SALUD OCUPACIONAL   MAGISTERIO FEBRERO 2011 U.T. DEL SUR OCCIDENTE
ALBA YENNY CERON MD. MG SALUD OCUPACIONAL DEPARTAMENTO SALUD OCUPACIONAL COSMITET LTDA FEBRERO  2011
COSMITET  LTDA Corporación de servicios médicos internacionales THEM Y CIA LTDA Objeto social: prestación de servicios médicos asistenciales, elaboración y ejecución de programas de salud basados en sistema de garantía de calidad en salud para el sur occidente :  Valle, Cauca, Nariño, Caldas, Risaralda, Quindio.
 
CLINICA SANTA SOFIA DEL PACIFICO
SALUD OCUPACIONAL   La rama de la salud pública orientada a promover y mantener en el mayor grado posible el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud (OMS / OIT).
SALUD OCUPACIONAL HISTORIA
SALUD OCUPACIONAL NORMATIVIDAD Siglo XX –Primera Guerra Mundial: sustancias químicas peligrosas  y la propuesta de Taylor “organización científica del trabajo sentó las bases principios de la OIT Ley 9 /79: normas para preservar ,mejorar la salud  individuos ocupaciones. Resolución 1016/89:organización y funcionamiento del PSO empleador.
NORMATIVIDAD Ley 776/02:  organización ,administración y prestaciones  del  SGRP. Ley 812 del 2003: art. 81: régimen prestacional docentes oficiales: ley 100/93 y ley  797/03
PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial tendientes a mejorar la salud de la población trabajadora.
SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO Promoción, prevención  en  salud  ubicación del trabajador  Realizar exámenes médicos ocupacionales detección precoz de enfermedad profesional e intervención en accidente de trabajo (ATEP vigilancia epidemiológica  (  osteomuscular  y  salud mental). Seguimiento de incapacidades
SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL dirigidas a identificar evaluar y controlar oportunamente los riesgos físicos (ruido, iluminación, temperatura), químicos, ergonómicos, biológicos(virus, bacterias, hogos), psicosocial) que puedan afectar la salud de los trabajadores.
SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Investigación de accidentes de trabajo. Inspecciones de seguridad. Preparación para la emergencia. Verificación de las condiciones de seguridad y comportamientos seguros en el trabajo .
ACCIDENTE DE TRABAJO   decisión 584/2004 CAN literal N art 1 Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por  causa  o con  ocasión  del trabajo y que produzca  en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez  o la muerte.  Es también accidente de trabajo  aquel que se produce durante la ejecución  de ordenes del empleador  o durante la ejecución  de una  labor bajo su autoridad .aun fuera del lugar y horas del trabajo.  Sentencia C- 858/06 inexequible art 9.10 y 13 dec. 1295/94
CON OCASION cuando el trabajador se encuentra realizando sus labores propias, habituales u ordinarias y en ejercicio o desarrollo de su labor se accidenta, existiendo una relación directa con el trabajo.
POR CAUSA El accidente de trabajo es por causa, cuando el trabajador se encuentra realizando labores ocasionales, transitorias, accidentales, pasajeras, existiendo una relación indirecta con el trabajo.
SE CONSIDERA AT El que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo (siempre y cuando se relacione con sus actividades laborales). El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa,  cuando el transporte lo suministre el empleador .
NO SE CONSIDERA AT El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa , SI EL TRANSPORTE NO LO SUMINISTRA EL EMPLEADOR . El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales
NO SE CONSIDERA AT El sufrido por el  trabajador durante los  permisos remunerados o sin remuneración,  así se trate de permisos sindicales .  Nota:  Los accidentes que se presenten durante cualquier clase de permiso no son accidentes de trabajo.
