Republica Bolivariana de Venezuela 
Ministerio del Poder Popular para la Educación 
Escuela de Derecho 
Barquisimeto - Lara 
Bienes Muebles e 
Inmuebles 
Alunma: 
Ignhais Fuentes 
C.I 23.640088
Fundamentación Histórica 
 
Roma clasificaba según la transmisibilidad, en “res mancipii” y 
“res non mancipii”.Llamábanse “res mancipii” así a las cosas que 
se podían enajenar y conseguir por medio de la “mancipatio”, 
“injure cessio” y la “traditio”, tales como los predios rústicos y los 
urbanos, situados en suelo itálico, las servidumbres rústicas, los 
esclavos y las bestias de carga o tiro.“Res non mancipii” en 
Derecho Romano eran las cosas que no se podían adquirir y 
enajenar por medio de la “mancipatio” es decir, todas las que no 
eran “res mancipii”. La “Ley De Las Doce Tablas”, solo habla de 
muebles e inmuebles para efectos de la usucapión (1 – 2 años). 
La usucapión consistía en la adquisición de la propiedad de buena 
fe por el paso del tiempo y con justo título (dos años para bienes 
inmuebles; un año para bienes muebles).
Fundamentación Histórica 
 
En la Edad Media la distinción era de muebles e inmuebles 
tomando en cuenta el mayor valor. Así la tierra era un bien 
precioso. Las joyas, las coronas eran bienes inmuebles. 
Las cosas que tenían poco valor eran cosas muebles y se decía: 
“Res mobile, res vil”. 
Con la Revolución Francesa (1789) se vuelve a la clasificación 
romana: “Lo que se mueve es mueble, lo que no se mueve es 
inmuebles”.
Fundamentación Lógica y 
Legal 
 
Roma encontró como fundamento lógico: la realidad. “Los 
elementos que se mueven son muebles, los que no, inmuebles”. 
Tomaron en cuanta el factor físico y corporal. 
El enfoque jurídico no solamente toma en cuenta el de: muebles e 
inmuebles. También tomaron en cuenta a los Bienes Incorporales 
que son elementos no susceptibles de ser percibidos, sino 
solamente captados por la inteligencia humana y que se 
emplazan en acciones y derechos. Esto último no lo comparten 
todos los autores.
 
 Por su naturaleza: Cosas muebles las que 
pueden transportarse de un lugar a otro sea 
moviéndose ellas a si mismas como los 
animales -semovientes- sea que solo se muevan 
por una fuerza extraña como las cosas 
inanimadas. La cosa debe ser considerada 
mueble, es decir desplazable de un lugar a otro 
no debe perder con el desplazamiento su 
esencia naturaleza o forma o considerablemente 
su valor. 
Bienes Muebles
Bienes Muebles 
 
 Derechos reales muebles: generalmente se 
opera de manera meramente consensual y no 
exige ninguna registro para que se opere la 
tradición, salvo en lo relativo o aeronaves naves 
automotores terrestres y de el derecho 
propiedad inmaterial pues en estos casos la 
realización de la fuente obligaciones requiere 
solemnidades y la tradición solo por el 
pertinente registro.
Bienes Muebles 
 
 Derechos de Crédito: Derechos personales, 
derechos de crédito o créditos son los que 
solamente pueden reclamarse de ciertas 
personas, que por un hecho suyo o la sola 
disposición de la ley han contraído las 
"obligaciones correlativas”.
Bienes Inmuebles 
 
 por naturaleza: son todas aquellas cosas bienes 
que no son susceptibles de ser trasportadas o 
trasladas de un lugar a otro, no por si misma ni 
por intervención de una fuerza extraña sin que a 
consecuencia de su traslación pierdan su 
esencia naturaleza forma o de manera 
considerable su valor como las tierras o fundos, 
las aguas que corren por cauces naturales, las 
minas y en general las riqueza del subsuelo.
Bienes Inmuebles 
 
 Bienes Incorporales: entre ellos se encuentran 
los fluidos y las energías naturales (aunque el 
agua tiene la consideración de bien inmueble), 
las acciones y participaciones en sociedades y 
la propiedad intelectual e industrial.
Bienes Inmuebles 
 
 Por destino: Son aquellos bienes que, a pesar de 
ser bienes muebles por su naturaleza (que se 
pueden desplazar de un lugar a otro sin 
deterioro o menoscabo), son utilizados por su 
propietario al servicio de un inmueble. Estos 
bienes conservan su individualidad y pueden ser 
objeto de negocio por separado.
Bienes Inmuebles 
 
Por el Objeto al que se refieren: 
 Los derechos del propietario y los del enfiteuta 
sobre los predios sujetos a enfiteusis (contrato de 
uso pagando un canon anual a tiempo 
indeterminado y perpetuo) 
 Los derechos de usufructo y de uso sobre las cosas 
Inmuebles y también el de habitación, 
 Las servidumbres prediales y la hipoteca; 
 Las acciones que tiendan a reivindicar inmuebles o 
a reclamar derechos que se refieran a los mismos.

