El documento analiza la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario de Venezuela. Establece tres institutos (INTI, INDR, Corporación Venezolana) para regular la materia agraria. La ley busca transformar la estructura agraria eliminando el latifundismo e incorporando a la población rural al desarrollo económico a través de la adjudicación de tierras ociosas a campesinos. También establece principios como la función social de la propiedad agraria, el derecho de permanencia de los productores y la irrenunci
El documento resume la evolución del derecho agrario en Venezuela. Comenzó en el siglo XIX con códigos agrarios que regulaban las labores agrícolas. En 1936 se buscó mejorar las condiciones de los campesinos. La primera ley agraria de 1945 buscó transformar la estructura agraria mediante la adjudicación de tierras. Leyes posteriores como la de Reforma Agraria de 1960 y la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de 2015 continuaron buscando distribuir equitativamente la tierra y promover el des
Este documento presenta una introducción al derecho agrario, incluyendo definiciones, fuentes y principios fundamentales. Define el derecho agrario como la rama del derecho que regula las relaciones jurídicas derivadas de la actividad agrícola y rural, con el objetivo de lograr la justicia social. Identifica las leyes, costumbres y jurisprudencia como fuentes formales, y la actividad agrícola como fuente material. Explica principios constitucionales como la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el antil
Evolucion historica del derecho agrario en venezuelaCarlos Gonzalez
El documento resume la evolución histórica del derecho agrario en Venezuela desde la antigua Roma hasta la actualidad. Comienza con las Leyes de las Doce Tablas en la antigua Roma, luego pasa por el Código Napoleónico en el siglo XIX, y continúa con varias leyes agrarias promulgadas en Venezuela en 1945, 1948, 1949, 1960 y más recientemente en 2001, 2005 y 2010, las cuales buscaron transformar la estructura agraria y mejorar las condiciones de los campesinos.
El documento describe la adjudicación de tierras en Venezuela. Explica que la adjudicación otorga el derecho a usar y disfrutar la tierra a campesinos y campesinas que demuestren aptitud para el trabajo agrícola. Las mujeres jefas de familia y campesinos que hayan trabajado la tierra de forma precaria son sujetos preferenciales. Para la adjudicación se requiere compromiso de trabajar la tierra personalmente y no poseer otra parcela. Los beneficios incluyen el derecho a una parcela productiva y acceso a insumos y
Este documento discute la base legal del impuesto predial rural en Venezuela según el Artículo 307 de la Constitución Bolivariana. Señala que el artículo puede interpretarse para definir los elementos esenciales de un impuesto sobre predios rurales y garantizar una mayor tributación de tierras ociosas o infrautilizadas en comparación con tierras explotadas de manera óptima. El propósito es reforzar los objetivos de reforma agraria a través de impuestos sobre predios rurales y rescatar tierras ociosas.
Propiedad civil y propiedad agraria 2- Solymar Del valle Rangel Mruben10637348
El documento discute la naturaleza de la propiedad agraria en comparación con la propiedad civil. Explica que la propiedad agraria requiere una actividad productiva y económica, mientras que la propiedad civil no necesariamente. También describe que la posesión es un elemento esencial de la propiedad agraria, pero no tanto de la propiedad civil. Finalmente, señala que la propiedad agraria debe cumplir una función social al servicio de la producción y la sociedad.
CONTENIDO:
*Posesión civil y agraria
*Diferencias entre posesión agraria y posesión civil
*Basamento legal
* Reforma agraria en Venezuela
*Garantías de permanencia.
El documento establece las bases de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, cuyo objetivo es promover el desarrollo rural integral y sustentable a través de una justa distribución de la tierra. La ley busca eliminar el latifundio, asegurar la biodiversidad y seguridad alimentaria, y proteger el medio ambiente.
El documento resume la evolución del derecho agrario en Venezuela. Comenzó en el siglo XIX con códigos agrarios que regulaban las labores agrícolas. En 1936 se buscó mejorar las condiciones de los campesinos. La primera ley agraria de 1945 buscó transformar la estructura agraria mediante la adjudicación de tierras. Leyes posteriores como la de Reforma Agraria de 1960 y la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de 2015 continuaron buscando distribuir equitativamente la tierra y promover el des
Este documento presenta una introducción al derecho agrario, incluyendo definiciones, fuentes y principios fundamentales. Define el derecho agrario como la rama del derecho que regula las relaciones jurídicas derivadas de la actividad agrícola y rural, con el objetivo de lograr la justicia social. Identifica las leyes, costumbres y jurisprudencia como fuentes formales, y la actividad agrícola como fuente material. Explica principios constitucionales como la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el antil
Evolucion historica del derecho agrario en venezuelaCarlos Gonzalez
El documento resume la evolución histórica del derecho agrario en Venezuela desde la antigua Roma hasta la actualidad. Comienza con las Leyes de las Doce Tablas en la antigua Roma, luego pasa por el Código Napoleónico en el siglo XIX, y continúa con varias leyes agrarias promulgadas en Venezuela en 1945, 1948, 1949, 1960 y más recientemente en 2001, 2005 y 2010, las cuales buscaron transformar la estructura agraria y mejorar las condiciones de los campesinos.
El documento describe la adjudicación de tierras en Venezuela. Explica que la adjudicación otorga el derecho a usar y disfrutar la tierra a campesinos y campesinas que demuestren aptitud para el trabajo agrícola. Las mujeres jefas de familia y campesinos que hayan trabajado la tierra de forma precaria son sujetos preferenciales. Para la adjudicación se requiere compromiso de trabajar la tierra personalmente y no poseer otra parcela. Los beneficios incluyen el derecho a una parcela productiva y acceso a insumos y
Este documento discute la base legal del impuesto predial rural en Venezuela según el Artículo 307 de la Constitución Bolivariana. Señala que el artículo puede interpretarse para definir los elementos esenciales de un impuesto sobre predios rurales y garantizar una mayor tributación de tierras ociosas o infrautilizadas en comparación con tierras explotadas de manera óptima. El propósito es reforzar los objetivos de reforma agraria a través de impuestos sobre predios rurales y rescatar tierras ociosas.
