 12 2 1 Semana 13 3 2 Semana 14 3 2 Semana 15 2 2 Semana 16 3 2 Semana 17 3 2 Semana18 3 2 Semana 19 DEFENSA PROYECTO INTEGRADOR 2 2 Total: 48 32 TOTAL FINAL 80 CONTRIBUCION DEL CURSO EN LA FORMACION DE UN PROFESIONAL. Objetivos planteados hacia los resultados de aprendizaje, pretenden fortalecer y desarrollar el
  • 10. conocimiento, la comprensión, la explicación, la interpretación y el análisis, de la HISTORIA DEL DERECHO, tomando como punto de referencia el ordenamiento jurídico ecuatoriano y la ética profesional. Por ser base del estudio de varias instituciones jurídicas la Historia del Derecho es de gran aporte en la formación del estudiante; correlacionándose con materias como Introducción al Derecho, Ciencia del Estado y Deontología Jurídica. El sílabo de la Historia del Derecho corresponde al eje de formación básica de la Carrera de Derecho y contribuye en nivel medio a la formación del abogado con conocimientos fundamentales de las normas jurídicas, morales y religiosas, para el funcionamiento de la instituciones jurídicas contemporáneas y lograr un perfil profesional de éxito dentro de la Ética y el marco constitucional. RESULTADOS O LOGROS DEL APRENDIZAJE CONTRIBUCIÓN (ALTA, MEDIA, BAJA) EL ESTUDIANTE DEBE: EXPLICAR instituciones jurídicas, conceptos básicos y principios del derecho desde el Estado Constitucional de Derechos, de justicia, democrático, multiétnico y plurinacional MEDIA Definir el derecho y explicar su función social, las relaciones entre derecho e historia y las categorías jurídicas fundamentales. MEDIA Describir los sistemas jurídicos del mundo antiguo, determinando su aplicación y los valores que trascendieron, como la libertad y la democracia. MEDIA Identificar los elementos
  • 11. jurídico-políticos y religiosos que se desarrollaron en la época medieval y moderna con los derechos a la vida, a la libertad y a la propiedad privada, y su incidencia en los derechos fundamentales y la vigencia de los mismos en la sociedad contemporánea. MEDIA Explicar la situación jurídica anterior a la conquista española, la aplicación de su sistema legal y su incidencia en la realidad jurídica ecuatoriana. METODOLOGÌA. 1.-= APRENDIZAJE BASADO POR PROBLEMAS a) EXPOSICIÓN PROBLÉMICA • Conversación acerca del problema, procedimientos para resolver el problema. • Exposición de los elementos esenciales: teorías, lógica constructiva del conocimiento • Actividad científica del estudiante siguiendo la lógica.
  • 12. • Formulación de hipótesis, preguntas problémicas y análisis. • Solución de problemas guiado por el maestro. b) CONVERSACIÓN HEURÍSTICA • Diálogo establecido entre profesor y alumno mediante preguntas. • Razonamiento de los alumnos para arribar a conclusiones. • Solución del problema. c) BUSQUEDA PARCIAL • Formulación del problema. • Organización de la búsqueda de solución. • Exposición de los elementos contradictorios por parte del profesor. • Entrega de la guía por parte del profesor. • Búsqueda independiente por parte de los alumnos. 2.-) METODO DE TRABAJO POR PROYECTOS • Identificación del problema • Contextualización y diagnóstico. • Encuadre con relación al problema. • Conformación de equipos de trabajo. • Construcción del problema específico. • Planeación estratégica para solucionar el problema 3.- MÈTODO ANALÌTICO • Determinar los límites del objeto a analizar. • Determinar los criterios de descomposición del todo.
  • 13. • Determinar las partes del todo. • Estudiar cada parte del todo (interna). 4.- METODO SINTÈTICO: • Comparar las partes entre si (rasgos comunes y diferencias). • Descubrir los nexos entre las partes (causales, de condicionalidad, de coexistencia, etc). • Elaborar conclusiones acerca de la conclusión del todo. 5.- CICLO EXPERIENCIAL DEL APRENDIZAJE. • Experiencia • Reflexión a través de preguntas • Conceptualización • Aplicación RECURSOS. • Legislación • Doctrina • Tecnologías de la Información Científica FORMAS DE EVALUACION DEL CURSO PRIMER PARCIAL SEGUNDO PARCIAL TERCER PARCIAL CUARTO PARCIAL EVALUACION FINAL EXAMENES 50% 50% 50% 50% LECCIONES 10% 10% 10% 10%
  • 14. TAREAS 10% 10% 10% 10% INFORMES 10% 10% 10% 10% PARTICIPACION EN CLASE 10% 10% 10% 10% ACTIVIDADES DE TRABAJO 10% 10% 10% 10% AUTONOMO PROYECTO INTEGRADOR 100% TOTAL 100% 100% 100% 100% 100%
  • 15.