REPORTE DE AT Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional deberá ser informado por el trabajador o el rector de la institcion educativa al departamento de salud ocupacional dentro de los 2 dias habiles siguientes a la ocurrencia del evento.  Se debe diligenciar el formato de presunto AT. Cra 40 # 5c-46 Centro Medico El Bosque- Cali
ENFERMEDAD PROFESIONAL(EP)  todo estado patológico  que sobrevenga como consecuencia  obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha  visto obligado  a trabajar.  ( CST art 200 numeral 1). Sentencia  C-1155/08 inexequible  art. 11 decreto 1295/94
PRESTACIONES  A QUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR ASISTENCIALES:art.14 Dec 3135/68 atención medica, farmacologica, qirurgica, hospitalaria, rehabilitacion. ECONOMICA: Auxilio por enf.  Comun. Profesional/AT  incapacidad:  estado de inhabilidad fisica o mental que impide desempeñar en forma temporal o permanente la profesión u oficio habitual del trabajo
INCAPACIDAD Clases: Ambulatoria hospitalaria Incapacidad temporal : aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presenta el afiliado  SGRP, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.   Indemnizatoria: proporcional al daño sufrido.
PRESTACIONES  A QUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR Incapacidad permanente parcial : a  la persona que por  cualquier causa, de cualquier origen, presenta una pcl  menor del 75% ( entre el  5% -  <50 %.) Pensión de invalidez : la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente hubiese perdido el 75% o mas (50% o mas) de su capacidad laboral. Pensión de sustitución.  por muerte.
CALIFICACION DE INVALIDEZ Luego de 180 dias de incapacidad continua . Debe haber finalizado el proceso de rehabilitacion. Realizada por el medico laboral y la junta de medicina laboral. Calificacion inicial- entidad de salud  se filiado el  Si hay discrepancia – calificacion  junta regional invalidez
PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL(PCL) UNA VEZ SE EXPIDA EL CERTIFICADO DE PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL NO SE EXPEDIRAN MAS INCAPACIDADES POR PARTE DE LA ENTIDAD MEDICA ,YAQUE ESTE CERTIFICADO CORRESPONDE A LA INCAPACIDAD PERMANENTE.
REUBICACION LABORAL La reubicación es la posibilidad  de ubicar al trabajador que ha sufrido cualquier enfermedad de origen común, accidente de trabajo o enfermedad profesional después de una incapacidad permanente parcial y que no está en condición de desarrollar satisfactoriamente su labor ordinaria y requiere un trabajo acorde a su condición física y psicológica .
REUBICACION LABORAL Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes( Artículo 4 y 8 de la Ley 776 de 2002  ) .
RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Codigo civil. Art. 2341 a 2360. responsabilidad comun por los delitos y las culpas. Ley 115 de 1994. proyecto educativo institucional I.E Manual de Convivencia Codigo penal:art.109. homicidio culposo. Codigo disciplinario unico. Ley 734/02
RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS RESPONSABILIDAD PENAL: art.109 CP: homicidio culposo. El que por culpa matare a otro incurrirá en prisión  de 2-6 años. Y multa de… Generadores de culpa:Negligencia Imprudencia Impericia:ignorancia, error, inhabilidad(falta de destreza para hacer las cosas.Violacion de reglamentos o normas.
CODIGO DISCIPLINARIO UNICO LEY 734/02 DISCIPLINARIA:Funcionarios públicos. Formas de realización del comportamiento. ART 27.  ACCIÓN Y OMISIÓN . Las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión en el cumplimiento de los deberes propios del cargo o función, o con ocasión de ellos, o por extralimitación de sus funciones.
Sanciones para el trabajador  Dec 1295/94:art. 91 sanciones. terminación del vinculo o relacion laboral por justa causa. grave incumplimiento de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos adoptados en forma general y especifica
ACTIVIDADES DOCENTES EVALUADOS RECOMENDACIONES CALIFICACION PCL EAMEN DE RETIRO 20 7 1 4 PENDIENTE  CALIFICAR 1
“ Los hombres no viven juntos porque sí, sino para acometer juntos grandes empresas.” José Ortega y Gasset

Charla

  • 1.
    SALUD OCUPACIONAL MAGISTERIO FEBRERO 2011 U.T. DEL SUR OCCIDENTE
  • 2.
    ALBA YENNY CERONMD. MG SALUD OCUPACIONAL DEPARTAMENTO SALUD OCUPACIONAL COSMITET LTDA FEBRERO 2011
  • 3.
