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FACULTAD DE CIENCIAS
ADMINISTRATIVAS
SEMINRIO DE TRIBUTACIÓN
GRUPO #2-2
INTEGRANTES:
8 AVILA TUMBACO TITO
38 HERNANDEZ HERNANDEZ GISELA
48 MARQUEZ SOJOS LEILA
68 PERALTA OLAYA ERIKA (COORDINADORA)
78 QUIRÓZ MORAN CRISTHIAN
MATERIA:
TRIBUTACIÓN
REPRESENTANTE DE LA CATEDRA:
ING. MARCELO ALOMOTO AYALA. M S
ANEXO TRANSACCIONAL
1. Anexos para empresas Administradoras de Fondos y
Fideicomisos
2. Anexos de Comprobantes Anulados
3. Anexo de Rendimientos Financieros
4. Talón Resumen y Fecha de presentación
5. Conciliación Tributaria al Anexo Transaccional
6. Uso de utilitarios
7. Práctica con utilitarios y llenado del DIMM
1. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS
Concepto.-
Es la empresa o entidad que se encarga de administrar todo el dinero aportado por los
diferentes partícipes (personas que invierten su dinero en el fondo).
Las administradoras de fondos y fideicomisos deben constituirse bajo la especie de
compañías o sociedades anónimas. Su objeto social está limitado a:
a) Administrar fondos de inversión;
b) Administrar negocios fiduciarios;
c) Actuar como emisores de procesos de titularización; y,
d) Representar fondos internacionales de inversión.
Las características de la información a ser entregada, se detallan a continuación:
• Tipo de Identificación del Beneficiario
Corresponde al tipo de identificación del beneficiario o retenido. Consta de dos
caracteres, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 2. Este campo relaciona el tipo de
transacción con el código de identificación del establecimiento los códigos 15,16 y 17
deben ser ingresados de forma obligatoria.
TABLA 2
TIPO DE IDENTIFICACIÓN POR TRANSACCIÓN
Código a usar Tipo Transacción Tipo de Identificación
15 FONDOS Y FIDEICOMISOS RUC
16 FONDOS Y FIDEICOMISOS CEDULA
17 FONDOS Y FIDEICOMISOS PASAPORTE
Número de Identificación del Beneficiario
Corresponde al número de identificación del beneficiario o retenido. Este campo debe ser
ingresado en forma obligatoria en el registro de Fideicomisos. Debe considerar lo
siguiente:
• El RUC debe ser un número válido de 13 caracteres, los tres últimos caracteres
siempre deben ser 001.
• La cédula de identidad debe ser un número válido de 10 caracteres.
• El número de pasaporte debe tener máximo 13 caracteres.
RUC del fideicomiso
La administradora de fondos y fideicomisos informará en este campo, el número de RUC
del fideicomiso que generó los rendimientos para el beneficiario.
Tipo de Fideicomiso
Corresponde al tipo de fideicomiso del beneficiario o retenido. Consta de hasta dos
caracteres, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 9. Debe ser ingresado en forma
obligatoria.
•Administración: se transfieren bienes muebles o inmuebles con la finalidad de que los
administre y cumpla las instrucciones específicas.
•Inversión: es el aporte al patrimonio autónomo valores o dinero con la finalidad de que la
fiduciaria los administre o los invierta según las instrucciones, para beneficio propio o de
terceros.
•Inmobiliario: es la transferencia bienes, generalmente inmuebles, al para que el fiduciario
los administre y desarrolle con ellos un proyecto inmobiliario, en función de las
instrucciones establecidas (gestiones administrativas y legales ligadas al desarrollo del
proyecto).
•Garantía: es la transferencia del constituyente de uno o varios bienes con la finalidad de
Tabla 9: Tipos de Fideicomisos
Código Tipo de fideicomiso
Código
Porcentaje
Retención
1 FONDOS DE INVERSION
2 FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACION
3 FIDEICOMISO MERCANTIL DE INVERSION
4 FIDEICOMISO MERCANTIL INMOBILIARIO
5 FIDEICOMISO MERCANTIL DE GARANTIAS
12 FIDEICOMISO MERCANTIL DE TITULARIZACION
garantizar con éstos y/o con su producto, el cumplimiento de una o varias obligaciones
determinadas.