  • 16. CAMBIOS CRONOLÓGICOS DEL DERECHO DERECHO E HISTORIA. El mero hecho de definir el Derecho como fenómeno histórico, como producto o resultado de la Historia, supone introducirnos en un aspecto fundamental del ordenamiento jurídico, en aquello que nos ayuda a facilitarnos –junto a su racionalidad- su más adecuada perspectiva. Por ello, cabría concebir el Derecho como una creación de la Historia ya que, en último término, tiene por destinatario final a la persona humana, ser histórico por excelencia. SU CARACTERÍSTICA COMÚN E INMUTABLE. Podemos mantener el carácter estable del Derecho –siempre desde su vertiente objetiva-con base en que el mismo se proyecta sobre constantes situaciones humanas –piénsese, p. ej., las convenciones o pactos, el instituto del matrimonio, etc.- de modo que si dichas situaciones no experimentan variación alguna el Derecho, en principio y considerado en sentido abstracto, permanecerá inmutable. No obstante, simultáneamente se configura y aparece con un indiscutible carácter mudable, debido a que en las actuaciones de los sujetos se halla latente la idea de libertad. En efecto, la regulación de aquéllas relaciones y situaciones es susceptible de transformación, y de facto se transforma, dependiendo de la fase de desarrollo alcanzada del hombre en sociedad. En este supuesto el Derecho o, de
  • 17. manera más concreta, algunas de sus instituciones jurídicas cambian, evolucionan, en aras a la adaptación a las nuevas formas adquiridas por las situaciones sociales; aun manteniéndose sustancialmente iguales aquéllas relaciones y situaciones que las originaron. Bajo estas premisas nos hallamos en condiciones de afirmar que el rasgo que define al Derecho es su vertiente social, esto es, el constituir una manifestación cultural emanada de una sociedad específica sobre la que se aplica y de la cual recibe la fuerza motriz que determina tanto su carácter, como su irremediable evolución. Pese a que la Historia del Derecho se ocupa del estudio del Derecho pretérito (o Derecho histórico), ello no significa que aquél que se encuentre en vigor en un momento determinado (o Derecho positivo) constituya por sí una gran novedad respecto del que predominó en una época anterior; pues cuando no es la forma de regulación, son los propios principios inspiradores los que no sufren alteración alguna, permaneciendo vigentes en la nueva etapa del devenir histórico del Derecho. UNOS MOTIVOS DE SU DESARROLLO. Cualquier evolución jurídica obedece a diversos motivos que, concurriendo, la posibilitan y le conceden el empuje preciso para que se produzca. Básicamente dichos motivos radican en la sociedad misma que, al reestructurarse, propician una simultánea transformación en lo jurídico, es decir, en el Derecho. Esa transformación operada puede obedecer a diferentes factores, tales como:
  • 18. - Aparición de nuevas situaciones de hecho no contempladas anteriormente por el Derecho (p. ej., las derivadas de los avances tecnológicos y/o científicos como circulación de vehículos a motor, etc.). - Introducción de nuevos preceptos (p. ej., despenalizando conductas sancionadas con anterioridad, como ha sucedido con los delitos de adulterio o aborto). - Cambio en la mentalidad social. - Motivos técnicos introducidos para alcanzar una mayor eficacia en el ordenamiento jurídico. Así pues, resulta constatable que las causas que determinan una evolución del Derecho son diversas y actúan con distinto grado de intensidad, razón ésta por la cual no es posible llevar a cabo una enumeración exhaustiva de las mismas (numerus clausus), por resultar de muy heterogénea índole (lo que provoca que se admita que las mismas siempre serán numerus apertus). Dentro del sistema jurídico, estimamos conveniente resaltar que las instituciones que lo integran no evolucionan de modo independiente unas de otras, sino que cada una lo hace en armonía con las restantes, propiciando que la evolución jurídica se caracterice por verificarse de manera ininterrumpida y gradual en todas sus porciones.
  • 19. Con este antecedente, el citado autor distingue tres etapas en la evolución del derecho penal tal como se lo concibe en la actualidad, y que son: ETAPA OSCURANTISTA En esta larga etapa de la historia de la humanidad no existió propiamente un derecho penal, sino un conjunto de prohibiciones sobre hechos que se consideraban lesivos al individuo, al grupo social o la divinidad, ante los cuales se reaccionaba con violencia, etapa en la que generalmente se confundía los conceptos de delito y de pecado, a cuyo efecto el infractor debía expiar su falta mediante un castigo cruento que se encontraba a cargo de una autoridad (política, militar o religiosa). De esta etapa Reyes Echandía rescata cuerpos normativos como el Código de Hammurabi (2.250a.C.), el Código de Manú, y las leyes de Moisés, como intentos legislativos a partir de los cuales el delito empezó a adquirir tímidamente categoría institucional. ETAPA DE HUMANIZACIÓN DEL DERECHO PENAL: En esta etapa, el mencionado autor, Alfonso Reyes se sitúa en los avances notables observados en la sociedad durante el siglo XVIII, época impactada por el iluminismo, en la cual la justicia penal salió de los linderos metafísicos para tornarse humana, y en la que se concreta estructuras jurídicas en la materia, se modera la crueldad en el castigo y se comienza a reconocer garantías a favor del reo, época de la que es importante destacar los aportes de John Howard con su análisis sobre las condiciones de la población carcelaria, y de César Beccaria quien en su obra De los delitos y de las penas”, traza los principios por los que plantea que el derecho a castigar emana del pacto social; que es mejor prevenir los delitos que castigarlos; que solo las leyes pueden establecer delitos y penas; que se debe
  • 20. repudiar la tortura como instrumento procesal; y que la pena debe impedir que el reo cometa nuevos delitos y evitar que los demás miembros de la sociedad imiten su conducta, principios que son recogidos por los grandes artífices de la Revolución Francesa, especialmente en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, lineamientos que fueron seguidos por los denominados autores prácticos del derecho penal, que empezaron a construir sistemas teóricos que reemplazaron los desordenados preceptos Feudales, autores entre los que se puede destacar a Jeremías Bentham y Anselmo de Feuerbach. ETAPA DE LAS ESCUELAS PENALES: En esta etapa Reyes Echandía destaca que a partir de las ideas liberales desarrolladas durante los siglos XVIII y XIX, con relación a los conceptos básicos de delito y pena, se fueron estructurando corrientes doctrinarias que dieron origen a verdaderas escuelas jurídico-penales, entre las que se destacan la Clásica y la Positiva, ambas de origen italiano, cuyos principios y representantes son: ESCUELA CLÁSICA: Esta escuela recoge sistemáticamente la mejor tradición de Iluminismo y plantea como principios que el delito nace de una ley del Estado; que la responsabilidad penal se sustenta en la voluntad de obrar del delincuente; y que la pena se basa en la necesidad que tiene la sociedad de ejercer la tutela de los derechos ciudadanos de un modo coactivo. Esta escuela, cuyo aporte principal es haber realizado un estudio sistemático del delito como entidad jurídica, tiene como máximo representante a Francisco Carrara.