    COSMITET LTDACorporación de servicios médicos internacionales THEM Y CIA LTDA Objeto social: prestación de servicios médicos asistenciales, elaboración y ejecución de programas de salud basados en sistema de garantía de calidad en salud para el sur occidente : Valle, Cauca, Nariño, Caldas, Risaralda, Quindio.
  • 4.
  • 5.
    CLINICA SANTA SOFIADEL PACIFICO
  • 6.
    SALUD OCUPACIONAL La rama de la salud pública orientada a promover y mantener en el mayor grado posible el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud (OMS / OIT).
  • 7.
  • 8.
    SALUD OCUPACIONAL NORMATIVIDADSiglo XX –Primera Guerra Mundial: sustancias químicas peligrosas y la propuesta de Taylor “organización científica del trabajo sentó las bases principios de la OIT Ley 9 /79: normas para preservar ,mejorar la salud individuos ocupaciones. Resolución 1016/89:organización y funcionamiento del PSO empleador.
  • 9.
    NORMATIVIDAD Ley 776/02: organización ,administración y prestaciones del SGRP. Ley 812 del 2003: art. 81: régimen prestacional docentes oficiales: ley 100/93 y ley 797/03
  • 10.
    PROGRAMA DE SALUDOCUPACIONAL Consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial tendientes a mejorar la salud de la población trabajadora.
  • 11.
    SUBPROGRAMA DE MEDICINAPREVENTIVA Y DEL TRABAJO Promoción, prevención en salud ubicación del trabajador Realizar exámenes médicos ocupacionales detección precoz de enfermedad profesional e intervención en accidente de trabajo (ATEP vigilancia epidemiológica ( osteomuscular y salud mental). Seguimiento de incapacidades
  • 12.
    SUBPROGRAMA DE HIGIENEINDUSTRIAL dirigidas a identificar evaluar y controlar oportunamente los riesgos físicos (ruido, iluminación, temperatura), químicos, ergonómicos, biológicos(virus, bacterias, hogos), psicosocial) que puedan afectar la salud de los trabajadores.
  • 13.
    SUBPROGRAMA DE SEGURIDADINDUSTRIAL Investigación de accidentes de trabajo. Inspecciones de seguridad. Preparación para la emergencia. Verificación de las condiciones de seguridad y comportamientos seguros en el trabajo .
  • 14.
    ACCIDENTE DE TRABAJO decisión 584/2004 CAN literal N art 1 Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de ordenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad .aun fuera del lugar y horas del trabajo. Sentencia C- 858/06 inexequible art 9.10 y 13 dec. 1295/94
  • 15.
    CON OCASION cuandoel trabajador se encuentra realizando sus labores propias, habituales u ordinarias y en ejercicio o desarrollo de su labor se accidenta, existiendo una relación directa con el trabajo.
  • 16.
    POR CAUSA Elaccidente de trabajo es por causa, cuando el trabajador se encuentra realizando labores ocasionales, transitorias, accidentales, pasajeras, existiendo una relación indirecta con el trabajo.
  • 17.
    SE CONSIDERA ATEl que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo (siempre y cuando se relacione con sus actividades laborales). El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador .
  • 18.
    NO SE CONSIDERAAT El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa , SI EL TRANSPORTE NO LO SUMINISTRA EL EMPLEADOR . El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales
  • 19.
    NO SE CONSIDERAAT El sufrido por el trabajador durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales . Nota: Los accidentes que se presenten durante cualquier clase de permiso no son accidentes de trabajo.
  • 20.
    REPORTE DE ATTodo accidente de trabajo o enfermedad profesional deberá ser informado por el trabajador o el rector de la institcion educativa al departamento de salud ocupacional dentro de los 2 dias habiles siguientes a la ocurrencia del evento. Se debe diligenciar el formato de presunto AT. Cra 40 # 5c-46 Centro Medico El Bosque- Cali
  • 21.