•Titularización: son a los que se aportan los activos que existen o se espera que existan,
con la finalidad de titularizar dichos activos. La titularización es una herramienta alternativa
de financiamiento con características y ventajas comparativas frente a las modalidades
tradicionales de intermediación financiera. Este mecanismo permite emitir títulos valores
respaldados por bienes o derechos transferidos a un fideicomiso. De esta forma es posible
lograr mayor liquidez aún sobre bienes considerados de escasa o lenta rotación o poco
líquidos, como por ejemplo flujos de caja futuros, con el objeto de maximizar la utilización
de los recursos.
Monto del Beneficio Total
En este campo obligatorio de debe ingresar el valor del beneficio total reportado en el
mes por el fondo o fideicomiso informado.
Monto del Beneficio Individual
En este campo obligatorio se debe ingresar el valor del beneficio individual.
Porcentaje de retención en la fuente de Impuesto a la Renta
En este campo se identifica el porcentaje de la retención en la fuente de Impuesto a la
Renta vigente aplicado al fondo o fideicomiso.
Monto de retención de Renta
Se debe ingresar el valor retenido por Impuesto a la Renta. Este valor corresponde al
monto del beneficio individual por el porcentaje de retención de Impuesto a la Renta
señalado.
2. COMPROBANTES ANULADOS
Porque motivo se anula un comprobante.-
Se anula un comprobante por los siguientes motivos.
- Documento caducado, pueden ser factura nota de venta liquidación de compra
comprobante de retención nota de crédito y nota de debito.
- Cuando existe falla de impresión.
- Documento mal llenado.
- Enmendadura borrones y tachones.
- Por cambio de dirección
Los comprobantes de Retención solo sirven después de 5 días de la fecha de compra en
la factura, Pasado de los 5 días el comprobante de retención nos e lo puede realizar y no
tiene validez para el servicio de rentas internas.
Cuándo se anula un comprobante de venta o una guía de remisión
El reglamento establece cuatro casos en los que un documento pierde validez.
• Cierre definitivo del negocio.
• Deterioro, robo, hurto o extravío de talonarios.
• Cuando el emisor o el comprador detectasen fallas técnicas en los documentos.
• Cese de actividades.
Cuando se anula un comprobante, debe archivarse el documento original con todas sus
copias y con el sello de "anulado".
En esta sección se registrarán los comprobantes anulados en el período informado,
excluye a los comprobantes dados de baja en las ventanillas del SRI.
Código del tipo de comprobante anulado
Este campo obligatorio corresponde al tipo de comprobante anulado que se va a registrar
según lo indicado en la Tabla 4.
TABLA 4
TIPOS COMPROBANTES AUTORIZADOS
Código Tipo de Comprobante
01 Factura
02 Nota o boleta de venta
03
Liquidación de compra de Bienes o Prestación de
servicios
04 Nota de crédito
05 Nota de débito
07 Comprobante de Retención
08 Boletos o entradas a espectáculos públicos
09
Tiquetes o vales emitidos por máquinas
registradoras
11 Pasajes expedidos por empresas de aviación
12 Documentos emitidos por instituciones financieras
15 Comprobante de venta emitido en el Exterior
16
Formulario Único de Exportación (FUE) o
Declaración Aduanera Única (DAU) o Declaración
Andina de Valor (DAV)
Número de serie del comprobante anulado
En este campo se debe ingresar el número de serie del comprobante anulado.
Número secuencial del comprobante - Desde
En este campo debe ingresar el número secuencial del comprobante que anula. Cuando se
registra un grupo de comprobantes que posean secuencial seguido, en este campo se
registra el número del primer comprobante a anular.
Número secuencial del comprobante - Hasta
En este campo debe ingresar el número secuencial del comprobante que anula. Cuando se
registra un grupo de comprobantes que posean secuencial seguido, en este campo se
registra el número del último comprobante a anular.
Se debe considerar que se considerarán anulados los comprobantes que consten
dentro del rango informado. Para anular un solo comprobante, se debe indicar este
número en ambos campos.
Por ejemplo:
Si anulo los comprobantes 001-003-1236 y 001-003-1296, con la misma autorización,
debo ingresarlos en dos registros separados.
Si anulo los comprobantes 001-003- 4567, 001-003- 4568, 001-003- 4569 y 001-003-
4570 que poseen la misma autorización, debo ingresar un solo registro, donde en los
campos DESDE se reportará 4567 y en el campo HASTA 4570. De esta forma, se
informa la anulación de los comprobantes comprendidos en ese rango.