  • 21. ESCUELA POSITIVA: Esta escuela nace como una posición doctrinaria contraria a la Escuela Clásica, en cuanto objeta el individualismo abstracto de ésta, frente a la necesidad de defender eficazmente el cuerpo social frente a la acción de la delincuencia, a cuyo efecto plantea como principios la figura protagónica del delincuente en la justicia penal; la concepción del delito como un fenómeno natural y humano, sustentado en factores individuales (psíquicos), físicos (ambientales) y sociales; la responsabilidad basada en la actividad psicofísica del delincuente; y, la pena como medida de defensa social de carácter preventivo. Los representantes de esta escuela son César Lombroso con su teoría sobre el delincuente nato; Enrico Ferri con su estudio de los factores sociales del delito y tipos delincuenciales, y Rafael Garófalo con su sustento jurídico sobre las teorías de Lombroso y Ferri. Por último Reyes Echandía concluye que a partir de las escuelas clásica y positiva se desarrollaron otras escuelas, entre ellas la denominada: TERCERA ESCUELA Sustentada por Emanuele Carnevale y cuyos principios propugnan la autonomía del derecho penal; el estudio jurídico, antropológico y sociológico del delito; la imputabilidad sustentada en la voluntad y los motivos que la sustentan; y, el derecho a castigar sustentado en la defensa social.
  • 22. LA ESCUELA DE LA POLÍTICA CRIMINAL Encabezada por Franz Von Liszt y que se sustenta en un método jurídico para indagar el contenido del derecho penal; la fenomenología social del delito ocasionado por factores endógenos y exógenos, y una pena retributiva con la finalidad de proteger los intereses comunes. LA ESCUELA FINALISTA Sostenida por el alemán Hans Wezel que establece que la acción es el elemento básico del delito, ubicándose dentro de ella el dolo, al que se entiende como la voluntad que se manifiesta en un resultado, con lo cual se desplaza este elemento del ámbito de la culpabilidad al de la tipicidad. ESCUELA CIENTÍFICO-SOCIAL Sustentada por Hassemer y Jakobs, la que se opone al principio de la culpabilidad y propone sustituirlo por el principiode la proporcionalidad que abandonaría el culpabilismo, con el fin de lograr una prevención general del delito. ANTECEDENTES DEL DERECHO PENAL ECUATORIANO (ÉPOCA REPUBLICANA) El autor Ernesto Albán al referirse a la evolución del derecho penal en el Ecuador, considera los períodos fundamentales en que se divide la historia en nuestro país, así tenemos: el aborigen, colonial y republicano.
  • 23. PERÍODO ABORIGEN: Esta etapa se caracteriza por la falta de fuentes documentales para determinar las normas penales que regían entre los pueblos que habitaban el Ecuador, normas que según Albán Gómez eran consuetudinarias ya que se transmitían verbalmente. Añade el autor que antes de la invasión incásica cada tribu tenía sus normas particulares, por lo que con el incario se unifican esas normas, de las que se puede destacar su carácter eminentemente público y su matiz religioso. Por otra parte en el incario se define una gradación de las infracciones según su gravedad, entre las que predominan las que afectan al inca, la religión y el Estado, pasando luego a los delitos contra las personas, los sexuales y contra la propiedad colectiva. En general en el incario la delincuencia es escasa, pero la que se producía era severamente reprimida con la pena de muerte y otras sanciones de carácter corporal. PERÍODO COLONIAL: Con la conquista española se introdujo en las colonias el sistema legal hispánico de fuerte raigambre romano y con elementos del derecho canónico, leyes penales que se caracterizaban especialmente por la severidad de las sanciones a través de la pena de muerte y otros castigos corporales. En este período es importante destacar la expedición de las Leyes de Indias de 1680, normativa que pretendía tutelar la población indígena americana, pero que lamentablemente se quedó en letra muerta. PERÍODO REPUBLICANO: Sobre este período, el autor Ernesto Albán Gómez, señala que la independencia y los comienzos de la República no implicaron la aparición automática de un nuevo sistema legal, por lo que continuaron rigiendo las leyes españolas hasta que se dictaron otras leyes
  • 24. que las reemplacen, lo que en el campo penal recién aconteció en 1837 cuando se aprobó el primer Código Penal ecuatoriano. En efecto, precisa el autor, que a partir del citado año y durante el período republicano se han expedido en el país cuatro códigos penales, cuerpos legales sobre los que se puede destacar los siguientes aspectos: EL CÓDIGO PENAL DE 1837 Fue promulgado durante la presidencia de Vicente Rocafuerte, por lo que se inspiró en las ideas liberales de dicho mandatario y al parecer del código español de 1822, normativa en la que se empieza a institucionalizar los principios fundamentales de la Escuela Clásica, esto es, legalidad de delitos y penas, culpabilidad psicológica, entre otros temas, manteniéndose eso sí algunas de las viejas tradiciones penales; EL CÓDIGO PENAL DE 1872 Fue expedido durante la segunda presidencia de Gabriel García Moreno y se inspiró en el Código Penal de Bélgica de 1867, el que a su vez tenía como modelo el Código francés de 1810. Este Código tiene alguna evolución con relación al de 1837 en cuanto a los conceptos esenciales derivados de la Escuela Clásica; EL CÓDIGO PENAL DE 1906 Promulgado durante la segunda presidencia de Eloy Alfaro, cuerpo normativo que en su estructura básica es igual al anterior, pero que introduce dos importantes reformas acordes a la orientación liberal imperante en el país y que son la supresión de la pena de muerte y de los delitos contra la religión; y,
