Este documento establece los derechos, garantías y deberes de los niños, niñas y adolescentes en Ecuador. Incluye secciones sobre disposiciones generales, derechos como a la vida, la salud y la familia, deberes de los niños y responsabilidades del estado. También cubre temas como la protección de los niños contra el maltrato, la explotación laboral y establece la edad mínima para trabajar.
Panorama de la situacion de los ninos, ninas, y adolescentes en BoliviaIS Bolivia
Una presentacion hecho por DNI para Servicio Internacional Britanico para el encuentro "Códigos de Ética y Políticas de Protección de Niñez" explicando el panorama general de la situacion de la ninez en Bolivia.
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Presentación electrónica para el curso de Adolescencia del Diplomado: Educación De La Sexualidad Y Salud Sexual Y Reproductiva Para Equipos Interdisciplinarios Que Atienden Adolescentes
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
2. Capítulo I
Disposiciones generales
Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y garantías
Los niños, niñas y adolescentes extranjeros que se encuentren bajo
jurisdicción del Ecuador, gozarán de los mismos derechos y garantías
3. Art. 16.- Naturaleza de estos derechos y garantías son irrenunciables e
intransigibles, salvo las excepciones expresamente señaladas en la ley.
Art. 17.- Deber jurídico de denunciar que por cualquier medio tenga
conocimiento de la violación de un derecho del niño, niña o adolescente.
Art. 18.- Exigibilidad de los derechos son potestades cuya observancia y
protección son exigibles a las personas y organismos responsables de
asegurar su eficacia.
Art. 19.- Sanciones por violación de derechos de los niños, niñas y
adolescentes serán
4. Capítulo II
Art. 20.- Derecho a la vida. Es obligación del Estado, la sociedad y la familia
asegurar por todos los medios a su alcance, su supervivencia y desarrollo.
Art. 21.- Derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con
ellos. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a conocer a su padre
y madre, a ser cuidados por ellos
5. Art. 22.- Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar.- biológica.
El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas
apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia.
Art. 23.- Protección prenatal.- Se sustituirá la aplicación de penas y
medidas privativas de libertad a la mujer embarazada hasta noventa días
después del parto.
Art. 24.- Derecho a la lactancia materna.
Art. 25.- Atención al embarazo y al parto.-El estado crearán las
condiciones adecuadas para la atención durante el embarazo y el parto, a
favor de la madre y del niño o niña.
6. Art. 26.- Derecho a una vida digna que les permita disfrutar de las
condiciones socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral.
Art. 27.- Derecho a la salud.- Los niños, niñas y adolescentes tienen
derecho:
1.Acceso gratuito
2. Acceso permanente e ininterrumpido
3. Acceso a medicina gratuita
4. Acceso inmediato y eficaz a los servicios médicos
Art. 28.- Responsabilidad del Estado en relación a este derecho a la salud.
7. Capítulo IV
Derechos de protección
Art. 50.- Derecho a la integridad personal.- Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a que se respete su integridad personal, física, psicológica,
cultural, afectiva y sexual.
Art. 51.- Derecho a la libertad personal.
Art. 52.- Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen.
8. Capítulo V
Deberes, capacidad y responsabilidad de los niños, niñas y
adolescentes
Art. 64.- Deberes.- Los niños, niñas y adolescentes tienen los deberes
generales que la Constitución Política impone a los ciudadanos.
Art. 65.- Validez de los actos jurídicos.- Los niños y niñas podrán pedir
directamente auxilio para la protección de sus derechos cuando deban
dirigir la acción contra su representante legal.
Art. 66.- Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes.- Los niños y
niñas están exentos de responsabilidad jurídica.
Art. 67.- Concepto de maltrato.- provoque o pueda provocar daño a la
integridad o salud física, psicológica o sexual
9. Capítulo VI
Deberes, capacidad y responsabilidad
de los niños, niñas y adolescentes
Art. 64.- Deberes.- 1. Respetar a la Patria y sus símbolos; 2. Conocer la
realidad del país, 3. Respetar los derechos y garantías individuales y
colectivas de los demás; 4. Cultivar los valores 5. Cumplir sus
responsabilidad relativas a la educación 6. Actuar con honestidad y
responsabilidad 7. Respetar a sus progenitores, maestros 8. Respetar y
contribuir a la preservación del medio ambiente.
Art. 65.- Validez de los actos jurídicos.- Los adolescentes podrán ejercer
directamente aquellas acciones judiciales encaminadas al ejercicio y
protección de sus derechos y garantías.
10. Art. 66.- Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes responderán
civilmente sus progenitores o guardadores en los casos y formas previstos
en el Código Civil.
Art. 78.- Derecho a protección contra otras formas de abuso.- Los niños,
niñas y adolescentes tienen derecho a que se les brinde protección contra:
Art. 81.- Derecho a la protección contra la explotación laboral.-
Art. 82.- Edad mínima para el trabajo.-
Art. 92.- Trabajo formativo.- Los niños, niñas y adolescentes podrán
realizar actividades de formación que incorporen al trabajo como un
elemento importante en su formación integral.