Algunos aspectos de Bioética en psicología clínica y la salud
1.
2. Derecho al
Desarrollo
Libre De la
Personalidad
Derecho a
la Igualdad
Derecho a
la Intimidad
Derecho a
la libertad
Derecho a
la
Autonomía
Derecho a la
Beneficencia
Derecho a
la Dignidad
Derecho a
la Inf. veraz
3. El articulo 36 de la ley
1164 del 2007 descrine la
prudencia en los
siguientes términos:
Ignorar o pasar por alto condiciones de
desventaja que ponen en riesgo o peligro el
bienestar físico y psicológico de personas o
grupos (Ley 1090-06, Arts. 33 y 36, ordinal
f).
No tener el cuidado necesario en la
presentación de resultados diagnósticos
(Ley 1090- 06, Art. 47).
Dar rotulaciones o diagnósticos definitivos
en los procesos de evaluación (Ley 1090-06,
Art. 36, núm. d).
4. Según el artículo 35 de la
Ley 1164 de 2007, los
psicólogos tienen la
responsabilidad
permanente de la
autorregulación en el
ejercicio de su profesión.
Debe aplicar su profesión a la persona o
población que lo necesite, sin más
limitaciones que las expresamente
señaladas por la ley (Ley 1090 de 2006, Art.
33).
El psicólogo debe analizar, dar razón y
asumir las consecuencias de las propias
acciones y omisiones en lo referente al
ejercicio de la profesión u ocupación (Ley
1164 de 2007, Art. 35).
5. Según el articulo 74 de
“el secreto profesional
es inviolable”:
Según esta normatividad, el psicólogo
tiene la obligación de guardar el
secreto profesional sobre cualquier
prescripción o evaluación que se
realizare.
6. Colpsic (2012) Manual deontológico y Bioético del psicólogo, tribunal nacional
deontológico y bioético de psicología, acuerdo numero 10, Bogotá,
Colombia