Libros Electrónicos
Temario
• Marco Legal
• Sistemas de Libros Electrónicos (SLE): PLE y PORTAL
• Sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos
• Nueva regla para determinar los sujetos obligados a
llevar Libros Electrónicos a partir del 2016
• Nuevos Cronogramas de atrasos permitidos 2016
(Registro compras y ventas electrónicos)
• Novedades de la versión 5.0.0.4 del Programa de Libros
Electrónicos
• Casos prácticos.
• Conclusiones.
MARCO LEGAL
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 286-2009 Dictan disposiciones para la implementación del llevado optativo de determinados
Libros y Registros de manera electrónica, mediante el Programa de Libros Electrónicos
– PLE, a partir del 01/07/2010
30/12/2009
Nº 248-2012 Modifican la RS N° 286-2009 determinándose a los PRICOS como sujetos obligados a
llevar libros electrónicos mediante el PLE, a partir del 01/01/2013
28/10/2012
Nº 066-2013 Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera
electrónica en SOL (PORTAL)
28/02/2013
Nº 379-2013 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT están obligados a llevar los
Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del
01/01/2014. Se aprueba la versión 4.0 del PLE. Se aprueban los plazos de atraso del
año 2014 del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas
tipo A y B.
29/12/2013
Nº 247-2014 Crea el "Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera
electrónica (SLE PORTAL). Sustituye Anexos N° 1, 2, 3 y 4 e incorpora el Anexo N° 5
"Reglas generales de la información de los comprobantes de pago.
05/08/2014
Libros Electrónicos: normativa vigente
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 390-2014 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 150 UIT están obligados a llevar los
Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del
01/01/2015. Se aprueban los plazos de atraso del año 2015 del Registro de Ventas e
Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas tipo A y B.
30/12/2014
Nº 018-2015 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 75 UIT están obligados a llevar los
Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del
01/01/2016.
23/01/2015
Nº 169-2015 Modifican la RS N° 286-2009 y N° 066-2013 y aprueba la versión 5.0.0 del PLE 30/06/2015
Nº 361-2015 Precisan sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de
manera electrónica, establecen nuevos sujetos obligados a llevarlos de dicha manera
y modifican las normas que regulan los sistemas a través de los cuales se cumple con
la obligación de llevar libros y registros de manera electrónica a fin de facilitar su
aplicación.
30/12/2015
Nº 360-2015 Establecen Cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributaria y las
fechas máximas de atraso del registro de Ventas e Ingresos y de Compras generados
mediante el SLE-PLE o el SLE-PORTAL, correspondientes al año 2016
31/12/2015
Libros Electrónicos: normativa vigente
SISTEMAS DE LIBROS
ELECTRÓNICOS (SLE):
PLE Y PORTAL
• El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT
Operaciones en Línea – SOL que permite la
captura de la información para generar el
Registro de Ventas e Ingresos (RVI) y el Registro
de Compras (RC) de manera electrónica.
• A los contribuyentes que opten en ser usuarios
del Sistema, la SUNAT los sustituirá en su
obligación de almacenamiento, archivo y
conservación de los Registros Electrónicos
generados en el sistema.
• El contribuyente podrá descargar ejemplares de
los Registros Electrónicos generados en el
Sistema.
Modelo de Libros Electrónicos -
PORTAL
Sistemas de Libros Electrónicos – SLE
SLE - PORTAL
Registro de Compras
Portal
Registro de Ventas
Portal
SLE PORTAL
Registro de Ventas Portal
Registro de
Comprobante de
Pago Físicos
Consultas,
modificaciones y
bajas de CdP Físicos
Generación de
Registro de
Ventas
Electrónico
Descarga de Registro
de Ventas
Electrónico
Importación de
Comprobantes de
Pago Físico
Registro de Compras Portal
Registro de
Comprobante de
Pago Físicos
Consultas,
modificaciones y
bajas de CdP Físicos
Generación de
Registro de
Compras
Electrónico
Descarga de Registro
de Compras
Electrónico
Importación de
Comprobantes de
Pago Físico
x
x
• El Programa de Libros Electrónicos – PLE no es un
software contable.
• Principal insumo: Archivos en formato de texto
(TXT).
• No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto).
• Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico
(que incluye el “hash” correspondiente).
Modelo de Libros Electrónicos -
PLE
Domicilio Fiscal
CONTRIBUYENTE SUNAT
Ventas
Resumen + Hash
Ventas
+Ventas
CdR
Ventas
+Ventas
CdR
Ventas
BD LE
Constancia de Recepción
+
Firma SUNAT
CdR
Ventas
TXT
SW
Contable
propio
PRICO
Otro Domicilio
Modelo de Libros Electrónicos -
PLE
Sistemas de Libros Electrónicos – SLE
SLE - PLE
CÓD. NOMBRE O DESCRIPCIÓN
1 LIBRO CAJA Y BANCOS
3 LIBRO INVENTARIO Y BALANCES
4
LIBRO DE RETENCIONES INC. E Y F DEL
ART. 34 DE LA LIR
5 LIBRO DIARIO
5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
6 LIBRO MAYOR
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
8 REGISTRO DE COMPRAS
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
10 REGISTRO DE COSTOS
12
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
EN UNIDADES FÍSICAS
13
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
VALORIZADO
14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS
ELECTRÓNICOS
1.
Incorporados
PRICOS
RVI + RC
Enero 2013
LD + LM
Junio 2013
ANUAL: Libro de Inventarios y
Balances, Registro de Costos, Registro
de Activos Fijos
MENSUAL: Registro de Consignaciones,
Libro de Inventario Permanente en
Unidades Físicas
SEMESTRAL: Libro de Inventario
Permanente Valorizado
2.
Obligados
Ingresos
mayores a
500 UIT
RVI + RC
Enero 2014
3.
Obligados
Ingresos
mayores a
150 UIT
RVI + RC
Enero 2015
4.
Obligados
Ingresos
mayores a 75
UIT
RVI + RC
Enero 2016
5.
Afiliados PLE
Voluntarios
PLE
RVI + RC
6. Generadores
Portal
Voluntarios
Portal
RVI + RC
Resumen de los Sujetos que
llevan Libros Electrónicos
Obligados Voluntarios
Nuevas obligaciones: PRICOS IPCN
con ingresos mayores a 3,000 UITs
Nuevos
obligados
Principales
Contribuyentes -
PRICOS
IPCN - Principales
contribuyentes nacionales
PRICOS – Dependencias
(Lima, Lambayeque, Piura,
etc.)
Medianos y
Pequeños -
MEPECO
Medianos
Pequeños
Sujetos obligados a llevar LE
a partir del 2016
OBLIGADOS Reg. de Ventas y
Reg. de Compras
Libro Diario y
Libro Mayor
Los obligados son los sujetos que:
− No sean PRICOS
− No se hayan afiliado al SLE-PLE
− Estén acogidos al RG o al RER
− Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a
75 UIT entre los meses de enero a diciembre
2015
La UIT a considerar es la del 2015 (S/ 3,850), por
tanto el monto referencial es S/ 288,750.
Para tal efecto se considerarán los montos
declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112
y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 -
Simplificado IGV - Renta Mensual.
Desde Enero
2016
PLE o Portal
No es
obligatorio
Ejemplo: obligados al 2016
2015 2016
Año de la obligación
DDJJ Ene.
2015
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
….. …..
DDJJ Dic.
2015
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2015 = 3,850
75 UIT = 288,750
Registro de Compras
Electrónico
31 de
enero
NOTA: El Art. 88.2 del CT señala que la declaración rectificatoria surtirá efecto con su presentación
siempre que determine igual o mayor obligación. En caso contrario, surtirá efectos si dentro de un
plazo de 45 días hábiles siguientes a su presentación la Administración Tributaria no emitiera
pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en ella, sin perjuicio de la
facultad de la Administración Tributaria de efectuar la verificación o fiscalización posterior.
