Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Seguridad e higiene
1. Seguridad e higiene
en el transporte
Administración de
sistema de transporte
terrestre
M.C.G. Elizabeth Echeverry Saldarriaga
2. Condiciones seguras en el
mantenimiento de las unidades
primer parcial: condiciones seguras en el mantenimiento de
las unidades
1.conceptos de seguridad e higiene en el transporte
2.marco normativo de seguridad en el taller y la unidad.
Segundo parcial: salud en el transporte
1.medicina preventiva en el transporte.
2.primeros auxilios.
3.identificar los procedimientos de evacuación en accidentes
establecidos en la guía de respuesta en caso de emergencia
ante algún accidente.
Tercer parcial: cuidado del medio ambiente.
1. legislación ambiental.
2. materiales y desechos contaminantes.
3. 1er. Parcial: CONDICIONES SEGURAS EN
EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES
1.1 Describir los conceptos básicos de seguridad e higiene en el transporte:
- Seguridad
- Higiene
- Riesgo
- Riesgo ocupacional
- Peligro
- Daño
- Accidente
- Enfermedades profesionales
- Condiciones inseguras
- Actos Inseguros.
2.1 Identificar la principal normatividad de seguridad e higiene industrial:
- Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
- NOM-005-STPS-1998.
- NOM-044-SEMARNAT-2006.
- Ley del Seguro Social.
- Políticas y
-Lineamientos de las empresas de transporte.
4. En toda empresa lo más importante es cuidar la vida y
la salud de los trabajadores que intervienen en los
procesos, ya que cualquier accidente además de ser
fuertemente afectado económicamente y técnicamente,
le puede impedir al trabajador que vuelva a tener la
oportunidad de realizar una actividad (proceso
irreversible).
Conocer los conceptos básicos de la Seguridad y la
salud en el trabajo es de vital importancia en la
prevención de riesgos de trabajo.
Introducción
5. Es el conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y
psicológicas empleados para prevenir accidentes, tendientes a
eliminar las condiciones inseguras del ambiente y a instruir o
convencer a las personas acerca de la necesidad de
implementación de prácticas preventivas.
Tiene el objetivo de establecer normas y procedimientos,
poniendo en práctica los recursos posibles para
conseguir la prevención de accidentes y controlando los
resultados obtenidos.
Según: Scribd, (2010).
6. SEGURIDAD EN
EL TRABAJO
Instalaciones
Equipos
Maquinarias
Procesos y procedimientos de trabajo
capacitación
adiestramiento
Motivación y
administración de personal
Es la aplicación racional y con inventiva de las técnicas que tienen
por objeto el diseño de:
Con el propósito de abatir la incidencia de accidentes
capaces de generar riesgos en la salud, incomodidades e
ineficiencias entre los trabajadores o daños económicos a las
empresas y consecuentemente a los miembros de la
comunidad.
Según: Scribd, (2010).
7. Se conoce como higiene al conjunto de normas y procedimientos
tendientes a la protección de la integridad física y mental del
trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las
tareas del cargo y al ambiente físico donde se ejecutan.
OBJETIVOS DE LA HIGIENE:
•Eliminar las causas de las enfermedades profesionales
•Reducir los efectos perjudiciales provocados por el trabajo en
personas enfermas o portadoras de defectos físicos.
•Prevenir el empeoramiento de enfermedades y lesiones
•Mantener la salud de los trabajadores
•Aumentar la productividad por medio del control del ambiente
de trabajo.
8. Es la aplicación racional y con inventiva de las técnicas que tienen por
objeto el reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores
ambientales que se originan en el lugar de trabajo, y que puedan causar
enfermedades, perjuicios a la salud e incomodidades entre los
trabajadores o miembros de una comunidad.
HIGIENE EN EL
TRABAJO
SALUD Es un estado de bienestar completo.
9. Peligro clase c
Una condición o práctica capaz de causar lesiones
menores no incapacitantes, enfermedad leve, daño
menor a la propiedad.
Cualquier condición de la que se
pueda esperar con certeza que cause
lesiones o daños a la propiedad y/o al
medio ambiente.
Se clasifican de la
siguiente manera:
Peligro clase a
Peligro clase b
Condición o práctica capaz de causar incapacidad
permanente, pérdida de la vida o de alguna parte del
cuerpo y/o pérdida considerable de estructuras,
equipos o materiales.
Condición o práctica capaz de causar lesión o
enfermedad grave, dando como resultado incapacidad
temporal o daño a la propiedad de tipo destructivo, pero
no muy extenso.
