La aplicación de la Sección 35 implica cuatro pasos principales: 1) Adopción por primera vez; 2) Fecha de transición; 3) Estado de Situación Finaciera de Apertura y 4) Presentación de Estados Financieros que cumplen con la NIIF para las Pymes.
¿Qué es NIC ejemplos?
Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) son una serie de reglas, establecidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad, creadas con el fin de establecer un estándar en la elaboración y presentación de los estados financieros de las empresas.
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Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
2. Se aplicará a una entidad que adopte por primera vez la
NIIF para las PYMES, independientemente de si su marco
contable anterior estuvo basado en las NIIF completas o
en otro conjunto de principios de contabilidad
generalmente aceptados (PCGA), tales como sus normas
contables nacionales, u en otro marco tal como la base del
impuesto a las ganancias local (Sección 35.1)
3. • Una entidad solo puede adoptar por primera vez la NIIF
para las PYMES en una única ocasión.
• Si una entidad que utiliza la NIIF para las PYMES deja
de usarla durante uno o más periodos sobre los que se
informa y se le requiere o elige adoptarla nuevamente
con posterioridad, las exenciones especiales,
simplificaciones y otros requerimientos de esta sección
no serán aplicables a nueva adopción (Sección 35.2).
4. • Que la información sea útil y
comparable para los usuarios, y todo
ello a un costo razonable que no afecte
a los beneficios de suministrar la
información bajo el marco internacional
proporcionado por los usuarios.
5. • Los primeros estados anuales en los
cuales la entidad adopta las NIIF, se
realizaran mediante declaración, explicita y
sin reservas, contenida en tales estados
financieros del cumplimiento de las NIIF.
6. a) Reconocer todos los activos y pasivos, cuyo
reconocimiento sea requerido por las NIIF
b) No reconocer partidas como activos y pasivos si estas
NIIF no permite dicho reconocimiento
c) Reclasificar las partidas que reconoció, como un tipo de
activo, pasivo patrimonio, pero que son de un tipo
diferente de acuerdo a esta NIIF
d) Aplicar esta NIIF al medir todos los activos y pasivos
reconocidos.
7. (a)Baja en cuentas de activos y pasivos
financieros
(b)Contabilidad de coberturas
(c)Estimaciones contables
(d)Operaciones discontinuadas
(e)Medición de participaciones no
controladoras
8. • Adoptar o no la combinación de negocios.
• Transacciones con pagos basados en acciones.
• Valor razonable como costo atribuido.
• Revaluación como costo atribuido.
• Diferencias de conversión acumuladas.
• Estados financieros separados.
• Instrumentos financieros compuestos.
• Impuestos diferidos.
• Acuerdos de concesión de servicios.
• Actividades de extracción.
• Acuerdos que contienen un arrendamiento.
• Pasivos por retiro de servicio incluidos en el costo de
propiedades, planta y equipo (Sección 35.10).
9. • La situación financiera
• El rendimiento financiero
• Los flujos de efectivo
10. Los primeros estados financieros preparados conforme a
esta NIIF de una entidad incluirán:
• Una descripción de la naturaleza de cada cambio en la
política contable.
• Las conciliaciones de su patrimonio
• Una conciliación del resultado