2. Galeón San José (Historia)
El San José fue un galeón del Imperio español , construido en
1698 por el duque Arístides Eslava y la familia Eslava,
Zarpó en 1706 junto con otros barcos para el mar Caribe y llegó
a Cartagena de indias después de un mes de navegación.
En 1708 junto con el San Joaquín y otros barcos de la flota
española zarpó de Cartagena de indias hacia Portobello
(Panama).
hundido en un combate por navíos ingleses, era un barco
insignia de la Armada española del siglo XVIII
El San José fue cargado con lingotes, monedas de oro y plata,
además de otras mercancías; todo con un valor total de 11
millones de Pesos en la época. La flota fue atacada por barcos
ingleses y se hundió con su cargamento en la península de Barú
fue encontrado el 27 de noviembre de 2015 por investigadores
7. Leyes relacionadas
Relativo al Patrimonio Cultural
Sumergido
Ley 397 1997(titulo II, Art. 9)
Ley 1675 -2013
Sentencia C- 553 2016, C 264 2014
Ley 1185 de 2008
artículo 701 del Código Civil
8. Que aporta el patrimonio
Cultural sumergido
Contexto con un alto grado de conservación
Gran parte de la actividad marítima no esta
documentada
Se puede investigar procesos diversos:
Migraciones, colonizaciones, redes de comercio
e intercambio
Pertenece a la humanidad
9. Unesco
Normativa Internacional
La convención 2001de la Unesco
• Los restos arqueológicos subacuáticos:
• Son parte integral del patrimonio cultural
• Son un bien de dominio publico
• Están excluidos de cualquier operación
comercial
11. INMUNIDAD SOBERANA
Es un derecho del estado extranjero, y, en
consecuencia , puede ser objeto de renuncia
expresa o táctica a favor de la jurisdicción de los
órganos judiciales del estado territorial
En el orden internacional, la inmunidad presenta dos
modalidades
Inmunidad de jurisdicción: un estado extranjero
no puede ser demandado ni sometido a juicio ante
los tribunales de otros estados
Inmunidad de ejecución : un estado extranjero y
sus bienes no pueden ser objeto de medidas de
ejecución o aplicación de las decisiones judiciales y
administrativas por los órganos del estado territorial
12. Colombia (Galeón San José )
El Congreso de Colombia adoptó la ley 1675 de
2013, por medio de la cual "se reglamentan los
artículos 63, 70 y 72 de la Constitución Política
de Colombia en lo relativo al patrimonio cultural
sumergido", estableciendo mecanismos para el
rescate de los naufragios históricos que se
encuentren en mares colombianos, lo cual
incluye también entre ellos, al galeón San José.
13. Quienes reclaman el
tesoro?
•España : Los argumentos que esgrime el país ibérico se
basan en que el Derecho Internacional Consuetudinario
reconoce el principio de “Inmunidad de los buques de Estado” y
los considera una prolongación de la soberanía del Estado del
Pabellón
•LA EMPRESA SEA SEARCH ARMADA
Los argumentos de esta compañía se basan en el artículo 701
del Código Civil, que establece que quien descubra un tesoro,
se lo dividirá en partes iguales con el dueño del terreno, por lo
que el 50% sería para la empresa estadounidense y la otra
mitad para el Estado Colombiano.
El Gobierno Nacional argumenta que, en caso de hallar el
barco, puede llevarse la mitad de lo que “no se considere
Patrimonio Cultural de la Nación
14. BOLÍVIA Y PERÚ
Sin duda, los otros dos países que podrían
reclamar son Bolivia y Perú. El primero, dado
que la mayor parte de la plata transportada en el
buque provenía de las minas de Potosí, mientras
que el segundo era el lugar de origen de la
mayor parte del oro a bordo de la nave, además
de ser el Virreinato al que pertenecía la actual
Bolivia al momento del naufragio.
15. El argumento de Colombia
Como argumento de Colombia está el hecho de que
el derecho reconoce a nivel internacional que el
dominio sobre un bien se extingue si no se ejercen
acciones de señor y dueño después de cierto
tiempo. En el caso de los bienes dentro del barco,
nunca fueron propiedad del estado boliviano ni
peruano, y después de más de 300 años, al ser
considerados mostrencos, su titularidad le
corresponde a quien los encontró, es decir, a
Colombia
16. LEY 1675 DEL 2013
POR MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTÍCULOS 63, 70 Y 72 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE COLOMBIA EN LO RELATIVO AL PATRIMONIO CULTURAL SUMERGIDO
Objeto de la ley.
La presente ley tiene por objeto establecer las
condiciones para proteger, visibilizar y recuperar el
Patrimonio Cultural Sumergido establecido en el artículo
2 de la presente ley, así como ejercer soberanía y
generar conocimiento científico sobre el mismo.
17. Quién encontró el Galeón San José?
El estado colombiano mediante una APP de
iniciativa privada. El proyecto fue dirigido por el
Ministerio de Cultura, con la dirección científica
del Instituto Colombiano de Antropología e
Historia y el concurso de la Dimar y de expertos
internacionales.
¿Quiénes son los expertos internacionales?
La información relativa al hallazgo se encuentra
sometida a reserva de ley, por tratarse de un
asunto de Estado
18. ¿Cómo lo encontraron?
Con un método de exploración denominado
Prospección Sistemática Regional, que emplea
sonar, cámaras fotográficas especiales y un AUV
(Vehículo Autónomo Subacuático) para navegar,
desde el cual se operan los equipos.