El documento discute la importancia de la participación ciudadana y el acceso a la información. Explica que la participación ciudadana es un derecho que permite a los ciudadanos participar en decisiones que los afectan y mejorar la gestión pública. Sin embargo, los niveles de participación ciudadana han disminuido en los últimos años. También destaca que el acceso a la información es fundamental para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la participación de manera informada.
Este documento ofrece una guía sobre conceptos clave relacionados con la participación ciudadana y el control social en Colombia. Explica que la participación ciudadana se refiere a la capacidad de los ciudadanos de incidir en asuntos públicos, mientras que el control social es un derecho y deber de vigilar la gestión pública. También define las veedurías ciudadanas como mecanismos para ejercer vigilancia ciudadana sobre entidades públicas o privadas. Finalmente, resume los principales mecanismos de participación establecidos en la Constitución colombiana como
El documento habla sobre la participación ciudadana. Define la participación ciudadana como el involucramiento activo de los ciudadanos en procesos de toma de decisiones públicas. Describe algunas formas de participación como organizaciones civiles, audiencias públicas, y rendición de cuentas. También menciona que la participación ciudadana sirve para colaborar en la sociedad y puede tomar diferentes formas dependiendo del contexto y la época.
El control ciudadano_y_su_aporte_al_desarrollocasadelvocal
El documento describe el concepto de control ciudadano y su importancia para el desarrollo en Colombia. Explica que el control ciudadano permite a los ciudadanos influir en los asuntos del estado para incrementar la responsabilidad y transparencia en la gestión pública. Detalla que el control ciudadano está fundamentado constitucionalmente y normativamente en Colombia y que tiene el potencial de fortalecer la democracia y la rendición de cuentas. También discute los diferentes actores, formas y propósitos del control ciudadano, así como sus costos y beneficios para los ciudadan
La participación ciudadana se define como los sistemas o mecanismos mediante los cuales los ciudadanos pueden participar en las decisiones públicas e incidir en ellas para que representen sus intereses. El texto analiza los principales mecanismos de participación ciudadana en el Perú y señala que, aunque se han sentado las bases, estos mecanismos a veces no se usan adecuadamente o se usan para beneficiar intereses particulares en lugar del interés público.
El documento trata sobre la gestión pública participativa y la democracia participativa en Venezuela. Busca crear un modelo de administración pública eficiente que satisfaga las necesidades de los ciudadanos al menor costo posible mediante la participación ciudadana en la toma de decisiones políticas. Explica que la nueva constitución venezolana de 1999 establece elementos como la reducción de la burocracia, la descentralización y el aumento de la participación pública.
Este documento presenta la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública. La carta reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la gestión pública para mejorar la democracia y la calidad de vida. Define la participación ciudadana como un proceso para construir políticas públicas que respondan a los derechos e intereses de la sociedad. También establece principios como que la participación ciudadana es consustancial a la democracia y refuerza el papel activo de los ciudadanos en sus comunidades.
Este documento presenta una introducción al tema del gobierno abierto y la participación ciudadana. Explica conceptos clave como democracia, ciudadanía y participación. También describe los beneficios del gobierno abierto y cómo fomentar una mayor interacción entre los ciudadanos y el gobierno a través de canales como las redes sociales.
El documento describe la participación ciudadana en Venezuela. Brevemente:
1) La participación ciudadana es un derecho consagrado en la constitución venezolana que incluye mecanismos como elecciones, referéndums y consejos comunales.
2) Se define la participación como iniciativas que promueven el desarrollo comunitario y la democracia, a través de organizaciones no gubernamentales.
3) La participación permite a los ciudadanos involucrarse en decisiones del gobierno local sin ser parte de partidos políticos.
Este documento ofrece una guía sobre conceptos clave relacionados con la participación ciudadana y el control social en Colombia. Explica que la participación ciudadana se refiere a la capacidad de los ciudadanos de incidir en asuntos públicos, mientras que el control social es un derecho y deber de vigilar la gestión pública. También define las veedurías ciudadanas como mecanismos para ejercer vigilancia ciudadana sobre entidades públicas o privadas. Finalmente, resume los principales mecanismos de participación establecidos en la Constitución colombiana como
El documento habla sobre la participación ciudadana. Define la participación ciudadana como el involucramiento activo de los ciudadanos en procesos de toma de decisiones públicas. Describe algunas formas de participación como organizaciones civiles, audiencias públicas, y rendición de cuentas. También menciona que la participación ciudadana sirve para colaborar en la sociedad y puede tomar diferentes formas dependiendo del contexto y la época.
El control ciudadano_y_su_aporte_al_desarrollocasadelvocal
El documento describe el concepto de control ciudadano y su importancia para el desarrollo en Colombia. Explica que el control ciudadano permite a los ciudadanos influir en los asuntos del estado para incrementar la responsabilidad y transparencia en la gestión pública. Detalla que el control ciudadano está fundamentado constitucionalmente y normativamente en Colombia y que tiene el potencial de fortalecer la democracia y la rendición de cuentas. También discute los diferentes actores, formas y propósitos del control ciudadano, así como sus costos y beneficios para los ciudadan
La participación ciudadana se define como los sistemas o mecanismos mediante los cuales los ciudadanos pueden participar en las decisiones públicas e incidir en ellas para que representen sus intereses. El texto analiza los principales mecanismos de participación ciudadana en el Perú y señala que, aunque se han sentado las bases, estos mecanismos a veces no se usan adecuadamente o se usan para beneficiar intereses particulares en lugar del interés público.
El documento trata sobre la gestión pública participativa y la democracia participativa en Venezuela. Busca crear un modelo de administración pública eficiente que satisfaga las necesidades de los ciudadanos al menor costo posible mediante la participación ciudadana en la toma de decisiones políticas. Explica que la nueva constitución venezolana de 1999 establece elementos como la reducción de la burocracia, la descentralización y el aumento de la participación pública.
Este documento presenta la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública. La carta reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la gestión pública para mejorar la democracia y la calidad de vida. Define la participación ciudadana como un proceso para construir políticas públicas que respondan a los derechos e intereses de la sociedad. También establece principios como que la participación ciudadana es consustancial a la democracia y refuerza el papel activo de los ciudadanos en sus comunidades.
Este documento presenta una introducción al tema del gobierno abierto y la participación ciudadana. Explica conceptos clave como democracia, ciudadanía y participación. También describe los beneficios del gobierno abierto y cómo fomentar una mayor interacción entre los ciudadanos y el gobierno a través de canales como las redes sociales.
El documento describe la participación ciudadana en Venezuela. Brevemente:
1) La participación ciudadana es un derecho consagrado en la constitución venezolana que incluye mecanismos como elecciones, referéndums y consejos comunales.
2) Se define la participación como iniciativas que promueven el desarrollo comunitario y la democracia, a través de organizaciones no gubernamentales.
3) La participación permite a los ciudadanos involucrarse en decisiones del gobierno local sin ser parte de partidos políticos.
El documento discute la participación ciudadana en la construcción de políticas públicas. Señala que los estudiantes deben expresar su posición sobre los espacios de participación que ofrece el estado, dar ejemplos específicos de estas formas de participación y sus resultados documentados, y comentar las perspectivas de al menos 2 compañeros en el foro de discusión.
Poder popularParticipacio n local_y_construccio_n_del_poder_popRobert Gallegos
Este documento analiza la participación ciudadana y la construcción del poder popular a nivel local en Ecuador. Propone implementar diversas herramientas de participación establecidas en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, como iniciativas populares normativas, consultas populares, revocatoria de mandatos, presupuestos participativos y asambleas locales, para empoderar a la ciudadanía. Aunque la participación organizada es baja, ha habido un aumento en la participación en reuniones municipales. Se concluye que es fundamental fortalecer las bases sociales
Este documento presenta la tercera versión de un documento exploratorio sobre "Pactos para un Municipio Progresista" elaborado por la Fundación Progresa y el Partido Progresista. Propone 11 nuevos pactos para proveer una base programática para candidatos y líderes progresistas, incluyendo pactos sobre participación ciudadana, educación, salud, medio ambiente, seguridad, igualdad de género y otros temas.
Este documento describe la participación ciudadana en la unidad habitacional Ce Cualli Ohtli en Iztapalapa, Ciudad de México, en el marco del presupuesto participativo. Ce Cualli Ohtli es una sociedad cooperativa de vivienda con más de 1000 habitantes que ha estado organizada desde 1984. Aunque se encuentra en una zona de alta marginalidad, sus residentes han influido en la gestión de recursos públicos para mejorar su comunidad. En años recientes, han participado en el presupuesto participativo decidiendo proyectos como mejoras a banquetas
LECTURA La participación ciudadana en el Perú y los principales mecanismos pa...AlexandraCardenasMaq
La participación ciudadana en el Perú se define como los sistemas y mecanismos que permiten a los ciudadanos incidir en las decisiones públicas. La Constitución reconoce este derecho y ha establecido diversos mecanismos como el voto, la participación en políticas públicas y la capacidad de intervenir en asuntos públicos. Si bien estos mecanismos buscan incluir a los ciudadanos y promover la democracia, en la práctica no siempre han sido bien utilizados y a veces han beneficiado intereses particulares sobre el interés públic
Memorias del programa en capacitación ciudadana y control social: En la garan...innovalabcun
El documento presenta los lineamientos del programa de capacitación en participación ciudadana y control social llevado a cabo por la Procuraduría General de la Nación. El programa busca fortalecer la participación ciudadana y el control social de la gestión pública a través de la capacitación de ciudadanos y servidores públicos. Se explican conceptos como participación ciudadana, control social y veedurías ciudadanas. Además, se destacan los derechos ciudadanos a la participación y las obligaciones del Estado de garantizar mecanismos que faciliten el ejercicio
Este documento discute la importancia de la participación cívica y la rendición de cuentas para fortalecer la democracia. Explica que una democracia sólida requiere la máxima participación ciudadana posible en la toma de decisiones del gobierno, a través del ejercicio de derechos como la libertad de expresión. También destaca que la rendición de cuentas del gobierno, mediante la transparencia y escrutinio público de sus actos, es fundamental para un estado democrático responsivo ante los ciudadanos
ITIN SD 006 USO DE LAS TIC EN LA PARROQUIA LUZ DE AMÉRICA PARA LA PARTICIPACI...ticsocialesec
La implementación de las tecnologías de la información y la comunicación en el gobierno ha introducido cambios fundamentales en los sistemas políticos democráticos y ha supuesto nuevas oportunidades de mejorar la relación entre los ciudadanos y los representantes políticos, permitiendo un cierto reencuentro entre la política y la sociedad
1. La participación ciudadana busca fortalecer las relaciones entre ciudadanos y estado a través de mecanismos que permitan a los ciudadanos intervenir en asuntos públicos y decisiones de gobierno de manera independiente a los partidos políticos. 2. Existen diferentes enfoques teóricos sobre la participación ciudadana como un hecho político, social y un medio para que los ciudadanos incidan en la agenda pública y la democratización del estado. 3. El nivel de gobierno local es el más adecuado para promover procesos de participación
Este documento describe la democracia participativa en Venezuela según la Constitución de 1999. Define la democracia participativa como aquella donde el pueblo tiene mayor voz y voto en las decisiones políticas que en la democracia representativa. La Constitución establece mecanismos como consejos comunales, asambleas ciudadanas y referéndums para que los ciudadanos participen en la formulación, ejecución y control de políticas públicas. Sin embargo, el documento argumenta que en la práctica los derechos ciudadanos a menudo no se resp
Este documento analiza la participación comunitaria y el control social en el sistema de salud en Colombia. Explica que la Constitución de 1991 estableció la obligación de promover la participación social, pero que su alcance sigue siendo debatido. También describe algunos avances en la promoción de la participación comunitaria a nivel municipal, pero señala que el control social por parte de las organizaciones comunitarias sigue siendo bajo. Finalmente, analiza diferentes enfoques sobre el objetivo y alcance de la participación comunitaria.