10. RIESGO
La posibilidad
de pérdida y el
grado de
probabilidad
de estas
pérdidas
Riesgos puros
Llevan a
ganancias o
pérdidas
Riesgos
especulativos
Únicamente a
pérdidas
“Son los accidentes y enfermedades a
que están expuestos los trabajadores
en ejercicio o con motivo del trabajo”
Art 473, Ley federal del trabajo
11. Es un suceso no deseado, que da como resultado lesiones
a las personas, daño a la propiedad o pérdida para el
proceso. Es consecuencia del contacto con una sustancia,
objeto o exposición en su medio, por arriba de la capacidad
límite del cuerpo de la persona o estructura.
Evento no deseado que da lugar a
pérdidas de la vida o lesiones, daños a
la propiedad o al medio ambiente de
trabajo.
Accidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000
Accidente.- Ley Federal del trabajo
Accidente
12. Toda lesión orgánica o perturbación
funcional, inmediata o posterior, o la muerte,
producida repentinamente en ejercicio, o con
motivo del trabajo, cualesquiera que sean el
lugar y tiempo en que se presente.
Quedan incluidos en la definición anterior los
accidentes que se produzcan al trasladarse
directamente de su domicilio al lugar de trabajo
y de éste a aquél.
(artículo 474, Ley Federal del trabajo)
Accidente de trabajo.-
Accidente de trabajo
13.
14. Condiciones inseguras
Cualquier condición física del medio con una
alta probabilidad de provocar un accidente o
incidente; es el grado de inseguridad que
pueden tener los locales, la maquinaria, los
equipos y los puntos de operación.
Según: Scribd, (2010).
15. Las condiciones inseguras más
frecuentes son:
Estructuras o instalaciones de los edificios y
locales impropiamente diseñadas, construidas,
instaladas o deterioradas.
Falta de medidas de prevención y protección.
Para eliminar las condiciones inseguras se recurre
a sistemas de seguridad, resguardos de
maquinaria, normas de seguridad, protecciones
colectivas, señalización
16. ACTOS
INSEGUROS
Más frecuentes que los
trabajadores realizan en el
desempeño de sus labores
son:
• Llevar a cabo operaciones sin previo
adiestramiento.
• Operar equipos sin autorización.
• Ejecutar el trabajo a velocidad no
indicada.
• Bloquear o quitar dispositivos de
seguridad.
• Limpiar, engrasar o reparar la maquinaria
cuando se encuentre en movimiento.
17. Para actuar contra los actos inseguros se utilizan
técnicas tendientes a conseguir el cambio de
comportamiento de los trabajadores:
• Formación
• Adiestramiento
• Propaganda
• Disciplina
• Incentivos
En todo
accidente
encontraremos
siempre estos
dos tipos de
causas:
condiciones
inseguras y
actos inseguros
En todo
accidente
encontraremos
siempre estos
dos tipos de
causas:
condiciones
inseguras y
actos inseguros
18. Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias
ligeramente diferentes, podría haber resultado en lesiones a
las personas, daño a la propiedad o pérdida para el proceso.
Evento que puede dar como resultado
un accidente o tiene el potencial para
ocasionarlo.
Incidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000
Incidente.- Ley Federal del trabajo
Incidente
19. Es un acontecimiento no
deseado que bajo
circunstancias
ligeramente diferentes
hubiese dado por
resultado una lesión o
un daño a la propiedad
Es un acontecimiento no
deseado que tiene por
resultado una lesión,
enfermedad
ocupacional a una
persona o un daño a la
propiedad
INCIDENTE (CASI ACCIDENTE) ACCIDENTE
20. Todo estado patológico derivado de la acción
continua de una causa que tenga su origen o
motivo en el trabajo o en el medio en el que el
trabajador se vea obligado a prestar sus
servicios.
Enfermedad de trabajo.-
Enfermedad de Trabajo
21. Es la perdida de la integridad física y/o mental
del individuo.
Incapacidad temporal es la pérdida de
facultades o aptitudes que imposibilita parcial o
totalmente a una persona para desempeñar su
trabajo por algún tiempo.
Lesión.-
Incapacidad temporal.-
Enfermedad ocupacional
22. Es la disminución de las facultades o aptitudes
de una persona para trabajar.
Es la pérdida de facultades o aptitudes de una
persona que la imposibilita para desempeñar
cualquier trabajo por el resto de su vida.
Incapacidad permanente parcial.-
Incapacidad permanente total.-
Incapacidades
23.