DDJJ Rectificatorias (+): Efecto: el mismo día
DDJJ Rectificatorias (-): Efecto 45 días hábiles
Año anterior
NUEVA REGLA PARA DETERMINAR LOS
SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS
ELECTRÓNICOS A PARTIR DEL 2016
Nuevos Sujetos obligados a llevar
Libros Electrónicos a partir del 2017
OBLIGADOS Reg. de Ventas y
Reg. de Compras
Libro Diario y
Libro Mayor
Los que no hayan sido incorporados o se hayan afiliado al
SLE-PLE o hayan generado los registros en el SLE-PORTAL,
estén acogidos al RG o al RER y que hayan obtenido
ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de
mayo del año precedente al anterior y abril del año
anterior.
Para tal efecto, la UIT aplicable es la del año precedente al
anterior al del inicio de la obligación.
Se considerarán los montos declarados en las casillas 100,
105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del
FV 621 - Simplificado IGV - Renta Mensual o del FV 621,
IGV Renta mensual nueva versión a partir de enero del
2016.
Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido
efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la
obligación
Desde el 1 de
Enero de cada
año, del 2017
en adelante
LE o Portal
No es
obligatorio
Ejemplo: Obligados al 2017
2015 2016 2017
Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior
DDJJ
Mayo
2015
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
….. …..
DDJJ
Abri
2016
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2015 = 3,850
75 UIT = 288,750
Registro de Compras
Electrónico
Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31
de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
Ejemplo: obligados al 2018
2016 2017 2018
Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior
DDJJ
Mayo
2016
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
….. …..
DDJJ
Abri
2017
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2016 = 3,950
75 UIT = 296,250
Registro de Compras
Electrónico
Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31
de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
NUEVOS CRONOGRAMAS
DE ATRASOS PARA
REGISTROS DE COMPRAS Y
VENTAS 2016
MES AL QUE
CORRESPONDE
LA OBLIGACIÓN (*)
FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DEL
REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC )
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
ENERO 2016
15-febrero-2016 16-febrero-2016 17-febrero-2016 10-febrero-2016 11-febrero-2016 12-febrero-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
FEBRERO 2016
15-marzo-2016 16-marzo-2016 17-marzo-2016 10-marzo-2016 11-marzo-2016 14-marzo-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
MARZO 2016
15-abril-2016 18-abril-2016 19-abril-2016 12-abril-2016 13-abril-2016 14-abril-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
ABRIL 2016
16-mayo-2016 17-mayo-2016 18-mayo-2016 11-mayo-2016 12-mayo-2016 13-mayo-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
MAYO 2016
15-junio-2016 16-junio-2016 17-junio-2016 10-junio-2016 13-junio-2016 14-junio-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
JUNIO 2016
15-julio-2016 18-julio-2016 19-julio-2016 12-julio-2016 13-julio-2016 14-julio-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
JULIO 2016
15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
AGOSTO 2016
15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
SEPTIEMBRE 2016
17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
OCTUBRE 2016
16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
NOVIEMBRE 2016
16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
DICIEMBRE 2016
16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017
Cronograma tipo A: para contribuyentes que
llevan libros electrónicos antes del 2016
MES AL QUE
CORRESPONDE
LA OBLIGACIÓN (*)
FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DEL
REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC )
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
ENERO 2016
15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
FEBRERO 2016
15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
MARZO 2016
15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
ABRIL 2016
15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
MAYO 2016
17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
JUNIO 2016
17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
JULIO 2016
16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
AGOSTO 2016
16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
SEPTIEMBRE 2016
16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
OCTUBRE 2016
16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
NOVIEMBRE 2016
16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017
0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
DICIEMBRE 2016
16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017
Cronograma tipo B: para contribuyentes que
deben llevar libros electrónicos a partir del 2016
Formulario Virtual N° 621 IGV - Renta Mensual
(R.S. 320-2015/SUNAT) – Uso opcional.
MaterialVIDEO
NOVEDADES DE LA
VERSIÓN 5.0.0 DEL
PROGRAMA DE
LIBROS ELECTRÓNICOS
Herramientas Importantes
Estados
Estructura
de los Libros
y Registros
Electrónicos
en el PLE
Anexo N° 2
RS 361-2015
Tablas
Anexo N° 3
286-2009/SUNAT
Funciones
del PLE
Preguntas
Frecuentes
Estados a utilizar en los LE
Estado Detalle de la Operación o Documento cuando Reg. de
Ventas
Reg. de
Compras
8.1 y 8.3
Reg. de
Compras
8.2
Demás
Libros
1 La operación corresponde al periodo X X X
2
El documento (CdP) ha sido inutilizado (anulado) durante el
periodo previamente a ser entregado, emitido o durante su
emisión.
X
6
La fecha de emisión del CdP o del pago del impuesto, por
operaciones que otorguen derecho a crédito fiscal, es
anterior al periodo de anotación y esta se produce dentro de
los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto,
según corresponda
X
7
La fecha de emisión del CdP o pago del impuesto, por
operaciones que otorgaban derecho a crédito fiscal, es
anterior al periodo de anotación y esta se produce luego de
los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto,
según corresponda
X
8
La operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y NO
ha sido anotada en dicho periodo
X X
9
la operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y SI ha
sido anotada en dicho periodo
X X X X
0
La operación (anotación optativa sin efecto en el IGV)
corresponde al periodo, emitidas en el periodo
X X X
Estructuras de los LE- Anexo
N°2
Estructuras de los LE- Anexo
N°2
Reglas de Nombres de
Libros
Reglas Generales
Reglas de
Comprobantes de Pago
Estructuras de LE
Nuevas Tablas
(Anexo 3 R.S. 169-2015/SUNAT)
TABLA 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO
TABLA 2: TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD
TABLA 3: ENTIDAD FINANCIERA
TABLA 4: TIPO DE MONEDA
TABLA 5: TIPO DE EXISTENCIA
TABLA 6: CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA
TABLA 10: TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
TABLA 11: CÓDIGO DE LA ADUANA
TABLA 12: TIPO DE OPERACIÓN
TABLA 13: CATÁLOGO DE EXISTENCIAS
TABLA 14: MÉTODO DE VALUACIÓN
TABLA 15: TIPO DE TÍTULO
TABLA 16: TIPO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
TABLA 17: PLAN DE CUENTAS
TABLA 18: TIPO DE ACTIVO FIJO
TABLA 19: ESTADO DEL ACTIVO FIJO
TABLA 20: MÉTODO DE DEPRECIACIÓN
TABLA 21: CÓDIGO DE AGRUPAMIENTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL
TABLA 22: CATÁLOGO DE ESTADOS FINANCIEROS
TABLA 25 "CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN"
TABLA 27: TIPO DE VINCULACION ECONOMICA
TABLA 28: PATRIMONIO NETO
TABLA 30: CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS ADQUIRIDOS
TABLA 31: TIPO DE RENTA
TABLA 32: MODALIDAD DEL SERVICIO PRESTADO POR EL SUJETO NO DOMICILIADO
TABLA 33: EXONERACIONES DE OPERACIONES DE NO DOMICILIADOS (ART. 19 DE LA LEY DEL
IMPUESTO A LA RENTA)
TABLA 34: CÓDIGO DE LOS RUBROS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
TABLA 35: PAISES
Versión PLE 5.0
 Insumo: Archivos en formato
TXT.
 Funcionalidad: Validar y
Enviar, Verificar e Historial.
 Sólo se envía un Resumen
(con su Hash
correspondiente).
 Características técnicas:
Multiplataforma, offline y
online.
Preguntas Frecuentes
CAMBIOS EN EL REGISTRO
DE VENTAS E INGRESOS
ELECTRÓNICO
• Versiones simplificadas del Registro de Ventas y del Registro de Compras
Electrónico:
Libro Versión completa Versión simplificada (para quien
tiene solo operaciones gravadas)
Registro de Ventas 34 columnas
Formato 14.1
25 columnas
Formato 14.2
Registro de Compras 41 columnas
Formato 8.1
Formato 8.2
28 columnas
Formato 8.3
• Generación automática de un archivo con información necesaria para
proponer la nueva declaración sugerida del IGV-Renta mensual (FV 621)
que provenga de la versión completa o simplificada de los registros.
