Este decreto establece que todas las entidades públicas deben disponer la chatarrización de vehículos y equipos obsoletos o inservibles. Las entidades remitirán listas de estos bienes al Ministerio de Industrias y Productividad para coordinar su entrega a empresas siderúrgicas autorizadas para procesar la chatarra. Los valores resultantes de la venta de los materiales procesados serán depositados en la Cuenta Única del Tesoro Nacional. El decreto entra en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial.