Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Administracion pubilca en guatemala
1. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN GUATEMALA
Se le llama administración pública a la estructura del gobierno, esto es, el conjunto
de instituciones y funcionarios de un país encargado de llevar la "administración
“de todos los asuntos políticos, económicos y sociales del mismo. En otras
palabras, es todo el aparato de instituciones y funcionarios o servidores públicos
que tienen la tarea de organizar, coordinar y colaborar en el funcionamiento de
todos los asuntos públicos de un Estado y asegurarse de la buena prestación de
los servicios públicos.
Características
La administración se aplica en todo tipo de corporación.
Es aplicable a los administradores en todos los niveles de una corporación.
La administración se ocupa del rendimiento esto implica eficiencia y
eficacia.
Problemas
El problema es muy sencillo. La desgracia de la Administración es que su (mala)
suerte no le duele a nadie. Dicho de otra forma, la suerte de las personas que la
integran es independiente de la suerte de la organización. Los responsables
políticos se la juegan mucho más en otras cosas que en el resultado de su
gestión. No mováis la ceja, porque esta afirmación es tan triste como cierta. Y en
la carrera de los funcionarios computan toda suerte de méritos, menos lo mucho o
poco, lo bien o mal, que hayan trabajado. Mérito que, dicho sea de paso, sería
imposible acreditar, porque nunca nadie midió el desempeño de su trabajo. ¿A
quién le duele pues la suerte de la Administración? Pues de dolerle a alguien,
sería a lo que antes se llamaba el administrado, o sea, el ciudadano y, en sentido
amplio, también las empresas. Pero debe ser un dolor difuso, porque apenas se
quejan. Y cuando lo hacen, lo mismo se queja del lado bueno que del malo, lo que
viene a dificultar aun más el diagnóstico. Así las cosas, ¿qué se puede hacer para
mejorar la suerte de las administraciones públicas? La solución casi siempre está
en el diagnóstico. Si los objetivos de la organización no están alineados con los de
las personas que la mueven, habrá que hacer exactamente lo que estáis
pensando. Por ejemplo, la introducción de la figura del directivo público, ligando su
suerte a los resultados de su gestión, es una forma de comenzar a alinear los
objetivos.
2. Necesidades inmediatas
Para iniciar estudios en la carrera de Administración Pública, el estudiante debe
tener las transferencias académicas de bachiller o enseñanza secundaria cursada
y, en algunos países, poseer una titulación profesional en cualquier área de
servicio público. Entre las competencias personales sugeridas para esta profesión,
encontramos:
Mentalidad clara, objetiva y abierta.
Interés en asumir nuevos retos académicos.
Gusto por la lectura, los asuntos públicos y los temas administrativos,
financieros y digestión.
Conocimientos críticos y analíticos de sector público,
Capacidades para diseñar y construir en torno a estructuras políticas,
administrativas o financieras.
Función Técnica
Técnica es el conjunto de instrumentos, reglas, procedimientos y conocimientos
cuyo objeto es la aplicación o utilidad práctica de los conocimientos científicos.
Sin la técnica las explicaciones de la ciencia quedan a escala teórica, no pueden
ser instrumentadas ni puede operarse sobre los objetos de la misma. La técnica
realimenta a la ciencia al determinar la necesidad de mayor investigación y
profundización de ciertas áreas.
La técnica de la administración pública, implica aceptar la existencia de unos
medios específicos utilizables en la búsqueda del funcionamiento eficaz y eficiente
de las organizaciones. Incluye principios, normas y procedimientos para la
conducción racional de las organizaciones.
Función Financiera
Llevar el registro consolidado de la ejecución presupuestaria y de la
contabilidad del Estado, facilitar los lineamientos de su aplicación
desconcentrada, así como preparar los informes analíticos consolidados
correspondientes.
Evaluar cuatrimestralmente la ejecución del presupuesto general de ingresos y
egresos del Estado y proponer las medidas correlativas que sean necesarias.
Efectuar el cierre contable y liquidar anualmente el presupuesto general de
ingresos y egresos del Estado.
3. Recaudar, administrar, controlar y fiscalizar los tributos y, en general, todas las
demás rentas e ingresos que deba percibir el Gobierno, de conformidad con la
ley.
Llevar los registros y ejercer las acciones administrativas y judiciales
necesarias para cobrar los tributos que se adeuden y denunciar la posible
comisión de delitos o faltas contra la hacienda pública.
Administrar descentralizada mente el sistema aduanero de conformidad con la
ley y los convenios internacionales.