Este documento presenta los fundamentos conceptuales, legales e institucionales de la participación ciudadana en la gestión pública en Venezuela. Explica que la participación ciudadana es un derecho y un deber consagrado en la Constitución. Describe las principales instancias de participación como los consejos comunales, planes de desarrollo participativos y control social. Finalmente, presenta el marco legal e institucional que promueve la participación ciudadana a nivel nacional, estadal y municipal.
El documento describe los principios y beneficios de la participación ciudadana en la gestión pública según la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana. Explica que la participación ciudadana es un elemento esencial de la democracia que permite complementar la representación política con mecanismos para que los ciudadanos participen en la formulación de políticas públicas. También destaca algunos ejemplos recientes de mecanismos de participación ciudadana implementados a nivel local.
Este documento analiza la participación ciudadana de los jóvenes en el Distrito Capital de Bogotá entre 2004-2009, tomando como caso de estudio el sector El Codito en la localidad de Usaquén. Presenta los mecanismos y espacios de participación a nivel distrital y local, y examina la organización política y administrativa de la participación juvenil en el ámbito local. Finalmente, analiza el proceso de participación de los jóvenes en El Codito e identifica limitaciones como la verticalidad institucional y el desconocimiento de espacios participat
El documento discute los conceptos de participación ciudadana y democracia. Examina diferentes modelos de democracia como el liberal-representativo y el republicanismo. También explora formas de participación política como la participación social, comunitaria y política. Finalmente, analiza mecanismos e instituciones para la participación ciudadana en México como el Sistema Nacional de Planeación Democrática y la consulta popular.
1) La constitución y la ley establecen varios mecanismos de participación ciudadana en lo político, social y económico como el referendo, la consulta popular, la iniciativa legislativa y la contraloría social.
2) Las leyes buscan promover la participación de las comunidades y las comunas en la gestión pública a través de la descentralización y el apoyo a las organizaciones socio-productivas.
3) Los órganos del estado deben dar preferencia a las solicitudes de las comunas y facilitar el ejercicio del control
Este documento presenta una guía sobre conceptos clave relacionados con la participación ciudadana y el control social en Colombia. Explica que la participación ciudadana se refiere a la acción individual o colectiva que permite incidir en procesos públicos, mientras que el control social es un derecho y deber de los ciudadanos para vigilar la gestión pública. También define las veedurías ciudadanas como mecanismos para ejercer vigilancia sobre la gestión pública. Finalmente, resume los fundamentos constitucionales para la participación ciudadana en Colombia y algunos mecan
En marco de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con el objetivo de fortalecer la democracia representativa en el Perú.
El documento describe el contexto político y normativo de la participación ciudadana. Explica que los ciudadanos tienen derecho a participar individual o colectivamente en asuntos públicos. La constitución ecuatoriana de 2008 promueve mecanismos de participación ciudadana como el control social y la rendición de cuentas. También propone una democracia tanto representativa como participativa. La participación ciudadana se puede dar a través de varios mecanismos como consejos territoriales y asambleas de ciudadanos.
1. La Participación Ciudadana como Política Pública: Chile cumplesegegobchile
El documento describe los esfuerzos del gobierno de Chile para mejorar la participación ciudadana y la democracia a través de varias iniciativas políticas y legislativas. Estas incluyen el Instructivo Presidencial No 002 de 2011, la Política de Participación Ciudadana en el marco de la corresponsabilidad, y la promulgación de la Ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana. El gobierno también presentó varios proyectos de ley al Congreso Nacional, como un proyecto de reforma constitucional para instituir la Inic
El documento discute la participación ciudadana en la construcción de políticas públicas. Señala que los estudiantes deben expresar su posición sobre los espacios de participación que ofrece el estado, dar ejemplos específicos de estas formas de participación y sus resultados documentados, y comentar las perspectivas de al menos 2 compañeros en el foro de discusión.
Poder popularParticipacio n local_y_construccio_n_del_poder_popRobert Gallegos
Este documento analiza la participación ciudadana y la construcción del poder popular a nivel local en Ecuador. Propone implementar diversas herramientas de participación establecidas en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, como iniciativas populares normativas, consultas populares, revocatoria de mandatos, presupuestos participativos y asambleas locales, para empoderar a la ciudadanía. Aunque la participación organizada es baja, ha habido un aumento en la participación en reuniones municipales. Se concluye que es fundamental fortalecer las bases sociales
Este documento presenta la tercera versión de un documento exploratorio sobre "Pactos para un Municipio Progresista" elaborado por la Fundación Progresa y el Partido Progresista. Propone 11 nuevos pactos para proveer una base programática para candidatos y líderes progresistas, incluyendo pactos sobre participación ciudadana, educación, salud, medio ambiente, seguridad, igualdad de género y otros temas.
Este documento describe la participación ciudadana en la unidad habitacional Ce Cualli Ohtli en Iztapalapa, Ciudad de México, en el marco del presupuesto participativo. Ce Cualli Ohtli es una sociedad cooperativa de vivienda con más de 1000 habitantes que ha estado organizada desde 1984. Aunque se encuentra en una zona de alta marginalidad, sus residentes han influido en la gestión de recursos públicos para mejorar su comunidad. En años recientes, han participado en el presupuesto participativo decidiendo proyectos como mejoras a banquetas
LECTURA La participación ciudadana en el Perú y los principales mecanismos pa...AlexandraCardenasMaq
La participación ciudadana en el Perú se define como los sistemas y mecanismos que permiten a los ciudadanos incidir en las decisiones públicas. La Constitución reconoce este derecho y ha establecido diversos mecanismos como el voto, la participación en políticas públicas y la capacidad de intervenir en asuntos públicos. Si bien estos mecanismos buscan incluir a los ciudadanos y promover la democracia, en la práctica no siempre han sido bien utilizados y a veces han beneficiado intereses particulares sobre el interés públic
Memorias del programa en capacitación ciudadana y control social: En la garan...innovalabcun
El documento presenta los lineamientos del programa de capacitación en participación ciudadana y control social llevado a cabo por la Procuraduría General de la Nación. El programa busca fortalecer la participación ciudadana y el control social de la gestión pública a través de la capacitación de ciudadanos y servidores públicos. Se explican conceptos como participación ciudadana, control social y veedurías ciudadanas. Además, se destacan los derechos ciudadanos a la participación y las obligaciones del Estado de garantizar mecanismos que faciliten el ejercicio
Este documento discute la importancia de la participación cívica y la rendición de cuentas para fortalecer la democracia. Explica que una democracia sólida requiere la máxima participación ciudadana posible en la toma de decisiones del gobierno, a través del ejercicio de derechos como la libertad de expresión. También destaca que la rendición de cuentas del gobierno, mediante la transparencia y escrutinio público de sus actos, es fundamental para un estado democrático responsivo ante los ciudadanos
ITIN SD 006 USO DE LAS TIC EN LA PARROQUIA LUZ DE AMÉRICA PARA LA PARTICIPACI...ticsocialesec
La implementación de las tecnologías de la información y la comunicación en el gobierno ha introducido cambios fundamentales en los sistemas políticos democráticos y ha supuesto nuevas oportunidades de mejorar la relación entre los ciudadanos y los representantes políticos, permitiendo un cierto reencuentro entre la política y la sociedad
1. La participación ciudadana busca fortalecer las relaciones entre ciudadanos y estado a través de mecanismos que permitan a los ciudadanos intervenir en asuntos públicos y decisiones de gobierno de manera independiente a los partidos políticos. 2. Existen diferentes enfoques teóricos sobre la participación ciudadana como un hecho político, social y un medio para que los ciudadanos incidan en la agenda pública y la democratización del estado. 3. El nivel de gobierno local es el más adecuado para promover procesos de participación
Este documento describe la democracia participativa en Venezuela según la Constitución de 1999. Define la democracia participativa como aquella donde el pueblo tiene mayor voz y voto en las decisiones políticas que en la democracia representativa. La Constitución establece mecanismos como consejos comunales, asambleas ciudadanas y referéndums para que los ciudadanos participen en la formulación, ejecución y control de políticas públicas. Sin embargo, el documento argumenta que en la práctica los derechos ciudadanos a menudo no se resp
Este documento analiza la participación comunitaria y el control social en el sistema de salud en Colombia. Explica que la Constitución de 1991 estableció la obligación de promover la participación social, pero que su alcance sigue siendo debatido. También describe algunos avances en la promoción de la participación comunitaria a nivel municipal, pero señala que el control social por parte de las organizaciones comunitarias sigue siendo bajo. Finalmente, analiza diferentes enfoques sobre el objetivo y alcance de la participación comunitaria.
