Este documento resume los cambios en la clasificación tributaria y declaración de renta para personas naturales en Colombia a partir de 2016, introducidos por la ley 1819 de 2016. Se modificaron las categorías de "empleado", "trabajador por cuenta propia" y "otros" y se estableció un sistema de renta por cédulas independientes para trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos. También se eliminaron el IMAS e IMAN, y se modificaron las tarifas de impuesto a la renta.
Este documento presenta la clasificación tributaria de las personas naturales y sucesiones ilíquidas ante el impuesto de renta a partir de la Ley 1819 de 2016 en Colombia. Introduce un sistema de rentas cedulares que separa las rentas en cinco categorías (trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos), y elimina las categorías de "empleado", "trabajador por cuenta propia" y "otros". También modifica la tarifa del impuesto de renta establecida en el artículo 241 del Estatuto Tributario.
Resolución Exenta Nº 1401 " Dicta Normas para Condonación de Deudas para Cont...Nelson Leiva®
Este documento es el Diario Oficial de Chile del 29 de septiembre de 2015. Contiene varias resoluciones y decretos de los ministerios de Hacienda y Educación. Entre ellos se encuentran resoluciones que dictan normas sobre condonación de deudas y convenios de pago para contribuyentes, y decretos que designan cargos públicos y declaran monumentos nacionales.
Articulos del impuesto sobre la renta para retencion en las fuentesmario23804
Este documento describe las tasas de retención de impuestos sobre la renta aplicables a diferentes tipos de ingresos obtenidos por personas naturales o jurídicas no residentes en Honduras. Detalla tasas de retención que van desde el 5% para primas de seguros hasta el 35% para sueldos, salarios y comisiones. También cubre tasas aplicables a residentes de Honduras, como una tasa del 25% para ganancias de personas jurídicas y una escala progresiva para personas naturales.
Este documento resume las principales novedades fiscales para el año 2013 en España. Entre ellas se encuentran la supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, la modificación de la tributación de las ganancias en el juego, y cambios en la forma de integrar las ganancias y pérdidas patrimoniales en la base imponible del ahorro y general. También actualiza el interés legal del dinero, el salario mínimo interprofesional y regula la compensación fiscal de determinados rendimientos de capital mobiliario.
El documento trata sobre las retenciones en la fuente establecidas en la Ley 1607 de 2012 en Colombia. Explica que la ley faculta al gobierno para establecer retenciones en la fuente del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). Además, indica que las declaraciones del CREE se deben presentar con pago total o se entenderán como no presentadas. Finalmente, resume algunos de los cambios en las retenciones en la fuente para empleados e independientes introducidos por la reforma tributaria.
Este documento presenta las tasas de retención en la fuente aplicables en Colombia para el año 2016 según diferentes conceptos como pagos a empleados, honorarios, intereses, dividendos, arriendos de bienes muebles e inmuebles, compras de bienes, servicios y otros ingresos. En total se enumeran 65 categorías con sus respectivas tarifas de retención que van desde el 0.1% hasta el 33%, según si se trata de personas naturales o jurídicas, declarantes o no declarantes de renta, y el tipo de transacción gravada
Este documento describe los procedimientos para la declaración anual de impuestos sobre la renta (ISR) para personas físicas por concepto de salarios en México. Explica que los empleadores deben calcular el impuesto anual de cada empleado y presentar la declaración, a menos que el empleado gane más de $400,000 MXN anuales, haya dejado el trabajo antes del 1 de diciembre, o solicite presentarla por su cuenta. También describe cómo calcular la base y el impuesto aplicando las tasas del artículo 152 de la le
Este documento resume los conceptos y procedimientos de la retención en la fuente sobre impuesto de renta en Colombia. Explica que la retención en la fuente es un mecanismo mediante el cual el Estado asegura parte de la obligación tributaria de manera anticipada a través de agentes retenedores. Detalla los elementos de la retención, los agentes retenedores, las obligaciones de estos y los conceptos sujetos a retención como ingresos laborales, dividendos y más. También presenta ejemplos de cálculos de retención sobre salarios.
Este documento presenta la clasificación tributaria de las personas naturales y sucesiones ilíquidas ante el impuesto de renta a partir de la Ley 1819 de 2016 en Colombia. Introduce un sistema de rentas cedulares que separa las rentas en cinco categorías (trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos), y elimina las categorías de "empleado", "trabajador por cuenta propia" y "otros". También modifica la tarifa del impuesto de renta establecida en el artículo 241 del Estatuto Tributario.
Resolución Exenta Nº 1401 " Dicta Normas para Condonación de Deudas para Cont...Nelson Leiva®
Este documento es el Diario Oficial de Chile del 29 de septiembre de 2015. Contiene varias resoluciones y decretos de los ministerios de Hacienda y Educación. Entre ellos se encuentran resoluciones que dictan normas sobre condonación de deudas y convenios de pago para contribuyentes, y decretos que designan cargos públicos y declaran monumentos nacionales.
Articulos del impuesto sobre la renta para retencion en las fuentesmario23804
Este documento describe las tasas de retención de impuestos sobre la renta aplicables a diferentes tipos de ingresos obtenidos por personas naturales o jurídicas no residentes en Honduras. Detalla tasas de retención que van desde el 5% para primas de seguros hasta el 35% para sueldos, salarios y comisiones. También cubre tasas aplicables a residentes de Honduras, como una tasa del 25% para ganancias de personas jurídicas y una escala progresiva para personas naturales.
Este documento resume las principales novedades fiscales para el año 2013 en España. Entre ellas se encuentran la supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, la modificación de la tributación de las ganancias en el juego, y cambios en la forma de integrar las ganancias y pérdidas patrimoniales en la base imponible del ahorro y general. También actualiza el interés legal del dinero, el salario mínimo interprofesional y regula la compensación fiscal de determinados rendimientos de capital mobiliario.
El documento trata sobre las retenciones en la fuente establecidas en la Ley 1607 de 2012 en Colombia. Explica que la ley faculta al gobierno para establecer retenciones en la fuente del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). Además, indica que las declaraciones del CREE se deben presentar con pago total o se entenderán como no presentadas. Finalmente, resume algunos de los cambios en las retenciones en la fuente para empleados e independientes introducidos por la reforma tributaria.
