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Asesoría integral para la conducción empresarial
Encontrar una definición práctica y técnica mediante la cual podamos comprender a lo que se
refiere la asesoría integral, debemos decir que resulta ser una tarea bastante difícil ya que la
asesoria integral comprende todas las ramificaciones de asesoría que se pueden encontrar
en una empresa o entidad comercial y económica.

Teniendo en cuenta esto debemos decir que la asesoría integral tiene como objetivo informar a un
grupo de personas de qué manera se debe correr un negocio o empresa económica, es decir, que
es lo que se debe tener en cuenta para poder llevarlo a cabo, los elementos y herramientas que se
necesitarán y en especial, la asesoria integral nos instruye acerca de las planificaciones
correspondientes a los proyectos que posea la empresa.

Así como nos enseña acerca de los elementos a considerar a la hora de emprender una empresa o
negocio particular, la asesoría integral también se encarga de enseñarnos de qué manera
debemos combinar todas las herramientas de cuales disponemos para poder lograr una buena
gestión y administración de empresas. A través del uso de la asesoria integral se comenzaron a
crear todos los módulos de la empresa, como es la administración, la gestión, la contabilidad, el
control, los recursos humanos, los recursos materiales, entre otros.

Cada uno de ellos comenzó a desarrollar herramientas aplicables únicamente a los mismos. Así
fue como la asesoria integral comenzó a aplicarse para cada una de estas áreas y hoy en día, una
empresa puede contar con los servicios de la asesoría de gestión, asesoría administrativa,
asesoría contable, asesoría financiera, asesoría de sistemas, asesoría de imagen entre
otras. Algo muy similar ocurrió con la consultoría y la auditoría, quienes antes influían en la
empresa como un todo y en la actualidad cada una de estas actividades se encuentra divida por
área empresarial.

Auditoría, consultoría y asesoría integral

Un error muy común que se presenta en muchos
empresarios que recién comienzan a entender el funcionamiento de una entidad económica es que
suelen confundir los términos de auditoría y consultoría con el de la asesoria integral y
debemos decir que esto es un error muy grave ya que si bien están relacionadas en algún punto, el
desarrollo de cada una de estas actividades no tiene demasiado en común entre sí. Para que se
pueda entender esto diremos que la auditoria se lleva a cabo por un auditor externo o interno de la
empresa, cuyo objetivo con controlar y verificar que la empresa cumpla con todas las normas
establecida por el gobierno o los organismos correspondientes que rigen el mercado económico.

La consultoría por su parte tiene por tarea responder todas aquellas preguntas formuladas por el
interesado en el área correspondiente. Como bien dijimos antes, estas tres actividades se
encuentran relacionadas entre sí, pero debemos decir que el vínculo más fuerte se encuentra
establecido entre la consultoría y la asesoria integral debido a que la asesoría es consecuencia
de la consultoría. Uno de los ejemplos más claros que podemos citar en este caso es el de la
consultoría y asesoría integral de sistemas.

Cuando una empresa requiere de sistemas de información para poder desarrollar todas sus
actividades, suele recurrir a la consultoría para poder asegurarse de cuales serán los sistemas que
mejor se adapten a las actividades de la empresa, y una vez que la consultoría es efectuada, las
respuestas correspondientes, hacen referencia a la asesoría integral de sistemas, de modo que
recurriendo a la consultoría se accede a la asesoría integral. Una vez comprendida la relación
entre ambas actividades, podremos darnos cuenta de cuál es la función de la auditoría y de qué
manera se relaciona también con la asesoría integral. Como bien dijimos la auditoría es un medio
de control del correcto funcionamiento de la empresa, y si consideramos que para lograr esto se
requiere una asesoría integral acerca de cada uno de los elementos que deben ser controlados. De
esta manera se puede afirmar que la auditoría es el elemento controlador de la buena asesoría
integral que tuvo la empresa antes de llevar a cabo todas sus actividades.