Número de autorización del comprobante anulado
Es el número de autorización que le otorga el SRI para la impresión de sus comprobantes,
consta de diez caracteres.
Para aquellos contribuyentes autorizados a imprimir sus comprobantes de venta en
sistemas computarizados, se debe ingresar el número de autorización otorgado por el SRI,
para este efecto.
3. RENDIMIENTOS FINANCIEROS
En Rendimientos Financieros solo se ingresan los datos de serie, secuencial, autorización
y fecha de emisión de un comprobante de retención, aún cuando se hayan emitido más de
uno, en ese caso en el Concepto AIR se registran todos los códigos y valores respectivos.
Los Interbancarios son préstamos a corto plazo que se dan entre banco del cual se genera
un rendimiento que de acuerdo a la ley entre instituciones financieras, en el anexo
transaccional utilizarían este código: 323K RENDIMIENTOS FINANCIEROS
ENTRE INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Es importante resaltar que esta parte aplica para quienes en su calidad de agentes de
retención en rendimientos financieros deberán reportar al SRI el detalle de los
rendimientos generados a sus clientes y las retenciones que aplicaron según sea el caso.
La información de esta sección debe ser presentada únicamente por los contribuyentes
que acreditaron algún tipo de rendimiento financiero y que realizaron la respectiva
retención en a fuente de Impuesto a la Renta por dicho concepto.
Tipo de identificación del retenido
Corresponde al tipo de identificación del retenido. Consta de dos caracteres, de acuerdo a
lo señalado en la Tabla 2. Solo se podrán utilizar códigos relacionados con el secuencial
de transacción RENDIMIENTOS FINANCIEROS códigos 12, 13 y 14 deben ser
ingresados en forma obligatoria.
TABLA 2
TIPO DE IDENTIFICACIÓN POR TRANSACCIÓN
Código a usar Tipo Transacción Tipo de Identificación
12 RENDIMIENTOS FINANCIEROS RUC
13 RENDIMIENTOS FINANCIEROS CEDULA
14 RENDIMIENTOS FINANCIEROS PASAPORTE
Número de Identificación del Retenido
Corresponde al número de identificación del retenido. Este campo debe ser ingresado en
forma obligatoria. Debe considerar lo siguiente:
• Cuando sea un RUC debe constar de 13 caracteres, los tres últimos caracteres
siempre deben ser 001.
• Si es cédula de identidad debe constar de 10 caracteres.
• Cuando sea pasaporte, el número de caracteres es de hasta máximo 13
caracteres.
Número de serie del comprobante de retención
En este campo se debe ingresar el número de serie del comprobante de retención. Y se
clasifica según las siguientes indicaciones:
Número de serie del comprobante de retención establecimiento: En este campo se
debe ingresar el número de serie del comprobante de retención, la parte correspondiente
al código del establecimiento que lo emitió.
Número de serie del comprobante de retención – punto de emisión: En este campo se
debe ingresar el número de serie del comprobante de retención, la parte correspondiente
al punto de emisión que lo emitió.
Número secuencial del comprobante de retención
En este campo debe ingresar el número secuencial del comprobante de retención que
registra.
Número de autorización del comprobante de retención
Es el número de autorización que otorga el SRI al agente de retención para la impresión
de comprobantes de retención, consta de diez caracteres. Para aquellos contribuyentes
autorizados a imprimir sus comprobantes de retención en sistemas computarizados, se
debe ingresar el número de autorización otorgado por el SRI, para este efecto.
Fecha de emisión del comprobante de retención
Corresponde a la fecha de emisión del comprobante de retención que se registra.
Tipo de rendimiento financiero
En este campo se identifica el código vigente correspondiente al concepto de la retención.
Consta de tres caracteres
Total depósito
Corresponde al valor del depósito o inversión realizada sobre la cual se generará el
rendimiento financiero al cual se le efectuará la retención.
Base imponible Renta
Corresponde al valor sobre el cual se realizó la retención en la fuente de Impuesto a la
Renta, es decir, el valor del rendimiento financiero generado en la transacción.
Porcentaje de retención de Renta
En este campo se identifica el código vigente correspondiente al porcentaje de la
retención en la fuente de Impuesto a la Renta aplicado por rendimientos financieros.