24.
25. Conceptos del fuego:
a. Fuego: Combustión caracterizada por emisión de llama, acompañada
de humo o llama, o ambos a la vez, y todo ello dominado por el
hombre.
b. Incendio: Combustión rápida que se desarrolla sin control.
c. Combustible: Cualquier sustancia con energía capaz de arder.
d. Comburente: El elemento en cuya presencia puede arder el
combustible. El oxigeno se considera el comburente típico.
e. Humos: Nubes de partículas no quemadas por completo y que son
arrastradas por las corrientes de convección generadas en la
combustión.
f. Temperatura de inflamación: Temperatura mínima en la cual
comienzan a desprenderse gases o vapores que con el aire forman
una mezcla explosiva o combustible.
26. Tipos de extintores
De acuerdo a la clase de fuego de que se trata (fuego
clase A, B y C) existen distintos agentes extintores:
•Espuma / Gas carbónico / Polvo químico
•Agua Hidrante y mangueras: es el sistema fijo de
prevención de incendios utilizado con mayor frecuencia.
•Aspersores: son equipos fijos conformados por regaderas
o rociadores automáticos de agua. Se aplican para fuegos
clase A, no para B o C.
•Emulsionadores: equipos fijos que arrojan agua a alta
presión.
28. 28
CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
LEY FEDERAL
DEL TRABAJO
REGLAMENTO FEDERAL
DE SEG E HIG. Y MEDIO
AMBIENTE DE TRABAJO
LEY GENERAL DEL
EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y
LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
REGLAMENTO DE
RESIDUOS PELIGROSOS
LEY DE CAMINOS,
PUENTES Y
AUTOTRANSPORTE
FEDERAL
REGLAMENTO PARA
EL TRANSPORTE DE
MAT. Y RESID.
PELIGROSOS
Fundamentos legales de la seguridad y salud en el trabajo
29. NOM-004-STPS-1999
Sist. Protección y dispositivos de
seguridad de Maquinaria y EquipoMarco Normativo aplicable
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
Ley Federal del trabajo
Ley del Seguro Social
Políticas y lineamientos de las
empresas de transporte
Ley General de Equilibrio Ecológico
y la Protección del Medio Ambiente
Ley orgánica de la Administración
Pública Federal
NOM-044-SEMARNAT-2006
Reglamento
Federal
de Construcción
Reglamento Federal de Seguridad,
Higiene y Medio Ambiente de Trabajo
NOM-001-STPS-1999
Seguridad e Higiene
en Instalaciones , Edificios y Locales
NOM-002-STPS-2000
Prevención, protección y combate
de Incendio
NOM-005-STPS-1998
S. e H. en C.T
manejo, transporte y almacenamiento
sustancias químicas peligrosas
NOM-006-STPS-2000
Manejo y almacenamiento de materiales
STPS NOM-017-STPS-1993
Equipo de Protección Personal
NOM-018-STPS-2000
Sistemas identificación y comunicación
de peligros y riesgos por sust. quim. peligrosas
NOM-019-STPS-1993
Constitución y funcionamiento de
Comisiones
Algunos Requisitos legales
aplicables
NOM-011-STPS-2001
Seguridad e higiene en los
centros de trabajo se genere ruido
30. Reglamento Federal de Seguridad e
Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
Objeto
Este Reglamento es de orden público e interés social y es de
observancia general en todo el territorio nacional y establece las
disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que
deberán observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de: contar con
las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera,
garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades
en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala
la LFT.
Competencia y Vigilancia
La aplicación y vigilancia del Reglamento corresponde a la STPS
quien se auxiliará por las autoridades laborales de las Entidades
Federativas y el D.F., cuando se trate de ramas o actividades de
jurisdicción local.
31. Reglamento Federal de Seguridad e
Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo
La STPS expedirá las Normas con el propósito de establecer
disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el trabajo que
eviten:
1.Riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de
los trabajadores; y
2.Cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten
o puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar
daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del Centro
de Trabajo.
La STPS podrá emitir Normas específicas para la Seguridad y Salud
en el Trabajo, en el caso de aquellas ramas o actividades económicas
con características particulares que ameriten un tratamiento
diferenciado o que tengan una mayor tasa de Accidentes de Trabajo,
incapacidades o defunciones.
