Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Pena de muerte y los diferentes lugares donde lo aceptan o no yair mendoza
es algo que en michos países esta prohibido.
En el ámbito judicial se denomina como pena a aquel castigo que impone una autoridad competente a quien haya sido encontrado culpable de cometer un delito. Ahora bien, ese castigo que se imponga, será más o menos severo, dependiendo del tipo de ilícito cometido.
Pena de muerte y los diferentes lugares donde lo aceptan o no yair mendoza
es algo que en michos países esta prohibido.
En el ámbito judicial se denomina como pena a aquel castigo que impone una autoridad competente a quien haya sido encontrado culpable de cometer un delito. Ahora bien, ese castigo que se imponga, será más o menos severo, dependiendo del tipo de ilícito cometido.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Hace pocos días, el presidente de la República, Juan Manuel Santos ratificó varias leyes para combatir el contrabando, el feminicidio y hacinamiento en las cárceles. Esta última busca racionalizar el tiempo de detención preventiva que tiene un acusado por algún crimen.
La Suprema Corte de Justicia de Uruguay acaba de consolidar la consagración de la impunidad para los peores criminales de lesa humanidad de la historia moderna de ese país.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
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El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Hace pocos días, el presidente de la República, Juan Manuel Santos ratificó varias leyes para combatir el contrabando, el feminicidio y hacinamiento en las cárceles. Esta última busca racionalizar el tiempo de detención preventiva que tiene un acusado por algún crimen.
La Suprema Corte de Justicia de Uruguay acaba de consolidar la consagración de la impunidad para los peores criminales de lesa humanidad de la historia moderna de ese país.
Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Hace poco una de las personas señaladas en la prensa como implicado en la operación ‘Galgo’ apareció ahorcado en su domicilio. 13 Marzo 2011 Diario Vasco
Presuncion de inocencia, en vias de extincion. Diario VascoKrakenbergerORG
La presunción de inocencia es un derecho humano fundamental, y una máxima jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla.13 Marzo 2011 Diario Vasco
Ponencia de Rosela Correa y Florencia Guariste, con la tutoría del docente Sebastián Foglia, en el Coloquio de Derechos Humanos UNS-UNICEN en 2010. Bahía Blanca, Universidad Nacional del Sur, Departamento de Derecho www.derechouns.com.ar
Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Ponencia de Victoria Romanutti y Guillermina Miglierini, con la tutoría del docente Eduardo d´Empaire, en el Coloquio de Derechos Humanos UNS-UNICEN en 2010. Bahía Blanca, Universidad Nacional del Sur, Departamento de Derecho www.derechouns.com.ar
Presentación de María Graciela Cortázar, Profesora Titular de Derecho Procesal Penal y Profesora Adjunta de Derecho Penal II en la Universidad Nacional del Sur.
Presentación de María Graciela Cortázar, Profesora Titular de Derecho Procesal Penal y Profesora Adjunta de Derecho Penal II en la Universidad Nacional del Sur
Conferencia de José Luis Ares en el marco de las Jornadas de Derecho Procesal "A 10 años del nuevo sistema en la Provincia de Buenos Aires", llevadas a cabo en la Universidad Nacional del Sur, los días 10, 11 y 12 de septiembre de 2008.
José Luis Ares es Profesor de Derecho Procesal Penal en la UNS y docente tutor en la Especialización en Derecho Penal.
Presentación de Martiniano Terragni, profesor de la asignatura "Derecho Penal de Menores" en la Especialización en Derecho Penal de la Universidad Nacional del Sur. Año 2008.
Presentación de Eduardo d´Empaire, profesor de Derecho Procesal Penal en la Universidad Nacional del Sur y docente tutor de la Especialización en Derecho Penal.
Análisis de la obra de Julio Maier.
Presentación de Eduardo d´Empaire, profesor de Derecho Procesal Penal en la Universidad Nacional del Sur y docente tutor de la Especialización en Derecho Penal.