Monto de retención de Renta
Se debe ingresar el valor retenido por Impuesto a la Renta. Este valor corresponde al
monto de la base imponible por el porcentaje de retención de Renta señalado.
4. TALÓN RESUMEN Y FECHA DE PRESENTACIÓN
El talón resumen se lo genera en el Anexo Transaccional y se lo puede imprimir luego de
haber llenado cada uno de los módulos. Este talón resumen deberá ser entregado con una
copia, debidamente firmado por el representante legal o contribuyente y contador.
La mencionada información podrá enviarse por Internet hasta el último día del mes
subsiguiente al que corresponde la misma (28, 29, 30 ó 31). De no ser así, podrá
entregársela en las direcciones regionales y demás oficinas dispuestas para el efecto, para
lo cual se deberá atender al siguiente calendario, en consideración al noveno dígito del
RUC:
Noveno
dígito del
RUC
Fecha máxima de entrega
(mes subsiguiente al que
corresponda la
información)
1 10
2 12
3 14
4 16
5 18
6 20
7 22
8 24
9 26
0 28
Una vez que la información sea verificada con la entregada en el medio magnético, el SRI
sellará la copia y la entregará al contribuyente para su constancia.
0912068940001
Certifico que la información contenida en el medio magnético adjunto al presente de Anexo Transaccional para el
período 03-2010 es fiel reflejo del siguiente reporte:
En un plazo máximo de 48 horas a partir de la entrega de la información por ventanilla o
por Internet, se debe verificar el estado de la carga a través del sistema de recepción de
Anexos por Internet.
Mediante la opción Consulta general de anexos, se podrá verificar si la carga estuvo
correcta y proceder a Imprimir el Talón Resumen definitivo con la identificación del SRI.
DAVILA VILLAVICENCIO VERONICA PATRICIA
0912068940001
En caso de tener errores, se enviará al correo electrónico del contribuyente un archivo con
los errores encontrados para su revisión. Es importante que el correo electrónico sea
actualizado siempre que haya algún cambio.
5. CONCILIACIÓN TRIBUTARIA AL ANEXO
TRANSACCIONAL
La información declarada en el anexo transaccional tienes q ser la misma información
declarada en el 104 Impuesto I.V.A; 103 Retención en la Fuente; 101 Impuesto a la
Renta.
6. USO DE UTILITARIOS
En este campo trata de que programas necesarios para realizar los anexos transaccionales
como Excel y el programa DIMM.
7. PRÁCTICA CON UTILITARIOS Y LLENADO DEL DIMM
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  • 2. ING. MARCELO ALOMOTO AYALA. M S ANEXO TRANSACCIONAL 1. Anexos para empresas Administradoras de Fondos y Fideicomisos 2. Anexos de Comprobantes Anulados 3. Anexo de Rendimientos Financieros 4. Talón Resumen y Fecha de presentación 5. Conciliación Tributaria al Anexo Transaccional 6. Uso de utilitarios 7. Práctica con utilitarios y llenado del DIMM
  • 3. 1. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS Concepto.- Es la empresa o entidad que se encarga de administrar todo el dinero aportado por los diferentes partícipes (personas que invierten su dinero en el fondo). Las administradoras de fondos y fideicomisos deben constituirse bajo la especie de compañías o sociedades anónimas. Su objeto social está limitado a: a) Administrar fondos de inversión; b) Administrar negocios fiduciarios; c) Actuar como emisores de procesos de titularización; y, d) Representar fondos internacionales de inversión. Las características de la información a ser entregada, se detallan a continuación:
  • 4. • Tipo de Identificación del Beneficiario Corresponde al tipo de identificación del beneficiario o retenido. Consta de dos caracteres, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 2. Este campo relaciona el tipo de transacción con el código de identificación del establecimiento los códigos 15,16 y 17 deben ser ingresados de forma obligatoria. TABLA 2 TIPO DE IDENTIFICACIÓN POR TRANSACCIÓN Código a usar Tipo Transacción Tipo de Identificación 15 FONDOS Y FIDEICOMISOS RUC 16 FONDOS Y FIDEICOMISOS CEDULA 17 FONDOS Y FIDEICOMISOS PASAPORTE Número de Identificación del Beneficiario Corresponde al número de identificación del beneficiario o retenido. Este campo debe ser ingresado en forma obligatoria en el registro de Fideicomisos. Debe considerar lo siguiente: • El RUC debe ser un número válido de 13 caracteres, los tres últimos caracteres siempre deben ser 001. • La cédula de identidad debe ser un número válido de 10 caracteres. • El número de pasaporte debe tener máximo 13 caracteres. RUC del fideicomiso La administradora de fondos y fideicomisos informará en este campo, el número de RUC del fideicomiso que generó los rendimientos para el beneficiario. Tipo de Fideicomiso Corresponde al tipo de fideicomiso del beneficiario o retenido. Consta de hasta dos caracteres, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 9. Debe ser ingresado en forma obligatoria.
