2. En España las penas consistentes en privación de la libertad pueden consistir en (Artículo 35 C.P.): - Prisión - Localización permanente - Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.
3. La pena de prisión en España está regulada principalmente en el artículo 36 del Código Penal. El artículo 36 C.P. impone tanto un límite mínimo como máximo en la duración que puede tener la pena de prisión. Duración mínima: 3 meses Duración máxima: 20 años
4. Existen excepciones a esta limitación: Para los casos de delitos de TERRORISMO la pena de prisión que puede imponerse puede alcanzar una duración de hasta 30 años. Y por último se prevé el límite de 40 años como el tiempo máximo que puede pasar una persona en prisión de forma continuada por dos o más delitos con pena de más de 20 años cada uno.
5. Definición de cadena perpetua La cadena perpetua consiste en una sentencia de prisión por un crimen grave generalmente para el resto de la vida del criminal y en algunos casos tiene un tiempo de duración máximo de entre 7 a 50 años.
6. clases Diferenciamos dos tipos de cadena perpetua: - La cadena perpetua tradicional: es una pena consistente en una condena de prisión cuya duración se extiende al resto de vida del condenado o en su caso a la duración que ésta tenga según la ley que la regule (7 a 50 años).
7. Clases - La cadena perpetua condicionada: la cadena perpetua condicionada o con posibilidad de revisión es aquella que exige una revisión de la condena cada cierto tiempo para que el condenado pueda alcanzar la libertad condicional si el pronóstico de reinserción es positivo. Algunos ejemplos de países europeos que aplican esta modalidad son Francia, Italia, Alemania y Reino Unido.
8. Funciona correctamente nuestro Derecho Penal? Nuestro Derecho Penal no está dando resultados en un campo primordial como es el de la prevención de comisión de delitos, especialmente de los delitos sexuales, y pruebas de ello son los casos que vemos desgraciadamente casi a diario. No sería beneficioso un cambio en la respuesta penal ante estos delitos?
9. Existen riesgos en la implantación de esta medida? Cuando hablamos de un tema como es el de la prisión, en el que lo que está en juego es la libertad de las personas siempre hay riesgos y se pueden producir errores. Ahora bien, la solución no es dejar de usar medidas que puedan resultar más eficaces, sino poner los medios necesarios para que esos posibles errores no se produzcan, como por ejemplo, mermar la carga de trabajo que tienen actualmente los jueces.
10. Qué opinan los expertos? Jesús Barquín, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Granada, cree que la cadena perpetua "no serviría de nada" y que esta propuesta es una "válvula de escape" para compensar otras carencias, como los graves problemas que existen en la ejecución de las sentencias penales, que sufren "un porcentaje altísimo de incumplimiento" y "un descontrol generalizado". Barquín es partidario de reforzar la atención criminológica a través de la creación de una potente red de asistencia social (con psicólogos, trabajadores sociales, etcétera), que pudiera servir como mecanismo de control y seguimiento de los delincuentes.
11. Qué opinan los expertos? Josep Cid, profesor de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Barcelona, por su parte cree que "las penas deben ser determinadas", por lo que se opone a la completa indeterminación que lleva aparejada la cadena perpetua. Antonio García Martínez, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, que reúne a los jueces de tendencia conservadora, es partidario de no tomar decisiones precipitadas y defiende la necesidad de que los expertos en la materia formen un comité para debatir cuáles son las mejores soluciones para el tratamiento de los delincuentes sexuales.
12. Qué opinan los expertos? Jaime Tapia, ex portavoz de la asociación de carácter progresista Jueces para la Democracia, cree que la implantación de la cadena perpetua es anticonstitucional, tanto en su vertiente más literal como en aquella sujeta a una revisión de la pena. Y es que, para él, se trata, en todo caso, de una pena "degradante e inhumana". Además, observa "una involución" en el sistema penal español, que ha pasado de regirse de un "principio de humanismo a un planteamiento mediático-social", en el que se piden este tipo de reformas sin reflexión.
13. Hay miedo a endurecer las penas? Vemos que la mayoría de las opiniones de los expertos son contrarias a la implantación de la cadena perpetua. Pero ciertamente cuál es el motivo por los que los políticos son reacios, realmente la consideran una medida poco conveniente, que no reportará resultados o es que puede tienen cierto reparo a implantar penas más duras que resulten impopulares entre parte del electorado.
14. Es constitucional la cadena perpetua? La Constitución es la norma suprema del Estado. Todas las demás normas jurídicas del Estado están subordinadas a ella y no pueden contradecir lo establecido por alguno de sus preceptos.
15. Es constitucional la cadena perpetua? Artículo 25.2. CE: Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
16. Por lo tanto: La cadena perpetua tradicional es INCONSTITUCIONAL, es decir que contradice la Constitución y no es posible sin reformar la misma. La Cadena Perpetua condicionada, con posibilidad de revisión posterior, sería posible y no necesitaría de dicha reforma.
17. Enrique López, vocal del Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno de los jueces dijo que: "No es inconstitucional la cadena perpetua si se entiende como una condena que puede ser conmutada en cualquier momento".
18. Opinión del Constitucional El interprete supremo de la Constitución, el Tribunal Constitucional dijo que la cadena perpetua sin posibilidad de revisión es inconstitucional y por tanto imposible de implantar. No se pronunció sin embargo sobre la posibilidad de instaurar una cadena perpetua condicionada.