Este documento presenta los fundamentos conceptuales, legales e institucionales de la participación ciudadana en la gestión pública en Venezuela. Explica que la participación ciudadana es un derecho y un deber consagrado en la Constitución. Describe las principales instancias de participación como los consejos comunales, planes de desarrollo participativos y control social. Finalmente, presenta el marco legal e institucional que promueve la participación ciudadana a nivel nacional, estadal y municipal.
El documento describe los principios y beneficios de la participación ciudadana en la gestión pública según la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana. Explica que la participación ciudadana es un elemento esencial de la democracia que permite complementar la representación política con mecanismos para que los ciudadanos participen en la formulación de políticas públicas. También destaca algunos ejemplos recientes de mecanismos de participación ciudadana implementados a nivel local.
Este documento analiza la participación ciudadana de los jóvenes en el Distrito Capital de Bogotá entre 2004-2009, tomando como caso de estudio el sector El Codito en la localidad de Usaquén. Presenta los mecanismos y espacios de participación a nivel distrital y local, y examina la organización política y administrativa de la participación juvenil en el ámbito local. Finalmente, analiza el proceso de participación de los jóvenes en El Codito e identifica limitaciones como la verticalidad institucional y el desconocimiento de espacios participat
El documento discute los conceptos de participación ciudadana y democracia. Examina diferentes modelos de democracia como el liberal-representativo y el republicanismo. También explora formas de participación política como la participación social, comunitaria y política. Finalmente, analiza mecanismos e instituciones para la participación ciudadana en México como el Sistema Nacional de Planeación Democrática y la consulta popular.
1) La constitución y la ley establecen varios mecanismos de participación ciudadana en lo político, social y económico como el referendo, la consulta popular, la iniciativa legislativa y la contraloría social.
2) Las leyes buscan promover la participación de las comunidades y las comunas en la gestión pública a través de la descentralización y el apoyo a las organizaciones socio-productivas.
3) Los órganos del estado deben dar preferencia a las solicitudes de las comunas y facilitar el ejercicio del control
Este documento presenta una guía sobre conceptos clave relacionados con la participación ciudadana y el control social en Colombia. Explica que la participación ciudadana se refiere a la acción individual o colectiva que permite incidir en procesos públicos, mientras que el control social es un derecho y deber de los ciudadanos para vigilar la gestión pública. También define las veedurías ciudadanas como mecanismos para ejercer vigilancia sobre la gestión pública. Finalmente, resume los fundamentos constitucionales para la participación ciudadana en Colombia y algunos mecan
En marco de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con el objetivo de fortalecer la democracia representativa en el Perú.
El documento describe el contexto político y normativo de la participación ciudadana. Explica que los ciudadanos tienen derecho a participar individual o colectivamente en asuntos públicos. La constitución ecuatoriana de 2008 promueve mecanismos de participación ciudadana como el control social y la rendición de cuentas. También propone una democracia tanto representativa como participativa. La participación ciudadana se puede dar a través de varios mecanismos como consejos territoriales y asambleas de ciudadanos.
1. La Participación Ciudadana como Política Pública: Chile cumplesegegobchile
El documento describe los esfuerzos del gobierno de Chile para mejorar la participación ciudadana y la democracia a través de varias iniciativas políticas y legislativas. Estas incluyen el Instructivo Presidencial No 002 de 2011, la Política de Participación Ciudadana en el marco de la corresponsabilidad, y la promulgación de la Ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana. El gobierno también presentó varios proyectos de ley al Congreso Nacional, como un proyecto de reforma constitucional para instituir la Inic
DESAFIOS Y ESTRATEGIAS EN EL AMBITO LOCAL. MG. LEOPOLDO FIDYKA.
1° SEMINARIO DE POLITICAS PUBLICAS PARTICIPATIVAS. "EL DESAFIO CIUDADANO"
5° DISERTACION.
Este documento presenta información sobre un programa de liderazgo para la transformación impartido por CAF-ESPOL en 2010. Incluye citas sobre la participación ciudadana y la necesidad de involucrar a los ciudadanos en la toma de decisiones. Explica los tipos de participación ciudadana y el presupuesto participativo como herramienta para involucrar a los ciudadanos en la gestión pública.
Participación en el Control Social la Gestión PúblicaJairo Sandoval H
Este capítulo presenta una breve reseña histórica de la evolución del derecho a la participación. Explica que tradicionalmente solo algunas personas tenían derechos, como los habitantes de ciudades o clases altas. Luego, documentos como la Carta Magna inglesa de 1215 y la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 promovieron la igualdad y protección de derechos para todos. Finalmente, define la participación como un derecho fundamental consagrado en la Constitución colombiana de 1991, que ha permitido ampliar este derecho
Este documento presenta varios mecanismos jurídicos para el control social a la gestión pública en Colombia. En el primer capítulo se describen mecanismos para el acceso y diálogo sobre la información pública, como el derecho de acceso a la información, la consulta previa, las audiencias públicas y la rendición de cuentas. El segundo capítulo aborda mecanismos de protección de derechos como las acciones populares, de grupo, de tutela, de cumplimiento, la denuncia y la queja. El tercer capítulo explica mecanism
El documento discute la participación ciudadana como una herramienta para legitimar los procesos democráticos. Presenta definiciones de participación, grados de participación, mecanismos de participación, y experiencias en América Latina. También analiza los argumentos a favor y en contra de la participación, los límites desde la perspectiva del gobierno y los ciudadanos, y capacidad de participación entre zonas urbanas y rurales. Finalmente, presenta un caso de política de participación ciudadana en el municipio de Baruta, Venezuela.
El documento presenta un resumen de un libro sobre la participación ciudadana y el control social en Bolivia. Explica que el libro actualiza los conceptos de participación ciudadana y control social en el contexto del nuevo Estado Plurinacional de Bolivia. También describe los diferentes órganos y niveles del gobierno boliviano y la descentralización a través de autonomías departamentales, municipales e indígenas. El libro analiza temas como la democracia participativa, la ciudadanía, la gestión pública y los instrumentos para ejercer el control social.
El documento presenta una propuesta de acciones para incentivar la participación ciudadana y comunitaria en el municipio de Tame, Arauca. Actualmente existe poca participación de los ciudadanos en la toma de decisiones y en los mecanismos de participación como la consulta popular y el cabildo abierto. El objetivo es diseñar estrategias que promuevan la injerencia de la comunidad en los asuntos administrativos y generen un desarrollo inclusivo. Se revisan conceptos sobre participación ciudadana y estudios previos sobre el tema en Colombia.
El documento analiza la pobreza en la localidad de Ciudad Bolívar en Bogotá entre 2008 y 2011. Explica que Ciudad Bolívar tiene los mayores índices de necesidades básicas insatisfechas en Bogotá, así como las peores condiciones de vida. Señala que la pobreza se mide a través de indicadores como las necesidades básicas insatisfechas, el estándar de vida y la percepción subjetiva de los residentes. También describe algunos programas del gobierno para combatir la pobreza como Familias en Acc
Gestion de participacion y control ciudadanoNora Penadillo
El documento trata sobre la gestión de la participación y control ciudadano en el Perú. Reconoce el derecho a la participación ciudadana que establece la Constitución peruana de 1993 y la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos de 1994. Explica diferentes mecanismos de participación ciudadana como iniciativas legislativas, referéndum, revocatoria de autoridades, entre otros. También define conceptos clave como participación, democracia y derechos, e identifica objetivos y principios de la participación ciudadana.
El documento trata sobre la participación ciudadana. Brevemente:
1) Explica los antecedentes históricos de la participación ciudadana en Colombia y cómo se adoptó en la Constitución de 1991.
2) Define la participación ciudadana como un proceso social que surge de la acción ciudadana para intervenir en la transformación de sistemas políticos y sociales.
3) Describe algunos mecanismos formales e informales de participación ciudadana reconocidos en leyes como veedurías, concejos municipales y audiencias públicas.
La participación ciudadana en el Perú ha pasado por tres etapas: 1) en la década de 1980 surgió desde abajo con la participación de organizaciones sociales, 2) en la década de 1990 se establecieron mecanismos de democracia directa en la Constitución de 1993, y 3) desde 2000 es una política de Estado con leyes que promueven la participación a nivel regional y local.
Este documento presenta una guía para la realización de consultas públicas en el proceso de producción normativa en Colombia. Explica que la consulta pública es un mecanismo importante para promover la participación ciudadana en la regulación y fortalecer la confianza, efectividad y transparencia del Estado. Además, describe los tres pasos clave del proceso de consulta pública: 1) planeación, 2) desarrollo del ejercicio de consulta, y 3) análisis de resultados y respuesta. Finalmente, destaca la importancia de usar tecnologías de la inform
Este documento discute la participación ciudadana en la legislación y establecimiento de leyes. Explica que para que la participación sea efectiva, se requieren tres condiciones: respeto a los derechos individuales, canales institucionales y marcos jurídicos para la participación, y acceso a información. Aunque México ha progresado en establecer estas condiciones, la participación sigue siendo baja debido a la falta de interés de los ciudadanos en los asuntos públicos.
Este documento presenta un plan de participación ciudadana para la provincia de Chimborazo, Ecuador. Propone fortalecer la participación a través de la organización de asambleas populares a nivel parroquial y cantonal, con el fin de integrar a organizaciones sociales, comunidades y ciudadanos en general en la toma de decisiones. El plan también busca consolidar el rol de la silla vacía en los gobiernos locales y promover mecanismos para la rendición de cuentas y auditoría social. Su objetivo general es organizar la elección de las direct
Similar a Boletin Norma de Participación Ciudadana GAMLP (20)
El documento lista los medios de comunicación masivos habilitados para difundir propaganda electoral pagada y gratuita, así como para contratar y difundir estudios de opinión en materia electoral, divididos por departamento en Bolivia. También incluye organizaciones habilitadas para acceder a propaganda electoral gratuita.
La resolución establece el orden de difusión de la propaganda electoral gratuita para el referéndum constitucional de 2016 en Bolivia. Deja sin efecto los registros del partido MAS-IPSP en dos departamentos y de otra organización. Aprueba las listas de organizaciones habilitadas para cada opción y su orden de aparición en medios estatales, encabezada la opción "NO". Instruye la notificación y publicación de la resolución.