32. NOM-005-STPS-1998.
O B J E T I V O
Realizar con seguridad las operaciones cuando se descargan y manejan
combustibles o solventes, químicos o sustancias peligrosas, dando a conocer
su peligro, para prevenir conatos de incendio, incendios declarados o personas
accidentadas por quemaduras o intoxicaciones
A L C A N C E
Este Procedimiento es aplicable para el personal de compras, almacén,
embarques, pintores, mecánicos, operadores de montacargas, operadores de
traxcavo y a toda persona que descargue y maneje combustibles y solventes.
G E N E R A L I D A D E S
La mayoría de los combustibles son líquidos combustibles y deben ser
manejados en recipientes cerrados; sus vapores son inflamables y cuando se
mezclan con la cantidad conveniente de oxígeno, pueden ser explosivos; una
simple chispa es la que se necesita para encender los vapores y causar un
incendio
33. NOM-005-STPS-1998.
MANEJO, TRANSPORTE Y ALAMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS
INFLAMABLES O COMBUSTIBLES
Del Almacenamiento: En las áreas del centro de trabajo donde se manejen,
transporten o almacenen estas sustancias, las paredes, pisos, techos,
instalaciones y cimentaciones deben ser de materiales resistentes al fuego.
Las áreas destinadas para este fin deben estar aisladas de cualquier fuente de
calor o ignición.
Del manejo: Se prohíbe el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos
personales que puedan generar chispa, flama abierta o temperaturas que
puedan provocar ignición.
El trasvase de sustancias inflamables o combustibles debe realizarse con la
ventilación o aislamiento del proceso suficiente para evitar la presencia de
atmósferas explosivas.
Los recipientes fijos donde se almacenen estas sustancias deben contar con
dispositivos de relevo de presión y arrestador de flama.
34. NOM-005-STPS-1998.
Del transporte: Los sistemas de tuberías que conduzcan estas sustancias y que estén
expuestos a que el tránsito normal de trabajadores o equipo los pueda dañar, deben
contar con protección para evitar que sean dañados. Esta protección no debe impedir la
revisión y el mantenimiento de dichos sistemas de tuberías; Cuando el transporte se
realice en recipientes portátiles, estos deberán estar cerrados.
Es obligación del patrón el tener a la mano los manuales de seguridad y los de
procedimiento par el manejo de sustancias químicas, actualizar los procedimientos ya
que las sustancias químicas que están en constante movimiento, y elaborar un programa
de mantenimiento correctivo y preventivo indicando cada cuando se elabora.
Los trabajadores expuestos deben saber a los riesgos a los que están expuestos, así
como conocer y hacerse los exámenes médicos periódicos.
Cumplir con las medidas de seguridad establecidas por patrón y respetar los
lineamientos así como conocer los manuales y participar en las brigadas de emergencia.
35. NOM-044-SEMARNAT-2006.
NORMA Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2006, Que
establece los límites máximos permisibles de emisión de
hidrocarburos totales, hidrocarburos no metano, monóxido de
carbono, óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo
provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel
como combustible y que se utilizarán para la propulsión de
vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor
de 3,857 kilogramos, así como para unidades nuevas con peso
bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipadas con este
tipo de motores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales.
36. Ley del Seguro Social
• La ley del seguro social se encarga de definir tus derechos y
obligaciones como derecho habiente.
• Por derecho habiente se entiende a aquella persona que esta
pagando su cuota mensual ante el seguro social. Además
define el trato y los servicios que el seguro social debe darle
a los trabajadores, porque realmente la ley del seguro social
protege a los trabajadores que son los que pagan ante el
seguro social su cuota para que ella le pueda dar el servicio
medico que necesitan.
• Por otro lado también define los derechos y obligaciones que
tiene la institución seguro social para con los trabajadores y
derecho habientes.
37. Políticas y Lineamientos de las
empresas de transporte.
• Lineamiento: Es un lineamiento es una tendencia,
una dirección o un rasgo característico de algo. Por ejemplo, un
presidente puede tomar una decisión y afirmar que respeta
su “lineamiento político”, es decir, que se encuentra en
sintonía con su ideología o con su partido político.
• Políticas: son guías para orientar la acción, son criterios,
lineamientos generales a observar en la toma de decisiones sobre
problemas que se repiten una y otra vez dentro de una
organización, en este caso dentro de una empresa.
• En ocasiones se confunden políticas con reglas, siendo la
diferencia que las reglas y/o lineamientos son mandatos precisos
que determinan la disposición, actitud o comportamiento que
deberá seguir o evitar en situaciones especificas el personal de
una empresa, de tal manera que si las reglas son estrictas, las
políticas son flexibles.