  • 25. CÓDIGO PENAL DE 1938 Expedido durante la dictadura del General Alberto Enríquez, que mantiene la estructura básica del código anterior derivada de la Escuela Clásica, con algunos toques modernizadores inspirados en el Código Penal italiano de 1930 y en el argentino de 1922, tales como la relación de causalidad, la imputabilidad, entre otros aspectos, Código que se encuentra vigente en el país, debiéndose destacar que desde su expedición se le han incorporado algunas codificaciones, la primera en 1953, la segunda en 1960 y la tercera en 1971, cuya numeración es la que se cita actualmente en trámites judiciales y sentencias. Entre las principales Reformas introducidas al Código Penal de 1938 se puede destacar las siguientes: La tipificación del delito de terrorismo de 19 de diciembre de 1975, mediante reforma al Art.160; La tipificación del delito de enriquecimiento ilícito de 29 de agosto de 1985, mediante la inclusión de tres artículos innumerados agregados luego del Art.296; Cuando los reos hubieran permanecido sin sentencia detenidos por igual o mayor tiempo a la pena máxima a la que tendrían que ser condenados, serán en inmediata libertad) de 24 de diciembre de 1997; La derogatoria del Art.27 (causa de excusa cuando se sorprenda en acto carnal ilegítimo a hija, nieta o hermana) de 21 de julio de 1998;
  • 26. BIBLIOGRAFÍA  Alfonso Reyes, Derecho Penal, Editorial Temis, Bogotá-2002, pp.12-22 .  Albán Ernesto, Manual de Derecho Penal, Régimen Penal – Corporación. Ediciones legales, Quito- 1992, pp.-38-41.
  • 27. ASPECTOS POLÍTICOS Y SOCIALES DE ROMA Este imperio fue uno de los más grandes e importantes imperios a nivel de historia universal, su existencia marco cambios en los sistemas políticos, económicos, religiosos de su época. Cambios tan trascendentales que todavía nos influyen como el derecho y los sistemas políticos. El nacimiento del imperio viene precedido por la expansión de su capital Roma, que se extendió en torno al Mar Mediterráneo. Roma fue una civilización la cual fue fundada en el año 753 a.C. por los hermanos Rómulo y Remo. Con la investigación necesaria para realizar este trabajo se conocerá la historia de sus orígenes según la mitología o la leyenda, la monarquía, la república en sus mejores momentos y sus crisis, las guerras con sus causas y las consecuencias de ellas. También su economía, cultura, su modo de vida, religión, creencias y hasta los legados que le quedaron no solo al mundo occidental sino al mundo entero. Se estudiará el aporte de Roma al mundo moderno.
  • 28. CLASES SOCIALES Y OCUPACIONES Hay dos tipos de clases sociales: la clase alta llamada el Alto Imperio; y la clase baja llamada el Bajo Imperio. El alto Imperio (s.I al III d.C). La prosperidad económica de esta época trajo consigo un período de estabilidad. La estructura social en el Alto Imperio se mantuvo similar a la de la última época republicana, los únicos cambios importantes fueron el aumento del número de esclavos y libertos, como consecuencia de la expansión, y la concesión que hizo en el 212 el emperador Caracalla de ampliar el derecho de ciudadanía a todos los hombres libres del Imperio. El bajo Imperio. La crisis política, económica y social que comenzó en el s.III determinó la nueva estructura social del bajo Imperio. La dificultad para gobernar un territorio tan extenso, la caída de los ingresos que provocó la pax romana, las ambiciones de algunos militares y belicosidad de los pueblos fronterizos no asimilados desencadenó la ruina de Roma. A partir de la segunda mitad del siglo IV el Imperio entró en una decadencia imparable. La disgregación territorial, la pobreza y la inseguridad provocaron un cambio radical en la sociedad y como consecuencia de ello el desmantelamiento de la civilización romana. Además la sociedad romana tenía un rígido sistema de clases y a algunos de sus individuos les negaba la libertad. Y todo ello se reproducía a pequeña escala en la célula social más importante, la familia, bajo la autoridad del padre convertido en jefe de la casa.
  • 29. Pero junto a estas desigualdades, Roma legó también el modelo de una nueva organización del Estado que trascendía la ciudad y la ciudad y la convertía en la base del imperio, un sistema jurídico racional, y los principios fundamentales del derecho público y privado. La sociedad se sustentaba en grandes desigualdades. De ellas la más terrible era la que convertí los hombres en libres o esclavos. Y aún con todo, los hombres libres tampoco eran iguales entre sí. LAS CLASES SOCIALES La sociedad romana se dividía en dos grupos los libres y los esclavos. Dentro de los libres podíamos encontrar los ciudadanos y los no ciudadanos. LOS ESCLAVOS: solían ser prisioneros de guerra o de hijos de esclavos. Carecían de todos los derechos y se les consideraba una posesión más de sus dueños. Aunque desempeñaban cualquier tipo de tarea, muchos de ellos (sobre todo los de origen griego) se dedicaban a la enseñanza, pues poseían un nivel de cultura superior. Sus dueños podían concederles la libertad, con lo cual pasaban a denominarse libertos, que eran hombres libres pero sin la condición de ciudadanos y por lo tanto sin derechos. Los hombres libres también sufrían las desigualdades y además de los libertos ya mencionados, se dividian: LOS PATRICIOS: Descendientes de los fundadores de Roma. Tenían un rango social superior y poseían grandes riquezas. Gozaban de plenos derechos. PLEBEYOS: Eran originarios de los pueblos dominados por Roma, no gozaban de tantos derechos como los patricios.