Este documento presenta las tasas de retención en la fuente aplicables en Colombia para el año 2016 según diferentes conceptos como pagos a empleados, honorarios, intereses, dividendos, arriendos de bienes muebles e inmuebles, compras de bienes, servicios y otros ingresos. En total se enumeran 65 categorías con sus respectivas tarifas de retención que van desde el 0.1% hasta el 33%, según si se trata de personas naturales o jurídicas, declarantes o no declarantes de renta, y el tipo de transacción gravada
Este documento describe los procedimientos para la declaración anual de impuestos sobre la renta (ISR) para personas físicas por concepto de salarios en México. Explica que los empleadores deben calcular el impuesto anual de cada empleado y presentar la declaración, a menos que el empleado gane más de $400,000 MXN anuales, haya dejado el trabajo antes del 1 de diciembre, o solicite presentarla por su cuenta. También describe cómo calcular la base y el impuesto aplicando las tasas del artículo 152 de la le
Este documento resume los conceptos y procedimientos de la retención en la fuente sobre impuesto de renta en Colombia. Explica que la retención en la fuente es un mecanismo mediante el cual el Estado asegura parte de la obligación tributaria de manera anticipada a través de agentes retenedores. Detalla los elementos de la retención, los agentes retenedores, las obligaciones de estos y los conceptos sujetos a retención como ingresos laborales, dividendos y más. También presenta ejemplos de cálculos de retención sobre salarios.
Este documento presenta la tabla de retenciones en la fuente para Colombia en 2012. Incluye las tarifas de retención para diferentes conceptos como salarios, compras, servicios, arrendamientos, contratos y otros pagos nacionales e internacionales. La tabla especifica los montos a partir de los cuales se aplican las tarifas de retención expresadas en Unidades de Valor Tributario (UVT) y en pesos colombianos.
El documento explica las rentas de cuarta categoría y los requisitos para la suspensión de retenciones y pagos a cuenta del impuesto a la renta en Perú. Las rentas de cuarta categoría son aquellas obtenidas por trabajos independientes como profesiones liberales. Los contribuyentes pueden solicitar la suspensión de retenciones y pagos provisionales si sus ingresos están por debajo de ciertos umbrales. El documento también describe el uso obligatorio del Programa de Declaración Tributaria 616 para declarar estas rentas.
El documento presenta información sobre la determinación de la renta de cuarta y quinta categoría para trabajadores independientes en Perú. Explica conceptos como renta bruta, deducciones permitidas, retenciones aplicables, y el cálculo del impuesto a pagar. También incluye un caso práctico mostrando cómo calcular la renta neta e impuesto para un contribuyente que recibe ingresos por cuarta y quinta categoría.
Este documento presenta la tabla de retención en la fuente de renta para el año 2015 en Colombia. Detalla los diferentes conceptos sujetos a retención, las bases gravables expresadas en Unidades de Valor Tributario (UVT) y en pesos colombianos, y las tarifas de retención aplicables a cada concepto. La tabla contiene más de 30 conceptos como enajenación de activos, adquisición de bienes raíces, arrendamientos, honorarios, comisiones, intereses bancarios, y salarios, entre otros.
El documento presenta las declaraciones de impuestos de tres personas para el año fiscal 2012: Eduardo, Lucía y Susana y Carlos como pareja. Eduardo tuvo un enriquecimiento neto de 383.784 bs y pudo ahorrar 148.124 bs, lo que le permitirá realizar un viaje planeado. Lucía tuvo un enriquecimiento neto de 151.458 bs y podrá comenzar a ahorrar para su jubilación. Susana y Carlos declararon juntos con un enriquecimiento neto de 440.500 bs y cada uno por separado, sugiriéndose
Este documento trata sobre las rentas de cuarta categoría. Explica que son los ingresos provenientes de trabajos individuales sin relación de dependencia, como profesionales independientes. También describe quiénes están incluidos y las características de este tipo de rentas, como la ausencia de horarios y la posibilidad de contratar personal auxiliar. Finalmente, presenta algunos casos prácticos sobre obligaciones tributarias relacionadas a las rentas de cuarta categoría.
Comparativo proyecto modificación vs resolución 228 de 2013Silvana Sepúlveda
Este documento propone modificaciones a la Resolución 228 de 2013 relacionadas con el reporte de información de nómina y liquidación de prestaciones sociales. Se propone que la información se deba presentar para empresas con 10 o más empleados o con ingresos brutos superiores a $300 millones en 2012, en lugar de 2 o más empleados. También se modifican los campos y códigos requeridos para reportar los pagos a empleados y se aclaran algunos aspectos como la dirección a reportar.
La tabla presenta las tarifas de retención en la fuente de renta para el año 2017 en Colombia. Incluye tarifas para conceptos como enajenación de activos, adquisición de bienes raíces, honorarios, intereses bancarios, servicios y más. Las tarifas van desde 0.1% hasta 20% dependiendo del concepto y si el beneficiario declara o no renta. La tabla es actualizada según cambios normativos en materia tributaria.
El documento proporciona información sobre las rentas del trabajo en Perú, específicamente sobre las rentas de quinta y cuarta categoría. Explica que las rentas de quinta categoría son los ingresos obtenidos por trabajo dependiente, mientras que las rentas de cuarta categoría son ingresos obtenidos de forma independiente por profesiones u oficios. También describe los procedimientos para calcular las retenciones de impuestos correspondientes y las obligaciones de los trabajadores y empleadores.
Este documento lista los tipos de retención aplicables en España para el IRPF en 2015 y 2016 según la clase de renta y su procedencia. Se especifican los tipos de retención para rentas del trabajo, pensiones, premios, actividades profesionales, agrícolas, ganancias patrimoniales y capital mobiliario e inmobiliario.
