CASO 2 
ANALISIS Y SOLUCIÓN 
En primer lugar la respuesta del tutor ante la solicitud de Nicolás no es la mejor, 
ya que según el reglamento del aprendiz en el Capítulo II Derechos del 
Aprendiz artículo 7, en su numeral 8 dice: 
Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los 
directivos, instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se 
puedan presentar en su proceso de formación. Aquí se puede evidenciar que la 
reacción del tutor fue errada. 
Y en segundo lugar la decisión de Nicolás me parece muy acertada, ya que 
esta es la mejor forma de hacer que le tengan en cuenta su solicitud. Para esto 
se puede remitir al Capítulo VI Gestión Académico Administrativa articulo 15 y 
tener muy presente también el parágrafo del artículo 17, el cual menciona la 
responsabilidad del tutor referente a la información académica.
CASO 4 
ANALISIS Y SOLUCIÓN 
El SENA es una entidad que se ha caracterizado, desde sus inicios, por brindar 
los mejores niveles de educación a los colombianos. Dentro de este proceso 
también se ha preocupado por formar personas con valores y principios de 
responsabilidad, honestidad, solidaridad, respeto y muchos otros. 
Es por esta razón que se han establecido los comités de evaluación, para 
desarrollar y generar en los aprendices espacios de formación no solo 
profesionales sino integrales, los cuales favorezcan la creación de ambientes y 
entornos apropiados para el buen desempeño tanto de su etapa productiva 
como de su vida laboral y social. 
1. Las Medidas Formativas son tres: 
1. Llamado de atención verbal: 
Se aplica cuando hay un hecho de menor grado en el orden académico o 
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o para prevenir 
hechos que infrinjan dichos deberes, derechos y prohibiciones. El aprendiz
podrá recibir el llamado de atención por parte del instructor, el coordinador 
académico, los responsables de bienestar o el subdirector del centro. 
2. Plan de mejoramiento académico: 
Es una medida que se adopta para precisar acciones de formación acordadas 
entre el aprendiz y el instructor o el coordinador académico, estas se formulan 
durante el tiempo que dure la formación para garantizar el logro de los 
resultados de aprendizaje. Dicho plan deberá ejecutarse dentro del término de 
1 mes contado a partir de la concertación del mismo. 
3. Plan de mejoramiento disciplinario: 
Esta medida se adopta para concretar acciones de carácter comportamental, 
actitudinal o social, para propiciar en el aprendiz cambios en su conducta. Las 
evidencias de cambio en el comportamiento se deben dar en un periodo 
máximo de 1 mes contado a partir de su concertación. 
2. Sanciones por faltas académicas o disciplinarias: 
a. Llamado de atención escrito: 
Se impone a través de comunicación escrita, dirigida por el coordinador 
académico al aprendiz; con copia a la hoja de vida. 
b. Condicionamiento de la matricula: 
Se asigna al aprendiz previo agotamiento del procedimiento establecido en el 
reglamento. Cesa cuando el aprendiz cumple el plan de mejoramiento y/o 
compromisos escritos. Si el aprendiz está recibiendo estímulos e incentivos 
dicha situación genera la perdida de los mismos. 
c. Cancelación de la matricula: 
Se origina cuando persisten en el aprendiz las causas que originaron el 
condicionamiento de la matricula, o por faltas catalogadas como graves según 
artículos 25 y 26 de este reglamento en las etapas lectiva y productiva. Implica 
que el aprendiz no puede participar en procesos de ingreso al SENA por un 
periodo entre 6 y 12 meses (en lo académico) y entre 12 y 24 meses (en lo 
disciplinario). 
3. Estímulos e Incentivos: 
- Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional e internacional.
- Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos 
necesarios para llegar a ser instructor, formara parte del semillero de nuevos 
instructores del SENA, si así lo desea. 
Dichos estímulos se otorgan como reconocimiento o valoración de acciones 
meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, 
actitudinal, investigativo, innovador o profesional.

Analisis casos

  • 1.
    CASO 2 ANALISISY SOLUCIÓN En primer lugar la respuesta del tutor ante la solicitud de Nicolás no es la mejor, ya que según el reglamento del aprendiz en el Capítulo II Derechos del Aprendiz artículo 7, en su numeral 8 dice: Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación. Aquí se puede evidenciar que la reacción del tutor fue errada. Y en segundo lugar la decisión de Nicolás me parece muy acertada, ya que esta es la mejor forma de hacer que le tengan en cuenta su solicitud. Para esto se puede remitir al Capítulo VI Gestión Académico Administrativa articulo 15 y tener muy presente también el parágrafo del artículo 17, el cual menciona la responsabilidad del tutor referente a la información académica.
  • 2.
    CASO 4 ANALISISY SOLUCIÓN El SENA es una entidad que se ha caracterizado, desde sus inicios, por brindar los mejores niveles de educación a los colombianos. Dentro de este proceso también se ha preocupado por formar personas con valores y principios de responsabilidad, honestidad, solidaridad, respeto y muchos otros. Es por esta razón que se han establecido los comités de evaluación, para desarrollar y generar en los aprendices espacios de formación no solo profesionales sino integrales, los cuales favorezcan la creación de ambientes y entornos apropiados para el buen desempeño tanto de su etapa productiva como de su vida laboral y social. 1. Las Medidas Formativas son tres: 1. Llamado de atención verbal: Se aplica cuando hay un hecho de menor grado en el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o para prevenir hechos que infrinjan dichos deberes, derechos y prohibiciones. El aprendiz
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    podrá recibir elllamado de atención por parte del instructor, el coordinador académico, los responsables de bienestar o el subdirector del centro. 2. Plan de mejoramiento académico: Es una medida que se adopta para precisar acciones de formación acordadas entre el aprendiz y el instructor o el coordinador académico, estas se formulan durante el tiempo que dure la formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje. Dicho plan deberá ejecutarse dentro del término de 1 mes contado a partir de la concertación del mismo. 3. Plan de mejoramiento disciplinario: Esta medida se adopta para concretar acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el aprendiz cambios en su conducta. Las evidencias de cambio en el comportamiento se deben dar en un periodo máximo de 1 mes contado a partir de su concertación. 2. Sanciones por faltas académicas o disciplinarias: a. Llamado de atención escrito: Se impone a través de comunicación escrita, dirigida por el coordinador académico al aprendiz; con copia a la hoja de vida. b. Condicionamiento de la matricula: Se asigna al aprendiz previo agotamiento del procedimiento establecido en el reglamento. Cesa cuando el aprendiz cumple el plan de mejoramiento y/o compromisos escritos. Si el aprendiz está recibiendo estímulos e incentivos dicha situación genera la perdida de los mismos. c. Cancelación de la matricula: Se origina cuando persisten en el aprendiz las causas que originaron el condicionamiento de la matricula, o por faltas catalogadas como graves según artículos 25 y 26 de este reglamento en las etapas lectiva y productiva. Implica que el aprendiz no puede participar en procesos de ingreso al SENA por un periodo entre 6 y 12 meses (en lo académico) y entre 12 y 24 meses (en lo disciplinario). 3. Estímulos e Incentivos: - Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional e internacional.
  • 4.
    - Cuando terminesu proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar a ser instructor, formara parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea. Dichos estímulos se otorgan como reconocimiento o valoración de acciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.