  • 30. CLIENTES: eran hombres libres con derechos civiles limitados, estaban en una situación de pobreza o una situación de inseguridad que les llevaba a pedir protección a un patricio pero luego tenían que ayudar al patricio del cual dependían. Así que la sociedad se dividía en libres y esclavos. Dentro del grupo de libres podíamos encontrar a los ciudadanos y a los no ciudadanos como dije antes. Dentro del grupo de los libres pertenecían: Los patricios; Los plebeyos- nobilitas (ordo senatorius) - caballeros (ordo equestris) - clientes (cliens) LOS LIBERTOS Y dentro del grupo de los no ciudadanos formaban parte los extranjeros (peregrini) Además los ciudadanos tenían una serie de derechos que cumplir tanto políticos, civiles y obligatorios: LOS DERECHOS CIVILES ERAN: Derecho a los tria nomina (praenomen, nomen y cognomen) Derecho a hacer testamento
  • 31. Derecho al matrimonio, que comportaba la patria potestas del padre Derecho a emprender una acción judicial LOS DERECHOS POLITICOS ERAN: Derecho a participar en la vida pública, tanto como elector(votante) como elector (candidato a ocupar un cargo político) Derecho a participar en los sacerdocios Y las obligaciones que tenían eran las siguientes: Realizar el servicio militar (milita). Esta obligación desapareció con la profesionalización del ejército. ORGANIZACIÓN POLÍTICA En la época monárquica. En sus comienzos Roma era una monarquía, cuya organización política era la siguiente: EL REY: El cargo era electivo y tenía amplísimos poderes políticos, militares y religiosos. EL SENADO, TAMBIÉN LLAMADO CONSEJO DE ANCIANOS: Estaba integrado por los jefes de las familias fundadoras de la ciudad. Asesoraban al Rey y asumían el gobierno en períodos de transición entre la muerte del Rey y la elección del sucesor. LOS COMICIOS O ASAMBLEA DEL PUEBLO: Tenían ciertas funciones legislativas y judiciales. También elegían a propuesta del Senado. Pero en la época republicana con la
  • 32. expulsión del último Rey, se instauró en Roma un régimen republicano. Fue una etapa de expansión militar, de conflictos sociales entre Patricios y Plebeyos; y de una profunda reorganización política. El nuevo sistema pretendía que nadie pudiese acaparar demasiado poder, ni por tiempo ilimitado. La organización política era: *LOS MAGISTRADOS ROMANOS: al contrario que los griegos, no eran meros servidores de los pueblos, sino representantes del poder del Estado con verdadera autoridad. Los magistrados superiores eran jefes del ejército, administradores de justicia y velaban por el mantenimiento de las buenas costumbres. EL DERECHO ROMANO ORIGEN DEL DERECHO ACTUAL Los juristas romanos distinguieron dos tipos de relaciones, la que se tenía entre el estado y los ciudadanos (Derecho público) y las practicadas entre los ciudadanos entre sí (Derecho privado). Aquí destacan las reglamentaciones con respecto a contratos, así como leyes orientadas a calificar delitos y normar las relaciones familiares. Los procesos judiciales en Roma se efectuaban públicamente en el foro; las acusaciones se exponían ante un presidente y jurados. Para la aplicación de justicia se responsabilizó primero al rey, después a los cónsules y posteriormente a los pretores. El Derecho Penal cubría una amplia lista de violaciones a la ley, como la alta traición, desfalco, indecencia, perjurio, falsificación entre otros. Tenían que probarse los cargos con plena claridad ante el acusado y sus defensores; solo así la sentencia podía ser condenatoria y el acusado era penado o absuelto mediante los votos emitidos por los jurados. Los castigos oscilaban desde la multa hasta la pena capital y en algunos casos, se recurría a la
  • 33. decapitación ahorcamiento, precipitación desde una colina, o crucifixión para los esclavos criminales o para hombres libres que no fueren ciudadanos romanos. REY SENADO COMICIOS CURIADOS Competencias  Militares  Judiciales  Legislativ as  Religiosas  Aconseja al rey  Propone el candidato al trono Eligen al rey a propuesta del Senado Composición Un patricio elegido por las asambleas a propuesta del Senado  Los nombra el rey entre los jefes de las gens.  Lo forman 300 miembros, 100 por cada tribu  Lo forman 30 comicios, 10 por cada tribu  Participan los patricios Permanencia en el cargo Vitalicio A voluntad del rey Vitalicios
  • 34. ENSAYO DESARROLLO DEL DERECHO EN EGIPTO Y BABILONIA UNA EXPLICACIÓN SOBRE EL ORIGEN DEL ESTADO EGIPCIO B. Kemp, El Antiguo Egipto y Babilonia1992. Los pueblos de antiguo oriente son la cuna de los primeros pueblos civilizados, por lo tanto los primeros documentos jurídicos se hayan publicado bajos su credo e ideología política y son la base del derecho actual adecuándolo a las sociedades modernas. El derecho penal es un conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica. Cuando se habla dederecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo a lo que se desee hacer referencia; de tal modo, podemos mencionar una clasificación preliminar tal como: derecho penal sustantivo, y por otro lado, el derecho penal adjetivo o procesal penal.