Este documento presenta la información necesaria para calcular la renta neta imponible de una empresa comercial para el ejercicio 2013. Incluye el estado de situación financiera, estado de resultados y anexos con detalles de pagos de impuestos, trabajadores discapacitados, diferencias temporales y pagos a cuenta del impuesto a la renta. También presenta reparos tributarios que requieren sumar montos a la utilidad neta como intereses no deducibles, gastos de representación y viáticos excedidos. El objetivo es determinar la renta imp
Este documento es una póliza de cumplimiento de disposiciones legales expedida por la compañía de seguros Confianza a favor de Importadora Advance S.A.S. La póliza garantiza el cumplimiento de las obligaciones aduaneras relacionadas con la importación temporal de mercancías a largo plazo por un valor asegurado de $5.929.996.800 pesos colombianos. La vigencia de la póliza es desde el 27 de abril de 2014 hasta el 2 de mayo de 2019.
Este documento es una póliza de seguro de construcción emitida por MAPFRE PERU a favor de BBC SERVICIOS DE INGENIERIA S.R.L. para un proyecto de construcción en Ica con un monto asegurado de $514,463. La póliza cubre daños por varios riesgos como terremoto, lluvia e inundación, y responsabilidad civil, entre otros, y tiene una vigencia del 29/08/2013 al 28/11/2013. Además, detalla los deducibles aplicables a cada cobertura.
Este documento explica el procedimiento para calcular el impuesto a la renta de quinta categoría para los trabajadores en relación de dependencia. Define qué ingresos están sujetos a esta categoría, como sueldos, primas y comisiones. Explica cómo proyectar la renta anual, aplicar deducciones, calcular el impuesto anual y determinar las retenciones mensuales. También cubre obligaciones del empleador y trabajador y presenta un caso práctico para ilustrar los cálculos.
Este documento presenta resúmenes de las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 a la determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales en Colombia. Se establece un sistema de determinación cedular de la renta, dividiéndola en cinco cédulas (trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos). También se modifican artículos relacionados con dividendos, deducciones, tarifas y otros aspectos.
Este documento resume los cambios en la clasificación tributaria de personas naturales y sucesiones ilíquidas bajo la Ley 1819 de 2016 en Colombia. Introdujo un sistema de rentas cedulares que divide las rentas en 5 categorías (trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos), cada una con sus propias reglas de cálculo de la renta líquida. También modificó las tablas de tarifas del impuesto sobre la renta de personas naturales. Explica los detalles de estos cambios y proporciona un ejemplo numéric
El documento discute la necesidad de realizar un ajuste fiscal equivalente al 2,9% del PIB para compensar la pérdida permanente de ingresos petroleros. Sugiere que la mitad de este ajuste deba hacerse a través de recortes en el gasto y la otra mitad a través de mayores impuestos, con el fin de lograr el equilibrio fiscal de manera responsable ante las nuevas circunstancias económicas.
Qué empleados están obligados a declarar renta
Cómo se determina la renta de las personas naturales:
Rentas de trabajo y pensiones
Rentas de capital y no laborales
Dividendos y participaciones
Retención en la Fuente para las personas naturales empleados: aportes en salud, pensiones, AFC, entre otros.
Retención sobre prestaciones sociales y otros pagos laborales
Exoneración de aportes para algunos empleadores y la deducibilidad de las prestaciones pagadas.
Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos con la UGPP.
Tratamiento tributario de las condenas en materia laboral según la Reforma Tributaria.
La ley 2277 de 2022 introduce varias reformas tributarias en Colombia, incluyendo cambios en los impuestos sobre la renta para personas naturales y jurídicas. Para las personas naturales, se modifican las tarifas de impuestos sobre dividendos y se establecen nuevas deducciones. Para las personas jurídicas, la tarifa general de impuesto sobre la renta aumenta al 35% y se aplican sobretasas a algunos sectores. El objetivo general es fortalecer la recaudación tributaria para apoyar programas sociales y de justicia.
Este documento presenta la tabla de retenciones en la fuente para Colombia en 2012. Incluye las tarifas de retención para diferentes conceptos como salarios, compras, servicios, arrendamientos, contratos y otros pagos nacionales e internacionales. La tabla especifica los montos a partir de los cuales se aplican las tarifas de retención expresadas en Unidades de Valor Tributario (UVT) y en pesos colombianos.
El documento explica las rentas de cuarta categoría y los requisitos para la suspensión de retenciones y pagos a cuenta del impuesto a la renta en Perú. Las rentas de cuarta categoría son aquellas obtenidas por trabajos independientes como profesiones liberales. Los contribuyentes pueden solicitar la suspensión de retenciones y pagos provisionales si sus ingresos están por debajo de ciertos umbrales. El documento también describe el uso obligatorio del Programa de Declaración Tributaria 616 para declarar estas rentas.
El documento presenta información sobre la determinación de la renta de cuarta y quinta categoría para trabajadores independientes en Perú. Explica conceptos como renta bruta, deducciones permitidas, retenciones aplicables, y el cálculo del impuesto a pagar. También incluye un caso práctico mostrando cómo calcular la renta neta e impuesto para un contribuyente que recibe ingresos por cuarta y quinta categoría.
Este documento presenta la tabla de retención en la fuente de renta para el año 2015 en Colombia. Detalla los diferentes conceptos sujetos a retención, las bases gravables expresadas en Unidades de Valor Tributario (UVT) y en pesos colombianos, y las tarifas de retención aplicables a cada concepto. La tabla contiene más de 30 conceptos como enajenación de activos, adquisición de bienes raíces, arrendamientos, honorarios, comisiones, intereses bancarios, y salarios, entre otros.
El documento presenta las declaraciones de impuestos de tres personas para el año fiscal 2012: Eduardo, Lucía y Susana y Carlos como pareja. Eduardo tuvo un enriquecimiento neto de 383.784 bs y pudo ahorrar 148.124 bs, lo que le permitirá realizar un viaje planeado. Lucía tuvo un enriquecimiento neto de 151.458 bs y podrá comenzar a ahorrar para su jubilación. Susana y Carlos declararon juntos con un enriquecimiento neto de 440.500 bs y cada uno por separado, sugiriéndose
Este documento trata sobre las rentas de cuarta categoría. Explica que son los ingresos provenientes de trabajos individuales sin relación de dependencia, como profesionales independientes. También describe quiénes están incluidos y las características de este tipo de rentas, como la ausencia de horarios y la posibilidad de contratar personal auxiliar. Finalmente, presenta algunos casos prácticos sobre obligaciones tributarias relacionadas a las rentas de cuarta categoría.
