1. ALCALDÍA DE
SANTIACO DE CAU
SECRETARIA DE EDUCAcloN
RESOLUCIÓN No.4143.01ó 217q+/ DE2017
(.3 0 U0ueLmbic)
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION NO. 1746 DE
SEPTIEMBRE 3 DE 2002 A FIN DE ESCINDIR LAS SEDES CELANESE, LUIS
LÓpEz DE MESA, GENEFmL ANzoÁTEGul, TULlo ENRIQUE TAscÓN y
MANUEL MARIA BUENAVENTURA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
EUSTAQUIO PALACIOS
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL de Santiago de Cali, en ejercicio de
sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el Decreto
Municipal No. 411.0.20.0298 de mayo 21 de 2013, y
CONSIDEFUNDO:
Que el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución No. 2749 de diciembre
3 de 2002, certificó al Municipio de Santiago de Cali para asumir la administración
autónoma de la Educación.
De conformidad con el ariiculo 151 y ss del capítulo 11 de la ley 115 de 1994, en
concordancia con el aftículo 7, numerales 7.8, 7.12, 7.13, de la Ley 715 de 2001,
corresponde a las secretarias de educación de los municipios cehificados, sin
perjuicio de lo establecido en las otras normas, organizar la prestación y
administración del servicio educativo en su jurisdicción, de acuerdo con las
prescripciones legales y reglamentarias sobre la materia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 715 de 2001, las
autoridades educativas territoriales, velaran para que bajo una sola administración de
la lnstitución Educativa o Centro Educativo, se ofrezcan los niveles de Preescolar,
Básica y Media, según corresponda.
Que el ariículo 2.3.2.1.9 del Decreto 1075 de 2015 establece: Mod/.Í/.cac/.ones. Las
novedades relativas a cambio de sede dentro de la misma entidad territorial
certificada, aperiura de nuevas sedes en la misma jurisdicción, cambio de nombre
del establecimiento educativo o del titular de la licencia, ampliación o disminución de
los niveles de educación ofrecidos, fusión de dos o más establecimientos educativos,
o una modificación estructural del PEl que implique una modalidad de servicio
distinto o en el carácter de la media, requerirán una solicitud de modificación del acto
administrativo mediante el cual se otorgó la licencia de funcionamiento. Para tales
efectos, el titular de la licencia presentará la solicitud, a la que anexará los soportes
correspondientes.
Que la Resolución No. 1746 de septiembre 3 de 2002 ordenó fusionar en un solo
establecimiento educativo denominado lNSTITUCIÓN EDUCATIVA EUSTAQUIO
PALACIOS los siguientes establecimientos educativos: Colegio Eustaquio Palacios,
Celanese, Luis López de Mesa, Sofía Camargo de Lleras, General Anzoátegui,
Santiago Rengifo Salcedo, Fray Cristóbal de Torres, Mariscal Jorge Robledo, Miguel
Antonio Caro, Manuel Maria Buenaventura y Tulio Enrique tascón.
•%
2. SANTIAGO DE CALl
SECF`EIARÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN No. 4143. 010. 21.7q} /
(3 0 UOv`` €hb t€ )
DE 2017
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION NO. 1746 DE
SEPTIEMBRE 3 DE 2002 A FIN DE ESCINDIR LAS SEDES CELANESE, LUIS
LÓPEZ DE MESA, GENERAL ANZOÁTEGul, TULIO ENRIQUE TASCÓN Y
MANUEL MARIA BUENAVENTURA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
EUSTAQUIO PALACIOS
Que con el fin de garantizar una prestación de servicio educativo eficiente y eficaz se
ha determinado reorganizar la configuración de algunas instituciones educativas
entre ellas la lnstitución educativa Eustaquio palacios.
Que de acuerdo a lo anterior serán escindidas de la lnstitución Educativa Eustaquio
Palacios las sedes Celanese, Luis López de Mesa, General Anzoátegui, Manuel
Maria Buenaventura y Tulio Enrique tascón.
Queenméritodeloanter¡°r' REsuELVE:
ARTicuLO PRIMERO: Escindir las sedes Celanese, Luis LÓpez de Mesa, General
Anzoátegui, Tulio Enrique tascón y Manuel Maria Buenaventura de la lNSTITUCIÓN
EDUCATIVA EUSTAQUIO PALACIOS.
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar los aftículos 1 y 2 de la Resolución No. 1746 de
septiembre 3 de 2002 Ios cuales para todos los efectos quedarán de la siguiente
forma: ARTÍCULO PRIMERO: Fusionar en una misma institución educativa, la cual
se denominará lNSTITUCIÓN EDUCATIVA EUSTAQUIO PALACIOS, los siguientes
establecimientos educativos oficiales del Municipio de Santiago de Cali: Colegio
Eustaquio Palacios, Sofia Camargo de Lleras, Santiago Rengifo Salcedo, Fray
Cristóbal de Torres, Mariscal Jorge Robledo y Miguel Antonio Caro. ARTÍCULO
SEGUNDO: La lNSTITUCIÓN EDUCATIVA EUSTAQUIO PALACIOS, ofrecerá el
servicio educativo en los niveles de Educación Preescolar, Básica y Media y
organizará la prestación del servicio educativo en las plantas físicas ubicadas en las
siguientes direcciones:
Sede Principal Eustaquio Palacios: Carrera 52 No. 2-51
Sede Sofía Camargo de Lleras: Calle 12 0este carrera 510este
Sede Santiago Rengifo Salcedo: Calle 23 0este No. 47 -06
Sede Fray Cristóbal de Torres: Carrera 48C calle 14 0este
Sede Mariscal Jorge Robledo: Carrera 49 0este No. 9 -02
Sede Miguel Antonio Caro: Calle 6 0este Carrera 428
ARTicuLO TERCERO: Lo demás contenido en la Resolución No. 1746 de
septiembre 3 de 2002 continua vigente.
ARTÍCULO CUARTO: Remitir copia de la presente resolución para que se proceda a
la actualización del Directorio Único de Establecimientos Educativos DUE.
ARTÍCULO QUINTO: Archivar un ejemplar de la misma en la carpeta que del
establecimiento educativo que se lleva en la oficina de lnspección y Vigilancia de la
m
3. ALCALDÍA DE
SANTIAGO DE CALI
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUC,ÓN( 3Nó ólú4:0áíilr€9,y?/ DE 20,7
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION NO. 1746 DE
SEPTIEMBRE 3 DE 2002 A FIN DE ESCINDIR LAS SEDES CELANESE, LUIS
LÓPEZ DE MESA, GENERAL ANZOÁTEGul, TULIO ENRIQUE TASCÓN Y
MANUEL MARIA BUENAVENTURA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
EUSTAQUIO PALACIOS
Secretaria de Educación para que haga pafte del expediente del establecimiento
educativo
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución se notificará, por conducto de la
Secretaria de Educación Municipal al Rector de la institución, o a su apoderado,
haciéndole saber que contra ella procede el recurso de reposición, dentro de los diez
(10) días siguientes a la fecha de la notificación, en los términos del Código
Contencioso Adm i nistrativo
NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santiago de Cali, a los (€o ) días del mes de ibuevJ?ie de 2017
uu#Z_%N+ lNISTERRA
Secretaria de Educación Municipal
/:i Proyectó: María Teresa Mora -Profesional Universitaria lnspección y Vigilancia
Revisó. Francisned Echeverry Álvarez -Coordinador lnspección y Vigilancia