Propiedad civil y propiedad agraria 2- Solymar Del valle Rangel Mruben10637348
El documento discute la naturaleza de la propiedad agraria en comparación con la propiedad civil. Explica que la propiedad agraria requiere una actividad productiva y económica, mientras que la propiedad civil no necesariamente. También describe que la posesión es un elemento esencial de la propiedad agraria, pero no tanto de la propiedad civil. Finalmente, señala que la propiedad agraria debe cumplir una función social al servicio de la producción y la sociedad.
CONTENIDO:
*Posesión civil y agraria
*Diferencias entre posesión agraria y posesión civil
*Basamento legal
* Reforma agraria en Venezuela
*Garantías de permanencia.
El documento establece las bases de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, cuyo objetivo es promover el desarrollo rural integral y sustentable a través de una justa distribución de la tierra. La ley busca eliminar el latifundio, asegurar la biodiversidad y seguridad alimentaria, y proteger el medio ambiente.
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderesYojhan Paez
Este documento resume el procedimiento ordinario agrario en primera instancia según la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela. Describe las etapas del proceso, incluyendo la presentación de la demanda, la citación y contestación del demandado, la realización de una audiencia preliminar, la presentación de pruebas, y una audiencia de pruebas donde el juez dicta una sentencia oral con una breve explicación de los motivos. El documento también cubre temas como la reforma de la demanda, la reconvención, la intervención de ter
Este documento trata sobre la propiedad agraria en Venezuela. Explica que la propiedad agraria se refiere al derecho de propiedad sobre tierras productivas o con vocación agrícola. Discute la diferencia entre la propiedad agraria y la propiedad civil, y señala que la primera tiene más limitaciones y obligaciones para cumplir con su función social. También clasifica la propiedad agraria según su extensión en minifundios, medianas propiedades y grandes propiedades.
Este documento describe las diferencias y similitudes entre la propiedad civil y la propiedad agraria. La propiedad agraria se deriva de la propiedad civil y está sujeta a más limitaciones para garantizar la producción agrícola y la soberanía alimentaria. La propiedad agraria solo puede aplicarse a tierras con vocación agrícola y otorga derechos de uso y disfrute de los frutos de la tierra, pero no de enajenación. La función social de la propiedad agraria requiere que las tierras sean productivas agrícolamente.
La agricultura ha sido fundamental para el desarrollo de Venezuela desde sus inicios. A lo largo de la historia de Venezuela, se han promulgado varias leyes de reforma agraria para regular la actividad agrícola y apoyar a los campesinos, aunque muchas no lograron aplicarse debido a golpes de estado. La ley más reciente de 2010 buscó eliminar la tercerización y mejorar las condiciones de vida de los trabajadores agrícolas garantizando sus derechos.
Evolución Histórica del Derecho Agrario en Venezuela Karelis Gonzalez
Este documento resume la evolución histórica del derecho agrario en Venezuela desde la época colonial hasta 2010. Comienza describiendo la producción agraria en la época colonial y el auge petrolero en 1926 que dejó de lado la producción agraria. Luego resume las leyes y decretos agrarios más importantes desde 1945 hasta 2010, incluyendo la Ley de Reforma Agraria de 1945, la Ley Agraria de 1948, el Estatuto Agrario de 1949, la Ley Agraria de 1960, el Decreto de Tierras y Desarrollo Agrario de 2001
desarrollo rural integral y sustentable en Venezuela isida22
El documento habla sobre el desarrollo rural integral y sustentable en Venezuela. Explica que este tipo de desarrollo busca generar riqueza e inversión que proteja los recursos naturales. También menciona los objetivos de desarrollo rural como mejorar la calidad de vida de campesinos pobres y su participación. Finalmente, resume algunos aspectos clave de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela en torno a la promoción de la agricultura sustentable.
El documento describe el impuesto a las tierras ociosas o de uso no conforme en Venezuela. Establece que la ley grava la ociosidad y uso no agrícola de tierras, afectando a propietarios y poseedores privados y públicos de tierras rurales. Define las tierras rurales y explica los sujetos exentos del impuesto. Además, detalla cómo se calcula la base imponible en función del rendimiento real versus idóneo y las alícuotas aplicables.
El documento habla sobre el Derecho Agrario Venezolano. Explica que regula la tenencia de la tierra y sistemas de explotación agrícola con el fin de lograr la justicia social. Describe las fuentes formales e informales del Derecho Agrario y los principios constitucionales relacionados. También menciona los organismos administrativos agrarios en Venezuela como el Instituto Nacional de Tierras y el Instituto Nacional de Desarrollo Rural.
El documento resume la evolución del derecho agrario en Venezuela, comenzando en la época romana y continuando hasta las leyes agrarias modernas de 1945, 1960, 2001 y 2005. Explica cómo el derecho agrario surgió para regular las relaciones sobre la tierra y la agricultura y cómo las leyes venezolanas han buscado promover el desarrollo rural justo y sostenible.
Obedece a una forma de garantía sobre la tierra que ocupan los trabajadores del campo caracterizado en una posesión agraria para que posteriormente puedan acceder a la regularización de tenencia de la tierra que trabajan.De hecho, lo que se pretende cuando se intenta una acción de derecho de permanencia es que los ocupantes que están siendo perturbados puedan mantenerse en el sitio que ocupan, y continúen con la actividad agraria que han venido realizando para que la misma no vaya ser interrumpida por cualquier acto de desalojo proveniente de determinada persona, actos que de una manera u otra tiendan a desocupar o desalojar a los ocupantes y que propendan a interrumpir su producción agraria.
El documento proporciona información sobre el derecho agrario en Venezuela. Explica que el derecho agrario regula cuestiones relacionadas con la tenencia de la tierra y la actividad agraria. También describe los principios constitucionales y legales que sustentan el derecho agrario en Venezuela, como el principio anti-latifundista y los principios de promoción de la agricultura y seguridad alimentaria. Además, menciona algunos de los órganos administrativos agrarios en Venezuela como el Instituto Nacional de Tierras, la
Este documento describe los principales órganos administrativos agrarios en Venezuela, incluyendo el Instituto Nacional de Tierras (INTI), el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER), la Fundación Ciara y la Corporación Venezolana Agraria (CVG). Cada organismo tiene objetivos y funciones específicas relacionadas con la administración, redistribución y regularización de tierras, el desarrollo rural integral, y la promoción de la agricultura y la seguridad alimentaria en Venezuela.
