1. TESIS:
Existen principios de moralidad inmutables y universalmente verdaderos (leyes
naturales);
El contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre empleando su razón;
Solo se puede considerar "Derecho" (leyes positivas) al conjunto de normas dictadas
por los hombres que se encuentren en concordancia con lo que establecen dichos
principios.
Ley Natural:
Ley Natural participación de la ley eterna en la criatura nacional criterio de
bondad (moral de las acciones
El criterio del bien y el mal consiste en la conformidad p disconformidad de las
acciones humanas con la norma divina grabada en la naturaleza humana.
La ley verdadera es la recta razón de conformidad con la naturaleza; tiene una
aplicación universal, inmutable y perenne; mediante sus mandamientos nos insta a
obrar debidamente, y mediante sus prohibiciones nos evita obrar mal.
Seres Humanos Autoridad y leyes
Naturaleza humana es la
fuente de obligaciones
éticas
Exigencias naturales de
la sociabilidad humana
3. Ser libre y racional
Ley natural
SANTO TOMAS DE AQUINO
Obrar = manifestación
de lo que se es
PROPORCIONADO
AL MISMO SER
Si la causa primera
es Dios
El mismo debe ser el
fin último
Ley eterna
Animales=determinante
Humanos= libre y
responsable Leyes no escritas
Conexión con la
ley natural
Otorga legitimidad a las
leyes humanas.
4. La ley natural se aplica en el reino animal de una manera determinante, es decir, el animal
actúa por naturaleza e instinto, Mientras que el ser racional es libre, responsable y racional, lo
que le permite premeditar sus acciones.
Esta ley dice que el hombre tiene derechos naturales, los cuales están inscritos en su
naturaleza humana. Estos derechos también son universales y superiores al ordenamiento
jurídico. Esto quiere decir que podemos estar en desacuerdo con una ley dictada si es que esta
atenta con los derechos naturales del hombre, ya que esta genera disconformidad en el ser
humano.
Gracias a esto podemos decir que una ley humana o dictada por el hombre, solo es verdadera
cuando respeta la verdad manifestada en la ley natural. Si se aparta de ella, esta se convierte
en violencia, en la ley del más fuerte.
«La ley verdadera es la recta razón de conformidad con la naturaleza; tiene una aplicación
universal, inmutable y perenne; mediante sus mandamientos nos insta a obrar debidamente,
y mediante sus prohibiciones nos evita obrar mal. Y no es en vano que establece sus
mandamientos o prohibiciones sobre los hombres buenos, aunque aquellos carezcan de efecto
alguno sobre los malos -ni el senado ni el pueblo puede liberarnos de sus obligaciones, y no
tenemos que mirar fuera de nosotros mismos para encontrar su expositor o intérprete. No
habrá así diferentes leyes en Roma y en Atenas, o diferentes leyes ahora y en el futuro, sino que
una ley eterna e inmutable será válida para todos los países y épocas, y habrá un solo maestro
y rector, es decir, Dios, sobre todos nosotros, pues él es el autor de esta ley, su promulgador y
su juez aplicador. Quien desobedece huye de sí mismo y niega su naturaleza humana, y en
razón de este mismo hecho sufrirá las peores penas, aun si escapa a lo que comúnmente se
considera castigo...» (De Re Publica, III, XXII)
Cicerón sostiene que la naturaleza humana proporciona los elementos esenciales que nos
permiten reconocer el bien y el mal, y estos elementos (por regla general) son comunes por
igual a todos. «La ley es la inteligencia, cuya función natural es prescribir la conducta correcta y
prohibir la mala conducta —es la mente y la razón del hombre inteligente, la norma por la que
se miden la justicia y la injusticia» (Leyes, l.VI).
Tomás de Aquino coincide con Cicerón en el carácter natural como legal de la ley natural en
términos de la razón, descartando apelar a doctrinas metafísicas o religiosas.
«Lo que es contrario al orden de la razón es contrario a la naturaleza de los seres humanos
como tales; y lo que es razonable está de acuerdo con la naturaleza humana como tal. El bien
del ser humano es ser de acuerdo con la razón, y el mal humano es estar fuera del orden de lo
razonable... Así pues, la virtud humana, que hace buenas tanto a la persona como a sus obras,
está de acuerdo con la naturaleza humana en tanto en cuanto está de acuerdo con la razón; y
el vicio es contrario a la naturaleza humana en tanto en cuanto es contrario al orden de lo
razonable. (ST, I-II, Q.71, A.2 C).
5. Si fuéramos un ser absoluto, nos dictaríamos nuestras propias normas de conducta, pero como
no lo somos, nos limitamos a conocerla y descubrirla en nuestra propia naturaleza.
La variante moderna de la ley natural ha proporcionado la base de la teoría secular de los
derechos humanos. Los elementos básicos de semejante teoría se exponen con claridad en los
escritos de Hugo Grocio, por lo que éste ha pasado a ser considerado el padre del derecho
natural moderno. Grocio, como su predecesores clásicos y medievales afirmaban que esta ley
natural -que habría sido implantada en nosotros, en algún sentido, por Dios (o por los dioses)-
mantenía su autonomía, pues aun en la caso hipotético de que Dios no existiese, esta ley
seguiría manteniendo su validez. Sin embargo, habría que establecer en desmedro de esta
hipótesis que si bien nuestro conocimiento de la ley de la naturaleza no depende de Dios, si
dependen nuestras razones para obedecerla.