Presentación de Eduardo d´Empaire, profesor de Derecho Procesal Penal en la Universidad Nacional del Sur y docente tutor de la Especialización en Derecho Penal.
Análisis del fallo "Verbitsky", en el marco de las tutorías de la asignatura "Teoría de la Ejecución Penal", de la Especialización en Derecho Penal. Año 2008.
Conferencia de Marcelo Riquert, en el marco de los Jornadas de Derecho Procesal Penal "A 10 años del nuevo sistema en la Provincia de Buenos Aires", organizadas por el Depto. de Derecho de la Universidad Nacional del Sur, y llevadas a cabo los días 10, 11 y 12 de septiembre de 2008.
Conferencia de Ángela Ledesma, en el marco de los Jornadas de Derecho Procesal Penal "A 10 años del nuevo sistema en la Provincia de Buenos Aires", organizadas por el Depto. de Derecho de la Universidad Nacional del Sur, y llevadas a cabo los días 10, 11 y 12 de septiembre de 2008.
Conferencia de Fernando Díaz Cantón, en el marco de los Jornadas de Derecho Procesal Penal "A 10 años del nuevo sistema en la Provincia de Buenos Aires", organizadas por el Depto. de Derecho de la Universidad Nacional del Sur, y llevadas a cabo los días 10, 11 y 12 de septiembre de 2008.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Ares José Luis: Caso "Urbani": otro disparatado pedido de Juicio Político - 2010
1. CASO URBANI
OTRO DISPARATADO PEDIDO DE JUICIO POLÍTICO
José Luis Ares *
I. El año pasado, el joven Santiago Urbani fue muerto con motivo de un asalto
perpetrado por varias personas. Sin dudas, un hecho grave, lamentable y conmocionante.
Hace unos días, luego de un juicio oral, el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil
nro. 3 de San Isidro dictó su fallo decidiendo que dos jóvenes, que a la época del hecho tenían
16 años de edad, eran coautores responsables penalmente y encuadrando el suceso como
homicidio en ocasión de robo. También difirieron la aplicación de la pena hasta que los
acusados cumplan los 18 años de edad.
II. Y allí comenzaron las arremetidas contra los jueces por parte del representante del
particular damnificado, doctor Jorge Casanovas, de triste recuerdo como ministro del
gobernador de la “mano dura” Ruckauf (de estrepitoso fracaso), del intendente de Tigre,
Sergio Massa y del Ministro Ricardo Casal.
Massa, un político con aspiraciones de acceder a la gobernación bonaerense, que por
tal motivo busca posicionarse como un paladín de la seguridad, dijo que estudiarían la
posibilidad de pedir el juicio político de los magistrados, que el fallo producía un profundo
malestar y que es importante que la sociedad no conviva con la sensación de impunidad.
Por su parte, el ministro Casal abordó con ligereza espinosas cuestiones acerca del
dolo, dijo que los jueces deben explicar el fallo y aprovechó para llamar a debatir la
posibilidad de instaurar el juicio por jurados en la provincia ante fallos de jueces garantistas
que benefician a los delincuentes y dejan desprotegida a la sociedad. Quien esto escribe está
de acuerdo, al igual que toda la doctrina procesal, con la instauración del jurado, mandato
constitucional incumplido por casi 160 años, pero el ministro equivocó el caso para
ejemplificar, pues a estar al proyecto que impulsara en su momento el gobierno nacional al
que responde, ni la calificación ni la pena la decidirá el jurado, y un tribunal popular al estilo
anglosajón sólo hubiera decidido la condena, que es lo que resolvió en este caso el tribunal
profesional.
Luego de que se recabaran miles de firmas de la ciudadanía, el Concejo Deliberante de
Tigre, en presencia de la familia Urbani, del Intendente Massa y de legisladores de distintas
fuerzas, decidieron por unanimidad pedir el juicio político de los jueces de Responsabilidad
Penal Juvenil. El presidente del cuerpo deliberativo manifestó que era inadmisible la medida
2. que tomó el tribunal; el intendente dijo que suena ilógico que un tribunal provincial aplique
una ley nacional y no una provincial (¿?).