Presentación Defensa del Proyecto Comunitario Socio Jurídico 4to trayecto de ...ivanbravoh
Este documento resume un proyecto socio-jurídico comunitario realizado en el Caserío Los Malabares, sector La Cañada en Venezuela. El proyecto tuvo como objetivo principal divulgar la Ley Orgánica de Registro Civil, resaltando la unión estable de hecho. Se realizó un diagnóstico de la comunidad, se planificaron actividades como charlas y visitas, y se logró legalizar la unión de 13 parejas a través de la unión estable de hecho.
El documento explica las diferencias entre la propiedad civil y la propiedad agraria. La propiedad agraria es el derecho que tienen las personas de usar y percibir los frutos de las tierras que trabajan, aunque no tengan un título de propiedad. La propiedad agraria cumple una función social y es temporal. Mientras que la propiedad civil otorga el derecho de usar y disponer de manera exclusiva de un bien de acuerdo a la ley, se transfiere a través de títulos y es perpetua. Ambas formas de propiedad están sujetas a restric
Derecho penal especial y los delitos contra las personas.zaidagarmendia
Este documento resume el Derecho Penal Especial y los Delitos contra las Personas. Explica que el Derecho Penal Especial estudia cada delito de forma específica, considerando sus elementos constitutivos y las penas asociadas. Describe la estructura y contenido del Código Penal venezolano, incluyendo la clasificación de delitos según el bien jurídico tutelado. Finalmente, analiza los delitos de homicidio y lesiones, que atentan contra la vida y la integridad de las personas.
Este documento describe la diferencia entre la propiedad agraria y la propiedad civil en Venezuela. La propiedad agraria se refiere al poder de uso, goce y disposición sobre tierras y activos agrícolas reconocido por la ley agraria, mientras que la propiedad civil se rige por el código civil. La propiedad agraria está sujeta a la "función social" de producir de manera sostenible y puede ser regulada por el gobierno para declarar tierras ociosas, adjudicar tierras y conceder créditos agrícolas. Un aspect
Universidad Fermín Toro; Decanato de Ciencias Jurídicas y Políticas; Escuela de Derecho; Cátedra: Derecho Agrario y Ambiental; Prof.: Abog: Keydis Pérez; Alumno: Richard Torres; SAIA "B"; Lapso 2018/B
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHOcqam
El documento describe las relaciones entre el derecho agrario y otras ramas del derecho. Explica que el derecho agrario regula las actividades y relaciones relacionadas con la agricultura de acuerdo con los principios constitucionales. Mantiene una relación de derecho especial con el derecho civil, y regula las interacciones entre particulares y organismos estatales, como se describe en el derecho público y administrativo. También cubre las relaciones laborales en el sector agrícola y las interacciones con el comercio de productos agrícolas.
Este documento resume el marco legal del derecho agrario en Venezuela. Explica que el derecho agrario es autónomo y está regulado por principios, leyes, tribunales y doctrina específicos. Describe los principios constitucionales relacionados con la promoción de la agricultura sostenible, la seguridad alimentaria y el desarrollo rural. También analiza la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, incluida la definición de latifundio, y los órganos administrativos agrarios como el INTI e
El documento describe los principios y fuentes del Derecho Agrario en Venezuela. El Derecho Agrario regula la actividad agrícola y la propiedad de la tierra, y tiene un enfoque social. Los principios incluyen la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el desarrollo rural integral sustentable, la igualdad de oportunidades, y la prohibición del latifundio. Las fuentes son la ley, la costumbre y la jurisprudencia. El documento también analiza los principios constitucionales relacionados con la
Procedimiento ordinario agrario en 1era instancia y poderesYojhan Paez
Este documento resume el procedimiento ordinario agrario en primera instancia según la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela. Describe las etapas del proceso, incluyendo la presentación de la demanda, la citación y contestación del demandado, la realización de una audiencia preliminar, la presentación de pruebas, y una audiencia de pruebas donde el juez dicta una sentencia oral con una breve explicación de los motivos. El documento también cubre temas como la reforma de la demanda, la reconvención, la intervención de ter
Este documento trata sobre la propiedad agraria en Venezuela. Explica que la propiedad agraria se refiere al derecho de propiedad sobre tierras productivas o con vocación agrícola. Discute la diferencia entre la propiedad agraria y la propiedad civil, y señala que la primera tiene más limitaciones y obligaciones para cumplir con su función social. También clasifica la propiedad agraria según su extensión en minifundios, medianas propiedades y grandes propiedades.
Este documento describe las diferencias y similitudes entre la propiedad civil y la propiedad agraria. La propiedad agraria se deriva de la propiedad civil y está sujeta a más limitaciones para garantizar la producción agrícola y la soberanía alimentaria. La propiedad agraria solo puede aplicarse a tierras con vocación agrícola y otorga derechos de uso y disfrute de los frutos de la tierra, pero no de enajenación. La función social de la propiedad agraria requiere que las tierras sean productivas agrícolamente.
La agricultura ha sido fundamental para el desarrollo de Venezuela desde sus inicios. A lo largo de la historia de Venezuela, se han promulgado varias leyes de reforma agraria para regular la actividad agrícola y apoyar a los campesinos, aunque muchas no lograron aplicarse debido a golpes de estado. La ley más reciente de 2010 buscó eliminar la tercerización y mejorar las condiciones de vida de los trabajadores agrícolas garantizando sus derechos.
Evolución Histórica del Derecho Agrario en Venezuela Karelis Gonzalez
Este documento resume la evolución histórica del derecho agrario en Venezuela desde la época colonial hasta 2010. Comienza describiendo la producción agraria en la época colonial y el auge petrolero en 1926 que dejó de lado la producción agraria. Luego resume las leyes y decretos agrarios más importantes desde 1945 hasta 2010, incluyendo la Ley de Reforma Agraria de 1945, la Ley Agraria de 1948, el Estatuto Agrario de 1949, la Ley Agraria de 1960, el Decreto de Tierras y Desarrollo Agrario de 2001
desarrollo rural integral y sustentable en Venezuela isida22
El documento habla sobre el desarrollo rural integral y sustentable en Venezuela. Explica que este tipo de desarrollo busca generar riqueza e inversión que proteja los recursos naturales. También menciona los objetivos de desarrollo rural como mejorar la calidad de vida de campesinos pobres y su participación. Finalmente, resume algunos aspectos clave de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela en torno a la promoción de la agricultura sustentable.
