El documento describe varios tipos de obligaciones civiles como obligaciones civiles y naturales, obligaciones divisibles e indivisibles, obligaciones correales y de un solo acreedor y deudor, y obligaciones de dar, hacer, prestar y no hacer. También explica que la obligación crea un vínculo jurídico entre dos partes, el acreedor y el deudor, y que la ley otorga medios para que el acreedor pueda exigir la conducta debida del deudor.