1. LEY NATURAL EN LA VISIÓN TRADICIONAL Y EL MAGISTERIO
1) EN SAN AGUSTÍN
1. LEY ETERNA:
*”Beneplácito o Voluntad de Dios que ordena conservar el orden natural
(hacer el bien) y prohíbe perturbarlo (evitar el mal). Es el Designio con el que Dios gobierna
todo lo creado, como Norma Suprema de todo lo que sucede, de tal forma que nada desordenado
o injusto proviene de El. Sólo en la conformidad con esa norma tenemos la completa seguridad
de obrar bien, pues el hombre no conoce todo lo bueno.
*Se basa en el concepto estoico (Cicerón) de Ratio Aeterna, principio
superior al hombre en el que se basan la moral y el derecho. Es el principio que rige el cosmos y
cuando se manifiesta como norma de la conducta humana, esa ratio equivale a Ley, que la razón
humana debe descubrir y cumplir.
2. LEY NATURAL:
*La ley natural es la encarnación o manifestación de la Ley Eterna en la
naturaleza creada u orden cósmico. Se manifiesta como tendencia ciega, como instinto
determinante , o como mandato racional de conducta . Sólo ésta última, es la norma moral
objetiva y sólo ella es propiamente humana.
*El concepto agustiniano se basa en la antropología bíblica que ve la
naturaleza como creatura de Dios personal y trascendente, no como un elemento divino de la
naturaleza misma. El hombre es imagen de Dios por eso al obrar contra su naturaleza, obra
contra Dios. Por ser el Creador de la naturaleza, Dios puso la norma moral en el interior de ella.
*La ley natural es la misma siempre para todos los hombres, no cambia y
es universal.
*Su contenido objetivo se manifiesta por medio de un precepto de forma
negativa “No hagas al otro lo que no quieras que te hagan a tí”. Y uno de forma positiva: “ama a
tu prójimo como a tí mismo”.
*Esta es la ley que rige al hombre en sus relaciones humanas. Tiene tres
puntos de referencia: Dios, el prójimo y uno mismo. Pero los tres son un sólo ideal: el Orden, la
justicia y la paz y el amor. Este ideal sólo se cumple en la Ciudad de Dios, donde rige la ley del
amor.
2) EN STO. TOMÁS (I-II,94)
1. RACIONALIDAD:
*Es un dictamen de la Sindéresis
*Es un enunciado congénito de la razón práctica: que está naturalmente
en nosotros, aunque no tengamos conciencia refleja de él.. Es connatural a nuestra naturaleza
racional. Es congénito, no adquirido por repetición de actos.
*Equivale a los juicios o códigos iniciales de la razón práctica, de
acuerdo a los cuales debe ejecutarse el comportamiento humano
*Es natural y evidente por sí mismos, se conoce en forma espontánea, no
por estudio o conocimiento reflejo.
*Proviene del conocimiento espontáneo del bien y del mal que posee en
forma habitual (no adquirida) la razón práctica (sindéresis) y se expresa mediante un precepto o
dictamen propio e nuestra naturaleza racional: “haz el bien, evita el mal”.
2. *Al conocer la realidad, espontáneamente somos capaces de conocer lo
bueno o lo malo (no por razonamiento , ni por estudio) y en ese mismo conocimiento
entendemos que debemos hacer el bien y evitar el mal. es como si nos dijéramos: “Hombre sé
hombre; sé bueno; realiza el bien y evita el mal”.
*Comparativamente hablando, la ley nautural es como el código genético
del comportamiento humano.
2. NATURALEZA DEL IMPERATIVO MORAL
RAZÓN HÁBITO SINDÉRESIS DICTAMEN
VALOR
PRÁCTICA (CONCIENCIA HABITUAL) (LEY NATURAL)
MORAL
*Razón práctica: Inteligencia no especulativa sino práctica. ( “Esto es lo que hay que
hacer”, equivale a la “verdad moral”).
*Sindéresis (o “sentido común”. La sindéresis del cristiano es la fe): Es el hábito no
adquirido sino congénito de la razón práctica de distinguir lo que es bueno o malo, en aquello
que conoce. La llamamos conciencia habitual, fundamental u originaria. Como la inteligencia
está hecha para la verdad y puede conocerla objetivamente, puede también percatarse de la
bondad o malicia moral de aquello que conoce como practicable, pues la verdad y el bien son
uno (“Esto es bueno o es malo: es o no es un valor moral”).