La resolución establece multas por faltas electorales cometidas por jurados electorales, notarios electorales, servidores públicos y organizaciones políticas. Fija multas equivalentes a entre el 15% y 50% de un salario mínimo por faltas como no asistir a capacitaciones o juntas de jurados, negarse a firmar actas electorales, no entregar material electoral a tiempo, o no informar sobre violaciones a las normas electorales. Las multas recaudadas serán destinadas al tesoro general del estado plurinacional.
Este documento establece las disposiciones para garantizar el derecho al voto asistido de personas con necesidades particulares y adultos mayores de 60 años. Incluye definiciones clave, principios como accesibilidad e inclusión, y procedimientos para el registro de votantes, información electoral en formatos accesibles, y organización de recintos electorales para facilitar el voto asistido. El objetivo es promover la participación plena de estas poblaciones a través de ajustes razonables en el proceso electoral.
Este documento presenta el reglamento de material electoral de Bolivia. Establece los procedimientos para el diseño, distribución, entrega, devolución y disposición del material electoral para procesos electorales a nivel nacional, departamental, regional y municipal. Define el material electoral como fungible o no fungible y su destino después de los procesos electorales. También describe los requisitos de diseño para elementos como papeletas de sufragio, actas electorales y otros materiales.
Reglamento para la elaboración y difusión de estudios de opinión en materia electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato. Aprobado con resolución TSE-RSP N° 183/2015 de 23 de noviembre de 2015
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a los bancos rusos, la prohibición de la venta de aviones y equipos a Rusia, y sanciones contra funcionarios rusos. Los líderes de la UE esperan que las sanciones aumenten la presión económica sobre Rusia y la disuadan de continuar su agresión contra Ucrania.
Este documento presenta un calendario electoral con 54 actividades para el referéndum constitucional de 2016 en Bolivia. Incluye fechas para el registro de organizaciones políticas, medios de comunicación y encuestadoras; el empadronamiento biométrico; la difusión de propaganda electoral; el sorteo de jurados electorales; y la jornada de votación y cómputo de resultados. El referéndum se realizará el 21 de febrero de 2016, con diversas actividades en los meses previos para garantizar un proceso electoral ordenado y transparente.
Este documento resume el proceso electoral de 2011 para elegir autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en Bolivia. La nueva constitución estableció que estas autoridades serían elegidas por voto popular directo. El Tribunal Supremo Electoral convocó y administró el proceso, mientras que la Asamblea Legislativa Plurinacional realizó la preselección de candidatos. La observación ciudadana jugó un papel importante para promover la transparencia y participación en este proceso electoral inédito y complejo.
Informe verbal de la Misión de Observación Electoral MOE-OEA de la elección sub-nacional de 29 de marzo de 2015 de Bolivia ante el Consejo Permanente OEA.
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a los bancos rusos, la prohibición de exportaciones de alta tecnología a Rusia y la congelación de activos de oligarcas rusos. Los líderes de la UE esperan que las sanciones aumenten la presión económica sobre Rusia y la disuadan de continuar su agresión contra Ucrania.
La Plataforma Ciudadana por el Voto Informado y Transparente es un conjunto amplio y diverso de organizaciones de la sociedad civil boliviana, iniciativa no partidaria e independiente que surge con el propósito de fortalecer el desarrollo democrático del proceso electoral de octubre de 2014.
La Declaración de Brasilia resume los acuerdos alcanzados en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana sobre temas como el acceso a la justicia de grupos vulnerables, la seguridad jurídica y la oralidad en los procesos. Se aprueban las "Reglas de Brasilia" sobre acceso a la justicia para personas vulnerables y las Reglas Mínimas sobre Seguridad Jurídica. También se aprueban los resultados de un proyecto sobre oralidad procesal en Iberoamérica y se compromete apoyo para su difusión.
This document lists 160 candidates who are applying for positions on the Bolivian Supreme Electoral Tribunal from 2015 to 2021. It provides information such as their name, identification number, sex, and date of application for each candidate. The candidates are from various regions of Bolivia and include both men and women.
Este documento establece los procedimientos y requisitos para la designación de vocales del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia. Se convocará públicamente a postulaciones calificadas por su capacidad y méritos. Los postulantes deberán cumplir con requisitos como la nacionalidad boliviana, no tener antecedentes penales y no pertenecer a partidos políticos. La Asamblea Legislativa evaluará las postulaciones y elegirá a los vocales con base en principios de transparencia, imparcialidad y mérito.
Reglamento para la designación de Vocales del Tribunal Supremo Electoral
Boletin Norma de Participación Ciudadana GAMLP
1. 1
I. Antecedentes
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz GAMLP establece que la participación ciudadana
es un componente principal de la política municipal de transparencia y lucha contra la
corrupción en el marco de las Resoluciones Municipales No. 254/2004 y No. 184/2005 y
Ordenanza Municipal No. 069/2006.
En ese entendido, el GAMLP desde el mes de septiembre del año 2010 viene desarrollando
con participación de distintos sectores procesos de socialización, deliberación y recepción
de sugerencias a distintas normas y documentos que hacen a la participación ciudadana,
acceso a la información, control social, ética y transparencia en el gobierno local; como
vienen a ser la: i) Norma de Participación Ciudadana en la Gestión del Gobierno Municipal
de La Paz, ii) Reglamento de la Unidad de Transparencia del Gobierno Municipal de La
Paz, iii) Código de Ética para Servidores Públicos del Gobierno Municipal de La Paz, y iv)
Compromiso de Integridad.
Bolivia Transparente, como organización de la sociedad civil ha tomado conocimiento
de los textos y documentos antes citados en virtud a que ha sido invitada a participar
del: i) Consejo Ciudadano Sectorial de Ética y Transparencia (instancia para la discusión
y recomendación de políticas públicas en la temática) y del ii) Comité Impulsor para el
tratamiento de la Ley de Participación Ciudadana del GAMLP (instancia que impulsará la
discusión y debate sobre la norma para la III Asamblea del Municipio a llevarse adelante la
segunda semana de noviembre de 2010).
En ese entendido y con el ánimo de coadyuvar con criterios en la construcción participativa
de la norma como lo viene desarrollando el GAMLP, en el presente documento se aborda
algunos aportes para el tratamiento de la normativa.
Consideraciones Previas
¿Qué es la participación ciudadana?
La participación ciudadana es un derecho que puede ser ejercido de forma individual o
colectiva, que permite a los ciudadanos ser actores y participes de las decisiones que
los afectan incidiendo en las medidas que las autoridades toman en su nombre para su
desarrollo, ya sea a nivel nacional, departamental, municipal o local y su objetivo primordial
es mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y la gestión pública.
La participación ciudadana como instrumento de la democracia participativa es el conjunto
de actividades, procesos y técnicas por los que la población interviene en los asuntos
públicos y no persigue otro objetivo que ampliar la democracia, logrando pasar del estatus
de súbditos para pasar a ser verdaderos sujetos.
Al ser un derecho fundamental de cada una de las personas, no puede estar supeditado
a determinados grupos o ciudadanos y su ejercicio está reconocido de forma individual o
colectiva.
¿Por qué es importante la participación ciudadana?
La participación ciudadana es importante porque:
• Contribuye a la construcción de una cultura democrática.
• Convierte a los ciudadanos en actores y participes de su futuro.
• Legitima los procesos de la gestión pública.
• Transforma los asuntos nacionales, departamentales o municipales en asuntos
públicos.
• Coloca en la agenda ciudadana aspectos que hacen al quehacer público.
• Quiebra la cultura enraizada de que los gobiernos (nacionales, departamentales o
municipales) son patrimonio de los funcionarios que acceden al poder público.
• Modifica el pensar de que la participación se reduce a participar en las elecciones.
• Disuade a los servidores públicos de accionar conforme a las normas.
• Educa al ciudadano y le permite ejercer su ciudadanía.
• Reduce las distancias existentes entre servidores públicos y la ciudadanía.
• Promueve la democracia participativa.
• A través de la participación ciudadana, sus aportes, observaciones, recomendaciones
y/o sugerencias se corrige y mejora el sistema y los procedimientos.
El informe de la Red Interamericana para la Democracia del año 2005 sobre índices de
participación ciudadana en ocho países1, destaca que la los niveles de participación de los
ciudadanos ascienden cuanto mayor es la cercanía respecto a los valores democráticos.
Siendo que la participación asegura una mayor consolidación de la democracia en el
sistema.
En relación a participación de los ciudadanos en gobiernos locales, el informe del
Proyecto de Opinión Pública de América Latina de la Vanderbilt University desarrollado por
Ciudadanía Comunidad de Estudios Sociales y Acción Pública en Bolivia determina que
“otro elemento que contribuye a la creación de un tejido social saludable y fuerte es la
participación en reuniones y procesos de toma de decisiones de las instancias de gobierno
a nivel local. El involucramiento de los ciudadanos con las actividades de su gobierno local
(independientemente que evalúen positiva o negativamente a estas organizaciones), parece
tener relación con una valoración positiva de la democracia”2.
Si bien los últimos años a existido una evolución en relación a mecanismos e instancias
de participación y control social y una nueva Constitución Política del Estado aprobada en
febrero de 2009 que establece ampliamente la participación ciudadana y control social,
en contraposición, como lo determina el estudio LAPOP en los últimos 10 años se ha
reducido los niveles de participación ciudadana ya que en Bolivia solamente el 11,3% de
la población a participado en alguna reunión del gobierno municipal en el año 2009”. De
la misma manera, el informe determina que “la intensidad de la participación en reuniones
municipales, muestra una tendencia real y estadísticamente significativa a reducirse en
los últimos 12 años, aunque la diferencia entre los años 2008 y 2010 no es significativa”.
Ahora bien, el motivo de la reducción de la participación de los ciudadanos en sus gobiernos
locales es un estudio aparte que debe ser analizado.
Porcentaje de participación de la ciudadanía en reuniones municipales
Análisis de
NORMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
1 Evaluación de niveles de participación ciudadana en la región 2005 realizado por la Red Interamericana para la Democracia (investigación llevada a cabo en Argentina, Perú, México, Re-
pública Dominicana, Costa Rica, Brasil, Chile y Bolivia).