El documento describe el impuesto a las tierras ociosas o de uso no conforme en Venezuela. Establece que la ley grava la ociosidad y uso no agrícola de tierras, afectando a propietarios y poseedores privados y públicos de tierras rurales. Define las tierras rurales y explica los sujetos exentos del impuesto. Además, detalla cómo se calcula la base imponible en función del rendimiento real versus idóneo y las alícuotas aplicables.
El documento habla sobre el Derecho Agrario Venezolano. Explica que regula la tenencia de la tierra y sistemas de explotación agrícola con el fin de lograr la justicia social. Describe las fuentes formales e informales del Derecho Agrario y los principios constitucionales relacionados. También menciona los organismos administrativos agrarios en Venezuela como el Instituto Nacional de Tierras y el Instituto Nacional de Desarrollo Rural.
El documento resume la evolución del derecho agrario en Venezuela, comenzando en la época romana y continuando hasta las leyes agrarias modernas de 1945, 1960, 2001 y 2005. Explica cómo el derecho agrario surgió para regular las relaciones sobre la tierra y la agricultura y cómo las leyes venezolanas han buscado promover el desarrollo rural justo y sostenible.
Obedece a una forma de garantía sobre la tierra que ocupan los trabajadores del campo caracterizado en una posesión agraria para que posteriormente puedan acceder a la regularización de tenencia de la tierra que trabajan.De hecho, lo que se pretende cuando se intenta una acción de derecho de permanencia es que los ocupantes que están siendo perturbados puedan mantenerse en el sitio que ocupan, y continúen con la actividad agraria que han venido realizando para que la misma no vaya ser interrumpida por cualquier acto de desalojo proveniente de determinada persona, actos que de una manera u otra tiendan a desocupar o desalojar a los ocupantes y que propendan a interrumpir su producción agraria.
El documento proporciona información sobre el derecho agrario en Venezuela. Explica que el derecho agrario regula cuestiones relacionadas con la tenencia de la tierra y la actividad agraria. También describe los principios constitucionales y legales que sustentan el derecho agrario en Venezuela, como el principio anti-latifundista y los principios de promoción de la agricultura y seguridad alimentaria. Además, menciona algunos de los órganos administrativos agrarios en Venezuela como el Instituto Nacional de Tierras, la
Este documento describe los principales órganos administrativos agrarios en Venezuela, incluyendo el Instituto Nacional de Tierras (INTI), el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER), la Fundación Ciara y la Corporación Venezolana Agraria (CVG). Cada organismo tiene objetivos y funciones específicas relacionadas con la administración, redistribución y regularización de tierras, el desarrollo rural integral, y la promoción de la agricultura y la seguridad alimentaria en Venezuela.
Presentación Defensa del Proyecto Comunitario Socio Jurídico 4to trayecto de ...ivanbravoh
Este documento resume un proyecto socio-jurídico comunitario realizado en el Caserío Los Malabares, sector La Cañada en Venezuela. El proyecto tuvo como objetivo principal divulgar la Ley Orgánica de Registro Civil, resaltando la unión estable de hecho. Se realizó un diagnóstico de la comunidad, se planificaron actividades como charlas y visitas, y se logró legalizar la unión de 13 parejas a través de la unión estable de hecho.
El documento explica las diferencias entre la propiedad civil y la propiedad agraria. La propiedad agraria es el derecho que tienen las personas de usar y percibir los frutos de las tierras que trabajan, aunque no tengan un título de propiedad. La propiedad agraria cumple una función social y es temporal. Mientras que la propiedad civil otorga el derecho de usar y disponer de manera exclusiva de un bien de acuerdo a la ley, se transfiere a través de títulos y es perpetua. Ambas formas de propiedad están sujetas a restric
Derecho penal especial y los delitos contra las personas.zaidagarmendia
Este documento resume el Derecho Penal Especial y los Delitos contra las Personas. Explica que el Derecho Penal Especial estudia cada delito de forma específica, considerando sus elementos constitutivos y las penas asociadas. Describe la estructura y contenido del Código Penal venezolano, incluyendo la clasificación de delitos según el bien jurídico tutelado. Finalmente, analiza los delitos de homicidio y lesiones, que atentan contra la vida y la integridad de las personas.
Este documento describe la diferencia entre la propiedad agraria y la propiedad civil en Venezuela. La propiedad agraria se refiere al poder de uso, goce y disposición sobre tierras y activos agrícolas reconocido por la ley agraria, mientras que la propiedad civil se rige por el código civil. La propiedad agraria está sujeta a la "función social" de producir de manera sostenible y puede ser regulada por el gobierno para declarar tierras ociosas, adjudicar tierras y conceder créditos agrícolas. Un aspect
Universidad Fermín Toro; Decanato de Ciencias Jurídicas y Políticas; Escuela de Derecho; Cátedra: Derecho Agrario y Ambiental; Prof.: Abog: Keydis Pérez; Alumno: Richard Torres; SAIA "B"; Lapso 2018/B
EL DERECHO AGRARIO Y SU RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHOcqam
El documento describe las relaciones entre el derecho agrario y otras ramas del derecho. Explica que el derecho agrario regula las actividades y relaciones relacionadas con la agricultura de acuerdo con los principios constitucionales. Mantiene una relación de derecho especial con el derecho civil, y regula las interacciones entre particulares y organismos estatales, como se describe en el derecho público y administrativo. También cubre las relaciones laborales en el sector agrícola y las interacciones con el comercio de productos agrícolas.
Este documento resume el marco legal del derecho agrario en Venezuela. Explica que el derecho agrario es autónomo y está regulado por principios, leyes, tribunales y doctrina específicos. Describe los principios constitucionales relacionados con la promoción de la agricultura sostenible, la seguridad alimentaria y el desarrollo rural. También analiza la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, incluida la definición de latifundio, y los órganos administrativos agrarios como el INTI e
El documento describe los principios y fuentes del Derecho Agrario en Venezuela. El Derecho Agrario regula la actividad agrícola y la propiedad de la tierra, y tiene un enfoque social. Los principios incluyen la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el desarrollo rural integral sustentable, la igualdad de oportunidades, y la prohibición del latifundio. Las fuentes son la ley, la costumbre y la jurisprudencia. El documento también analiza los principios constitucionales relacionados con la
Este documento describe el derecho agrario, incluyendo su definición, objetivos, características y principios fundamentales. También cubre los sujetos involucrados en las relaciones jurídicas agrarias y los órganos administrativos agrarios en Venezuela.