*Ley Natural es el dictamen de la sindéresis que manda practicar el bien y evitar el mal
conocidos. Es el enunciado o modelo de conducta que debe seguirse para ser hombre. Es el
precepto de la conciencia que manda practicar el bien o evitar el mal (“Debes practicar este
valor y evitar este mal”)
En síntesis:
*Ley natural no es un precepto impuesto autoritativamente, sino una ley o forma de ser
de nuestra razón práctica que conoce la verdad que debe practicar para perfeccionarse
moralmente, es decir el valor moral y su dimensión imperativa.
*La conciencia es el hábito adquirido de conocer el bien o el mal particular en la
situación, y aplicar los principios morales trascendentales a la situación categorial.
3. PRECEPTOS DE LA LEY NATURAL:
La ley Natural
*Materialmente considerada es el conjunto de las tendencias que expresan los fines
esenciales de la naturaleza de la persona.
*Formalmente considerada, es el ordenamiento hecho por la razón, de los actos de esas
tendencias a su fin propio y al fin último del hombre.
Podemos decir entonces que el hombre con su razón descubre impresa en su misma naturaleza,
la ley que regula y ordena sus actos naturales, respetando los fines o valores esenciales de su
naturaleza.
Si la ley natural es el orden de nuestras tendencias que la razón encuentra inscripto en nuestra
naturaleza, la razón la formulará en forma de preceptos que convengan a esa misma naturaleza.
3. Órdenes de preceptos de la ley natural
Hay diversas categorías de preceptos según el grado de evidencia con que se le presentan a la
razón
Para Sto. Tomás existen tres órdenes de preceptos de la ley Natural:
1. Precepto fundamental: “haz el bien y evita el mal”. Es según hemos visto, el
dictamen fundamental de la sindéresis de la razón práctica del hombre ( conciencia
fundamental).
2. Preceptos primarios: Son la aplicación inmediata y evidente del precepto
fundamental, hecha por la sindéresis, en cada uno de los órdenes de la naturaleza (vegetativa-
sensitiva-racional y social). Expresan lo que es bueno o malo de los objetos de estas tenencias de
la naturaleza. Ej.: “no matarás”, “no cometerás adulterio”, “no robarás ni mentirás”.
3. Preceptos secundarios: Son preceptos o dictámenes que la razón va
descubriendo o aprendiendo por deducción de los anteriores, por ser conclusiones más lejanas de
los mismos que se aplican en la generalidad de los casos (“ut in pluribus”), pero es necesario
discernir las circunstancias con equidad.
TEXTO FUNDAMENTAL DE STO. TOMÁS (I-II, 94, 1-6)1
1.- ¿La ley natural es un hábito?
No es un habito propiamente dicho. Porque la ley natural es como una proposición
establecida por la razón, mientras que el hábito es un medio de acción: y la acción que se
produce, no puede identificarse con el medio por el cual se obra.
Sin embargo, a veces se llama “hábito” al objeto mismo que se posee gracias al
“hábitus”: así la palabra “fe”puede designar tanto a la virtud por la cual se cree, como al
contenido de la creencia. Así también la ley natural, puede designar los preceptos enunciados
por la razón, o bien esos mismos preceptos residiendo en ella en el estado habitual; y bajo este
ultimo aspecto la ley natural puede ser considerada como un hábito.
2.- La ley natural, comprende muchos preceptos o uno solamente?
La ley natural dicta múltiples preceptos. Lo que en primer lugar capta la razón práctica
que prepara la acción, es el bien; porque se obra siempre en vista de un bien. Por lo cual, el
primer precepto de la ley natural es que se debe hacer el bien y evitar el mal. Sobre esta base
están fundados todos los demás preceptos. Si el hombre experimenta una inclinación por un
objeto, es que lo considera como un bien digno de ser perseguido: Y si experimenta una
repulsión, es que ve en el objeto un mal que debe evitar. Así es que sobre el orden de las
inclinaciones naturales está calcado el orden de los preceptos de la ley natural.
La primera tendencia natural, común por lo demás a todos los seres, es el instinto de
conservación individual: de modo que todo lo que contribuye a salvaguardar la vida humana,
cae bajo este precepto de la ley natural. La segunda tenencia, común a todos los seres vivientes,
es la conservación de la especie, por lo cual, la unión de los sexos y e cuidado de los hijos
dependen también de la ley natural En fin, una tercera tendencia, que es propia del hombre
porque proviene de su naturaleza racional, es el vivir en sociedad con sus semejantes y conocer a
su creador, por lo cual la ley natural le prohíbe ofender a su prójimo y le prescribe tratar de
instruirse.