Comparativo proyecto modificación vs resolución 228 de 2013Silvana Sepúlveda
Este documento propone modificaciones a la Resolución 228 de 2013 relacionadas con el reporte de información de nómina y liquidación de prestaciones sociales. Se propone que la información se deba presentar para empresas con 10 o más empleados o con ingresos brutos superiores a $300 millones en 2012, en lugar de 2 o más empleados. También se modifican los campos y códigos requeridos para reportar los pagos a empleados y se aclaran algunos aspectos como la dirección a reportar.
La tabla presenta las tarifas de retención en la fuente de renta para el año 2017 en Colombia. Incluye tarifas para conceptos como enajenación de activos, adquisición de bienes raíces, honorarios, intereses bancarios, servicios y más. Las tarifas van desde 0.1% hasta 20% dependiendo del concepto y si el beneficiario declara o no renta. La tabla es actualizada según cambios normativos en materia tributaria.
El documento proporciona información sobre las rentas del trabajo en Perú, específicamente sobre las rentas de quinta y cuarta categoría. Explica que las rentas de quinta categoría son los ingresos obtenidos por trabajo dependiente, mientras que las rentas de cuarta categoría son ingresos obtenidos de forma independiente por profesiones u oficios. También describe los procedimientos para calcular las retenciones de impuestos correspondientes y las obligaciones de los trabajadores y empleadores.
Este documento lista los tipos de retención aplicables en España para el IRPF en 2015 y 2016 según la clase de renta y su procedencia. Se especifican los tipos de retención para rentas del trabajo, pensiones, premios, actividades profesionales, agrícolas, ganancias patrimoniales y capital mobiliario e inmobiliario.
Este documento presenta la información necesaria para calcular la renta neta imponible de una empresa comercial para el ejercicio 2013. Incluye el estado de situación financiera, estado de resultados y anexos con detalles de pagos de impuestos, trabajadores discapacitados, diferencias temporales y pagos a cuenta del impuesto a la renta. También presenta reparos tributarios que requieren sumar montos a la utilidad neta como intereses no deducibles, gastos de representación y viáticos excedidos. El objetivo es determinar la renta imp
Este documento es una póliza de cumplimiento de disposiciones legales expedida por la compañía de seguros Confianza a favor de Importadora Advance S.A.S. La póliza garantiza el cumplimiento de las obligaciones aduaneras relacionadas con la importación temporal de mercancías a largo plazo por un valor asegurado de $5.929.996.800 pesos colombianos. La vigencia de la póliza es desde el 27 de abril de 2014 hasta el 2 de mayo de 2019.
Este documento es una póliza de seguro de construcción emitida por MAPFRE PERU a favor de BBC SERVICIOS DE INGENIERIA S.R.L. para un proyecto de construcción en Ica con un monto asegurado de $514,463. La póliza cubre daños por varios riesgos como terremoto, lluvia e inundación, y responsabilidad civil, entre otros, y tiene una vigencia del 29/08/2013 al 28/11/2013. Además, detalla los deducibles aplicables a cada cobertura.
Este documento explica el procedimiento para calcular el impuesto a la renta de quinta categoría para los trabajadores en relación de dependencia. Define qué ingresos están sujetos a esta categoría, como sueldos, primas y comisiones. Explica cómo proyectar la renta anual, aplicar deducciones, calcular el impuesto anual y determinar las retenciones mensuales. También cubre obligaciones del empleador y trabajador y presenta un caso práctico para ilustrar los cálculos.
Este documento presenta resúmenes de las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 a la determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales en Colombia. Se establece un sistema de determinación cedular de la renta, dividiéndola en cinco cédulas (trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos). También se modifican artículos relacionados con dividendos, deducciones, tarifas y otros aspectos.
Este documento resume los cambios en la clasificación tributaria de personas naturales y sucesiones ilíquidas bajo la Ley 1819 de 2016 en Colombia. Introdujo un sistema de rentas cedulares que divide las rentas en 5 categorías (trabajo, pensiones, capital, no laborales y dividendos), cada una con sus propias reglas de cálculo de la renta líquida. También modificó las tablas de tarifas del impuesto sobre la renta de personas naturales. Explica los detalles de estos cambios y proporciona un ejemplo numéric
El documento discute la necesidad de realizar un ajuste fiscal equivalente al 2,9% del PIB para compensar la pérdida permanente de ingresos petroleros. Sugiere que la mitad de este ajuste deba hacerse a través de recortes en el gasto y la otra mitad a través de mayores impuestos, con el fin de lograr el equilibrio fiscal de manera responsable ante las nuevas circunstancias económicas.
Qué empleados están obligados a declarar renta
Cómo se determina la renta de las personas naturales:
Rentas de trabajo y pensiones
Rentas de capital y no laborales
Dividendos y participaciones
Retención en la Fuente para las personas naturales empleados: aportes en salud, pensiones, AFC, entre otros.
Retención sobre prestaciones sociales y otros pagos laborales
Exoneración de aportes para algunos empleadores y la deducibilidad de las prestaciones pagadas.
Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos con la UGPP.
Tratamiento tributario de las condenas en materia laboral según la Reforma Tributaria.
La ley 2277 de 2022 introduce varias reformas tributarias en Colombia, incluyendo cambios en los impuestos sobre la renta para personas naturales y jurídicas. Para las personas naturales, se modifican las tarifas de impuestos sobre dividendos y se establecen nuevas deducciones. Para las personas jurídicas, la tarifa general de impuesto sobre la renta aumenta al 35% y se aplican sobretasas a algunos sectores. El objetivo general es fortalecer la recaudación tributaria para apoyar programas sociales y de justicia.
El documento resume los principales cambios en materia tributaria introducidos por la Ley 1607 de 2012 en Colombia. Explica que esta ley estableció una clasificación de personas naturales en empleados y trabajadores por cuenta propia, e introdujo dos sistemas presuntivos para la determinación de la renta gravable: el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMAN) y el Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS). Asimismo, detalla los requisitos para que empleados y trabajadores por cuenta propia no estén obligados a presentar declaración de renta.