  • 5. •Administración: se transfieren bienes muebles o inmuebles con la finalidad de que los administre y cumpla las instrucciones específicas. •Inversión: es el aporte al patrimonio autónomo valores o dinero con la finalidad de que la fiduciaria los administre o los invierta según las instrucciones, para beneficio propio o de terceros. •Inmobiliario: es la transferencia bienes, generalmente inmuebles, al para que el fiduciario los administre y desarrolle con ellos un proyecto inmobiliario, en función de las instrucciones establecidas (gestiones administrativas y legales ligadas al desarrollo del proyecto). •Garantía: es la transferencia del constituyente de uno o varios bienes con la finalidad de Tabla 9: Tipos de Fideicomisos Código Tipo de fideicomiso Código Porcentaje Retención 1 FONDOS DE INVERSION 2 FIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACION 3 FIDEICOMISO MERCANTIL DE INVERSION 4 FIDEICOMISO MERCANTIL INMOBILIARIO 5 FIDEICOMISO MERCANTIL DE GARANTIAS 12 FIDEICOMISO MERCANTIL DE TITULARIZACION
  • 6. garantizar con éstos y/o con su producto, el cumplimiento de una o varias obligaciones determinadas. •Titularización: son a los que se aportan los activos que existen o se espera que existan, con la finalidad de titularizar dichos activos. La titularización es una herramienta alternativa de financiamiento con características y ventajas comparativas frente a las modalidades tradicionales de intermediación financiera. Este mecanismo permite emitir títulos valores respaldados por bienes o derechos transferidos a un fideicomiso. De esta forma es posible lograr mayor liquidez aún sobre bienes considerados de escasa o lenta rotación o poco líquidos, como por ejemplo flujos de caja futuros, con el objeto de maximizar la utilización de los recursos. Monto del Beneficio Total En este campo obligatorio de debe ingresar el valor del beneficio total reportado en el mes por el fondo o fideicomiso informado. Monto del Beneficio Individual En este campo obligatorio se debe ingresar el valor del beneficio individual. Porcentaje de retención en la fuente de Impuesto a la Renta En este campo se identifica el porcentaje de la retención en la fuente de Impuesto a la Renta vigente aplicado al fondo o fideicomiso. Monto de retención de Renta Se debe ingresar el valor retenido por Impuesto a la Renta. Este valor corresponde al monto del beneficio individual por el porcentaje de retención de Impuesto a la Renta señalado. 2. COMPROBANTES ANULADOS Porque motivo se anula un comprobante.- Se anula un comprobante por los siguientes motivos. - Documento caducado, pueden ser factura nota de venta liquidación de compra comprobante de retención nota de crédito y nota de debito. - Cuando existe falla de impresión. - Documento mal llenado.
  • 7. - Enmendadura borrones y tachones. - Por cambio de dirección Los comprobantes de Retención solo sirven después de 5 días de la fecha de compra en la factura, Pasado de los 5 días el comprobante de retención nos e lo puede realizar y no tiene validez para el servicio de rentas internas. Cuándo se anula un comprobante de venta o una guía de remisión El reglamento establece cuatro casos en los que un documento pierde validez. • Cierre definitivo del negocio. • Deterioro, robo, hurto o extravío de talonarios. • Cuando el emisor o el comprador detectasen fallas técnicas en los documentos. • Cese de actividades. Cuando se anula un comprobante, debe archivarse el documento original con todas sus copias y con el sello de "anulado".