2 Cultura Política de la Democracia en Bolivia, 2010; Latin American Public Opinion Project LAPOP de la Vanderbilt University desarrollado por Ciudadanía Comunidad de Estudios Sociales
y Acción Pública.
"Bolivia Transparente" Iniciativa Ciudadana de Observación Electoral y Participación Democrática es una institución conformada por
organizaciones de la sociedad civil con presencia en los nueve departamentos del país, imparcial, apartidista e independiente de gobiernos
o partidos políticos, comprometida con el fortalecimiento democrático, la participación ciudadana y el acceso a la información.
2. 2
El mismo estudio determina aspectos importantes a tomar en cuenta, como que existe
un menor grado de participación de mujeres en relación a los hombres, un mayor grado
de participación de las personas que viven en áreas rurales en relación a los que viven
en urbanas, como también de aquellos que se auto-identifican indígenas, además de que
conforme se incrementa la edad mayor es la probabilidad de participar en su gobierno
municipal.
Por tanto, queda el reto y desafío para los gobiernos municipales de generar mayores
espacios de participación ciudadana y control social efectivo que motive a los ciudadanos
a participar activamente acompañando proactivamente los procesos llevados adelante,
abiertos a una participación a través de distintos y diversos mecanismos e iniciativas
además de los espacios concretos ya determinados por algunas normas, donde los
ciudadanos cristalicen su accionar y ejerzan efectivamente su ciudadanía.
Si bien esta participación ciudadana es importante, los ciudadanos y ciudadanía deben tener
un acceso a la información pública efectiva y real, pues sino se tendrá una participación
ciudadana con camisa de fuerza que muy difícilmente podrá ejercitar ese derecho, por
tanto, uno de los ejes paralelos al hablar de participación de los ciudadanos deberá ser
necesariamente acceso a la información.
Entonces ¿Qué es el acceso a la información?
“El acceso a la información es el derecho fundamental individual o colectivo de buscar,
recibir y difundir información en poder de las instituciones públicas”.
Las Naciones Unidas, en una de sus primeras asambleas generales afirmó que: la libertad
de información es un derecho fundamental…, es un derecho instrumental que puede ser
utilizado para garantizar el cumplimiento de otros derechos esenciales del ser humano.
De la misma manera, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos-OEA, en su numeral 4, establece "El acceso a
la información en poder del Estado (a través de sus distintas instancias) es un derecho
fundamental de los individuos”.
Por lo tanto es inconcebible una participación ciudadana sin acceso a la información.
¿Por qué es importante el acceso a la información?
Los ciudadanos tienen el derecho a estar bien informados no solamente para poder tener
opinión pública bien formada, para poder deliberar, participar y controlar la gestión pública
en la sociedad democrática.
“El derecho a la información se constituye en un catalizador social necesario para coadyuvar
en la resolución de los conflictos, preservar el estado de derecho, fortalecer la democracia e
incentivar el diálogo democrático, favoreciendo el surgimiento y consolidación de múltiples
ciudadanías activas y críticas, responsables y protagonistas de su propio desarrollo
humano”3.
El derecho a la información comprende el ejercicio de libertades individuales y colectivas
como el: i) Acceso al conocimiento, ii) interpretación, iii) opinión, iv) pensamiento, v)
participación, vi) vigilancia social, entre algunas de las principales.
El ejercicio del derecho a la información es tan importante que se constituye en promotor
del conocimiento para el desarrollo siendo a la vez un elemento fundamental para la
transparencia.
Por tanto, el acceso a la información promueve la construcción y ejercicio de la ciudadanía,
la cultura democrática deliberativa y la educación política.
La participación de los ciudadanos y la información a la que acceden puede darse a través
de diversas instancias, mecanismos, iniciativas; siendo una de ellas el denominado control
social.
¿Qué es el control social?
El control social es el conjunto de prácticas, actitudes y valores destinados a mantener el
orden establecido en las sociedades.
Si bien la soberanía reside en el pueblo, los ciudadanos frente al poder del Estado se
encuentran en desventaja, en ese sentido, se busca un equilibrio entre poderes a través del
control de los controladores.
El control social es una expresión avanzada de ciudadanía sustentada en motivaciones
cívicas, éticas y responsables de las y los ciudadanos en búsqueda de la transparencia del
poder público en la ejecución de obras, toma de decisiones, servicios, etc. vale decir en
toda la gestión pública. Este es el ejercicio de un poder ciudadano basado en los derechos
y responsabilidades que por medio de distintas herramientas, iniciativas, mecanismos,
metodologías y estrategias; vigila y evalúa los distintos momentos de la gestión pública en
sus distintos niveles.
¿Por qué es importante el control social?
En un Estado de Derecho, los ciudadanos pueden ejercer la vigilancia social, atribución
que hasta hace poco era sólo atribución de políticos y del propio Estado a través de su
auto control, auto fiscalización, hegemonía que hoy cambia con el reconocimiento de ese
derecho.
A través del control social los ciudadanos pueden controlar la forma en la que se destinan
sus recursos, la planificación, ejecución y rendición de cuentas, vale decir, todos los
momentos de la gestión pública.
La participación ciudadana y el control social han fortalecido las relaciones entre los
ciudadanos y sus gobiernos sean estos nacionales, departamentales o municipales.
El control social fortalece la capacidad de la sociedad civil para intervenir en el Estado
en el ámbito de lo público, impulsa la rendición de cuentas, mejora la calidad de las
decisiones públicas, contribuye a la gobernabilidad democrática, empodera a la ciudadanía
y democratiza las decisiones promoviendo una co-responsabilidad social.
El control social procura la transparencia del aparato público.
¿Qué es la transparencia?
La transparencia pública es la claridad con la que las instituciones públicas manejan su
información hacia los ciudadanos abierta al escrutinio público, no implica el acto de rendir
cuentas a una persona en específico o a un grupo de personas, sino la práctica democrática
de colocar la información del gobierno (nacional, departamental o municipal), en este caso
municipal, en la vitrina pública para que la gente, de forma individual o colectiva, pueda
revisarla, analizarla, y en su caso usarla.
¿Por qué es importante la transparencia?
Como mencionamos, la transparencia disuade a los servidores públicos de actuar conforme
a la norma, evita el mal uso de los recursos públicos, la improvisación, el secreto, la
discrecionalidad y el abuso en el ejercicio de la función pública.
Con la transparencia se promueve y fortalece la participación ciudadana en la función
pública.
Ella no se limita a ser un elemento preventivo de la corrupción, sino fundamental para
el sistema democrático, reduce la incertidumbre y aumenta la predictibilidad para la
gobernabilidad.
Sin embargo, una actitud de transparencia no se genera por espontaneidad sino más bien
a través de procesos sistemáticos, siendo la mejor manera de revertir la corrupción en la
medida en que rompe la cultura del secreto.
Sobre participación ciudadana y acceso a la información existe normativa internacional y
nacional al respecto:
La Carta Democrática Interamericana establece:
Artículo 6 que “La participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio
desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Es también una condición necesaria para
el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Promover y fomentar diversas formas de
participación fortalece la democracia”.
La Ley Modelo Interamericana para el Acceso a la Información determina que:
2. Esta ley establece la más amplia aplicación posible del derecho de acceso a la información
que esté en posesión, custodia o control de cualquier autoridad pública. La ley se basa
en el principio de máxima publicidad, de tal manera que cualquier información en manos
de instituciones públicas sea completa, oportuna y accesible, sujeta a un claro y preciso
régimen de excepciones, las que deberán estar definidas por ley y ser además legítimas y
estrictamente necesarias en una sociedad democrática.
3. La presente Ley se aplica a toda autoridad pública perteneciente a todas las ramas del
3 Cultura de Transparencia, Carlos Camacho; Edición 2008. Bolivia.
3. 3
gobierno (para nuestro caso Órgano Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral) y en todos los
niveles de la estructura gubernamental interna (para nuestro caso nacional, departamental
o municipal); se aplica también a los órganos, organismos o entidades independientes
o autónomos de propiedad del gobierno o controlados por el mismo, bien actuando por
facultades otorgadas por la Constitución o por otras leyes y se aplica asimismo a las
organizaciones privadas que reciben fondos o beneficios públicos sustanciales (directa o
indirectamente), o que desempeñan funciones y servicios públicos, pero solamente con
respecto a los fondos o beneficios públicos recibidos o a las funciones y servicios públicos
desempeñados. Todos estos órganos deberán tener su información disponible de acuerdo
a lo previsto en la presente ley.
Bolivia a través de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado ha logrado
un salto fundamental en cuanto las temáticas antes tratadas, expresado en los siguientes
artículos:
- 21 numeral 6, que establece que las bolivianas y los bolivianos tienen derecho “A
acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente,
de manera individual o colectiva”.
- 26 parágrafo I, "Todas las ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a participar
libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente
o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La
participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y
mujeres”.
- Artículo 24, “Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o
colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta”.
- Artículo 106 “El Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la
información”.
- Además establece para trabajadores/as de la prensa, el artículo 107 parágrafo III “El
Estado garantiza a las trabajadoras y los trabajadores de la prensa, la libertad
de expresión, el derecho a la comunicación y la información”.
El acceso a la información es menester para la transparencia y esto se sustenta en la
Constitución Política del Estado en el:
- Artículo 8, que determina que “El Estado se sustenta en los valores de ...,libertad,…,
transparencia,…,responsabilidad,…, para vivir bien”.
La Constitución Política del Estado en relación a participación ciudadana y control social
establece.
- Artículo 241.
I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el
diseño de las políticas públicas.
II. La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos
los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que
administren recursos fiscales.
III. Ejercerá control social a la calidad de los servicios públicos.
IV. La Ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social.
V. La sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de la
participación y control social.
VI. Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social por
parte de la sociedad.
- Artículo 242. La participación y el control social implica, además de las previsiones
establecidas en la Constitución y la ley:
1. Participar en la formulación de las políticas de Estado.
2. Apoyar al Órgano Legislativo en la construcción colectiva de las leyes.
3. Desarrollar el control social en todos los niveles del gobierno y las entidades
territoriales autónomas, autárquicas, descentralizadas y desconcentradas.
