1. #28854230#193930747#20171121161054692
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 4
CFP 12777/2016
///nos Aires, 21 de noviembre de 2017.
El 15 de noviembre de 2017, la Fiscalía y el imputado Alejandro
Vanderbroele celebraron un acuerdo de colaboración de conformidad con lo
previsto en la Ley 27304, y que fue homologado en este Juzgado, en la audiencia
ocurrida el 17 de noviembre del corriente año.
El aporte efectuado en dicho acuerdo da nueva relevancia jurídico
penal y probatoria a las evidencias reunidas a lo largo de esta investigación y a
aquellas que aún se encuentran en curso.
Asimismo las manifestaciones realizadas por el nombrado en esa
ocasión con relación a las maniobras investigadas en la presente causa,
corroboraron las hipótesis relacionadas con la procedencia de los fondos
aplicados a la empresa The Old Fund y Ciccone Calcográfica, que se
establecieron a través de la investigación realizada oportunamente por la Unidad
Fiscal de Investigación de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, a
cargo del Dr. Raúl Plee (actualmente PROCELAC).
En virtud de ello y toda vez que se encuentra reunido el estado de
sospecha requerido por el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación,
cítese de conformidad a lo allí establecido a prestar declaración indagatoria a
Jorge Brito, Rául Moneta, Pablo Jorge Amato y Francisco Sguera, y ampliar
declaración indagatoria a Ricardo Echegaray, y Máximo Lanusse respecto de
la participación que tuvieron en la maniobra por la cual Amado Boudou junto a
José María Nuñez Carmona adquirieron la empresa quebrada y monopólica
Ciccone Calcográfica, mientras Boudou era Ministro de Economía, a través de la
sociedad The Old Fund y de Alejandro Vandenbroele, con el fin último de
contratar con el Estado Nacional la impresión de billetes y documentación
oficial. Boudou, aprovechando su condición de funcionario público, y Nuñez
Carmona, acordaron con Nicolás y Héctor Ciccone la cesión del 70% de la
empresa “Ciccone Calcográfica” a cambio de la realización de los actos
Fecha de firma: 21/11/2017
Firmado por: ARIEL OSCAR LIJO, JUEZ DE 1RA.INSTANCIA
Firmado(ante mi) por: DIEGO FERNANDO ARCE, SECRETARIO DE JUZGADO
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JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 4
CFP 12777/2016
necesarios para que la firma pudiera volver a operar y contratar con la
Administración Pública; ya sea en el levantamiento de la quiebra, en la
regularización fiscal, en el gerenciamiento de la compañía o en el financiamiento
de su operatoria.
A tal fin, fíjense audiencias para los días 27, 28, 29, 30 de
noviembre y 1° de diciembre del corriente año, a las 11:00 horas, oportunidad en
la cual se le recibirá declaración indagatoria a Jorge Brito, Ricardo Echegaray,
Pablo Jorge Amato, Máximo Lanusse y Francisco Sguera respectivamente.
Hágase saber a los citados que deberán designar abogado para que los asista en la
declaración dispuesta, bajo apercibimiento de designarles el defensor oficial que
por turno corresponda.
Certifíquese el legajo de salud de Raúl Moneta obrante en el
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2.
De igual modo, relévese a Jorge Brito del juramento y promesa de
decir la verdad requerido al momento de recibírsele declaración testimonial de
conformidad con lo normado en el art. 117 del Código Procesal Penal de la
Nación, a fin de garantizar el más amplio derecho de defensa en juicio y la
prohibición de la auto incriminación (art. 18 de la Constitución Nacional).
Asimismo, dispóngase la prohibición de salida del país de las
personas citadas a prestar declaración indagatoria, para ello, realícense las
comunicaciones de estilo.
Notifíquese. A tal fin, líbrense las cédulas y los oficios que
correspondan.
Ante mí:
Fecha de firma: 21/11/2017
Firmado por: ARIEL OSCAR LIJO, JUEZ DE 1RA.INSTANCIA
Firmado(ante mi) por: DIEGO FERNANDO ARCE, SECRETARIO DE JUZGADO