El Asesor de Impuestos o asesor tributario es el profesional que gestiona el
cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la administración pública ya sea para
personas físicas o empresas, para ello es previamente necesario la elaboración de las
cuentas de la empresa y en el caso de personas físicas los ingresos y gastos deducibles en la
declaración.
Una vez elaboradas las cuentas de la empresa o las de la persona física, el asesor deberá
buscar el mayor ahorro fiscal y avisar de las posibles decisiones a tomar para conseguir el
máximo ahorro como por ejemplo un plan de pensiones o una cuenta vivienda,
asesorándole según sus circunstancias personales de la empresa o el particular y
adaptándolas a la última normativa vigente
LOS GASTOS DEDUCIBLES
La Ley del Impuesto de Sociedades establece que serán fiscalmente deducibles aquellos gastos
que sean necesarios para la actividad, más concretamente los gastos necesarios para generar
ingresos en la actividad. Bajo este prisma puede haber muchas interpretaciones sobre el concepto
de necesario por lo que la Agencia Tributaria tiene un determinado criterio a la hora de aceptar o
no determinados gastos.Partimos de la base de que las sociedades mercantiles han de llevar una
contabilidad normalizada que debe contener todos los movimientos económicos de la empresa.
Por tanto contablemente debemos anotar todos los gastos en los que la empresa incurre. Sin
embargo algunos de ellos pueden no estar dentro del concepto de gasto deducible por lo que el
resultado contable será ajustado en el Impuesto de Sociedades eliminando aquellas partidas que
no se puedan deducir.En el caso de los autónomos, que sólo están obligados a llevar el libroregistro de facturas emitidas y recibidas, sólo anotarán los gastos que efectivamente tengan la
consideración de fiscalmente deducibles.Partiendo del criterio general de gasto necesario, hay
ciertas partidas que generan dudas sobre sí se pueden o no deducir. Un ejemplo es el de los gastos
de deslazamiento, se admite el gasto de desplazamiento que esté acompañado de una hoja de
gastos que especifique el motivo del viaje (siempre relacionado con la actividad) y el desglose de
cada partida individualizada junto a su factura correspondiente.En lo que respecta a las comidas,
se admite el gasto si ésta es necesaria y se produce en una localidad distinta a la que se desarrolla
negocio. Aquí hay que tener en cuenta, además, que el importe de la comida sea razonable, por lo
que un gasto desmesurado podría hacer que éste no pudiera deducirse.Otro factor a tener en
cuenta es que el objeto del gasto no pueda ser utilizado más que en la actividad empresarial. Por
ejemplo la ropa de trabajo ha de ser exclusivamente de trabajo y no podemos deducir el gasto de
compra de ropa si ésta es susceptible de ser utilizada en la vida privada. Es fácil pensar que en el
caso de los uniformes o la ropa de trabajo el gasto es deducible, pero la ropa “normal” (trajes
incluidos) que puedan servir para utilizarse fuera del ámbito laboral no tendría esa
consideración.Lo mismo pasa con los vehículos y los gastos asociados a los mismos
(mantenimiento, seguros, etc.). Para poder ser considerados deducibles los vehículos deben estar
afectos a la actividad, pero además la afectación debe ser total y el vehículo no podrá utilizarse
para fines privados.Con todo ello, en caso de revisión por parte de la Administración Tributaria,
debemos tener clara la aplicación del gasto y defender l deducción en base a estos criterios, todo
lo que no entre dentro de estos planteamientos será rechazado por Hacienda