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE
• Se generará en un mismo momento el Registro de Ventas y el Registro de Compras
Electrónico.
Registro de Compras:
• Inclusión de un nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados
(condición necesaria para pertenecer a la OCDE y los compromisos con el
Asia Pacífico y Convenios para evitar la doble o nula imposición)
• Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la página
web de la SUNAT de:
 Tipo de cambio SUNAT
 Padrón de No habidos
 Padrón de RUC que renunciaron a la exoneración del IGV
 Si el DNI, consignado en la liquidación de compra, ya cuenta con RUC
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE
Registro de Ventas:
• Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la pagina
web de la SUNAT de:
 Tipo de cambio SUNAT
14.1 Registro de Ventas e Ingresos
Versión completa
Nuevos campos
18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34
Monto de la Operación
NO Gravada con el IGV
(con efectos en el ratio)
ISC, de
ser el caso
Monto de la Operación
Gravada con el IVAP Otros
conceptos,
tributos y
cargos que
no forman
parte de la
base
imponible
Importe
total del
comprobante
de pago
Moneda Documento modificado
Contrato
(*)
Error tipo
1 (tipo de
cambio)
Indicador
de medio
de pago
(1 = Si)
EstadoImporte total
de la
operación
exonerada
Importe total
de la
operación
inafecta
BI de la
operación
gravada con
el Impuesto
a las Ventas
del Arroz
Pilado
Impuesto a
las ventas
del Arroz
Pilado
Código
Tipo de
cambio
Fecha de
emisión
Tipo Serie Número
Optativo Optativo
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
Periodo
Código
Único de la
Operación
Número
correlativo
del CUO
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Cliente
Valor
facturado
de la
exportación
Monto de la Operación Gravada con el
IGV
Fecha
de
emisión
Fecha
de
Venci-
miento
Tipo Serie
Número
inicial
Número
final (**)
Tipo de
Documento
de Identidad
Número
Apellidos y
nombres,
denominación o
razón social del
cliente
Base
imponible
Descuento
de la Base
Imponible
IGV
Descuento
del IGV
14.2 Registro de Ventas e Ingresos
Versión simplificada
Nuevos campos
Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
Periodo
Código
Único de la
Operación
Número
correlativo
del CUO
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Cliente
Monto de la
Operación Gravada
con el IGV
Fecha de
emisión
Fecha
de
Venci-
miento
Tipo Serie
Número
inicial
Número
final
Tipo de
Documento
de Identidad
Número
Apellidos y
nombres,
denominación o
razón social del
cliente
Base
imponible
IGV
15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25
Otros
conceptos,
tributos y
cargos que no
forman parte de
la base
imponible
Importe total del
comprobante de
pago
Moneda Documento modificado
Error tipo 1
(tipo de
cambio)
Indicador de
medio de
pago (1 = Si)
Estado
Código
Tipo de
cambio
Fecha de
emisión
Tipo Serie Número
Optativo
CAMBIOS EN EL
REGISTRO DE COMPRAS
ELECTRÓNICO
8.1 Registro de Compras
Versión completa (1/2)
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23
Periodo
Código
Único de la
Operación
(CUO)
Número
correla-
tivo del
CUO
Comprobante de Pago físico
y/o electrónico
Proveedor
Adquisiciones
gravadas que dan
derecho a crédito
fiscal y/o saldo a
favor por
exportación,
destinadas
exclusivamente a
operaciones
gravadas y/o de
exportación
Adquisiciones
gravadas que dan
derecho a crédito
fiscal y/o saldo a
favor por
exportación,
destinadas a
operaciones gravadas
y/o de exportación y a
operaciones no
gravadas
Base imponible de las
adquisiciones
gravadas que no dan
derecho a crédito
fiscal y/o saldo a
favor por
exportación, por no
estar destinadas a
operaciones gravadas
y/o de exportación
Base
imponible
de las
adquisi-
ciones no
gravadas
internas
y/o de
importación
ISC
Otros
tributos
y
cargos
que no
formen
parte de
la base
impo-
nible
Importe
total
Fech
a de
emisi
ón
Fecha
de
Vmto
Tipo
(Tabla
10)
Serie
Año
de
emisi
ón
DUA
Nro.
inicial
Nro.
final
Tipo de
Document
o de
Identidad
(Tabla 2)
Número
Apellidos
y
nombres,
denomina
ción o
razón
social del
proveedor
Base
imponible
IGV
Base
imponible
IGV
Base
imponible
IGV
24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41
Moneda Documento modificado
Constancia de
Depósito de
Detracción
Marca del
comprobant
e de pago
sujeto a
retención
(1 si hay
retención)
Clasificación
de los
bienes y
servicios
adquiridos
(Tabla 30)
Contrato
(*)
Error
tipo 1
Error
tipo 2
Error
tipo 3
Error
tipo 4
Indicador
de medio
de pago (1
= Si)
Estado
Código
(Tabla 4)
Tipo de
cambio
Fecha de
emisión
Tipo Serie
Código
de la
DUA
Número
Fecha de
emisión
Número
Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo
Nuevos campos
8.1 Registro de Compras
Versión completa (1/2)
N° DESCRIPCIÓN
1
MERCADERIA, MATERIA PRIMA, SUMINISTRO,
ENVASES Y EMBALAJES
2 ACTIVO FIJO
3
OTROS ACTIVOS NO CONSIDERADOS EN LOS
NUMERALES 1 Y 2
4
GASTOS DE EDUCACIÓN, RECREACIÓN, SALUD,
CULTURALES. REPRESENTACIÓN, CAPACITACIÓN, DE
VIAJE, MANTENIMIENTO DE VEHICULO Y DE PREMIOS
5 OTROS GASTOS NO INCLUIDOS EN EL NUMERAL 4
TABLA 30
Aplicable solo a los contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores
a 1,500 UIT en el ejercicio anterior
8.2 Registro de Compras
Versión completa (2/2)
Nuevos campos
Nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
Periodo
Código
Único de la
Operación
Número
correlativo
del CUO
Comprobantes de Pago de sujetos No Domiciliados Sustento del crédito fiscal
Reten-
ción del
IGV
Moneda
Fecha de
emisión
Tipo Serie Número
Valor de las
adquisiciones
Otros
tributos y
cargos que
no formen
parte de la
base
imponible
del IGV
Importe
total
Tipo
(Tabla 10)
Serie
Año de
emisión
DUA
Número
Código
(Tabla
4)
Tipo de
cambio
18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Proveedor Impuesto a la Renta
Tipo de
Renta
(Tabla
31)
Moda-
lidad del
servicio
presta-
do por
el no
domici-
liado
(Tabla
32)
Aplica-
ción del
pen-
ultimo
párrafo
Art. 76°
LIR
(1 si
aplica)
Estado
País de
resi-
dencia
(Tabla
4)
Nombre /
Razón
Social
Domicilio
en el
extranjero
Número
de
Identifi-
cación
Número
de
identifi-
cación
fiscal del
benefi-
ciario
efectivo
de los
pagos
Nombre /
Razón
Social del
benefi-
ciario
efectivo
de los
pagos
País de
residen-
cia del
benefi-
ciario
efectivo
de los
pagos
(Tabla 4)
Vínculo
entre el
contribu-
yente y el
residente
en el
extranjero
(Tabla 27)
Renta
bruta
Deduc-
ción /
Costo de
Enaje-
nación
de
bienes
de
capital
Renta
Neta
Tasa
de
reten-
ción
Impues
to
rete-
nido
Conve-
nio para
evitar la
doble
impo-
sición
aplica-
ble
(Tabla
25)
Exone-
ración
aplicada
(Tabla
33)
8.2 Registro de Compras
Versión completa (2/2)
8.2 Registro de Compras
Versión completa (2/2)
8.3 Registro de Compras
Versión simplificada
Nuevos campos
Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16
Periodo
Código Único
de la
Operación
Número
correlativo del
CUO
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Proveedor
Adquisiciones gravadas
que dan derecho a
crédito fiscal y/o saldo
a favor por exportación,
destinadas
exclusivamente a
operaciones gravadas
y/o de exportación
Otros
tributos y