Bienes Muebles e inmuebles

  • 1.
    Republica Bolivariana deVenezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Escuela de Derecho Barquisimeto - Lara Bienes Muebles e Inmuebles Alunma: Ignhais Fuentes C.I 23.640088
  • 2.
    Fundamentación Histórica  Roma clasificaba según la transmisibilidad, en “res mancipii” y “res non mancipii”.Llamábanse “res mancipii” así a las cosas que se podían enajenar y conseguir por medio de la “mancipatio”, “injure cessio” y la “traditio”, tales como los predios rústicos y los urbanos, situados en suelo itálico, las servidumbres rústicas, los esclavos y las bestias de carga o tiro.“Res non mancipii” en Derecho Romano eran las cosas que no se podían adquirir y enajenar por medio de la “mancipatio” es decir, todas las que no eran “res mancipii”. La “Ley De Las Doce Tablas”, solo habla de muebles e inmuebles para efectos de la usucapión (1 – 2 años). La usucapión consistía en la adquisición de la propiedad de buena fe por el paso del tiempo y con justo título (dos años para bienes inmuebles; un año para bienes muebles).
  • 3.
    Fundamentación Histórica  En la Edad Media la distinción era de muebles e inmuebles tomando en cuenta el mayor valor. Así la tierra era un bien precioso. Las joyas, las coronas eran bienes inmuebles. Las cosas que tenían poco valor eran cosas muebles y se decía: “Res mobile, res vil”. Con la Revolución Francesa (1789) se vuelve a la clasificación romana: “Lo que se mueve es mueble, lo que no se mueve es inmuebles”.
  • 4.
    Fundamentación Lógica y Legal  Roma encontró como fundamento lógico: la realidad. “Los elementos que se mueven son muebles, los que no, inmuebles”. Tomaron en cuanta el factor físico y corporal. El enfoque jurídico no solamente toma en cuenta el de: muebles e inmuebles. También tomaron en cuenta a los Bienes Incorporales que son elementos no susceptibles de ser percibidos, sino solamente captados por la inteligencia humana y que se emplazan en acciones y derechos. Esto último no lo comparten todos los autores.
  • 5.
      Porsu naturaleza: Cosas muebles las que pueden transportarse de un lugar a otro sea moviéndose ellas a si mismas como los animales -semovientes- sea que solo se muevan por una fuerza extraña como las cosas inanimadas. La cosa debe ser considerada mueble, es decir desplazable de un lugar a otro no debe perder con el desplazamiento su esencia naturaleza o forma o considerablemente su valor. Bienes Muebles
  • 6.
    Bienes Muebles   Derechos reales muebles: generalmente se opera de manera meramente consensual y no exige ninguna registro para que se opere la tradición, salvo en lo relativo o aeronaves naves automotores terrestres y de el derecho propiedad inmaterial pues en estos casos la realización de la fuente obligaciones requiere solemnidades y la tradición solo por el pertinente registro.
  • 7.
    Bienes Muebles   Derechos de Crédito: Derechos personales, derechos de crédito o créditos son los que solamente pueden reclamarse de ciertas personas, que por un hecho suyo o la sola disposición de la ley han contraído las "obligaciones correlativas”.
  • 8.
    Bienes Inmuebles   por naturaleza: son todas aquellas cosas bienes que no son susceptibles de ser trasportadas o trasladas de un lugar a otro, no por si misma ni por intervención de una fuerza extraña sin que a consecuencia de su traslación pierdan su esencia naturaleza forma o de manera considerable su valor como las tierras o fundos, las aguas que corren por cauces naturales, las minas y en general las riqueza del subsuelo.
  • 9.
    Bienes Inmuebles   Bienes Incorporales: entre ellos se encuentran los fluidos y las energías naturales (aunque el agua tiene la consideración de bien inmueble), las acciones y participaciones en sociedades y la propiedad intelectual e industrial.
  • 10.
    Bienes Inmuebles   Por destino: Son aquellos bienes que, a pesar de ser bienes muebles por su naturaleza (que se pueden desplazar de un lugar a otro sin deterioro o menoscabo), son utilizados por su propietario al servicio de un inmueble. Estos bienes conservan su individualidad y pueden ser objeto de negocio por separado.
  • 11.
    Bienes Inmuebles  Por el Objeto al que se refieren:  Los derechos del propietario y los del enfiteuta sobre los predios sujetos a enfiteusis (contrato de uso pagando un canon anual a tiempo indeterminado y perpetuo)  Los derechos de usufructo y de uso sobre las cosas Inmuebles y también el de habitación,  Las servidumbres prediales y la hipoteca;  Las acciones que tiendan a reivindicar inmuebles o a reclamar derechos que se refieran a los mismos.