Qué beneficios y ventajas ofrece la SAS?
- Los empresarios pueden fijar las reglas que van a regir el funcionamiento de la
sociedad. Es posible, por ejemplo, contar con estatutos flexibles que se adapten a
las condiciones y a los requerimientos de cada empresario.
- La creación de la empresa es más fácil. Una SAS se puede crear mediante
documento privado, lo cual le ahorra a la empresa tiempo y dinero. ·La
responsabilidad de sus socios se limita a sus aportes. La empresa puede
beneficiarse de la limitación de la responsabilidad de sus socios, sin tener que
tener la pesada estructura de una sociedad anónima.
- Las acciones pueden ser de distintas clases y series. Pueden ser acciones
ordinarias, acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, acciones con
voto múltiple, acciones privilegiadas, acciones con dividendo fijo o acciones de
pago. Es importante aclarar que las acciones de las SAS no pueden negociarse en
bolsa.
- No se requiere establecer una duración determinada. La empresa reduce costos,
ya que no tiene que hacer reformas estatutarias cada vez que el término de
duración societaria esté próximo a caducar.
- El objeto social puede ser indeterminado. Las personas que vayan a contratar
con la SAS, no tienen que consultar e interpretar detalladamente la lista de
actividades que la conforman para ver si la entidad tienen la capacidad para
desarrollar determinada transacción.
- El pago de capital puede diferirse hasta por dos años. Esto da a los socios
recursos para obtener el capital necesario para el pago de las acciones. La
sociedad puede establecer libremente las condiciones en que se realice el pago.
- Por regla general no exige revisor fiscal. La SAS solo estará obligada a tener
revisor fiscal cuando los activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente
anterior, sean o excedan el equivalente a tres mil salarios mínimos.
- Mayor flexibilidad en la regulación de los derechos patrimoniales. Existe la
posibilidad de pactar un mayor poder de voto en los estatutos sociales o de
prohibir la negociación de acciones por un plazo de hasta 10 años.
- Mayor facilidad en la operación y administración. Los accionistas pueden
renunciar a su derecho a ser convocados a una reunión de socios o reunirse por
fuera del domicilio social. La SAS no estará obligada a tener junta directiva, salvo
previsión estatutaria en contrario. Si no se estipula la creación de una junta
directiva, la totalidad de las funciones de administración y representación legal le
corresponderán al representante legal designado por la asamblea.
- El trámite de liquidación es más ágil. No se requiere adelantar el trámite de
aprobación de inventario ante la Superintendencia de Sociedades.
¿Quiénes pueden conformar una SAS?
Todas las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades comerciales y
civiles pueden constituirse formalmente mediante la figura de la SAS. No importa
que sean nacionales o extranjeras; ni que sean micros, pequeños, medianos o
grandes empresarios.
¿Cómo se constituye una SAS?
La creación de la SAS se hace por medio de un documento privado, que debe
autenticarse por quienes participan en su suscripción e inscribirse en el Registro
Mercantil de la Cámara de Comercio. Los tres pasos son:
1.Redactar el contrato o acto unilateral constitutito de la SAS. Este documento
debe incluir: nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas; razón
social o denominación de la sociedad (seguida de la palabra Sociedad por
Acciones Simplificada); el domicilio principal de la sociedad y el de las distintas
sucursales; el capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor
nominal de las acciones; y la forma de administración y el nombre de sus
administradores, especificando sus facultades.
2.Autenticar las firmas de las personas que suscriben el documento de
constitución. La autenticación podrá hacerse directamente o a través de
apoderado en la Cámara de Comercio del lugar en que la sociedad establezca su
domicilio.
3.Inscribir el documento privado en el Registro Mercantil de la Cámara de
Comercio. Adicionalmente, ante la Cámara de Comercio se diligencian los
formularios del Registro único Empresarial (RUE), el Formulario de inscripción en
el RUT y el pago de la matrícula mercantil, el impuesto de registro y los derechos
de inscripción.
¿Y las que no son SAS?
Cualquier sociedad podrá transformarse en SAS, siempre que así lo decida su
asamblea o junta de socios, mediante determinación unánime de los asociados
titulares de la totalidad de las acciones suscritas. La decisión correspondiente
deberá constar en documento privado inscrito en el Registro Mercantil.
La SAS podrá transformarse en una sociedad de cualquiera de los tipos previstos
en el Código de Comercio, siempre que la determinación respectiva sea adoptada
por la asamblea, mediante decisión unánime de los asociados titulares de la
totalidad de las acciones suscritas.