1
Sineux Raphael, Compendio de la Suma Teológica de Santo Tomás de Aquino, Tradición, México, 282-284.
4. 3.- ¿Los actos de las virtudes, son todos de ley natural?
Todos los actos virtuosos están ordenados por la ley natural. Porque cada ser es
naturalmente llevado a hacer lo que corresponde a su forma propia, como el fuego a calentar.
Ahora bien, la forma propia del hombre es el alma racional; por lo tanto el hombre es
naturalmente llevado a obrar según la razón y en esto es precisamente, en lo que consiste la
virtud. Consiguientemente, la ley natural prescribe a todo hombre, vivir virtuosamente, al menos
de una manera general. Pero si se consideran los actos de las virtudes en sus especies
particulares, se ve que muchas no están incluidas en la ley natural, porque muchas cosas a las
que la naturaleza no induce desde luego, se descubren en seguida con el razonamiento y están
prescritas para vivir bien.
4.- ¿La ley natural es la misma para todos?
La ley natural, es única y a misma para todos, al menos en cuanto s a sus principios
generales. Pero en cuanto a ciertas conclusiones de estos principios, puede perder su rectitud a
causa de ciertos obstáculos; o bien puede ser mal conocida a consecuencia de la depravación de
la razón bajo la influencia de las pasiones, de ciertas costumbres y de la perversión de la
naturaleza. Así antiguamente entre los germanos, el latrocinio no era considerado como una
iniquidad.
5.- ¿Puede cambiar la ley natural?
La ley natural es inmutable, en el sentido amenos de que nada se le puede cancelar,
porque si la naturaleza misma no cambia, lo establecido conforme a la naturaleza, no puede
dejar de ser. Sin embargo, aunque manteniendo sus reglas esenciales en general, en ciertos casos
particulares y por mera excepción, la ley natural puede ver modificar alguno de sus preceptos
secundarios, que son como conclusiones de los primeros principios. Luego, si no es posible
cercenarle nada a la ley natural, es posible agregarle prescripciones que la expliquen y la
completen.: tales prescripciones nuevas emanan de a ley divina o de la ley humana.
6.- ¿Puede la ley natural, ser abolida en el corazón del hombre?
La ley natural no puede ser borrada del corazón del hombre, al menos en cuanto a sus
principios generales en su sentido esencial. Aunque a veces sucede que sea eclipsada en el
momento de una acción particular porque la razón, obnubilada por la pasión, es incapaz
entonces de aplicar un principio general a un caso particular. En cuanto a sus preceptos
secundarios, la ley natural puede ser borrada del corazón del hombre, ora por propaganda
pérfida, ora por costumbres depravadas. Y así algunas gentes no consideran pecado el robo y el
vicio contra natura
Conclusiones
0.- La ley natural es la sindéresis es decir coincide con la conciencia universal o trascendental.
De allí que ley natural y conciencia se complementan y están en el mismo orden.
1.- Ley natural significa aquello que pertenece a la persona. Son los enunciados con que la
persona misma con su razón práctica reconoce lo que le es propio o conforme a su naturaleza y
se obliga a sí misma a cumplirlo, como su propia responsabilidad. No es una ley imperativa
externa, sino un dictamen o enunciado de la razón práctica de la persona que inclina a la persona
5. a conocer y realizar el bien y a rechazar el mal. Es el conocimiento de los valores morales y la
respuesta a los mismos. Hablamos de la naturaleza de la persona (bio-psico-espirual; viva-
sensitiva- racional y social y sus inclinaciones naturales.
2.- Todos los preceptos pertenecen a ley natural y son e sí inmutables, como lo es la naturaleza
humana. Pero no se aplican todos de la misma manera, sino según las circunstancias. Cabe
distinguir entre el orden del precepto fundamental y los preceptos primeros y el orden de los
segundos preceptos o conclusiones más alejadas, que pertenecen a la realidad particular. Estos
puede no conocerse de a misma manera que los primeros cuyo conocimiento es innato
(sindéresis). En el orden de los segundos, interviene juicio y la decisión de la conciencia.
Podríamos decir que los primeros preceptos son trascendentales y los segundos son categoriales
que se aplican en circunstancias que deben ser discernidas y decididas en conciencia.
OTRA: La ley natural se distingue en principios generales y conclusiones de esos principios
(art. 4).
