El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) admitió a
trámite el recurso de revisión presentado por LAFISE, INTERPRODUCTOS,
SBS y GRACONSA, puestos de bolsa de productos agropecuarios, a raíz de la
sanción que el Consejo Directivo de la SC les aplicó por haber establecido un
acuerdo de fijación de comisiones mínimas en la prestación del servicio de
intermediación bursátil, violando el Art. 25 letra a) de la Ley de Competencia.
C.26-15 Telefónicas presentan recurso contra sanciones impuestas por la SC
Recurso de revisión admitido por SC
1. Comunicado de Prensa C. 54 - 07
Antiguo Cuscatlán, 16 de noviembre de 2007
Abuso de posición dominante:
SC admite recurso de revisión de puestos de bolsa
El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) admitió a
trámite el recurso de revisión presentado por LAFISE, INTERPRODUCTOS,
SBS y GRACONSA, puestos de bolsa de productos agropecuarios, a raíz de la
sanción que el Consejo Directivo de la SC les aplicó por haber establecido un
acuerdo de fijación de comisiones mínimas en la prestación del servicio de
intermediación bursátil, violando el Art. 25 letra a) de la Ley de Competencia.
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia,
“El recurso de
con base en los artículos 48 de la Ley de Competencia y 77
revisión es un
de su Reglamento resolvió admitir a trámite el recurso de
derecho de los revisión presentado por LAFISE, INTERPRODUCTOS, SBS
agentes y GRACONSA, puestos de bolsa de productos
económicos para agropecuarios, con el fin de emitir, en el plazo legal, la
impugnar la correspondiente decisión.
resolución final
pronunciada por el “El recurso de revisión es un derecho de los agentes
CD de la SC”, dijo económicos, en este caso para impugnar la resolución final
Celina Escolán, pronunciada por la Superintendenta de Competencia, por
Presidenta del medio de la cual se les sancionó por haber violado el Art. 25
letra a) de la Ley de Competencia.”, dijo Celina Escolán,
Consejo Directivo
Presidenta del Consejo Directivo de la SC.
de la
Superintendencia A partir de la admisión del recurso de revisión interpuesto, el
de CD tiene diez días hábiles para resolver si éste procede o no.
Competencia.
De acuerdo con el Art. 77 del Reglamento de la Ley de Competencia, al admitir un
recurso de revisión se debe mandar oír a la parte contraria, por un plazo de tres días
corridos.
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2. Antecedentes
21/05/07 Inicio oficioso del procedimiento sancionatorio. Requerimiento de información a sujetos
investigados y a otros agentes económicos.
08/08/07 Apertura a pruebas por 20 días hábiles.
24/09/07 Se concedió audiencia a los sujetos investigados a efectos de declarar información
confidencial.
03/10/07 Integración del expediente y remisión del mismo al CD.
18/10/07 CD emite la resolución final sancionando a los seis puestos de bolsa.
24/10/07 LAFISE e INTEPRODUCTOS interponen recurso de revisión ante el CD.
26/10/07 SBS y GRACONSA interponen recurso de revisión ante el CD.
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