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Asesoría integral guía empresarial

  • 1. Asesoría integral para la conducción empresarial Encontrar una definición práctica y técnica mediante la cual podamos comprender a lo que se refiere la asesoría integral, debemos decir que resulta ser una tarea bastante difícil ya que la asesoria integral comprende todas las ramificaciones de asesoría que se pueden encontrar en una empresa o entidad comercial y económica. Teniendo en cuenta esto debemos decir que la asesoría integral tiene como objetivo informar a un grupo de personas de qué manera se debe correr un negocio o empresa económica, es decir, que es lo que se debe tener en cuenta para poder llevarlo a cabo, los elementos y herramientas que se necesitarán y en especial, la asesoria integral nos instruye acerca de las planificaciones correspondientes a los proyectos que posea la empresa. Así como nos enseña acerca de los elementos a considerar a la hora de emprender una empresa o negocio particular, la asesoría integral también se encarga de enseñarnos de qué manera debemos combinar todas las herramientas de cuales disponemos para poder lograr una buena gestión y administración de empresas. A través del uso de la asesoria integral se comenzaron a crear todos los módulos de la empresa, como es la administración, la gestión, la contabilidad, el control, los recursos humanos, los recursos materiales, entre otros. Cada uno de ellos comenzó a desarrollar herramientas aplicables únicamente a los mismos. Así fue como la asesoria integral comenzó a aplicarse para cada una de estas áreas y hoy en día, una empresa puede contar con los servicios de la asesoría de gestión, asesoría administrativa, asesoría contable, asesoría financiera, asesoría de sistemas, asesoría de imagen entre otras. Algo muy similar ocurrió con la consultoría y la auditoría, quienes antes influían en la
  • 2. empresa como un todo y en la actualidad cada una de estas actividades se encuentra divida por área empresarial. Auditoría, consultoría y asesoría integral Un error muy común que se presenta en muchos empresarios que recién comienzan a entender el funcionamiento de una entidad económica es que suelen confundir los términos de auditoría y consultoría con el de la asesoria integral y debemos decir que esto es un error muy grave ya que si bien están relacionadas en algún punto, el desarrollo de cada una de estas actividades no tiene demasiado en común entre sí. Para que se pueda entender esto diremos que la auditoria se lleva a cabo por un auditor externo o interno de la empresa, cuyo objetivo con controlar y verificar que la empresa cumpla con todas las normas establecida por el gobierno o los organismos correspondientes que rigen el mercado económico. La consultoría por su parte tiene por tarea responder todas aquellas preguntas formuladas por el interesado en el área correspondiente. Como bien dijimos antes, estas tres actividades se encuentran relacionadas entre sí, pero debemos decir que el vínculo más fuerte se encuentra establecido entre la consultoría y la asesoria integral debido a que la asesoría es consecuencia de la consultoría. Uno de los ejemplos más claros que podemos citar en este caso es el de la consultoría y asesoría integral de sistemas. Cuando una empresa requiere de sistemas de información para poder desarrollar todas sus actividades, suele recurrir a la consultoría para poder asegurarse de cuales serán los sistemas que mejor se adapten a las actividades de la empresa, y una vez que la consultoría es efectuada, las respuestas correspondientes, hacen referencia a la asesoría integral de sistemas, de modo que recurriendo a la consultoría se accede a la asesoría integral. Una vez comprendida la relación