3.- Principios morales que sin impedir la ley natural pueden aplicarse al discernimiento de los
“obstáculos” u otras “depravaciones”, que hacen perder a la ley natural su rectitud, en ciertas
circunstancias particulares:
a. Principio de tolerancia del mal menor
b. Principio del doble efecto
c. El discernimiento de la prudencia
“Así pues, según el orden de las inclinaciones naturales es el orden de los preceptos de la ley
natural. primera, porque es innata en el hombre la inclinación al bien según la naturaleza, la
cual le es común con todas las sustancias, en cuanto que toda sustancia desea la conservación
de su ser según su naturaleza. y según esta inclinación, pertenecen a la ley natural aquellas
cosas por las que se conserva la vida del hombre y se impide lo contrario. Segundo hay en el
hombre una inclinación a algunas cosas más especiales, según la naturaleza que le es común
con los demás animales. y conforme a esto se dicen ser de ley natural aquellas cosas que la
naturaleza enseña a todos los animales, como son la unión de ambos sexos, la educación de los
hijos y semejantes. De un tercer modo se halla en el hombre una inclinación al bien según la
naturaleza de la razón, que le es propia, como tiene el hombre natural inclinación a conocer la
verdad sobre Dios y a vivir en sociedad. Y según éste pertenecen a la ley natural las cosas que
atañen a tal inclinación, como son el que el hombre evite la ignorancia, el no dañar a los otros
con quienes debe vivir y demás cosas semejantes referidas a esta tendencia”(Sto., Tomás: S.T.
I-II, 94 ,2).
3) VER EN EL MAGISTERIO: VERITATIS SPLENDOR:
a. Autonomía y razón: 35-41
b. Libertad y ley: 42-43
c. Ley natural: 44-53
6. a conocer y realizar el bien y a rechazar el mal. Es el conocimiento de los valores morales y la
respuesta a los mismos. Hablamos de la naturaleza de la persona (bio-psico-espirual; viva-
sensitiva- racional y social y sus inclinaciones naturales.
2.- Todos los preceptos pertenecen a ley natural y son e sí inmutables, como lo es la naturaleza
humana. Pero no se aplican todos de la misma manera, sino según las circunstancias. Cabe
distinguir entre el orden del precepto fundamental y los preceptos primeros y el orden de los
segundos preceptos o conclusiones más alejadas, que pertenecen a la realidad particular. Estos
puede no conocerse de a misma manera que los primeros cuyo conocimiento es innato
(sindéresis). En el orden de los segundos, interviene juicio y la decisión de la conciencia.
Podríamos decir que los primeros preceptos son trascendentales y los segundos son categoriales
que se aplican en circunstancias que deben ser discernidas y decididas en conciencia.
OTRA: La ley natural se distingue en principios generales y conclusiones de esos principios
(art. 4).
3.- Principios morales que sin impedir la ley natural pueden aplicarse al discernimiento de los
“obstáculos” u otras “depravaciones”, que hacen perder a la ley natural su rectitud, en ciertas
circunstancias particulares:
a. Principio de tolerancia del mal menor
b. Principio del doble efecto
c. El discernimiento de la prudencia
“Así pues, según el orden de las inclinaciones naturales es el orden de los preceptos de la ley
natural. primera, porque es innata en el hombre la inclinación al bien según la naturaleza, la
cual le es común con todas las sustancias, en cuanto que toda sustancia desea la conservación
de su ser según su naturaleza. y según esta inclinación, pertenecen a la ley natural aquellas
cosas por las que se conserva la vida del hombre y se impide lo contrario. Segundo hay en el
hombre una inclinación a algunas cosas más especiales, según la naturaleza que le es común
con los demás animales. y conforme a esto se dicen ser de ley natural aquellas cosas que la
naturaleza enseña a todos los animales, como son la unión de ambos sexos, la educación de los
hijos y semejantes. De un tercer modo se halla en el hombre una inclinación al bien según la
naturaleza de la razón, que le es propia, como tiene el hombre natural inclinación a conocer la
verdad sobre Dios y a vivir en sociedad. Y según éste pertenecen a la ley natural las cosas que
atañen a tal inclinación, como son el que el hombre evite la ignorancia, el no dañar a los otros
con quienes debe vivir y demás cosas semejantes referidas a esta tendencia”(Sto., Tomás: S.T.
I-II, 94 ,2).
3) VER EN EL MAGISTERIO: VERITATIS SPLENDOR:
a. Autonomía y razón: 35-41
b. Libertad y ley: 42-43
c. Ley natural: 44-53