4. Generar un manejo transparente de la información y del uso de los recursos en
todos los espacios de la gestión pública. La información solicitada por el control
social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa, veraz, adecuada
y oportuna. 5. Formular informes que fundamenten la solicitud de la revocatoria de
mandato, de acuerdo al procedimiento establecido en la Constitución y la Ley.
6. Conocer y pronunciarse sobre los informes de gestión de los órganos y funciones
del Estado.
7. Coordinar la planificación y control con los órganos y funciones del Estado.
8. Denunciar ante las instituciones correspondientes para la investigación y
procesamiento, en los casos que se considere conveniente.
9. Colaborar en los procedimientos de observación pública para la designación de los
cargos que correspondan.
10. Apoyar al órgano electoral en transparentar las postulaciones de los candidatos
para los cargos públicos que correspondan.
Este reconocimiento constitucional de la participación ciudadana, acceso a la información
y control social obliga a los Estados a través de sus diversas instancias a garantizar su
libre ejercicio, de forma igualitaria, oportuna, completa a través de procedimientos ágiles,
simples, gratuitos, recurribles y sancionables en caso de obstrucción.
Por otro lado, la Ley 031 de 19 de julio 2010 Ley Marco de Autonomías y Descentralización
establece el Marco General de la Participación y Control Social en las Entidades Territoriales
Autónomas en sus artículos:
Participación Ciudadana.
- Artículo 138 (De la participación Social) parágrafos I. La normativa de los gobiernos
autónomos debe garantizar la participación y control social, sin discriminación de
orden social, económico, político u otros, de conformidad a las previsiones de la ley
correspondiente.II.Laparticipaciónsocialseaplicaalaelaboracióndepolíticaspúblicas,
como la planificación, seguimiento y evaluación, mediante mecanismos establecidos y
los que desarrollen los gobiernos autónomos en el marco de la ley.
- Artículo 139 (Gestión participativa). “Las normas de los gobiernos autónomos deberán
garantizar la existencia y vigencia de espacios de participación ciudadana y la apertura
de canales o espacios para recoger y atender las demandas sociales en la gestión
pública a su cargo, considerando como mínimo:
1. Espacios de participación social en la planificación, seguimiento, evaluación y
control social de las políticas públicas, planes, programas y proyectos.
2. Espacios de participación directa, iniciativa legislativa ciudadana, referendo y
consulta previa.
3. Canales o espacios de atención permanente de la demanda social y
ciudadana.
- Artículo 140 (Transparencia). Sin necesidad de requerimiento expreso, cada gobierno
autónomo debe publicar de manera regular y crear canales de permanente exposición
ante la ciudadanía de sus planes, programas y proyectos, las contrataciones y reportes
de ejecución concernientes a éstos, los informes físicos y financieros, resultados,
evaluaciones, balances, así como toda información relacionada a la gestión pública a su
cargo. Asimismo, tiene la obligación de responder a los requerimientos de información
específica formulados por cualquier ciudadana o ciudadano, organización social u
organismo colegiado, y permitir el acceso efectivo a la información de cualquier entidad
pública.
- Artículo 141 (Rendición de Cuentas). Las máximas autoridades ejecutivas deben hacer
una rendición pública de cuentas por lo menos dos veces al año, que cubra todas las
áreas en las que el gobierno autónomo haya tenido responsabilidad, y que deberá
realizarse luego de la amplia difusión, de manera previa y oportuna, de su informe
por escrito. Los estatutos autonómicos y cartas orgánicas señalarán los mecanismos
y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas. No se podrá negar la
participación de las ciudadanas y ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en
los actos de rendición de cuentas.
Control Social.
- Artículo 142 (Garantía de Control Social). La normativa de los gobiernos autónomos
garantizará el ejercicio del control social por parte de la ciudadanía y sus organizaciones,
cualquiera sean las formas en que se ejerciten, de acuerdo a la Constitución Política del
Estado y la ley.
- Artículo 143 (Continuidad de la Gestión). El control social no podrá retrasar, impedir
o suspender, la ejecución o continuidad de proyectos, programas, planes y actos
administrativos, salvo que se demuestre un evidente y potencial daño a los intereses
y al patrimonio del Estado y los intereses o derechos colectivos establecidos en la
Constitución Política del Estado. El potencial daño deberá ser determinado por autoridad
competente.
4. 4
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz es uno de los pioneros e impulsores en el tratamiento de éstas temáticas en las diversas normas que viene analizando para su próxima
aprobación, por tanto, este esfuerzo es plausible de ser reconocido y esa coyuntura constituye un ambiente favorable para sentar las bases de una cultura democrática de participación
ciudadana, acceso a la información, control social, transparencia y ética en la gestión pública.
En ese sentido, es loable el contar con normas que hacen a estos tópicos a través de una construcción participativa de los textos donde los ciudadanos puedan realizar recomendaciones
y sugerencias al proyecto para que éstas sean incorporadas al debate antes de su aprobación.
En esa línea, Bolivia Transparente presenta algunas de las observaciones, sugerencias y/o recomendaciones que pueden servir de importante aporte durante la deliberación para la
aprobación de los textos.
La norma (que para efectos en adelante denominaremos NPC-GMLP) incurre en falta
de coherencia interna en algunos aspectos, pues como en el artículo 1 determina
como sujetos de la participación a las organizaciones de la sociedad civil, en otros
artículos se los refiere como organizaciones sociales, hasta ahí se entendería que son
sinónimos, empero, más adelante explica que tanto organizaciones sociales, como
de la sociedad civil pueden acceder a la información, lo que hace suponer a esa altura
que tienen una conceptualización distinta.
La norma en el artículo 2 establece las leyes, Decretos Supremos y Resoluciones
SupremasquesirvendemarconormativoalaNPC-GMLP,sinembargo,existenalgunas
de estas normas a las que hace referencia que no se encuentran en vigencia:
- Ley 1551 de Participación Popular.
- Ley 1702 Modificatoria de la Ley de Participación Popular.
Que a través de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización en sus Disposiciones
Transitorias son abrogadas.
- Ley 2028 de Municipalidades.
Que a través de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización en sus Disposiciones
Transitorias gran parte de sus artículos son derogados, por dar un ejemplo.
El Objeto de la norma en su artículo 3, establece que el GAMLP promoverá la
participación ciudadana para la “planificación” del desarrollo del municipio.
La CPE en sus artículos 241 y 242 sobre participación ciudadana y control social
determinan que la participación ciudadana participa en todos los niveles del gobierno
(en este caso municipal) y en todos los espacios de la gestión pública, por tanto,
implica participar no sólo en la planificación, sino también en desarrollo, ejecución,
etc. en todos sus momentos.
En esa línea, se debe velar porque el espíritu de esta norma vaya en correlación al
espíritu de la Constitución Política del Estado CPE.
Existe una falta de coherencia entre el artículo 3 de Objetivo de la norma y el 4 de
Objetivos Específicos, en virtud a que inclusive estos últimos en sus alcances son
mucho más amplios que el que establece el Objeto central de la norma.
En el artículo 4 inciso a), se establece como uno de los objetivos específicos
institucionalizar y operativizar la participación ciudadana para asegurar un adecuado
control social.
Sin embargo, en la lectura del texto en su conjunto, la explicación que se hace de los
alcances y atribuciones del control social es reducido e insuficiente.
Al igual que para el anterior caso, en el artículo 4 inciso b) se establece, el acceso a
la información como parte integral de la participación ciudadana, empero, en el resto
del texto no se establece con profundidad aquellos aspectos que hacen a un acceso
efectivo a la información pública por parte de los ciudadanos.
Debería incorporarse un artículo de definiciones al comenzar el texto para no
incurrir en equivocaciones que a la larga generen conflictos de participación entre
las instituciones y/o organizaciones.
Se recomienda un proceso de actualización normativa.
Adecuar la congruencia y concordancia normativa de la NPC-GAMLP.
Verificar la congruencia, concordancia y coherencia normativa del texto no sólo a
nivel interno (texto de la norma), sino externo (con otros textos, por ejemplo: CPE,
leyes, Reglamento de la Unidad de Transparencia, Código de Ética, etc.).
Se recomienda contar con un capítulo específico del texto donde se explique los
alcances y particularidades del control social.
Sin un acceso a la información efectivo no se puede ejercer plenamente la
participación ciudadana.
En junio del presente año, el Consejo Permanente de la Organización de
Estados Americanos OEA aprueba la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la
Información, norma que obliga a los Estados Miembro a través de sus distintas
instancias gubernamentales a cumplir los estándares establecidos en la Ley
Modelo Interamericana de Acceso a la Información, en relación a la información
que mínimamente están obligados a difundir. La ley se basa en el principio de
máxima publicidad, de tal manera que cualquier información en manos de
instituciones públicas sea completa, oportuna, gratuita y accesible, sujeta a un
claro y preciso régimen de excepciones, las que deberán estar definidas por ley y
ser además legítimas y estrictamente necesarias en una sociedad democrática.
En virtud a la complementariedad e importancia de este tema cuando se habla
de participación ciudadana, debiera establecerse en esta norma un capítulo
OBSERVACIONES PROPUESTA
NORMA DE PARTICIPACION CIUDADANA EN LA GESTION
DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PAZ
NPC-GMLP
5. 5
El artículo 4 inciso c), determina que la norma busca crear y fortalecer mecanismos
que faciliten, afiancen y consoliden el ejercicio de la participación ciudadana y el
control social.
específico para referirse a la temática, explicando mínimamente qué implica el
derecho:
- Toda persona que solicite información a cualquier autoridad pública del GAMLP
tendrá los siguientes derechos:
a) a ser informada si los documentos que contienen la información solicitada, o de los que
se pueda derivar dicha información, obran o no en poder de la autoridad pública;
b) si dichos documentos obran en poder de la autoridad pública que recibió la solicitud, a
que se le comunique dicha información en forma expedita;
c) si dichos documentos no se le entregan al solicitante, a apelar la no entrega de la
información;
d) a realizar solicitudes de información en forma anónima;
e) a solicitar información sin tener que justificar las razones por las cuales se solicita la
información;
f) a ser libre de cualquier tipo de discriminación que pueda basarse en la naturaleza de la
solicitud; y
g) a obtener la información en forma gratuita o con un costo que no exceda el costo de
reproducción de los documentos.