cargos que
no formen
parte de la
base
imponible
Importe total
Fecha
de
emisión
Fecha
de
Venci-
miento
Tipo
(Tabla
10)
Serie
Número
inicial
Número
final
Tipo de
Document
o de
Identidad
(Tabla 2)
Número
Apellidos y
nombres,
denominació
n o razón
social del
proveedor
Base
imponible
IGV
17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31
Moneda Documento modificado
Constancia de
Depósito de Detracción
Marca del
compro-
bante de
pago sujeto
a retención
(1 si hay
retención)
Clasificación
de los
bienes y
servicios
adquiridos
(Tabla 30)
Error
tipo 1
Error
tipo 2
Error
tipo 3
Indicador
de medio
de pago
(1 = Si)
Estado
Código
(Tabla 4)
Tipo de
cambio
Fecha
de
emisión
Tipo Serie Número
Fecha de
emisión
Número
Optativo Optativo Optativo Optativo
CAMBIOS EN EL LIBRO
DIARIO ELECTRÓNICO
5.1 Libro Diario
Obligados: PRICOS
Periodicidad: Mensual
Cambios: Se incluyen nuevos campos
Periodo
Código
Único de
la Opera-
ción
Número
correla-
tivo del
CUO
Código de
la Cuenta
Contable
Código de la
Unidad de
Operación
(*)
Código del
Centro de
Costos,
Centro de
Utilidades
o Centro
de
Inversión
Tipo de
Moneda
de origen
(tabla 4)
Tipo de
Compro-
bante de
Pago o
Documento
Número
serie del
compro-
bante de
pago o
docu-
mento
Número
del
compro-
bante de
pago o
docu-
mento
Fecha
contable
Fecha de
venci-
miento
Fecha de la
operación
o emisión
Glosa o
descripción
de la
operación
Glosa
referencial
Movimiento
Campos 1, 2
y 3 del
Registro de
Ventas e
Ingresos o
del Registro
de Compras
Estado
Debe Haber
Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo
(*) Económica Administrativa, de Negocio, de Producción, de la Línea, de la Concesión, del Local o del Lote
Nuevos campos
5.1 Libro Diario
Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave
primaria del software contable que identifica de manera unívoca el asiento contable.
Sólo se permite la consolidación de operaciones, siempre que se cumpla con las
siguientes condiciones:
1. Que sea diaria, y
2. Que por las mencionadas operaciones se mantenga la información detallada
que permita efectuar la verificación individual de cada documento.
Dicha información detallada deberá ser llevada mediante un sistema de control
computarizado y contener como mínimo la misma estructura del presente registro y
ser proporcionada mediante medios magnéticos cuando sea requerida por la
SUNAT.
Los contribuyentes obligados a llevar el Registro de Inventario Permanente
Valorizado solo podrán consolidar las operaciones relacionadas con los inventarios
hasta el 31/12/2016.
CAMBIOS EN EL LIBRO DIARIO
DE FORMATO SIMPLIFICADO
ELECTRÓNICO
Libro Diario de Formato
Simplificado Electrónico
=
Libro
Diario
LDFS
CAMBIOS EN EL LIBRO
MAYOR ELECTRÓNICO
=
Libro
Diario LDFS
=
Libro
Mayor
6.1 Libro Mayor
CASOS PRÁCTICOS
20150400|0914|M1|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1|
Registro de Ventas e Ingresos del Régimen General
20150400|1|M-RER|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1|
Registro de Ventas e Ingresos del Régimen Especial de Renta - RER
Situación 1: Referencia del CUO de una
operación de ventas en el RVI
Como no hay asiento contable, se debe
asignar un número correlativo del mes en el
campo 2 y las siglas “M- RER “en el campo 3.
Es el número de
línea del asiento
contable.
Es el número del
asiento contable
(CUO)
Es el número de línea del asiento contable. Debe anteponerse la
letra "M" pues es un asiento de movimientos del mes.
------------------ 0234 --------------------
60 COMPRAS 40,000
601 Mercaderías
6011 Mercaderías manufacturadas
40
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y
APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE
SALUD POR PAGAR
7,200
401 Gobierno central
4011 Impuesto general a las ventas
40111IGV - Cuenta propia
42
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –
TERCEROS
47,200
421
Facturas, boletas y otros comprobantes por
pagar
4212 Emitidas
05/04/2015 Por la compra de mercaderías (Fsct. N° 0001-1313)
------------------ 0235 --------------------
20 MERCADERÍAS 40,000
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111Costo
61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 40,000
611 Mercaderías
6111 Mercaderías manufacturadas
05/04/2015 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén.
20150400|0234|M1|6011 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes |40000.00 | |1|
20150400|0234|M2|40111|05/04/2014|Compra de mercadería del mes | 7200.00 | |1|
20150400|0234|M3|4212 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes | |47200.00 |1|
1ra línea del asiento 0234: M1
2da línea del asiento 0234: M2
3ra línea del asiento 0234: M3
1ra línea del asiento 0235: M1
2da línea del asiento 0235: M2
Libro Diario
PLE
Es el número del asiento
contable (CUO)
Asiento
contable por la
compra de
mercadería:
Factura N°
0001-1313
Situación 2: anotación de una operación
de compra en el Libro Diario
20150400|0234|M3|05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
20150400|1|M-RER |05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
Registro de Compras del Régimen General
Registro de Compras del Régimen Especial de Renta - RER
Es el número de
línea del asiento
contable.
Es el número del
asiento contable
(CUO)
Situación 2: Referencia del CUO de una
operación de compra en el RC
Como no hay asiento contable, se debe
asignar un número correlativo del mes en el
campo 2 y las siglas “M-RER “en el campo 3.
Estructuras de los LE (V. 5.0) -
Definición
La estructura e información que contendrá el(los) archivo(s) de
texto de cada libro electrónico, deberá estar de acuerdo al Anexo 2
de la RS N° 361-2015/SUNAT y normas modificatorias.
Campo 1
Campo 2
Campo 3
Campo 4
Campo 5
Campo1
Campo2
Campo3
Estructuras de los LE (V. 5.0) -
Aplicación.
Campo4
Reglas Generales del PLE
 RUC del Generador: 20131312955
 Periodo a generar: Enero 2013
 Tipo de Libro: Registro de Ventas e Ingresos
 No se está cerrando el libro
 Libro con información
 Llevado en moneda nacional
Operación
(cierre)
Libro
Electrónico
(fijo)
RUC del
Generador
Periodo
Año Mes
Día
Identificador del
Libro: 14.1
Oportun
idad
(sólo
LIB) Con información
PLE (fijo)
Moneda
Reglas de Nombres de Libros (PLE)
Reglas generales de la información
de los comprobantes de pago y/o documentos
Reglas generales de la información
de los comprobantes de pago y/o documentos
VALIDACIÓN Y ENVÍO DE
LIBROS ELECTRÓNICOS
(PLE)
PLE
PLE: Validar
PLE: Validar – Información Consistente
PLE: Validar – Reporte de Información
Inconsistente
PLE: Enviar
PLE:Enviar – Advertencia del primer envío
PLE: Enviar – Constancia de Recepción
¿DÓNDE UBICO LOS ARCHIVOS
QUE CONFORMAN LOS
LE – PLE?
Conclusiones
• Cada vez será mayor la cantidad de
contribuyentes que deban llevan sus libros de
manera electrónica.
• El uso de la información de los libros electrónicos
con mayores validaciones permitirá a la SUNAT
realizar cruces de información con menores
impactos pues se minimizarán los errores.
• El llevado de Libros Electrónicos permite ahorrar
costos de papel, impresora, tinta, legalización
notarial, horas hombre y de almacenamiento
físico.