El documento resume los principales cambios propuestos en el proyecto de reforma tributaria de 2012 en Colombia, incluyendo nuevas clasificaciones de personas naturales, sistemas alternativos para determinar el impuesto de renta, modificaciones al impuesto sobre la renta, IVA e impuestos al consumo, y disposiciones sobre ganancias ocasionales y antievasión. Se explican en detalle los nuevos sistemas para empleados, trabajadores por cuenta propia y rentistas de capital, con énfasis en las deducciones permitidas y límites a costos y
8 Ganancias Deducciones Generales Y Especiales[1]guillermofares
El documento explica las deducciones generales y especiales en el impuesto a las ganancias en Argentina. Describe las deducciones como gastos que se restan de la ganancia bruta para llegar a la ganancia neta. Las deducciones generales se pueden aplicar a cualquier fuente de ganancia e incluyen intereses, seguros de vida, donaciones y aportes jubilatorios, con ciertas limitaciones. Las deducciones especiales se aplican a la categoría de ganancia que las origina e incluyen impuestos, seguros sobre bienes, pérdidas y gastos de
El documento resume los principales cambios en el impuesto de renta para personas jurídicas y presenta el nuevo impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) introducido en Colombia. Explica que el CREE reemplaza los aportes parafiscales manteniendo beneficios para trabajadores y la inversión social. Detalla la tarifa del 8-9%, sujetos pasivos, base gravable y destino de los fondos recaudados por el impuesto. Finalmente, plantea preguntas sobre la naturaleza del CREE y su liquidación con patrimonio negativo y los efect
Este documento propone reformas tributarias que modifican artículos del Estatuto Tributario relacionados con impuestos a la renta de personas naturales. Algunas de las modificaciones incluyen: 1) establecer un límite máximo del 30% de los aportes de los trabajadores a fondos pensionales sobre su ingreso laboral; 2) gravar pensiones que superen las 380 UVT mensuales; y 3) crear un sistema de determinación de la renta gravable alternativa para trabajadores independientes y rentistas de capital.
Este documento resume la ley de impuestos en Guatemala. Explica que el impuesto sobre la renta grava los ingresos de personas y empresas. Se calcula de acuerdo a la ley de actualización tributaria de 2012. Identifica las categorías de renta como rentas de actividades lucrativas, rentas del trabajo, y rentas de capital. También describe los cálculos y tarifas de impuestos para cada categoría.
Este documento propone una reforma tributaria para Colombia con el objetivo de lograr mayor igualdad y justicia social. Algunas de las principales modificaciones propuestas incluyen: 1) aplicar tarifas marginales del 0% al 39% para todos los tipos de ingresos gravados con impuesto sobre la renta, 2) establecer un impuesto al patrimonio para aquellos con activos sobre $2.7 millones, con tarifas del 0.5% a 1% dependiendo del valor, y 3) recalibrar las tarifas máximas para los diferentes grupos del régimen
El documento explica el impuesto sobre la renta en Venezuela. Este impuesto grava los enriquecimientos anuales netos obtenidos por personas naturales y jurídicas. Los sujetos pasivos incluyen personas naturales, compañías, sociedades y entidades jurídicas. Se explican conceptos como ingresos brutos, enriquecimiento neto, exenciones, exoneraciones y el régimen de retenciones. Recientemente, la ley fue reformada para restringir deducciones de gastos y establecer una alícuota única del 40% para algunas actividades
Este documento explica los conceptos clave de la retención en la fuente. Define la retención en la fuente como un mecanismo de cobro anticipado de impuestos y no como un impuesto en sí mismo. Detalla los diferentes agentes de retención y sus obligaciones. Además, cubre los principales conceptos sujetos a retención en la fuente como salarios, dividendos, rendimientos financieros, loterías y honorarios.
El documento resume las normas colombianas sobre la procedencia de costos y deducciones para el impuesto de renta de personas jurídicas. Explica que los gastos deben ser necesarios y estar relacionados a la actividad productora de renta. También cubre los requisitos para deducir salarios como estar al día en aportes parafiscales, y la necesidad de conservar documentación que respalde los costos y deducciones.
El documento resume las reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno de Ecuador de junio de 2006. Las reformas incluyen cambios en las tasas impositivas, exenciones y deducciones del impuesto a la renta. También modifica las reglas para la distribución de dividendos y utilidades entre empresas y personas.
El documento resume las reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno de Ecuador de junio de 2006, incluyendo cambios al Impuesto a la Renta. Algunas modificaciones clave son eximir de impuestos a la renta los dividendos distribuidos a empresas nacionales, gravar los dividendos pagados a personas naturales no residentes, y permitir que personas naturales usen créditos tributarios por dividendos recibidos hasta el 25% de su impuesto anual.
El resumen analiza cuatro documentos relacionados con consultas sobre temas tributarios resueltos por el Servicio de Rentas Internas de Ecuador. Los documentos tratan sobre la reinversión de utilidades, códigos de retención en la fuente, tarifas de IVA para libros e impresiones, y retenciones aplicables a extranjeros y personas con discapacidad.
El documento resume las reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno de Ecuador de junio de 2006, incluyendo cambios al impuesto a la renta como exenciones a dividendos distribuidos entre sociedades nacionales, deducciones de gastos indirectos asignados desde el exterior, y reglas para espectáculos públicos con participación de extranjeros no residentes.
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• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
Planificación financiera a corto y largo plazo, para pymes que requieran asistencia en Finanzas.
Planificación financiera a corto y largo plazo, para pymes que requieran asistencia en Finanzas
Clasificacion de renta 2016, personas naturales y sucesiones iliqudas.