  • 3. entre ambas actividades, podremos darnos cuenta de cuál es la función de la auditoría y de qué manera se relaciona también con la asesoría integral. Como bien dijimos la auditoría es un medio de control del correcto funcionamiento de la empresa, y si consideramos que para lograr esto se requiere una asesoría integral acerca de cada uno de los elementos que deben ser controlados. De esta manera se puede afirmar que la auditoría es el elemento controlador de la buena asesoría integral que tuvo la empresa antes de llevar a cabo todas sus actividades. El Asesor de Impuestos o asesor tributario es el profesional que gestiona el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la administración pública ya sea para personas físicas o empresas, para ello es previamente necesario la elaboración de las cuentas de la empresa y en el caso de personas físicas los ingresos y gastos deducibles en la declaración. Una vez elaboradas las cuentas de la empresa o las de la persona física, el asesor deberá buscar el mayor ahorro fiscal y avisar de las posibles decisiones a tomar para conseguir el máximo ahorro como por ejemplo un plan de pensiones o una cuenta vivienda, asesorándole según sus circunstancias personales de la empresa o el particular y adaptándolas a la última normativa vigente LOS GASTOS DEDUCIBLES La Ley del Impuesto de Sociedades establece que serán fiscalmente deducibles aquellos gastos que sean necesarios para la actividad, más concretamente los gastos necesarios para generar ingresos en la actividad. Bajo este prisma puede haber muchas interpretaciones sobre el concepto de necesario por lo que la Agencia Tributaria tiene un determinado criterio a la hora de aceptar o no determinados gastos.Partimos de la base de que las sociedades mercantiles han de llevar una contabilidad normalizada que debe contener todos los movimientos económicos de la empresa. Por tanto contablemente debemos anotar todos los gastos en los que la empresa incurre. Sin embargo algunos de ellos pueden no estar dentro del concepto de gasto deducible por lo que el resultado contable será ajustado en el Impuesto de Sociedades eliminando aquellas partidas que no se puedan deducir.En el caso de los autónomos, que sólo están obligados a llevar el libroregistro de facturas emitidas y recibidas, sólo anotarán los gastos que efectivamente tengan la consideración de fiscalmente deducibles.Partiendo del criterio general de gasto necesario, hay ciertas partidas que generan dudas sobre sí se pueden o no deducir. Un ejemplo es el de los gastos de deslazamiento, se admite el gasto de desplazamiento que esté acompañado de una hoja de gastos que especifique el motivo del viaje (siempre relacionado con la actividad) y el desglose de cada partida individualizada junto a su factura correspondiente.En lo que respecta a las comidas, se admite el gasto si ésta es necesaria y se produce en una localidad distinta a la que se desarrolla negocio. Aquí hay que tener en cuenta, además, que el importe de la comida sea razonable, por lo que un gasto desmesurado podría hacer que éste no pudiera deducirse.Otro factor a tener en cuenta es que el objeto del gasto no pueda ser utilizado más que en la actividad empresarial. Por ejemplo la ropa de trabajo ha de ser exclusivamente de trabajo y no podemos deducir el gasto de
  • 4. compra de ropa si ésta es susceptible de ser utilizada en la vida privada. Es fácil pensar que en el caso de los uniformes o la ropa de trabajo el gasto es deducible, pero la ropa “normal” (trajes incluidos) que puedan servir para utilizarse fuera del ámbito laboral no tendría esa consideración.Lo mismo pasa con los vehículos y los gastos asociados a los mismos (mantenimiento, seguros, etc.). Para poder ser considerados deducibles los vehículos deben estar afectos a la actividad, pero además la afectación debe ser total y el vehículo no podrá utilizarse para fines privados.Con todo ello, en caso de revisión por parte de la Administración Tributaria, debemos tener clara la aplicación del gasto y defender l deducción en base a estos criterios, todo lo que no entre dentro de estos planteamientos será rechazado por Hacienda Qué beneficios y ventajas ofrece la SAS? - Los empresarios pueden fijar las reglas que van a regir el funcionamiento de la sociedad. Es posible, por ejemplo, contar con estatutos flexibles que se adapten a las condiciones y a los requerimientos de cada empresario. - La creación de la empresa es más fácil. Una SAS se puede crear mediante documento privado, lo cual le ahorra a la empresa tiempo y dinero. ·La responsabilidad de sus socios se limita a sus aportes. La empresa puede beneficiarse de la limitación de la responsabilidad de sus socios, sin tener que tener la pesada estructura de una sociedad anónima. - Las acciones pueden ser de distintas clases y series. Pueden ser acciones ordinarias, acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, acciones con voto múltiple, acciones privilegiadas, acciones con dividendo fijo o acciones de pago. Es importante aclarar que las acciones de las SAS no pueden negociarse en bolsa. - No se requiere establecer una duración determinada. La empresa reduce costos, ya que no tiene que hacer reformas estatutarias cada vez que el término de duración societaria esté próximo a caducar. - El objeto social puede ser indeterminado. Las personas que vayan a contratar con la SAS, no tienen que consultar e interpretar detalladamente la lista de actividades que la conforman para ver si la entidad tienen la capacidad para desarrollar determinada transacción. - El pago de capital puede diferirse hasta por dos años. Esto da a los socios recursos para obtener el capital necesario para el pago de las acciones. La sociedad puede establecer libremente las condiciones en que se realice el pago.
  • 5. - Por regla general no exige revisor fiscal. La SAS solo estará obligada a tener revisor fiscal cuando los activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean o excedan el equivalente a tres mil salarios mínimos. - Mayor flexibilidad en la regulación de los derechos patrimoniales. Existe la posibilidad de pactar un mayor poder de voto en los estatutos sociales o de prohibir la negociación de acciones por un plazo de hasta 10 años. - Mayor facilidad en la operación y administración. Los accionistas pueden renunciar a su derecho a ser convocados a una reunión de socios o reunirse por fuera del domicilio social. La SAS no estará obligada a tener junta directiva, salvo previsión estatutaria en contrario. Si no se estipula la creación de una junta directiva, la totalidad de las funciones de administración y representación legal le corresponderán al representante legal designado por la asamblea. - El trámite de liquidación es más ágil. No se requiere adelantar el trámite de aprobación de inventario ante la Superintendencia de Sociedades. ¿Quiénes pueden conformar una SAS? Todas las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades comerciales y civiles pueden constituirse formalmente mediante la figura de la SAS. No importa que sean nacionales o extranjeras; ni que sean micros, pequeños, medianos o grandes empresarios. ¿Cómo se constituye una SAS? La creación de la SAS se hace por medio de un documento privado, que debe autenticarse por quienes participan en su suscripción e inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio. Los tres pasos son: 1.Redactar el contrato o acto unilateral constitutito de la SAS. Este documento debe incluir: nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas; razón social o denominación de la sociedad (seguida de la palabra Sociedad por Acciones Simplificada); el domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales; el capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones; y la forma de administración y el nombre de sus administradores, especificando sus facultades. 2.Autenticar las firmas de las personas que suscriben el documento de constitución. La autenticación podrá hacerse directamente o a través de apoderado en la Cámara de Comercio del lugar en que la sociedad establezca su domicilio.
  • 6. 3.Inscribir el documento privado en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio. Adicionalmente, ante la Cámara de Comercio se diligencian los formularios del Registro único Empresarial (RUE), el Formulario de inscripción en el RUT y el pago de la matrícula mercantil, el impuesto de registro y los derechos de inscripción. ¿Y las que no son SAS? Cualquier sociedad podrá transformarse en SAS, siempre que así lo decida su asamblea o junta de socios, mediante determinación unánime de los asociados titulares de la totalidad de las acciones suscritas. La decisión correspondiente deberá constar en documento privado inscrito en el Registro Mercantil. La SAS podrá transformarse en una sociedad de cualquiera de los tipos previstos en el Código de Comercio, siempre que la determinación respectiva sea adoptada por la asamblea, mediante decisión unánime de los asociados titulares de la totalidad de las acciones suscritas.