Charla   sle 28-09-2016 - mepeco y prico
Charla   sle 28-09-2016 - mepeco y prico

Charla sle 28-09-2016 - mepeco y prico

  • 1.
  • 5.
    Temario • Marco Legal •Sistemas de Libros Electrónicos (SLE): PLE y PORTAL • Sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos • Nueva regla para determinar los sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos a partir del 2016 • Nuevos Cronogramas de atrasos permitidos 2016 (Registro compras y ventas electrónicos) • Novedades de la versión 5.0.0.4 del Programa de Libros Electrónicos • Casos prácticos. • Conclusiones.
  • 6.
  • 7.
    Res. de Superintend. Tema quenorma Fecha Nº 286-2009 Dictan disposiciones para la implementación del llevado optativo de determinados Libros y Registros de manera electrónica, mediante el Programa de Libros Electrónicos – PLE, a partir del 01/07/2010 30/12/2009 Nº 248-2012 Modifican la RS N° 286-2009 determinándose a los PRICOS como sujetos obligados a llevar libros electrónicos mediante el PLE, a partir del 01/01/2013 28/10/2012 Nº 066-2013 Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica en SOL (PORTAL) 28/02/2013 Nº 379-2013 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT están obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2014. Se aprueba la versión 4.0 del PLE. Se aprueban los plazos de atraso del año 2014 del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas tipo A y B. 29/12/2013 Nº 247-2014 Crea el "Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica (SLE PORTAL). Sustituye Anexos N° 1, 2, 3 y 4 e incorpora el Anexo N° 5 "Reglas generales de la información de los comprobantes de pago. 05/08/2014 Libros Electrónicos: normativa vigente
  • 8.
    Res. de Superintend. Tema quenorma Fecha Nº 390-2014 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 150 UIT están obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2015. Se aprueban los plazos de atraso del año 2015 del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas tipo A y B. 30/12/2014 Nº 018-2015 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 75 UIT están obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del 01/01/2016. 23/01/2015 Nº 169-2015 Modifican la RS N° 286-2009 y N° 066-2013 y aprueba la versión 5.0.0 del PLE 30/06/2015 Nº 361-2015 Precisan sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, establecen nuevos sujetos obligados a llevarlos de dicha manera y modifican las normas que regulan los sistemas a través de los cuales se cumple con la obligación de llevar libros y registros de manera electrónica a fin de facilitar su aplicación. 30/12/2015 Nº 360-2015 Establecen Cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributaria y las fechas máximas de atraso del registro de Ventas e Ingresos y de Compras generados mediante el SLE-PLE o el SLE-PORTAL, correspondientes al año 2016 31/12/2015 Libros Electrónicos: normativa vigente
  • 9.
  • 10.
    • El SLE-Portales un aplicativo en SUNAT Operaciones en Línea – SOL que permite la captura de la información para generar el Registro de Ventas e Ingresos (RVI) y el Registro de Compras (RC) de manera electrónica. • A los contribuyentes que opten en ser usuarios del Sistema, la SUNAT los sustituirá en su obligación de almacenamiento, archivo y conservación de los Registros Electrónicos generados en el sistema. • El contribuyente podrá descargar ejemplares de los Registros Electrónicos generados en el Sistema. Modelo de Libros Electrónicos - PORTAL
  • 11.
    Sistemas de LibrosElectrónicos – SLE SLE - PORTAL Registro de Compras Portal Registro de Ventas Portal SLE PORTAL
  • 12.
    Registro de VentasPortal Registro de Comprobante de Pago Físicos Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Generación de Registro de Ventas Electrónico Descarga de Registro de Ventas Electrónico Importación de Comprobantes de Pago Físico
  • 13.
    Registro de ComprasPortal Registro de Comprobante de Pago Físicos Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Generación de Registro de Compras Electrónico Descarga de Registro de Compras Electrónico Importación de Comprobantes de Pago Físico x x
  • 14.
    • El Programade Libros Electrónicos – PLE no es un software contable. • Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT). • No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto). • Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico (que incluye el “hash” correspondiente). Modelo de Libros Electrónicos - PLE
  • 15.
    Domicilio Fiscal CONTRIBUYENTE SUNAT Ventas Resumen+ Hash Ventas +Ventas CdR Ventas +Ventas CdR Ventas BD LE Constancia de Recepción + Firma SUNAT CdR Ventas TXT SW Contable propio PRICO Otro Domicilio Modelo de Libros Electrónicos - PLE
  • 16.
    Sistemas de LibrosElectrónicos – SLE SLE - PLE CÓD. NOMBRE O DESCRIPCIÓN 1 LIBRO CAJA Y BANCOS 3 LIBRO INVENTARIO Y BALANCES 4 LIBRO DE RETENCIONES INC. E Y F DEL ART. 34 DE LA LIR 5 LIBRO DIARIO 5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO 6 LIBRO MAYOR 7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS 8 REGISTRO DE COMPRAS 9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES 10 REGISTRO DE COSTOS 12 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS 13 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO 14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
  • 17.
    SUJETOS OBLIGADOS ALLEVAR LIBROS ELECTRÓNICOS
  • 18.
    1. Incorporados PRICOS RVI + RC Enero2013 LD + LM Junio 2013 ANUAL: Libro de Inventarios y Balances, Registro de Costos, Registro de Activos Fijos MENSUAL: Registro de Consignaciones, Libro de Inventario Permanente en Unidades Físicas SEMESTRAL: Libro de Inventario Permanente Valorizado 2. Obligados Ingresos mayores a 500 UIT RVI + RC Enero 2014 3. Obligados Ingresos mayores a 150 UIT RVI + RC Enero 2015 4. Obligados Ingresos mayores a 75 UIT RVI + RC Enero 2016 5. Afiliados PLE Voluntarios PLE RVI + RC 6. Generadores Portal Voluntarios Portal RVI + RC Resumen de los Sujetos que llevan Libros Electrónicos Obligados Voluntarios Nuevas obligaciones: PRICOS IPCN con ingresos mayores a 3,000 UITs Nuevos obligados
  • 19.
    Principales Contribuyentes - PRICOS IPCN -Principales contribuyentes nacionales PRICOS – Dependencias (Lima, Lambayeque, Piura, etc.) Medianos y Pequeños - MEPECO Medianos Pequeños
  • 21.
    Sujetos obligados allevar LE a partir del 2016 OBLIGADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras Libro Diario y Libro Mayor Los obligados son los sujetos que: − No sean PRICOS − No se hayan afiliado al SLE-PLE − Estén acogidos al RG o al RER − Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de enero a diciembre 2015 La UIT a considerar es la del 2015 (S/ 3,850), por tanto el monto referencial es S/ 288,750. Para tal efecto se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 - Simplificado IGV - Renta Mensual. Desde Enero 2016 PLE o Portal No es obligatorio
  • 22.
    Ejemplo: obligados al2016 2015 2016 Año de la obligación DDJJ Ene. 2015 Ingresos iguales o mayores a 75 UIT ….. ….. DDJJ Dic. 2015 Registro de Ventas e Ingresos Electrónico UIT 2015 = 3,850 75 UIT = 288,750 Registro de Compras Electrónico 31 de enero NOTA: El Art. 88.2 del CT señala que la declaración rectificatoria surtirá efecto con su presentación siempre que determine igual o mayor obligación. En caso contrario, surtirá efectos si dentro de un plazo de 45 días hábiles siguientes a su presentación la Administración Tributaria no emitiera pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en ella, sin perjuicio de la facultad de la Administración Tributaria de efectuar la verificación o fiscalización posterior. DDJJ Rectificatorias (+): Efecto: el mismo día DDJJ Rectificatorias (-): Efecto 45 días hábiles Año anterior
  • 23.
    NUEVA REGLA PARADETERMINAR LOS SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS ELECTRÓNICOS A PARTIR DEL 2016
  • 24.
