Argumento de la posición peruana
La posición peruana es que Chile y Perú nunca habrían firmado un tratado específico de límites marítimos. Los instrumentos firmados en 1952 y 1954 corresponderían a acuerdos de una "Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur", con el fin de resguardar los recursos marinos de flotas extranjeras.
Los trabajos técnicos realizados en 1968 y 1969, en relación al Hito 1, habrían tenido por finalidad colocar señales visibles para los pescadores artesanales, no siendo una comisión que tuviese el encargo de establecer o modificar límites, por cuanto se indicó en una de sus instrucciones recibidas el 26 de abril de 1968
La Declaración de Zona Marítima de 1952, firmada por delegados de Chile, Ecuador y Perú, define como zona marítima de un país las 200 millas medidas desde la costa. En caso que se encuentren islas, la zona marítima queda limitada por el paralelo, pero no define que sucede cuando las 200 millas se superponen. Entre Chile y Perú no se encontrarían islas en las 200 millas.
Para el Perú, el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Perú y Ecuador, denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima", sería sólo un convenio para facilitar la pesca artesanal y no un tratado de límites. La mención a límites marítimos sería en referencia a esa zona especial de pesca, y no a fronteras marítimas que hasta ese momento no se encontrarían definidas por tratado alguno.
La Convención de Derecho del Mar indica que, generalmente, en caso de diferencias entre dos estados sobre su límite marítimo, primaría el establecimiento de un línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base, por sobre líneas geográficas, como paralelos o meridianos.  La Constitución Política del Perú de 1993 establece su soberanía marítima en 200 millas marinas desde las líneas de base y se ha mantenido, durante los últimos años, explicando el problema de la delimitación marítima en organismos internacionales, como la OEA y la ONU.
No existe ningún hito que se llame oficialmente "Orilla del Mar". Lo que existe es el "Hito Nº 1", que el acta firmada por los delegados de ambos países, en 1930, señala como su situación "orilla del mar".
El   Perú no reconoce los tratados de 1952 y 1954 como tratados de límites marítimos ni con Ecuador, ni con Chile. La ley que fija las líneas de bases de dominio marítimo aprobada por el Congreso peruano en 2005 no manifiesta diferencias con el Ecuador, ya que ambos países han establecido las mismas líneas de base como límites. En la frontera sur con Chile se mantiene una discrepancia respecto a estas líneas de base.
Según el comunicado del 4 de noviembre de 2004, los cancilleres del Perú y Chile manifiestan que el tema de las diferencias en la delimitación marítima es de naturaleza jurídica y bilateral, no unilateral ni multilateral por lo que sólo involucra a Chile y el Perú, no al Ecuador o Colombia.
La ley sobre la demarcación de Tacna de 2001 no podía modificar lo señalado en el Tratado de 1929, por lo que fue corregida por otra ley en 2008.

Argumento De La PosicióN Peruana

  • 1.
    Argumento de laposición peruana
  • 2.
    La posición peruanaes que Chile y Perú nunca habrían firmado un tratado específico de límites marítimos. Los instrumentos firmados en 1952 y 1954 corresponderían a acuerdos de una "Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur", con el fin de resguardar los recursos marinos de flotas extranjeras.
  • 3.
    Los trabajos técnicosrealizados en 1968 y 1969, en relación al Hito 1, habrían tenido por finalidad colocar señales visibles para los pescadores artesanales, no siendo una comisión que tuviese el encargo de establecer o modificar límites, por cuanto se indicó en una de sus instrucciones recibidas el 26 de abril de 1968
  • 4.
    La Declaración deZona Marítima de 1952, firmada por delegados de Chile, Ecuador y Perú, define como zona marítima de un país las 200 millas medidas desde la costa. En caso que se encuentren islas, la zona marítima queda limitada por el paralelo, pero no define que sucede cuando las 200 millas se superponen. Entre Chile y Perú no se encontrarían islas en las 200 millas.
  • 5.
    Para el Perú,el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Perú y Ecuador, denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima", sería sólo un convenio para facilitar la pesca artesanal y no un tratado de límites. La mención a límites marítimos sería en referencia a esa zona especial de pesca, y no a fronteras marítimas que hasta ese momento no se encontrarían definidas por tratado alguno.
  • 6.
    La Convención deDerecho del Mar indica que, generalmente, en caso de diferencias entre dos estados sobre su límite marítimo, primaría el establecimiento de un línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base, por sobre líneas geográficas, como paralelos o meridianos. La Constitución Política del Perú de 1993 establece su soberanía marítima en 200 millas marinas desde las líneas de base y se ha mantenido, durante los últimos años, explicando el problema de la delimitación marítima en organismos internacionales, como la OEA y la ONU.
  • 7.
    No existe ningúnhito que se llame oficialmente "Orilla del Mar". Lo que existe es el "Hito Nº 1", que el acta firmada por los delegados de ambos países, en 1930, señala como su situación "orilla del mar".
  • 8.
    El Perú no reconoce los tratados de 1952 y 1954 como tratados de límites marítimos ni con Ecuador, ni con Chile. La ley que fija las líneas de bases de dominio marítimo aprobada por el Congreso peruano en 2005 no manifiesta diferencias con el Ecuador, ya que ambos países han establecido las mismas líneas de base como límites. En la frontera sur con Chile se mantiene una discrepancia respecto a estas líneas de base.
  • 9.
    Según el comunicadodel 4 de noviembre de 2004, los cancilleres del Perú y Chile manifiestan que el tema de las diferencias en la delimitación marítima es de naturaleza jurídica y bilateral, no unilateral ni multilateral por lo que sólo involucra a Chile y el Perú, no al Ecuador o Colombia.
  • 10.
    La ley sobrela demarcación de Tacna de 2001 no podía modificar lo señalado en el Tratado de 1929, por lo que fue corregida por otra ley en 2008.