Establecer en la norma un criterio proactivo de difusión y publicidad de la
información, publicando mínimamente:
Las clases de información clave sujetas a diseminación de manera proactiva por
una autoridad pública (nacional, departamental o municipal) son las siguientes:
a) la descripción de su estructura orgánica, de sus funciones y deberes, de la ubicación de
sus departamentos y organismos, de sus horas de atención al público y de los nombres de
sus funcionarios;
b) las calificaciones y salarios de los altos funcionarios;
c) todo mecanismo interno y externo de supervisión, de reportes y de monitoreo de la
autoridadpública,incluyendosusplanesestratégicos,códigosdegobernabilidadempresarial
y principales indicadores de desempeño, incluidos los informes de auditoría;
d) su presupuesto y planes de gasto público del año fiscal en curso y de años anteriores, y
los informes anuales sobre la manera en que se ejecuta el presupuesto;
e) sus procedimientos, lineamientos, políticas en materia de adquisiciones, contratos
otorgados y datos para la ejecución y seguimiento del desempeño de contratos;
f) las escalas salariales, incluyendo todos los componentes y subcomponentes del salario
total, correspondientes a todas las categorías de funcionarios y consultores que trabajan
en la autoridad pública (actualizando la información en cada oportunidad que se realicen
reclasificaciones de puestos);
g) detalles pertinentes sobre todo servicio que brinde directamente al público, incluyendo
normas, cartas y protocolos de atención al cliente;
h) todo mecanismo de presentación directa de solicitudes o denuncias a disposición
del público en relación con acciones u omisiones de esa autoridad pública, junto con un
resumen de toda solicitud, denuncia u otra acción directa de personas y la respuesta de
ese órgano;
i) una descripción de las facultades y deberes de sus funcionarios principales, y los
procedimientos que se siguen para tomar decisiones;
j) todas las leyes, reglamentos, resoluciones, políticas, lineamientos o manuales, u otros
documentos que contengan interpretaciones, prácticas o precedentes sobre el desempeño
del órgano en el cumplimiento de sus funciones que afectan al público en general;
k) todo mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda presentar
peticiones, o de alguna otra manera incidir en la formulación de la política o el ejercicio de
las facultades de esa autoridad pública;
l)unaguíasencillaquecontengainformaciónadecuadasobresussistemasdemantenimiento
de documentos, los tipos y formas de información que obran en su poder, las categorías
de información que publica y los procedimientos que deben seguirse para formular una
solicitud de información y una apelación interna;
m) un Registro de las Solicitudes de información y las divulgaciones, que contenga una lista
de las solicitudes recibidas y los documentos divulgados de conformidad con la presente
Ley, los que deberán estar automáticamente disponibles, así como un Registro de Activos
de Información, de conformidad;
n) una lista completa de los subsidios otorgados por la autoridad pública;
o) aquella información que sea solicitada con frecuencia; y
p) cualquier información adicional que la autoridad pública considere oportuno publicar.
q) información sobre la trayectoria de los postulantes o candidatos a Subalcaldes.
r) Instancias a través de las cuales puede ejercer su derecho a participar.
s) Derechos y obligaciones de los ciudadanos.
t) Diagnóstico del Municipio y sus distritos.
u) Programa Operativo Anual y su ejecución y Plan de Desarrollo Municipal.
v) Informes de avance de las distintas acciones emprendidas por el GAMLP, programas,
proyectos.
Además de los ya descritos en el artículo 19 de la Norma de Participación
Ciudadana difundida.
Crear un capítulo especial para abordar los alcances no sólo de participación
ciudadana sino del control social.
6. 6
Debería explicarse los Distritos, en virtud a que algunos son urbanos y otros
rurales.
El acceso a la información y la participación ciudadana es un derecho humano, por
tanto, no debería corporativizarse y restringirse la participación a ciertos grupos
de ciudadanos el ejercicio de este derecho.
La norma debería ser amplia y plural al permitir ejercitar el derecho de forma
abierta a otros grupos de organizaciones y/o instituciones de la sociedad civil que
quieran ejercer éste derecho.
La normativa debe garantizar la participación, sin discriminación de orden social,
económico, político u otros.
La CPE establece el derecho a participar y a acceder a la información como un
derecho que puede ser ejercido de forma individual o colectiva, por tanto, el texto
en relación a participación ciudadana debería seguir éste espíritu.
Al amparo de la:
i) CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS que reafirma la igualdad entre hombres y
mujeres,
ii) CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR
LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER "CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARA” que
establece que es condición indispensable para el desarrollo social la plena e
igualitaria participación de las mujeres en todas las esferas de la vida y que debe
promoverse el derecho a tener igualdad de acceso a las funciones publicas de
su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones,
el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación; y que los
Estados tienen el deber de modificar los patrones socioculturales de conducta de
hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales
y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar
prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa
de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles
estereotipados para el hombre y la mujer que legitimizan o exacerban la violencia
contra la mujer, y la
iii) CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE
DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER, determina que los Estados parte
reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.
A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la
mujer" denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que
tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce
o ejercicio por la mujer, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de
los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política,
económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
Los Estados deben abstenerse de incurrir en todo acto a práctica que involucre
discriminación contra la mujer y velar porque las autoridades e instituciones
públicas actúen de conformidad con esta obligación.
Los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la
discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país garantizando la
igualdad de condiciones con los hombres.
Por tanto, se debe incorporar en el artículo 3 de la NPC-GAMLP la participación
equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres.
Debería establecerse que para le registro de estas organizaciones no se deberá
exigir requisitos que puedan restringir la participación de las organizaciones
y/o instituciones pues como dice el artículo éste registro sólo tiene carácter
referencial e informativo.
Se debe establecer un criterio de amplitud y pluralidad para la participación
ciudadana, donde los ciudadanos puedan participar, no sólo a través de las
instancias tradicionales, sino otras, y no sólo a través de la representación
de alguna de las organizaciones y/o instituciones determinadas en la norma,
lo cual insta a una participación restringida, sino a través de cualquier tipo de
organización de la sociedad civil que tenga el deseo de participar, además de
promover la participación individual de los ciudadanos para el ejercicio pleno
de la ciudadanía y el acceso individual de los ciudadanos a la información
como mecanismo de promoción del conocimiento para el desarrollo, derechos
reconocidos constitucionalmente de forma individual o colectiva.
La redacción actual establece qué organizaciones pueden participar en las
distintas instancias, lo cual restringe la participación de otros actores que
Al artículo 5 sobre Ámbito de Aplicación de la norma determina que su ámbito es el
Municipio de La Paz.
El artículo 6 de la Norma de PC-GAMLP establece los actores de la participación
ciudadana dentro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, determinando los dos
grupos de actores que pueden ejercer la participación ciudadana dentro del gobierno
municipal.
Si bien la participación ciudadana y el acceso a la información es un derecho humano
que permite ejercer la ciudadanía ya sea de forma individual o colectiva, la norma es
corporativista al establecer los grupos de ciudadanos que pueden ejercitar el derecho
de participar.
El espíritu de la CPE es mucho más amplio al establecer y garantizar la participación y
el acceso a la información de forma individual y colectiva.
A la luz de lo establecido en la nueva CPE en cuanto a derechos políticos, elegir y
ser elegida o elegido, el artículo 26.I que determina que todas las ciudadanas y los
ciudadanos tienen derecho a participar en la formación, ejercicio y control del poder
político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o
colectiva, participación que deberá ser equitativa y en igualdad de condiciones entre
hombres y mujeres, la norma NPC-GAMLP debería establecer este criterio como parte
del artículo que hace a participación ciudadana.
Pues no se toma en cuenta:
La Carta de las Naciones Unidas que reafirma la igualdad de derechos del hombre y
la mujer.
La Declaración Universal de Derechos Humanos que reafirma el principio de la no
discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos, sin distinción de sexo.
Los Pactos Internacionales de Derechos Humanos que garantizan al hombre y la mujer
la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles
y políticos.
Convenciones Internacionales concertadas bajo los auspicios de las Naciones Unidas
y de organismos especializados que favorecen la igualdad de derechos entre el
hombre y la mujer, además de otras resoluciones, declaraciones y recomendaciones
aprobadas por las Naciones Unidas.
La discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y
del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participación de la mujer, en las
mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de
su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y
de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para
prestar servicio a su país y a la humanidad.
La participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre, en todos los
campos, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar
y la paz, y que para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario
modificar ese papel tradicional.
El artículo 7 establece que con carácter referencial y fines informativos, se establecerá
una base de datos de de las organizaciones e instituciones llamadas a participar.
El artículo 8 establece las instancias de participación ciudadana estableciendo 3 tipos
de instancias:
a) Asamblea del Municipio (instancia de análisis de la gestión del gobierno municipal,
de discusión y recomendación de políticas públicas que se lleva a cabo una vez al
año),
b) Consejos Macrodistritales de participación Ciudadana (instancias consultivas de
coordinación operativa),
c) Consejos Ciudadanos Sectoriales (instancias de asesoramiento concernientes al
ámbito sectorial, ejemplo: cultura, vialidad, etc., generalmente realizados una vez al
mes).
Si bien esta norma fue elaborada el 2006, momento en el que fue un cuerpo normativo
de gran avance para su tiempo, hoy a 2010 se ha quedado corta en relación a los
7. 7
grandes avances en tema de instancias en las que la ciudadanía puede acompañar
la gestión pública, pues circunscribe a la participación ciudadana a sólo estas tres
instancias, donde inclusive algunas de ellas sólo se realizan una vez al año o una vez
al mes, quedando corto el espíritu de la norma en relación a la CPE, que establece que
la participación ciudadana debe acompañar los procesos de planificación, desarrollo,
ejecución, entre otros, vale decir, en todas las instancias y en todos los momentos de
la gestión pública.
El artículo 8 establece los mecanismo a través de los cuales los ciudadanos pueden
participar, circunscribiendo esta participación a tres mecanismos:
a) Designación de subalcaldes por el voto directo (democratización de la función
pública de Subalcaldes).
b) Audiencias públicas (mecanismo de relación directa).
c) Acción ciudadana (Campañas del Gobierno Municipal para incentivar la participación
ciudadana.