Realmente pareciera que la ignorancia y el oportunismo no tuvieran límites, y lo más
lamentable es que gran parte de la prensa colabora con ese discurso de la demagogia punitiva,
difundiéndolo en forma complaciente y acrítica. Por caso, un diario se refirió a “los jueces que
beneficiaron a los asesinos” y también se expresó que la condena quedó en suspenso.
Respecto a las explicaciones reclamadas por Casal, los jueces dieron a conocer un
comunicado que tuvo escasa difusión en los medios periodísticos.
III. Y bien, ¿qué cosa tan novedosa y absurda resolvió el tribunal?. Por mayoría
decidió que el hecho debía encuadrarse como homicidio en ocasión de robo y no como
homicidio agravado como lo requerían las acusaciones. Se trata de un tema que tiene que ver
con consideraciones jurídicas y de valoración de la prueba entre dos figuras o delitos que
poseen puntos de contacto. Si hubiera un error, aunque siempre se debe recordar que el
derecho no es matemática, el mismo será corregido en instancias superiores, que para eso
están los recursos.
Resulta absurdo hablar de impunidad cuando se aplica una figura que prevé penas de
10 a 25 años de prisión.
Y estos jueces ¿se volvieron locos al mantener la detención y diferir la aplicación de la
pena hasta que los procesados cumplan los 18 años?. La Ley provincial 13.634, que regula el
proceso de menores, establece que una vez concluido el debate, el tribunal debe absolver o
declarar responsable al joven y aplicarle una o varias medidas que no son penas (orientación,
apoyo, obligación de reparar, reglas de conducta, derivación a los servicios locales). También
establece que el régimen es aplicable a todo joven punible según la legislación nacional que
fuera imputado de un delito en jurisdicción de la provincia (arts. 32, 56 y 68).
Es decir que la ley provincial no establece que deba aplicarse una pena luego del
debate. Y ¿por qué es esto?, porque rige la Ley nacional 22.278, que tiene treinta años de
vigencia, y en su art. 4 dispone que para imponer una pena a un menor deben darse los
siguientes requisitos: a) que previamente se haya declarado su responsabilidad penal; b) que
haya cumplido 18 años de edad; y c) que haya sido sometido a un período de tratamiento
tutelar no inferior a un año.
IV. Realmente resulta bochornoso y obsceno aprovechar el dolor de los familiares de
la víctima y la justificada preocupación de la sociedad para obtener réditos políticos y
pretender disciplinar a los jueces de esta provincia para obligarlos a fallar contra el sistema
que diseña la constitución, afectando la división de poderes y la independencia judicial.
3. Habiendo llegado a estos niveles de absurdo, bien se podría propiciar el cierre de las
facultades de derecho, la supresión de la función judicial y que la culpabilidad de los
procesados, las calificaciones jurídicas de los hechos delictivos y las penas a aplicar sean
decididas por los concejos deliberantes del lugar, previas consultas populares. O bien,
suprimir la defensa y que los jueces deban receptar sin chistar las postulaciones de los
acusadores.
Esperamos que finalmente prime la sensatez y ese disparatado y absurdo pedido de
juicio político no prospere. Ello por el bien de la institucionalidad y de la separación de
poderes, que tanto se declama y poco se cumple. Sería deseable también que ciertos
funcionarios con responsabilidades políticas, en vez de lanzar fuegos de artificio en dirección
de la demagogia punitiva, se ocuparan en serio de que los miles de jóvenes que no estudian ni
trabajan empuñen un libro o una herramienta en lugar de un arma.
Bahía Blanca, agosto de 2010
* Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Profesor Adjunto por concurso de la asignatura “Derecho Procesal Penal”, en la
Universidad Nacional del Sur
Profesor Tutor en la Especialización en Derecho Penal en la Universidad Nacional del Sur
www.derechouns.com.ar