Este documento discute la propiedad civil y la propiedad agraria en Venezuela. Define la propiedad civil como el derecho exclusivo de usar y disponer de bienes de acuerdo a la ley. La propiedad agraria se refiere al derecho de usar y disfrutar de tierras para fines agrícolas. Explica las diferencias entre ambos tipos de propiedad y cómo la propiedad agraria tiene una función social de garantizar la producción y seguridad alimentaria. También clasifica y regula la propiedad agraria de acuerdo a la Ley de Tierras y Des
Este documento discute la propiedad civil y la propiedad agraria en Venezuela. Define la propiedad civil como el derecho exclusivo de usar y disponer de bienes de acuerdo a la ley. La propiedad agraria se refiere al derecho de usar y disfrutar de tierras para fines agrícolas. Explica las diferencias entre ambos tipos de propiedad y cómo la propiedad agraria tiene una función social de garantizar la producción agrícola y seguridad alimentaria. También clasifica y analiza la legislación relevante sobre propiedad de tierras en Venezuela.
La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario tiene como objetivo establecer las bases para el desarrollo rural integral y sustentable, eliminando el latifundio y la tercerización. Redistribuye las tierras ociosas o baldías y aquellas con baja intensidad de uso para mejorar el nivel de vida de los pequeños y medianos campesinos. El INTI juega un papel relevante al calificar las tierras como latifundios y expropiarlas para su redistribución.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE SUSTENTAN EL DERECHO AGRARIO EN VENEZUELA
Principio de la Promoción de la Agricultura para la Seguridad Alimentaria
Principio sustantivo vigente del Derecho Agrario
Establecen los principios que encaminan la actividad agraria del país, dentro de éste contexto el artículo 307 condena el latifundio y planea su transformación en unidades económicas productivas.
PRINCIPIOS GENERALES
A través del señalamiento de estos principios puede llegarse a aceptar que el derecho agrario venezolano es un derecho especial
PRINCIPIOS ESPECÍFICOS
Métodos, instituciones y objetivos especiales que permiten sostener válidamente su autonomía científica
El documento habla sobre el Derecho Agrario, incluyendo su objeto, naturaleza, autonomía, fuentes y principios. El Derecho Agrario regula la actividad agraria y la propiedad de la tierra, buscando promover la agricultura, erradicar el latifundismo, y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria.
Este documento resume los principios y conceptos fundamentales del derecho agrario en Venezuela. En particular, describe la naturaleza del derecho agrario, sus objetivos, fuentes y principios constitucionales como la seguridad alimentaria, la propiedad de la tierra, la promoción del desarrollo rural integral y sustentable, y la igualdad de oportunidades. El documento analiza estos temas clave del derecho agrario venezolano en el contexto de la Constitución y las leyes agrarias del país.
El Derecho Agrario es el conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola
LEY DE TIERRA Y DERECHO AGRARIO victor soteldo grupo 3.pdfCRISBELIS1
El documento analiza la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en Venezuela. Explica que la ley tiene como objetivo promover el desarrollo agrícola sostenible y el bienestar de los agricultores. Establece tres niveles de productividad de la tierra: tierras ociosas, tierras mejorables, y tierras productivas. También crea tres institutos para regular la materia agraria: el Instituto Nacional de Tierras, el Instituto Nacional del Desarrollo Rural, y la Corporación Venezolana.
DERECHO AGRARIO Y LAS IINSTITUCIONES QUE LO INTEGRANLa Mivi Noguera
El documento resume los principios fundamentales del derecho agrario venezolano, incluyendo la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el principio anti latifundista, la propiedad de la tierra, la promoción del desarrollo rural integral y sustentable. También describe los objetos, naturaleza, autonomía, fuentes y leyes agrarias, así como los principios constitucionales que sustentan el derecho agrario en Venezuela.
DERECHO AGRARIO Y REFERENCIA A LOS ORGANOS QUE LO INTEGRANLa Mivi Noguera
El documento resume los principios fundamentales del derecho agrario venezolano, incluyendo la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el principio anti latifundista, la propiedad de la tierra, la promoción del desarrollo rural integral y sustentable. También describe los objetos, naturaleza, autonomía, fuentes y leyes agrarias, así como los principios constitucionales que sustentan el derecho agrario en Venezuela.
El documento describe el Derecho Agrario en Venezuela. Explica que rige las relaciones en la actividad agraria y protege los recursos naturales renovables. Las tierras deben cumplir su función social de productividad agraria. Las tierras ociosas pueden ser expropiadas o gravadas para fomentar la producción. El Derecho Agrario goza de autonomía jurídica, legislativa, jurisdiccional, didáctica y científica. Se crearon tres nuevos institutos para reemplazar al Instituto Agrario Nacional y divid
El documento define el derecho agrario y describe sus objetos, naturaleza y autonomía. Explica las fuentes del derecho agrario como la ley y la costumbre. También describe principios constitucionales como la promoción de la agricultura para la seguridad alimentaria, el principio anti latifundista, la propiedad de la tierra y la promoción del desarrollo rural integrado.
Dentro de dichos procedimientos se encuentran el recurso de la reconsideración, es cuando se intenta ante la propia autoridad que lo dicta una revisión del mismo, con el fin de pedir al funcionario que reconsidere su propia decisión; el recurso jerárquico se refiere a una apelación administrativa contra el acto ante el superior jerárquico.
Si se habla de la ley de tierras y desarrollo agrario se puede decir que aseguran la soberanía agroalimentaria de la población, garantizando los recursos, con la conservación y la recuperación de diferentes rubros.
Por otra parte, la afectación de las tierras queda sujetas a diferentes parámetros y régimen, dentro de las que se pueden mencionar: tierras pertenecientes al INTI, tierras que sean propiedad de la república, tierras baldías, privadas, entre otros.
Sin embargo, del art 12 al art 14 se expone diferentes formas para adjudicar las tierras; dichas opciones establecidas tienen como propósito la producción agrícola; personas en zonas rurales, jefes de familia, campesinos y campesinas; y en algunos casos aquellas personas que laboran tres años seguidos sin interrupciones en tierras privadas cuando éstas fueran expropiadas.