    Nuevos Sujetos obligadosa llevar Libros Electrónicos a partir del 2017 OBLIGADOS Reg. de Ventas y Reg. de Compras Libro Diario y Libro Mayor Los que no hayan sido incorporados o se hayan afiliado al SLE-PLE o hayan generado los registros en el SLE-PORTAL, estén acogidos al RG o al RER y que hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior. Para tal efecto, la UIT aplicable es la del año precedente al anterior al del inicio de la obligación. Se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 - Simplificado IGV - Renta Mensual o del FV 621, IGV Renta mensual nueva versión a partir de enero del 2016. Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la obligación Desde el 1 de Enero de cada año, del 2017 en adelante LE o Portal No es obligatorio
  • 25.
    Ejemplo: Obligados al2017 2015 2016 2017 Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior DDJJ Mayo 2015 Ingresos iguales o mayores a 75 UIT ….. ….. DDJJ Abri 2016 Registro de Ventas e Ingresos Electrónico UIT 2015 = 3,850 75 UIT = 288,750 Registro de Compras Electrónico Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
  • 26.
    Ejemplo: obligados al2018 2016 2017 2018 Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior DDJJ Mayo 2016 Ingresos iguales o mayores a 75 UIT ….. ….. DDJJ Abri 2017 Registro de Ventas e Ingresos Electrónico UIT 2016 = 3,950 75 UIT = 296,250 Registro de Compras Electrónico Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
  • 27.
    NUEVOS CRONOGRAMAS DE ATRASOSPARA REGISTROS DE COMPRAS Y VENTAS 2016
  • 28.
    MES AL QUE CORRESPONDE LAOBLIGACIÓN (*) FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC ) 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 ENERO 2016 15-febrero-2016 16-febrero-2016 17-febrero-2016 10-febrero-2016 11-febrero-2016 12-febrero-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 FEBRERO 2016 15-marzo-2016 16-marzo-2016 17-marzo-2016 10-marzo-2016 11-marzo-2016 14-marzo-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 MARZO 2016 15-abril-2016 18-abril-2016 19-abril-2016 12-abril-2016 13-abril-2016 14-abril-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 ABRIL 2016 16-mayo-2016 17-mayo-2016 18-mayo-2016 11-mayo-2016 12-mayo-2016 13-mayo-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 MAYO 2016 15-junio-2016 16-junio-2016 17-junio-2016 10-junio-2016 13-junio-2016 14-junio-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 JUNIO 2016 15-julio-2016 18-julio-2016 19-julio-2016 12-julio-2016 13-julio-2016 14-julio-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 JULIO 2016 15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 AGOSTO 2016 15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 SEPTIEMBRE 2016 17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 OCTUBRE 2016 16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 NOVIEMBRE 2016 16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 DICIEMBRE 2016 16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017 Cronograma tipo A: para contribuyentes que llevan libros electrónicos antes del 2016
  • 29.
    MES AL QUE CORRESPONDE LAOBLIGACIÓN (*) FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC ) 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 ENERO 2016 15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 FEBRERO 2016 15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 MARZO 2016 15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 ABRIL 2016 15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 MAYO 2016 17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 JUNIO 2016 17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 JULIO 2016 16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 AGOSTO 2016 16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 SEPTIEMBRE 2016 16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 OCTUBRE 2016 16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 NOVIEMBRE 2016 16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 DICIEMBRE 2016 16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017 Cronograma tipo B: para contribuyentes que deben llevar libros electrónicos a partir del 2016
  • 30.
    Formulario Virtual N°621 IGV - Renta Mensual (R.S. 320-2015/SUNAT) – Uso opcional. MaterialVIDEO
  • 31.
    NOVEDADES DE LA VERSIÓN5.0.0 DEL PROGRAMA DE LIBROS ELECTRÓNICOS
  • 32.
    Herramientas Importantes Estados Estructura de losLibros y Registros Electrónicos en el PLE Anexo N° 2 RS 361-2015 Tablas Anexo N° 3 286-2009/SUNAT Funciones del PLE Preguntas Frecuentes
  • 33.
    Estados a utilizaren los LE Estado Detalle de la Operación o Documento cuando Reg. de Ventas Reg. de Compras 8.1 y 8.3 Reg. de Compras 8.2 Demás Libros 1 La operación corresponde al periodo X X X 2 El documento (CdP) ha sido inutilizado (anulado) durante el periodo previamente a ser entregado, emitido o durante su emisión. X 6 La fecha de emisión del CdP o del pago del impuesto, por operaciones que otorguen derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda X 7 La fecha de emisión del CdP o pago del impuesto, por operaciones que otorgaban derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta se produce luego de los doce meses siguientes a la emisión o pago del impuesto, según corresponda X 8 La operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo X X 9 la operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo X X X X 0 La operación (anotación optativa sin efecto en el IGV) corresponde al periodo, emitidas en el periodo X X X
  • 34.
    Estructuras de losLE- Anexo N°2
  • 35.
    Estructuras de losLE- Anexo N°2 Reglas de Nombres de Libros Reglas Generales Reglas de Comprobantes de Pago Estructuras de LE
  • 36.
    Nuevas Tablas (Anexo 3R.S. 169-2015/SUNAT) TABLA 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO TABLA 2: TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD TABLA 3: ENTIDAD FINANCIERA TABLA 4: TIPO DE MONEDA TABLA 5: TIPO DE EXISTENCIA TABLA 6: CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA TABLA 10: TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO TABLA 11: CÓDIGO DE LA ADUANA TABLA 12: TIPO DE OPERACIÓN TABLA 13: CATÁLOGO DE EXISTENCIAS TABLA 14: MÉTODO DE VALUACIÓN TABLA 15: TIPO DE TÍTULO TABLA 16: TIPO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES TABLA 17: PLAN DE CUENTAS TABLA 18: TIPO DE ACTIVO FIJO TABLA 19: ESTADO DEL ACTIVO FIJO TABLA 20: MÉTODO DE DEPRECIACIÓN TABLA 21: CÓDIGO DE AGRUPAMIENTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL TABLA 22: CATÁLOGO DE ESTADOS FINANCIEROS TABLA 25 "CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN" TABLA 27: TIPO DE VINCULACION ECONOMICA TABLA 28: PATRIMONIO NETO TABLA 30: CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS ADQUIRIDOS TABLA 31: TIPO DE RENTA TABLA 32: MODALIDAD DEL SERVICIO PRESTADO POR EL SUJETO NO DOMICILIADO TABLA 33: EXONERACIONES DE OPERACIONES DE NO DOMICILIADOS (ART. 19 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA) TABLA 34: CÓDIGO DE LOS RUBROS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS TABLA 35: PAISES
  • 37.
    Versión PLE 5.0 Insumo: Archivos en formato TXT.  Funcionalidad: Validar y Enviar, Verificar e Historial.  Sólo se envía un Resumen (con su Hash correspondiente).  Características técnicas: Multiplataforma, offline y online.
  • 38.
  • 39.
    CAMBIOS EN ELREGISTRO DE VENTAS E INGRESOS ELECTRÓNICO
  • 40.
    • Versiones simplificadasdel Registro de Ventas y del Registro de Compras Electrónico: Libro Versión completa Versión simplificada (para quien tiene solo operaciones gravadas) Registro de Ventas 34 columnas Formato 14.1 25 columnas Formato 14.2 Registro de Compras 41 columnas Formato 8.1 Formato 8.2 28 columnas Formato 8.3 • Generación automática de un archivo con información necesaria para proponer la nueva declaración sugerida del IGV-Renta mensual (FV 621) que provenga de la versión completa o simplificada de los registros. Novedades de la versión 5.0.0 del PLE • Se generará en un mismo momento el Registro de Ventas y el Registro de Compras Electrónico.
  • 41.
    Registro de Compras: •Inclusión de un nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados (condición necesaria para pertenecer a la OCDE y los compromisos con el Asia Pacífico y Convenios para evitar la doble o nula imposición) • Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la página web de la SUNAT de:  Tipo de cambio SUNAT  Padrón de No habidos  Padrón de RUC que renunciaron a la exoneración del IGV  Si el DNI, consignado en la liquidación de compra, ya cuenta con RUC Novedades de la versión 5.0.0 del PLE Registro de Ventas: • Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la pagina web de la SUNAT de:  Tipo de cambio SUNAT
  • 42.