1. Preparación y presentación de la
declaración de renta de
personas naturales
CP. Deivi David Fuentes Doria
Investigador en formación
Universidad Cooperativa de Colombia
Enero 8 2016
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2. CLASIFICACIÓN TRIBUTARIA DE
LAS PERSONAS NATURALES Y
SUCESIONES ILÍQUIDAS POR EL
AÑO GRAVABLE 2016 FRENTE AL
IMPUESTO DE RENTA
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3. CLASIFICACIÓN ANTERIOR A LA NORMA ENTRE “EMPLEADO”,
“TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA” Y “OTROS”
De acuerdo a lo indicado en los artículos 329 a 340 del E.T. y lo
establecido en los decretos 3032 de diciembre de 2013 y 1473 de
agosto de 2014, las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas,
dependiendo de si son “residentes” o “no residentes”, pueden
terminar perteneciendo a una sola de las tres posibles categorías
tributarias, a saber:
a) Empleado
b) Trabajador por cuenta propia
c) Otras
Para entender cómo se clasifica a las personas naturales y/o
sucesiones ilíquidas, véase los numerales 1.4 y 1.5 del libro
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4. CLASIFICACION APARTIR 1 DE MARZO DEL 2016 ENTRADA EN
VIDENCIA DE LA LEY 1819 DICIEMBRE 2016
ARTICULO 1°. Modifíquese el Título V del Libro I del Estatuto Tributario, el cual quedará así:
Capítulo I Determinación DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS NATURALES
De acuerdo a la ley 1819 de 29 de diciembre 2016, que modifica los artículos 329-343 del estatuto tributario en la
depuración de las rentas correspondientes a cada una de las cédulas a las que se refiere este artículo se efectuará de
manera independiente, siguiendo las reglas establecidas en el artículo 26 de este Estatuto aplicables a cada caso. El
resultado constituirá la renta líquida cedular.
La depuración se efectuará de modo independiente en las siguientes cédulas:
a) Rentas de trabajo
b) b) Pensiones
c) c) Rentas de capital
d) d) Rentas no laborales
e) e) Dividendos y participaciones
Las pérdidas incurridas dentro de una cédula solo podrán ser compensadas contra las rentas de la misma cédula, en
los siguientes periodos gravables, ,teniendo en cuenta los límites y porcentajes de compensación establecidas en las
normas vigentes.
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5. ELIMINACION DEL IMAS E IMAN
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6. ARTíCULO 331. RENTAS LíQUIDAS GRAVABlES. Para efectos de determinar
las rentas liquidas gravables a las que le serán aplicables las tarifas establecidas
en el artículo 241 de este Estatuto, se seguirán las siguientes reglas:
1- Se sumarán las rentas líquidas cedulares obtenidas en las rentas de trabajo y de
pensiones. A esta renta liquida gravable le será aplicable la tarifa señalada en el
numeral 10 del artículo 241.
2-Se sumarán las rentas líquidas cedulares obtenidas en las rentas no laborales y
en las rentas de capital. A esta renta líquida gravable le será aplicable la tarifa
señalada en el numeral 2° del artículo 241.
Las pérdidas de las rentas líquidas cedulares no se sumarán para efectos de determinar la renta líquida gravable. En cualquier caso,
podrán compensarse en los términos del artículo 330 de este Estatuto.
A la renta líquida cedular obtenida en la cédula de dividendos y participaciones le será aplicable la tarifa establecida en el artículo 242
de este Estatuto.
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7. • ARTICULO 5 DE LEY 1819 DEL 2016, MODIFICA EL ARTICULO
241 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO, QUEDANDO
Rangos UVT Tarifa
Marginal
Impuesto
Desde Hasta
>0 1090 0% 0
>1090 1700 19% (Base
Gravable
en UVT
menos
1090 UVT)
x 19%
>1700 4100 28% (Base
Gravable
en UVT
menos
1700 UVT)
x 28% +
116 UVT
>4100 En
adelante
33% (Base
Gravable
en UVT
menos
4100 UVT)
x 33% +
788 UVT
Rangos UVT Tarifa
Margin
al
Impuesto
Desde Hasta
>0 600 0% 0
>600 1000 10% (Base Gravable en
UVT menos 600
UVT) x 10%
>1000 2000 20% (Base Gravable en
UVT menos 1000
UVT) x 20% + 40
UVT
>2000 3000 30% (Base Gravable en
UVT menos 2000
UVT) x 30% + 240
UVT
>3000 4000 33% (Base Gravable en
UVT menos 3000
UVT) x 33% + 540
UVT
>4000 En
adelant
e
35% (Base Gravable en
UVT menos 4000
UVT) x 35% + 870
UVT
Ar. 241. Tarifa para las personas
naturales y extranjeras residentes y
asignaciones y donaciones modales.
* -Modificado- El impuesto sobre la renta
de las personas naturales residentes en el
pais, de las sucesiones de causantes
residentes en el país, y de los bienes
destinados a fines especiales, en virtud de
donaciones o asignaciones modales, se
determinará de acuerdo con las siguientes
tablas:
.
.
1. Para la renta líquida laboral y de pensiones:
.
2.Para la renta líquida no laboral y de capital:
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8. MODIFICACION DEL ARTICULO 1° DE LA LEY 1819 2016
ARTICULO 332. RENTAS EXENTAS Y DEDUCCIONES. Solo podrán restarse beneficios
tributarios en las cédulas en las que se tengan ingresos. No se podrá imputar en más de
una cédula una misma renta exenta o deducción.
ARTíCULO 333. BASE DE RENTA PRESUNTIVA. Para efectos de los artículos 188 y
189 de este Estatuto, la renta líquida determinada por el sistema ordinario será la suma
de todas las rentas líquidas cedulares. ( Modificado art 95 de la ley 1819 al articulo 188 y 1899 ET, incrementado el porcentaje de 3.0% a 3,5%,
adicionando numeral g) El valor patrimonial neto de los destinados exclusivamente a actividades deportivas de clubes sociales y deportivos.
ARTICULO 334. FACULTADES DE FISCALIZACiÓN. Para efectos del control de los
costos y gastos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adelantará programas
de fiscalización para verificar el cumplimiento de los criterios establecidos en el Estatuto
Tributario para efectos de su aceptación.
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9. CAPITULO II
RENTAS DE TRABAJO
ARTíCULO 335. INGRESOS DE LAS RENTAS DE
TRABAJO. Para los efectos de este título, son ingresos de
esta cédula los señalados en el artículo 103 de este
Estatuto.
PARÁGRAFO. En el caso de los servidores públicos
diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de
Relaciones Exteriores, la prima de costo de vida de que
trata el Decreto 3357 de 2009 no se tendrá en cuenta para
efectos del cálculo del límite porcentual previsto en el
presente artículo
ARTíCULO 336. RENTA LIQUIDA CEDULAR DE LAS
RENTAS DE TRABAJO. Para efectos de establecer la renta
líquida cedular, del total de los ingresos de esta cédula
obtenidos en el periodo gravable, se restarán los ingresos no
constitutivos de renta imputables a esta cédula.