Todas las tierras están reguladas bajo un instituto llamado INTI, bajo su ley de tierras y desarrollo agrario. Dicha Ley viene a dar operatividad concreta a las disposiciones constitucionales sobre desarrollo social en el medio rural. En este sentido, se prevé la eliminación íntegra del régimen latifundista, como sistema contrario a la justicia, al interés general y a la paz social en el campo.
Por otra parte, los entes administrativos encargados de impartir la justicia en el campo del derecho agrario en nuestro país son: La Constitución Bolivariana de Venezuela que en su Art. 137 indica que esta Constitución y la ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen y LTDA, que si bien no fue sencillo los inicios de esta ley su finalidad es el desarrollar una producción agraria en función de la necesidad de los rubros alimentarios que demanda la población del país, cuya planificación está a cargo del Ministerio de Agricultura y Tierras.
La Ley Orgánica de la Administración Publica tiene por finalidad regular y disciplinar la intervención de la Administración Pública, restablecer el equilibrio del mercado y la libre competencia, y corregir el desequilibrio entre el sector agrario y otros sectores económicos
La Gestión Pública va a tener como primordial objetivo de su organización y manejo ofrecer efectividad a los principios, valores y normas consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en particular, asegurar a toda la gente, acorde al inicio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. No tenemos la posibilidad de dejar de nombrar, ejemplificando, que el empresario agrario se confronta
Este documento define y compara la propiedad civil y la propiedad agraria según la legislación venezolana. Explica que la propiedad agraria otorga el derecho de uso y disfrute de la tierra con fines agrícolas pero prohíbe su enajenación. También describe las manifestaciones del derecho de permanencia de acuerdo a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual garantiza a los campesinos la permanencia en las tierras que ocupan si se dedican a la producción agrícola.
Este documento define y compara la propiedad civil y la propiedad agraria según la legislación venezolana. Explica que la propiedad agraria otorga el derecho de uso y disfrute de la tierra con fines agrícolas pero prohíbe su enajenación. También describe las manifestaciones del derecho de permanencia de acuerdo a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual garantiza a los campesinos la permanencia en las tierras que ocupan si se dedican a la producción agrícola.
El documento describe la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario de Venezuela. La ley busca eliminar el latifundismo y promover un desarrollo agrícola social e integral. Creó tres instituciones para regularizar tierras, desarrollar el sector agrario y contribuir al desarrollo rural integral a través de infraestructura, capacitación y extensión. La ley también clasifica tierras como ociosas, mejorables o productivas y permite la adjudicación de tierras a ciudadanos aptos para el trabajo agrario.
Similar a Analisis ley de tierra y desarrollo agrario2 (20)
1. ANALISIS LEY DE TIERRA Y DESARROLLO AGRARIO
Partiendo de la concepción del Derecho Agrario, como normas jurídicas
adjetivas y sustantivas que vinculan la actividad agraria, pecuaria,
conservacionista y agroalimentaria para la seguridad agroindustrial y el
desarrollo económico de la sociedad expresado en leyes, doctrina,
costumbre y jurisprudencia, es vinculante al Desarrollo rural y sustentable.
Esta Ley consagra las garantías de los derechos sustantivos, mediante la
Jurisdicción Administrativa y Judicial.
La innovadora “Ley de Tierra y Desarrollo Agrario”, es una ley positiva de
efectivo cumplimiento y eficacia, a favor del campesino o productor agrario,
con vocación agrícola, inspirada en las garantías constitucionales con el
objeto de transformar la estructura agraria del país en la lucha social contra
el latifundismo, a fin de lograr la incorporación de la población rural en el
desarrollo económico social, político y conservacionista de los recursos
naturales renovables, tal como lo establece, nuestra norma suprema en el
Art. 307 de la Constitución República Bolivariana de Venezuela,
Una de las novedades que introduce este régimen de rango constitucional, en la
formación de la “Ley de Tierra y Desarrollo Agrario”, en primer lugar: es la vocación
agraria, siendo la obligación del Estado promover el desarrollo sustentable y el
bienestar del campesino o agricultor agropecuario y en segundo lugar de esta ley en
comento, señala los niveles básicos de productividad que son: el primer nivel es las
fincas o tierras ociosa o incultas, vale decir aquellas que no cumplan con los mas
mínimos requisitos de producción, quienes a través de un Procedimiento Contencioso
Administrativo Agrario; de Expropiación Agraria, se rescatan las tierras que se
encuentran en manos de terceros sin producción, para luego ser adjudicadas a los
particulares interesados que demuestren la aptitud para transformarlas en fundos
productivos y adquirir el derecho de trabajarlas y percibir sus frutos, mediante la
adjudicación que puede ser transmisible a sus sucesores, pero el adjudicatario no goza
del atributo de disposición así que no puede gravarla, enajenarla o venderla, solo goza
de la producción y las bienhechurías.
Esta declarativa de tierras ociosas o incultas le corresponde al Presidente del Instituto
Nacional de Tierras (INTI), quien acuerda o no la adjudicación bajo previo
procedimiento administrativo, quien deberá tomar una decisión a través de un acto
administrativo que debe ser publicada en Gaceta Oficial, quedando abierto agotar la
vía administrativa a los fines de que se ejerzan los recursos administrativos
correspondientes.
En segundo nivel tenemos las fincas mejorables, que son las que se encuentran sin
producción y se le otorga un tiempo razonable que es un lapso de dos años, al
propietario para que lleve a cabo un plan de adaptación de las tierras a los niveles de
productividad de acuerdo a los créditos que determine el Ejecutivo Nacional , quien
debe hacerlo ante el Instituto Nacional de Tierras (INTI), en caso de incumplimiento al
lapso establecido y no lograr el mejoramiento, o lo ha hecho parcialmente, se
comienza a cobrar el impuesto respectivo por cada hectárea de tierra ociosa o inculta
que de igual manera puede ser rescatada por expropiación. En el tercer nivel se tiene
las Fincas productivas que son aquellas que se legalmente se encuentran dentro de los
2. parámetros de productividad establecidos por el Ejecutivo Nacional.
