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BOLETIN DE
CONTROL
INTERNO
No. 1
Marzo 2017
EN EL MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO MECI
ROLES Y RESPONSABILIDADES
Alta dirección
 Responsable de la
implementación y
fortalecimiento.
 Facilitar los recursos
necesarios.
 Designar el representante de
la alta dirección.
Comité de coordinación de
control interno
 Recomendar pautas para la
implementación y
fortalecimiento.
 Estudiar el estado del sistema
de control interno.
 Aprobar programa de
auditoría.
 Velar por la implementación
de controles.
Representante de la alta
dirección
 Orientar, dirigir y coordinar
el proyecto de
implementación y/o
fortalecimiento. Dirigir y
coordinar las actividades del
equipo MECI.
 Someter a consideración del
comité de coordinación de
control, la aprobación de las
actividades para el
fortalecimiento del MECI.
Equipo MECI
 Apoyar el proceso de
implementación y
fortalecimiento del modelo.
 Asesorar a las áreas de la
entidad en la implementación
y fortalecimiento.
 Revisar, analizar y consolidar
la información para presentar
propuestas para la
implementación y
fortalecimiento.
Oficina de control interno
 Evaluación del estado de la
implementación y
fortalecimiento.
 Seguimiento al cumplimiento
y efectividad de los planes de
mejoramiento.
 Sugerir que se realicen
acciones de mejora.
 Asesoría permanente.
Servidores públicos
 Responsables por la
operatividad eficiente de los
procesos, actividades y tareas
a su cargo.
 Supervisión continúa a la
eficacia de los controles.
 Autoevaluación permanente a
los resultados de su labor.
 Tomar acciones que permitan
el ejercicio del autocontrol en
sus puestos de trabajo
Algunas
definiciones
Autocontrol: “Capacidad que
deben desarrollar todos y cada
uno de los servidores públicos de
la organización, independien-
temente de su nivel jerárquico,
para evaluar y controlar su
trabajo, detectar desviaciones y
efectuar correctivos de manera
oportuna para el adecuado
cumplimiento de los resultados
que se esperan en el ejercicio de
su función, de tal manera que la
ejecución de los procesos,
actividades y/o tareas bajo su
responsabilidad, se desarrollen
con fundamento en los principios
establecidos en la Constitución
Política”.
Autorregulación: Es la
capacidad institucional para
aplicar de manera participativa
al interior de las entidades, los
métodos y procedimientos
establecidos en la normatividad,
que permitan el desarrollo e
implementación del Sistema de
Control Interno bajo un entorno
de integridad, eficiencia y
transparencia en la actuación
pública.
Autogestión: Es la capacidad
institucional de toda entidad
pública para interpretar,
coordinar, aplicar y evaluar de
manera efectiva, eficiente y
eficaz la función administrativa
que le ha sido asignada por la
Constitución, la Ley y sus
Reglamentos.
Recordemos que control
interno, “somos todos”
en ejecución de cada
una de nuestras
actividades, a través del
autocontrol,
autorregulación y la
autogestión.

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  • 1. BOLETIN DE CONTROL INTERNO No. 1 Marzo 2017 EN EL MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO MECI ROLES Y RESPONSABILIDADES Alta dirección  Responsable de la implementación y fortalecimiento.  Facilitar los recursos necesarios.  Designar el representante de la alta dirección. Comité de coordinación de control interno  Recomendar pautas para la implementación y fortalecimiento.  Estudiar el estado del sistema de control interno.  Aprobar programa de auditoría.  Velar por la implementación de controles. Representante de la alta dirección  Orientar, dirigir y coordinar el proyecto de implementación y/o fortalecimiento. Dirigir y coordinar las actividades del equipo MECI.  Someter a consideración del comité de coordinación de control, la aprobación de las actividades para el fortalecimiento del MECI. Equipo MECI  Apoyar el proceso de implementación y fortalecimiento del modelo.  Asesorar a las áreas de la entidad en la implementación y fortalecimiento.  Revisar, analizar y consolidar la información para presentar propuestas para la implementación y fortalecimiento. Oficina de control interno  Evaluación del estado de la implementación y fortalecimiento.  Seguimiento al cumplimiento y efectividad de los planes de mejoramiento.  Sugerir que se realicen acciones de mejora.  Asesoría permanente. Servidores públicos  Responsables por la operatividad eficiente de los procesos, actividades y tareas a su cargo.  Supervisión continúa a la eficacia de los controles.  Autoevaluación permanente a los resultados de su labor.  Tomar acciones que permitan el ejercicio del autocontrol en sus puestos de trabajo Algunas definiciones Autocontrol: “Capacidad que deben desarrollar todos y cada uno de los servidores públicos de la organización, independien- temente de su nivel jerárquico, para evaluar y controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos de manera oportuna para el adecuado cumplimiento de los resultados que se esperan en el ejercicio de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la Constitución Política”. Autorregulación: Es la capacidad institucional para aplicar de manera participativa al interior de las entidades, los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad, que permitan el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública. Autogestión: Es la capacidad institucional de toda entidad pública para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido asignada por la Constitución, la Ley y sus Reglamentos. Recordemos que control interno, “somos todos” en ejecución de cada una de nuestras actividades, a través del autocontrol, autorregulación y la autogestión.