  • 35. DESARROLLO DEL DERECHO EN EGIPTO Como todos los pueblos de la antigüedad, Egipto constituye uno de los pueblos cuya trascendencia y tradición cultural se ha desarrollado desde tiempos muy remotos, por eso se dice que Egipto es uno de los pueblos, en la historia más largo en oriente. Egipto está calificado entre los pueblos de cultura hidráulica, Ya que el rio Nilo constituye el fundamento económico, religioso, social en el que ha tenido si apogeo esta cultura. SITUACION POLITICA Egipto al igual que otros imperios orientales de la antigüedad tienen un régimen de monarquía teocrática, es decir que todos los poderes políticos fueron absorbidos por el monarca es decir el Faraón, quien para los egipcios era un ser divino, La monarquía era hereditaria, teocrática e intervencionista ya que el faraón controlaba desde el nacimiento poblacional hasta lo económico. El faraón como sacerdote realizaba los ritos religiosos, encabeza lo administrativo y defendía de los invasores, su principal ayudante se denominaba visir que hacía las veces de ministro. SITUACION SOCIAL La situación social de Egipto como todos los países de oriente antiguo se han caracterizado por tener un gobierno absolutista monárquico y teocrático es decir el monarca absorbía todos los poderes así como la riqueza, compartía estos privilegios con los integrantes de la familia real, la masa de la población tenía que trabajar para el monarca y por el monarca.
  • 36. Los militares se encontraban en disposición del faraón en defensa de su régimen y las fronteras. Los sacerdotes eran los encargados de relazar los ritos religiosos y los escribas incluso interpretaban las inscripciones de las pirámides que luego se supo que tenía verdaderas invocaciones a favor de los faraones fallecidos. LA ESCRITURA EN EGIPTO La escritura se desarrolló en una forma paulatina entre las que se destacaron: primero los jeroglíficos que se cree que se originó en los círculos sacerdotales, escritos religiosos, en los estampados de los muros de las pirámides, pertenece a esta clase de escritura y se denomina texto de las pirámides que fue escrita por los escribas resaltando a los faraones a esta clase de escritura pertenece el famoso libro de los muertos que son rollos de papiro en los cuales consta conjuros, costumbre y consignas que ayudan al muerto a llegar al reino de dios esta es una prueba de que el hombre rendía cuentas de sus actos, esta escritura era de bajo relieve y netamente religiosa . DERECHO DE FAMILIA La organización familiar estaba representada por el padre de familia y todas las acciones de los miembros de los mismos estaban sujetos a la decisión del padre, el matrimonio se efectuaba por la estricta decisión del padre y era calificada como monogámica ya que la poligamia era reservada para el faraón y el padre de familia rica; en consecuencia había dos clases de hijos los de matrimonio y los de extra-matrimonio; los hijos de matrimonio eran los únicos que heredaban mientras que los extramatrimoniales no lo hacían.
  • 37. El deber esencial de los hijos es respetar a sus padres, sentencia esta que se la encuentra en las tumbas con leyendas como: “Ha respetado su padre “ El gran momento para el hombre fue el matrimonio, que tenia que tener un hogar para ser recién considerada la concepción familiar, es la clase de la moral egipcia. El adulterio era sancionado con la pena de muerte, solo el hombre era autorizado para contraer segundas nupcias, pero su primera esposa tenía derecho sobre sus bienes, la esposa era bien considerada en lo afectivo y en lo que se refiere al hogar. Había prohibición para la mujer en cuanto a lo que estaba fuera de las labores de la casa, ella no tenía autoridad “. En el imperio egipcio era aceptado el divorcio y cuando el padre quería contraer segundas nupcias, tenía que obtener autorización de los hijos del primer matrimonio. DERECHO PENAL Es mucho más severo, el homicidio se castiga con la muerte; La conspiración contra el rey el robo y las violaciones son también sancionadas con la pena de muerte. El mero hecho de no denunciar un crimen al que se ha asistido lleva consigo la misma pena que la del criminal (cómplice), Si se condena a muerte a una mujer en cinta la pena no se aplica sino hasta después de haber dado a luz. Los funcionarios como jueces culpables de cohecho son incitados a suicidarse a fin de salvaguardar el honor de los cargos que desempeñaba. Entre los crímenes más comunes que se dieron en Egipto y sus sanciones tenemos:
  • 38. 1) Perjurio.- los testigos falsos o delito de concusión cuando este era comprobado había tres formas de sanción: 1.- Eran castigados mediante la mutilación de oreja, nariz, manos según la falta que cometían. 2.- Eran sancionados con trabajos forzados que realizaban en las minas. 3.- Eran expulsados a la frontera es decir desterrados. 2) Homicidio.- Era sancionado con la pena de muerte al igual el cómplice. 3) Conspiración.- Era considerado como conspiración el robo y la violación que tenía como pena la muerte. PROSEDIMIENTO PENAL Cuando se ha iniciado una denuncia esta es instruida por el Visir, asistido de un oficial y el gobernador de Tebas en su calidad de jefe de policía, los inculpados son encarcelados y sometidos a un interrogatorio acompañado de torturas que consistía en azotes en manos y pies, una vez obtenida la confesión se procede a la reconstrucción del crimen en el mismo lugar mientras son oídos los testigos , terminada esta instrucción , el Visir acude personalmente al lugar para asegurarse que la misma ha sido llevada a cabo con todo cuidado y equidad. Una vez que se ha realizado este trámite, se efectuaba una audiencia la misma que era presidida por el Visir donde concurren los inculpados y si no se ha comprobado su responsabilidad se les pone en libertad y su absolución se pronuncia inmediatamente.