Podrán restarse todas las rentas exentas y las deducciones
imputables a esta cédula, siempre que no excedan el cuarenta
(40%) del resultado del inciso anterior, que en todo caso no
puede exceder cinco mil cuarenta (5.040) UVT.
Art. 103. Rentas de trabajo
• -Modificado ley 633 de 2000.- Se consideran rentas
exclusivas de trabajo, las obtenidas por personas
naturales por concepto de salarios, comisiones,
prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación,
honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones
recibidas por el trabajo asociado cooperativo y, en
general, las compensaciones por servicios personales.
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10. CAPITULO III
RENTAS DE PENSIONES
ARTíCULO 337. INGRESOS DE LAS RENTAS
DE PENSIONES. Son ingresos de esta
cédula las pensiones de jubilación,
invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre
riesgos laborales, así como aquellas
provenientes de indemnizaciones
sustitutivas de las pensiones o las
devoluciones de saldos de ahorro
pensional.
Para efectos de establecer la renta líquida cedular,
del total de ingresos se restarán los ingresos no
constitutivos de renta y las rentas exentas,
considerando los límites previstos en este Estatuto, y
especialmente las rentas exentas a las que se refiere
el numeral 5 del artículo 206.
5. Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes
y sobre Riesgos Profesionales, hasta el año gravable de 1997. A
partir del 1 de Enero de 1998 estarán gravadas sólo en la parte del
pago mensual que exceda de 1.000 UVT.
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11. CAPITULO IV. RENTAS DE CAPITAL
ARTíCULO 338. INGRESOS DE LAS RENTAS DE
CAPITAL. Son ingresos de esta cédula los obtenidos
por concepto de intereses, rendimientos financieros,
arrendamientos, regalías y explotación de la
propiedad intelectual. ( Art 61 CP)
ARTíCULO 339. RENTA LiQUIDA CEDULAR DE
LAS RENTAS DE CAPITAL. Para efectos de
establecer la renta líquida cedular, del total de los
ingresos de esta cédula se restarán los ingresos no
constitutivos de renta imputables a esta cédula,_y los
costos y gastos procedentes y debidamente
soportados por el contribuyente.
Podrán restarse todas las rentas exentas y las
deducciones imputables a esta cédula, siempre que
no excedan el diez (10%) del resultado del inciso
anterior, que en todo caso no puede exceder mil
(1.000) UVT. Estatuto y que sean imputables a esta
cédula.
PARÁGRAFO. En la depuración podrán ser
aceptados los costos y los gastos que
cumplan con los requisitos generales para
su procedencia establecidos en las normas
de este
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12. ARTíCULO 340. INGRESOS DE lAS RENTAS NO
LABORALES. Se consideran ingresos de las rentas no
laborales todos los que no se clasifiquen expresamente en
ninguna de las demás cédulas.
Los honorarios percibidos por las personas naturales que
presten servicios y que contraten o vinculen por al menos
noventa (90) días continuos o discontinuos, dos (2) o más
trabajadores o contratistas asociados a la actividad, serán
ingresos de la cedula de rentas no laborales. En este caso,
ningún ingreso por honorario podrá ser incluido en la cédula de
rentas de trabajo.
ARTíCULO 341. RENTA LIQUIDA CEDULAR
DE LAS RENTAS NO LABORALES. Para
efectos de establecer la renta líquida
correspondiente a las rentas no laborales, del
valor total de los ingresos de esta cédula se
restarán los ingresos no constitutivos de renta,
y los costos y gastos procedentes y
debidamente soportados por el contribuyente.
Podrán restarse todas las rentas exentas y
deducciones imputables a esta cédula, siempre
que no excedan el diez (10%) del resultado del
inciso anterior, que en todo caso no puede
exceder mil
(1 .000) UVT.
PARÁGRAFO. En la depuración podrán ser aceptados los
costos y los gastos que cumplan con los requisitos
generales para su procedencia establecidos en las normas
de este Estatuto y que sean imputables a esta cédula.
CAPÍTULO V.
RENTAS NO LABORALES
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13. CAPITULO VI
RENTAS DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES
ARTíCULO 342. INGRESOS DE LAS RENTAS DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES. Son ingresos de esta
cédula los recibidos por concepto de dividendos y participaciones, y constituyen renta gravable en cabeza de los
socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares, que sean personas naturales residentes y
sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes, recibidos de distribuciones
provenientes de sociedades y entidades nacionales, y de sociedades y entidades extranjeras.
ARTíCULO 2°. Modifíquese el inciso 10 del artículo 48 del Estatuto
Tributario el cual que
ARTíCULO 48. PARTICIPACIONES Y DIVIDENDOS. Los dividendos y
participaciones percibidas por los socios, accionistas, comuneros,
asociados, suscriptores y similares, que sean sociedades nacionales,
no constituyen renta ni ganancia ocasional.
.
ARTíCULO 343. RENTA líQUIDA. Para efectos de determinar la renta líquida cedular se conformarán dos sub cédulas, así:
Una primera sub cédula con los dividendos y participaciones que hayan sido distribuidos según el cálculo establecido en el
numeral 30 del artículo 49 del Estatuto Tributario. La renta líquida obtenida en esta sub cédula estará gravada a la tarifa
establecida en el inciso 10 del artículo 242 del Estatuto Tributario.
Una segunda sub cédula con los dividendos y participaciones provenientes de utilidades calculadas de conformidad con lo
dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, y con los dividendos y participaciones provenientes de
sociedades y entidades extranjeras. La renta líquida obtenida en esta sub cédula estará gravada a la tarifa establecida en el
inciso 20 de artículo 242 del Estatuto Tributario.