  • 8. En esta sección se registrarán los comprobantes anulados en el período informado, excluye a los comprobantes dados de baja en las ventanillas del SRI. Código del tipo de comprobante anulado Este campo obligatorio corresponde al tipo de comprobante anulado que se va a registrar según lo indicado en la Tabla 4. TABLA 4 TIPOS COMPROBANTES AUTORIZADOS Código Tipo de Comprobante 01 Factura 02 Nota o boleta de venta 03 Liquidación de compra de Bienes o Prestación de servicios 04 Nota de crédito 05 Nota de débito
  • 9. 07 Comprobante de Retención 08 Boletos o entradas a espectáculos públicos 09 Tiquetes o vales emitidos por máquinas registradoras 11 Pasajes expedidos por empresas de aviación 12 Documentos emitidos por instituciones financieras 15 Comprobante de venta emitido en el Exterior 16 Formulario Único de Exportación (FUE) o Declaración Aduanera Única (DAU) o Declaración Andina de Valor (DAV) Número de serie del comprobante anulado En este campo se debe ingresar el número de serie del comprobante anulado. Número secuencial del comprobante - Desde En este campo debe ingresar el número secuencial del comprobante que anula. Cuando se registra un grupo de comprobantes que posean secuencial seguido, en este campo se registra el número del primer comprobante a anular. Número secuencial del comprobante - Hasta En este campo debe ingresar el número secuencial del comprobante que anula. Cuando se registra un grupo de comprobantes que posean secuencial seguido, en este campo se registra el número del último comprobante a anular. Se debe considerar que se considerarán anulados los comprobantes que consten dentro del rango informado. Para anular un solo comprobante, se debe indicar este número en ambos campos. Por ejemplo: Si anulo los comprobantes 001-003-1236 y 001-003-1296, con la misma autorización, debo ingresarlos en dos registros separados. Si anulo los comprobantes 001-003- 4567, 001-003- 4568, 001-003- 4569 y 001-003- 4570 que poseen la misma autorización, debo ingresar un solo registro, donde en los campos DESDE se reportará 4567 y en el campo HASTA 4570. De esta forma, se informa la anulación de los comprobantes comprendidos en ese rango. Número de autorización del comprobante anulado Es el número de autorización que le otorga el SRI para la impresión de sus comprobantes, consta de diez caracteres.
  • 10. Para aquellos contribuyentes autorizados a imprimir sus comprobantes de venta en sistemas computarizados, se debe ingresar el número de autorización otorgado por el SRI, para este efecto. 3. RENDIMIENTOS FINANCIEROS En Rendimientos Financieros solo se ingresan los datos de serie, secuencial, autorización y fecha de emisión de un comprobante de retención, aún cuando se hayan emitido más de uno, en ese caso en el Concepto AIR se registran todos los códigos y valores respectivos. Los Interbancarios son préstamos a corto plazo que se dan entre banco del cual se genera un rendimiento que de acuerdo a la ley entre instituciones financieras, en el anexo transaccional utilizarían este código: 323K RENDIMIENTOS FINANCIEROS ENTRE INSTITUCIONES FINANCIERAS. Es importante resaltar que esta parte aplica para quienes en su calidad de agentes de retención en rendimientos financieros deberán reportar al SRI el detalle de los rendimientos generados a sus clientes y las retenciones que aplicaron según sea el caso. La información de esta sección debe ser presentada únicamente por los contribuyentes que acreditaron algún tipo de rendimiento financiero y que realizaron la respectiva retención en a fuente de Impuesto a la Renta por dicho concepto.