La creación de tres institutos que van ha regular la materia agraria, pretende la
división de las distintas actividades ya que cada uno con ellos tienen sus facultades y
atribuciones rigiéndose por el principio de especialidad, entre estos institutos
tenemos:
“El Instituto Nacional de Tierras” (INTI), como instituto autónomo, con responsabilidad
jurídica y patrimonio propio, goza de prerrogativas y privilegios otorgada por la “Ley de
Tierra y Desarrollo Agrario”, quien estará al cargo de la respectiva regularización de las
tierras con vocación agrícola y le corresponde conocer, decidir y revocarla procedencia
de la adjudicación de tierras, así como otorgar los títulos de adjudicación permanente,
entre otras de sus atribuciones.
“El Instituto Nacional del Desarrollo Rural” (INDR), al igual que el instituto antes
mencionado, goza de prerrogativas y privilegios otorgada por la “Ley de Tierra y
Desarrollo Agrario”, pero con diferentes atribuciones, de dirigir, coordinar y ejecutar los
planes o políticas relativas a la materia agraria decretadas por el Ejecutivo Nacional, a
los fines de contribuir con el desarrollo rural integral, en lo concerniente de
infraestructura, capacitación y extensión, para lograr una eficacia en el cumplimiento
de sus funciones que es regulada por la directiva interna del instituto, rigiéndose por
unos estatutos especiales que dictará la Junta Directiva, existiendo las Oficina
Regionales y Estadales, quien estará adscrita a la Fundación e Innovación para el
Desarrollo Rural (CIARA).
La Corporación Venezolana tiene por objeto, desarrollar, coordinar y supervisar todas
las actividades empresariales del Estado, para el desarrollo del sector agrario, con la
finalidad de crear empresas y demás entes de carácter privado que sean necesarios
para un mejor cumplimiento y eficacia de esta Ley.
El Decreto de Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, contempla los procedimientos, el cual
fue publicado en el decreto Nº 5.771, de fecha 18 de mayo de 2.005 y crea el
procedimiento ordinario agrario por el cual se deben tramitar las controversias que
surjan entre los particulares motivadas a las actividades agrarias, tal como lo establece
el articulo 197 ejusdem, este procedimiento se vincula al artículo 257 de la
Constitución República Bolivariana de Venezuela, el cual ordena que el procedimiento
sea oral con excepciones de aquellas formas escritas, a las cuales remite dicha Ley;
este procedimiento oral esta dirigido por los principios fundamentales de la presente
Ley. Estos Principios fundamentales del Derecho Procesal Agrario, es aquel que esta
formado por un conjunto de derechos y garantías que tienen los productores agrarios
o rurales; consagrados en leyes positivas con plena eficacia aplicables en lugar y
tiempo determinado y de efectivo cumplimiento. La ley positiva que está a favor del
productor agrícola es la “Ley de Tierra y Desarrollo Agrario”.
En Derecho agrario se presenta una serie de Principios que manifiestan derechos y
garantías Constitucionales y de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario entre los cuales
tenemos:
El Principio Anti latifundista: En Venezuela el Derecho Agrario toma amplio sentido al
referirse al desarrollo rural con el fin de beneficiar al productor agrario o rural, la
población agroalimentaria y la erradicación del latifundio como sistema contrario a la
lucha social. En el artículo 307 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela señala que: “El Régimen Latifundista es contrario al interés social”, además
dentro de este articulado prevé la creación de impuestos que graven las tierras ociosas
y son rescatadas para luego ser adjudicadas a los productores agropecuarios con
3. vocación agrícola.
El artículo 7 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario define al latifundio como aquella
tenencia de tierra ociosa o inculta, sin producción alguna y su extensión territorial sea
evidente un 80% denominado, rendimiento idóneo que se calcula según el parámetro
de las extensiones de tierras ociosas o incultas, declaradas por “El Instituto Nacional de
Tierras”.
Principio Social de la Función Social Agroalimentaria de la Propiedad: La propiedad es
un derecho real por excelencia; su fundamento legal se encuentra en el artículo 115 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde garantiza este derecho
de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva con las restricciones y
obligaciones establecidas en la ley y de conformidad con el artículo 545 del Código Civil
Venezolano. Igualmente se contempla la expropiación por causa de utilidad pública o
de “Interés Social “, por sentencia firme y pago oportuno de la justa indemnización.
Ejemplo: La expropiación de tierras ociosas o incultas a través del “Instituto Nacional
de Tierras” quien procederá a la expropiación de las tierras privadas y que fueren
necesarias para el desarrollo sustentable y asegurar la agroalimentación serán
indemnizadas y rescatadas para cumplir con los fines del Estado. En cuanto a la
expropiación agraria en el artículo 68 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario de
conformidad con el 305 Constitucional señala que se declara la utilidad pública o de
interés social las tierras que tengan esa característica con vocación de uso agrario para
llevar a cabo los planes de la seguridad agroalimentaria y eliminar el latifundio como
sistema contrario a lo social.
El Principio del Derecho de Permanencia: Es el derecho garante para los productores
agropecuarios a permanecer en las tierras que estén explotando o cultivando bajo los
términos de vocación agrícola para el fortalecimiento de la agroalimentación.
En el último aparte del artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela expresa la obligación que tiene el Estado de proteger los asentamientos y
comunidades de pescadores.
La Ley de Tierra y Desarrollo Agrario en el artículo (17, 18, 19, 20), se garantiza el uso
de la tierras con vocación y la permanencia de los grupos de población, pequeños y
medianos productores agropecuarios, grupos organizados para el uso colectivo de las
tierras, campesinos agropecuarios, pescadores, artesanos acuicultores o cualquier otro
grupo organizado que respete la protección del medio ambiente y la biodiversidad del
habita. Dicha garantía de permanencia se declara mediante un acto administrativo por
el “Instituto Nacional de Tierras” que tiene por objeto el desalojo, el cual es tramitado
por la parte interesada a través de un procedimiento ordinario.
Los arrendatarios, medianeros, pisatarios que cultiven lotes de tierras privadas y son
denunciadas como tierras ociosas o incultas tienen el derecho de seguir en ellas
mientras dure el procedimiento de rescate y el de expropiación. Se reconocen los
conucos como la principal fuente de la biodiversidad agraria y la permanencia de estos
conuqueros en las tierras cultivadas por ellos mismos, teniendo el derecho preferente
de la adjudicación y así podrá optar el titulo de la transferencia de la posesión legítima
de tierras productivas.