    14.1 Registro deVentas e Ingresos Versión completa Nuevos campos 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 Monto de la Operación NO Gravada con el IGV (con efectos en el ratio) ISC, de ser el caso Monto de la Operación Gravada con el IVAP Otros conceptos, tributos y cargos que no forman parte de la base imponible Importe total del comprobante de pago Moneda Documento modificado Contrato (*) Error tipo 1 (tipo de cambio) Indicador de medio de pago (1 = Si) EstadoImporte total de la operación exonerada Importe total de la operación inafecta BI de la operación gravada con el Impuesto a las Ventas del Arroz Pilado Impuesto a las ventas del Arroz Pilado Código Tipo de cambio Fecha de emisión Tipo Serie Número Optativo Optativo 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 Periodo Código Único de la Operación Número correlativo del CUO Comprobante de Pago físico y/o electrónico Cliente Valor facturado de la exportación Monto de la Operación Gravada con el IGV Fecha de emisión Fecha de Venci- miento Tipo Serie Número inicial Número final (**) Tipo de Documento de Identidad Número Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente Base imponible Descuento de la Base Imponible IGV Descuento del IGV
  • 43.
    14.2 Registro deVentas e Ingresos Versión simplificada Nuevos campos Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 Periodo Código Único de la Operación Número correlativo del CUO Comprobante de Pago físico y/o electrónico Cliente Monto de la Operación Gravada con el IGV Fecha de emisión Fecha de Venci- miento Tipo Serie Número inicial Número final Tipo de Documento de Identidad Número Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente Base imponible IGV 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 Otros conceptos, tributos y cargos que no forman parte de la base imponible Importe total del comprobante de pago Moneda Documento modificado Error tipo 1 (tipo de cambio) Indicador de medio de pago (1 = Si) Estado Código Tipo de cambio Fecha de emisión Tipo Serie Número Optativo
  • 44.
    CAMBIOS EN EL REGISTRODE COMPRAS ELECTRÓNICO
  • 45.
    8.1 Registro deCompras Versión completa (1/2) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 Periodo Código Único de la Operación (CUO) Número correla- tivo del CUO Comprobante de Pago físico y/o electrónico Proveedor Adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación Adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación Base imponible de las adquisi- ciones no gravadas internas y/o de importación ISC Otros tributos y cargos que no formen parte de la base impo- nible Importe total Fech a de emisi ón Fecha de Vmto Tipo (Tabla 10) Serie Año de emisi ón DUA Nro. inicial Nro. final Tipo de Document o de Identidad (Tabla 2) Número Apellidos y nombres, denomina ción o razón social del proveedor Base imponible IGV Base imponible IGV Base imponible IGV 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 Moneda Documento modificado Constancia de Depósito de Detracción Marca del comprobant e de pago sujeto a retención (1 si hay retención) Clasificación de los bienes y servicios adquiridos (Tabla 30) Contrato (*) Error tipo 1 Error tipo 2 Error tipo 3 Error tipo 4 Indicador de medio de pago (1 = Si) Estado Código (Tabla 4) Tipo de cambio Fecha de emisión Tipo Serie Código de la DUA Número Fecha de emisión Número Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Nuevos campos
  • 46.
    8.1 Registro deCompras Versión completa (1/2) N° DESCRIPCIÓN 1 MERCADERIA, MATERIA PRIMA, SUMINISTRO, ENVASES Y EMBALAJES 2 ACTIVO FIJO 3 OTROS ACTIVOS NO CONSIDERADOS EN LOS NUMERALES 1 Y 2 4 GASTOS DE EDUCACIÓN, RECREACIÓN, SALUD, CULTURALES. REPRESENTACIÓN, CAPACITACIÓN, DE VIAJE, MANTENIMIENTO DE VEHICULO Y DE PREMIOS 5 OTROS GASTOS NO INCLUIDOS EN EL NUMERAL 4 TABLA 30 Aplicable solo a los contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores a 1,500 UIT en el ejercicio anterior
  • 47.
    8.2 Registro deCompras Versión completa (2/2) Nuevos campos Nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 Periodo Código Único de la Operación Número correlativo del CUO Comprobantes de Pago de sujetos No Domiciliados Sustento del crédito fiscal Reten- ción del IGV Moneda Fecha de emisión Tipo Serie Número Valor de las adquisiciones Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible del IGV Importe total Tipo (Tabla 10) Serie Año de emisión DUA Número Código (Tabla 4) Tipo de cambio 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 Proveedor Impuesto a la Renta Tipo de Renta (Tabla 31) Moda- lidad del servicio presta- do por el no domici- liado (Tabla 32) Aplica- ción del pen- ultimo párrafo Art. 76° LIR (1 si aplica) Estado País de resi- dencia (Tabla 4) Nombre / Razón Social Domicilio en el extranjero Número de Identifi- cación Número de identifi- cación fiscal del benefi- ciario efectivo de los pagos Nombre / Razón Social del benefi- ciario efectivo de los pagos País de residen- cia del benefi- ciario efectivo de los pagos (Tabla 4) Vínculo entre el contribu- yente y el residente en el extranjero (Tabla 27) Renta bruta Deduc- ción / Costo de Enaje- nación de bienes de capital Renta Neta Tasa de reten- ción Impues to rete- nido Conve- nio para evitar la doble impo- sición aplica- ble (Tabla 25) Exone- ración aplicada (Tabla 33)
  • 48.
    8.2 Registro deCompras Versión completa (2/2)
  • 49.
    8.2 Registro deCompras Versión completa (2/2)
  • 50.
    8.3 Registro deCompras Versión simplificada Nuevos campos Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 Periodo Código Único de la Operación Número correlativo del CUO Comprobante de Pago físico y/o electrónico Proveedor Adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible Importe total Fecha de emisión Fecha de Venci- miento Tipo (Tabla 10) Serie Número inicial Número final Tipo de Document o de Identidad (Tabla 2) Número Apellidos y nombres, denominació n o razón social del proveedor Base imponible IGV 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 Moneda Documento modificado Constancia de Depósito de Detracción Marca del compro- bante de pago sujeto a retención (1 si hay retención) Clasificación de los bienes y servicios adquiridos (Tabla 30) Error tipo 1 Error tipo 2 Error tipo 3 Indicador de medio de pago (1 = Si) Estado Código (Tabla 4) Tipo de cambio Fecha de emisión Tipo Serie Número Fecha de emisión Número Optativo Optativo Optativo Optativo
  • 51.
    CAMBIOS EN ELLIBRO DIARIO ELECTRÓNICO
  • 52.
    5.1 Libro Diario Obligados:PRICOS Periodicidad: Mensual Cambios: Se incluyen nuevos campos Periodo Código Único de la Opera- ción Número correla- tivo del CUO Código de la Cuenta Contable Código de la Unidad de Operación (*) Código del Centro de Costos, Centro de Utilidades o Centro de Inversión Tipo de Moneda de origen (tabla 4) Tipo de Compro- bante de Pago o Documento Número serie del compro- bante de pago o docu- mento Número del compro- bante de pago o docu- mento Fecha contable Fecha de venci- miento Fecha de la operación o emisión Glosa o descripción de la operación Glosa referencial Movimiento Campos 1, 2 y 3 del Registro de Ventas e Ingresos o del Registro de Compras Estado Debe Haber Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo (*) Económica Administrativa, de Negocio, de Producción, de la Línea, de la Concesión, del Local o del Lote Nuevos campos
  • 53.