  • 39. Esta audiencia está compuesta por sacerdotes, funcionarios, magistrados y presidida por el Visir, asistido por un procurador y un escribano; la sentencia dilatada es registrada y se conserva en archivos judiciales, todo este procedimiento se lo hace por escrito, la declaración de testigos en materia civil se hace bajo jumento más no en materia penal. SUCESION EN EGIPTO Existía una prohibición para los hijos que debían respetar los bienes de sus padres mientras estos vivan únicamente a la muerte de uno de ellos podían repartirse los bienes; a esto se le llama sucesión. La familia estaba constituida por lasos sanguíneos, papá, mamá e hijos, la familia era muy importante en Egipto y es así que la edad para contraer matrimonio era de 12 a 14 años en las mujeres y de 16 en los varones existían frases donde se daba importancia para que el egipcio respete a su familia y hogar. DERECHO FISCAL En Egipto encontramos ya la institución del impuesto progresivo, significando con esto que el que más tiene paga más asemejándose en la actualidad al impuesto a la renta en aquellas épocas ya se encuentra aunque en forma rudimentaria el Tesoro Nacional, con lo que fue posible la construcción de grandes obras. DESARROLLO DEL DERECHO EN BABILONIA En la actualidad Babilonia estaba situada en lo que hoy es Irak su gobierno fue teocrático. El rey más ilustré de Babilonia fue Hammurabi, es famoso por que codifico las leyes y costumbres dispersas; dejo el código de leyes más antiguo que lleva su nombre “El
  • 40. Código de Hammurabi” que fue escrito hace más de 2000 años A.C. y fue encontrado en 1901, fue escrito en una piedra cilíndrica de 2 metros de altura. En este código hay preceptos en materia civil, penal, administrativa; sin que falten disposiciones de carácter mercantil. El comercio Babilónico donde quiera que llegara llevaba consigo sus leyes con la cual podía realizar sus negocios. La cultura de este pueblo se fundamentó en dos grandes factores que son la arquitectura y el comercio; de aquí nace la administración entre bienes muebles e in muebles que dio origen a los créditos. DERECHO PENAL El código de Hammurabi tiene preceptos (normas) de gran importancia jurídica entre ellos encontramos los siguientes: 1.- Si un hombre acusa a otro de un crimen capital y no puede probar lo que acusa será castigado con la muerte. 2.- Si un hombre ha robado algo del templo; morirá y al que compre lo robado tendrá la misma pena. 3.- Si una vendedora de vino tenía la medida corta la taberna se echaría al rió. 4.- En el aspecto penal hay disposiciones fundamentadas en la ley del taleón esto es si un hombre destruye el ojo de otro hombre, se le destruirá el ojo al otro. 5.- La muerte por ahogo o apedreamiento era muy común, las causas como la hechicería o falso testimonio se aplica las ordalías, que significa una sanción por la cual el acusado era
  • 41. lanzado a un rió caudaloso amarrado la pierna izquierda con el brazo derecho, y si se hundía era culpable y si nadaba era inocente. DERECHO DE FAMILIA Los derechos supremos dentro de la familia le pertenecen al padre, la patria potestad otorga derechos absolutos hasta el extremo que el padre de familia podía vender o arrojar de la casa del hogar a su mujer y a sus hijos; el matrimonio se arreglaba de forma contractual el padre otorga un hadote a su hija y el pretendiente correspondía haciéndoles regalos. Como forma de terminación del matrimonio tenemos el divorcio y el repudio, se podía acordar sobre la tenencia de los hijos y cuando la mujer no tenía hijos, el marido puede divorciarse de ella entregándole los bienes. ESCLAVITUD El código de Hammurabi establecía que los esclavos debían ser marcados a fuego debiendo llevar un vestido especial que los distinguía de las personas libres; se imponían castigos severos si huían o si atacaban a un hombre libre, pero también tenían ciertas concesiones como otorgarles 3 días libres de descanso al mes, pueden poseer propiedades y comprar su libertad; el amo carece del derecho de quitar la vida a sus esclavos; y los esclavas concubinas gozaban de cierto derecho para una protección especial. SUCESION En el derecho sucesorio los hijos estaban en posición prominente respecto a la viuda que continúa siendo cabeza de familia, los hijos heredaban en partes iguales pero el padre puede favorecer a uno en especial.
  • 42. HONORARIOS En este código encontramos en forma detallada los salarios, honorarios y gratificaciones para el médico cirujano, veterinario y también para los jornaleros y peones. Se hizo un listado del valor que debían cobrar los profesionales de la época, como los médicos, escribas, matemáticos y de la misma manera los salarios para los carpinteros, artesanos, fabricantes de ladrillos, obreros, etc. ADMINISTRACION DE JUSTICIA La ley constaba por escrito en los atrios de los templos y cualquier súbdito podía ponerse en frente de ella para conocer sus normas, no existen personas dedicadas especialmente al derecho, los sacerdotes de mayor jerarquía tenían la calidad de jueces y administraban la justicia en los pueblos se da mucha importancia a la prueba escrita; funciona una cámara de apelaciones compuesta por jueces; y el rey se constituía en el último recurso. Los templos eran además lugares de negocios, donde se llevaba la banca y se registraban los contratos.