    ENFERMEDAD PROFESIONAL(EP) todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar. ( CST art 200 numeral 1). Sentencia C-1155/08 inexequible art. 11 decreto 1295/94
  • 22.
    PRESTACIONES AQUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR ASISTENCIALES:art.14 Dec 3135/68 atención medica, farmacologica, qirurgica, hospitalaria, rehabilitacion. ECONOMICA: Auxilio por enf. Comun. Profesional/AT incapacidad: estado de inhabilidad fisica o mental que impide desempeñar en forma temporal o permanente la profesión u oficio habitual del trabajo
  • 23.
    INCAPACIDAD Clases: Ambulatoriahospitalaria Incapacidad temporal : aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presenta el afiliado SGRP, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado. Indemnizatoria: proporcional al daño sufrido.
  • 24.
    PRESTACIONES AQUE TIENE DEREHO EL TRABAJADOR Incapacidad permanente parcial : a la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, presenta una pcl menor del 75% ( entre el 5% - <50 %.) Pensión de invalidez : la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente hubiese perdido el 75% o mas (50% o mas) de su capacidad laboral. Pensión de sustitución. por muerte.
  • 25.
    CALIFICACION DE INVALIDEZLuego de 180 dias de incapacidad continua . Debe haber finalizado el proceso de rehabilitacion. Realizada por el medico laboral y la junta de medicina laboral. Calificacion inicial- entidad de salud se filiado el Si hay discrepancia – calificacion junta regional invalidez
  • 26.
    PERDIDA DE LACAPACIDAD LABORAL(PCL) UNA VEZ SE EXPIDA EL CERTIFICADO DE PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL NO SE EXPEDIRAN MAS INCAPACIDADES POR PARTE DE LA ENTIDAD MEDICA ,YAQUE ESTE CERTIFICADO CORRESPONDE A LA INCAPACIDAD PERMANENTE.
  • 27.
    REUBICACION LABORAL Lareubicación es la posibilidad de ubicar al trabajador que ha sufrido cualquier enfermedad de origen común, accidente de trabajo o enfermedad profesional después de una incapacidad permanente parcial y que no está en condición de desarrollar satisfactoriamente su labor ordinaria y requiere un trabajo acorde a su condición física y psicológica .
  • 28.
    REUBICACION LABORAL Losempleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes( Artículo 4 y 8 de la Ley 776 de 2002 ) .
  • 29.
    RESPONSABILIDAD DE LASINSTITUCIONES EDUCATIVAS Codigo civil. Art. 2341 a 2360. responsabilidad comun por los delitos y las culpas. Ley 115 de 1994. proyecto educativo institucional I.E Manual de Convivencia Codigo penal:art.109. homicidio culposo. Codigo disciplinario unico. Ley 734/02
  • 30.
    RESPONSABILIDAD DE LASINSTITUCIONES EDUCATIVAS RESPONSABILIDAD PENAL: art.109 CP: homicidio culposo. El que por culpa matare a otro incurrirá en prisión de 2-6 años. Y multa de… Generadores de culpa:Negligencia Imprudencia Impericia:ignorancia, error, inhabilidad(falta de destreza para hacer las cosas.Violacion de reglamentos o normas.
  • 31.
    CODIGO DISCIPLINARIO UNICOLEY 734/02 DISCIPLINARIA:Funcionarios públicos. Formas de realización del comportamiento. ART 27. ACCIÓN Y OMISIÓN . Las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión en el cumplimiento de los deberes propios del cargo o función, o con ocasión de ellos, o por extralimitación de sus funciones.
  • 32.
    Sanciones para eltrabajador Dec 1295/94:art. 91 sanciones. terminación del vinculo o relacion laboral por justa causa. grave incumplimiento de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos adoptados en forma general y especifica
  • 33.
    ACTIVIDADES DOCENTES EVALUADOSRECOMENDACIONES CALIFICACION PCL EAMEN DE RETIRO 20 7 1 4 PENDIENTE CALIFICAR 1
  • 34.
    “ Los hombresno viven juntos porque sí, sino para acometer juntos grandes empresas.” José Ortega y Gasset