  • 11. Tipo de identificación del retenido Corresponde al tipo de identificación del retenido. Consta de dos caracteres, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 2. Solo se podrán utilizar códigos relacionados con el secuencial de transacción RENDIMIENTOS FINANCIEROS códigos 12, 13 y 14 deben ser ingresados en forma obligatoria. TABLA 2 TIPO DE IDENTIFICACIÓN POR TRANSACCIÓN Código a usar Tipo Transacción Tipo de Identificación 12 RENDIMIENTOS FINANCIEROS RUC 13 RENDIMIENTOS FINANCIEROS CEDULA 14 RENDIMIENTOS FINANCIEROS PASAPORTE Número de Identificación del Retenido Corresponde al número de identificación del retenido. Este campo debe ser ingresado en forma obligatoria. Debe considerar lo siguiente: • Cuando sea un RUC debe constar de 13 caracteres, los tres últimos caracteres siempre deben ser 001. • Si es cédula de identidad debe constar de 10 caracteres. • Cuando sea pasaporte, el número de caracteres es de hasta máximo 13 caracteres. Número de serie del comprobante de retención En este campo se debe ingresar el número de serie del comprobante de retención. Y se clasifica según las siguientes indicaciones: Número de serie del comprobante de retención establecimiento: En este campo se debe ingresar el número de serie del comprobante de retención, la parte correspondiente al código del establecimiento que lo emitió. Número de serie del comprobante de retención – punto de emisión: En este campo se
  • 12. debe ingresar el número de serie del comprobante de retención, la parte correspondiente al punto de emisión que lo emitió. Número secuencial del comprobante de retención En este campo debe ingresar el número secuencial del comprobante de retención que registra. Número de autorización del comprobante de retención Es el número de autorización que otorga el SRI al agente de retención para la impresión de comprobantes de retención, consta de diez caracteres. Para aquellos contribuyentes autorizados a imprimir sus comprobantes de retención en sistemas computarizados, se debe ingresar el número de autorización otorgado por el SRI, para este efecto. Fecha de emisión del comprobante de retención Corresponde a la fecha de emisión del comprobante de retención que se registra. Tipo de rendimiento financiero En este campo se identifica el código vigente correspondiente al concepto de la retención. Consta de tres caracteres Total depósito Corresponde al valor del depósito o inversión realizada sobre la cual se generará el rendimiento financiero al cual se le efectuará la retención. Base imponible Renta Corresponde al valor sobre el cual se realizó la retención en la fuente de Impuesto a la Renta, es decir, el valor del rendimiento financiero generado en la transacción. Porcentaje de retención de Renta En este campo se identifica el código vigente correspondiente al porcentaje de la retención en la fuente de Impuesto a la Renta aplicado por rendimientos financieros. Monto de retención de Renta Se debe ingresar el valor retenido por Impuesto a la Renta. Este valor corresponde al monto de la base imponible por el porcentaje de retención de Renta señalado. 4. TALÓN RESUMEN Y FECHA DE PRESENTACIÓN
  • 13. El talón resumen se lo genera en el Anexo Transaccional y se lo puede imprimir luego de haber llenado cada uno de los módulos. Este talón resumen deberá ser entregado con una copia, debidamente firmado por el representante legal o contribuyente y contador. La mencionada información podrá enviarse por Internet hasta el último día del mes subsiguiente al que corresponde la misma (28, 29, 30 ó 31). De no ser así, podrá entregársela en las direcciones regionales y demás oficinas dispuestas para el efecto, para lo cual se deberá atender al siguiente calendario, en consideración al noveno dígito del RUC: Noveno dígito del RUC Fecha máxima de entrega (mes subsiguiente al que corresponda la información) 1 10 2 12 3 14 4 16 5 18 6 20 7 22 8 24 9 26 0 28 Una vez que la información sea verificada con la entregada en el medio magnético, el SRI sellará la copia y la entregará al contribuyente para su constancia. 0912068940001 Certifico que la información contenida en el medio magnético adjunto al presente de Anexo Transaccional para el período 03-2010 es fiel reflejo del siguiente reporte:
  • 14. En un plazo máximo de 48 horas a partir de la entrega de la información por ventanilla o por Internet, se debe verificar el estado de la carga a través del sistema de recepción de Anexos por Internet. Mediante la opción Consulta general de anexos, se podrá verificar si la carga estuvo correcta y proceder a Imprimir el Talón Resumen definitivo con la identificación del SRI. DAVILA VILLAVICENCIO VERONICA PATRICIA 0912068940001
  • 15. En caso de tener errores, se enviará al correo electrónico del contribuyente un archivo con los errores encontrados para su revisión. Es importante que el correo electrónico sea actualizado siempre que haya algún cambio. 5. CONCILIACIÓN TRIBUTARIA AL ANEXO TRANSACCIONAL La información declarada en el anexo transaccional tienes q ser la misma información declarada en el 104 Impuesto I.V.A; 103 Retención en la Fuente; 101 Impuesto a la Renta.
  • 16.
  • 17.
  • 18.
  • 19. 6. USO DE UTILITARIOS En este campo trata de que programas necesarios para realizar los anexos transaccionales como Excel y el programa DIMM.
  • 20. 7. PRÁCTICA CON UTILITARIOS Y LLENADO DEL DIMM