  • 43. CONCLUSIÓN Se debe comprender que las reformas que realizaron las diferentes civilizaciones fueron, en algunos casos, revolucionarias en su contexto. Eran tiempos en que se divinizaba a seres humanos; se permitía la esclavitud sin remordimientos; muchos no imaginaron el mundo como una “esfera” y ninguno recorrió todo el planeta. BIBLIOGRAFÍA  B. Kemp, El Antiguo Egipto y Babilonia1992.  http://www.escolares.net/historia-universal/civilizaciones-sumer-mesopotamia-egipto-y-babilonia/
  • 44. ENSAYO OBJETO Y MÉTODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO La complejidad de las relaciones humanas constituye el problema esencial del objeto de la Historia. El historiador pretende establecer cómo y por qué se comportan en el tiempo los grupos humanos tratando de averiguar las causas de tales procesos. Para ello, la Historia del Derecho, como cualquier ciencia histórica, ha de acotar o delimitar su objeto de conocimiento. La agrupación de los diversos hechos históricos por etapas, realizada por los historiadores no puede extrapolarse tal cual al mundo jurídico, debido en parte a las peculiares características que imponen la distinta evolución de los sistemas iusnormativos. De esta manera, dentro de la Historia del derecho, se han delimitado tres métodos de análisis histórico: 1) Método histórico o cronológico: Su análisis comienza realizando una separación de los hechos históricos en distintos periodos, y en base a tal división, investiga los diferentes ordenamientos jurídicos. Consta de tres etapas:  Etapa heurística: Consiste en buscar los hechos del pasado que permitirán en su momento reconstruir el hecho. Son las fuentes de donde brota toda
  • 45. la información necesaria para conocer la época que se estudia. Pueden ser de varios tipos:  Vestigios: Son aquellos restos o huellas del pasado que han llegado a la actualidad. Por ejemplo restos arqueológicos, adornos, hachas, instrumentos, edificios etc.  Testimonios: Son los restos destinados por sus creadores a informar a las generaciones futuras, por ejemplo un arco del triunfo, una crónica de un reinado etc. 2) Método sistemático: Establece que ha de comenzarse el análisis partiendo de una división de sistemas jurídicos, para posteriormente situar el hecho histórico en la etapa correspondiente. 3) Método mixto: Similar al método cronológico, aunque su estudio parte de situar distintas etapas para cada rama del saber jurídico, de manera que no se sitúa plenamente dentro de ninguno de los métodos anteriores, siendo así fruto de un planteamiento sincrético Tradicionalmente la historia del derecho ha sido considerada una asignatura sobre todo formadora, que “alarga” el horizonte cultural de los juristas, al proporcionar la visión del derecho vivido en las diversas épocas. De esta manera, contribuye a marcar la evolución seguida y permite conocer y comprender los procesos por los que se ha pasado hasta llegar a nuestro derecho actual. La Historia del Derecho debe entenderse como una ciencia jurídica por su contenido, y a la vez como una ciencia histórica por su método. Con su estudio el jurista puede encontrar un sinnúmero de elementos formativos que le servirán para
  • 46. explicar e interpretar el derecho vigente; no es un mero intento de desarrollar un curso de historia general. 1 "El Derecho no puede comprenderse sin la Historia y la Historia no puede comprenderse sin el Derecho" Tal afirmación se fundamenta en que el Derecho es una realidad histórica porque las sociedades en las que nace, se desarrolla y aplica son realidades vivas que se transforman, con mayor o menor rapidez e intensidad, con el paso del tiempo. La naturaleza propia de la Historia del Derecho como disciplina hace que haya de situarse entre otras dos grandes ramas del saber, como son la Historia y el Derecho, habiéndose llegado a afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado buen historiador entre los juristas y buen jurista entre los historiadores.2 De esta manera, la Historia del Derecho ha tenido la necesidad de elaborar una justificación que sustente su propia existencia, así como su independencia del resto de disciplinas. Hoy en día, cabe destacar que la disciplina se imparte mayoritariamente en las facultades de Derecho. “H. Mitteis, Bader y Conrad Concebían la Historia del Derecho como una ciencia dual, que participaba de la ciencia histórica y de la ciencia jurídica. Dicho concepto fue adoptado y matizado en España por Font Rius y Escudero.” Con respecto a la dualidad del método, hay que considerar primeramente el método mixto histórico-jurídico.
  • 47. Por otro lado, hay que tener en cuenta el criterio de oportunidad o adecuación que determina en cada caso el método más idóneo para la investigación (dogmática jurídica o método histórico según el objeto concreto de estudio). No se pueden excluir, sin embargo, otros métodos complementarios como el económico y el sociológico, que complementan los dos anteriores, ampliando el concepto de método de la Historia del Derecho hasta un método mixto, con predominio, eso sí, del jurídico y el histórico. Entonces cabe hablar de una Historia del Derecho considerada como ciencia jurídica, que coexiste con otra Historia del Derecho entendida como ciencia histórica, justo con otras concepciones mixtas y sociológicas de la disciplina.3  Como conclusión puedo establecer que el derecho es muy importante ya que este nos da normas para un orden social. Sin el derecho no existiera sociedad y también considero importante que el estudio de la historia del derecho no debe iniciarse exclusivamente a partir de lo que ha sido nuestra vida como país, sino que debe hacer referencia necesaria e imprescindiblemente, tanto a la organización jurídico-política sino también a la de los pueblos indígenas, mismas que constituyen la base de nuestra identidad nacional.
  • 48. BIBLIOGRAFÍA 1. http://hdeld.blogspot.com/2006/03/introduccin-al-estudio-de-la-historia.html 2. Hans Thieme, Ideengeschichte Und Rechtsgeschichte : Gesammelte Schriften, ed. Bohlau, 1986, ISBN 3-412-05383-X (alemán) 3. http://derecho.isipedia.com/primero/historia-del-derecho-espanol/parte-1- cuestiones-preliminares/01---la-historia-del-derecho-concepto-objeto-y-problemas-metodologicos