Los ciudadanos deben contar con mecanismo mucho más proactivos que les permitan
participar de forma efectiva ya sea individual o colectivamente, hoy en día existen
diversas iniciativas a través de las cuales los ciudadanos pueden participar en las
distintas fases del quehacer público, a través de iniciativas participativas propias de
la democracia participativa, mecanismos que permiten a los ciudadanos ejercer su
ciudadanía y ser actores y participes de su destino.
El artículo 17 determina los lugares de interrelación entre el GAMLP y los ciudadanos,
donde aún estos canales de vinculación son los tradicionales.
En el artículo 25 se establece la Planificación con Participación Ciudadana, abordando
que el acompañamiento se cristalizará en la elaboración del Plan de Desarrollo
Municipal, el Programa Operativo Anual y la evaluación de informes relativos a la
ejecución.
Si bien el texto para el momento en que fue elaborado constituyó un avance (2006)
como mencionamos, a la fecha la CPE establece los alcances y particularidades de
la participación ciudadana, misma que no se limita a participar únicamente en los
procesos de planificación.
La norma en su Capítulo VIII de Participación Ciudadana y Control Social en la prestación
de Servicios de Salud y Educación limita la participación y control social a los servicios
de salud y educación, por tanto, es limitativo en relación a los alcances descritos en
la nueva CPE.
De acuerdo a la facultad legislativa que confiere la nueva CPE a los gobiernos
autónomos municipales, la Norma de Participación Ciudadana debería cambiar su
denominación de Norma a Ley.
Si bien la Norma significó un avance considerando el momento en que se la redactó
(año 2006), se debe realizar una adecuación con respecto a la nueva Constitución
Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y las nuevas competencias y
regulaciones que en ésta normativa se establece, lo cual implica mayores alcances en
las atribuciones y competencias para los municipios.
Respecto a la redacción, la norma de PC-GAMLP señala que la participación en la
gestión del GAMLP se realizará de acuerdo a los usos y costumbres de la ciudadanía,
lo cual implicaría una categorización netamente colonial.
Debería introducirse otros espacios de participación además de los ya incorporados en
la Norma de Participación Ciudadana.
Para el ejercicio del control social se requiere personas e instituciones capacitadas
para ejercer esa vigilancia social, de lo contrario podría inclusive atentar contra el
normal desarrollo de actividades del gobierno municipal imprimiendo freno a la gestión
pública y deslegitimando una buena iniciativa como viene a ser el control social.
podrían también aportar de forma proactiva y comprometida al fortalecimiento
del desarrollo del municipio.
Si bien la norma data de 2006, momento en el que ella representaba un avance
en la temática, hoy después de la vigencia de la CPE, donde la ciudadanía puede
acompañar los distintos momentos de la gestión pública queda adecuar éste
espíritu.
Hoy existen distintas iniciativas desde la sociedad civil a través de las cuales se
puede ejercitar la participación o control social, como la observación ciudadana
a distintos procesos, presupuestos participativos, auditorias sociales, además de
muchas otras, gama de nuevas iniciativas que concebimos deben ser incorporadas
o abierta la posibilidad a iniciativas de participación desde la sociedad civil.
Para el caso de las Audiencias Públicas la norma debería establecer la forma
de difusión de las mismas, los casos en que el Legislativo y/o Ejecutivo están
obligados a llevar adelante las mismas (casos de interés público relativo a la
elaboración de políticas públicas, etc.).
No puede ser un mecanismo de participación ciudadana el que el gobierno realice
campañas, acciones, proyectos etc. Para incentivar la participación, ello deberá
llamarse promoción, difusión, etc. de la participación ciudadana ya que no es un
mecanismo de la participación ciudadana, en tanto sólo quedarían dos tipos de
mecanismo para participar.
La norma debe ser abierta a otros tipos de iniciativas de participación ciudadana
que permita a los ciudadanos acompañar los procesos que el gobierno municipal
lleva adelante.
El GAMLP se ha caracterizado por ser proactivo e innovador en las acciones
que lleva adelante, claro ejemplo es el tratamiento participativo de la presente
norma antes que cualquiera de sus pares. En esa línea, deben pensarse canales
alternativos de llegada e interrelación con los ciudadanos.
Contextualizar la participación ciudadana no sólo a participación en la planificación
sino como establece la CPE a los distintos momentos e instancias de la gestión
pública.
La Norma de Participación Ciudadana debe concordarse con la CPE que establece
un espíritu más amplio de lo que representa participación ciudadana y control
social en relación a que ellas acompañan no sólo los distintos momentos de la
gestión pública sino también las distintas instancias de la misma.
Modificar el Nomen Juris de la Normativa de la siguiente manera:
LEY DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL EN LA GESTION DEL
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA PAZ
Incorporar en la redacción del Artículo 1ro, además de la posibilidad de intervenir
en la planificación, otros aspecto como la fiscalización, supervisión, ejecución,
evaluación, etc., de la gestión del Gobierno Autónomo Municipal de La paz.
En este entendido, se propone incorporar en la redacción que la participación se
realice en base a prácticas sociales, culturales y políticas.
Incorporar en el artículo 21 otros mecanismos como la asamblea, cabildos,
observatorios, procesos de observación ciudadana, etc.
Debería introducirse en la norma un capítulo de promoción, fortalecimiento y
capacitación del control social, a través de procesos de capacitación e información
abiertos a la ciudadanía en general y a los distintos grupos que ejercerán el control
social.
8. 8
En relación a continuidad de la gestión no se establece criterio alguno.
La norma de participación ciudadana inclusive incurre en falta de coherencia externa
con otras normas del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, como por ejemplo el
Reglamento de la Unidad de Transparencia, que en algunos aspectos, éste en relación
a participación ciudadana o acceso a la información va en mayor concordancia con la
CPE, aspecto que en la Norma de Participación Ciudadana debe verificarse.
Por ejemplo, en algunos países la capacitación a los responsables del control
social es otorgada por la Contraloría de la República, el Ministerio de Estado
correspondiente, la misma institución a través de licitaciones a instituciones que
pueden capacitar a las personas en determinadas materias como por ejemplo
para ejercer el control social en compras y contrataciones, etc., o brindado por
la misma institución a través de sus oficinas de transparencia y/o educación
ciudadana (aunque lo óptimo sería que un ente externo e imparcial lleve adelante
los procesos de capacitación).
Un control social sin fortalezas y capacidades puede tornarse en un obstáculo para
el normal desarrollo de actividades del gobierno municipal.
Serecomiendauncapítuloespecíficosobregeneracióndecapacidadesyfortalezas
de organizaciones de la sociedad civil para la realización del control social.
Se debe introducir en la norma que el control social no puede de ninguna manera
entorpecer la gestión pública, salvo que se demuestre un evidente y potencial
daño a los intereses y al patrimonio del Estado y los intereses o derechos
colectivos establecidos en la Constitución Política del Estado, daño que deberá
ser determinado por autoridad competente.
Verificar la coherencia lógica y normativa con otras normas del GAMLP.
Para conocer el análisis que se hace de otros documentos como el Reglamento de la Unidad de Transparencia, Código de Ética, Reglamento de Protección Contra la Represalia ingresa a
nuestra página web: www.boliviatransparente.org
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz se ha caracterizado por ser proactivo, innovador y asumir liderazgo en relación a sus pares en cuanto el tratamiento de distintas normas que
hacen a la promoción de la participación ciudadana, acceso a la información, transparencia; claro ejemplo es el tratamiento participativo de la norma de participación ciudadana dentro del
gobierno local de La Paz.
En esa línea, esperamos que las notas antes vertidas puedan servir de aporte al tratamiento de la Norma de Participación Ciudadana dentro del Gobierno Municipal como para el resto de
documentos analizados.
Personas participantes en el análisis
Con el objeto de analizar las normas, Bolivia Transparente ha desarrollado dos conversatorios, eventos que involucraron la visión también de distintos actores, el primero el 18 de octubre
de 2010 con un grupo de especialistas en distintas temáticas y un segundo grupo conformado por jóvenes del grupo “joven.bo”, parte del Programa de Fortalecimiento a la Concertación
y al Estado de Derecho (CONCED-GTZ), llevado adelante el miércoles 21 de octubre del año 2010, grupos que tuvieron la tarea de analizar los documentos para luego exponerlos en los
conversatorios, aportes (observaciones, sugerencias y/o recomendaciones) que una vez sistematizadas en el presente documento esperamos contribuyan al debate a realizarse antes de
la aprobación de la norma.
Bolivia Transparente agradece el invaluable y desinteresado apoyo brindado
por las personas antes citadas, sin quienes no se hubiera logrado tan
importante instrumento, por su compromiso y entereza en lograr mejores
días para las y los bolivianos de la ciudad de La Paz a través de un ejercicio
pleno de la democracia participativa.
De la misma manera, se agradece el apoyo de instituciones como www.
jóven.bo, iniciativa del Programa de Fortalecimiento a la Concertación y al
Estado de Derecho (CONCED) de la Cooperación Alemana.
Por otro lado, se reconoce la construcción participativa de la norma como
lo viene realizando el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ya que
constituye para todas y todos los ciudadanos una oportunidad de sentar las
bases de una cultura democrática de participación ciudadana, acceso a la
información, control social y transparencia.
Primer grupo con especialistas:
• Dino Palacios, Ex Director Ejecutivo de la Federación de Asociaciones Municipales de
Bolivia FAM.
• Carlos Camacho, especialista en acceso a la información.
• Viviana Esprella, especialista en control social de la Red Nacional de Participación
Ciudadana y Control Social Red PCCS.
• Ramiro Orias, especialista en incidencia y participación ciudadana, Director de la
Fundación Construir.
• Marco Mendoza, especialista en temas indígenas y participación ciudadana.
Segundo Grupo con jóvenes participantes y equipo técnico de “www.joven.bo”:
• Fabiola Delgadillo.
• Cecilia Fernández.
• Carlos Eduardo Criales.
• Fabián Grossman.
• Juan Luís Ballón.
• Yerco Ilijic.
Belisario Salinas N° 530 • Telf.: 2 416583 • Fax: 2000766
Visita: www.boliviatransparente.org