    5.1 Libro Diario CódigoÚnico de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o clave primaria del software contable que identifica de manera unívoca el asiento contable. Sólo se permite la consolidación de operaciones, siempre que se cumpla con las siguientes condiciones: 1. Que sea diaria, y 2. Que por las mencionadas operaciones se mantenga la información detallada que permita efectuar la verificación individual de cada documento. Dicha información detallada deberá ser llevada mediante un sistema de control computarizado y contener como mínimo la misma estructura del presente registro y ser proporcionada mediante medios magnéticos cuando sea requerida por la SUNAT. Los contribuyentes obligados a llevar el Registro de Inventario Permanente Valorizado solo podrán consolidar las operaciones relacionadas con los inventarios hasta el 31/12/2016.
  • 54.
    CAMBIOS EN ELLIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO ELECTRÓNICO
  • 55.
    Libro Diario deFormato Simplificado Electrónico = Libro Diario LDFS
  • 56.
    CAMBIOS EN ELLIBRO MAYOR ELECTRÓNICO
  • 57.
  • 58.
  • 59.
    20150400|0914|M1|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABCSAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1| Registro de Ventas e Ingresos del Régimen General 20150400|1|M-RER|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1| Registro de Ventas e Ingresos del Régimen Especial de Renta - RER Situación 1: Referencia del CUO de una operación de ventas en el RVI Como no hay asiento contable, se debe asignar un número correlativo del mes en el campo 2 y las siglas “M- RER “en el campo 3. Es el número de línea del asiento contable. Es el número del asiento contable (CUO)
  • 60.
    Es el númerode línea del asiento contable. Debe anteponerse la letra "M" pues es un asiento de movimientos del mes. ------------------ 0234 -------------------- 60 COMPRAS 40,000 601 Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas 40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 7,200 401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas 40111IGV - Cuenta propia 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS 47,200 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas 05/04/2015 Por la compra de mercaderías (Fsct. N° 0001-1313) ------------------ 0235 -------------------- 20 MERCADERÍAS 40,000 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111Costo 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 40,000 611 Mercaderías 6111 Mercaderías manufacturadas 05/04/2015 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén. 20150400|0234|M1|6011 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes |40000.00 | |1| 20150400|0234|M2|40111|05/04/2014|Compra de mercadería del mes | 7200.00 | |1| 20150400|0234|M3|4212 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes | |47200.00 |1| 1ra línea del asiento 0234: M1 2da línea del asiento 0234: M2 3ra línea del asiento 0234: M3 1ra línea del asiento 0235: M1 2da línea del asiento 0235: M2 Libro Diario PLE Es el número del asiento contable (CUO) Asiento contable por la compra de mercadería: Factura N° 0001-1313 Situación 2: anotación de una operación de compra en el Libro Diario
  • 61.
    20150400|0234|M3|05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1| 20150400|1|M-RER |05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITASAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1| Registro de Compras del Régimen General Registro de Compras del Régimen Especial de Renta - RER Es el número de línea del asiento contable. Es el número del asiento contable (CUO) Situación 2: Referencia del CUO de una operación de compra en el RC Como no hay asiento contable, se debe asignar un número correlativo del mes en el campo 2 y las siglas “M-RER “en el campo 3.
  • 62.
    Estructuras de losLE (V. 5.0) - Definición La estructura e información que contendrá el(los) archivo(s) de texto de cada libro electrónico, deberá estar de acuerdo al Anexo 2 de la RS N° 361-2015/SUNAT y normas modificatorias. Campo 1 Campo 2 Campo 3 Campo 4 Campo 5
  • 63.
    Campo1 Campo2 Campo3 Estructuras de losLE (V. 5.0) - Aplicación. Campo4
  • 64.
  • 65.
     RUC delGenerador: 20131312955  Periodo a generar: Enero 2013  Tipo de Libro: Registro de Ventas e Ingresos  No se está cerrando el libro  Libro con información  Llevado en moneda nacional Operación (cierre) Libro Electrónico (fijo) RUC del Generador Periodo Año Mes Día Identificador del Libro: 14.1 Oportun idad (sólo LIB) Con información PLE (fijo) Moneda Reglas de Nombres de Libros (PLE)
  • 67.
    Reglas generales dela información de los comprobantes de pago y/o documentos
  • 68.
    Reglas generales dela información de los comprobantes de pago y/o documentos
  • 69.
    VALIDACIÓN Y ENVÍODE LIBROS ELECTRÓNICOS (PLE)
  • 70.
  • 71.
  • 72.
    PLE: Validar –Información Consistente
  • 73.
    PLE: Validar –Reporte de Información Inconsistente
  • 74.
  • 75.
    PLE:Enviar – Advertenciadel primer envío
  • 76.
    PLE: Enviar –Constancia de Recepción
  • 77.
    ¿DÓNDE UBICO LOSARCHIVOS QUE CONFORMAN LOS LE – PLE?
  • 80.
    Conclusiones • Cada vezserá mayor la cantidad de contribuyentes que deban llevan sus libros de manera electrónica. • El uso de la información de los libros electrónicos con mayores validaciones permitirá a la SUNAT realizar cruces de información con menores impactos pues se minimizarán los errores. • El llevado de Libros Electrónicos permite ahorrar costos de papel, impresora, tinta, legalización notarial, horas hombre y de almacenamiento físico.

Notas del editor

  • #11 Los PRICOS son los únicos que no pueden llevar en el SLE-Portal
  • #14 No se han habilitado las 2 primeras funcionalidades por que el contribuyente debe tomar “decisiones” respecto a su crédito fiscal (ej.: destino de sus adquisiciones gravadas)
  • #15 El hash es un algoritmo matemático que se aplica a un documento electrónico y permite saber si ha sido alterado o no en el futuro. En el momento de generar el Libro Electrónico se genera el hash y la SUNAT lo guardará en su bases de datos por siempre.
  • #16 El SW contable de contribuyente puede ser un ERP, SW contable o una hoja Excel. Todos deben generar los archivos txt de acuerdo a las estructuras establecidas por la SUNAT.
  • #22 Hay nuevas Tablas (en color rojo): 13 a la 21
  • #23 Efecto de una rectificatoria con cifra menor presentada el 26.11.2015 y cuyo efecto vence el 31.01.2016.
  • #25 Hay nuevas Tablas (en color rojo): 13 a la 21
  • #26 Hay nuevas Tablas (en color rojo): 13 a la 21
  • #27 Hay nuevas Tablas (en color rojo): 13 a la 21
  • #41 Respecto de las Boletas de Venta emitidas de manera física, se ha establecido que a partir del 1 de julio de 2016, se deberá registrar de manera detallada cuando el monto total sea igual o mayor a S/ 700.00.  Respecto de las Boletas de Venta emitidas de manera electrónica, se ha establecido que se permite la consolidación diaria del total de las mismas inclusive cuando el monto total sea igual o mayor a S/ 700.00.
  • #43 (*) Identificación del Contrato o del proyecto en el caso de los Operadores de las sociedades irregulares, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente.
  • #48 No se pueden subsanar omisiones sobre el Registro de Compras, toda vez que, no se debe declarar crédito fiscal de comprobantes o documentos que no se encuentran anotadas en el mencionado registro, en aplicación de la Resolución de Observancia Obligatoria emitida por el Tribunal Fiscal, recaída en el Expediente N° 1580-5-2009.  Cabe precisar que, para el caso de utilización de servicios prestado por no domiciliado, el numeral 11 del artículo 6° del Reglamento de la Ley del IGV, condiciona el uso del crédito fiscal al periodo en el que se realiza la anotación del comprobante de pago emitido por el no domiciliado, además del pago efectivo del impuesto en un formato 1662 – boleta para pagos varios con el código de tributo 1041. Siendo así, en dicho supuesto, no habría forma alguna de regularizar la omisión, debiéndose utilizar el crédito fiscal en el periodo de anotación en el Registro de Compras, aun cuando el estado de operación sea 0.
  • #60 En el caso del RER, el campo 2 se repite con dichas siglas “RER” (incluye las comillas) y el campo 3 es un número secuencial antecedido por la letra mayúscula M
  • #61 Asiento contable de una operación individual
  • #62 En el caso del RER, el campo 2 se repite con dichas siglas “RER” (incluye las comillas) y el campo 3 es un número secuencial antecedido por la letra mayúscula M