Proponer al Organismo Ejecutivo los anteproyectos de ley necesarios para la
racionalización y sistematización de la legislación tributaria.
Consolidar el registro de los bienes del Estado y los títulos-valores que
constituyan activos del Estado, incluyendo los de las entidades
descentralizadas y autónomas.
La función administrativa
La doctrina hace referencia de manera reiterada a la distinción entre función
administrativa y Administración Pública. Y es que, existen entidades que
desarrollan funciones administrativas, que no forman propiamente parte del
Estado. A su vez, existen entidades del Estado que no ejercen función
administrativa, sino de otra índole. Además del concepto negativo
(administración es lo que implica ni legislación ni jurisdicción), hay dos criterios
distintos de tipo positivo que han sido propuestos para diferenciar las funciones
estatales: el criterio orgánico y el criterio material o sustancial.
En este orden de ideas es necesario señalar que la Ley de Procedimiento
Administrativo General (en adelante, la Ley) señala que la misma es de
aplicación para todas las entidades de la administración pública. Sin embargo,
no establece que debe entenderse propiamente por Administración Pública,
sino que la define a través de las entidades que la conforman, empleando un
criterio más bien orgánico.
Desde el punto de vista orgánico (a veces llamado formal), podemos hacer la
distinción según el acto sea realizado por un órgano jurisdiccional (que es
independiente), administrativo (dependiente) o legislativo (de índole
constitucional), y determinar si nos encontraríamos ante una función de tal o
cual tipo; pero este criterio es insuficiente y, tomado a la letra, resulta ser
erróneo, por cuanto en los órganos legislativos y jurisdiccionales también se
realizan funciones administrativas.
Desde el punto de vista material, es decir, ateniéndonos a la descripción
externa de los actos mismos, serían actos legislativos los que establecen
reglas de conducta humana en forma general e imperativa (es decir, son actos
legislativos los que crean normas o reglas de derecho), son actos
jurisdiccionales los que deciden con fuerza de verdad legal una cuestión
controvertida entre dos partes, determinando el derecho aplicable.
4. COMENTARIO
Administración Pública en Guatemala, es un término de límites imprecisos que
comprende el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función
administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad
jurídica, ya sean de ámbito regional o local. Por su función, la Administración
Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político,
satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los
poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.
También se puede entender como la disciplina encargada del manejo científico de
los recursos y de la dirección del trabajo humano enfocada a la satisfacción del
interés público, entendiendo este último como las expectativas de la colectividad.
Es un conjunto de funcionarios que están ligados al cumplimiento de las funciones
estatales: en los niveles operativos, técnicos y profesionales; comprendidos en las
tareas administrativas, así como los niveles especializados bajo sistemas
independientes de carrera. Las características de las burocracias exitosas
dependen de una burocracia profesional y meritocrática, capaz de gestionar las
políticas públicas durante momentos de transiciones de gobierno y períodos de
crisis; así, las funciones estatales tienen asegurada la capacidad técnica y la
neutralidad de la implementación, pues facilita la efectividad y eficiencia de las
políticas limitando la discrecionalidad en las decisiones de Gobierno.
Vamos, pues, aprendiendo que la Administración Pública tiene sus características
históricas, doctrinarias, filosóficas, políticas y técnicas que la hacen,
definitivamente, distinta y más compleja que la administración o gerencia privada.
5. BIBLIOGRAFÍA
Apuntes de Derecho Administrativo
1ª. reimpresión; 1987. Colección de Textos Jurídicos No.
11. Departamento de Publicaciones. Facultad de
Ciencias Económicas. USAC. Pág. 37.
CALDERÓN MORALES, Hugo Haroldo.
Derecho Administrativo I
1986. Impresora Litográfica y
Publicitaria Zimeeri. Guatemala. Pág. 3.
DUARTE SANDOVAL, Fora Molina. Análisis jurídico
comparativo y crítico respecto a las prestaciones
laborales otorgadas por el Organismo Judicial y
la Oficina Nacional de Servicio Civil. Tesis
profesional 1993. Ed. Mayté. Guatemala. Pág. 34
6. Universidad de San Carlos de Guatemala
Facultad de Humanidades
Departamento de Pedagogía
Carrera: PEM y Técnico en Administración Educativa
Curso: E 120.3 Administración Pública y Privada
Catedrático: Lic. Humberto Morales Mendoza
Sección: “A”
TAREA:
Administración Pública en Guatemala
Estudiante: Wendy Yesenia Ewing morales
Carné: 201218372
Fecha de Entrega: Escuintla, 5 de octubre de 2013