El Principio de Producción Económica: Destinados específicamente a la producción a
medida que se logre ser eficiente y capaz para satisfacer las necesidades a nivel
nacional e incluso para el productor y su familia.
Su fundamento se encuentra consagrado en el artículo 308 Constitucional, donde el
Estado protege la pequeña y mediana industria, así como las cooperativas cajas de
4. ahorro, empresas familiares, microempresas o cualquier otra asociación con fines
comunitarios para desarrollar el trabajo agrario, ahorro y consumo de la producción
basados en la iniciativa popular por medio de capacitación a través del INCE y la
entrega de créditos para el mejoramientos de las fincas denominados (fincas
mejorables) de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Tierra y desarrollo Agrario,
donde hace un señalamiento de que las organizaciones colectivas económicas
destinadas a la producción agraria basados en los principios de la mutua cooperación y
solidaridad, siendo el más privilegiado el sistema de las cooperativas desarrolladas con
fines colectivos, al servicio de la comunidad y sobre todo social. Las personas
organizadas podrán lograr el mejoramiento y explotación del fundo, creando empresas
colectivas donde se lleve a cabo la mancomunad de trabajo generando trabajo en pro
de la seguridad alimentaría y el autoabastecimiento de la población venezolana.
El Principio de la Irrenunciabilidad de los Derechos de los Beneficiarios: Es importante
señalar que las tierras que son objeto de utilidad pública rescatadas con el
procedimiento de la expropiación y que anteriormente sus poseedores particulares las
tengan improductivas (ociosas o incultas), siendo adjudicadas a los productores
agropecuarios o beneficiarios quienes tienen el derecho de trabajar las tierras y la
garantía Constitucional de que estos beneficiarios no podrán renunciar a sus derechos
que son de orden público, no pudiendo ser relajados por terceros por ser de rango
constitucional consagrado en el artículo 19 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, cuando nos señala los principios y garantías de los Derechos
Humanos, donde se garantiza y protege sin discriminación, el goce y el ejercicio
irrenunciable sobre los derechos que tienen los ciudadanos; siendo en materia agraria
beneficiarios señalados en los artículos, 13, 14, 15,16 los venezolanos y venezolanas,
mujeres cabeza de familia dedicadas a la producción agrícola, gozando del privilegio y
consideración de la garantía de un subsidio alimentario durante el embarazo e incluso
después del parto denominados pre y postnatal , con este derecho de adjudicación con
el fin de producir en esas tierras, también tienen el derecho irrenunciable del derecho a
la transferencia hereditaria y de percibir de los frutos o bienhechurías cultivadas por el
productor agrario como los trabajadores agrícolas gozan de los beneficios establecidos
en la Ley del trabajo, participando activamente en la culminación del ciclo de las
cosechas recolectadas; donde se le otorga una utilidad por las ventas y ganancias de
los frutos como producto de su trabajo digno, honesto y de respetable admiración por
que gracias a estas personas podemos satisfacer las necesidades primordiales para la
subsistencia del ser humano y de la sociedad en general.
Principio del Minimun Vital: Este índice de producción para el sostenimiento de la
familia productora que se establece en el artículo 306 Constitucional, donde el Estado
promoverá el desarrollo rural integral con el propósito de generar empleo en la
población campesina y un mejor nivel adecuado de su bienestar, que no solo
produzcan para la subsistencia de la familia sino para el progreso del país, de
conformidad con el articulado 8 de la Ley de Tierra y desarrollo Agrario en primer lugar
se promueve el derecho de adjudicación, en segundo la incorporación del proceso
productivo a las familias con vocación agrícola y en tercer lugar capacitación de nuevas
técnicas para que puedan aportar con los fines del Estado y la satisfactoria
Agroalimentación, es por esto que el derecho que tienen las mujeres cabeza de
familias es una garantía otorgada en el artículo 14 ultimo aparte ejusdem
Principio del Mantenimiento de la unidad parcelaria: El Estado establece las medidas
necesarias para mantener la unidad de producción económicas señaladas en el artículo
5. 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esto de conformidad
con el artículo 8 último aparte de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, donde las
producciones agrícolas serán indivisibles e inembargables, es decir las tierras que son
adjudicadas no podrán ser vendidas o enajenadas por los adjudicados debido a que la
norma es clara al hacerle una prohibición de gravar esas propiedades del Estado o
mejor dicho del Instituto Nacional de Tierras ya que solo tienen pleno derecho de las
bienhechurías posteriormente realizadas por los productores agropecuarios.
La Unidad de Producción solo puede ser mejorada por la incorporación de nuevas
técnicas de producción y transformación agroalimentaria.
Principio Hermenéutico de los Contratos Agrarios: Se establece que este principio en la
Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, artículo 18, ampara a los arrendatarios medianeros
y pisatarios con el fin de que ellos después de cultivar pequeños lotes de tierra privada
tienen ese derecho de que durante el procedimiento aun puedan lograr su
permanencia en ellas hasta que sea adjudicado
Principio de la Conservación de los recursos Naturales: La protección de los recursos
naturales renovables y la protección del medio ambiente señalan, el artículo 127 de la
Constitución que además de ser un derecho y deber, proteger al medio ambiente.
Refiriéndonos al tema agrario la importancia de este principio debido a que muchas
personas dañaban el ambiente y el ecosistema talando y quemando, hoy día gracias a
la normativa de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su articulado 2 numeral
tercero cuando hace señalamiento de que serán objeto de de planes especiales de
desarrollo aquellas tierras baldías, a través de este sistema se pueden generan un
modelo económico-social orientado a alcanzar el desarrollo sostenible, pues en toda
actividad productiva debe realizarse en armonía con la naturaleza para garantizar un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Principio de la Reforma Agraria: El Derecho Agrario de rango Constitucional nace a
partir del momento en que se incorporan, en la Carta magna, los derechos
económicos, sociales y culturales que vienen a significar el nacimiento de nuevos
principios y valores. El fenómeno surge, en un primer momento, bajo la idea de la
Reforma Agraria cuyos objetivos primordiales se orientan al cumplimiento de la función
económica y social de la propiedad, para propiciar el desarrollo del ser humano y
garantizar su acceso a la tierra dentro del sistema efectivo de producción y sobre todo
garantizando la biodiversidad de los recursos existentes en el medio ambiente o
habitad natural donde se van a desarrollar los cultivos.