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14. ARTíCULO 242. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES RECIBIDAS POR PERSONAS
NATURALES RESIDENTES. A partir del año gravable 2017, los dividendos y participaciones pagados o abonados en
cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes
del país, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta
ni ganancia ocasional, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 odel artículo 49 de este Estatuto (Adicion), estarán sujetas a
la siguiente tarifa del impuesto sobre la renta:
Rangos UVT Tarifa
Margin
al
Impuesto
Desde Hasta
>0 >600 0% 0
>600 >1000 5% (Dividendos en
UVT menos 600
UVT) x 5%
>1000 En
adelant
e
10% (Dividendos en
UVT menos 1000
UVT) x 10% + 20
UVT
.
A partir del año gravable 2017, los dividendos y
participaciones pagados o abonados en cuenta a
personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas
de causantes que al momento de su muerte eran
residentes del país, provenientes del distribuciones
de utilidades gravadas conforme a lo dispuesto en el
parágrafo 2° del artículo 49, estarán sujetos a una
tarifa del treinta y cinco por ciento (35%) caso en el
cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se
aplicará una vez disminuido este . impuesto. A esta
misma tarifa estarán gravados los dividendos y
participaciones recibidos de sociedades y entidades
extranjeras.
PARÁGRAFO. El impuesto sobre la renta de que trata este artículo será retenido en la fuente sobre el
valor bruto de los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos o participaciones.CP. Deivi David Fuentes Doria- Investigador en formación.
15. A partir del año gravable 2017, los dividendos y
participaciones pagados o abonados en cuenta a
personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de
causantes que al momento de su muerte eran residentes
del país, provenientes del distribuciones de utilidades
gravadas conforme a lo dispuesto en el parágrafo 20 del
artículo 49, estarán sujetos a una tarifa del treinta ycinco
por ciento (35%) caso en el cual el impuesto señalado en
el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este .
impuesto. A esta misma tarifa estarán gravados los
dividendos y participaciones recibidos de sociedades
yentidades extranjeras.
ARTíCULO 7°. Modifíquese el artículo 245 del Estatuto Tributario, el
cual quedará así: ARTICULO 245. TARIFA ESPECIAL PARA
DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES RECIBIDOS POR SOCIEDADES
Y ENTIDADES EXTRANJERAS Y POR PERSONAS NATURALES NO
RESIDENTES. La tarifa del impuesto sobre la renta correspondiente a
dividendos o participaciones, percibidos por sociedades u otras
entidades extranjeras sin domicilio principal en el país, por personas
naturales sin residencia en Colombia y por sucesiones iliquidas de
causantes que no eran residentes en Colombia será de cinco por ciento
(5%).
PARÁGRAFO 1. Cuando los dividendos o participaciones
correspondan a utilidades, que de haberse distribuido a una
sociedad nacional hubieren estado gravadas, conforme a las
reglas de los artículos 48 y49 estarán sometidos a la tarifa general
del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor pagado o
abonado en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el
inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto.
RENTAS DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES
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16. ARTíCULO 8°. Modifíquese el artículo 246 del
Estatuto Tributario, el cual quedará así:
ARTICULO 246. TARIFA ESPECIAL PARA
DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES RECIBIDOS
POR ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE
SOCIEDADES EXTRANJERAS. La tarifa del
impuesto sobre la renta aplicable a los dividendos y
participaciones que se paguen o abonen en cuenta a
establecimientos permanentes en Colombia de
sociedades extranjeras será del cinco por ciento (5%),
cuando provengan de utilidades que hayan sido
distribuidas a título de ingreso no constitutivo de renta
ni ganancia ocasional.
Cuando estos dividendos provengan de utilidades que
no sean susceptibles de ser distribuidas atítulo de
ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional,
estarán gravados a la tarifa del treinta y cinco por
ciento (35%) sobre el valor pagado o abonado en
cuenta, caso en
ARTíCULO 9°. Adiciónese un artículo 246-1 del Estatuto Tributario, el cual
quedará así:
ARTíCULO 246·1. RÉGIMEN DE TRANSICiÓN PARA El IMPUESTO A lOS
DIVIDENDOS. Lo previsto en los artículos 242, 245, 246, 342, 343 de este Estatuto
y demás normas concordantes solo será aplicable a los dividendos que se repartan
con cargo a utilidades generadas a partir del año gravable 2017.
ARTíCULO 10°. Modifiquese el artículo 247 del Estatuto Tributario, el cual quedará
así:
ARTICULO 247. TARIFA DEL IMPUESTO DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES
SIN RESIDENCIA. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 245 de este Estatuto, la tarifa
única sobre la renta gravable de fuente nacional, de las personas naturales sin residencia
en el país, es del treinta y cinco por ciento (35%), cambiado el valor 33%.. La misma tarifa
se aplica a las sucesiones de causantes sin residencia en el país.
PARÁGRAFO. En el caso de profesores extranjeros sin residencia en el país, contratados por periodos no
superiores a ciento ochenta y dos (182), anterior a la norma 4 meses. días por instituciones de educación
superior legalmente constituidas, únicamente se causará impuesto sobre la renta a la tarifa del siete por ciento
(7%). Este impuesto será retenido en la fuente en el momento del pago o abono en cuenta
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17. .
1. Los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas
que no sean responsables del impuesto a las ventas, que en el
respectivo año o período gravable hayan obtenido ingresos
brutos inferiores a 1.400 UVT** y que el patrimonio bruto en el
último día del año o período gravable no exceda de 4.500 UVT*
ART. 592. QUIENES NO ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR,
Adicionan No 5 del presente articulo por la ley 1819 del 2016.
2. Las personas naturales o jurídicas, extranjeras, sin residencia o
domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren
estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los
artículos 407 a 411, inclusive, y dicha retención en la fuente así como la
retención por remesas*** cuando fuere del caso, les hubiere sido
practicada
ARTíCULO 19°, Modifíquese el artículo 594-3 del Estatuto
Tributario, el cual quedará así:
ARTICULO 594-3. OTROS REQUISITOS PARA NO
OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 592, no estar obligado a presentar
declaración de renta y complementarios se tendrán en
cuenta los siguientes requisitos:
a) Que los consumos mediante tarjeta crédito durante el
gravable no la suma de
1.400 UVT;
b) el total de compras y consumos durante el año gravable
no superen la suma de 1.400 UVT;
c) Que el valor total acumulado consignaciones bancarias,
depósitos o inversiones financieras, durante el año gravable
no 1.400 UVT.
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